18.5.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 128/95


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Consejo que modifica el Reglamento (CE) no 1083/2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, con respecto a la simplificación de determinados requisitos y a determinadas disposiciones relativas a la gestión financiera»

COM(2009) 384 final — 2009/0107 (AVC)

(2010/C 128/17)

Ponente General: Carmelo CEDRONE

El 11 de septiembre de 2009, de conformidad con el artículo 262 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

«Propuesta de Reglamento del Consejo que modifica el Reglamento (CE) no 1083/2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, con respecto a la simplificación de determinados requisitos y a determinadas disposiciones relativas a la gestión financiera»

COM(2009) 384 – 2009/0107 (AVC).

El 29 de septiembre de 2009 la Mesa del Comité Económico y Social Europeo encargó a la Sección Especializada de Unión Económica y Monetaria y Cohesión Económica y Social la preparación de los trabajos sobre este asunto.

Dada la urgencia de los trabajos, en su 457° Pleno, celebrado los días 4 y 5 de noviembre de 2009 (sesión del 5 de noviembre), el Comité Económico y Social Europeo ha decidido nombrar Ponente General a Carmelo Cedrone y ha aprobado por 82 votos a favor y 1 abstención el presente dictamen.

1.   Conclusiones y recomendaciones

1.1.   El Comité toma nota de la mencionada propuesta de la Comisión.

1.2.   En términos generales, el CESE apoya la propuesta, sin perjuicio de las observaciones siguientes.

2.   Motivación

2.1.   Simplificación de determinadas disposiciones

2.1.1.   El CESE, al igual que el Parlamento Europeo y el Comité de las Regiones, aboga desde hace muchos años por la simplificación y la adaptación de los textos comunitarios a la situación real (1). Las modificaciones destinadas a simplificar las disposiciones, como las que propone la Comisión al artículo 39; artículo 41, apartados 1 y 2; artículo 44; artículo 48, apartado 3; artículo 55, apartados 3 y 4; artículo 65, apartado 3; artículo 57, apartados 1 y 5; y artículo 67, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1083/2006 cuentan con la plena aprobación del CESE.

2.1.2.   No obstante, el CESE destaca que hay que evitar que estos cambios puedan generar una inseguridad administrativa para las partes y agentes interesados que, con demasiada frecuencia, ven como se modifican de las normas que deben cumplir durante el mismo período de programación.

2.1.3.   El CESE considera que estas propuestas constituyen el mínimo indispensable para contribuir a la solución de la crisis económica y laboral que está padeciendo Europa a raíz de la crisis financiera.

2.1.4.   Por consiguiente, el CESE pide a la Comisión que avance con más determinación por la senda de la simplificación ya iniciada. Debe llegarse a la próxima fase con un reglamento modificado de forma radical para que los procedimientos sean más sencillos, claros y eficaces.

2.2.   Disposiciones sobre la gestión financiera

2.2.1.   El CESE aprueba las modificaciones que propone la Comisión a los artículos 77 y 78; al apartado 3 del artículo 88; y al apartado 1 del artículo 94 del Reglamento (CE) no 1083/2006.

2.2.2.   El CESE pide con insistencia que los Estados miembros no se opongan a la propuesta de la Comisión sobre cofinanciación.

2.2.3.   En todo caso, el CESE considera que las modificaciones propuestas al artículo 77 no deben aplicarse de forma general, sino que deben limitarse a proyectos especiales (innovación, desarrollo sostenible, etc.) así como a proyectos que tengan una relación especial con la solución de la crisis.

Bruselas, 5 de noviembre de 2009.

El Presidente del Comité Económico y Social Europeo

Mario SEPI


(1)  Véanse el Dictamen del CESE sobre la «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones sobre los resultados de las negociaciones relativas a las estrategias y los programas de la política de cohesión del periodo de programación 2007-2013 “(DO C 228/141 de 22.9.2009) y el Dictamen sobre la” Propuesta de Reglamento del Consejo que modifica el Reglamento (CE) no 1083/2006, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, el Fondo Social Europeo y el Fondo de Cohesión, por lo que se refiere a determinadas disposiciones relativas a la gestión financiera» (DO C 218/107 de 11.9.2009).