11.12.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 316/17


Anuncio a los operadores económicos — Sistema de permisos de importación para productos textiles y prendas de vestir originarios de China a la Comunidad — Cambios a partir del 1 de enero de 2009

(2008/C 316/06)

Por el presente anuncio se informa a los operadores comunitarios de los siguientes aspectos prácticos relativos a las importaciones de productos textiles y prendas de vestir originarios de China a partir del 1 de enero de 2009.

El actual régimen del sistema de doble control de las importaciones para las categorías de productos originarios de China que figuran en el anexo V del Reglamento (CEE) no 3030/93 del Consejo, de 12 de octubre de 1993, relativo al régimen común aplicable a las importaciones de algunos productos textiles originarios de países terceros (1), expirará el 31 de diciembre de 2008.

A partir del 1 de enero de 2009, el despacho a libre práctica de productos textiles y prendas de vestir originarios de China dejará de requerir permisos de importación o documento de vigilancia, sea cual sea su fecha de envío.


(1)  DO L 275 de 8.11.1993, p. 1.