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21.1.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CE 15/1 |
Martes, 21 de octubre de 2008
Creación de una alianza mundial para hacer frente al cambio climático
P6_TA(2008)0491
Resolución del Parlamento Europeo, de 21 de octubre de 2008, sobre la creación de una alianza mundial para hacer frente al cambio climático entre la Unión Europea y los países en desarrollo pobres más vulnerables al cambio climático (2008/2131(INI))
2010/C 15 E/01
El Parlamento Europeo,
Vista la Comunicación de la Comisión, de 18 de septiembre de 2007, titulada «Creación de una alianza mundial para hacer frente al cambio climático entre la Unión Europea y los países en desarrollo pobres más vulnerables al cambio climático» (COM(2007) 0540),
Vistas las Conclusiones del Consejo, de 20 de noviembre de 2007, sobre una alianza mundial para hacer frente al cambio climático entre la Unión Europea y los países en desarrollo pobres más vulnerables al cambio climático,
Vista la Comunicación de la Comisión, de 11 de marzo de 2003, titulada «El cambio climático en el contexto de la cooperación al desarrollo» (COM(2003) 0085),
Visto el informe provisional (2004-2006) de la Comisión de 2007 acerca de los progresos en el Plan de Acción de la Unión Europea sobre el Cambio Climático y el Desarrollo,
Visto el Documento, de 14 de marzo de 2008, del Alto Representante de la Unión Europea para la Política Exterior y de Seguridad Común y de la Comisión Europea al Consejo Europeo titulado «El cambio climático y la seguridad internacional»,
Visto el Libro Verde de la Comisión, de 29 de junio de 2007, titulado «Adaptación al cambio climático en Europa: Opciones de actuación para la UE» (COM(2007) 0354),
Vista la Declaración conjunta del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, del Parlamento Europeo y de la Comisión sobre la política de desarrollo de la Unión Europea titulada «El consenso europeo sobre desarrollo» (1),
Vista la Declaración de París sobre eficacia de la ayuda adoptada el 2 de marzo de 2005 tras el Foro de Alto Nivel sobre la Eficacia de la Ayuda («Declaración de París»),
Vista la Declaración conjunta del Consejo y los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, del Parlamento Europeo y de la Comisión titulada «Consenso europeo sobre la ayuda humanitaria» (2),
Vista la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (UNFCCC) de 1992,
Visto el Informe de desarrollo humano 2007-2008 titulado «La lucha contra los cambios climáticos: la solidaridad humana en un mundo dividido», publicado por el Programa de Desarrollo de las Naciones Unidas (PNUD),
Vista la Declaración de Malé sobre la dimensión humana del cambio climático aprobada en Malé (República de Maldivas) el 14 de noviembre de 2007,
Vista la Hoja de ruta de Bali aprobada en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático celebrada en la isla de Bali (Indonesia) en diciembre de 2007,
Visto el Cuarto Informe de evaluación titulado «Cambio climático en 2007: impactos, adaptación y vulnerabilidad» preparado por el grupo de trabajo II del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (GIEC),
Visto el Informe de 2006 de Nicholas Stern titulado «The Economics of Climate Change. The Stern Review»,
Vista la Declaración sobre la integración de la adaptación al cambio climático en la cooperación al desarrollo, aprobada por los Ministros de Desarrollo y Medio Ambiente de los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), de 4 de abril de 2006,
Visto el Informe elaborado por la OCDE en 2007 titulado «Balance de los progresos realizados en la integración de la adaptación al cambio climático en las actividades de cooperación al desarrollo»,
Visto el «Marco de Acción de Hyogo para 2005-2015: Aumento de la resiliencia de las naciones y las comunidades ante los desastres», aprobado por la Conferencia Mundial sobre la Reducción de los Desastres celebrada en enero de 2005 en Hyogo (Japón),
Visto el Informe bienal de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) titulado «Situación de los bosques en el mundo, 2007»,
Visto el artículo 45 de su Reglamento,
Vistos el informe de la Comisión de Desarrollo y las opiniones de la Comisión de Asuntos Exteriores, la Comisión de Presupuestos y la Comisión de Industria, Investigación y Energía (A6-0366/2008),
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A. |
Considerando que el cambio climático supone una seria amenaza para la reducción de la pobreza, los derechos humanos, la paz y la seguridad, la disponibilidad de agua y alimentos y la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) en muchos países en desarrollo, |
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B. |
Considerando que en algunos países en desarrollo se roturan bosques para producir biocarburantes, |
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C. |
Considerando que los países industrializados tienen una responsabilidad histórica en el cambio climático y que están moralmente obligados a prestar apoyo a los países en desarrollo en sus esfuerzos para adaptarse a sus consecuencias, |
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D. |
Considerando que los países en desarrollo han contribuido menos al cambio climático pero serán los que sufrirán más seriamente sus consecuencias, entre las que se incluyen la inseguridad hídrica y alimentaria debida a las sequías y la desertización, el incremento del nivel de los mares, los nuevos desafíos para la agricultura, los nuevos riesgos para la salud, los fenómenos meteorológicos extremos y las presiones migratorias; y que los países en desarrollo tendrán también menor capacidad para hacer frente a estas consecuencias, |
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E. |
Considerando que en muchos países industrializados se presta recientemente gran atención a la adaptación al cambio climático y la reducción del riesgo, y que esa misma tarea urgente se ha descuidado en gran medida en los países de renta baja, |
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F. |
Considerando que las importaciones ilegales e insostenibles de madera a la Unión Europea son un importante factor de deforestación, y que se calcula que cuestan anualmente miles de millones de euros a los países pobres, |
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G. |
Considerando que se estima que la deforestación contribuye al 20 % del volumen total de las emisiones de gases de efecto invernadero supone la pérdida anual de 13 millones de hectáreas de bosques tropicales; y que la deforestación tropical representa una grave amenaza para la biodiversidad y el sustento de más de mil millones de personas pobres que habitan en esos bosques y viven de ellos, |
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H. |
Considerando que las autoridades locales son, con frecuencia, quienes deben abordar a nivel local las consecuencias del cambio climático; que, por consiguiente, para elaborar estrategias efectivas de adaptación al cambio climático y su atenuación es esencial lograr una imbricación adecuada de los niveles internacional, nacional y local de actuación política; y que conviene realizar reformas estructurales a gran escala, sin perjuicio de la aplicación de un enfoque local en favor de las personas pobres, |
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I. |
Considerando que existe una mejor percepción de los riesgos de seguridad que plantea el cambio climático, incluidos los conflictos por recursos naturales escasos, las catástrofes naturales y los grandes flujos migratorios derivados del cambio climático; y que las estrategias de desarrollo para abordar en común los retos climáticos y de seguridad serán esenciales para velar por una respuesta flexible y efectiva en los países en desarrollo, |
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J. |
Considerando que los esfuerzos internacionales en el ámbito de la adaptación al cambio climático y la reducción del riesgo de catástrofes (RRC) han sido hasta el momento limitados, fragmentados y mal coordinados, y que en muchos casos los países en desarrollo han tenido dificultades para acceder a dichos esfuerzos, lo que contrasta directamente con los objetivos planteados en el Consenso europeo y en la Declaración de París, |
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K. |
Considerando que las medidas de adaptación al cambio climático, la RRC y la creación de capacidades de desarrollo podrían estar muy interrelacionadas, pero que apenas se han integrado hasta ahora en las actividades de las agencias de cooperación al desarrollo y las instituciones internacionales; y que sería esencial contar con un enfoque coherente común para llevar a cabo la Alianza Mundial para hacer frente al Cambio Climático (AMCC), |
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L. |
Considerando que es necesario crear equipos pluridisciplinarios de gestores de crisis, especialistas en desarrollo, planificadores y expertos en climatología y adaptación climática, que deberían adoptar las mejores prácticas en el ámbito del desarrollo regional, |
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M. |
Considerando que una actuación precoz en la adaptación al cambio climático y la RRC representan un solución claramente rentable; y que los estudios predicen que un dólar gastado en RRC tiene potencial para ahorrar hasta siete dólares en respuesta tras una catástrofe, lo que constituye un argumento de peso a favor de la prioridad del gasto en ayuda al desarrollo, |
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N. |
Considerando, por consiguiente, que debería rechazarse todo intento de doble contabilización de los fondos de la Unión Europea destinados al logro de los ODM y al cumplimiento de las promesas realizadas en el marco de la UNFCCC, |
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O. |
Considerando que toda demora en la toma de decisiones firmes sobre las medidas necesarias para reducir las causas y los efectos del cambio climático conllevará costes mucho mayores, |
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P. |
Considerando que la mayoría de los problemas ambientales, incluidos los derivados del cambio climático, se agravan con el crecimiento demográfico y el mayor volumen de población, en tanto que las tendencias demográficas en materia de crecimiento, distribución y composición de la población son parte integrante del proceso de desarrollo, pues son causa y efecto a la vez del cambio climático y se ven afectadas por éste; y que, en la Conferencia Internacional de 1994 sobre la Población y el Desarrollo celebrada en El Cairo, se destacaron claramente las numerosas ventajas que reportan unas políticas de población diferenciadas, no coercitivas y de orientación local, si bien hasta ahora las cuestiones demográficas siguen sin incorporarse en gran medida en la planificación del desarrollo o la adaptación al cambio climático, |
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Q. |
Considerando que se debe intervenir en todas las políticas en materia de agricultura, agua, gestión de los recursos forestales, sanidad, infraestructuras, educación y demografía, con el fin de lograr una integración efectiva de la adaptación al cambio climático y una atenuación de sus efectos en las políticas de desarrollo, |
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R. |
Considerando que con el descenso de la corrupción mejoraría la eficacia de la adaptación al cambio climático y los esfuerzos para su atenuación, |
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S. |
Considerando que el informe provisional de 2007 del Plan de Acción de la Unión Europea sobre el Cambio Climático y el Desarrollo mencionado anteriormente muestra que los avances en materia de integración del cambio climático en las políticas de desarrollo de la Unión Europea, en particular en los documentos de estrategia por país (DEP) y en los documentos de estrategia regional (DER), han sido insuficientes y demasiado lentos, |
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T. |
Considerando que en la actualidad existe una carencia enorme en lo que a la financiación de la adaptación en países en desarrollo se refiere; y que los costes anuales de adaptación estimados se sitúan entre los 50 y los 80 mil millones de dólares estadounidenses al año, no superando el 0,5 % de esas cifras la suma total de los fondos comprometidos mediante mecanismos de financiación multilaterales a mediados del año 2007, |
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U. |
Considerando que, aún cuando la Unión Europea se haya fijado como objetivo convertirse en paladín de la lucha contra el cambio climático, el presupuesto de la Unión Europea no refleja la prioridad otorgada a las políticas y medidas adoptadas por la Unión Europea para combatir el cambio climático, |
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V. |
Considerando que parte de la financiación de la AMCC procederá del Fondo Europeo de Desarrollo (FED) y del Programa temático de Medio Ambiente y Recursos Naturales (ENRTP) (de acuerdo con el artículo 13 del Instrumento de Financiación de la Cooperación para el Desarrollo (ICD) (3)), |
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W. |
Considerando que el FED se ha utilizado principalmente para financiar nuevas iniciativas; que la Comisión debería respetar su compromiso de encontrar nuevas fuentes de financiación para preservar el FED; y que la Comisión de Desarrollo ha reclamado en numerosas ocasiones que el FED se integre en el presupuesto de la Unión Europea para velar por el control democrático de su utilización, |
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X. |
Considerando que, de conformidad con el artículo 21 sobre la adopción de documentos de estrategia y programas indicativos plurianuales y el apartado 2 del artículo 35 del ICD, el Parlamento tiene el derecho a ejercer control sobre las acciones de la Comisión tal y como está establecido en los artículos 5 y 8 de la Decisión 1999/468/CE, |
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Y. |
Considerando que hasta ahora el Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) apenas resultaba adecuado para cubrir las necesidades de inversión de los países más pobres en tecnologías limpias, pues África acoge menos del 3 % de todos los proyectos del MDL y cerca del 90 % de las reducciones certificadas de las emisiones (RCE) se han concedido para proyectos en China, la India, Corea y Brasil, |
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1. |
Acoge con satisfacción la iniciativa de la Comisión de crear una AMCC, que representa un importante reconocimiento de los efectos del cambio climático en el desarrollo; sin embargo, pide a la Comisión que aclare más el valor añadido característico de esta AMCC; en este contexto, subraya que la coordinación y la cooperación con otros actores fundamentales deben ser una parte integrante de la agenda de la AMCC con el fin de garantizar la complementariedad óptima entre iniciativas; |
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2. |
Considera que la AMCC es un importante pilar de la acción exterior de la Unión Europea en cuestión de cambio climático y que constituye una plataforma complementaria y de apoyo para el proceso en curso en el contexto de la UNFCCC y el Protocolo de Kyoto, sirviendo al avance de su aplicación y de la de los acuerdos vinculados a ellos; |
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3. |
Reitera las alarmantes conclusiones del documento mencionado titulado «El cambio climático y seguridad internacional», en el que se advierte de que el cambio climático intensifica los riesgos para la seguridad en la Unión Europea y amenaza con incrementar la carga sobre los Estados y regiones del mundo, de por sí frágiles y propensos a los conflictos, y con socavar los esfuerzos para alcanzar los ODM; |
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4. |
Observa que los esfuerzos para luchar contra el cambio climático han de basarse no solamente en las iniciativas políticas sino también en la sociedad civil, y ello tanto en los países desarrollados como en los países en desarrollo; considera que se deberían lanzar campañas de información pública y programas educativos en escuelas y universidades para proporcionar a los ciudadanos análisis y evaluaciones sobre la situación del cambio climático, así como proponer las respuestas adecuadas, en particular por lo que concierne a los cambios de los estilos de vida necesarios para reducir las emisiones; |
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5. |
Hace hincapié en que la coordinación y la colaboración reforzadas entre la Comisión y los Estados miembros son esenciales en el ámbito de la política de la Unión Europea sobre el cambio climático y el desarrollo; considera que la AMCC representa una oportunidad única para respetar los principios que sostienen el Consenso europeo y la Declaración de París, al igual que el Programa de Acción de la Conferencia Internacional de 1994 sobre la Población y el Desarrollo celebrada en El Cairo; está convencido asimismo de que una de las funciones esenciales de la AMCC debería ser la de centralizar las iniciativas de los Estados miembros; |
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6. |
Pide a la Unión Europea que sitúe el cambio climático en el centro de su política de cooperación al desarrollo; expresa además su convicción de que la lucha contra el cambio climático debe abordar sus causas estructurales, y reclama una evaluación sistemática del riesgo del cambio climático que cubra todos los aspectos de la planificación política y la toma de decisiones, tanto en la Unión Europea como en los países en desarrollo, incluidos los relacionados con el comercio, la agricultura y la seguridad alimentaria; |
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7. |
Destaca que la AMCC debería adoptar medidas concretas para velar por la coherencia entre el impacto del cambio climático, incluidas las políticas de agricultura, comercio y pesca de la Unión Europea, por una parte, y los problemas relacionados con las ayudas a la exportación, como las ayudas vinculadas, el peso de la deuda, los créditos a la exportación y el uso comercial de la ayuda alimentaria, las privatizaciones forzosas y la liberalización de sectores económicos esenciales, por otra; |
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8. |
Destaca que, debido a que la AMCC, dotada de 60 millones de euros para el período comprendido entre 2008 y 2010, está destinada a complementar el proceso en curso en la UNFCCC, es necesario evitar el solapamiento de las acciones y concentrar los fondos en acciones que proporcionen el mayor valor añadido; considera que, una vez que se haya logrado un acuerdo sobre el cambio climático para el período posterior a 2012, deberán revisarse los objetivos y la financiación de la AMCC de acuerdo con los resultados; |
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9. |
Opina que los fondos ajenos a la UNFCCC no pueden considerarse parte del cumplimiento de los compromisos contraídos por los países desarrollados en el marco de la Convención; |
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10. |
Considera que los 60 millones de euros comprometidos hasta ahora para la AMCC son muy insuficientes; pide a la Comisión que establezca un objetivo de financiación de la AMCC a largo plazo de al menos 2 mil millones de euros anuales para 2010 y de 5-10 mil millones de euros anuales para 2020; |
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11. |
Pide a la Comisión que facilite información detallada sobre los mecanismos financieros existentes para el cambio climático y el desarrollo a nivel nacional e internacional; pide a la Comisión que, sobre la base de esta información, proponga urgentemente qué medidas deben aplicarse para incrementar la ayuda financiera de la Unión Europea para el cambio climático y el desarrollo, asegurando la mejor coordinación y complementariedad posible con las iniciativas existentes; |
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12. |
Destaca que para abordar seriamente el cambio climático conviene prever una nueva financiación mediante nuevas líneas presupuestarias y nuevas fuentes de financiación, como los fondos de ayuda humanitaria en respuesta a las catástrofes provocadas por el clima, los fondos de la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) y el Instrumento de Estabilidad en el contexto de la política preventiva de seguridad o en respuesta a los conflictos o riesgos de seguridad relacionados con el clima y, si procede, otros fondos de acción exterior, así como los impuestos ecológicos, las asociaciones público-privadas y otros mecanismos innovadores de financiación previstos a tal efecto; |
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13. |
Toma nota con interés de las Conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de 19 y 20 de junio de 2008 y de las correspondientes incidencias presupuestarias; considera que estos compromisos presupuestarios sólo podrán abordarse recurriendo a los medios que facilita el Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (4); subraya una vez más que deberían preverse nuevos créditos para el desarrollo de nuevas tareas; |
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14. |
Observa, en este contexto, que la ayuda oficial al desarrollo (AOD) de la Unión Europea aún está lejos de lograr el objetivo del 0,56 % de la Renta Nacional Bruta (RNB) de la Unión Europea en 2010, y que resulta difícil imaginar cómo la Unión Europea podrá cumplir todos sus compromisos sin utilizar recursos nuevos e innovadores; |
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15. |
Pide a la Comisión que incremente la financiación inmediata de la AMCC, lo que podría hacerse inicialmente con carácter de urgencia mediante el ENRTP así como mediante el décimo FED; subraya al mismo tiempo la necesidad urgente de fondos adicionales de ayuda no oficial al desarrollo para la adaptación así como la necesidad de desarrollar mecanismos de financiación innovadores con esta finalidad; |
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16. |
Recuerda a la Comisión que, si se utilizan fondos del ENRTP o del FED para financiar la AMCC, éstos, en cuanto fondos de desarrollo, solo deberían utilizarse para acciones compatibles con la ayuda al desarrollo, de conformidad con la definición del Comité de Ayuda al Desarrollo (CAD) de la OCDE; insiste en que ésa sólo debería ser una fuente inicial de financiación y que deberían encontrarse después otras fuentes alternativas de financiación; |
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17. |
Pide a la Comisión que vele por que la financiación de la AMCC mediante el ENRTP y el FED no se haga a expensas de otros objetivos importantes de cooperación al desarrollo como la educación, la sanidad, la igualdad de género y el acceso al agua; |
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18. |
Hace hincapié en que los Estados miembros deben asumir una mayor responsabilidad en la financiación y en la armonización de sus actividades de desarrollo con la AMCC; |
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19. |
Pide a la Comisión y a los Estados miembros que acuerden destinar al menos el 25 % de los ingresos previstos de las subastas dentro del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la Unión Europea (RCDE de la UE) en el próximo período de comercio a la financiación de la AMCC y a otras medidas de lucha contra el cambio climático en países en desarrollo, incluidas las medidas de protección forestal y reducción de las emisiones derivadas de las roturaciones y la degradación forestal; |
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20. |
Pide a la Comisión que aproveche la próxima revisión del presupuesto de la Unión Europea para reevaluar las prioridades generales de gasto de la Unión Europea y destine fondos adicionales al cambio climático y al desarrollo en general y a la AMCC en particular, incluida la reasignación de fondos de la Política Agrícola Común (PAC); |
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21. |
Pide a la Comisión y a los Estados miembros que apliquen urgentemente la idea de un mecanismo global de financiación de la adaptación al cambio climático, a partir del modelo de la Facilidad Financiera Internacional para la Inmunización (FFIIm) y del concepto de ayuda preventiva, con el fin de garantizar unas sumas significativas de financiación de la AMCC dentro de un período de tiempo relativamente corto; |
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22. |
Pide a la Comisión que invite al sector privado a asociarse más estrechamente a la AMCC, pues la financiación pública podría servir de catalizador al incentivar la inversión y ofrecer acceso a los mercados y las tecnologías; anima específicamente a la Comisión a que invierta en el desarrollo de modelos de asociación entre los sectores público y privado en los ámbitos clave, tales como la creación de seguridad hídrica y de infraestructuras en ámbitos vulnerables, en los que la falta de financiación es sustancial en la actualidad, pues el cambio climático afecta a numerosos ámbitos políticos (acceso al agua, salud pública, abastecimiento energético) donde se produce la intervención del Estado y las autoridades locales; recuerda que la prioridad de la Unión Europea debería ser apuntalar la capacidad de actuación pública en esos ámbitos; |
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23. |
Pide a la Comisión que participe en asociaciones con el sector privado de los seguros y que explore métodos para desarrollar planes piloto de seguros con el fin de financiar los costes de la adaptación y de la RCC, dentro del ámbito de los niveles nacional y regional e individual de los seguros; |
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24. |
Lamenta que la implicación general de los Gobiernos, la sociedad civil y las autoridades locales de los países en desarrollo haya sido inadecuada a lo largo del proceso de programación de la AMCC; pide a la Comisión que garantice que durante los procesos de aplicación, de elaboración, de distribución de los fondos y de evaluación se tomen las decisiones en asociación con las partes interesadas; |
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25. |
Pide a la Comisión que se sirva de la AMCC para apoyar y reforzar la capacidad de los países socios para identificar, gestionar y mitigar los desafíos de seguridad que plantea el cambio climático y anima a la Comisión a que destine fondos adicionales a tal fin; pide asimismo a la Comisión que vele por que su Dirección General de Relaciones Exteriores participe plenamente en el proceso de programación y aplicación de la AMCC y por la mayor coherencia entre las políticas de cooperación al desarrollo, cambio climático y de asuntos exteriores y seguridad; |
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26. |
Pide a la Comisión que se sirva de la AMCC para impulsar el diálogo tanto con la comunidad de donantes como con los países socios sobre una mejor preparación y planificación que permita abordar las eventuales migraciones masivas derivadas del carácter inhóspito de ciertas regiones a consecuencia del cambio climático; |
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27. |
Insiste en que la AMCC deberá estar dotada de mecanismos de notificación eficaces, incluidos indicadores detallados de los avances y programas de seguimiento; |
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28. |
Considera que un valor añadido y competencia específica de la AMCC podría ser la creación de un vínculo entre las medidas de adaptación local y los marcos políticos globales en materia de cambio climático y desarrollo; en este contexto, se congratula de su vertiente de «diálogo político» como importante avance para relacionar la agenda de reducción de la pobreza y los ODM con la agenda de cambio climático; no obstante, destaca que la AMCC sólo tendrá éxito si forma parte de una estrategia general de la Unión Europea para las negociaciones después de 2012, en las que será una absoluta prioridad prever un fuerte apoyo a las medidas de atenuación y adaptación al cambio climático en los países en desarrollo; |
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29. |
Anima a la Comisión a servirse del diálogo político y de su prevista declaración común de la Unión Europea, los países menos adelantados (PMA) y los pequeños Estados insulares en desarrollo (PEID) como foro para impulsar la idea de un «contrato global» en que se imbriquen íntimamente las actividades relativas a la cooperación al desarrollo y el cambio climático, prestándose atención a las cuestiones demográficas como elemento explícito integrante, según se prevé en la iniciativa para un Plan Marshall global; |
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30. |
Hace hincapié en la necesidad de acelerar los esfuerzos para integrar la adaptación al cambio climático, la RCC y las medidas demográficas y de salud reproductiva en la ayuda al desarrollo de la Comisión y de los Estados miembros, en especial durante la fase de aplicación, pues esos ámbitos son fundamentales desde una perspectiva sistémica; pide a la Comisión que aproveche la próxima revisión intermedia de los DEP para avanzar en este ámbito; |
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31. |
Insiste en que la Comisión, junto con la AMCC, debe seguir desarrollando su respuesta al Informe provisional sobre el Plan de Acción de la Unión Europea sobre el Cambio Climático y el Desarrollo con la inclusión de muchos elementos importantes que no deben perderse de vista, tales como la creación de órganos de centralización sobre el terreno a fin de mejorar la coordinación y el acceso a la información; |
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32. |
Subraya que el desarrollo y la aplicación de Programas de Acción Nacionales de Adaptación (PANA) mediante fondos procedentes del Mecanismo Mundial para el Medio Ambiente han experimentado muchas limitaciones a causa de la financiación inadecuada, la subestimación de los costes de adaptación, la falta de conexiones con el desarrollo humano, la excesiva burocracia de los canales de acceso y la parcialidad de los proyectos; pide a la Comisión que aborde plenamente estas limitaciones cuando continúe su labor de apoyo a la aplicación de los PANA en los PMA y los PEID a través de la AMCC; en este contexto, acoge con satisfacción la intención de la Comisión de explorar el refuerzo de las capacidades basadas en programas de las instituciones responsables que utilizan apoyo presupuestario; |
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33. |
Hace hincapié en que la utilización con éxito del apoyo presupuestario para la adaptación al cambio climático orientada al desarrollo depende de la utilización profunda de todos los medios disponibles dentro del marco de modalidades de apoyo presupuestario, tales como la discusión de las prioridades políticas, el control a largo plazo y la asistencia técnica en la formulación y ejecución del presupuesto; insiste igualmente en la necesidad de una implicación activa de la sociedad civil y las comunidades locales; insta asimismo a la Comisión a que se prepare para utilizar medidas complementarias cuando el apoyo presupuestario no sea adecuado o cuando no pueda atender a las personas más pobres y vulnerables; |
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34. |
Pide a la Comisión que vele por que la prevista investigación de la AMCC sobre la adaptación en los países en desarrollo posea una verdadera perspectiva ascendente, se oriente hacia los pobres y más vulnerables con arreglo a las necesidades de las comunidades locales y se lleve a cabo en cooperación con las personas afectadas; destaca la importancia de que los resultados de la investigación sobre la adaptación se transmitan a los grupos destinatarios mediante canales accesibles de comunicación; |
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35. |
Pide a la Comisión que destine importantes recursos a la investigación de los factores económicos de la adaptación en los países en desarrollo, incluida una mejor comprensión de los futuros costes de la reestructuración del comercio, la agricultura y las políticas de seguridad y las instituciones; reconoce que las lagunas de conocimiento en ese ámbito son un obstáculo a la adopción de medidas efectivas de adaptación y gasto por parte de los actores tanto públicos como privados; |
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36. |
Hace hincapié en la importancia de que se transfieran conocimientos y tecnología, incluida la tecnología de RRC, a los países socios de la AMCC; para ello, pide sa la Comisión que fomente la creación de una biblioteca virtual en red con información pertinente sobre adaptación climática y que facilite un programa de intercambio de expertos en adaptación climática entre estos países; |
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37. |
Reitera la importancia de que la política sea coherente y pide a la Comisión que aborde la cuestión relativa a la integración del cambio climático en los esfuerzos encaminados a la reducción de la pobreza, cuando revise el presupuesto de la Unión Europea y cuando realice la revisión intermedia de los distintos instrumentos de desarrollo; |
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38. |
Pide a la Comisión que preste mayor atención al impacto del cambio climático en la agricultura y la silvicultura y a la adaptación de la agricultura y la silvicultura al cambio climático; pide a la Comisión que utilice la AMCC para apoyar el desarrollo de unas políticas agrícolas medioambientalmente sólidas, dando la prioridad a garantizar la seguridad alimentaria de la población; pide asimismo a la Comisión que contribuya a crear un marco institucional y financiero apropiado para las personas pobres de las zonas rurales que dependen de la agricultura para su subsistencia; |
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39. |
Destaca que la agricultura en los países pobres en desarrollo se ve afectada directa y considerablemente por el cambio climático, que puede repercutir dramáticamente en la seguridad alimentaria; por consiguiente, reclama a la Comisión que se sirva de la AMCC para elaborar políticas agrarias y métodos de producción que se adapten mejor a las necesidades de la población local y ofrezcan una solución sostenible al alza de los precios de los alimentos; anima, en particular, a la Comisión, a que apoye soluciones innovadoras como la creación de «cinturones verdes» alrededor de las ciudades para responder a las necesidades alimentarias básicas de las poblaciones urbanas en los países en desarrollo; |
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40. |
Acoge con satisfacción la intención de la Comisión de proponer una estrategia de la Unión Europea para la RRC, lo que supondría un importante paso en la reducción de las diferencias entre los esfuerzos para la RRC, los esfuerzos de desarrollo y los esfuerzos de adaptación al cambio climático; pide, en este contexto, a la Comisión que aclare cómo la AMCC puede facilitar esta integración en la práctica; |
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41. |
Subraya que una estrategia para la RRC no arrojará resultados significativos sin un plan de acción concreto y una reorientación profunda de las dotaciones presupuestarias a fin de garantizar la financiación a largo plazo de la RRC y de la adaptación al cambio climático como parte de la ayuda al desarrollo ordinaria y no como una ayuda humanitaria a corto plazo y mal priorizada, como es el caso en la actualidad; |
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42. |
Subraya que existe una gran necesidad de recursos humanos adicionales en EuropeAid y las delegaciones de la Unión Europea para velar por la aplicación con éxito de la AMCC; pide a la Comisión que destine importantes recursos a éste ámbito en el presupuesto de la Unión Europea para 2009; pide asimismo a la Comisión, en un contexto más amplio, que dedique de forma significativa más recursos a la formación del personal de las direcciones generales y delegaciones de la Comisión en materia de adaptación al cambio climático y en RRC, con especial hincapié en la mejora de los conocimientos prácticos; |
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43. |
Subraya, en la medida en que la AMCC implica acciones de atenuación del cambio climático, que los PMA y los PEID necesitan apoyo técnico y en materia de creación de capacidades para poder incrementar su participación en el MDL; pide asimismo a la Comisión que se movilice activamente en las negociaciones internacionales sobre el cambio climático con el fin de reforzar el MDL para asegurar la adicionalidad y la coherencia con los objetivos climáticos y de desarrollo; pide también a la Comisión que no se centre excesivamente en el MDL como la herramienta política definitiva, sino que preste también su apoyo a acciones de atenuación más adecuadas a los países más pobres, dando prioridad a las actividades de uso de la tierra, al cambio de uso de la tierra y la silvicultura (LULUCF) y a las tecnologías con bajas emisiones de carbono; |
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44. |
Pide a la Comisión que desarrolle urgentemente iniciativas políticas complementarias y ambiciosas, en especial en los ámbitos de la protección de los bosques y los mares, el uso sostenible de los recursos naturales y la cooperación en las técnicas de atenuación, en los que las necesidades financieras superan con creces las actuales disponibilidades de la AMCC; pide específicamente una acción decidida de la Unión Europea en forma de ayuda financiera, asistencia técnica y transferencia de tecnología y cooperación para los países en desarrollo para facilitar el uso más temprano posible de las tecnologías con bajas emisiones de gases de efecto invernadero y de métodos de producción respetuosos con el medio ambiente; |
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45. |
Pide a la Comisión que revise su propuesta de criterios de sostenibilidad para los biocarburantes, estableciendo requisitos más estrictos sobre sus ventajas para el clima y los ecosistemas, teniendo asimismo presentes los efectos del cambio de uso indirecto del suelo y las consecuencias de desarrollo para las comunidades locales; destaca que los criterios de sostenibilidad no deben convertirse en nuevas medidas proteccionistas y que deberían diseñarse mediante el diálogo con los países en desarrollo; |
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46. |
Considera que el Fondo Mundial para la Eficiencia Energética y las Energías Renovables previsto es un instrumento notable en este contexto, que podría desempeñar un papel importante en proyectos de eficiencia energética y en la promoción de las energías renovables en los países en desarrollo; |
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47. |
Pide a la Comisión que desarrolle urgentemente una agenda exhaustiva con el fin de reducir la deforestación y la degradación de los bosques en los países en desarrollo, que incluya la promoción de los acuerdos de asociación voluntaria en el marco de los programas del Plan de Acción sobre aplicación de las leyes, gobernanza y comercio forestales (FLEGT), y propuestas concretas sobre mecanismos de financiación en la Conferencia de las Partes en la Convención sobre el Cambio Climático (COP 14) que tendrá lugar en Poznan en diciembre de 2008; reitera la importancia de dichos mecanismos compensatorios no únicamente por las emisiones de gases de efecto invernadero evitadas sino también por la biodiversidad y por las ventajas de los bosques para el desarrollo; |
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48. |
Deplora que la Comisión no haya presentado aún propuestas claras y firmes para prohibir la importación de madera ilegalmente talada y de sus productos derivados en el mercado de la Unión Europea; pide a la Comisión que presente esa propuesta sin demora; |
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49. |
Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión. |
(1) DO C 46 de 24.2.2006, p. 1.
(2) DO C 25 de 30.1.2008, p. 1.
(3) Reglamento (CE) no 1905/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, por el que se establece un Instrumento de Financiación de la Cooperación al Desarrollo (DO L 378 de 27.12.2006, p. 41).
(4) DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.