3.12.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 294/91


Miércoles, 9 de julio de 2008
Constitución de los grupos políticos (modificación del artículo 29 del Reglamento del Parlamento)

P6_TA(2008)0351

Decisión del Parlamento Europeo, de 9 de julio de 2008, sobre la modificación del artículo 29 del Reglamento del Parlamento Europeo — Constitución de los grupos políticos (2006/2201(REG))

2009/C 294 E/23

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de modificación de su Reglamento (B6-0420/2006),

Vistos los artículos 201 y 202 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Asuntos Constitucionales (A6-0206/2008),

1.

Decide introducir en su Reglamento la modificación que figura a continuación;

2.

Decide que dicha modificación entre en vigor el primer día del período parcial de sesiones siguiente a las elecciones europeas del año 2009;

3.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión, para información, al Consejo y a la Comisión.

TEXTO EN VIGOR

ENMIENDA

Enmienda 3

Reglamento del Parlamento Europeo

Artículo 29 — apartado 2

2.

Todo grupo político deberá estar integrado por diputados elegidos en al menos una quinta parte de los Estados miembros. El número mínimo de diputados necesario para constituir un grupo político será de veinte.

2.

Todo grupo político deberá estar integrado por diputados elegidos en al menos una cuarta parte de los Estados miembros. El número mínimo de diputados necesario para constituir un grupo político será de veinticinco .

Enmienda 1

Reglamento del Parlamento Europeo

Artículo 29 — apartado 2 bis (nuevo)

 

2 bis.

Cuando un grupo político deje de tener el número de diputados requerido, el Presidente, con el acuerdo de la Conferencia de Presidentes, podrá autorizar que siga existiendo hasta la siguiente sesión constitutiva del Parlamento, siempre que se cumplan las condiciones siguientes:

que los diputados sigan representando al menos una quinta parte de los Estados miembros;

que el grupo exista desde hace más de un año.

El Presidente no aplicará esta excepción cuando haya razones suficientes para pensar que se está abusando de ella.