19.12.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 325/81 |
Dictamen del Comité de las Regiones sobre el tema «Protección de la infancia en el uso de Internet (2009-2013)»
(2008/C 325/14)
EL COMITÉ DE LAS REGIONES
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considera que las acciones llevadas a cabo hasta la fecha deben adaptarse a las nuevas necesidades debido a la aparición de nuevas tecnologías y nuevos servicios que provocan nuevos riesgos y agravan los ya existentes; |
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recomienda alcanzar un acuerdo básico sobre la noción de «contenido ilícito» comparando las disposiciones penales y determinando su base común. Las acciones deben respaldar la compilación de una «lista negra» europea de contenidos ilícitos y fomentar su utilización por parte de los proveedores de servicios de Internet; |
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pide que las actividades destinadas a sensibilizar a los usuarios finales incluyan de modo explícito a las colectividades y entidades locales, que son las más cercanas a los grupos destinatarios y las mejor situadas para difundir las informaciones esenciales y poner en marcha programas y proyectos concretos; |
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recomienda que las unidades de sensibilización sigan estrategias definidas al dirigirse a los niños, los padres y el personal docente procurando garantizar la calidad de esas acciones. El programa debe apoyar también una participación más activa de los medios de comunicación en las campañas de sensibilización; |
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considera especialmente importante intensificar lo más posible la cooperación entre las líneas directas, los organismos encargados de aplicar la ley y los proveedores de servicios de Internet y garantizar la implicación de otras instancias como, por ejemplo, las organizaciones sociales y ONG apropiadas; |
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insta a que las acciones creen material didáctico de tecnología informática y de educación en medios de comunicación que incluya un entorno en línea seguro. Por otra parte, las acciones no sólo deberían centrarse en la protección de los niños, sino que también deberían tener por objeto fomentar la preparación activa a una utilización segura de Internet (capacitación). |
Ponente |
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Ján ORAVEC (SK-PPE), Alcalde de Štúrovo |
Texto de referencia
Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un programa comunitario plurianual sobre la protección de la infancia en el uso de Internet y de otras tecnologías de la comunicación.
COM(2008) 106 final — 2008/0047 (COD).
I. RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ DE LAS REGIONES
Observaciones generales
Observaciones generales sobre el programa
1. |
reconoce que, desde el lanzamiento del plan de acción sobre una mayor seguridad en la utilización de Internet, tanto las tecnologías como sus aplicaciones han evolucionado considerablemente. Los niños utilizan activamente (y cada vez más) las tecnologías en línea. Protegerlos contra los contenidos perjudiciales, la restricción de la difusión de contenidos ilícitos y la educación en un uso inteligente y crítico de Internet representa un motivo de gran preocupación que los responsables políticos y los legisladores, la industria y los usuarios finales, especialmente los padres, tutores y educadores, deben afrontar de manera proactiva; |
2. |
subscribe la posición de que los riesgos más graves a los que están expuestos los niños en relación con las tecnologías en línea son, por una parte, las situaciones en las que se les causa un daño directo como víctimas de abusos sexuales, como atestiguan las fotografías, vídeos o ficheros audio que después se publican en línea y, por otra, las situaciones en las que determinadas personas se ponen en contacto con ellos e intentan conseguir su amistad (mediante un proceso de manipulación psicológica denominado grooming en inglés) con el fin de abusar sexualmente de ellos, o aquellas en las que son víctimas de acoso en línea (acoso electrónico o cyberbullying); |
3. |
toma nota de las conclusiones de la evaluación final del plan de acción para una mayor seguridad en la utilización de Internet; |
4. |
subraya que los programas comunitarios para una mayor seguridad en la utilización de Internet son las únicas iniciativas transeuropeas dedicadas a la protección de los niños en Internet; |
5. |
considera que las acciones llevadas a cabo han resultado eficaces, aunque insiste en la necesidad de adaptarlas a las nuevas necesidades debido a la aparición de nuevas tecnologías y nuevos servicios que provocan nuevos riesgos y agravan los ya existentes; |
6. |
se congratula de que el nuevo programa facilite a todos los niveles la información y el intercambio de experiencias, así como las buenas prácticas, sobre las cuestiones relacionadas con la seguridad de los niños en línea, reforzando así el valor añadido europeo; |
7. |
es consciente de que será muy difícil alcanzar un consenso sobre la definición de «contenido ilícito» y de «contenido perjudicial», cuyos criterios constitutivos varían en función de los distintos países y culturas; |
8. |
recomienda, no obstante, alcanzar un acuerdo básico sobre la noción de «contenido ilícito» comparando las disposiciones penales y determinando su base común; |
9. |
considera que las medidas previstas contribuirán a la protección de los niños que utilicen Internet y otras tecnologías de la información y, al responder a las nuevas evoluciones en la materia, reducirán el volumen de contenidos ilícitos distribuidos en línea, y que también contribuirán a combatir de forma adecuada las conductas nocivas en línea, centrándose especialmente en la distribución en línea de material pedopornográfico, la manipulación psicológica y el acoso; |
10. |
confía en que se impulsará y apoyará el desarrollo y la aplicación de soluciones técnicas para combatir eficazmente los contenidos ilícitos y las conductas nocivas en línea, y que las partes interesadas se animarán a cooperar e intercambiar ejemplos de buenas prácticas a escala local, regional, europea e internacional; |
11. |
propone que cada año se organicen conferencias de orientación en las que estén presentes las partes interesadas a nivel nacional, europeo e internacional, para velar por que se ofrezca la posibilidad de debatir los desafíos y retos de ese momento, se compartan buenas prácticas y se favorezca la cooperación; |
12. |
manifiesta su decepción por el hecho de que los esfuerzos encaminados a sensibilizar en mayor medida al público, especialmente a los niños, sus padres, tutores y educadores, sobre las posibilidades y los riesgos relacionados con la utilización de tecnologías en línea y los medios de garantizar la seguridad en línea no incluyen expresamente a las autoridades locales y regionales, que son las más cercanas a los grupos afectados y las mejor situadas para difundir las informaciones esenciales y poner en marcha programas y proyectos concretos; |
13. |
es favorable a la creación y desarrollo de una base de conocimientos para el tratamiento de los riesgos y las implicaciones existentes y emergentes relacionados con la utilización de Internet; |
14. |
propugna la coordinación de las actividades de investigación en los ámbitos pertinentes en el interior y el exterior de la UE, así como el enriquecimiento de los conocimientos relativos a la evolución de los modos de utilización de las tecnologías en línea por parte de los niños, los riesgos asociados y los potenciales efectos perjudiciales que puede tener para ellos la utilización de tecnologías en línea, incluidos los aspectos técnicos, psicológicos y sociológicos, así como ejemplos positivos de educación en la utilización crítica de los medios; |
15. |
recomienda encarecidamente seguir adelante con el programa «Safer Internet plus» y mejorar su calidad; |
16. |
insta a las instituciones comunitarias y a los gobiernos de los Estados miembros a dedicar, en el marco de sus competencias, la atención que merece al tratamiento de este problema; |
17. |
espera que la aplicación de estas disposiciones contribuirá apreciablemente a reducir los riesgos que corren los niños que utilizan Internet y otras tecnologías de la comunicación. |
II. ENMIENDAS PROPUESTAS
Enmienda 1
Anexo I — Línea de acción 1
Texto propuesto por la Comisión |
Enmienda del CDR |
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Exposición de motivos
Los puntos de contacto y las líneas directas sólo pueden desempeñar su papel si su existencia es conocida por el mayor número posible de usuarios finales; por eso conviene dedicarles una amplísima campaña de información a la que pueden contribuir de manera significativa, entre otros, los entes locales.
Enmienda 2
Anexo I — Línea de acción 1
Texto propuesto por la Comisión |
Enmienda del CDR |
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Exposición de motivos
Para desarrollar contramedidas eficaces resulta decisivo que las informaciones recogidas por las líneas directas se transmitan rápidamente y de manera continua a los agentes implicados en la lucha contra los contenidos ilícitos y los comportamientos nocivos en línea.
Enmienda 3
Anexo I — Línea de acción 1
Texto propuesto por la Comisión |
Enmienda del CDR |
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Exposición de motivos
No basta con fomentar las nuevas soluciones técnicas, sino que también hay que apoyarlas. La «lista negra» europea puede ayudar a prevenir los contenidos ilícitos, si es necesario, y a reaccionar.
Enmienda 4
Anexo I — Línea de acción 2
Texto propuesto por la Comisión |
Enmienda del CDR |
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Exposición de motivos
En las clases dedicadas a la enseñanza interactiva, un pedagogo cualificado debe advertir a los niños del peligro que corren cuando utilizan Internet; por otra parte, sus reacciones pueden ayudar a comprender sus opiniones y experiencias relacionadas con las tecnologías en línea.
Enmienda 5
Anexo I — Línea de acción 2
Texto propuesto por la Comisión |
Enmienda del CDR |
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Exposición de motivos
Las informaciones relativas a los instrumentos adecuados o nuevos que permiten luchar contra los contenidos nocivos en línea son esenciales no sólo para los usuarios más expertos, sino para todo usuario final. Así, en la medida de sus posibilidades, cada cual será capaz de reaccionar de la manera más apropiada y eficaz frente a los nuevos peligros.
Enmienda 6
Anexo I — Línea de acción 3
Texto propuesto por la Comisión |
Enmienda del CDR |
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Exposición de motivos
Tanto a escala nacional como a escala local, los medios de comunicación desempeñan también un papel insustituible en la difusión de informaciones relativas a una utilización segura de las tecnologías en línea. Por esa razón hay que animarles a participar en el proceso y en las campañas de sensibilización.
Enmienda 7
Anexo I — Línea de acción 3
Texto propuesto por la Comisión |
Enmienda del CDR |
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Exposición de motivos
Los puntos de contacto sólo podrán desempeñar plenamente su papel si son conocidos por la gente, más concretamente por los usuarios finales, que así sabrán a quién dirigirse para obtener informaciones y respuestas a sus preguntas.
Enmienda 8
Anexo I — Línea de acción 3
Texto propuesto por la Comisión |
Enmienda del CDR |
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Exposición de motivos
Las unidades de sensibilización aportan una contribución fundamental a la hora de prevenir a la opinión pública, porque las informaciones que proporcionan llegan después directamente, o a través de diversos canales de información, a la opinión pública; deben ser capaces de señalar los peligros y proponer soluciones. En este ámbito es indispensable coordinar los esfuerzos y cooperar estrechamente con los especialistas en materia de educación en medios de comunicación.
Bruselas, 9 de octubre de 2008.
El Presidente
del Comité de las Regiones
Luc VAN DEN BRANDE