31.3.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 77/115


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «Tener en cuenta las necesidades de las personas de edad avanzada»

(2009/C 77/26)

El 18 de febrero de 2008, de conformidad con el artículo 262 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, la Comisión Europea decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre el tema

«Tener en cuenta las necesidades de las personas de edad avanzada».

La Sección Especializada de Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 11 de septiembre de 2008 (ponente: Sra. HEINISCH).

En su 447o Pleno de los días 17 y 18 de septiembre de 2008 (sesión del 18 de septiembre) el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 106 votos a favor, 32 en contra y 20 abstenciones el presente Dictamen.

1.   Resumen y recomendaciones

1.1   Motivación

1.1.1

El cambio demográfico en Europa está caracterizado por el creciente porcentaje de personas de edad avanzada, al tiempo que disminuye el conjunto de la población (1). El Consejo se ha pronunciado repetidas veces sobre el tema del envejecimiento. Este proceso s discurre de manera muy diferente en función de las regiones. Por ello, la Unión Europea debe hacer frente a grandes retos sociales (2). La Comisión aprobará para finales de 2008 una Comunicación, en la que se presentarán propuestas sobre cómo tener en cuenta de manera más adecuada con el apoyo de los Fondos Estructurales las necesidades de una población que envejece.

1.1.2

Objetivo prioritario del presente dictamen es reconocer y valorar a las personas de edad avanzada, prevenir su discriminación y garantizar su dignidad. Es preciso tener en cuenta que las personas de edad avanzada no constituyen un grupo homogéneo en cuanto a capacidades, seguridad financiera o necesidades de asistencia médica o social, de modo que las políticas y servicios deben reflejar el hecho de que una solución única para todos o la segmentación por tramos de edad no son adecuadas.

1.1.3

Por lo tanto, el dictamen abarca todas las cuestiones que afectan a las personas desde el momento de la jubilación oficial hasta que llegan a una edad muy avanzada. Naturalmente, esto incluye —aunque no se mencione expresamente— tanto a hombres como a mujeres, personas discapacitadas de edad avanzada y personas procedentes de la emigración.

1.1.4

No se examinan los temas «trabajadores de más edad» y «personas de edad avanzada, dependientes, que necesitan asistencia», puesto que sobre ellos ya se han elaborado numerosas propuestas (3). No obstante, el CESE destaca la importancia que tiene el enfoque basado en el «ciclo de vida» para una sociedad que envejece, a fin de prevenir la discriminación y los estereotipos, así como la necesidad de formular políticas integradas que abarquen a todas las generaciones.

1.1.5

Para que las personas de edad avanzada sigan participando en la vida social y lleven una vida digna es esencial que disfruten de seguridad financiera y tengan acceso voluntario a las oportunidades de realizar actividades útiles, incluido el aprendizaje permanente, el empleo y el trabajo voluntario y el uso de las nuevas tecnologías. Además, el transporte, la energía, la vivienda y la asistencia sanitaria deben estar disponibles, poder costearse y ser accesibles.

1.2   Recomendaciones

1.2.1

A fin de garantizar al número creciente de personas de edad avanzada, tanto de las zonas urbanas como de las zonas rurales, unas condiciones de vida viables y abrir nuevos áreas de empleo, el Comité pide que se adopten las medidas siguientes:

elaboración periódica de informes de situación nacionales y regionales;

recopilación y difusión de ejemplos de buenas prácticas de los Estados miembros;

promoción de una nueva imagen de la vejez, que reconozca la aportación de las personas de edad avanzada (incluidos los inmigrantes de ambos sexos) y la dignidad de la vejez en la política, la economía y la sociedad;

organización periódica de campañas en medios de comunicación sobre el «envejecimiento activo»;

adopción de medidas sobre todo en los ámbitos de los servicios de interés general, las infraestructuras, el suministro de bienes y servicios, la financiación, la vivienda, los servicios de asistencia sanitaria, la organización del final de la vida y la participación en la vida social.

Destinatarios: Estados miembros, Parlamento Europeo, Comité de las Regiones, Comité Económico y Social Europeo.

Creación de un grupo de expertos «Envejecimiento», complementario en el marco del Grupo de alto nivel sobre cuestiones demográficas (4) de la Comisión Europea;

establecimiento de una alianza europea «Vivir en la vejez», según el modelo de la «Alianza Europea de las Familias» (5), que, entre otras actividades, organiza seminarios y conferencias europeos;

creación de un Centro europeo de estudios sobre el envejecimiento que se ocupe del tratamiento, síntesis e intercambio de los conocimientos existentes, la determinación de nuevas necesidades en investigación y el correspondiente fomento de la investigación;

creación de un eje interdisciplinario «Envejecimiento» con un presupuesto propio en el Octavo Programa Marco de Investigación;

establecimiento de un portal Internet europeo que contenga información de todas las direcciones generales sobre medidas que afecten a las personas mayores y que sea accesible al público;

establecimiento de un portal Internet nacional, regional y local, en conjunción con el portal Internet europeo;

apoyar la creación de un Fondo Demográfico  (6), en el marco de los Fondos Estructurales, para compensar financieramente a las regiones que luchan activamente contra el cambio demográfico (por ejemplo, mediante una política familiar activa);

inclusión de nuevas prioridades en el Programa de aprendizaje permanente con miras a la formación de orientadores para la transición entre las diferentes fases de la vida.

Destinatarios: Presidencias del Consejo de la UE; Parlamento Europeo, Comisión Europea.

1.2.2

Para lograrlo, deberá aplicarse un planteamiento de gestión sostenible, capaz de contribuir al mismo tiempo a la aplicación de la Estrategia de Lisboa para el crecimiento y el empleo.

2.   Observaciones generales

2.1

El presente dictamen exploratorio se centra en la necesidad de actuación que existe en las regiones europeas en lo relativo a este tema. En todos los países es necesaria (7) una redistribución de los recursos disponibles, lo que va unido a elevadas cargas para los ciudadanos europeos, tanto en las zonas urbanas como en las zonas rurales. Al mismo tiempo se plantean importantes necesidades de adaptación para las infraestructuras locales (8). Es especialmente necesario crear conceptos innovadores e integradores para lograr que las regiones y los municipios sean «compatibles con la demografía».

3.   Los ámbitos con necesidades de actuación

Para que las personas de edad avanzada puedan tener una vida asegurada, saludable y activa deben cumplirse varias condiciones fundamentales. Cabe citar las siguientes:

3.1   Servicios de interés general

3.1.1

Los servicios de interés general son una condición básica del respeto de la dignidad humana y garantizan el derecho de todo ciudadano a una amplia salvaguardia de los derechos fundamentales. Contribuyen al ejercicio efectivo de los derechos de la ciudadanía. Los servicios de interés general, entre otros, están relacionados en concreto con la ordenación del territorio y el medio ambiente, en particular con las infraestructuras locales (9). En razón de la disminución de la población, especialmente en las zonas rurales (10), en el futuro algunos servicios fundamentales dejarán de prestarse o no serán asequibles por motivos económicos, se suprimirán completamente o no responderán a las necesidades cambiantes. Se trata en este contexto de garantizar respectivamente los fundamentos básicos del bienestar de toda la población y su acceso a los servicios, teniendo específicamente en cuenta las necesidades de las personas de edad avanzada y necesitadas de cuidados. Se trata de los siguientes:

suministro de energía, en particular electricidad, gas y calefacción;

servicios de abastecimiento de agua y de alcantarillado, gestión de residuos y prevención de residuos;

seguridad y limpieza de los espacios públicos;

administración pública y servicios públicos.

3.1.2   Infraestructuras de transporte, suministro de productos e instalaciones de prestación de servicios para satisfacer las necesidades cotidianas

La independencia y la movilidad son condiciones fundamentales para la calidad de vida y el mantenimiento de la actividad durante la vejez (11)  (12). Para ello es necesario:

accesibilidad sin obstáculos y proximidad de comercios que suministren productos asequibles para satisfacer las necesidades cotidianas y servicios importantes como correos, bancos, farmacias, cementerios, edificios e instituciones públicos, en particular los lugares donde los municipios ofrecen actividades de participación en la vida social (por ejemplo, oficinas de la administración, oficinas de atención al ciudadano, centros de asesoramiento, etc.);

disponibilidad, accesibilidad y asequibilidad de los medios de transporte público;

garantía de facilidades de transporte, en particular en las regiones con escasa densidad de población;

disponibilidad y accesibilidad a los espacios públicos (aceras, lugares para sentarse, alumbrado en las calles, seguridad vial, etc.).

3.1.3   Vivienda

La actual oferta de vivienda puede que no satisfaga las necesidades de una población europea que envejece si se hace hincapié en mantener la autonomía en el propio hogar. El diseño y las normas de las viviendas de nueva construcción deben tener en cuenta la disminución de las capacidades físicas, sensoriales o cognitivas y utilizar sistemas de eficiencia energética y tecnológica que permitan mantener la autonomía (por ejemplo, Ambient Assisted Living). Este enfoque también sería beneficioso para todas las generaciones.

Las autoridades de los Estados miembros responsables de satisfacer las necesidades en materia de vivienda deberían garantizar la prestación de servicios para ayudar a adaptar las viviendas existentes, así como el fomento de nuevos conceptos de diseño de viviendas y de viviendas comunitarias que incluyan las medidas financieras y jurídicas adecuadas.

3.1.4   Servicios de asistencia sanitaria

Cuando se va envejeciendo disponer de una asistencia sanitaria de confianza, cercana al domicilio y adecuada a la edad es un elemento cada vez más importante (13). Estos servicios de asistencia se hallan seriamente amenazados en las regiones rurales remotas o escasamente pobladas debido al continuado descenso de la población, unido al envejecimiento de los médicos que todavía siguen activos en estas zonas. Existe una necesidad urgente de seguir desarrollando un sistema amplio de asistencia sanitaria, con una red territorial sólida. Entre estos servicios cabe citar [habida cuenta del respeto de los derechos de las personas de edad avanzada como pacientes (14)]:

asistencia médica, especialmente geriátrica y rehabilitación prestada por médicos y empresas especializados en gerontología y geriatría;

servicios de asistencia a domicilio, así como servicios de asistencia simples prestados por servicios externos de proximidad;

servicios de cuidados paliativos y de ayuda psicológica a las familias;

información específica y asesoramiento sobre los derechos de los pacientes y las posibilidades de ayuda;

servicios de información y asesoramiento, así como instalaciones e incentivos que fomenten la prevención (práctica de una alimentación sana, ejercicio físico, prevención de caídas y un estilo de vida saludable que se vea recompensado);

ayudas y sistemas técnicos de apoyo que no reemplacen la asistencia personal (véase el apartado «nuevas tecnologías»);

promoción o creación de sistemas de apoyo social de carácter formal e informal, que incluyan oficinas de atención ciudadana y centros de asesoramiento, grupos de autoayuda y de familiares que atiendan a personas de edad avanzada, así como ayudas de proximidad.

En el ámbito de estas últimas posibilidades de ayuda se dispone de modelos contrastados en los diferentes Estados miembros (15).

3.2   Disposiciones para situaciones de emergencia y para un final de vida digno

3.2.1   Situaciones de emergencia

En el caso de que se produzcan situaciones de emergencia, como inundaciones, largos periodos de calor o catástrofes, deberán adoptarse disposiciones para que pueda socorrerse a tiempo a las personas de edad avanzada que no estén en condiciones de valerse por sí mismas.

3.2.2   Cuestiones relacionadas con el final de la vida

La configuración de la etapa final de la vida es objeto de controversia y en cada Estado miembros está sujeta a reglamentaciones diferentes (eutanasia activa y pasiva). Debe crearse seguridad jurídica en este ámbito, para que los deseos de las personas mayores puedan tenerse en cuenta en caso de disminución de sus facultades cognitivas y por lo que respecta a la utilización de medios para prolongar la vida. Las disposiciones de los pacientes pueden ser un medio, aunque deberá garantizarse la protección de las personas especialmente frágiles. A este respecto un importante papel corresponde a la medicina paliativa y la asistencia a enfermos terminales. En resumen, la dignidad debe ser la línea de actuación determinante.

La implantación de un marco que incite a los Estados miembros a establecer en sus legislaciones medidas que creen la seguridad jurídica necesaria para preparar con serenidad el final de la vida es actualmente necesaria en una Unión que cuenta con un 25 % de población mayor de sesenta años.

Por lo tanto, el CESE insta a que se entable un debate entre los Estados miembros sobre el potencial que representa la creación de un marco para los asuntos relacionados con el final de la vida que pueda dar lugar al desarrollo de medidas jurídicas en los Estados miembros.

3.3   Integración social y participación en la sociedad

La integración social y la participación en la sociedad son necesidades básicas del ser humano que afectan a muchos aspectos de la vida de las personas mayores. Entre los aspectos más importantes cabe citar las relaciones familiares y de amistad, la participación en la vida laboral activa, el compromiso voluntario y una ocupación con sentido, así como la formación a lo largo de toda la vida y la participación en la sociedad y en la cultura.

3.3.1   Integración social a través de las relaciones familiares y de amistad

El entorno social de las personas de edad avanzada se modifica radicalmente (16). Aumenta el número de personas de edad avanzada que viven sin compañía. En las grandes ciudades este porcentaje se eleva a veces al 50 % de los hogares. Por consiguiente, son necesarias medidas de política social e innovaciones de naturaleza organizativa y tecnológica que

apoyen las redes familiares y no familiares (17) a través de medidas pertinentes en el ámbito de la conciliación de la vida profesional y familiar de los cuidadores de las personas mayores.

Sobre este punto, el CESE toma nota de los trabajos que están realizando tanto la Comisión, en el marco de la Agenda Social renovada, como los interlocutores sociales europeos por lo que respecta a dicha conciliación de la vida profesional y familiar.

contribuyan a las actividades intergeneracionales (18),

fomenten de forma general las iniciativas propias y el compromiso cívico, y

fomenten viviendas en las que convivan varias generaciones.

3.3.2   Integración y participación a través del desempeño de una ocupación con sentido

La integración social y la participación en la sociedad pueden adoptar la forma tanto de participación en la vida activa como de realización de actividades voluntarias. Para facilitar una vida socialmente activa lo más larga posible existen necesidades de actuación en ambos ámbitos:

3.3.2.1   Participación en la vida activa

Para hacer posible a aquellos que lo deseen tras su jubilación un tipo de participación social mediante un trabajo (véase para este grupo el punto 1.1.3.) por cualesquiera motivos, sean económicos o de realización profesional, podrían preverse medidas tales como:

de acuerdo con la Directiva sobre igualdad de trato en el empleo (19), debería flexibilizarse el paso de la vida activa a la jubilación. Deberían adaptarse en consecuencia los sistemas de jubilación y la fiscalidad en el marco de un concepto de empleo que abarque a todas las generaciones de adultos (20); y que garantice el respeto del principio de igualdad retributiva. En principio, los límites de edad deberían establecerse en los Estados miembros sólo como derecho a poner fin a la actividad laboral, y no como prohibición de seguir trabajando con carácter voluntario,

una concepción de los puestos de trabajo y del entorno de trabajo que sea adecuada para las personas de más edad, incluida la mejora de las exigencias físicas, la salud y la seguridad del puesto de trabajo y la regulación de los ritmos y la organización del trabajo,

la utilización, y de ser necesario, la adaptación de las técnicas de apoyo a los procesos de trabajo,

la eliminación de posibles obstáculos y el fomento de nuevas modalidades de contrato relacionadas con este período específico de transición entre vida anterior y posterior a la jubilación, dotadas de seguridad jurídica para que no creen nuevas situaciones de precariedad,

un cambio de cultura de las empresas en favor de una estrategia de empleo integral que fomente las capacidades individuales independientemente de la edad (21).

3.3.2.2   Participación a través del compromiso voluntario y una ocupación con sentido

Para, por un lado, valorizar el potencial de las personas de edad avanzada y, simultáneamente, proporcionarles una tarea con sentido que se corresponda con sus múltiples capacidades, son necesarias las siguientes medidas:

recopilación y protección de los conocimientos y las experiencias, incluidas las habilidades sociales y las capacidades artesanales y artísticas;

fomento de formas innovadoras de transferencia de conocimientos, incluido el apoyo a otras generaciones (22);

posibilidades flexibles de transición entre la vida activa y la jubilación o una combinación de los compromisos profesionales y las tareas benévolas sin pérdidas económicas, y con carácter voluntario;

apoyo al compromiso voluntario no retribuido (23) mediante la formación permanente y la participación en proyectos locales e suprarregionales;

una actitud abierta por parte de las instituciones para permitir una colaboración voluntaria más intensa de las personas de edad avanzada, sin que ello sustituya a los puestos de trabajo remunerados.

3.4   Formación y participación en la sociedad

La condición fundamental para la participación en la sociedad y el compromiso activo de las personas de edad avanzada es la educación o el aprendizaje permanente y la participación en actividades que respondan a unas necesidades. Para ello es necesario que en el nivel suprarregional, regional y local se lleve a cabo una adaptación de las ofertas:

ofertas de aprendizaje a lo largo de toda la vida, para mantener la capacidad de rendimiento de los trabajadores de edad avanzada; a este respecto, se pide a las empresas que hagan posible y apoyen las medidas correspondientes; al mismo tiempo deben establecerse incentivos (por ejemplo, de carácter fiscal);

ofertas de formación permanente de carácter general (24) en todas las etapas de la vida y en todos los niveles (desde ofertas del nivel más básico hasta la formación universitaria)

evaluación y garantía de la calidad de las ofertas de formación;

reconocimiento de las titulaciones de formación, cualificaciones y competencias (25) adquiridas también a edad avanzada en toda la UE para facilitar la movilidad transfronteriza (26), así como la valoración de los conocimientos adquiridos de manera no formal;

ofertas de formación para prepararse a la jubilación;

formación destinada a orientadores que puedan preparar a las personas para la transición entre las diferentes fases de la vida (27);

aprendizaje intergeneracional en lugar de un aprendizaje por separado para las personas mayores (dar y recibir recíprocamente);

ofertas de formación relacionadas con el compromiso intergeneracional (por ejemplo, servicios de abuelos);

ofertas de formación sobre cuestiones financieras y jurídicas básicas (28) (para salvaguardar los intereses de las personas de edad avanzada, en particular también en el comercio en línea);

oferta de formación sobre las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación;

accesibilidad y asequibilidad de las posibilidades de información (periódico, radio, televisión, Internet);

ofertas deportivas específicas que se adapten a las diferentes capacidades e intereses;

ofertas de tiempo libre y turismo (29), teniendo en cuenta las necesidades culturales específicas (30).

3.5   Las personas de edad avanzada como consumidores

Las personas de edad avanzada tienen múltiples necesidades, tanto las relacionadas con el suministro de los productos necesarios para satisfacer las necesidades cotidianas (véase punto 3.1.2) y los bienes de consumo de larga duración, como las relativas a las ayudas técnicas y los sistemas de asistencia (véase punto 3.6) y servicios de todo tipo, lo que debería abrir nuevas perspectivas de empleo a los más jóvenes.

Las condiciones para ello son las siguientes:

la concepción general de los productos según los principios del «diseño universal» o «diseño para todos» (31), incluida información legible y comprensible sobre bienes de consumo;

prevención de la discriminación por motivos de edad y discapacidad en lo que se refiere al acceso a los servicios, en particular a los servicios financieros (32);

aplicación de los derechos de los consumidores también en el caso de las personas de edad avanzada;

el perfil de los inmigrantes jubilados ha cambiado con los años. Muchos de ellos se encuentran con escasos recursos en la jubilación, y puede que muchos se hallen necesitados de asistencia sanitaria y social que los actuales sistemas de asistencia sanitaria y protección social no cubren suficientemente. Los inmigrantes jubilados se encuentran ante un vacío en cuanto a las prestaciones de ámbito nacional que ya no cubre su país de origen ni tampoco cubrirá el país de acogida. Es necesario que se genere un debate más amplio y una mayor comprensión de este problema en toda la UE para que se pueda producir un cambio, adecuado a escala europea y beneficioso para los ciudadanos.

3.6   Acceso a las tecnologías de la información y de la comunicación (TIC)

En los ámbitos de la vivienda, la salud, la participación en la sociedad y la formación, así como por lo que se refiere al acceso a la administración pública electrónica, la utilización de las nuevas tecnologías se ha convertido en una condición cada vez más necesaria para poder llevar una vida activa e independiente en la vejez. Esto es válido tanto para los servicios de interés general destinados a las propias personas de edad avanzada como para las actividades afines de desarrollo económico a nivel regional y suprarregional (33). Para ello es fundamental:

trabajar desde una fase muy temprana en los programas informáticos para lograr una accesibilidad máxima y en los soportes físicos para una utilización óptima de las posibilidades de las máquinas por aquellos que (ya) no están familiarizados con ellas;

disponibilidad y accesibilidad de las tecnologías de la información y la comunicación, incluidos los sistemas de Ambient Assisted Living, las tecnologías de ciberaprendizaje, cibersalud, ciberasistencia y ciberrehabilitación, Las tecnologías pueden servir de apoyo sin suplantar los contactos personales (34);

simplificación del acceso y manejo de los correspondientes equipos técnicos y redes, habida cuenta de la creciente complejidad de los sistemas y adaptación a las necesidades especiales de las personas mayores (por ejemplo, problemas visuales, limitaciones sensoriales);

tener en cuenta las necesidades de los consumidores de edad avanzada y medidas encaminadas a incitarles a que utilicen dichos equipos;

participación de todos los interesados y toma en consideración de los aspectos éticos y jurídicos, en particular si se recurre a sistemas de vigilancia electrónicos en caso de enfermedades degenerativas;

medidas de acompañamiento, como servicios integrados de asesoramiento, instalación y mantenimiento, así como servicios sociales;

toma en consideración de las transformaciones derivadas de los cambios sociales y de las nuevas experiencias e intereses de las generaciones siguientes.

3.7   Protección económica

Es importante lograr que los Estados miembros creen las condiciones necesarias para la seguridad de la existencia y, por lo tanto, para la dignidad de las personas de edad avanzada, contribuyan o no a la vida social, y durante toda su jubilación.

Debido a los cambios estructurales, las reformas actuales de los sistemas de pensiones y de seguridad social y el incremento del coste de la vida, al tiempo que se reduce el poder adquisitivo, aumenta el porcentaje de personas amenazadas por la pobreza en la vejez. Ante todo, las mujeres de edad avanzada y los trabajadores que han pasado por largas fases de desempleo viven en algunos Estados miembros en la pobreza.

Para preservar la sostenibilidad de los sistemas de protección social, los Estados miembros deben alentar a las personas que aún ejercen una actividad profesional a recurrir a la previsión colectiva o individual, y a velar por la solvencia de los agentes privados que operan en este ámbito. Además, deben garantizar a todos unos ingresos mínimos que permitan a toda persona de edad avanzada una vida digna, con independencia de los problemas encontrados en sus vidas.

4.   Observaciones particulares y recomendaciones

Para crear una sólida base en la que puedan apoyarse las necesarias estrategias de reestructuración e innovación, el Comité propone las siguientes medidas, tanto en el nivel de los Estados miembros como en el nivel europeo:

4.1   Medidas en el nivel de los Estados miembros

4.1.1   Elaboración de informes de situación nacionales y regionales

Es necesario realizar, en primer lugar, un análisis preciso de las situaciones regionales respectivas. El Comité pide a la Comisión que encargue la elaboración periódica de los correspondientes informes de situación a cada uno de los Estados miembros de la UE y que en ellos se incluyan datos sobre el potencial de actividad de las personas de edad avanzada.

4.1.2   Provisión y difusión de material informativo

El Comité considera fundamental que se ponga a disposición de los especialistas, del público interesado y de las propias personas de edad avanzada toda la información pertinente, los conocimientos y las experiencias existentes, incluidos los resultados actuales de la investigación y conocimientos más recientes. En particular, debe mejorar la difusión de los resultados de la investigación entre los científicos, los políticos y los usuarios (las personas de edad avanzada y sus representantes).

4.1.3   Tratamiento y articulación de las experiencias existentes en los Estados miembros

El Comité pide que se recopilen estas experiencias contrastadas a nivel regional, se comparen y se analice su capacidad de articulación con otros ámbitos y su potencial de transferencia a otras regiones. El objetivo será recopilar ejemplos de mejores prácticas para ponerlos a disposición (35).

4.1.4   Promoción de una nueva imagen de la vejez

En una sociedad que envejece las personas no pueden seguir siendo consideradas «inactivas» en cuanto abandonan la vida profesional. A este respecto es preciso un cambio de mentalidad en todos los niveles (política, economía, sociedad). Las ciudades y regiones están especialmente bien situadas para poner en marcha periódicamente campañas de promoción del «envejecimiento activo».

4.1.5

El Comité propone el lanzamiento de una campaña europea en los medios de comunicación, que contribuya a modelar una imagen de la vejez en la que se reconozcan la aportación de las personas de edad avanzada (incluidos los inmigrantes mayores de ambos sexos) a la vida social y la dignidad de la vejez.

4.2   Medidas en el nivel europeo

4.2.1

Creación de un grupo de expertos «Envejecimiento» complementario en el marco del Grupo de alto nivel sobre cuestiones demográficas en la Comisión Europea.

4.2.2

Establecimiento de una alianza europea «Vivir activamente la vejez», similar a la «Alianza Europea de las Familias» (36), con el objetivo de impulsar el envejecimiento activo mediante un intercambio de experiencias entre los Estados miembros y fomentar la colaboración y el aprendizaje mutuo en la Unión Europea. Tal alianza estaría en una posición óptima para organizar seminarios y conferencias europeos.

4.2.3   Creación de un Centro europeo de estudios sobre el envejecimiento

Basándose en los informes de situación y las experiencias se podrán deducir las necesidades de investigación que siguen existiendo sobre determinados aspectos de contenido y sobre las particularidades regionales (37). También será preciso realizar una síntesis de los resultados de los programas marco de investigación y de los datos estadísticos obtenidos hasta la fecha y darles una difusión más amplia e integrarlos en las medidas políticas y prácticas (38). Para recopilar, integrar y efectuar el seguimiento de los datos estadísticos y otras informaciones disponibles, sería especialmente apropiado crear un Centro europeo de estudios sobre el envejecimiento con arreglo al modelo del «National Institute on Ageing» de los Estados Unidos.

4.2.4   Creación de un eje interdisciplinario «Envejecimiento» con un presupuesto propio en el Octavo Programa Marco de Investigación

La introducción de un eje interdisciplinario «Envejecimiento» con un presupuesto propio en el Octavo Programa Marco de Investigación garantizaría la agrupación de las actividades de investigación.

4.2.5   Establecimiento de un portal Internet europeo conjunto

En un portal de tales características deberán ponerse a disposición del público —en particular, de las personas mayores— todas las medidas importantes para las personas de edad avanzada adoptadas por las distintas direcciones generales. El material informativo deberá ser accesible mediante los correspondientes enlaces.

4.2.6   Establecimiento de un portal Internet nacional, regional y local, en conjunción con el portal Internet europeo

4.2.7   Apoyar la creación de un Fondo Demográfico en el marco de los Fondos Estructurales (39)

Habida cuenta de la situación particularmente precaria de las regiones en las que está disminuyendo el número de habitantes, el Fondo Demográfico Europeo debería beneficiar sobre todo a las regiones rurales y a las regiones con tasas de crecimiento inferiores a la media y financiar iniciativas de calidad.

4.2.8

Inclusión de nuevas prioridades en el Programa de aprendizaje permanente con objeto de hacer posible la formación de orientadores para la transición entre las diferentes fases de la vida.

4.3

Sobre la base de las medidas propuestas podrán desarrollarse, en función de las necesidades, ideas sobre recomendaciones de acción y medidas políticas. El CESE pide a la Comisión que tenga en cuenta estas propuestas en la Comunicación que tiene prevista.

Bruselas, 18 de septiembre de 2008.

El Presidente

del Comité Económico y Socal Europeo

Dimitris DIMITRIADIS


(1)  Véase, por ejemplo, el documento informativo de la Sección Especializada de Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía, CES 930/99 fin; SEC(2007) 638 Commission Staff Working Document «Europe's Demographic Future: Facts and Figures».

(2)  Véase COM(2006) 571 final, de 12 de octubre de 2006; SEC(2007) 638; Comité de Política Económica de la Comisión Europea (DG ECFIN): Informe especial no 1/2006, The impact of ageing and public expenditure.

(3)  Véanse, entre otros, el Dictamen CESE de 16.12.2004 sobre el tema «Estrategias/Retrasar la edad de salida del mercado de trabajo», ponente: Sr. DANTIN (DO C 157 de 28.6.2005); Dictamen CESE de 28.10.2004 sobre el tema «Salud y asistencia sanitaria de las personas de edad avanzada», ponente: Sr. BRAGHIN (DO C 120 de 20.5.2005); Dictamen CESE de 26.9.2007 sobre el tema «Los derechos del paciente», ponente: Sr. BOUIS (DO C 10 de 15.1.2008); Dictamen CESE de 24.10.2007 sobre el tema «Malos tratos infligidos a las personas de edad avanzada», ponente: Sra. HEINISCH (DO C 44 de 16.2.2008); Dictamen CESE de 13.3.2008 sobre el tema «Cómo garantizar el acceso universal a los cuidados de larga duración y la sostenibilidad financiera de los sistemas de cuidados de larga duración para las personas de edad avanzada», ponente: Sra. KLASNIC (DO C 204 de 9.8.2008).

(4)  Decisión de la Comisión 2007/397/CE.

(5)  Véase http://ec.europa.eu/employment_social/families/index_de.html.

(6)  Véase el punto 4.5.2 del Dictamen CESE de 13.12.2007, sobre el tema «Cuarto informe sobre la cohesión económica y social», ponente: Sr. DERRUINE (DO C 120 de 16.5.2008).

(7)  Véanse el Dictamen CESE de 14.3.2007, sobre el tema «El impacto económico y presupuestario del envejecimiento de la población», ponente: Sra. FLORIO (DO C 161 de 13.7.2007) y el Dictamen CESE de 15.9.2004 sobre el tema «Las necesidades en investigación en el ámbito de los cambios demográficos», ponente: Sra. HEINISCH (DO C 74 de 23.3.2005).

(8)  Véase el Dictamen CESE de 14.2.2008 sobre el tema «Los servicios de interés general», ponente: Sr. HENCKS (DO. C 162 de 25.6.2008);

(9)  Véanse el Dictamen CESE de 18.1.2007 sobre el tema «Políticas estructurales y cohesión», ponente: Sr. DERRUINE (DO C 93 de 27.4.2007) y Dictamen CESE de 25.4.2007 sobre el tema «Agenda Territorial», ponente: Sr. PARIZA (DO C 168 de 20.7.2007).

(10)  Por ejemplo, en las regiones rurales de Francia, España y Portugal, en Alemania del Este, algunas regiones del Este de Europa y regiones rurales periféricas de Suecia y Finlandia; véase «The Spatial Effects of Demographic Trends and Migration», ESPON project 1.1.4, Final report 2002.

(11)  Véase Dictamen CESE de 29.5.2008 sobre el tema «Libro Verde: Hacia una nueva cultura de la movilidad urbana», ponente: Sr. HERNÁNDEZ BATALLER, coponente: Sr. BARBADILLO LÓPEZ (DO C 224, de 30.8.2008); el dictamen de AGE (The European Older People's Platform: «La plataforma europea para las personas de edad avanzada») sobre este Libro Verde (COM(2007) 551 final), (http://ec.europa.eu/transport/clean/green_paper_urban_transport/index_en.htm), o Mollenkopf, Marcellini, Ruoppila y otros (Eds.) (2005). «Enhancing mobility in later life — Personal coping, environmental resources, and technical support» Amsterdam: IOS Press.

(12)  Se pueden encontrar ejemplos de medidas complementarias para la conservación de la independencia, entre otros, en Francia (Hautes Corbières; CG VAL de Marne; Francia — discours colloque ANDASS), en Alemania (Beispiele Berlin und Frankfurt/Main), y el Reino Unido (Newcastle).

(13)  Véase, por ejemplo, la publicación de la DG SANCO «Healthy Ageing: keystone for a sustainable Europe»

(http://ec.europa.eu/health/ph_information/indicators/docs/healthy_ageing_en.pdf).

(14)  Véanse los dictámenes CESE 1447/2004; 1465/2007; 1256/2007; y 501/2008 en la nota a pie de página 3.

(15)  Ejemplo de Finlandia: «Preventive work in Jyväskylä» — Finland.ppt; ejemplo en Francia: Poitiers.pdf; Strasbourg.pdf; Le Guide de l'Aidant Familial.

(16)  Véanse el Dictamen CESE de 15.9.2004 sobre el tema «Las necesidades en investigación en el ámbito de los cambios demográficos», ponente: Sra. HEINISCH (DO C 74 de 23.3.2005); también el Dictamen CESE de 16.12.2004 sobre el tema «Relaciones entre generaciones», ponente: Sr. BLOCH-LAINÉ (DO C 157 de 28.6.2005); Dictamen CESE de 14.3.2007 sobre el tema «La familia y la evolución demográfica», ponente: Sr. BUFFETAUT (DO C 161 de 13.7.2007); Dictamen CESE de 11.7.2007 sobre el tema «El papel de los interlocutores sociales en la conciliación de la vida profesional, familiar y privada», ponente: Sr. CLEVER (DO C 256 de 27.10.2007) y el Dictamen CESE de 13.12.2007 sobre el tema «Promover la solidaridad entre las generaciones», ponente: Sr. JAHIER (DO C 120 de 16.5.2008).

(17)  Véanse, por ejemplo, las actividades de la asociación flamenca VVSG (VVSG-Vergrijzing-GRV-2006.pdf) y la asociación sueca Association of Local Authorities and Regions (Sweden — care for the elderly in Sweden today.pdf).

(18)  Véase, por ejemplo, el programa piloto de BMFSFJ «Generationsübergreifende Freiwilligendienste».

(19)  Directiva 2000/78/CE.

(20)  El ejemplo de Finlandia muestra cómo gracias a incentivos positivos (en lugar de penalizaciones económicas) y límites de edad flexibles (entre 63 y 68 años) es posible organizar la jubilación de acuerdo con las propias necesidades o una permanencia más larga en la vida activa.

(21)  Véase, por ejemplo, Naegele, G. & Walker, A. (2006): A guide to good practice in age management. Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo, Dublín.

(22)  El FSE financió, por ejemplo, un proyecto en el Reino Unido que ofrece a antiguos gestores de empresa de más de 50 años la oportunidad de asesorar y asistir a colegas jóvenes y posgraduados en más de 200 PYME.

(23)  Véase Dictamen CESE de 13.12.2006 sobre el tema «El voluntariado, su papel en la sociedad europea y su impacto», ponente: Sra. KOLLER (DO C 325 de 30.12.2006).

(24)  Véanse el Dictamen CESE de 9.2.2005 sobre el tema «Programa integrado de acción en el ámbito del aprendizaje permanente», ponente: Sr. KORYFIDIS (DO C 221 de 8.9.2005); Dictamen CESE de 18.5.2006 sobre el tema «Competencias clave para el aprendizaje permanente» ponente: Sra. HERCZOG (DO C 195 de 18.8.2006); Dictamen CESE de 30.5.2007 sobre el tema «Aprendizaje permanente», ponente: Sr. RODRÍGUEZ (DO C 175 de 27.7.2007); Dictamen CESE de 13.3.2008 sobre el tema «Aprendizaje de adultos», ponente: Sra. HEINISCH (DO C 204 de 9.8.2008).

(25)  Esto se llevará a cabo sin perjuicio de la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales.

(26)  Por ejemplo, mediante un período de prácticas o de voluntariado para las personas de edad avanzada.

(27)  Como modelo al respecto puede citarse el proyecto «Transition — Ausbildung zum/zur Übergangsbegleiter/in für frühkindliche Bildungsprozesse» en el marco de los programa Socrates y Grundtvig

(http://www.elternverein-bw.de).

(28)  Véase la Comunicación «Educación financiera» (COM(2007) 808 final) de 18.12.2007, p. 8.

(29)  Véase, por ejemplo, el proyecto «Travelagents»

(www.travelagentsproject.org).

(30)  Véase al respecto, por ejemplo, el proyecto «AAMEE»

(http://www.aamee.eu/).

(31)  Véase al respecto la Red Europea de Diseño para Todos y Accesibilidad Electrónica

(EDeAN; http://www.edean.org/).

(32)  Así, por ejemplo, la concesión de créditos de pequeña cuantía podría revelarse útil para hacer posible que las personas de edad avanzada, cuando vayan a concluir un contrato de trabajo o en caso de desempleo, dispusieran de una base para desarrollar una actividad autónoma.

(33)  Véase el Dictamen CESE de 29.5.2008 sobre el tema «Personas mayores — Nuevas TIC», ponente: Sra. DARMANIN (DO C 224 de 30.8.2008); el Informe del Parlamento Europeo RR\39694EN.doc, PE396.494v03-00; Malanowski, N., Öczivelek, R. y Cabrera, M.: «Active Ageing and Independent Living Servicies: The Role of Information and Communication Technology». JRC Scientific and Technical Report, EUR 2346 EN- 2008.

(34)  A este respecto, véase «Envejecer mejor en la sociedad de la información» (COM(2007) 332 final.), el programa Ambient Assisted Living Joint Research Programm (http://www.aal-europe.eu/), las actividades de investigación del 7o Programa marco de investigación y desarrollo tecnológico (2007-2013) (http://ec.europa.eu/research/fp7/index_en.cfm) y «Seniorwatch 2 — Assessment of the Senior Market for ICT, Progress and Developments»

(http://ec.europa.eu/information_society/activities/einclusion/research/ageing/index_en.htm).

(35)  Por ejemplo, en Gales, basándose en la experiencia del Defensor del Menor, se ha instituido legalmente la figura del Defensor de las Personas de Edad Avanzada, responsable de efectuar el seguimiento de la política y la legislación al respecto, así como de fomentar y encargar proyectos de investigación.

(36)  Véase http://ec.europa.eu/employment_social/families/european-alliance-for-families-de.html.

(37)  Véase Dictamen CESE de 24.5.2000 sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones — Hacia un espacio europeo de investigación», ponente: Sr. WOLF (DO C 204 de 18.7.2000).

(38)  Recomendación del Sexto Programa Marco de Investigación. Véase el Dictamen CESE de 15.9.2004 sobre el tema «Las necesidades en investigación en el ámbito de los cambios demográficos», ponente: Sra. HEINISCH (DO C 74 de 23.3.2005).

(39)  Véase el Reglamento (CE) no 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) no 1260/1999. Véase también el Dictamen CESE de 13.12.2007 sobre el tema «Cuarto informe sobre la cohesión económica y social», ponente: Sr. DERRUINE (DO C 120 de 16.5.2008).