11.10.2007   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 239/6


Información comunicada por los Estados miembros sobre las ayudas estatales concedidas con arreglo al Reglamento (CE) no 2204/2002 de la Comisión relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales para el empleo

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2007/C 239/04)

Ayuda no

XE 21/07

Estado miembro

Hungría

Región

Érintett régiók

Denominación del régimen de ayudas

Foglalkoztatási támogatás a Kutatási és Technológiai Innovációs Alapból

Base jurídica

146/2007. (VI. 26.) Korm. rendelet a Kutatási és Technológiai Innovációs Alapból nyújtott állami támogatások szabályairól

2003. évi XC. törvény a Kutatási és Technológiai Innovációs Alapról

133/2004. (IV. 29.) Korm. rendelet a Kutatási és Technológiai Innovációs Alap kezeléséről és felhasználásáról

Presupuesto

Gasto anual previsto: 900 millones HUF; importe total de la ayuda prevista: —

Intensidad máxima de la ayuda

Se ajusta a los artículos 4 (2 a 5), 5 y 6 del Reglamento

Fecha de ejecución

4.7.2007

Duración del régimen

30.6.2008

Objetivo de la ayuda

Artículo 4, creación de empleo; artículo 5, contratación de trabajadores desfavorecidos y discapacitados; artículo 6, empleo de trabajadores discapacitados

Sectores económicos afectados

Todos los sectores comunitarios  (1)con derecho a recibir ayudas al empleo

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Gazdasági és Közlekedési Minisztérium

Honvéd u. 13-15.

H-1055 Budapest


Ayuda no

XE 25/07

Estado miembro

España

Región

Asturias

Denominación del régimen de ayudas

Subvenciones a las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional de los Centros Especiales de Empleo

Base jurídica

Real Decreto no 469/2006, de 21 de abril (B.O.E. de 22 de abril), por el que se regulan las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en el marco de los Servicios de Ajuste Personal y Social de los Centros Especiales de Empleo; bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional de los Centros Especiales de Empleo aprobadas por Resolución del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias de 2 de agosto de 2007

Presupuesto

Gasto anual previsto: 0,56 millones EUR; importe total de la ayuda prevista: —

Intensidad máxima de la ayuda

Se ajusta a los artículos 4 (2 a 5), 5 y 6 del Reglamento

Fecha de ejecución

1.10.2007

Duración del régimen

30.9.2008

Objetivo de la ayuda

Artículo 6, empleo de trabajadores discapacitados

Sectores económicos afectados

Todos los sectores comunitarios  (2)con derecho a recibir ayudas al empleo

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias

Plaza de España, 1, planta baja

E-33007 Oviedo (Asturias)


Ayuda no

XE 27/07

Estado miembro

Alemania

Región

Freistaat Sachsen

Denominación del régimen de ayudas

Richtlinie des Sächsischen Staatsministeriums für Soziales und des Sächsischen Staatsministeriums für Umwelt und Landwirtschaft zur Förderung von aus dem Europäischen Sozialfonds mitfinanzierten Vorhaben der Förderperiode 2007-2013 (ESF-Richtlinie SMS/SMUL) vom 31. Juli 2007 (SächsABl. 33/2007 S. 1095)

Base jurídica

Landeshaushaltsordnung (SäHO)

Operationelles Programm des Freistaates Sachsen für den Europäischen Sozialfonds (ESF) in der Förderperiode 2007 bis 2013

Presupuesto

Gasto anual previsto: 2,4 millones EUR; importe total de la ayuda prevista: —

Intensidad máxima de la ayuda

Se ajusta a los artículos 4 (2 a 5), 5 y 6 del Reglamento

Fecha de ejecución

17.8.2007

Duración del régimen

31.12.2013

Objetivo de la ayuda

Artículo 4, creación de empleo; artículo 5, contratación de trabajadores desfavorecidos y discapacitados; artículo 6, empleo de trabajadores discapacitados

Sectores económicos afectados

Todos los sectores comunitarios  (3)con derecho a recibir ayudas al empleo

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Sächsische Aufbaubank — Förderbank (SAB)

Pirnaische Straße 9

D-01069 Dresden


(1)  Salvo el sector de la construcción naval, todos los demás sectores que sean objeto de normas especiales recogidas en Reglamentos y Directivas aplicables a todas las ayudas estatales del sector.

(2)  Salvo el sector de la construcción naval, todos los demás sectores que sean objeto de normas especiales recogidas en Reglamentos y Directivas aplicables a todas las ayudas estatales del sector.

(3)  Salvo el sector de la construcción naval, todos los demás sectores que sean objeto de normas especiales recogidas en Reglamentos y Directivas aplicables a todas las ayudas estatales del sector.