23.8.2007   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 195/4


Información resumida comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001

(2007/C 195/04)

Ayuda número: XA 68/07

Estado miembro: Italia

Región: Las Marcas

Denominación del régimen de ayuda: Interventi finalizzati allo sviluppo dell'agricoltura biologica

Informazione e sensibilizzazione rivolta al consumatore finale ed e a tutti gli operatori della filiera pubblici e privati,

Studio di fattibilità della filiera biologica locale e regionale finalizzata all'organizzazione dei produttori e della produzione per migliorare le condizioni di offerta sui mercati.

Base jurídica:

COM (2004) comunicazione della Commissione europea al Consiglio e al Parlamento europeo del giugno 2004 sul «Piano di azione europeo per l'agricoltura biologica e gli alimenti biologici» e relativa risoluzione del Consiglio di ottobre 2004

D.M. n. 90859 del 7.6.2004 e n. 91458 del 3.12.2004 di liquidazione di risorse a favore delle regioni e province autonome per la realizzazione di programmi rivolti al sostegno e allo sviluppo dell'agricoltura biologica

L.R. n. 76 del 29.12.1997 — Disciplina dell'agricoltura biologica

D.G.R. n. 1221 del 23 ottobre 2006 — Criteri e modalità di attuazione degli interventi finalizzati allo sviluppo dell'agricoltura biologica.

Gasto anual previsto en virtud del régimen: En el primer año de aplicación se prevé que el gasto ascienda a 302 000 EUR

En los años siguientes, y dependiendo de la disponibilidad presupuestaria, el gasto no sobrepasará los 300 000 EUR anuales.

Intensidad máxima de la ayuda: La cantidad máxima no podrá superar el 100 % para la ayuda destinada a Información y Sensibilización y el 80 % del gasto efectivamente contraído para los servicios de asesoramiento sobre la viabilidad del sector de la agricultura ecológica.

Fecha de aplicación: Año 2007. Transcurridos 10 días hábiles del acuse de recibo oficial de la presente información por parte de la Comisión, provisto del correspondiente número de identificación.

Duración del régimen: Hasta el 31 de diciembre de 2013

Objetivo de la ayuda: Aplicación del artículo 15 del Reglamento (CE) no 1857/2006

Fomento del sector ecológico en la región de Las Marcas mediante el aumento del consumo por parte del consumidor regional. Para alcanzar este objetivo se propone incrementar el conocimiento del consumidor y de los agentes del sector sobre los principios y los objetivos de la agricultura ecológica así como sobre sus efectos beneficiosos en el medio ambiente, poniendo de manifiesto ante todo las garantías que ofrece el régimen de control comunitario.

Costes subvencionables:

Difusión de conocimientos científicos,

Información sobre los sistemas de calidad y sobre los beneficios desde el punto de vista nutricional y medioambiental,

Publicaciones, catálogos, páginas web.

Para logra asimismo el aumento del volumen de la producción ecológica de Las Marcas en el mercado nacional e internacional se considera adecuado recurrir a servicios de asesoramiento sobre la viabilidad de agrupar la oferta local y regional a efectos de una mejor distribución.

En este caso, el coste subvencionable será el del gasto de los servicios.

Sector afectado: Producción ecológica conforme al Reglamento (CEE) no 2092/91

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Regione Marche — Servizio Agricoltura, forestazione e pesca — P.F. Competitività e sviluppo dell'impresa agricola

via Tiziano, 44

I-60125 Ancona

Dirección web: www.agri.marche.it; www.regione.marche.it

Otros datos: Los servicios y productos de las actividades de asistencia se prestarán y/o divulgarán a todos los operadores del sector ecológico de la región de Las Marcas, pertenezcan o no a las organizaciones beneficiarias de la ayuda.

Ayuda no: XA 72/07

Estado miembro: República de Lituania

Región: —

Denominación del régimen de ayuda o nombre de la empresa que recibe una ayuda individual: Pagalba kokybiškų žemės ūkio produktų gamybai skatinti

Base jurídica: Lietuvos Respublikos žemės ūkio ministro 2007 m. balandžio 23 d. įsakymas Nr. 3D-184 „Dėl pagalbos kokybiškų žemės ūkio produktų gamybai skatinti teikimo taisyklių patvirtinimo“ (Žin., 2007, Nr. 46-1759).

Gasto anual previsto en virtud del régimen o importe total de la ayuda individual concedida a la empresa: 5 000 000 LTL, o 1 448 100 EUR al tipo de cambio oficial.

Intensidad máxima de la ayuda:

1.

Hasta el 100 % del coste de los estudios de mercado, de la concepción y el diseño de los productos, incluida la preparación de solicitudes de registro de indicaciones geográficas y denominaciones de origen o los certificados de carácter específico de conformidad con la normativa comunitaria y la certificación de productos agrícolas que sean objeto de regímenes de calidad alimentaria aprobados por la legislación nacional.

2.

Hasta el 100 % de los gastos derivados de la aplicación de sistemas de gestión de la calidad y de gestión medioambiental de conformidad con las normas LST EN ISO 9001:2001 y LST EN ISO 14001:2005, los sistemas basados en el análisis de riesgo y puntos de control crítico (principios HACCP), los sistemas Eurepgap, los sistemas de rastreabilidad y los sistemas que garanticen el cumplimiento de las normas de autenticidad y de comercialización.

3.

Hasta el 100 % de los costes de formación del personal encargado de aplicar los sistemas de gestión de la calidad y de gestión medioambiental de conformidad con las normas LST EN ISO 9001:2001 y LST EN ISO 14001:2005, los sistemas basados en el análisis de riesgo y puntos de control críticos (principios HACCP), los sistemas Eurepgap, los sistemas de rastreabilidad, los regímenes de calidad alimentaria aprobados por la legislación nacional y los sistemas que garanticen el cumplimiento de las normas de autenticidad y comercialización.

4.

Hasta el 100 % de las tasas reclamadas por organismos de certificación reconocidos para la certificación inicial de los sistemas de gestión de la calidad y de gestión medioambiental de conformidad con las normas LST EN ISO 9001:2001 y LST EN ISO 14001:2005, los sistemas basados en HACCP, los sistemas Eurepgap, los sistemas de rastreabilidad, los regímenes de calidad alimentaria aprobados por la legislación nacional y los sistemas que garanticen el cumplimiento de las normas de autenticidad y comercialización.

5.

Hasta el 100 % de los costes de los controles efectuados por las autoridades de control de un tercer país, a menos que la legislación comunitaria prevea que estos costes estén a cargo de las empresas.

Fecha de aplicación: 15 de mayo de 2007.

Duración del régimen de ayuda o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2013.

Objetivo de la ayuda: Ayuda a las PYME. Promover la producción primaria de productos agrícolas de calidad. Aplicación del artículo 14 del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión.

Gastos subvencionables:

1.

Estudios de mercado, concepción y diseño de los productos agrícolas, incluida la preparación de solicitudes de registro de indicaciones geográficas y de denominaciones de origen o de certificados de carácter específico de conformidad con las normas comunitarias y la certificación de los productos agrícolas que son objeto de regímenes de calidad alimentaria aprobados por la legislación nacional.

2.

Gastos derivados de la aplicación de sistemas de gestión de la calidad y de gestión medioambiental de conformidad con las normas LST EN ISO 9001:2001 y LST EN ISO 14001: 2005, de sistemas basados en HACCP, sistemas Eurepgap, sistemas de rastreabilidad y sistemas para garantizar el cumplimiento de las normas de autenticidad y comercialización.

3.

Gastos de formación de personal encargado de aplicar los sistemas de gestión de la calidad y de gestión medioambiental de conformidad con las normas LST En ISO 9001:2001 y LST EN ISO 14001:2005, los sistemas basados en HACCP, los sistemas Eurepgap, los sistemas de rastreabilidad, los regímenes de calidad alimentaria aprobados por la legislación nacional y los sistemas para garantizar el cumplimiento de las normas de autenticidad y de comercialización.

4.

Tasas reclamadas por organismos de certificación reconocidos para la certificación inicial de los sistemas de gestión de la calidad y de gestión medioambiental de conformidad con las normas LST EN ISO 9001:2001 y LST EN ISO 14001:2005, los sistemas basados en HACCP, los sistemas Eurepgap, los sistemas de rastreabilidad, los regímenes de calidad alimentaria aprobados por la legislación nacional y los sistemas para garantizar el cumplimiento de las normas de autenticidad y de comercialización.

5.

Gastos relativos a los controles efectuados por autoridades de control de un tercer país, a menos que la legislación comunitaria prevea que estos costes estén a cargo de las empresas.

Sector o sectores afectados: Producción primaria de productos agrícolas

Nombre y dirección de la autoridad que concede la ayuda:

Lietuvos Respublikos žemės ūkio ministerija

Gedimino pr. 19 (Lelevelio g. 6)

LT-01103 Vilnius

Dirección Internet: http://www.zum.lt/min/Isakymai/dsp_isakymas.cfm?IsakymasID=3431&langparam=LT

Información adicional: —

Ayuda no: XA 73/07

Estado miembro: Hungría

Región: Todo el país

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Állami program keretében egyes állatbetegségek megelőzéséhez, illetve leküzdéséhez kapcsolódóan igénybe vehető nemzeti támogatások

Base jurídica: A földművelésügyi és vidékfejlesztési miniszter …/2007. ( ) FVM rendelete az egyes állatbetegségek megelőzésével, illetve leküzdésével kapcsolatos támogatások igénylésének és kifizetésének rendjéről

Gasto anual previsto en virtud del régimen o importe total de la ayuda individual concedida a la empresa: Importe anual de la ayuda: 3 000 millones de HUF

Intensidad máxima de la ayuda: La cuantía de la ayuda no podrá exceder de los costes máximos subvencionables, excluido el IVA, declarados en la factura.

Costes máximos subvencionables para cada enfermedad:

Fecha de aplicación: Mayo 2007 Previa posición de la Comisión

Duración del régimen de ayuda o concesión de la ayuda individual: hasta el 31 de diciembre de 2013

Objetivo de la ayuda: Seguimiento y erradicación de las enfermedades enumeradas en el anexo del Reglamento (véase el cuadro más arriba) y prevención de las zoonosis enumeradas.

Se aplican las disposiciones del artículo 10 del Reglamento (CE) no 1857/2006 a la ayuda para el control, prevención y erradicación de las enfermedades animales e infestaciones parasitarias, mientras que las pruebas de EET están cubiertas por el artículo 16, apartado 1, letra g).

Puede solicitarse ayuda para los costes de servicios veterinarios, acompañados de las correspondientes facturas, resultantes de la supervisión y realización de pruebas en relación con las enfermedades citadas, así como de los tratamientos médicos e inmunizaciones exigidos por los programas veterinarios nacionales.

Sector o sectores afectados: Las distintas especies que pueden optar a la ayuda se relacionan en el cuadro.

Nombre y dirección de la autoridad que concede la ayuda:

Földművelésügyi és Vidékfejlesztési Minisztérium

Budapest, Kossuth tér 11.

Dirección Internet: www.fvm.hu

Budapest, 26 de abril de 2007

Dr. András Máhr

Secretario de Estado

Ayuda no: XA 75/07

Estado miembro: Francia

Región: —

Denominación del régimen de ayuda o nombre de la empresa beneficiaria de la ayuda individual: Bonification de prêts à l'investissement, exclusivement pour les prêts spéciaux de modernisation aux exploitations agricoles réalisés dans le cadre de plans d'investissement (ou plans d'amélioration matérielle selon l'ancienne dénomination) agréés avant le 31 décembre 2006.

Base jurídica: articles D.* 344-1 à D.* 344-15 et D.* 344-20 à D.* 344-26 du Code Rural.

Gastos anuales previstos en virtud del régimen de ayuda o importe total de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: Un importe de 7,7 millones de EUR de autorizaciones de compromiso en 2007 y, en todos los casos, inferior a dicha cantidad en años siguientes si se mantienen las ayudas.

Intensidad máxima de la ayuda: Las condiciones financieras de los préstamos bonificados ofrecidas a los agricultores varían en función de la zona (zona de llanura, zona desfavorecida o zona de montaña) y del tipo de beneficiario (joven agricultor o no). La intensidad máxima de la ayuda (equivalente subvención, en función de los gastos subvencionables) correspondiente a estos distintos casos, es la siguiente:

zona de llanura — joven agricultor: 22 %

zona de llanura — no joven agricultor: 13 %

zona desfavorecida (o zona de montaña)- joven agricultor: 36 %

zona desfavorecida (o zona de montaña)- no joven agricultor: 22 %

Fecha de aplicación: A partir del acuse de recibo por la Comisión

Duración del régimen de ayuda o de la ayuda individual: Cinco años máximo (2007-2011)

Objetivo de la ayuda: Facilitar el acceso al crédito a las explotaciones agrarias para ayudarlas a financiar las inversiones necesarias para su modernización (reducción de los costes de producción, mejora y reorientación de la producción, mejora de la calidad, conservación y mejora del entorno natural, de las condiciones de higiene y de las normas relativas al bienestar de los animales, promoción de la diversificación.)

Sector o sectores afectados: Todas las explotaciones agrarias incluidas en la definición comunitaria de las PYME y para todas las inversiones propias de su actividad de producción.

Nombre y dirección de la autoridad responsable:

Ministère de l'agriculture et de la pêche — Secrétariat général — Direction des affaires financières et de la logistique — Sous-direction du financement de l'agriculture — Bureau du crédit et de l'assurance

78, rue de Varenne

F-75349 Paris SP 07

Dirección Web: www.agriculture.gouv.fr — rubrique ressources, sous-rubrique Bulletin officiel.

Información adicional: Las autoridades francesas aprobaron planes de inversión (o planes de mejora material según la denominación antigua) hasta 2006, en las condiciones descritas en el plan de desarrollo rural nacional 2000-2006. Estos planes incluyen programas de inversiones a lo largo de cinco años, financiados por préstamos bonificados

Esta fórmula de planes de inversión no se ha mantenido en los programas de desarrollo rural franceses financiados por el FEADER para el período 2007-2013

No obstante, las autoridades francesas, a reserva de las disponibilidades presupuestarias, cumplirán los compromisos contraídos con los agricultores, manteniendo los préstamos especiales de modernización previstos en los planes aprobados antes del 31 de diciembre de 2006. Serán financiados por fondos nacionales.

Número XA: XA 76/07

Estado miembro: Åland/Finlandia

Denominación de la medida de ayuda: Landskapsregeringens regler för nationellt investeringsstöd till lantbruket på Åland, i enlighet med kommissionens förordning (EG) nr 1857/2006.

Base jurídica: Landskapsregeringens beslut nr N21/00/1/3 från den 27.3.2007, Landskapslag (2003:65) om finansiering av landsbygdsnäringar samt under år 2007 och ett nationellt stödprogram för genomförande av artikel 141 i akten om villkoren för republiken Finlands anslutning, från den 16 mars 2004 (det sistnämnda gäller endast under år 2007)

Gasto anual previsto en virtud del régimen:

2007

2008

2009

2010

2011

2012

2013

1 050 000 (1)

250 000

250 000

250 000

250 000

250 000

250 000

Intensidad máxima de la ayuda: La intensidad máxima de la ayuda es del 50 % de las inversiones subvencionables. Todo el territorio de Åland está considerado zona con dificultades distinta de las zonas de montaña [artículo 36, letra a), inciso ii), del Reglamento (CE) no 1698/2005]. La intensidad máxima de la ayuda es del 60 % en caso de agricultores de menos de 40 años de edad, si las inversiones se hacen dentro del plazo de cinco años desde su instalación como agricultores. En 2007 pueden concederse ayudas mayores a la inversión en virtud del artículo 141.

Fecha de aplicación: Está previsto que el régimen de ayuda se aplique el 15 de abril de 2007.

Duración del régimen de ayuda: El régimen estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2013.

Objeto de la ayuda: Lo que se persigue es fomentar la competitividad de las explotaciones agrícolas de Åland. Dado que las explotaciones agrícolas tradicionales siguen formando el eje de la economía en las zonas rurales de Åland, es importante para el conjunto de estas zonas que las explotaciones puedan desarrollar sus actividades. Deben aumentar su competitividad y adaptar sus actividades al mercado, a fin de desarrollarse y conseguir su viabilidad económica a largo plazo en el mercado europeo

Los artículos aplicables son el 4, el 13 y el 15. Los costes subvencionables según el artículo 4 son la construcción, adquisición o mejora de inmuebles, la compra de maquinaria y los honorarios de arquitectos y asesores en relación con estudios de viabilidad. Con arreglo al artículo 13 se dará ayuda para los gastos legales y administrativos, y en virtud del artículo 15 se contribuirá para los gastos de organización de actividades de formación, conferenciantes, viaje de participantes y servicios de asesoría de carácter único (p. ej. asesoría fiscal).

Sector o sectores afectados: El programa de ayuda cubre el sector agrario. Puede concederse ayuda para la producción de leche, carne, aves de corral, cereales, patatas, cebollas, productos de invernadero (p. ej., tomates, pepinos, pimientos), hortalizas, manzanas y bayas, cría de caballos y apicultura.

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Ålands landskapsregering

PB 1060

AX-22111 Mariehamn

Åland/Finland

Dirección web: Puede consultarse el programa completo de ayuda (en sueco) en la dirección siguiente:

http://www.regeringen.ax/.composer/upload/naringsavd/jordbruksbyran/jordbruk_reglerinv_investeringsstod_landskapsregeringen_2007.pdf

Otros datos: El Gobierno Provincial de Åland va a aplicar un programa de desarrollo rural de acuerdo con el Reglamento (CE) no 1698/2005 del Consejo (programa de desarrollo rural de Åland para el periodo 2007-2013, CCI 2007FI06RPO002). Las medidas de modernización de las explotaciones agrícolas corresponden al eje 1 del programa (medidas 112, 121, 123, 124). El programa de desarrollo rural puede consultarse (en sueco) en la dirección siguiente:

www.regeringen.ax/.composer/upload/LBU-program.pdf.


(1)  En 2007 se utilizará un compromiso mayor de acuerdo con el Reglamento de exención. Esto se debe a que pasará un tiempo antes de que pueda empezar a aplicarse el Reglamento (CE) no 1698/2005 sobre desarrollo rural.