9.3.2007   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 54/8


Comunicación del Gobierno francés relativa a la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 1994, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos (1)

(Anuncio relativo a la solicitud de permiso exclusivo de investigación de hidrocarburos líquidos o gaseosos denominado «Permis de Nîmes»)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2007/C 54/07)

Mediante solicitud recibida el 19 de junio de 2006, la empresa EnCore (E&P) Limited, con sede social en 62-64 Baker street, Londres W1 U 7DF (Reino Unido), solicitó un permiso exclusivo de una duración de cinco años para la prospección de hidrocarburos líquidos o gaseosos, denominado «Permis de Nîmes», en una superficie de 507 km2 aproximadamente, situada en parte del departamento francés de Gard.

El perímetro de este permiso está constituido por los arcos que forman los meridianos y paralelos que enlazan sucesivamente los vértices definidos a continuación por sus coordenadas geográficas, siendo el meridiano de origen el de París.

VÉRTICES

LATITUD NORTE

LONGITUD ESTE

A

48,80 °

2,30 °

B

48,80 °

2,50 °

C

48,60 °

2,50 °

D

48,60 °

2,30 °

E

48,50 °

2,30 °

F

48,50 °

2,10 °

G

48,60 °

2,10 °

H

48,60 °

2,20 °

I

48,70 °

2,20 °

L

48,70 °

2,30 °

Presentación de solicitudes

Los titulares de la solicitud inicial y de las que compitan con ésta deberán justificar que cumplen las condiciones necesarias para la concesión del título, definidas en los artículos 4, 5 y 6 del Decreto 2006-648 de 2 de junio de 2006 relativos a los títulos mineros y a los títulos de almacenamiento subterráneo (décret n o 2006-648 du 2 juin 2006 relatif aux titres miniers et aux titres de stockage souterrain).

Las empresas interesadas podrán presentar una solicitud, en el plazo de noventa días a partir de la fecha de publicación del presente anuncio, de conformidad con el procedimiento resumido en el «Anuncio para la obtención de títulos mineros de hidrocarburos en Francia», publicado en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 374, de 30 de diciembre de 1994, página 11, y establecido mediante el Decreto 2006-648, de 2 de junio de 2006, relativo a los títulos mineros y a los títulos de almacenamiento subeterráneo (décret n o 2006-648 du 2 juin 2006, relatif aux titres miniers et aux titres de stockage souterrain) (Journal officiel de la République française de 3 de junio de 2006).

Las solicitudes de concurso se dirigirán al Ministro de Minas, cuya dirección se indica más adelante. Las decisiones sobre la solicitud inicial y sobre las solicitudes que compitan con ésta se adoptarán en un plazo de dos años a partir de la fecha de recepción por las autoridades francesas de la solicitud inicial, es decir, a más tardar, el 19 de junio de 2008.

Condiciones y requisitos sobre el ejercicio de la actividad y su cese.

Se invita a los solicitantes a remitirse a los artículos 79 y 79.1 del Código Minero y al Decreto no 2006-649, de 2 de junio de 2006, relativo a los trabajos de minería, a los trabajos de almacenamiento subterráneo y a la policía de minas y de almacenamientos subterráneos (décret n o 2006-649 du 2 juin 2006, relatif aux travaux miniers, aux travaux de stockage souterrain et à la police des mines et des stockages souterrains), publicado en el Journal officiel de la République française de 11 de mayo de 1995.

Para cualquier información complementaria pueden dirigirse al «Ministère de l'économie, des finances et de l'industrie» (direction générale de l'énergie et des matières premières, direction des ressources énergétiques et minérales, bureau de la législation minière), 61, boulevard Vincent-Auriol, Télédoc 133, F-75703 Paris Cedex 13 [teléfono: (33) 144 97 23 02, fax: (33) 144 97 05 70]).

Las disposiciones reglamentarias anteriormente mencionadas pueden consultarse en el sitio Légifrance http:// www.legifrance.gouv.fr


(1)  DO L 164 de 30 de junio de 1994.