15.2.2007   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 33/9


AYUDAS ESTATALES

(Artículos 87 a 89 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea)

Comunicación de la Comisión, de conformidad con el artículo 88, apartado 2, del Tratado CE, a los demás Estados miembros y otras partes interesadas

Ayuda estatal C 21/05 (ex PL 45/04) — Poczta Polska: Compensación por la prestación de servicios postales universales — 2004-2005

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2007/C 33/06)

Por la siguiente carta, de 9 de enero de 2007, la Comisión informó a Polonia de su decisión de archivar parcialmente el procedimiento establecido en el artículo 88, apartado 2, del Tratado CE.

«Por correo electrónico de 30 de abril de 2004, las autoridades polacas notificaron dos regímenes de ayudas en favor del operador postal polaco Poczta Polska, en virtud del procedimiento de “medidas transitorias”, establecido en el Anexo IV.3 del Acta de Adhesión, que forma parte del Tratado de Adhesión a la Unión Europea de la República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia.

Los dos regímenes de ayudas se registraron con los siguientes números: PL 45/04: Compensación a Poczta Polska por la prestación de servicios postales universales, y PL 49/04: Ayuda a Poczta Polska para inversiones relacionadas con la prestación de servicios postales universales.

El 26 de julio de 2004, el 26 de noviembre de 2004 y el 7 de febrero de 2005, la Comisión solicitó información adicional. Las autoridades polacas presentaron información adicional por cartas de 10 de septiembre de 2004, 27 de octubre de 2004, 3 de diciembre de 2004 y 29 de marzo de 2005. Se celebraron dos reuniones entre las autoridades polacas y los servicios de la Comisión el 25 de octubre de 2004 y el 31 de enero de 2005. El 20 de junio de 2005, la Comisión recibió información adicional de las autoridades polacas.

Mediante carta de 29 de junio de 2005, la Comisión informó a Polonia de su decisión de incoar el procedimiento previsto en el artículo 88, apartado 2, del Tratado con relación a los dos regímenes de ayuda.

Los dos regímenes de ayudas se registraron con los siguientes números: C 21/05: Compensación a Poczta Polska por la prestación de servicios postales universales y C 22/05: Ayuda a Poczta Polska para inversiones relacionadas con la prestación de servicios postales universales.

La decisión de la Comisión de incoar el procedimiento se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea  (1). La Comisión invitó a los interesados a presentar sus observaciones.

La Comisión no recibió observaciones al respecto por parte de los interesados.

Polonia presentó sus comentarios por carta de 9 de agosto de 2005. El 10 de enero de 2006, las autoridades polacas y la Comisión mantuvieron una reunión. La Comisión solicitó información adicional mediante carta de 24 de enero de 2006.

Por carta de 10 de febrero de 2006, las autoridades polacas informaron a la Comisión de su intención de retirar la notificación del régimen de ayuda C 22/05: Ayuda a Poczta Polska para inversiones relacionadas con la prestación de servicios postales universales. Tras la petición de la Comisión de 27 de febrero de 2006, las autoridades polacas indicaron por carta de 13 de marzo de 2006 que no ejecutarían la ayuda prevista en la citada notificación.

Mediante decisión de 27 de abril de 2006, la Comisión decidió archivar el procedimiento con arreglo al artículo 88, apartado 2, del Tratado CE por lo que se refiere a la ayuda C 22/05: Ayuda a Poczta Polska para inversiones relacionadas con la prestación de servicios postales universales, dado ha quedado sin objeto (2) puesto que la ayuda nunca se ejecutó.

Mediante carta de 23 de febrero de 2006, las autoridades polacas enviaron a la Comisión información adicional por lo que se refiere al caso de ayuda estatal C 21/05: Compensación a Poczta Polska por la prestación de servicios postales universales. Indicaron sin embargo que en 2004 y 2005 no se concedió ninguna compensación estatal a Poczta Polska por la realización de la obligación de servicio postal. El régimen en cuestión nunca se financió y nunca se aplicó en 2004 y 2005.

Habida cuenta de todo lo anterior, la Comisión decide archivar parcialmente el procedimiento con arreglo al artículo 88, apartado 2, del Tratado CE por lo que se refiere a la ayuda C 21/05: Compensación a Poczta Polska por la prestación de servicios postales universales durante el período 2004-2005, dado ha quedado sin objeto puesto que la ayuda la ayuda no se ejecutó en 2004 y 2005. El procedimiento con arreglo al artículo 88, apartado 2, del Tratado CE queda abierto para el período del 1 de enero de 2006 en adelante.»


(1)  DO C 274 de 5.11.2005, p. 14.

(2)  DO C 223 de 16.9.2006, p. 11.