Documento de trabajo de los servicios de la Comisión - Documento adjunto a la Propuesta de Reglamento del Consejo sobre la instalación, el funcionamiento y la gestión de una infraestructura de comunicación para el entorno del Sistema de Información de Schengen (SIS) Propuesta de Decisión del Consejo sobre la instalación, el funcionamiento y la gestión de una infraestructura de comunicación para el entorno del Sistema de Información de Schengen (SIS) - Evaluación de impacto resumida {COM(2007) 306 final} {COM(2007) 311 final} {SEC(2007) 809} /* SEC/2007/0810 final */
[pic] | COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS | Bruselas, 11.6.2007 SEC(2007) 810 DOCUMENTO DE TRABAJO DE LOS SERVICIOS DE LA COMISIÓN Documento adjunto a la Propuesta de REGLAMENTO DEL CONSEJO sobre la instalación, el funcionamiento y la gestión de una infraestructura de comunicación para el entorno del Sistema de Información de Schengen (SIS) Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO sobre la instalación, el funcionamiento y la gestión de una infraestructura de comunicación para el entorno del Sistema de Información de Schengen (SIS) Evaluación de impacto resumida {COM(2007) 306 final}{COM(2007) 311 final}{SEC(2007) 809} Glosario y abreviaturas - Estado miembro : se refiere a los Estados Schengen que participan en SIS 1 +, salvo disposición en contrario - SIS : Sistema de Información de Schengen - SIS 1 + : versión actual del Sistema de Información de Schengen - SIS II : Sistema de Información de Schengen de segunda generación - SISNET : infraestructura actual de comunicación del entorno de Schengen - s-TESTA : servicios transeuropeos seguros de telemática entre administraciones - prestación de una infraestructura de comunicaciones privada, segura, gestionada y prevista en el contrato marco concluido por la Comisión en su propio nombre y en nombre del Consejo, EUROPOL y la Agencia Ferroviaria Europea. - C.SIS : unidad de apoyo técnico del SIS. - SIRENE : intercambio bilateral o multilateral de la información suplementaria necesaria para la aplicación de determinadas disposiciones del Convenio de Schengen Resumen 1. DEFINICIÓN DEL PROBLEMA Actualmente, los sistemas SIS 1 + y SIRENE funcionan en la red de comunicaciones SISNET. El contrato actual para los servicios de la red SISNET es gestionado, en nombre de los Estados miembros, por el Secretario General adjunto del Consejo, y está financiado conjuntamente por los Estados miembros. Se ha informado a la Comisión de que el contrato SISNET expira el 13 de noviembre de 2008. Por otra parte, el SIS II, desarrollado para sustituir al SIS 1 +, está programado para empezar a funcionar el 17 de diciembre de 2008 en los Estados miembros que utilizan el SIS 1 +. Por lo tanto, es preciso adoptar las medidas necesarias para garantizar el servicio de red para el SIS 1 + entre el 13 de noviembre de 2008 y la fecha en que empezará a funcionar el SIS II (17 de diciembre de 2008). De hecho, el espacio Schengen de libre circulación sin controles fronterizos depende del funcionamiento continuo, seguro y garantizado de una red de comunicaciones para el Sistema de Información de Schengen y el correspondiente intercambio SIRENE. En febrero de 2007, el Consejo decidió que su Secretario General adjunto debía actuar de nuevo en nombre de los Estados miembros afectados para convocar una licitación destinada a renovar el contrato SISNET, a fin de garantizar la disponibilidad del servicio a partir de noviembre de 2008. Sin embargo, el Consejo ha analizado los riesgos inherentes a todo procedimiento de licitación y ha pedido a la Comisión que presente las propuestas legislativas necesarias para ofrecer una solución de red alternativa para los sistemas Schengen. En consecuencia, el Consejo ha pedido a la Comisión que presente cuanto antes propuestas que prevean la posibilidad de que el SIS 1+ migre de SISNET a la red s-TESTA, una red de comunicaciones segura que opera con arreglo a un contrato marco celebrado por la Comisión. 2. OBJETIVOS En el contexto de este problema, el objetivo general de la propuesta de la Comisión es ofrecer una solución temporal y alternativa para que el SIS siga funcionando tras la expiración del contrato SISNET actual y hasta la terminación de la migración al SIS II, en caso de que el procedimiento de licitación del Consejo no concluya con la celebración de un acuerdo o contrato para la prestación de los servicios que necesita el entorno SIS. La presente propuesta de la Comisión debería establecer un marco jurídico para que la solución alternativa garantice su financiación y gestión, especialmente en el caso de que deba ser financiada por el presupuesto general de la Unión Europea y gestionada por la Comisión, y debería definir más claramente las responsabilidades de la Comisión, el Consejo, los Estados miembros y cualesquiera otra parte que actúe en nombre de éstos, en lo que respecta a los costes y la gestión de la instalación y el funcionamiento de la solución alternativa. Por otra parte, dada la importancia crucial del SIS para el espacio Schengen sin controles fronterizos internos, la solución alternativa debería aplicarse y empezar a funcionar, a más tardar, el 13 de noviembre de 2008, fecha de expiración del actual contrato SISNET. Por último, la solución alternativa no debería modificar las prioridades políticas para el SIS II y debería reducir al mínimo la interferencia con el SIS II, a fin de no retrasar la migración al SIS II y evitar la desviación de recursos del proyecto SIS II 3. LAS OPCIONES DE ACTUACIÓN Opción 1: Statu quo - la Comisión no presenta ninguna una propuesta legislativa. Esta solución es la continuación del marco actual, en que el Consejo y los Estados miembros son los únicos responsables del SIS. A fin de concluir un contrato SISNET que garantice la disponibilidad de SISNET después del 13 de noviembre de 2008, el Secretario General adjunto del Consejo debe preparar y convocar una licitación de acuerdo con un procedimiento abierto, restringido o negociado. De conformidad con el Convenio SIS, el contrato será financiado conjuntamente por los Estados miembros que participen en SIS 1 +. La Comisión no desempeña ninguna función ni asume ninguna responsabilidad en esta opción. Opción 2: El Consejo instala, opera y gestiona una nueva infraestructura de comunicación para SIS 1 + a través de un contrato específico con el suministrador s-TESTA, que será financiado conjuntamente por los Estados miembros. En esta opción, el Consejo celebra un contrato específico con arreglo al contrato marco s-TESTA para los fines del SIS 1 +, que será financiado por los Estados miembros. El contrato específico será celebrado por el Consejo en nombre de la Comunidad, pero por cuenta de los Estados miembros que participan en el SIS 1 +. Opción 3: La Comisión instala, opera y gestiona una nueva infraestructura de comunicación para SIS 1+ a través de un contrato específico con el suministrador s-TESTA, que será financiado por el presupuesto general de la UE . La Comisión firma un contrato específico con arreglo al contrato marco s-TESTA para instalar una nueva infraestructura de comunicación para SIS 1+; dicho contrato establece una plataforma transeuropea de comunicación segura que constituye una medida horizontal de IDABC (prestación interoperable de servicios paneuropeos de administración electrónica al sector público, las empresas y los ciudadanos). En consecuencia, la instalación, el funcionamiento y la gestión de la infraestructura de comunicación son responsabilidades de la Comisión y están financiadas por el presupuesto general de la UE. Esta nueva infraestructura de comunicación s-TESTA para el SIS1+ no deberá interferir con la infraestructura de comunicación s-TESTA para el SIS II. 4. EVALUACIÓN DE IMPACTO Y ANÁLISIS DE RIESGOS El status quo (opción 1) es la solución preferida en todos los aspectos. Es una solución probada, rentable, con un marco jurídico claro y una estructura clara de gobernanza. El nivel de riesgo de esta solución es bajo. En la opción 2 el Consejo instala, opera y gestiona una nueva infraestructura de comunicación para el SIS 1 + a través de un contrato específico celebrado con arreglo al contrato marco s-TESTA, para los fines del SIS 1+, y los Estados miembros financian conjuntamente este contrato específico con un presupuesto intergubernamental. La Comisión no tiene ninguna responsabilidad en esta solución y el impacto en el presupuesto general de la Unión Europea es nulo. Esta solución presenta riesgos de retraso en la aplicación técnica, que son similares a los riesgos de la opción 3 que se expone más adelante. Por otra parte, hay un riesgo muy alto de que el instrumento legal necesario para la opción 2 no pueda adoptarse nunca, dado que el Servicio Jurídico del Consejo cuestiona la legalidad de esta opción, y el Consejo la ha descartado en consecuencia. Así, se trata de una opción muy difícil de poner en práctica. Opción 3. La instalación por la Comisión de una nueva infraestructura de comunicación para el SIS 1+ a través de un contrato específico con el suministrador s-TESTA, financiada por el presupuesto general de la UE, presenta un alto riesgo de retraso en los aspectos legales y técnicos, así como ambigüedad en la toma de decisiones. Esta opción también tiene un impacto negativo en la migración al SIS II. Su aplicación desviará recursos humanos y financieros del proyecto SIS II en la Comisión y los Estados miembros, y retrasará el comienzo del SIS II, en contra de la prioridad política absoluta reconocida al SIS II, e ignorando la inversión humana y financiera ya enorme en el SIS II. El retraso en la migración al SIS II puede ser de por lo menos 6 meses y, en consecuencia, la Comisión tendrá que proponer un nuevo mandato para la migración al SIS II que abarque el año 2009. Además, el coste de esta solución para el presupuesto general de la Unión Europea es desproporcionado en relación con los objetivos. Los muy altos riesgos de la opción 3 hacen muy probable que el servicio no llegue a prestarse, con graves perjuicios para todas las partes interesadas. 5. RECOMENDACIÓN Aunque la opción 1 es con diferencia la mejor opción y no presenta graves dificultades, todo procedimiento de licitación entraña riesgos. De acuerdo con el Consejo, la Comisión reconoce que es necesario disponer de una solución alternativa. Efectivamente, un espacio sin controles fronterizos internos sería muy difícil de mantener, durante cualquier periodo de tiempo, sin que funcione el SIS y el correspondiente intercambio SIRENE. Si no estuvieran disponibles durante un periodo prolongado, como consecuencia de la falta de una red de comunicación, el resultado podría ser la reintroducción de los controles fronterizos internos. Por tanto, en caso de que el procedimiento de licitación convocado por el Secretario General adjunto del Consejo no concluya con un acuerdo o contrato para la prestación de los servicios necesarios del entorno SIS, la única opción posible será la opción 3, dado que la opción 2 ya ha sido descartada por el Consejo y, en consecuencia, será muy difícil de poner en práctica. Se recomienda que la Comisión realice todos los preparativos necesarios para la opción 3, aunque la evaluación de impacto no sea favorable, pero que la aplicación de la solución propuesta en la opción 3 sólo se ponga en práctica si fracasa la opción 1, y siempre que se agoten todos los medios posibles para prorrogar el contrato SISNET.