[pic] | COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS | Bruselas, 26.6.2007 COM(2007)353 final RECOMENDACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO relativa a la firma y el envío de una carta a la Presidencia de la Comunidad Andina con el fin de iniciar un “intercambio de cartas para modificar el Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación entre la Comunidad Europea y la Comunidad Andina que se firmó en 2003” 1. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1. “El Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación entre la Comunidad Europea y sus estados miembros, por una parte, y la Comunidad Andina y sus países miembros (Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela) por otra parte” se firmó en Roma el 15 de diciembre de 2003. A día de hoy, este acuerdo no ha entrado en vigor al no haber sido ratificado por ciertos estados. 2. En abril de 2006, Venezuela, país miembro de la Comunidad Andina en el momento de la firma del acuerdo arriba mencionado, declaró que se retiraba del bloque regional andino. Esta información ha sido oficialmente confirmada por la Presidencia de la Comunidad Andina (mediante una carta del Ministro de Asuntos Exteriores de Bolivia del 20 de noviembre de 2006) y por Venezuela (mediante una carta del Ministro de Asuntos Exteriores de Venezuela del 18 de diciembre de 2006); en esta misma fecha, Venezuela confirmó la retirada de su firma del Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación de 2003 arriba mencionado. 3. A la vista de estos documentos, los servicios legales de la Comisión y del Consejo de la Unión Europea concluyeron que Venezuela ha dejado de ser parte firmante de dicho Acuerdo, que debería ser modificado formalmente mediante un intercambio de cartas. Durante la reunión del Grupo de Trabajo América Latina (AMLAT) celebrada el 20 de febrero de 2007, la presidencia del Consejo invitó a la Comisión a presentar una propuesta de modificación. 2. RECOM ENDACIÓN A la vista de lo antes expuesto, la Comisión recomienda al Consejo firmar el proyecto de carta adjunto y enviarlo a la Presidencia de la Comunidad Andina para iniciar el “intercambio de cartas entre la Comunidad Europea y la Comunidad Andina para acordar que se supriman las referencias a Venezuela del texto del Acuerdo”. ANEXO PROYECTO DE CARTA PARA INICIAR EL INTERCAMBIO DE CARTAS ENTRE LA COMUNIDAD EUROPEA Y LA COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES SOBRE LA RETIRADA DE VENEZUELA DE LA CAN Y DEL ACUERDO DE DIÁLOGO POLÍTICO Y COOPERACIÓN QUE SE FIRMÓ EN 2003 (Carta dirigida a la Presidencia de la CAN) Excelentísimo Sr. Presidente: La Comunidad Europea agradece a la Presidencia de la Comunidad Andina de Naciones el envío de su carta de 20 de noviembre de 2006 (referencia GM-419/2006-15949) sobre la retirada de Venezuela de la Comunidad Andina. Les informamos, asimismo, de la recepción de una Nota del Ministerio de Asuntos Exteriores de Venezuela, de fecha de 18 de diciembre de 2006 (referencia Nota 1652), por la que se confirma también la retirada de dicho país del Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación entre la Comunidad Europea y la Comunidad Andina, que se firmó en Roma el 15 de diciembre de 2003. En virtud de dichos documentos, así como de los instrumentos jurídicos a los que hacen referencia, (en particular el «Proceso 145-AI-2005» del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina), la Comunidad Europea considera que Venezuela ha dejado de ser Parte del Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación firmado en 2003. Por consiguiente, la Comunidad Europea propone que se supriman las referencias a Venezuela que figuran en dicho Acuerdo, lo que supondría las siguientes modificaciones: - En la página 1, el título del documento: «ACUERDO DE DIÁLOGO POLÍTICO Y COOPERACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD EUROPEA Y SUS ESTADOS MIEMBROS, POR UNA PARTE, Y LA COMUNIDAD ANDINA Y SUS PAÍSES MIEMBROS (BOLIVIA, COLOMBIA, ECUADOR, PERÚ Y VENEZUELA), POR OTRA PARTE» queda modificado como sigue: «ACUERDO DE DIÁLOGO POLÍTICO Y COOPERACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD EUROPEA Y SUS ESTADOS MIEMBROS, POR UNA PARTE, Y LA COMUNIDAD ANDINA Y SUS PAÍSES MIEMBROS (BOLIVIA, COLOMBIA, ECUADOR Y PERÚ), POR OTRA PARTE» - En la página 4, se suprime la mención « LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA» . - En la página 65, el artículo 59: «El presente Acuerdo se aplicará a los territorios en que es aplicable el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea en las condiciones establecidas en dicho Tratado, por una parte, y a los territorios de la Comunidad Andina y sus países miembros (Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela), por otra.» queda modificado como sigue: «El presente Acuerdo se aplicará a los territorios en que es aplicable el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea en las condiciones establecidas en dicho Tratado, por una parte, y a los territorios de la Comunidad Andina y sus países miembros (Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú), por otra.». Le agradeceré tenga a bien confirmar el acuerdo de la Comunidad Andina sobre lo que precede. En caso afirmativo, la Comunidad Europea propone que estas modificaciones se acepten mediante el principio de un intercambio de cartas. A la espera de su respuesta, aprovecho la ocasión para reiterarle el testimonio de mi más alta consideración. Firma:La Presidencia del Consejo de la Unión Europea