Resolución del Parlamento Europeo, de 23 de mayo de 2007, sobre el impacto y las consecuencias de las políticas estructurales en la cohesión de la UE (2006/2181(INI))
Diario Oficial n° 102 E de 24/04/2008 p. 0286 - 0290
P6_TA(2007)0202 El impacto y las consecuencias de las políticas estructurales en la cohesión de la UE Resolución del Parlamento Europeo, de 23 de mayo de 2007, sobre el impacto y las consecuencias de las políticas estructurales en la cohesión de la UE (2006/2181(INI)) El Parlamento Europeo, - Vistos los proyectos de Agenda Territorial de la Unión Europea en materia de ordenación del territorio y de la Carta de Leipzig sobre Ciudades Europeas Sostenibles, - Visto el informe del Grupo de Expertos Independientes sobre Investigación, desarrollo e innovación, creado a raíz de la reunión informal de Jefes de Estado y de Gobierno de Hampton Court, sobre la Creación de una Europa innovadora (Informe Aho), de 20 de enero de 2006, - Vista la Comunicación de la Comisión, de 12 de junio de 2006, titulada "La estrategia de crecimiento y empleo y la reforma de la política de cohesión europea — Cuarto informe intermedio sobre la cohesión " (COM(2006) 0281), - Vista su Resolución, de 7 de febrero de 2002, sobre el Segundo Informe de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones sobre la cohesión económica y social [1], - Vista su Resolución, de 28 de septiembre de 2005, sobre el papel de la cohesión territorial en el desarrollo regional [2], - Vista su Resolución, de 15 de diciembre de 2005, sobre la función de las ayudas estatales directas como instrumento de desarrollo regional [3], - Visto el Reglamento (CE) no 1084/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se crea el Fondo de Cohesión [4], - Visto el Reglamento (CE) no 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión [5], - Vista su Resolución, de 14 de marzo de 2006, sobre las deslocalizaciones en el contexto del desarrollo regional [6], - Vista la Decisión 2006/702/CE del Consejo, de 6 de octubre de 2006, relativa a las directrices estratégicas comunitarias en materia de cohesión [7], - Vista su Resolución, de 18 de mayo de 2006, sobre el presupuesto 2007: Informe de la Comisión relativo a la Estrategia Política Anual [8], - Visto el artículo 45 de su Reglamento, - Vistos el informe de la Comisión de Desarrollo Regional y la opinión de la Comisión de Presupuestos (A6-0150/2007), A. Considerando que es indiscutible que las políticas estructurales tienen un impacto positivo sobre la cohesión en el ámbito social, económico y territorial, así como para la mejora de la gobernanza a escala local y regional, B. Considerando que este nuevo impacto positivo es distinto de una región a otra, esta resolución quiere proponer recomendaciones para maximizar los efectos durante el nuevo período de programación 2007-2013, C. Considerando que los proyectos de Agenda Territorial de la UE y de la Carta de Leipzig mencionados están en proceso de elaboración y podrán adoptarse en la reunión ministerial informal sobre el desarrollo urbano y la cohesión territorial que se celebrará en Leipzig los días 24 y 25 de mayo de 2007, D. Considerando que, para mejorar el impacto de los Fondos Estructurales en favor de la cohesión de la UE, es necesario que las Pequeñas y medianas empresas (PYME) tengan un papel más importante en las actividades de Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) y en el acceso a los servicios de I+D+i en las instituciones públicas, E. Considerando que, de acuerdo con el Cuarto informe intermedio sobre la cohesión anteriormente mencionado, entre 1995 y 2005, en los trece países de la cohesión, el crecimiento del PIB per cápita ha sido superior al de la Unión Europea de los Quince, con una tasa del 3,6% anual frente a una media del 2,2% anual en esta última, F. Considerando que cada euro gastado en la UE en las políticas de cohesión genera una media de 0,90 euros de gasto adicional en las regiones menos desarrolladas (objetivo no 1) y de 3 euros en regiones en proceso de reconversión (objetivo no 2), G. Considerando que el libre juego de las fuerzas del mercado no basta para crear la cohesión que deseaban los fundadores de la Unión Europea y que esta cohesión exige necesariamente intervenciones públicas que permitan el reequilibrio entre regiones, H. Considerando que las políticas estructurales desempeñan una importante función en el refuerzo de la cohesión territorial y deberán adaptarse a la emergencia de nuevos desafíos territoriales en la UE, como el envejecimiento de la población, la evolución del mercado agrícola o las cuestiones relacionadas con la inmigración, la energía y el cambio climático, I. Considerando que el "policentrismo" es el leitmotiv de la Estrategia Territorial Europea (ETE) que debe tenerse en cuenta en la fase de ejecución de la nueva política de cohesión, J. Considerando la necesidad de aumentar la visibilidad de la política de cohesión, K. Considerando la necesidad de garantizar que las empresas que reciban financiación comunitaria no deslocalicen sus actividades durante un período largo y determinado, y que se las excluya de la cofinanciación en caso contrario, así como que se les exija la devolución de las ayudas recibidas en caso de utilización impropia, 1. Subraya la función crucial de la política de cohesión para apoyar el mercado interior gracias a los flujos comerciales y al empleo que se generan a través de la concepción y la puesta en marcha de proyectos cofinanciados por la Unión Europea; 2. Insiste en la importancia de desarrollar una política estructural integrada y sostenible que combine de manera coherente las intervenciones de los Fondos Estructurales y los Fondos de Cohesión con el resto de las políticas comunitarias; pide que esta noción de política integrada sea objeto de acciones de comunicación y de formación, a fin de que la conozcan y la utilicen todos los agentes interesados, especialmente los agentes in situ; 3. Destaca que la Comisión, los Estados miembros y las autoridades regionales y locales deberían prestar una especial atención al cumplimiento de los objetivos que han sido integrados de manera transversal en todas las políticas y acciones en la fase de ejecución de la nueva política de cohesión para evitar la exclusión social; 4. Reitera su petición de que las empresas que hayan recibido ayudas públicas y que hayan procedido a una deslocalización dentro de la UE no puedan obtener ayudas públicas para sus nuevos lugares de actividades y queden excluidas de los fondos estructurales y ayudas nacionales durante un período de siete años a partir de la fecha de la deslocalización; 5. Pide a la Comisión que analice qué políticas públicas nacionales y regionales favorecen la convergencia y que redacte una comunicación sobre este tema con el fin de examinar la posibilidad de vincular la concesión de recursos en el marco de la futura política de cohesión a una buena política nacional de crecimiento, que debería definirse mediante indicadores cuantificables para incrementar así la eficacia de la política de cohesión; 6. Considera que la Comisión y los Estados miembros deberían mejorar la contribución del Fondo Social Europeo a la implementación de la Estrategia Europea de Empleo (EEE) reforzando su interrelación, y que esta mejora debería manifestarse de inmediato por medio de los indicadores adecuados para promover la igualdad de oportunidades; 7. Insta a la Comisión a que explore nuevas formas de combinar las políticas y los instrumentos de las políticas estructurales con otras políticas y herramientas comunitarias dirigidas a aumentar las sinergias en materia de fomento de la competitividad, la investigación y la innovación sostenibles, inspirándose para ello en los trabajos de los grupos operativos interservicios de la Comisión dedicados a estos ámbitos; 8. Recomienda a las regiones y a los Estados miembros que se establezcan objetivos cuantificados en materia de I+D+i en los programas operativos; 9. Pide al Consejo y a la Comisión que examinen si es viable una obligación como la propuesta en el informe Aho de destinar, a partir del próximo período de programación 2007-2013, al menos el 20 % de los Fondos Estructurales al fomento de I+D+i, y que no se concentren solo en los grandes proyectos y los centros de excelencia, sino que también presten atención a los proyectos de menor envergadura en las regiones menos favorecidas, en particular a los que contribuyan al desarrollo regional sostenible; 10. Propone a la Comisión y al Consejo que promuevan el establecimiento de animadores tecnológicos a escala regional y local a partir de recursos existentes, como la red de Euro Info Centros (EIC) y la red de Centros de Enlace de la Innovación, financiados por los Fondos Estructurales y asociados a los proyectos regionales, parques tecnológicos, clusters y redes, que dinamizarán la innovación en las empresas, en particular en las PYME, facilitándoles el acceso a las ayudas y programas europeos; 11. Aplaude la elaboración de los proyectos de Agenda Territorial de la UE y de la Carta de Leipzig mencionados, pero subraya en este contexto la necesidad de que prevean con más precisión cómo se definen las acciones para implementar los objetivos mencionados en los dos documentos estratégicos y cuál debe ser la implicación de los Estados miembros; insiste con firmeza, en el marco de la reunión ministerial informal de Leipzig de 24 y 25 de mayo de 2007, en que los Estados miembros se comprometan formalmente en favor del desarrollo urbano sostenible; 12. Considera que una evaluación del impacto a largo plazo y a diferentes niveles del gasto de los Fondos Estructurales es indispensable para la preparación de futuros actos legislativos y para la buena gestión presupuestaria en ese ámbito; 13. Propone a las instituciones de la Unión Europea y a los Estados miembros que promuevan las buenas prácticas y que midan el impacto de las políticas comunitarias en la cohesión por medio de indicadores adecuados, dotando al Observatorio en red de la ordenación del territorio europeo (ORATE) de los recursos y las funciones necesarios para que actúe como verdadero observatorio del impacto de las políticas comunitarias en la cohesión; 14. Pide a la Comisión que verifique asimismo el impacto territorial de la asignación de créditos ("earmarking"), y, en particular, que evalúe si la asignación de créditos europeos a los objetivos de la Estrategia de Lisboa contribuye realmente a un desarrollo regional equilibrado y coherente; 15. Pide a la Comisión, a los Estados miembros y a las autoridades regionales y locales, en particular a las del objetivo de convergencia, que den prioridad a medidas dirigidas a prevenir desequilibrios territoriales, especialmente las que favorezcan el desarrollo integrado y la creación de espacios policéntricos; 16. Insta a la Comisión, a los Estados miembros y a las autoridades regionales y locales a que analicen cuáles son los instrumentos más adecuados para lograr un equilibrio territorial entre zonas urbanas y rurales, garantizando la complementariedad entre desarrollo rural y desarrollo regional, favoreciendo un enfoque estratégico integrado del desarrollo de las zonas urbanas junto con las zonas periurbanas y rurales circundantes ("área geográfica"), estimulando el intercambio de buenas prácticas, especialmente en redes territoriales y sectoriales para la mejor gestión de los fondos, en particular, en el marco de la "Semana Europea de las Regiones y las Ciudades" que se celebra todos los años en Bruselas; 17. Pide a la Comisión, a los Estados miembros y a las regiones que hagan un mayor uso de los Fondos Estructurales, con el fin de impulsar el desarrollo independiente y sostenible de las regiones con emigración neta y contrarrestar las consecuencias negativas del cambio demográfico; 18. Pide a la Comisión, a los Estados miembros y a las autoridades regionales y locales que fomenten la contribución de la política de cohesión al cumplimiento de la nueva estrategia de desarrollo sostenible, que se base en gran medida en las fuentes de energía renovables, un sistema de transportes que aproveche de forma más eficiente las posibilidades de las combinaciones intermodales, la reutilización y el reciclaje; 19. Sugiere a la Comisión, a los Estados miembros y a las autoridades regionales y locales que apoyen y estimulen en las zonas rurales actividades económicas en torno al desarrollo de nuevas tecnologías, ya que no necesitan una proximidad física con los grandes centros urbanos; 20. Subraya la importancia de la cooperación territorial en la política de cohesión e invita a las autoridades de gestión a fomentar la cooperación transnacional e interregional mediante la creación de distintas redes de cooperación territoriales y sectoriales, así como el intercambio de experiencias y buenas prácticas a nivel regional y local a través de la iniciativa "Regiones por el cambio económico"; 21. Pide que se utilicen, además del PIB per cápita, otros indicadores territoriales para medir el nivel de cohesión, como la tasa y la calidad del empleo, el nivel de disparidad del PIB entre regiones vecinas, el índice de descentralización y de accesibilidad, la dotación para infraestructuras y transporte, el nivel de actividad en materia de investigación e innovación o educación y formación, y la diversidad de la producción en la zona; 22. Pide a la Comisión que tome una decisión sobre la utilización de nuevos indicadores de cohesión cuantitativos y cualitativos junto con Eurostat en el marco de la evaluación intermedia de la nueva política de cohesión en 2009; 23. Alienta a la Comisión a que analice el efecto palanca de los Fondos Estructurales para atraer inversiones privadas en el marco de la nueva política de cohesión y a que subraye la necesidad de cooperación entre los sectores público y privado; 24. Propone que la Comisión obtenga mejor información sobre la calidad y la durabilidad del empleo creado con ayuda de los Fondos Estructurales; 25. Llama la atención de la Comisión sobre el hecho de que la falta de capacidades administrativas puede ser un obstáculo de primer orden para optimizar el impacto de las políticas de cohesión, y pide, en consecuencia, a la Comisión que desarrolle el instrumento que representan los contratos y acuerdos tripartitos y que siga con el proceso de refuerzo de la capacidad administrativa en la fase de aplicación de la nueva política de cohesión, por ejemplo con la creación de una red de formadores acreditados con objeto de asegurar la coherencia de las acciones de formación y de sensibilización entre las autoridades responsables de la gestión de un mismo Estado miembro especialmente a nivel regional y local; 26. Subraya la importancia del principio de asociación para la aplicación de la política de cohesión, un principio que requiere que los socios estén plenamente informados, que sus posiciones figuren en los documentos de evaluación, y que estén previstas las medidas de formación necesarias para permitirles realizar sus tareas; 27. Pide a la Comisión que examine, en el marco del reglamento de aplicación [9], medidas para acrecentar la visibilidad de las intervenciones estructurales, no sólo para los grandes proyectos de infraestructura, sino también para los pequeños proyectos, que supervise más de cerca la aplicación de las medidas de publicidad obligatorias y que imponga sanciones a los Estados miembros responsables de infracciones graves de estas normas; pide a las autoridades responsables de la gestión que asocien a los parlamentarios europeos a la comunicación relativa a realizaciones financiadas por los Fondos Estructurales; 28. Subraya la necesidad, habida cuenta de que los proyectos de financiación de la Unión Europea prueban la existencia de una Europa cercana y solidaria, de que las autoridades regionales y los Estados miembros respeten y acaten las medidas previstas en el reglamento de aplicación mencionado para aumentar la visibilidad de las intervenciones estructurales y de que intensifiquen sus esfuerzos de comunicación poniendo de relieve los resultados prácticos para el ciudadano de la política de cohesión; 29. Considera que deben realizarse nuevos estudios que tengan en cuenta diversas hipótesis para la futura financiación de la política de cohesión de la UE; opina que, en este contexto, se deben comparar los efectos de los principales instrumentos de financiación (el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, el Fondo Social Europeo, el primer pilar de la Política Agrícola Común, el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural) para el desarrollo de la Unión Europea con 27 Estados miembros; 30. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos y Gobiernos de los Estados miembros, al Comité de las Regiones y al Comité Económico y Social Europeo. [1] DO C 284 E de 21.11.2002, p. 329. [2] DO C 227 E de 21.9.2006, p. 509. [3] DO C 286 E de 23.11.2006, p. 501. [4] DO L 210 de 31.7.2006, 79. [5] DO L 210 de 31.7.2006, 25. [6] DO C 291 E de 30.11.2006, p. 123. [7] DO L 291 de 21.10.2006, p. 11. [8] DO C 297 E de 7.12.2006, p. 357. [9] Reglamento (CE) no 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) no 1083/2006 del Consejo, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, y el Reglamento (CE) no 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (DO L 371 de 27.12.2006, p. 1). --------------------------------------------------