52007DC0620

Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones - Modernizar la protección social en aras de una mayor justicia social y una cohesión económica reforzada: promover la inclusión activa de las personas más alejadas del mercado laboral /* COM/2007/0620 final */


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Bruselas, 17.10.2007

COM(2007) 620 final

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO, AL PARLAMENTO EUROPEO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

Modernizar la protección social en aras de una mayor justicia social y una cohesión económica reforzada: promover la inclusión activa de las personas más alejadas del mercado laboral

1. Introducción

La estrategia de crecimiento y empleo de la UE[1] está dando frutos: en toda Europa repunta el crecimiento, crece el empleo y disminuye el paro. Sin embargo, no hay duda de que aún queda mucho por hacer para que Europa explote todo su potencial y alcance plenamente los objetivos de Lisboa en materia de desarrollo económico y social.

Una parte no desdeñable de la población de la Unión sigue siendo víctima de la exclusión social: el 16 % de la población europea vive en riesgo de pobreza, una persona de cada cinco habita una vivienda inadecuada, el 10 % de los europeos residen en hogares en los que ninguno de sus miembros trabaja, el desempleo de larga duración ronda el 4 % y el porcentaje de jóvenes que abandona prematuramente la escuela supera el 15 %. Otra dimensión de la exclusión social que cobra una importancia cada vez mayor es la falta de acceso a las tecnologías de la información[2].

Pese a ser una de las regiones más ricas del mundo, la Unión Europea y sus Estados miembros están lejos todavía del objetivo que fijó el Consejo Europeo al poner en marcha la estrategia de Lisboa en marzo de 2000: incidir de forma decisiva en la erradicación de la pobreza. Aunque las circunstancias varían considerablemente de un Estado miembro a otro, el alcance de la precariedad y de las múltiples desventajas que se siguen registrando en la UE se percibe mayoritariamente como insostenible desde el punto de vista social, moral y económico.

Llegar hasta aquellos que están en los márgenes de la sociedad y del mercado de trabajo constituye una prioridad económica y un imperativo social. No existe contradicción alguna entre una economía dinámica y eficaz y una economía que prima la justicia social; al contrario, son estrechamente interdependientes. Si, por un lado, el desarrollo económico es indispensable para sustentar la prestación de ayuda social, por otro, la reincorporación al trabajo, siempre que estén en condiciones de realizar una actividad laboral, de las personas más alejadas del mercado laboral y el apoyo a su integración social, son componentes esenciales de la estrategia de Lisboa, cuya meta consiste en explotar al máximo el potencial de nuestros recursos humanos.

Para ayudar a los Estados miembros a movilizar a las personas aptas para trabajar y brindar una ayuda adecuada a las que no lo son, la Comisión ha propuesto una estrategia holística llamada de «inclusión activa» [3]. Esta estrategia combina apoyos a la renta a un nivel suficiente para que los afectados puedan llevar una vida digna con vinculaciones con el mercado laboral en forma de oportunidades de empleo o formación profesional y con un mejor acceso a los servicios sociales de capacitación. En este sentido, la inclusión activa es plenamente complementaria del denominado enfoque de «flexiguridad», si bien está orientada a las personas situadas en los márgenes del mercado de trabajo. Constituye lo que podríamos llamar una «asistencia social activa», en la medida en que ofrece itinerarios personalizados hacia el empleo y vela por que las personas imposibilitadas para trabajar puedan llevar una vida digna y contribuir en la medida de sus posibilidades a la sociedad. La inclusión activa contribuye, pues, a la estrategia de Lisboa y es uno de los pilares que sustentan la dimensión social de la estrategia de desarrollo sostenible de la UE.

En la primavera de 2006, la Comisión abrió, al amparo del artículo 138 del Tratado CE, una consulta pública[4] acerca de la necesidad de una acción a nivel de la UE para promover la inclusión social de las personas más alejadas del mercado laboral. Atendiendo a los resultados de esta consulta y a las iniciativas que siguieron, en particular la revisión exhaustiva de los planes nacionales de acción de lucha contra la pobreza y la exclusión social llevada a cabo por el Comité de Protección Social, el sexto encuentro europeo de personas en situación de pobreza (4 y 5 de mayo de 2007) y el encuentro de partes interesadas sobre la inclusión activa (15 de junio de 2007), la Comisión elaboró las propuestas que se presentan en la presente Comunicación, en particular la apertura de la segunda fase de la consulta conforme al artículo 138, apartado 3, del Tratado CE.

2. Respuestas a las consultas

2.1 Apoyo general a los esfuerzos renovados de la UE en favor de la inclusión activa

De las respuestas a la consulta de 2006 se desprendía que la Recomendación del Consejo, de 1992, sobre los «criterios comunes relativos a los recursos y prestaciones suficientes en los sistemas de protección social» [5], seguía considerándose un instrumento de referencia para la lucha de la UE contra la pobreza y la exclusión social. Se señalaba que, si bien la Recomendación no había perdido un ápice de su pertinencia, aún quedaba mucho por hacer con vistas a su plena puesta en práctica, sobre todo por lo que hace a la definición de los criterios e instrumentos estadísticos que podrían servir para medir la adecuación de los regímenes de renta mínima.

Se reconocía asimismo que la adecuación de estos regímenes debería evaluarse en el contexto más amplio del acceso al empleo. Por esta razón, el planteamiento integral de la Comisión[6] obtuvo un respaldo mayoritario. Sin dejar de manifestar su inquietud por las normas prescriptivas adoptadas a nivel de la UE, criticadas porque no se adaptan a la diversidad de situaciones que se registra en Europa, la mayoría de los consultados coincidían en la necesidad de imprimir un nuevo impulso a escala de la UE. Entre las propuestas mejor acogidas cabe citar la formulación de principios comunes a nivel de la UE y la consolidación del método abierto de coordinación (MAC).

2.2 Necesidad de un planteamiento más holístico

En diversas respuestas se hacía hincapié, además, en que la adecuada aplicación del planteamiento de inclusión activa depende de las sinergias entre sus diferentes componentes. Las medidas de apoyo a la renta han de combinarse con oportunidades de empleo y con un mejor acceso a servicios de calidad.

La inclusión social no puede disociarse de la participación en el mercado de trabajo. Para que la integración en el mercado laboral sea duradera, lo primero que hay que hacer es dotar a las personas desfavorecidas de recursos suficientes y darles acceso a servicios sociales y de empleo personalizados al objeto de potenciar su participación social y su empleabilidad. En caso de que consigan un empleo, se les debe ayudar para que puedan conservar su puesto de trabajo, evitando el llamado efecto «puerta giratoria», es decir, que los afectados se vean obligados a abandonar su puesto de trabajo por la falta de competencias adecuadas o por la existencia de obstáculos personales o sociales que no han sido abordados apropiadamente. Por otra parte, tener un empleo no es siempre una garantía contra la pobreza, como lo demuestra el hecho de que el 8 % de los trabajadores de la UE corren ese riesgo. Se entiende así la reivindicación de organizaciones de la sociedad civil y sindicatos en favor de la creación de empleos de calidad.

La asistencia social y los servicios sociales deben apoyar la integración de los ciudadanos en el mercado de trabajo, potenciar su capacidad de obtener ingresos y reducir su dependencia de las prestaciones sociales y el riesgo de transmisión intergeneracional de la pobreza. Con todo, varios consultados llamaron la atención sobre la necesidad de supervisar meticulosamente la incidencia de las normas de condicionalidad de las prestaciones en las personas más vulnerables, especialmente si tenemos en cuenta que en la mayoría de los Estados miembros los niveles de asistencia social se sitúan ya por debajo del umbral de riesgo de pobreza.

2.3 Respuestas de los interlocutores sociales

En la Comunicación que abrió la primera fase de la consulta ya se ponía de relieve el papel desempeñado por los interlocutores sociales en muchos Estados miembros por lo que respecta a la elaboración y el seguimiento de las políticas activas del mercado de trabajo y en las negociaciones sobre el salario mínimo. En su respuesta a la primera fase de la consulta con arreglo al artículo 138 sobre la inclusión activa, los interlocutores sociales descartaron las opciones consistentes en la adopción de legislación a escala de la UE, pronunciándose más bien a favor de la consolidación del método abierto de coordinación existente, así como de una fórmula más integrada. Reivindicaban asimismo su participación en las acciones tendentes a mejorar la oferta de empleo para las personas desfavorecidas y a poner a punto procedimientos de contratación adecuados, siguiendo la línea marcada en recientes acuerdos tripartitos.

En concreto, los interlocutores sociales recordaron que su programa de trabajo para 2006-2008 se ocupa de la forma de abordar la cuestión de los grupos desfavorecidos. Su compromiso en este sentido pasa por llevar a cabo un análisis conjunto de los grandes retos a los que se enfrentan los mercados de trabajo europeos que aborde, entre otras cuestiones, la integración de las personas desfavorecidas en el mercado de trabajo, definir las prioridades que deberían incluirse en un marco de acciones sobre el empleo y negociar un acuerdo marco autónomo bien sobre la integración de los grupos desfavorecidos en el mercado de trabajo, bien sobre el aprendizaje permanente.

En el debate que siguió a la presentación de los resultados de la consulta, quedó claro que los interlocutores sociales están llamados a desempeñar un papel decisivo en la promoción de la conservación del empleo: las personas desfavorecidas que han encontrado un trabajo pueden necesitar un apoyo continuado, por ejemplo en forma de oportunidades de formación en el puesto de trabajo y de aprendizaje permanente, pero también fórmulas de trabajo adecuadas y flexibles que les ayuden a reconciliar el desempeño de una actividad laboral con sus esfuerzos para hacer frente a su desventaja (falta de un alojamiento apropiado, responsabilidades en relación con personas a cargo y problemas de salud). En otras palabras, el proceso de reintegración social no termina a las puertas de la empresa.

2.4 Participación e integración de todos los agentes pertinentes

En las respuestas a la consulta se destacaba asimismo que el éxito de las políticas de inclusión activa depende de la participación y la cooperación de varios agentes. Las administraciones locales y nacionales tienen una responsabilidad fundamental en lo que respecta a la elaboración, la financiación y la gestión de las políticas destinadas a garantizar la integración de las personas más alejadas del mercado laboral. Los proveedores de servicios —privados, públicos o mixtos— desempeñan un papel esencial en la puesta en práctica de estas políticas a nivel local. Las organizaciones de la sociedad civil representan y ayudan a los beneficiarios de estas medidas. Para mejorar la eficacia de las políticas públicas hay que implicar y consultar a las propias personas desfavorecidas, potenciando su propio papel.

Demasiado a menudo, estos agentes actúan en campos de las políticas sociales y de empleo desconectados entre sí. Para dar resultados, el planteamiento de inclusión activa debe promover un proceso de puesta en práctica integrado entre los niveles local, regional, nacional y de la UE articulado en tornos a tres ejes: renta mínima, medidas activas del mercado laboral y servicios sociales.

3. Por un mejor entendimiento de la pobreza y la exclusión social: evolución política reciente

Los mensajes que se pueden extraer de las consultas deben interpretarse asimismo a la luz de la evolución de las políticas que se ha registrado en la UE desde la puesta en marcha de la estrategia de Lisboa.

El método abierto de coordinación sobre la protección social y la inclusión social y la estrategia europea de empleo han contribuido a un mejor entendimiento de fenómenos tan complejos como la pobreza y la exclusión social y son magníficos instrumentos para promover un planteamiento más holístico que integre los tres grandes ejes de la inclusión activa.

El Informe Conjunto sobre la protección social y la inclusión social de 2007 reconoce la necesidad de prestar más atención a los recursos mínimos, de modo que nadie «se quede rezagado». A este respecto, la adecuación de los regímenes de renta mínima es esencial para resolver los problemas sociales subyacentes y promover la plena integración social de todos los ciudadanos de la UE, ayudándolos a explotar al máximo su potencial. Sin embargo, la multiplicidad de situaciones de precariedad requiere soluciones múltiples e integradas, incluidos mercados laborales inclusivos y una asistencia social que potencie el papel de los afectados.

Una de las grandes aspiraciones de los Estados miembros en el marco de la estrategia europea de empleo ha sido explotar todo el potencial que encierran unos mercados laborales inclusivos en la lucha contra la pobreza y la exclusión. En este sentido, acordaron ofrecer a todos los jóvenes y a todos los adultos en paro una nueva oportunidad antes de su sexto y su duodécimo mes de desempleo, respectivamente. Para 2010, el 25 % de los desempleados de larga duración debería participar en una medida activa. En las Directrices de Empleo 2005-2008[7] se reconoce que los esfuerzos tendentes a elevar las tasas de empleo pasan por la disponibilidad de puestos más atractivos, por un empleo de calidad y por el crecimiento de la productividad de la mano de obra, así como por la reducción del porcentaje de trabajadores pobres. En el Informe Conjunto sobre el empleo de 2007[8] se resaltaba una vez más la importancia que reviste el carácter inclusivo de los mercados de trabajo: «Los Estados miembros están prestando más atención a las reformas del mercado de trabajo que tienen un efecto en la pobreza y la exclusión, y que alientan la prolongación de la vida activa. Asimismo, están convergiendo en sus esfuerzos por ofrecer un apoyo activo a los más desfavorecidos […]». Encontrar el justo equilibrio entre el objetivo de reducir la pobreza y el de incrementar los incentivos a la oferta de mano de obra es un reto para los responsables políticos, que han de tener en cuenta asimismo las implicaciones presupuestarias que puede tener cualquier reforma en el ámbito de la fiscalidad o de las prestaciones sociales.

Hoy en día, los servicios sociales son considerados uno de los pilares clave de la sociedad y la economía europeas, y la mejora del acceso a servicios sociales de calidad se ha convertido en una de las prioridades esenciales de los Estados miembros para luchar contra la pobreza y la exclusión social[9]. La Recomendación de 1992 instaba ya a los Estados miembros a tomar cualquier medida que permitiera a las personas afectadas recibir la ayuda social apropiada. Desde entonces, han aparecido nuevos riesgos sociales asociados a la transición hacia una economía postindustrial del conocimiento y de servicios, a la evolución demográfica y a ciertas tendencias como la cada vez mayor individualización de nuestras sociedades. Estos nuevos riesgos hacen aún más acuciante la necesidad de disponer de servicios sociales de calidad y de ayuda personalizada.

Las tecnologías de la información también están llamadas a desempeñar un papel importante en este contexto. La Comisión acaba de poner en marcha una serie de iniciativas encaminadas a mejorar la prestación de servicios sociales y sanitarios utilizando las tecnologías de la sociedad de la información[10].

4. Acción prevista a nivel de la UE

A la vista de los resultados de la consulta y de la evolución a la que se ha hecho referencia, la Comisión propone perfeccionar el método abierto de coordinación en este campo mediante la adopción de principios comunes y su posterior seguimiento y evaluación, en el pleno respeto del principio de subsidiariedad, así como de la autonomía y las diversas circunstancias y necesidades de los Estados miembros.

El método abierto de coordinación se ha convertido en un instrumento insustituible para promover ejemplos de buenas prácticas y asegurar el seguimiento continuo de los objetivos a nivel de la UE. En los informes nacionales que los Estados miembros presentaron en 2006 en el marco del MAC se puso de relieve y se analizó la inclusión activa como una de las grandes prioridades. El MAC seguirá siendo el marco de seguimiento y evaluación, sobre la base de los principios comunes, de todos los aspectos del planteamiento de inclusión activa. Las modalidades específicas se acordarán en el Comité de Protección Social.

En el marco del MAC, los Estados miembros seguirán siendo responsables, naturalmente, de definir los niveles de apoyo a la renta y de fijar el justo equilibrio entre asistencia social, prestación de servicios sociales y medidas encaminadas a hacer que trabajar sea rentable, una ecuación que depende de preferencias sociales y políticas, tradiciones sociales y culturales y consideraciones de equidad y eficacia al abordar diversos tipos de desventajas.

Los principios comunes relativos a los tres ejes que articulan la inclusión activa subrayarán la necesidad de un planteamiento holístico y ofrecerán un marco concreto e integrado para su puesta en práctica. Este proceso estructurado servirá para determinar las mejores respuestas políticas al desafío social común de garantizar el derecho fundamental de todos los ciudadanos de la UE a una ayuda social y a una ayuda de vivienda para garantizar una existencia digna para todos[11].

Al objeto de facilitar la definición y la adopción de estos principios comunes y de precisar los elementos de la estrategia de inclusión activa, la Comisión tiene la intención de publicar una recomendación , sobre cuya base se adoptarán posteriormente unas conclusiones del Consejo y una resolución del Parlamento Europeo.

Los principios comunes para los tres ejes de acción se definirán siguiendo las grandes líneas que se describen a continuación.

4.1 Apoyo a la renta suficiente para evitar la exclusión social

Los principales elementos de la Recomendación de 1992 relativos al apoyo a la renta, que figuran en las letras A a C, apartado 3, siguen siendo plenamente pertinentes para la estrategia prevista. Se refieren en particular:

1) al reconocimiento del derecho fundamental de la persona a disponer de recursos y prestaciones suficientes para vivir conforme a la dignidad humana;

2) a la supeditación del reconocimiento de estos derechos a una serie de principios generales, en particular la disponibilidad activa para el trabajo o para la formación profesional de las personas cuya edad, salud y situación familiar permitan dicha disponibilidad activa o, si se da el caso, condicionada a medidas de integración económica y social para las demás personas;

3) a la aplicación de este derecho con arreglo a una serie de directrices prácticas, en particular que al fijar el importe de los recursos estimados suficientes para cubrir las necesidades fundamentales en cuanto al respeto de la dignidad humana se haga referencia a indicadores apropiados, tales como, por ejemplo, las estadísticas sobre la renta media disponible, el consumo de las unidades familiares, el salario mínimo legal o los niveles de precios; deberían establecerse modalidades de revisión periódica de dichos importes, con arreglo a esos indicadores, para que se siga garantizando la cobertura de las necesidades.

4.2 Vinculación con el mercado laboral

Conforme a las Directrices de Empleo, los principios comunes subrayarán la necesidad de suprimir los obstáculos al acceso al mercado laboral mediante medidas activas y preventivas, incluida la identificación temprana de las necesidades, la ayuda en la búsqueda de empleo y la orientación y la formación en el marco de planes de acción personalizados.

Para garantizar que trabajar sea rentable para las personas que buscan empleo, es preciso asimismo seguir revisando los factores incentivadores y desincentivadores que resultan de los sistemas fiscales y de prestaciones, incluidas la gestión y la condicionalidad de las prestaciones, asegurando al mismo tiempo niveles de protección social adecuados.

A fin de respaldar la inclusión de las personas desfavorecidas, las políticas pertinentes que inciden en la demanda de mano de obra incluyen la expansión de la economía social, el desarrollo de nuevas fuentes de empleo en respuesta a necesidades colectivas, incentivos financieros para la contratación por parte de los empresarios, legislación en materia de lucha contra la discriminación y legislación laboral[12].

4.3 Vinculación con un mejor acceso a servicios de calidad

Los principios comunes se centrarán en los dos aspectos considerados esenciales en el marco del MAC y del diálogo permanente con las organizaciones de la sociedad civil[13], es decir:

- la accesibilidad de los servicios, tanto por su disponibilidad (incluida la accesibilidad territorial y física) como por su asequibilidad;

- la calidad de los servicios por lo que se refiere a los siguientes aspectos: participación de los usuarios; seguimiento, evaluación del rendimiento e intercambio de buenas prácticas; inversión en capital humano; condiciones de trabajo; marco de igualdad tanto en las políticas de contratación de personal como en la oferta de servicios; coordinación e integración de los servicios; e infraestructuras físicas adecuadas, especialmente por lo que hace a la vivienda social[14].

Todos los servicios de interés general, incluidas las industrias de redes como el transporte y otros servicios públicos, así como los servicios financieros, desempeñan un papel importante en favor de la cohesión social y territorial. El acceso universal a los servicios esenciales debería estar garantizado, una aspiración que la Comisión trata de hacer realidad en todas sus políticas[15]. Sin embargo, desde la perspectiva de la inclusión activa, los principios comunes se centrarán en los servicios sociales de interés general.

Aparte de los servicios sanitarios y los regímenes de seguridad social obligatorios y complementarios, los servicios sociales de interés general incluyen otros servicios esenciales prestados directamente a la persona, que ejercen una función de prevención y cohesión social, facilitan la inclusión social y garantizan la realización de sus derechos fundamentales[16]. Entre estos servicios cabe citar:

1) la ayuda a personas que se enfrentan a desafíos o crisis personales (desempleo, endeudamiento, toxicomanía, ruptura familiar, etc.);

2) actividades destinadas a asegurar que las personas afectadas están en condiciones de reintegrarse plenamente en la sociedad y en el mercado laboral (rehabilitación, formación lingüística para inmigrantes, formación profesional, reinserción, etc.) y tienen acceso a servicios de cuidados de niños asequibles;

3) actividades destinadas a garantizar la integración de las personas con necesidades a largo plazo debidas a una discapacidad o a un problema de salud;

4) la vivienda social.

5. Un marco europeo de apoyo

La puesta en práctica de los principios comunes será apoyada, a nivel de la UE, por un ejercicio sistemático de seguimiento y evaluación, así como por otras iniciativas o instrumentos que vendrán a complementar los esfuerzos de los Estados miembros.

Recordando el importante papel que han tenido los interlocutores sociales europeos en el éxito de la puesta en práctica del planteamiento de inclusión activa, la Comisión se felicita por los compromisos que asumieron en el programa de trabajo 2006-2008. Examinará junto con los interlocutores sociales la forma en que éstos podrían seguir desarrollando iniciativas autónomas que refuercen las sinergias con los demás ejes políticos y los demás agentes del planteamiento de inclusión activa, como los poderes públicos —en particular , las autoridades regionales y locales, que suelen ser las más activas en este campo—, los proveedores de servicios y las ONG.

Los instrumentos financieros de la UE desempeñan ya un papel decisivo potenciando el desarrollo de políticas de inclusión basadas en el acceso al mercado de trabajo. El Fondo Social Europeo ofrece un marco financiero a largo plazo que complementa las fuentes de financiación nacionales y de otro tipo. La Comisión fomentará la utilización de las disposiciones del nuevo Reglamento del FSE a fin de respaldar medidas de inclusión activa destinadas en particular a: a) desarrollar y someter a prueba itinerarios integrados hacia una inclusión social y económica activa; b) generalizar los planteamientos innovadores en materia de integración que presenten una ventaja clara en relación con las prácticas actuales; y c) difundir y transferir ejemplos de buenas prácticas en materia de promoción de la inclusión social en todos los Estados miembros.

El éxito del planteamiento previsto depende del compromiso y de la plena implicación de agentes nacionales, regionales y locales. Todos están llamados a desempeñar un papel esencial en el desarrollo y la ejecución de las políticas de inclusión activa a nivel de la UE. Actualmente sus buenas prácticas no gozan de la proyección que merecen. Por consiguiente, la Comisión respaldará, utilizando incluso los recursos disponibles en el marco del programa PROGRESS, el establecimiento de una red de observatorios locales , en asociación con las redes europeas de autoridades locales, de proveedores de servicios y de ONG, a fin de supervisar y promover las buenas prácticas, especialmente en relación con el acceso a servicios de calidad.

6. Conclusiones y próximos pasos

6.1 Consulta de los interlocutores sociales

De conformidad con el artículo 138, apartado 3, del Tratado CE, se invita a los interlocutores sociales a dar su opinión sobre el planteamiento descrito en la presente Comunicación y, más en concreto, sobre:

- El instrumento propuesto, a saber la profundización del MAC en este campo mediante la adopción de principios comunes y su posterior seguimiento y evaluación.

- La sustancia de los principios comunes en materia de recursos suficientes, mercados de trabajo inclusivos y acceso a servicios de calidad tal como se describen en los puntos 4.1 a 4.3 de la presente Comunicación.

- El marco europeo de apoyo descrito en el punto 5 de la presente Comunicación.

También se invita a los interlocutores sociales a formular otras observaciones, y a estudiar la posibilidad de emprender otras iniciativas, sobre las cuestiones que abordaron en la primera fase de la consulta en relación con su papel específico en la promoción de la conservación del puesto de trabajo (véase el punto 2.3) y las posibles sinergias entre sus acciones y los otros ejes del planteamiento de inclusión activa.

6.2 Consulta de todas las partes interesadas

Habida cuenta del objeto de esta iniciativa y de la necesidad de implicar a todos los agentes pertinentes (véase el punto 2.4), la Comisión invita asimismo a todas las partes interesadas, incluidos los poderes públicos a todos los niveles, las organizaciones de la sociedad civil y los proveedores de servicios, a expresar su opinión sobre el contenido de la presente Comunicación. La Comisión está particularmente interesada en conocer sus opiniones acerca de la eficacia y la exhaustividad de sus propuestas encaminadas a promover la inclusión activa.

La presente Comunicación se dirige asimismo al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones.

6.3 Próximos pasos

A fin de facilitar la participación de todas las instituciones y organizaciones interesadas a nivel nacional y de la UE, la presente Comunicación se podrá consultar en el sitio internet de la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades:

http://ec.europa.eu/employment_social/consultation_es.html.

Todas las partes interesadas pueden enviar sus comentarios o sugerencias por correo electrónico a la siguiente dirección:

empl-active-inclusion@ec.europa.eu.

Los comentarios deberán enviarse a más tardar el 28 de febrero de 2008. La Comisión procederá a un examen detallado de las contribuciones recibidas, hará públicas sus conclusiones y asegurará su seguimiento.

[1] Conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Lisboa de los días 23 y 24 de marzo de 2000 y COM(2005) 24.

[2] En concreto, el 44 % de los europeos no tienen conocimientos informáticos ni aptitudes en lo que respecta al uso de internet.

[3] COM(2006) 44 de 8.2.2006.

[4] COM(2006) 44.

[5] Recomendación 92/441/CEE del Consejo, de 24 de junio de 1992. Véase igualmente la Recomendación 92/442/CEE del Consejo, de 27 julio de 1992.

[6] Los resultados de la consulta están disponibles en: http://ec.europa.eu/employment_social/social_inclusion/active_inclusion_en.htm.

[7] Directrices para las políticas de empleo de los Estados miembros (2005-2008), DO L 205 de 6.8..2005, p. 21.

[8] Consejo de la Unión Europea (6706/07).

[9] Consejo de la Unión Europea (7341/05).

[10] COM(2007) 332 de 14.6.2007.

[11] Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, artículo 34, apartado 3.

[12] SEC(2007) 329 de 6.3.2007, pp. 51-58.

[13] Véase http://www.peer-review-social-inclusion.net/key-issues/quality-and-accessibility-of-social-services/. En particular, Halloran J. y K. Calderon-Vera (2007) «Access to quality social services – A strategy paper» .

[14] En la próxima comunicación sobre los servicios sociales de interés general se abordarán las incertidumbres ligadas a la aplicación de las normas comunitarias. Se analizará, entre otras cosas, la forma de aplicar las normas de contratación pública en este campo. Además, se complementará este ejercicio aclaratorio con nuevas iniciativas en materia de definición y evaluación de la calidad.

[15] COM(2004) 374 de 12.5.2004.

[16] COM(2006) 177 de 26.4.2006.