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4.1.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 1/3 |
Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE
Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones
(2006/C 1/03)
Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: Bélgica
Ayuda no: N 9/2005 y N 10/2005
Denominación:
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«Projet d'arrêté royal fixant les contributions visées à l'article 4 de la loi du 9 de diciembre de 2004 relative au financement de l'Agence fédérale pour la Sécurité de la Chaîne alimentaire (AFSCA)» |
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«Projet d'arrêté royal fixant les rétributions visées à l'article 5 de la loi du 9 de diciembre de 2004 relative au financement de l'Agence fédérale pour la Sécurité de la Chaîne alimentaire (AFSCA)» |
Objetivo: Instaurar un nuevo sistema de financiación de la Agencia Federal de Seguridad de la Cadena Alimentaria (Agence fédérale pour la Sécurité de la Chaîne alimentaire)
Fundamento jurídico:
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Loi du 9 décembre 2004 relative au financement de l'Agence fédérale pour la Sécurité de la Chaîne alimentaire (article 4) |
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Artikel 4 van de wet van 9 december 2004 houdende de financiering van het Federaal Agentschap voor de veiligheid van de voedselketen |
Presupuesto: Sin determinar
Intensidad o importe de la ayuda: El 100 % de los costes de las pruebas de la EEB y de los costes de los controles que podrían estar ligados directamente a la producción y comercialización de los productos; la financiación de determinadas actividades o controles no constituye ayuda estatal
Duración: Indeterminada
El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://europa.eu.int/comm/secretariat_general/sgb/state_aids/
Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: Italia
Ayuda no: N 45/05
Denominación: Medidas para garantizar la calidad de los productos alimenticios y la adopción de la etiqueta de calidad: «Calidad con indicación de origen»
Objetivo: A través del proyecto de Ley provincial sobre Medidas para garantizar la calidad de los productos alimenticios y la adopción de la etiqueta de calidad: «Calidad con indicación de origen», las autoridades italianas introducen un régimen en virtud del cual pueden concederse ayudas para la comercialización, promoción y publicidad de productos alimenticios de calidad y de la etiqueta de calidad «Calidad con indicación de origen». El régimen de ayuda será aplicable a los siguientes productos: productos que cumplen los criterios establecidos en el artículo 24 bis, letra b), del Reglamento (CE) no 1257/99, modificado por el Reglamento (CE) no 1783/03, y distinguidos con la etiqueta de calidad en aplicación del artículo 3 del proyecto de Ley; productos a los que se aplique, bien el Reglamento (CEE) no 2081/92, es decir, productos distinguidos con una denominación de origen protegida (DOP) o una indicación geográfica protegida (IGP), o bien el Reglamento (CEE) no 2082/92, es decir, una especialidad tradicional garantizada (ETG); vinos de calidad de conformidad con el Reglamento (CE) no 1493/99
Fundamento jurídico: Misure per garantire la qualità nel settore dei prodotti alimentari e adozione del «marchio di qualità con indicazione di origine» (legge provinciale)
Presupuesto: 3 millones de EUR anuales, aproximadamente
Intensidad o importe de la ayuda: Variable
Duración: Ilimitada
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Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: España (Navarra)
Ayuda no: N 48/2005
Denominación: Ayudas destinadas a reparar los daños causados por las inundaciones
Objetivo: Reparar los daños causados por las inundaciones de septiembre de 2004
Fundamento jurídico: Ley Foral 9/2004 por el que se establecen medidas a favor de los afectados por las inundaciones producidas en la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 333/2004 de 25 de octubre, por el que se establecen ayudas para compensar los daños materiales en estructuras agrarias y las pérdidas de renta en las explotaciones agrarias dañadas por las inundaciones de septiembre de 2004
Presupuesto: 1 110 000 EUR
Intensidad o importe de la ayuda: Inferior a los daños causados
Duración: Ayuda ad hoc (2005)
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Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: Francia
Ayuda no: N 87b/2005
Denominación: Ayudas para el arranque de viñedos de determinadas denominaciones
Objetivo: Desarrollo del sector vitícola en el departamento de Loire-Atlantique
Fundamento jurídico: Articles L 1511-5 et suivants du Code général des collectivités territoriales
Presupuesto: 2 045 000 EUR (presupuesto global)
Intensidad o importe de la ayuda:
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2 360 EUR por hectárea (2004/2005) |
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2 045 EUR por hectárea (2005/2006) |
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1 730 EUR por hectárea (2006/2007) |
Duración: Hasta la campaña 2006/2007
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Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: España (Cantabria)
Ayuda no: N 102/2004
Denominación: Ayudas para paliar las pérdidas ocasionadas por la sequía en 2003
Objetivo: Paliar las pérdidas sufridas por la sequía en 2003 en la región de Cantabria
Fundamento jurídico: Proyecto de Orden por la que se regulan las ayudas por pérdidas en la agricultura ocasionadas por la sequía en 2003
Presupuesto: 7 millones de EUR
Intensidad o importe de la ayuda: Inferiores a las pérdidas sufridas
Duración: Ayuda ad hoc
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Fecha de adopción de la decisión:
Estado miembro: Francia
Ayuda no: N 204/2004
Denominación: Inversiones en explotaciones agrarias — Bouches-du-Rhône
Objetivo: Ayudas a las inversiones destinadas a la mejora de las explotaciones agrarias
Presupuesto: De 50 000 a 200 000 EUR/año
Intensidad o importe de la ayuda: Tipo del 25 %
Duración: 3 años
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Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: Francia
Ayuda no: N 216/2004
Denominación: Ayudas para la reducción de las cabezas de ganado en Bretaña
Objetivo: Contribuir a la absorción del nitrógeno orgánico producido por los animales
Presupuesto: 2 millones de EUR en 2004
Intensidad o importe de la ayuda: 5 euros por kg de nitrógeno orgánico reabsorbido
Duración: 3 años
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Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: Francia
Ayuda no: N 245/2005
Denominación: Ayudas al sobreinjerto que se añaden al plan de reestructuración de los pomares de manzanas de sidra, aprobado por la Comisión el 11 de enero de 2005 (régimen N 332/2004)
Objetivo: Mejorar y reorientar la producción
Fundamento jurídico: Articles L 621-1 et suivants du Code rural
Presupuesto: Incluida en el presupuesto del régimen N 332/2004 ya aprobado
Intensidad o importe de la ayuda: 40 %
Duración: 4 años
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Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: Finlandia
Ayuda no: N 285/2004
Denominación: Modificación del régimen de ayuda al desarrollo rural N 679/2002
Objetivo: La ayuda notificada introduce las siguientes modificaciones en el régimen de ayuda aprobado
Cuando el porcentaje de ayuda fijado en la Decisión C(2004) 457final de la Comisión, de 16.3.2004 (asunto N 518/2003) supere el 50 % de los costes subvencionables (o el 60 % en el caso de jóvenes agricultores), la ayuda excedente será abonada en tramos anuales de igual importe durante los cinco años siguientes a la realización de la inversión. Esta modificación estará vigente hasta el 31.12.2007.
Cuando la ayuda concedida a razón de los porcentajes de ayuda fijos contemplados en el anterior párrafo sea la combinación de una subvención y de un préstamo bonificado, la ayuda total podrá superar los costes subvencionables. Deberán aplicarse las intensidades máximas de ayuda contempladas en el artículo 7 del Reglamento (CE) no 1257/1999 del Consejo, modificado por el Reglamento (CE) no 1783/2003 del Consejo o, si procediera, los porcentajes de ayuda especificados en el anexo I de la Decisión anteriormente citada sobre el asunto N 518/2003. Por otro lado, las cantidades excedentes deberán destinarse a la inversión en cuestión. Esta modificación estará vigente hasta el 31.12.2007.
Los costes de inversión subvencionables se limitarán a los establecidos en el artículo 4, apartado 4, del Reglamento 1/2004 de la Comisión.
Si un proyecto de inversión se compone de distintas partes, la intensidad de la ayuda será la aplicable a la parte principal.
La intensidad de la ayuda a la inversión para jóvenes agricultores será incrementada al 60 %.
Las modificaciones de orden técnico serán introducidas en la disposición nacional que regula la ayuda notificada (Decreto gubernamental para el desarrollo rural)
Fundamento jurídico: Decreto gubernamental (aún sin promulgar). Este decreto modificará el Decreto gubernamental para el desarrollo rural (Valtioneuvoston asetus maaseudun kehittämisestä)
Presupuesto: Se calcula que el presupuesto del régimen de ayudas a la inversión, modificado por la presente notificación, asciende a 150 millones de EUR anuales. La incidencia presupuestaria de la modificación propuesta no puede calcularse todavía
Intensidad o importe de la ayuda: Véase el epígrafe «Objetivo»
Duración: Indefinida, salvo en el caso de algunas modificaciones notificadas del régimen vigente
El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
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