4.1.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 1/3


Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE

Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones

(2006/C 1/03)

Fecha de adopción de la Decisión:

Estado miembro: Bélgica

Ayuda no: N 9/2005 y N 10/2005

Denominación:

«Projet d'arrêté royal fixant les contributions visées à l'article 4 de la loi du 9 de diciembre de 2004 relative au financement de l'Agence fédérale pour la Sécurité de la Chaîne alimentaire (AFSCA)»

«Projet d'arrêté royal fixant les rétributions visées à l'article 5 de la loi du 9 de diciembre de 2004 relative au financement de l'Agence fédérale pour la Sécurité de la Chaîne alimentaire (AFSCA)»

Objetivo: Instaurar un nuevo sistema de financiación de la Agencia Federal de Seguridad de la Cadena Alimentaria (Agence fédérale pour la Sécurité de la Chaîne alimentaire)

Fundamento jurídico:

Loi du 9 décembre 2004 relative au financement de l'Agence fédérale pour la Sécurité de la Chaîne alimentaire (article 4)

Artikel 4 van de wet van 9 december 2004 houdende de financiering van het Federaal Agentschap voor de veiligheid van de voedselketen

Presupuesto: Sin determinar

Intensidad o importe de la ayuda: El 100 % de los costes de las pruebas de la EEB y de los costes de los controles que podrían estar ligados directamente a la producción y comercialización de los productos; la financiación de determinadas actividades o controles no constituye ayuda estatal

Duración: Indeterminada

El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://europa.eu.int/comm/secretariat_general/sgb/state_aids/

Fecha de adopción de la Decisión:

Estado miembro: Italia

Ayuda no: N 45/05

Denominación: Medidas para garantizar la calidad de los productos alimenticios y la adopción de la etiqueta de calidad: «Calidad con indicación de origen»

Objetivo: A través del proyecto de Ley provincial sobre Medidas para garantizar la calidad de los productos alimenticios y la adopción de la etiqueta de calidad: «Calidad con indicación de origen», las autoridades italianas introducen un régimen en virtud del cual pueden concederse ayudas para la comercialización, promoción y publicidad de productos alimenticios de calidad y de la etiqueta de calidad «Calidad con indicación de origen». El régimen de ayuda será aplicable a los siguientes productos: productos que cumplen los criterios establecidos en el artículo 24 bis, letra b), del Reglamento (CE) no 1257/99, modificado por el Reglamento (CE) no 1783/03, y distinguidos con la etiqueta de calidad en aplicación del artículo 3 del proyecto de Ley; productos a los que se aplique, bien el Reglamento (CEE) no 2081/92, es decir, productos distinguidos con una denominación de origen protegida (DOP) o una indicación geográfica protegida (IGP), o bien el Reglamento (CEE) no 2082/92, es decir, una especialidad tradicional garantizada (ETG); vinos de calidad de conformidad con el Reglamento (CE) no 1493/99

Fundamento jurídico: Misure per garantire la qualità nel settore dei prodotti alimentari e adozione del «marchio di qualità con indicazione di origine» (legge provinciale)

Presupuesto: 3 millones de EUR anuales, aproximadamente

Intensidad o importe de la ayuda: Variable

Duración: Ilimitada

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Fecha de adopción de la Decisión:

Estado miembro: España (Navarra)

Ayuda no: N 48/2005

Denominación: Ayudas destinadas a reparar los daños causados por las inundaciones

Objetivo: Reparar los daños causados por las inundaciones de septiembre de 2004

Fundamento jurídico: Ley Foral 9/2004 por el que se establecen medidas a favor de los afectados por las inundaciones producidas en la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 333/2004 de 25 de octubre, por el que se establecen ayudas para compensar los daños materiales en estructuras agrarias y las pérdidas de renta en las explotaciones agrarias dañadas por las inundaciones de septiembre de 2004

Presupuesto: 1 110 000 EUR

Intensidad o importe de la ayuda: Inferior a los daños causados

Duración: Ayuda ad hoc (2005)

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Fecha de adopción de la Decisión:

Estado miembro: Francia

Ayuda no: N 87b/2005

Denominación: Ayudas para el arranque de viñedos de determinadas denominaciones

Objetivo: Desarrollo del sector vitícola en el departamento de Loire-Atlantique

Fundamento jurídico: Articles L 1511-5 et suivants du Code général des collectivités territoriales

Presupuesto: 2 045 000 EUR (presupuesto global)

Intensidad o importe de la ayuda:

2 360 EUR por hectárea (2004/2005)

2 045 EUR por hectárea (2005/2006)

1 730 EUR por hectárea (2006/2007)

Duración: Hasta la campaña 2006/2007

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Fecha de adopción de la Decisión:

Estado miembro: España (Cantabria)

Ayuda no: N 102/2004

Denominación: Ayudas para paliar las pérdidas ocasionadas por la sequía en 2003

Objetivo: Paliar las pérdidas sufridas por la sequía en 2003 en la región de Cantabria

Fundamento jurídico: Proyecto de Orden por la que se regulan las ayudas por pérdidas en la agricultura ocasionadas por la sequía en 2003

Presupuesto: 7 millones de EUR

Intensidad o importe de la ayuda: Inferiores a las pérdidas sufridas

Duración: Ayuda ad hoc

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Fecha de adopción de la decisión:

Estado miembro: Francia

Ayuda no: N 204/2004

Denominación: Inversiones en explotaciones agrarias — Bouches-du-Rhône

Objetivo: Ayudas a las inversiones destinadas a la mejora de las explotaciones agrarias

Presupuesto: De 50 000 a 200 000 EUR/año

Intensidad o importe de la ayuda: Tipo del 25 %

Duración: 3 años

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Fecha de adopción de la Decisión:

Estado miembro: Francia

Ayuda no: N 216/2004

Denominación: Ayudas para la reducción de las cabezas de ganado en Bretaña

Objetivo: Contribuir a la absorción del nitrógeno orgánico producido por los animales

Presupuesto: 2 millones de EUR en 2004

Intensidad o importe de la ayuda: 5 euros por kg de nitrógeno orgánico reabsorbido

Duración: 3 años

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Fecha de adopción de la Decisión:

Estado miembro: Francia

Ayuda no: N 245/2005

Denominación: Ayudas al sobreinjerto que se añaden al plan de reestructuración de los pomares de manzanas de sidra, aprobado por la Comisión el 11 de enero de 2005 (régimen N 332/2004)

Objetivo: Mejorar y reorientar la producción

Fundamento jurídico: Articles L 621-1 et suivants du Code rural

Presupuesto: Incluida en el presupuesto del régimen N 332/2004 ya aprobado

Intensidad o importe de la ayuda: 40 %

Duración: 4 años

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Fecha de adopción de la Decisión:

Estado miembro: Finlandia

Ayuda no: N 285/2004

Denominación: Modificación del régimen de ayuda al desarrollo rural N 679/2002

Objetivo: La ayuda notificada introduce las siguientes modificaciones en el régimen de ayuda aprobado

Cuando el porcentaje de ayuda fijado en la Decisión C(2004) 457final de la Comisión, de 16.3.2004 (asunto N 518/2003) supere el 50 % de los costes subvencionables (o el 60 % en el caso de jóvenes agricultores), la ayuda excedente será abonada en tramos anuales de igual importe durante los cinco años siguientes a la realización de la inversión. Esta modificación estará vigente hasta el 31.12.2007.

Cuando la ayuda concedida a razón de los porcentajes de ayuda fijos contemplados en el anterior párrafo sea la combinación de una subvención y de un préstamo bonificado, la ayuda total podrá superar los costes subvencionables. Deberán aplicarse las intensidades máximas de ayuda contempladas en el artículo 7 del Reglamento (CE) no 1257/1999 del Consejo, modificado por el Reglamento (CE) no 1783/2003 del Consejo o, si procediera, los porcentajes de ayuda especificados en el anexo I de la Decisión anteriormente citada sobre el asunto N 518/2003. Por otro lado, las cantidades excedentes deberán destinarse a la inversión en cuestión. Esta modificación estará vigente hasta el 31.12.2007.

Los costes de inversión subvencionables se limitarán a los establecidos en el artículo 4, apartado 4, del Reglamento 1/2004 de la Comisión.

Si un proyecto de inversión se compone de distintas partes, la intensidad de la ayuda será la aplicable a la parte principal.

La intensidad de la ayuda a la inversión para jóvenes agricultores será incrementada al 60 %.

Las modificaciones de orden técnico serán introducidas en la disposición nacional que regula la ayuda notificada (Decreto gubernamental para el desarrollo rural)

Fundamento jurídico: Decreto gubernamental (aún sin promulgar). Este decreto modificará el Decreto gubernamental para el desarrollo rural (Valtioneuvoston asetus maaseudun kehittämisestä)

Presupuesto: Se calcula que el presupuesto del régimen de ayudas a la inversión, modificado por la presente notificación, asciende a 150 millones de EUR anuales. La incidencia presupuestaria de la modificación propuesta no puede calcularse todavía

Intensidad o importe de la ayuda: Véase el epígrafe «Objetivo»

Duración: Indefinida, salvo en el caso de algunas modificaciones notificadas del régimen vigente

El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

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