[pic] | COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS | Bruselas, 26.9.2006 SEC(2006) 1176 final NOTA RECTIFICATIVA Nº 2 AL ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTO DE 2007 ESTADO GENERAL DE INGRESOS ESTADO DE INGRESOS Y GASTOS POR SECCIONES Sección III - Comisión (presentada por la Comisión) NOTA RECTIFICATIVA Nº 2 AL ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTO DE 2007 ESTADO GENERAL DE INGRESOS ESTADO DE INGRESOS Y GASTOS POR SECCIONES Sección III - Comisión Vistos: - el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 272, - el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, su artículo 177, y - el Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas[1] y, en particular, su artículo 34, la Comisión Europea presenta a la Autoridad Presupuestaria la Nota Rectificativa n° 2 al Anteproyecto de presupuesto de 2007, por las razones que se indican en la exposición de motivos. Sumario 1. Introducción 4 2. Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) 6 3. Fondo internacional para Irlanda 2007-2010 7 4. Protección de los intereses financieros de la Comunidad (Hércules) 8 5. Cambios que se derivan del nuevo marco financiero plurianual 8 6. Fondos estructurales y de cohesión y el fondo europeo de pesca 9 7. Centro Común de Investigación (CCI) 10 8. Ajustes presupuestarios tras la modernización del plan contable 12 8.1. Asunción de gastos realizados en relación con la gestión de tesorería 12 8.2. Creación de una nueva partida presupuestaria 21 01 04 10 - Contribución del FED a los gastos comunes de apoyo administrativo 12 9. Fondo Europeo de Inversiones 13 10. Plataforma de las organizaciones no gubernamentales europeas del sector social 13 11. Participación de la Confederación Helvética en programas comunitarios 14 CUADRO SINÓPTICO POR RÚBRICAS DE LAS PERSPECTIVAS FINANCIERAS 15 ESTADO GENERAL DE INGRESOS ESTADO DE INGRESOS Y GASTOS POR SECCIONES El estado general de ingresos y el estado de ingresos y gastos por secciones se remiten por separado a través del sistema SEI-BUD. Se adjunta, como anexo presupuestario, y a título informativo, las versiones inglesas del estado general de ingresos y del estado de ingresos y gastos por secciones. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1. INTRODUCCIÓN Las adaptaciones al anteproyecto de presupuesto para 2007 (AP 2007), incluida la Nota Rectificativa nº 2 (NR 2) pueden repartirse en dos grandes categorías: aquéllas que tienen un impacto financiero neto y las que se refieren simplemente a ajustes en los comentarios presupuestarios y otras correcciones técnicas. Los cambios con un impacto financiero neto son los siguientes: - Las implicaciones presupuestarias de la creación del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) deben tenerse en cuenta tras la aprobación el 17 de mayo de 2006 del Acuerdo interinstitucional entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera. Se han incorporado así a la reserva 500 millones de euros en créditos de compromiso. - En espera de que se adopte la propuesta para un nuevo Reglamento del Consejo sobre las contribuciones financieras comunitarias al Fondo Internacional para Irlanda (FII), se propone consignar en la reserva 15 millones de euros en créditos de compromiso. - Tras la adopción por la Comisión, el 28 de junio de 2006, de la propuesta de Decisión por la que se modifica y amplía la Decisión nº 804/2004/CE por la que se establece un programa de acción comunitario para la promoción de acciones en el ámbito de la protección de los intereses financieros de la Comunidad (programa Hércules II), se propone aumentar el nivel de los créditos de compromiso (6 millones de euros) y de pago (4,4 millones de euros) consignados en la reserva para este programa. - Cambios que reflejan la modificación en los componentes de la Subrúbrica 1b en las bases jurídicas que se han adoptado en relación con las dotaciones respectivas que se conocieron en el momento de la preparación del AP 2007. Ya se ha consignado en el presupuesto la contribución de la Subrúbrica 1b al Instrumento Europeo de Vecindad y de Asociación. Para los créditos de compromiso, el impacto financiero neto es cero, pero se ha producido un incremento en los créditos de pago por un valor de 8,4 millones de euros. Se han producido asimismo cambios de naturaleza similar que reflejan variaciones en las dotaciones de “convergencia” y “no convergencia” del Fondo Europeo de la Pesca, aunque en este caso el impacto financiero es nulo tanto para los créditos de compromiso como de pago. En resumen, estas modificaciones se refieren fundamentalmente a créditos de compromiso que deberán consignarse en la reserva (500 millones de euros para el FEAG, 15 millones de euros para FII, y 6 millones de euros para Hércules II, todos con cargo a la Subrúbrica 1a). Por lo que se refiere a los créditos de pago, 4,4 millones de euros se refieren a créditos de pago para Hércules II, que deben consignarse en la reserva dentro de la Subrúbrica 1a. Se han solicitado 8,4 millones de euros en créditos de pago adicionales para la Subrúbrica 1b. La segunda categoría de ajustes es de naturaleza técnica e implica, sobre todo, la actualización de los comentarios presupuestarios: - La modificación de los comentarios presupuestarios para tener en cuenta el paquete legislativo revisado, adoptada por la Comisión el 24 de mayo de 2006. Los actos legislativos modificados propuestos son coherentes con los límites máximos anuales de los gastos acordados en el nuevo marco financiero plurianual. - Por lo que se refiere a los Fondos Estructurales y al Fondo Europeo de la Pesca, las actualizaciones tienen en cuenta la adopción de los actos jurídicos. - Para asegurar un sistema homogéneo de promoción para todo el personal de la Comisión, se proponen adaptaciones en la plantilla de personal del Centro Común de Investigación (CCI). - Tras la modernización del plan contable, existe asimismo la necesidad de presentar una propuesta con el fin de crear, con una mención "p.m.", dos nuevas líneas presupuestarias: 27 01 12 02 "Asunción de gastos realizados en relación con la gestión de tesorería" y 21 01 04 10 “Contribución del FED a los gastos comunes de apoyo administrativo”, ambas propuestas ya en el APR 5/2006. - Para tener en cuenta la próxima propuesta legislativa sobre el aumento de capital del Fondo Europeo de Inversiones, deben actualizarse los comentarios presupuestarios de la partida 01 04 09 01 “Fondo Europeo de Inversiones - Disponibilidad de las partes liberadas del capital suscrito”, y el artículo 850 correspondiente a los ingresos “Dividendos pagados por el FEI”. - Es necesaria una corrección técnica para financiar el artículo presupuestario 04 04 09 “Ayuda para los gastos de funcionamiento de la Plataforma de Organizaciones no Gubernamentales Europeas del sector social” con cargo a la Subrúbrica 3b del nuevo marco financiero plurianual, en vez de a la Subrúbrica 1a como en el AP. Esto implica reasignar 620 000 euros en concepto de créditos de compromiso y de pago de la Subrúbrica 1a a la Subrúbrica 3b. - Los comentarios presupuestarios de varios programas comunitarios (Programa Estadístico Comunitario, Formación Permanente, La Juventud en Acción, medios de comunicación, Agencia Europea de Medio Ambiente) deberían actualizarse para reflejar un acuerdo sobre la participación de la Confederación Helvética. Finalmente, mediante la presente Nota Rectificativa, la Comisión llama la atención del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las consecuencias de un posible retraso en la adopción de determinadas bases jurídicas en el ámbito de las relaciones exteriores y las acciones correctoras propuestas que podrían necesitarse antes de que las nuevas bases jurídicas entren en vigor. En el marco de las negociaciones sobre el Acuerdo interinstitucional (AI) sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera, se alcanzó un acuerdo político en torno a las necesidades de los nuevos programas y sobre las dotaciones financieras correspondientes. A pesar de ello, las bases jurídicas de algunos programas podrían no aprobarse antes de que finalice 2006, lo que crearía un vacío jurídico, en particular, para los programas en curso que expiran a finales de 2006 y que van a consolidarse a través de nuevos instrumentos. Por lo tanto, la Comisión quiere garantizar que las acciones en curso son ejecutadas adecuadamente y que los trabajos preparatorios para los nuevos programas sean operativos una vez que se hayan adoptado definitivamente las bases jurídicas correspondientes. Con la descentralización, la Comisión depende parcialmente de la asistencia técnica y el apoyo administrativo prestados por el programa ejecutado (las antiguas líneas BA). Para garantizar la continuidad administrativa de los programas en curso (ya aprobados), y habida cuenta del acuerdo político subyacente alcanzado en el AI sobre los nuevos programas y las dotaciones financieras pertinentes, la Comisión se propone seguir imputando a los programas correspondientes los costes de la asistencia técnica y el apoyo administrativo necesarios para una aplicación adecuada, así como en el caso de la fase transitoria antes de la adopción definitiva de las nuevas bases jurídicas. 2. FONDO EUROPEO DE ADAPTACIÓN A LA GLOBALIZACIÓN (FEAG) El Fondo Europeo de adaptación a la globalización se menciona en el punto 28 del AI: "El Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización está destinado a proporcionar una ayuda complementaria a los trabajadores que sufren las consecuencias de cambios estructurales importantes en los modelos del comercio mundial y a ayudarlos a reintegrarse en el mercado laboral. El importe máximo anual del Fondo no podrá exceder los 500 millones de euros (a precios corrientes), que podrán proceder de cualquier margen disponible dentro de los límites máximos de gasto del ejercicio anterior y/o de créditos de compromiso liberados en los dos ejercicios anteriores, excluidos los relacionados con la Subrúbrica 1b del marco financiero. Los créditos se consignarán en el presupuesto general de la Unión Europea como provisión mediante el procedimiento presupuestario normal tan pronto como la Comisión haya identificado los márgenes suficientes y/o los compromisos cancelados de conformidad con el segundo párrafo. (…) Los créditos de compromiso pertinentes se consignarán en el presupuesto en la línea correspondiente, si fuera necesario por encima del límite máximo de la misma, según lo establecido en el anexo I”. Por consiguiente, la Comisión propone la creación de un nuevo artículo en el anteproyecto de presupuesto, 40 02 43, titulado "Reserva para el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización", y asignar la cantidad máxima permitida de 500 millones de euros en concepto de créditos de compromiso. De hecho, los márgenes disponibles son superiores a los 500 millones de euros, tal y como muestran los siguientes datos: - El margen dentro del límite máximo global de los gastos para el ejercicio presupuestario 2006 asciende a 2 504 090 676 euros, es decir, la diferencia entre los créditos de compromiso totales (121 190 909 324 euros) y el límite máximo de las Perspectivas financieras para 2006 (123 695 000 000 euros). - El total de los créditos de compromiso anulados recogidos en las cuentas anuales provisionales de las Comunidades Europeas para el ejercicio presupuestario de 2005 (excluidos los relacionados con la Subrúbrica 1b) asciende a 612 430 585,24 euros[2]. Las necesidades de créditos de pago se establecerán al mismo tiempo que la Comisión presenta a la Autoridad Presupuestaria una propuesta de decisión con el fin de movilizar el FEAG y para la transferencia a la línea presupuestaria pertinente (04 05 01). Por lo tanto, en esta fase, la línea presupuestaria de reserva incluirá la mención (“p.m.”) para los créditos de pago. Solamente si no puede disponerse de los créditos de pago mediante una transferencia del Título 04, o de otros títulos, al FEAG, será necesario un presupuesto rectificativo. 3. FONDO INTERNACIONAL PARA IRLANDA 2007-2010 El Fondo Internacional para Irlanda fue instituido en 1986 para contribuir a la aplicación del artículo 10(a) del Acuerdo Angloirlandés de 15 de noviembre de 1985, que dispone: “Los dos Gobiernos cooperarán para promover el desarrollo económico y social de aquellas regiones de ambas partes de Irlanda que hayan sufrido seriamente las consecuencias de la inestabilidad de los últimos años y considerarán la posibilidad de obtener apoyo internacional para ello” . Los objetivos del Fondo Internacional para Irlanda son “promover el progreso económico y social y fomentar el contacto, el diálogo y la reconciliación entre nacionalistas y unionistas en Irlanda”. La consolidación de un desarrollo económico y social a favor de la paz y de la reconciliación es un proceso a largo plazo. Para alcanzar este objetivo, el Fondo Internacional para Irlanda complementa la acción llevada a cabo mediante los programas de la Unión Europea para la Paz y la Reconciliación en Irlanda del Norte y en la región fronteriza de Irlanda (“PEACE I” 1995-1999, “PEACE II” 2000-2006 y “PEACE III” 2007-2013)[3] establecidos de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1260/1999 del Consejo, de 21 de junio de 1999, por el que se establecen disposiciones generales sobre los Fondos Estructurales. La Comunidad ha proporcionado contribuciones financieras al fondo a partir de 1989. Para el período 2005 a 2006 se han comprometido anualmente 15 millones de euros del presupuesto de la UE en virtud del Reglamento (CE) nº 177/2005 del Consejo, de 24 de enero de 2005, relativo a las contribuciones financieras de la Comunidad al Fondo Internacional para Irlanda (2005-2006), que expira el 31 de diciembre de 2006. El Fondo internacional, consciente de que el nivel actual de apoyo internacional no puede mantenerse indefinidamente, llevó a cabo un estudio de sus estructuras y prioridades en 2005, para redefinir su misión a la luz de las nuevas realidades y ha adoptado un marco estratégico que pondrá fin a este Fondo en 2010. Esta estrategia, denominada “Compartir este Espacio”, inicia la fase final de las actividades del Fondo (2006 – 2010). Durante este período de clausura, el Fondo se concentrará en los sectores en los que las necesidades son más importantes y tratará de garantizar el carácter duradero de sus trabajos a largo plazo. En su reunión celebrada en Bruselas los días 15 y 16 de diciembre de 2005, el Consejo Europeo invitó a la Comisión a adoptar las medidas necesarias para continuar con el apoyo de la UE en favor de este Fondo, que entra en la fase final y decisiva de sus trabajos, y durará hasta 2010[4]. A la luz de la evaluación realizada anteriormente, se proponen algunas contribuciones comunitarias por un importe de 15 millones de euros para cada uno de los ejercicios 2007, 2008, 2009 y 2010, lo que asciende a una contribución total, para el conjunto de estos ejercicios, de 60 millones de euros. El nuevo Reglamento del Consejo debería también tener en cuenta las observaciones formuladas en el informe de la Comisión sobre el Fondo y, en particular, las encaminadas a reforzar la sinergia de los objetivos y la coordinación con las intervenciones de los Fondos Estructurales. El Fondo destinará la contribución de la Comunidad prioritariamente a proyectos de naturaleza transfronteriza o intercomunitaria, de modo que complemente las actividades financiadas por el Programa PEACE en el período comprendido entre 2006 y 2010. 4. PROTECCIÓN DE LOS INTERESES FINANCIEROS DE LA COMUNIDAD (HÉRCULES) La Decisión nº 804/2004/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, estableció un programa de acción comunitario para la promoción de acciones en el ámbito de la protección de los intereses financieros de la Comunidad (programa Hércules). La Comisión adoptó el 28 de junio de 2006 una propuesta de Decisión por la que se modificaba y ampliaba la Decisión nº 804/2004/CE, que fue remitida a la Autoridad Presupuestaria y al Tribunal de Cuentas (SEC(2006) 826). Es necesario actualizar el AP 2007 para reflejar la naturaleza ampliada del programa, que cubrirá a partir de ahora actividades en la lucha contra el contrabando y la falsificación de cigarrillos además de extenderse a determinados terceros países. El AP 2007 preveía créditos de compromiso por un importe de 7,7 millones de euros, inscrito en la reserva para el correspondiente artículo presupuestario 24 02 01. Los créditos de pago ascendieron a 4,62 millones de euros en esta línea, con 1,98 millón de euros en la reserva en espera de la adopción de la Decisión revisada. Habida cuenta del mayor alcance del programa, se propone ahora añadir otros 6 millones de euros en compromisos y 4,4 millones de euros en pagos, que se incluirían en la reserva hasta que se haya adoptado la base jurídica. 5. CAMBIOS QUE SE DERIVAN DEL NUEVO MARCO FINANCIERO PLURIANUAL Tras la adopción por la Comisión el 24 de mayo del paquete legislativo revisado, coherente con los límites anuales de los gastos acordados en el nuevo marco financiero e incorporados en el nuevo Acuerdo interinstitucional, es necesario modificar los comentarios presupuestarios de varias líneas presupuestarias, e incluso de la nomenclatura presupuestaria, en las diferentes rúbricas. Los detalles completos se proporcionan en el anexo presupuestario de esta Nota rectificativa. Sin embargo, por lo que se refiere a los gastos agrícolas, debe tenerse en cuenta que la Comisión también propone cambiar la clasificación de los gastos, pasando de gastos no obligatorios a gastos obligatorios en el caso de las siguientes líneas presupuestarias: 05 04 03 02 – “Recursos genéticos animales y vegetales — Finalización de medidas anteriores”; 05 07 01 05 – “Inspecciones de la aplicación de la normativa agrícola” ; 05 08 01 – “Red de Información Contable Agrícola (RICA)”; 05 08 02 – “Encuestas sobre la estructura de las explotaciones agrarias”; 05 08 03– “Reestructuración de sistemas de estudios agrarios”; 05 08 07 – “Finalización de medidas anteriores en el ámbito de la información” y 05 08 08– “Estudio externo sobre la incidencia de la Directiva 2000/36/CE del Consejo”. El Acuerdo interinstitucional recientemente establecido confirma que los gastos agrícolas financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) deben considerarse como gastos obligatorios. Los gastos que pueden optar a la financiación del FEAGA se encuentran enumerados en el artículo 3 y 5 del Reglamento del Consejo sobre la financiación de la Política Agrícola Común, que empezará a aplicarse a partir de 1 de enero de 2007[5]. En comparación con el Reglamento antes en vigor, las intervenciones adicionales pueden ser financiadas por el FEAGA. Por lo tanto, las líneas relativas a estas intervenciones, que se financiaron previamente con cargo a la Rúbrica 3 de las perspectivas financieras, deberían considerarse como gastos obligatorios. 6. FONDOS ESTRUCTURALES Y DE COHESIÓN Y EL FONDO EUROPEO DE LA PESCA En el caso de los Fondos Estructurales y de Cohesión, la base jurídica adoptada cambia la distribución de la dotación global de la Subrúbrica 1b en el caso de algunos de sus componentes y debe adaptarse el AP en consecuencia. Ya se ha establecido la contribución de la Subrúbrica 1b al Instrumento Europeo de Vecindad y Asociación (IEVA, cooperación transfronteriza) y la transferencia correspondiente se hace de la línea de cooperación territorial del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) a la línea IEVA. No hay ningún cambio en la dotación global de la Subrúbrica 1b para los créditos de compromiso. Se han introducido asimismo varias correcciones técnicas. En el caso del Fondo Europeo de la Pesca, se ha producido un cambio pasando del “objetivo de convergencia” a “al margen del objetivo de convergencia” con el fin de tener en cuenta el reciente acuerdo sobre la división entre regiones de convergencia y regiones de no convergencia. El cuadro siguiente recapitula los cambios introducidos. Se explican de manera más detallada más abajo. AP 2007 | NR 2/2007 | Diferencia | CC | CP | CC | CP | CC | CP | Fondo Europeo de la Pesca (FEP) — Objetivo de convergencia | 11 06 12 | 425.522.172 | 227.778.312 | 425.295.599 | 227.668.652 | -226.573 | -109.660 | Fondo Europeo de la Pesca (FEP) — Al margen del objetivo de convergencia | 11 06 13 | 141.368.451 | 73.568.120 | 141.595.024 | 73.677.780 | 226.573 | 109.660 | RÚBRICA 2 cambio neto | 0 | 0 | Fondo de cohesión (FC) | 13 04 02 | 7.116.881.844 | 1.691.967.816 | 7.121.426.147 | 1.693.079.985 | 4.544.303 | 1.112.169 | Fondo de Cohesión cambio neto | 4.544.303 | 1.112.169 | FEDER - convergencia | 13 03 16 | 20.713.696.132 | 3.048.644.731 | 20.676.478.574 | 3.043.946.283 | -37.217.558 | -4.698.448 | FEDER - competitividad regional | 13 03 18 | 5.349.761.046 | 596.004.134 | 5.381.768.585 | 633.338.124 | 32.007.539 | 37.333.990 | FEDER – Cooperación territorial europea | 13 03 19 | 1.110.410.848 | 170.883.799 | 1.055.259.758 | 158.130.591 | -55.151.090 | -12.753.208 | FEDER – Asistencia técnica operativa | 13 03 20 | 55.056.904 | 22.022.762 | 54.869.515 | 21.947.806 | -187.389 | -74.956 | Cooperación transfronteriza - contribución de la Subrúbrica 1b | 19 08 02 02 | p.m. | p.m. | 47.579.371 | 20.000.000 | 47.579.371 | 20.000.000 | FSE - Convergencia | 04 02 17 | 7.416.571.011 | 1.092.393.287 | 7.403.245.207 | 1.089.889.685 | -13.325.804 | -2.503.602 | FSE - Competitividad regional | 04 02 19 | 3.648.156.721 | 461.831.532 | 3.669.983.587 | 431.891.576 | 21.826.866 | -29.939.956 | FSE – Asistencia técnica operativa 2007-2013 | 04 02 20 | 10.000.000 | 5.000.000 | 9.923.762 | 4.961.881 | -76.238 | -38.119 | Fondos Estructurales Cambio neto | -4.544.303 | 7.325.701 | SUBRÚBRICA 1b Cambio neto | 0 | 8.437.870 | Los créditos de compromiso para los Fondos Estructurales y de Cohesión se ajustaron para tener en cuenta las cifras finales en la base jurídica acordada. En general, el Fondo de Cohesión reciben 4,544 millones de euros y los Fondos Estructurales pierden el mismo importe. En el caso de los Fondos Estructurales, se ha producido una reducción en los créditos para la "convergencia" y un aumento por lo que se refiere a la “competitividad regional”. Los créditos de compromiso para el objetivo de “cooperación territorial” disminuyen. También en relación con este objetivo, la contribución de la Subrúbrica 1b al Instrumento Europeo de Vecindad y Asociación (cooperación transfronteriza), es decir, 47,579 millones de euros, se ha transferido mediante la detracción de la línea territorial europea de cooperación del FEDER y la ampliación correspondiente en la línea IEVA para la cooperación transfronteriza. La asistencia técnica es marginalmente más baja que en el AP. Con respecto al desglose de los créditos entre el FEDER y el FSE, se ha conservado la distribución mediante porcentajes utilizada para el AP. Los créditos de pago globales aumentan aun cuando no haya ningún cambio neto en los créditos de compromiso. Esto es así esencialmente porque los anticipos, calculados como porcentajes de las dotaciones globales de la programación, son ligeramente más altos para el Fondo de Cohesión y la base jurídica adoptada recientemente ha aumentado la asignación del Fondo de Cohesión a expensas de los Fondos Estructurales. Además, los créditos de pago presupuestados ahora para la cooperación transfronteriza en el marco de la línea IEVA son superiores a la reducción correspondiente en la línea territorial de cooperación del FEDER, lo que refleja una mayor estimación de las necesidades por el IEVA. Sin embargo, en los demás casos, la cantidad global de los créditos para cada objetivo se ha modificado conforme a los cambios en los compromisos, a fin de reflejar el cambio esperado en los anticipos. También se ha procedido a una corrección técnica en el AP mediante el ajuste del saldo entre los créditos de pago del FSE y del FEDER destinados al objetivo de la “competitividad regional”, la reducción de los pagos para el FSE y el aumento correspondiente del FEDER. Este ajuste implica que el mismo coeficiente se aplica en adelante a los pagos respecto a los compromisos tanto en el caso del FSE como del FEDER. 7. CENTRO COMÚN DE INVESTIGACIÓN (CCI) A raíz de la solicitud presentada por la Comisión para el año 2006 mediante la flexibilidad de la plantilla del personal (artículo 47 del Reglamento financiero), conviene proceder a un ajuste de la plantilla del personal del CCI para el año 2007 con el fin de garantizar una política de promoción homogénea para el conjunto del personal de la Comisión. La modificación propuesta introduce los cambios necesarios a tal efecto en la estructura de grados de la plantilla del personal del CCI teniendo en cuenta también las promociones previstas para el año 2006, sin modificar el número total de puestos, ni su distribución por grupos de funciones. Comprende también una transformación de los empleos AD5 en empleos AD6 para permitir la contratación de los candidatos seleccionados en concursos para personal de investigación realizados a este nivel. Esto viene justificado por la necesidad de personal altamente cualificado y especializado. Modificación en la plantilla de personal del CCI - NR AP 2007 | Investigación y desarrollo tecnológico — Centro Común de Investigación | Categorías y grados | Puestos AP 2007 | Modificación NR AP 2007 | Puestos 2007 después de NR | AD 16 | 2 | 0 | 2 | AD 15 | 10 | 0 | 10 | AD 14 | 36 | 0 | 36 | AD 13 | 9 | 0 | 9 | AD 12 | 204 | 20 | 224 | AD 11 | 178 | 37 | 215 | AD 10 | 166 | -29 | 137 | AD 9 | 30 | 0 | 30 | AD 8 | 69 | -8 | 61 | AD 7 | 10 | 0 | 10 | AD 6 | 94 | 20 | 114 | AD 5 | 60 | -40 | 20 | Total AST | 868 | 0 | 868 | AST 11 | 14 | 0 | 14 | AST 10 | 69 | 0 | 69 | AST 9 | 42 | 4 | 46 | AST 8 | 106 | 2 | 108 | AST 7 | 124 | 11 | 135 | AST 6 | 243 | -4 | 239 | AST 5 | 122 | -2 | 120 | AST 4 | 135 | -11 | 124 | AST 3 | 151 | 0 | 151 | AST 2 | 35 | 0 | 35 | AST 1 | 48 | 0 | 48 | Total AST | 1.089 | 0 | 1.089 | Total general | 1.957 | 0 | 1.957 | 8. AJUSTES PRESUPUESTARIOS TRAS LA MODERNIZACIÓN DEL PLAN CONTABLE 8.1. Asunción de gastos realizados en relación con la gestión de tesorería Tras la modernización del Plan contable de la Comisión, y la necesidad de cerrar varias cuentas no presupuestarias que han tenido saldos pendientes de pago durante varios años, la Comisión propuso ya, en el APR 5/2006, la creación de una nueva partida 27 01 12 02 – "Asunción de gastos realizados en relación con la gestión de tesorería ", con las siguientes observaciones: "Este crédito debería en principio cubrir ajustes presupuestarios: - en las administraciones de anticipos, en las que todas las medidas apropiadas han sido tomadas por el ordenador para hacer frente a la situación y los gastos de ajuste no pueden imputarse a otra línea presupuestaria específica, - en los casos en los que se cancela un título de crédito en su totalidad o en parte, una vez que haya sido imputado a las cuentas como ingreso (en especial en los casos de compensación de una deuda), - en caso de que no se haya recuperado el IVA y cuando ya no es posible imputar tal cantidad a la línea que cubrió los gastos principales, - en el caso de cualquier interés relativo a los casos anteriormente mencionados cuando no puede imputarse a otra línea presupuestaria específica”. La Comisión también propuso transferir a esta nueva partida presupuestaria el párrafo segundo de los comentarios de la partida presupuestaria 27 01 12 01 “Cargas financieras”, que recoge lo siguiente: “En esta partida se consignará eventualmente un crédito para cubrir las pérdidas a causa de la liquidación o interrupción de las operaciones de aquellos Bancos en los cuales la Comisión tiene cuentas abiertas para la administración de anticipos”. Estos cambios deberían también introducirse en el AP 2007 con la mención ("p.m."). 8.2. Creación de una nueva partida presupuestaria 21 01 04 10 - Contribución del FED a los gastos comunes de apoyo administrativo La Comisión propone asimismo crear una nueva partida presupuestaria 21 01 04 10, como ya hiciera en el APR 5/2006. De conformidad con el Acuerdo interno para el 9º FED, una parte de la dotación del FED se utiliza para costear los gastos contraídos por el presupuesto comunitario en apoyo de la ejecución del FED en las delegaciones de la UE, tales como personal exterior, alquileres, servicios, etc. Como el presupuesto para el FED es diferente del presupuesto comunitario, la Comisión emite una orden de ingreso a favor del FED a principios de cada ejercicio presupuestario basado en un cálculo de los gastos del año anterior. Durante el ejercicio, el reparto de los gastos, que deben asignarse proporcionalmente a las distintas partidas presupuestarias administrativas así como al FED, se efectúa en una cuenta no presupuestaria especial destinada a tal efecto. Esto significa que actualmente la información presupuestaria de la Comisión no incluye el importe de los gastos financiados por el FED. Para permitir un tratamiento sucesivo y eficaz y una información completa sobre la ejecución presupuestaria, se propone crear una línea presupuestaria en la cual se inscriban automáticamente los créditos de compromiso y de pago tras el ingreso de los fondos recibidos del FED. La medida propuesta es exigida, a nivel técnico, por el sistema de contabilidad de ejercicio que será establecido en las delegaciones y mejorará considerablemente la contabilización y la transparencia de las operaciones. Este cambio no tiene ninguna incidencia en los flujos de efectivo de entrada o salida ni sobre el nivel de la financiación. Esta línea permitirá el uso de instrumentos comunes de información para los ingresos y los gastos del FED. La contribución financiera del FED es tratada como ingresos asignados y se propone una mención ”p.m.” para los créditos de pago y de compromiso. 9. FONDO EUROPEO DE INVERSIONES El Fondo Europeo de Inversiones agotará sus recursos propios a mediados de 2007, y por lo tanto, el Consejo de Administración del FEI propone aumentar el capital suscrito en hasta un 50% en términos nominales. El artículo 3 de la Decisión del Consejo 1994/375/CE especifica que el posible aumento de capital debe ser decidido unánimemente por el Consejo, a propuesta de la Comisión y después de consultar al Parlamento Europeo. Se espera que la Comisión adopte una propuesta legislativa sobre el aumento de capital del FEI a finales de año. El coste del aumento del capital estará cubierto durante el período 2007-2010 mediante la partida presupuestaria 01 04 09 01 según lo propuesto en el AP 2007. El precio total de adquisición de las cuotas que habrá de abonarse al Fondo comprende el valor nominal del capital desembolsado y las primas de emisión, lo que refleja el rendimiento financiero del Fondo. A fin de dar encaje a toda posible incertidumbre sobre los precios, la Comisión propone destinar los dividendos que el Fondo pague a la Comunidad en el transcurso del cuatrienio para cubrir parcialmente el coste de la ampliación de capital. El artículo 10 de las normas de desarrollo del Reglamento financiero indica que la estructura y los comentarios presupuestarios apropiados son necesarios para consignar los ingresos afectados. Por lo tanto, la Nota rectificativa propone comentarios presupuestarios actualizados en la partida presupuestaria 01 04 09 01 "Fondo Europeo de Inversiones - Disponibilidad de partes liberadas del capital suscrito”, y el artículo 850 correspondiente a los ingresos “Dividendos pagados por el FEI”. 10. PLATAFORMA DE LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES EUROPEAS DEL SECTOR SOCIAL La propuesta de la Comisión para establecer el programa “Ciudadanos con Europa” cuyo objetivo es promover la ciudadanía europea activa durante el período 2007-2013, incluye, entre otras acciones, el apoyo estructural a organizaciones de la sociedad civil a nivel europeo (acción 2: Sociedad civil activa en Europa). En el marco de las perspectivas financieras previas, la plataforma de las ONG europeas del sector social, así como las otras organizaciones de la sociedad civil, se financiaron con cargo a la Rúbrica 3. En el nuevo marco financiero plurianual, la base jurídica de “Ciudadanos con Europa” se encuentra en la Subrúbrica 3b. Puesto que todas las actividades de la DG EMPL se financian con cargo a la Subrúbrica 1a, el artículo presupuestario 04 04 09, correspondiente a los costes de funcionamiento de la plataforma de las organizaciones no gubernamentales europeas del sector social, se insertó en el AP 2007 en el marco de la Subrúbrica 1a. Por lo tanto, es necesaria una corrección técnica para incluir este artículo presupuestario en el marco de la Subrúbrica 3b de conformidad con la base jurídica. Esto implica la reasignación de 620 000 euros en créditos de compromiso y de pago de la Subrúbrica 1a a la Subrúbrica 3b. 11. PARTICIPACIÓN DE LA CONFEDERACIÓN HELVÉTICA EN PROGRAMAS COMUNITARIOS Para tener en cuenta la aplicación del acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Helvética sobre la participación suiza en varios programas comunitarios, deberían actualizarse los comentarios presupuestarios de estos programas. Los detalles completos se recogen en el anexo presupuestario y se refieren al Programa Estadístico Comunitario, a la Formación Permanente, a la Juventud en Acción, a los medios de comunicación, y a la Agencia Europea de Medio Ambiente. CUADRO SINÓPTICO POR RÚBRICAS DE LAS PERSPECTIVAS FINANCIERAS Marco financiero Rúbrica/Subrúbrica | Marco financiero 2007 | AP 2007 (incluida la NR nº1/2007[6]) | NR 2/2007 | AP 2006 + NR 1 y 2/2007 | |CC |CP |CC |CP |CC |CP |CC |CP | | 1. CRECIMIENTO SOSTENIBLE | | | | | | | | | | 1a. Competitividad para el crecimiento y el empleo |8 918 000 000 | |8 796 103 511 |6 943 524 511 |+520 380 000 |+3 780 000 |9 316 483 511 |6 947 304 511 | |1b. Cohesión para el crecimiento y el empleo |45 487 000 000 | |45 486 558 504 |37 790 265 808 | |+8 437 870 |45 486 558 504 |37 798 703 678 | | Total |54 405 000 000 | |54 282 662 015 |44 733 790 319 | |12 217 870 |54 803 042 015 |44 746 008 189 | | Margen | | |122 337 985 | | | |101 957 985[7] | | | 2. CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES | | | | | | | | | | De los cuales, gastos de mercado y pagos directos |45 759 000 000 | |43 684 007 000 |43 407 987 756 | | |43 684 007 000 |43 407 987 756 | | Total |58 351 000 000 | |57 217 576 036 |55 683 381 736 | | |57 217 576 036 |55 683 381 736 | | Margen | | |1 133 423 964 | | | |1 133 423 964 | | | 3. CIUDADANÍA, LIBERTAD, SEGURIDAD Y JUSTICIA | | | | | | | | | | 3a. Libertad, Seguridad y Justicia |637 000 000 | | 571 339 000 |426 989 000 | | |571 339 000 |426 989 000 | |3b. Ciudadanía | 636 000 000 | |603 055 000 |679 632 652 |+620 000 |+620 000 |603 675 000 |680 252 652 | | Total |1 273 000 000 | |1 174 394 000 |1 106 621 652 | | |1 175 014 000 |1 107 241 652 | | Margen | | |98 606 000 | | | |97 986 000 | | | 4. LA UE COMO SOCIO MUNDIAL[8] |6 578 000 000 | | 6 702 527 000 |7 447 469 578 | | | 6 702 527 000 |7 447 469 578 | | Margen | | | 110 000 000 | | | | 110 000 000 | | | 5. DMINISTRACIÓN [9] |7 039 000 000 | |7 002 283 649 |7 002 183 649 | | |7 002 283 649 |7 002 183 649 | | Margen | | | 112 716 351 | | | | 112 716 351 | | | 6. COMPENSACIONES |445 000 000 | |444 646 152 |444 646 152 | | |444 646 152 |444 646 152 | | Margen | | | 353 848 | | | | 353 848 | | | TOTAL |128 091 000 000 |123 790 000 000 |126 824 088 852 |116 418 093 086 |+521 000 000 |+12 837 870 |127 345 088 852 |116 430 930 956 | | Margen | | |1 577 438 148 |7 447 906 914 | | |1 556 438 148 |7 435 069 044 | | [1] DO L 248, 16.9.2002, p. 1. [2] Cantidad resultante de la diferencia entre los créditos de compromiso totales anulados y los créditos de compromiso de las acciones estructurales (Rúbrica 2 de las perspectivas financieras 2000-2006 y la futura Subrúbrica 1b del nuevo marco financiero plurianual 2007-2013). [3] En adelante denominado el “programa PEACE”. [4] Conclusiones de la Presidencia - Consejo Europeo de Bruselas del 15 y 16 de diciembre de 2005; Consejo de la UE, documento nº 15914/1/05 (Concl. 3) de 16.12.2005. [5] Reglamento (CE) nº 1290/2005 del Consejo, de 21 de junio de 2005. [6] La NR n°1/2007 no tuvo ningún efecto sobre los gastos, solamente sobre los ingresos. [7] El FEAG no entra en el cálculo del margen en el marco de la Subrúbrica 1a. [8] El margen de 2007 para la Rúbrica 4 no tiene en cuenta los créditos vinculados a la Reserva de ayuda de emergencia (234,5 millones de euros). [9] El cálculo del margen dentro del límite máximo de la Rúbrica 5 tiene en cuenta nota la nota a pie de página nº 1 del marco financiero 2007-2013, con un importe de 76 millones de euros para las contribuciones del personal al régimen de pensiones.