Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la posición de la Comunidad sobre la Decisión nº 1/2006 del Comité de Gestión Conjunto creado en virtud del Acuerdo por el que se establece una Asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chile, por otra, en relación con la modificación del anexo IV, apéndices IC, IIIA, IIIB y XI, del Acuerdo de Asociación /* COM/2006/0460 final */
[pic] | COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS | Bruselas, 16.8.2006 COM(2006) 460 final Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO relativa a la posición de la Comunidad sobre la Decisión nº 1/2006 del Comité de Gestión Conjunto creado en virtud del Acuerdo por el que se establece una Asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chile, por otra, en relación con la modificación del anexo IV, apéndices IC, IIIA, IIIB y XI, del Acuerdo de Asociación (presentada por la Comisión) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Acuerdo por el que se establece una Asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chile, por otra, en lo sucesivo el «Acuerdo», fue firmado el 18 de noviembre de 2002. Determinadas disposiciones, incluidas las relativas a medidas sanitarias, fitosanitarias y de bienestar animal, se han aplicado provisionalmente desde el 1 de febrero de 2003. Todas las disposiciones del Acuerdo entraron en vigor el 1 de marzo de 2005, tras ser ratificadas por los Estados miembros (EU-15). El anexo IV del Acuerdo establece las medidas sanitarias y fitosanitarias (MSF) aplicables al comercio de animales, productos de origen animal, plantas, productos vegetales y otras mercancías, y al bienestar animal (denominado en lo sucesivo el «Acuerdo MSF»). El artículo 6, apartado 4, del Acuerdo establece que el Comité de Asociación estará facultado para adoptar decisiones en los casos previstos en el Acuerdo o cuando el Consejo de Asociación haya delegado en él tal facultad. El artículo 89, apartado 3, del Acuerdo dispone que, no obstante lo dispuesto en el artículo 193, cuando el Comité de Asociación examine medidas sanitarias o fitosanitarias, estará compuesto por representantes de la Comunidad y de Chile competentes en temas sanitarios y fitosanitarios. Dicho Comité se denominará entonces «Comité de Gestión Conjunto para Asuntos Sanitarios y Fitosanitarios», en lo sucesivo denominado «Comité de Gestión Conjunto» y estará facultado para modificar, mediante decisión, los apéndices I a XII del Acuerdo MSF, tal como se establece en su artículo 16, apartado 2, letra c). La Comunidad debe decidir la posición que tomará en el Comité de Gestión Conjunto por lo que respecta a la adopción de las modificaciones necesarias para actualizar los apéndices IC, IIIA, IIIB y XI del Acuerdo MSF. Con arreglo al artículo 4, apartado 1, de la Decisión 2002/979/CE, la posición de la Comunidad será adoptada por el Consejo sobre la base de una propuesta de la Comisión. Las modificaciones propuestas afectan a los apéndices IC, IIIA, IIIB y XI del Acuerdo MSF. Por lo que respecta al apéndice IC, la modificación propuesta amplía el ámbito de aplicación del Acuerdo al incluir normas de bienestar animal relativas al transporte terrestre y marítimo de animales, tal como recomendó el grupo de trabajo sobre bienestar animal en su reunión de septiembre de 2005. Dicha recomendación fue aprobada por las Partes en la tercera reunión del Comité de Gestión Conjunto de noviembre de 2005. En cuanto a los apéndices IIIA y XI, la modificación propuesta actualiza la base jurídica de las Partes respecto a las enfermedades de los animales y los peces sujetas a notificación en relación con las cuales se reconoce la situación de las Partes y pueden tomarse decisiones relativas a la regionalización, así como los puntos de contacto y los sitios web respectivos en relación con el Acuerdo MSF. La nota a pie de página nº 1 del apéndice IIIB del Acuerdo MSF, relativo a las plagas sujetas a notificación en relación con las cuales se reconoce la situación de las Partes y pueden tomarse decisiones relativas a la regionalización, establece que el Comité de Gestión Conjunto completará las listas de dicho apéndice mediante decisión. La Decisión nº 1/2006 del Comité de Gestión Conjunto será publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea. Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO relativa a la posición de la Comunidad sobre la Decisión nº 1/2006 del Comité de Gestión Conjunto creado en virtud del Acuerdo por el que se establece una Asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chile, por otra, en relación con la modificación del anexo IV, apéndices IC, IIIA, IIIB y XI, del Acuerdo de Asociación (Texto pertinente a efectos del EEE) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 37 y su artículo 152, apartado 4, letra b), leídos en relación con su artículo 300, apartado 2, párrafo segundo, Vista la propuesta de la Comisión, Considerando lo siguiente: 1. El artículo 4, apartado 1, de la Decisión 2002/979/CE relativa a la firma y a la aplicación provisional de determinadas disposiciones del Acuerdo por el que se establece una asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chile, por otra, en lo sucesivo denominado el «Acuerdo», establece que la posición que debe adoptar la Comunidad en el Comité de Asociación será determinada por el Consejo sobre la base de una propuesta de la Comisión, con arreglo a las disposiciones correspondientes del Tratado. 2. El anexo IV del Acuerdo establece las medidas sanitarias y fitosanitarias (MSF) aplicables al comercio de animales, productos de origen animal, plantas, productos vegetales y otras mercancías, y al bienestar animal (denominado en lo sucesivo el «Acuerdo MSF»). 3. Es necesario modificar los apéndices IC, IIIA, IIIB y XI del Acuerdo MSF a fin de tener en cuenta los resultados de las consultas y los procedimientos previstos en dicho Acuerdo. 4. El artículo 6, apartado 4, del Acuerdo establece que el Comité de Asociación estará facultado para adoptar decisiones en los casos previstos en el Acuerdo o cuando el Consejo de Asociación haya delegado en él tal facultad. 5. El artículo 89, apartado 3, del Acuerdo dispone que, no obstante lo dispuesto en el artículo 193, cuando el Comité de Asociación examine medidas sanitarias o fitosanitarias, se denominará entonces «Comité de Gestión Conjunto para Asuntos Sanitarios y Fitosanitarios», en lo sucesivo denominado «Comité de Gestión Conjunto», y estará facultado para modificar, mediante decisión, los apéndices I a XII del Acuerdo MSF, tal como se establece en su artículo 16, apartado 2, letra c). 6. La Comunidad debe decidir la posición que adoptará en el Comité de Gestión Conjunto en lo relativo a la introducción de las modificaciones necesarias. DECIDE: Artículo 1 La posición que adoptará la Comunidad en el Comité de Gestión Conjunto creado en virtud del artículo 89, apartado 3, del Acuerdo en relación con la modificación de los Apéndices IC, IIIA, IIIB y XI del Acuerdo MSF será la de aprobar el proyecto de Decisión del Comité de Gestión Conjunto adjunto a la presente Decisión. Artículo 2 Una vez adoptada, la Decisión nº 1/2006 del Comité de Gestión Conjunto sobre la modificación de los apéndices IC, IIIA, IIIB y XI del Acuerdo MSF se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea. Hecho en Bruselas, el Por el Consejo El Presidente ANEXO Propuesta de DECISIÓN Nº 1/2006 DEL COMITÉ DE GESTIÓN CONJUNTO CREADO EN VIRTUD DEL ACUERDO ENTRE LA COMUNIDAD EUROPEA Y LA REPÚBLICA DE CHILE SOBRE MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS APLICABLES AL COMERCIO DE ANIMALES, PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL, PLANTAS, PRODUCTOS VEGETALES Y OTRAS MERCANCÍAS, Y AL BIENESTAR ANIMAL de …………… de 2006 por la que se modifica el anexo IV, apéndices IC, IIIA, IIIB y XI, del Acuerdo (2006/.../CE) EL COMITÉ, Visto el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Chile sobre medidas sanitarias y fitosanitarias (MSF) aplicables al comercio de animales, productos de origen animal, plantas, productos vegetales y otras mercancías, y al bienestar animal, y, en particular, su artículo 16, apartado 2, (1) El Acuerdo MSF con Chile entró en vigor con carácter provisional el 1 de febrero de 2003. (2) Debe modificarse el apéndice IC del Acuerdo MSF a fin de tener en cuenta la recomendación del grupo de trabajo sobre bienestar animal, aprobada por el Comité de Gestión Conjunto, de ampliar el ámbito de aplicación del Acuerdo para incluir otras normas de bienestar animal relativas al transporte terrestre y marítimo de animales. (3) Debe modificarse el apéndice IIIA del Acuerdo MSF a fin de tener en cuenta los cambios introducidos en la legislación de la Comunidad y de Chile. (4) Debe modificarse el apéndice IIIB del Acuerdo MSF a fin de tener en cuenta la nota a pie de página nº 1, que establece que el Comité de Gestión Conjunto completará las listas de dicho apéndice mediante decisión. (5) Debe modificarse el apéndice XI del Acuerdo MSF a fin de tener en cuenta los cambios introducidos en cuanto a los puntos de contacto y los sitios web de la Comunidad y de Chile en relación con el Acuerdo. HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 Los apéndices IC, IIIA, IIIB y XI del Acuerdo MSF entre la Comunidad Europea y la República de Chile quedan sustituidos por los apéndices del anexo de la presente Decisión. Artículo 2 La presente Decisión, redactada en dos ejemplares, será firmada por los copresidentes u otras personas facultadas para intervenir en nombre de las Partes. Artículo 3 La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea. Surtirá efecto a partir de la fecha de la última firma. Firmado en ..............................., el Firmado en Bruselas, el Por el Comité de Gestión Conjunto El Jefe de Delegación El Jefe de Delegación de la República de Chile de la Comunidad Europea _____________ ANEXO Apéndice IC Normas relativas al bienestar animal Normas sobre: - aturdido y sacrificio de animales - transporte terrestre y marítimo de animales Apéndice IIIA Enfermedades de los animales y los peces sujetas a notificación en relación con las cuales se reconoce la situación de las Partes y pueden tomarse decisiones relativas a la regionalización Enfermedades | Base jurídica comunitaria | Base jurídica en Chile | General | Específica | Fiebre aftosa | Directivas 2003/85/CE, 64/432/CEE, 82/894/CEE, 2002/99/CE y 2004/68/CE, Decisión 79/542/CEE | 1) Decreto Ley nº 176/24 2) Decreto Supremo del Ministerio de Agricultura, Industria y Colonización nº 318/25 3) Decreto n° 644/51 del Ministerio de Agricultura 4) Decreto con Fuerza de Ley Reglamento Reforma Agraria del Ministerio de Hacienda nº 16/63 5) Decreto Supremo del Ministerio de Agricultura nº 46/78 6) Decreto nº 142/84 del Ministerio de Agricultura 7) Decreto nº 73/85 del Ministerio de Agricultura 8) Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1143/85 modificada por la nº 1762/97 9) Ley nº 18.617/87 del Ministerio de Agricultura | Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1091/03, 1191/01, 1446/95, 1447/95, 1483/92, 1487/92, 1720/95, 1725/90, 1995/97, 2212/04, 23/00, 2337/03, 2374/97, 2375/97, 2379/97, 24/00, 2404/96, 2405/96, 25/00, 27/00, 2732/94, 2734/94, 2738/99, 2935/98, 2988/95, 316/92, 317/03, 3251/94, 3397/98, 35/01, 431/98, 487/00, 580/02, 624/99, 685/94, 833/02, 887/03, 937/95 y 938/91. | 10) Ley 18.755/89 modificada por la Ley 19.263/94 ambas del Ministerio de Agricultura 11) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1254/91 12) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1698/91 13) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 2153/97 14) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 3138/ 99 15) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1150/2000 | Enfermedad vesicular del cerdo | Directivas 92/119/CEE, 64/432/CEE, 82/894/CEE, 2002/99/CE y 2004/68/CE Decisión 79/542/CEE | 1) Decreto Ley nº 176/24 2) Decreto Supremo del Ministerio de Agricultura, Industria y Colonización nº 318/25 3) Decreto con Fuerza de Ley Reglamento Reforma Agraria del Ministerio de Hacienda nº 16/63 4) Decreto nº 73/85 del Ministerio de Agricultura 5) Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1143/85 modificada por la nº 1762/97 6) Ley 18.755/89 modificada por la Ley 19.263/94 ambas del Ministerio de Agricultura 7) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1254/91 8) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1698/91 | Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1598/91, 2337/03, 2375/97, 2379/97, 24/00, 25/00, 317/03, 3397/98, 431/98 y 685/94. | 9) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 2153/97 10) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 3138/99 11) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1150/2000 | Estomatitis vesicular | Directivas 92/119/CEE, 82/894/CEE, 2002/99/CE y 2004/68/CE Decisión 79/542/CEE | 1) Decreto Ley nº 176/24 2) Decreto Supremo del Ministerio de Agricultura, Industria y Colonización nº 318/25 3) Decreto con Fuerza de Ley Reglamento Reforma Agraria del Ministerio de Hacienda nº 16/63 4) Decreto nº 73/85 del Ministerio de Agricultura 5) Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1143/85 modificada por la nº 1762/97 6) Ley 18.755/89 modificada por la Ley 19.263/94 ambas del Ministerio de Agricultura 7) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1254/91 8) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1698/91 9) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 2153/97 10) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 3138/99 11) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1150/2000 | Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1091/03, 1447/95, 1486/92, 1487/92, 1676/03, 1720/95, 1808/90, 1995/97, 2337/03, 2374/97, 2375/97, 2404/96, 2405/96, 2733/94, 2738/99, 2854/95, 2935/98, 317/03, 3274/94, 3393/96, 487/00, 580/02, 685/94 y 937/95. | Peste equina | Directivas 90/426/CEE, 92/35/CEE y 82/894/CEE | 1) Decreto Ley nº 176/24 2) Decreto Supremo del Ministerio de Agricultura, Industria y Colonización nº 318/25 3) Decreto Supremo del Ministerio de Agricultura nº 644/37 4) Decreto con Fuerza de Ley Reglamento Reforma Agraria del Ministerio de Hacienda nº 16/63 5) Decreto nº 73/85 del Ministerio de Agricultura 6) Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1143/85 modificada por la nº 1762/97 7) Ley 18.755/89 modificada por la Ley 19.263/94 ambas del Ministerio de Agricultura 8) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1254/91 9) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1698/91 10) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 2153/97 11) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 3138/99 12) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1150/2000 | Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1357/94, 1357/94, 1486/92, 1598/91, 1676/03, 1806/90, 1808/90, 2337/03, 2375/97, 2496/94, 2733/94, 2854/95, 3274/94, 3393/96 y 431/98. | Peste porcina africana | Directivas 64/432/CEE, 82/894/CEE, 2002/60/CE, 2002/99/CE y 2004/68/CE Decisión 79/542/CEE | 1) Decreto Ley nº 176/24 2) Decreto Supremo del Ministerio de Agricultura, Industria y Colonización nº 318/25 3) Decreto con Fuerza de Ley Reglamento Reforma Agraria del Ministerio de Hacienda nº 16/63 | Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1598/91, 2337/03, 2375/97, 2379/97, 24/00, 25/00, 27/00, 317/03, 3397/98, 431/98 y 685/94. | 4) Decreto nº 225/78 del Ministerio de Agricultura 5) Decreto nº 73/85 del Ministerio de Agricultura 6) Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1143/85 modificada por la nº 1762/97 7) Ley 18.755/89 modificada por la Ley 19.263/94 ambas del Ministerio de Agricultura 8) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1254/91 9) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1698/91 10) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 2153/97 11) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 3138/99 12) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1150/2000 | Lengua azul | Directivas 82/894/CEE, 2004/68/CE y 2000/75/CE Decisión 79/542/CEE | 1) Decreto Ley nº 176/24 2) Decreto Supremo del Ministerio de Agricultura, Industria y Colonización nº 318/25 3) Decreto con Fuerza de Ley Reglamento Reforma Agraria del Ministerio de Hacienda nº 16/63 4) Decreto nº 73/85 del Ministerio de Agricultura 5) Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1143/85 modificada por la nº 1762/97 6) Ley 18.755/89 modificada por la Ley 19.263/94 ambas del Ministerio de Agricultura | Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1091/03, 1446/95, 1447/95, 1483/92, 1487/92, 1995/97, 2212/04, 2337/03, 2374/97, 2404/96, 2405/96, 2738/99, 2935/98, 35/01, 487/00, 580/02, 624/99 y 937/95. | 7) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1254/91 8) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1698/91 9) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 2153/97 10) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 3138/99 11) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1150/2000 | Influenza aviar altamente patógena | Directivas 92/40/CEE, 90/539/CEE, 82/894/CEE, 2002/99/CE y 2005/94/CE | 1) Decreto Ley nº 176/24 2) Decreto Supremo del Ministerio de Agricultura, Industria y Colonización nº 318/25 3) Decreto con Fuerza de Ley Reglamento Reforma Agraria del Ministerio de Hacienda nº 16/63 4) Decreto nº 73/85 del Ministerio de Agricultura 5) Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1143/85 modificada por la nº 1762/97 6) Ley 18.755/89 modificada por la Ley 19.263/94 ambas del Ministerio de Agricultura 7) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1254/91 8) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1698/91 9) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 2153/97 | Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1357/94, 1597/97, 1598/91, 2313/03, 2337/03, 2375/97, 2809/96, 32/04, 3356/03, 3601/96, 431/98 685/93, 535/03, 16/04, 4277/04, 6384/05, 6068/05, 872/06, 1846/06 y 2168/06. | 10) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 3138/99 11) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1150/2000 | Enfermedad de Newcastle | Directivas 92/66/CEE, 90/539/CEE, 82/894/CEE y 2002/99/CE | 1) Decreto Ley nº 176/24 2) Decreto Supremo del Ministerio de Agricultura, Industria y Colonización nº 318/25 3) Decreto con Fuerza de Ley Reglamento Reforma Agraria del Ministerio de Hacienda nº 16/63 4) Decreto nº 73/85 del Ministerio de Agricultura 5) Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1143/85 modificada por la nº 1762/97 6) Ley 18.755/89 modificada por la Ley 19.263/94 ambas del Ministerio de Agricultura 7) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1254/91 8) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1698/91 9) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 2153/97 10) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 3138/99 11) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1150/2000 | Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1357/94, 1597/97, 1598/91, 2313/03, 2337/03, 2375/97, 2809/96, 32/04, 3356/03, 3601/96, 431/98 y 685/93. | Peste de los pequeños rumiantes | Directivas 92/119/CEE, 82/894/CEE y 2002/99/CE Decisión 79/542/CEE | 1) Decreto Ley nº 176/24 2) Decreto Supremo del Ministerio de Agricultura, Industria y Colonización nº 318/25 3) Decreto con Fuerza de Ley Reglamento Reforma Agraria del Ministerio de Hacienda nº 16/63 4) Decreto nº 73/85 del Ministerio de Agricultura 5) Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1143/85 modificada por la nº 1762/97 6) Ley 18.755/89 modificada por la Ley 19.263/94 ambas del Ministerio de Agricultura 7) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1254/91 8) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1698/91 9) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 2153/97 10) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 3138/99 11) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1150/2000 | Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1357/94, 1446/95, 1483/92, 1725/90, 1995/97, 2212/04, 2337/03, 2375/97, 2734/94, 3251/94, 35/01 y 487/00. | Peste bovina | Directivas 92/119/CEE, 64/432/CEE, 82/894/CEE, 2004/68/CE y 2002/99/CE Decisión 79/542/CEE | 1) Decreto Ley nº 176/24 2) Decreto Supremo del Ministerio de Agricultura, Industria y Colonización nº 318/25 3) Decreto con Fuerza de Ley Reglamento Reforma Agraria del Ministerio de Hacienda nº 16/63 4) Decreto nº 73/85 del Ministerio de Agricultura 5) Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1143/85 modificada por la nº 1762/97 6) Ley 18.755/89 modificada por la Ley 19.263/94 ambas del Ministerio de Agricultura 7) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1254/91 8) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1698/91 9) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 2153/97 10) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 3138/99 11) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1150/2000 | Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1091/03, 1191/01, 1357/94, 1446/95, 1447/95, 1483/92, 1487/92, 1598/91, 1720/95, 1725/90, 1995/97, 2212/04, 2337/03, 2374/97, 2375/97, 2379/97, 24/00, 2404/96, 2405/96, 25/00, 27/00, 2732/94, 2734/94, 2738/99, 2935/98, 2988/95, 316/92, 3251/94, 3397/98, 35/01, 431/98, 487/00, 580/02, 624/99, 685/94, 833/02, 887/03 y 937/95. | Peste porcina clásica | Directivas 80/217/CEE, 82/894/CEE, 64/432/CEE, 2001/89/CE 2004/68/CE y 2002/99/CE Decisión 79/542/CEE | 1) Decreto Ley nº 176/24 2) Decreto Supremo del Ministerio de Agricultura, Industria y Colonización nº 318/25 3) Decreto con Fuerza de Ley Reglamento Reforma Agraria del Ministerio de Hacienda nº 16/63 4) Decreto nº 73/85 del Ministerio de Agricultura | Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1598/91, 2337/03, 2375/97, 2379/97, 24/00, 25/00, 27/00, 317/03, 3397/98, 431/98 y 685/94. | 5) Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1143/85 modificada por la nº 1762/97 6) Ley 18.755/89 modificada por la Ley 19.263/94 ambas del Ministerio de Agricultura 7) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1254/91 8) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1698/91 9) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 2153/97 10) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 3138/99 11) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1150/2000 | Pleuroneumonía contagiosa bovina | Directivas 64/432/CEE, 82/894/CEE y 2004/68/CE Decisión 79/542/CEE | 1) Decreto Ley nº 176/24 2) Decreto Supremo del Ministerio de Agricultura, Industria y Colonización nº 318/25 3) Decreto con Fuerza de Ley Reglamento Reforma Agraria del Ministerio de Hacienda nº 16/63 4) Decreto nº 73/85 del Ministerio de Agricultura 5) Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1143/85 modificada por la nº 1762/97 6) Ley 18.755/89 modificada por la Ley 19.263/94 ambas del Ministerio de Agricultura 7) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1254/91 | Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1091/03, 1357/94, 1447/95, 1487/92, 1598/91, 1720/95, 2212/04, 2337/03, 2374/97, 2375/97, 2404/96, 2405/96, 2738/99, 2935/98, 431/98, 580/02, 624/99, 833/02, 887/03 y 937/95. | 8) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1698/91 9) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 2153/97 10) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 3138/99 11) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1150/2000 | Viruela ovina y caprina | Directivas 92/119/CEE, 82/894/CEE y 2004/68/CE Decisión 79/542/CEE | 1) Decreto Ley nº 176/24 2) Decreto Supremo del Ministerio de Agricultura, Industria y Colonización nº 318/25 3) Decreto con Fuerza de Ley Reglamento Reforma Agraria del Ministerio de Hacienda nº 16/63 4) Decreto nº 73/85 del Ministerio de Agricultura 5) Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1143/85 modificada por la nº 1762/97 6) Ley 18.755/89 modificada por la Ley 19.263/94 ambas del Ministerio de Agricultura 7) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1254/91 8) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1698/91 9) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 2153/97 10) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 3138/99 11) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1150/2000 | Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1446/95, 1483/92, 1995/97, 2212/04, 2337/03, 2375/97, 2734/94, 3251/94, 35/01 y 487/00. | Fiebre del Valle del Rift | Directivas 92/119/CEE, 82/894/CEE y 2004/68/CE Decisión 79/542/CEE | 1) Decreto Ley nº 176/24 2) Decreto Supremo del Ministerio de Agricultura, Industria y Colonización nº 318/25 3) Decreto con Fuerza de Ley Reglamento Reforma Agraria del Ministerio de Hacienda nº 16/63 4) Decreto nº 73/85 del Ministerio de Agricultura 5) Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1143/85 modificada por la nº 1762/97 6) Ley 18.755/89 modificada por la Ley 19.263/94 ambas del Ministerio de Agricultura 7) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1254/91 8) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1698/91 9) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 2153/97 10) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 3138/99 11) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1150/2000 | Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1091/03, 1357/94, 1446/95, 1483/92, 1487/92, 1598/91, 1720/95, 1995/97, 2337/03, 2374/97, 2375/97, 2404/96, 2405/96, 2738/99, 2935/98, 316/92, 431/98, 487/00, 580/02, 624/99 y 937/95. | Dermatosis nodular contagiosa | Directivas 92/119/CEE, 82/894/CEE y 2004/68/CE Decisión 79/542/CEE | 1) Decreto Ley nº 176/24 2) Decreto Supremo del Ministerio de Agricultura, Industria y Colonización nº 318/25 3) Decreto con Fuerza de Ley Reglamento Reforma Agraria del Ministerio de Hacienda nº 16/63 4) Decreto nº 73/85 del Ministerio de Agricultura | Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1091/03, 1447/95, 1483/92, 1487/92, 1720/95, 2337/03, 2374/97, 2375/97, 2404/96, 2405/96, 2732/94, 2738/99, 2935/98, 580/02, 624/99 y 937/95. | 5) Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1143/85 modificada por la nº 1762/97 6) Ley 18.755/89 modificada por la Ley 19.263/94 ambas del Ministerio de Agricultura 7) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1254/91 8) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1698/91 9) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 2153/97 10) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 3138/99 11) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1150/2000 | Encefalomielitis equina venezolana | Directivas 90/426/CEE y 82/894/CEE | 1) Decreto Ley nº 176/24 2) Decreto Supremo del Ministerio de Agricultura, Industria y Colonización nº 318/25 3) Decreto Supremo del Ministerio de Agricultura nº 644/37 4) Decreto con Fuerza de Ley Reglamento Reforma Agraria del Ministerio de Hacienda nº 16/63 5) Decreto nº 73/85 del Ministerio de Agricultura 6) Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1143/85 modificada por la nº 1762/97 7) Ley 18.755/89 modificada por la Ley 19.263/94 ambas del Ministerio de Agricultura 8) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1254/91 9) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1698/91 10) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 2153/97 11) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 3138/99 12) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1150/2000 | Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1486/92, 1676/03, 1808/90, 2496/94, 2733/94, 2854/95, 3274/94 y 3393/96. | Muermo | Directivas 90/426/CEE y 82/894/CEE | 1) Decreto Ley nº 176/24 2) Decreto Supremo del Ministerio de Agricultura, Industria y Colonización nº 318/25 3) Decreto con Fuerza de Ley Reglamento Reforma Agraria del Ministerio de Hacienda nº 16/63 4) Decreto nº 73/85 del Ministerio de Agricultura 5) Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1143/85 modificada por la nº 1762/97 6) Ley 18.755/89 modificada por la Ley 19.263/94 ambas del Ministerio de Agricultura 7) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1254/91 8) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1698/91 9) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 2153/97 10) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 3138/99 11) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1150/2000 | Resoluciones del Servicio Agrícola Ganadero nº 1357/94, 1486/92, 1598/91, 1676/03, 1806/90, 1808/90, 2496/94, 2733/94, 2854/95, 3393/96 y 431/98. | Durina | Directivas 90/426/CEE y 82/894/CEE | 1) Decreto Ley nº 176/24 2) Decreto Supremo del Ministerio de Agricultura, Industria y Colonización nº 318/25 3) Decreto con Fuerza de Ley Reglamento Reforma Agraria del Ministerio de Hacienda nº 16/63 4) Decreto nº 73/85 del Ministerio de Agricultura 5) Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1143/85 modificada por la nº 1762/97 6) Ley 18.755/89 modificada por la Ley 19.263/94 ambas del Ministerio de Agricultura 7) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1254/91 8) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1698/91 9) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 2153/97 10) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 3138/99 11) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1150/2000 | Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1486/92, 1676/03, 1808/90, 2496/94, 2854/95 y 3393/96. | Encefalomielitis enteroviral | Directiva 82/894/CEE Decisión 79/542/CEE | 1) Decreto Ley nº 176/24 2) Decreto Supremo del Ministerio de Agricultura, Industria y Colonización nº 318/25 3) Decreto con Fuerza de Ley Reglamento Reforma Agraria del Ministerio de Hacienda nº 16/63 4) Decreto nº 73/85 del Ministerio de Agricultura | Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1598/91, 2379/97, 24/00, 25/00, 317/03, 3397/98, 431/98 y 685/94. | 5) Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1143/85 modificada por la nº 1762/97 6) Ley 18.755/89 modificada por la Ley 19.263/94 ambas del Ministerio de Agricultura 7) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1254/91 8) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 1698/91 9) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 2153/97 10) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG nº 3138/99 11) Resolución del Servicio Agrícola y Ganadero nº 1150/2000 | Necrosis hematopoyética infecciosa (NHI) | Directivas 91/67/CEE, 82/894/CEE y 93/53/CEE | 1) Decreto Supremo del Ministerio de Economía Nº 319/01 2) Decreto Supremo del Ministerio de Economía Nº 626/01 | Resoluciones del Servicio Nacional de Pesca Nº 61/03,729/03 y 392/04 | Septicemia hemorrágica viral (SHV) | Directivas 91/67/CEE, 82/894/CEE y 93/53/CEE | 1) Decreto Supremo del Ministerio de Economía Nº 319/01 2) Decreto Supremo del Ministerio de Economía Nº 626/01 | Resoluciones del Servicio Nacional de Pesca Nº 61/03,729/03 y 392/04 | Anemia infecciosa del salmón (AIS) | Directivas 91/67/CEE, 92/894/CEE y 93/53/CEE | 1) Decreto Supremo del Ministerio de Economía Nº 319/01 2) Decreto Supremo del Ministerio de Economía Nº 626/01 | Resoluciones del Servicio Nacional de Pesca Nº 61/03,729/03 y 392/04 | Bonamiosis ostreae | Directivas 91/67/CEE, 95/70/CE y 82/894/CEE | 1) Decreto Supremo del Ministerio de Economía Nº 319/01 2) Decreto Supremo del Ministerio de Economía Nº 626/01 | Resoluciones del Servicio Nacional de Pesca Nº 1809/03 | Marteiliosis refringens | Directivas 91/67/CEE, 95/70/CE y 82/894/CEE | 1) Decreto Supremo del Ministerio de Economía Nº 319/01 2) Decreto Supremo del Ministerio de Economía Nº 626/01 | Resolución del Servicio Nacional de Pesca Nº 1809/03 | Apéndice IIIB Plagas sujetas a notificación en relación con las cuales se reconoce la situación de las Partes y pueden tomarse decisiones relativas a la regionalización Por lo que respecta a la situación en Chile: 1. Plagas consideradas ausentes en todas las zonas de Chile, enumeradas en el artículo 20 de la Resolución Nº 3080 del Servicio Agrícola y Ganadero modificada, que establece criterios de regionalización en relación a las plagas cuarentenarias para el territorio de Chile. 2. Plagas presentes en Chile bajo control oficial, enumeradas en el artículo 21 de la Resolución Nº 3080 modificada. 3. Plagas presentes en Chile bajo control oficial y en relación con las cuales se han establecido zonas indemnes enumeradas en los artículos 6 y 7 de la Resolución Nº 3080 modificada. Por lo que respecta a la situación en la Comunidad Europea: 1. Plagas consideradas ausentes en todas las zonas de la Comunidad y que revisten importancia para toda o parte de ésta, enumeradas en el anexo I, parte A, sección I, y en el anexo II, parte A, sección I, de la Directiva 2000/29/CE modificada, relativa a las medidas de protección contra la introducción en la Comunidad de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación en el interior de la Comunidad. 2. Plagas presentes en la Comunidad y que revisten importancia para toda la Comunidad, enumeradas en el anexo I, parte A, sección II, y en el anexo II, parte A, sección II, de la Directiva 2000/29/CE modificada. 3. Plagas presentes en la Comunidad y en relación con las cuales se han establecido zonas indemnes enumeradas en el anexo I, parte B, y en el anexo II, parte B, de la Directiva 2000/29/CE modificada. Apéndice XI PUNTOS DE CONTACTO Y SITIOS WEB A. Puntos de contacto En Chile: Departamento Acceso a Mercados Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (DIRECON) Ministerio de Relaciones Exteriores Teatinos 180, piso 11 Santiago Chile Tel. (56-2) 565 93 38 Fax (56-2) 696 06 39 Otros contactos importantes: Departamento Europa, África, y Medio Oriente Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (DIRECON) Ministerio de Relaciones Exteriores Teatinos 180, piso 12 Santiago Chile Tel. (56-2) 565 93 58 Fax (56-2) 565 93 40 Jefe División de Protección Pecuaria Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) Ministerio de Agricultura Av. Bulnes 140, piso 7 Santiago Chile Tel. (56-2) 345 14 01 Fax (56-2) 345 14 03 Jefe División de Protección Agrícola Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) Ministerio de Agricultura Av. Bulnes 140, piso 3 Santiago Chile Tel. (56-2) 345 12 02 Fax (56-2) 345 12 03 Jefe División Asuntos Internacionales Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) Ministerio de Agricultura Av. Bulnes 140, piso 5 Santiago Chile Tel. (56-2) 345 15 75 Fax (56-2) 345 15 78 Jefe Departamento Sanidad Pesquera Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) Ministerio de Economía Victoria 2832 Valparaíso Chile Tel. (56-32) 81 92 02 Fax: (56-32) 81 92 00 Jefe División de Políticas Públicas Saludables y Promoción Ministerio de Salud Mac Iver 459, piso 8 Santiago Chile Tel. (56-2) 574 04 93 Fax. (56-2) 664 90 55 En la Comunidad: El Director DG SANCO Dirección D Salud y Bienestar de los Animales Comisión Europea Dirección postal: Rue de la Loi 200 B-1049 Bruselas Despacho: Rue Froissart 101 1040 Bruselas Bélgica Tel. (32) 2 295 3641 Fax (32) 2 296 4286 Otros contactos importantes: El Director DG SANCO Dirección E Seguridad Alimentaria Comisión Europea Dirección postal: Rue de la Loi 200 B-1049 Bruselas Despacho: Rue Belliard 232 1040 Bruselas Bélgica Tel. (32-2) 295 34 30 Fax (32-2) 295 02 85 El Director DG SANCO Dirección F Oficina Alimentaria y Veterinaria Grange Dunsany Co Meath Irlanda Tel. (353-4) 66 17 58 Fax (353-4) 66 18 97 B. Puntos de contacto por correo electrónico En Chile: acuerdo-chile-ue-sps@direcon.cl En la Comunidad: sanco-ec-chile-agreement@ec.europa.eu C. Sitios web gratuitos En Chile: http://www.direcon.cl http://www.sag.gob.cl http://www.sernapesca.cl http://ministeriodesalud.cl En la Comunidad: http://ec.europa.eu/dgs/health_consumer/foodsafety.htm