52006DC0249




[pic] | COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS |

Bruselas, 24.5.2006

COM(2006) 249 final

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO, AL PARLAMENTO EUROPEO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

Promover un trabajo digno para todos Contribución de la Unión a la aplicación de la agenda del trabajo digno en el mundo

{SEC(2006) 643}

1. Introducción

En septiembre de 2005, la cumbre de las Naciones Unidas relativa al seguimiento de la Declaración del Milenio afirmó la necesidad de una globalización equitativa. Dicha cumbre incluyó la promoción del empleo productivo y del trabajo digno para todos entre los objetivos de las políticas nacionales e internacionales. De este modo, destacó el papel fundamental del empleo y la calidad del mismo en la lucha contra la pobreza y por el desarrollo: a pesar de algunos avances, la mitad de los trabajadores del mundo perciben unos ingresos inferiores al umbral de dos dólares al día y la mitad de la población mundial no dispone de ninguna protección social[1].

Antes de la cumbre, la Comisión, el Consejo y el Parlamento Europeo habían hecho un llamamiento para reforzar la dimensión social de la globalización y promover un trabajo digno para todos, conforme a la estrategia de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en este ámbito[2].

La promoción del trabajo digno ocupa un lugar destacado en la agenda política de la OIT desde 2000: a través de su agenda del trabajo digno, la OIT propone «dar a todos los hombres y todas las mujeres oportunidades reales para acceder a un trabajo digno y productivo en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana». Esta agenda del trabajo digno fue aprobada por los gobiernos y los interlocutores sociales en el marco de la OIT, y representa un conjunto de orientaciones con vocación universal no vinculadas a ningún modelo de desarrollo en particular. En 2004 fue retomada en las recomendaciones de la Comisión Mundial para la Dimensión Social de la Globalización (CMDSM).

La agenda del trabajo digno se basa en un enfoque integrado que incluye el empleo productivo y libremente elegido, el derecho al trabajo, la protección social, el diálogo social y la consideración de la perspectiva de género[3]. Así pues, incluye los «derechos sociales fundamentales», que son la base mínima de derechos sociales que ha establecido la comunidad internacional y cuya aplicación ya apoya la Unión. Pero esta agenda es aún más ambiciosa: no sólo tiene por objeto garantizar una base mínima de derechos, sino también orientar el desarrollo en torno a valores y principios de actuación y gobernanza que asocian la competitividad económica con la justicia social.

Esta combinación de competitividad económica y justicia social es un elemento central del modelo de desarrollo europeo. Contribuir activamente a la promoción del trabajo digno forma parte integrante de la Agenda social europea y de la labor de la UE para proyectar sus valores y compartir su experiencia y su modelo de desarrollo económico y social integrado[4].

Al comprometerse en la promoción de la agenda del trabajo digno para todos, la Comisión tiene en cuenta plenamente el carácter específico y la diversidad de las situaciones económicas y sociales en el mundo. Reconoce asimismo la importancia de un enfoque estratégico y gradual que favorezca la adaptación de los socios y que refleje el contexto y las prioridades a nivel nacional y regional.

En la presente Comunicación, la Comisión propone orientaciones para que las políticas y las acciones de la UE contribuyan más a la promoción de la agenda del trabajo digno. Estas orientaciones requieren el refuerzo de la cooperación entre las instituciones europeas, los Estados miembros y el conjunto de las partes interesadas.

La aplicación de la agenda del trabajo digno será el tema central del Segmento de alto nivel del Consejo Económico y Social de la Organización de las Naciones Unidas que se celebrará en julio de 2006. Entonces se trabajará sobre la agenda del trabajo digno a nivel internacional y la Comisión tiene intención de participar plenamente.

2. Un factor de desarrollo, gobernanza y resultados positivos

La globalización y los cambios tecnológicos y demográficos traen consigo una modificación considerable de la organización de la producción y la prestación de servicios a escala mundial, así como de la estructura y la distribución del empleo. Esta evolución permitió ampliar las ventajas del comercio internacional a un mayor número de países y grupos sociales, y puede ofrecer a todos la oportunidad y la perspectiva de acceder a un trabajo digno.

No obstante, el crecimiento económico no se traduce necesariamente en la creación de nuevos puestos de trabajo y en la mejora de los existentes, factores que reducirían la pobreza. Muchos países en desarrollo tienen una economía en la que predominan la economía sumergida y el empleo de baja calidad y en la que persiste la dualidad en el mercado laboral, en particular, en aquellos lugares en que la mayoría de la población depende de una agricultura de subsistencia. En la economía sumergida hay una gran proporción de mujeres y jóvenes, y éstos tienen pocas perspectivas por lo que se refiere a los ingresos, la formación y la protección social.

Incluso en la economía formal, la debilidad de los servicios de empleo, de la gobernanza del mercado laboral y de los sistemas de protección social reduce la capacidad para gestionar los cambios.

En los países emergentes, el crecimiento no basta para reducir la pobreza de gran parte de la población. El crecimiento de la productividad no siempre conduce al aumento de los salarios. El número de empleos de baja calidad y la proporción que representa la economía sumergida siguen siendo considerables. En todos esos países, pero también, en menor medida, en los países industrializados, los trabajadores de la economía sumergida se encuentran excluidos, de hecho, del derecho al trabajo y la protección social.

Promover el trabajo digno exige un enfoque coherente y global. Es absolutamente necesario combatir las carencias más escandalosas por lo que se refiere a los derechos sociales fundamentales, como el trabajo infantil. Pero, sobre todo, es necesario cambiar la lógica del desarrollo. La experiencia demuestra que, para suprimir el trabajo infantil, es necesario emprender acciones en el mercado laboral, el diálogo social y la protección social (por ejemplo, subsidios que desincentiven o hagan inútil el trabajo infantil y favorezcan la educación).

Para hacer que la pobreza retroceda, no basta con conceder ayudas de subsistencia ni con esperar los efectos del crecimiento y la instalación de empresas internacionales. Es necesario crear un entorno propicio para atraer inversiones nacionales y extranjeras que creen empleo a nivel local; mejorar la gobernanza, entre otras cosas mediante el diálogo social; identificar las carencias por lo que se refiere al trabajo digno; establecer un marco jurídico y reglamentario que proteja a los trabajadores y garantice la igualdad entre hombres y mujeres; poner en marcha sistemas viables de protección social, educación y aprendizaje permanente; garantizar la seguridad jurídica para las empresas; reducir la corrupción y establecer normas equitativas para la competencia. Por lo demás, promover de este modo el trabajo digno es también una demanda de las empresas, ya que éstas consideran que la responsabilidad no recae sólo en los empresarios, sino también en las autoridades públicas[5].

Al hacer hincapié en el empleo, la calidad del mismo y las políticas sociales adecuadas, la promoción del trabajo digno es un factor de justicia y cohesión social, y también de rendimiento económico.

La afirmación de objetivos de carácter social no puede utilizarse, en ningún caso, con fines proteccionistas. El objetivo es el progreso social general y su justa distribución en beneficio de todos.

3. Compromisos y orientaciones de las políticas de la UE

La UE está comprometida activamente en la aplicación de la Declaración del Milenio. Contribuye al crecimiento y al desarrollo sostenible a escala mundial, en particular, mediante su política comercial y sus acciones de desarrollo y ayuda exterior. Apoya la ratificación y la aplicación efectiva por parte de todos los países del mundo de los convenios sobre los derechos sociales fundamentales[6].

La UE puede contribuir específicamente a la promoción del trabajo digno poniendo su experiencia y sus conocimientos a disposición de las organizaciones internacionales y desarrollando un diálogo político con las regiones y los terceros países. La Comisión ya ha desarrollado iniciativas concretas a este respecto, por ejemplo la intensificación de su cooperación con la OIT, la aplicación del sistema de preferencias generalizadas (SPG) en materia de comercio, la elaboración del consenso europeo para el desarrollo y el inicio del diálogo sobre el empleo con los países asiáticos o latinoamericanos.

3.1. El trabajo digno: un compromiso para la Unión

La UE ha elaborado, a lo largo de su historia, un modelo de desarrollo económico y social que, más allá de la diversidad de las situaciones nacionales, se basa en valores y principios comunes, en particular en el objetivo, reconocido en el Tratado, de promover al mismo tiempo el progreso económico y el progreso social.

En muchos aspectos, el acervo comunitario en materia de empleo, política social e igualdad de oportunidades va más allá de las normas y las acciones internacionales que subyacen en el concepto de trabajo digno e integra sus principios más importantes. Las normas de la OIT están en el trasfondo de muchas políticas, actos legislativos y convenios colectivos en los Estados miembros y a nivel europeo. Además, las normas y acciones de la OIT completan el acervo en las materias que o no están cubiertas —o lo están sólo parcialmente— por la legislación y las políticas comunitarias, como la administración y la inspección de trabajo, la libertad sindical, la negociación colectiva y las normas mínimas en materia de seguridad social.

Los Estados miembros ya han ratificado un gran número de convenios de la OIT relativos, en particular, a los derechos sociales fundamentales, la inspección de trabajo, la administración del empleo, el empleo, la seguridad social y los salarios[7]. Muchos de ellos han emprendido la ratificación de los convenios más recientes (salud y seguridad en el trabajo, y condiciones laborales). El nuevo convenio consolidado de la OIT sobre el trabajo marítimo (2006) es muy pertinente para el diálogo social europeo y la futura actividad normativa de la Comunidad y los Estados miembros.

Conviene que los Estados miembros continúen el proceso de ratificación y de aplicación especialmente de los convenios actualizados. En caso necesario, la Comisión fomentará y facilitará este proceso teniendo en cuenta las competencias y las políticas comunitarias pertinentes.

Más allá de los objetivos de la agenda del trabajo digno, la Estrategia de Lisboa y la Agenda social europea ofrecen un marco político mucho más amplio para una acción decidida en favor del empleo, la igualdad de oportunidades y la cohesión social.

3.2. Conocer mejor para convencer y movilizar mejor

La Comisión cooperará con la OIT, la ONU y las demás organizaciones para profundizar en los problemas relacionados con el trabajo digno, mejorar la capacidad de los países socios y desarrollar indicadores apropiados, es decir:

- identificar las buenas prácticas y los éxitos en esta materia;

- profundizar en los análisis sobre el trabajo digno y su interacción con otras políticas;

- desarrollar metodologías para medir los efectos que tienen la liberalización del comercio y los sistemas de producción y distribución a escala mundial, incluidas las zonas francas de producción, sobre el trabajo digno; ampliar el proyecto piloto en curso en colaboración con la OIT para medir el impacto del comercio en el trabajo digno;

- profundizar en la evaluación del impacto del comercio en la sostenibilidad (SIA);

- mejorar el vínculo entre los análisis, las acciones operativas y la programación de la ayuda exterior; promover diagnósticos compartidos con las regiones y los países socios para ayudar a seleccionar mejor las prioridades y movilizar la ayuda exterior.

En este contexto, es importante movilizar la política de investigación de la UE, tanto para promover el conocimiento como para apoyar el desarrollo social y económico.

La Comisión apoya la ratificación y la aplicación de los convenios sobre los derechos sociales fundamentales, así como la aplicación de los programas nacionales para el trabajo digno, según lo acordado en la OIT, o una hoja de ruta equivalente, en particular, en el contexto de las estrategias nacionales de desarrollo. La Comisión cooperará con la OIT, la ONU y las demás organizaciones internacionales para mejorar los análisis y desarrollar indicadores relativos a la aplicación de la agenda del trabajo digno.

La Comisión se encargará de la formación y la información sobre el trabajo digno en sus delegaciones en los terceros países y organizará seminarios regionales para reforzar la capacidad de los agentes.

3.3. Movilizar mejor las políticas exteriores de la UE

Ampliación

Con vistas a su adhesión, los países candidatos deben incorporar todo el acervo comunitario. Al acompañar dicha incorporación del acervo comunitario, la estrategia de preadhesión contribuye directamente a la promoción de la agenda del trabajo digno en los países candidatos. Conviene destacar la pertinencia de esta agenda para los países candidatos teniendo en cuenta el compromiso de la UE de fomentar el trabajo digno y la complementariedad de algunos convenios y estrategias de la OIT respecto al acervo comunitario. En este contexto, la Comisión apoyará, en particular, iniciativas relativas a:

- la promoción de la libertad sindical y la negociación colectiva con el fin de reforzar la capacidad de los agentes por lo que se refiere al diálogo social autónomo;

- el refuerzo de las administraciones de empleo, las inspecciones de trabajo y las estructuras de gestión de la protección social;

- el desarrollo de las estrategias de prevención en materia de salud y seguridad en el trabajo.

Política de vecindad, relaciones regionales y bilaterales

Vecindad

La agenda del trabajo digno también es pertinente para los países incluidos en la política europea de vecindad, los cuales han emprendido un proceso de acercamiento gradual a la Unión, si bien no tienen la misma obligación de asimilar el acervo comunitario. La política de vecindad contribuirá a la promoción del trabajo digno mediante:

- la aplicación de los compromisos precisos de reforma en materia de fondos de ayuda al desarrollo, empleo, asuntos sociales e igualdad de oportunidades que se incluyen en los planes de acción acordados entre la UE y los países en cuestión;

- el diálogo político regular relativo a estas cuestiones en el marco de las estructuras institucionales creadas mediante los acuerdos de colaboración y cooperación y los acuerdos de asociación;

- la aplicación del plan de trabajo quinquenal acordado en el marco del proceso de Barcelona, en noviembre de 2005, que está destinado especialmente a reforzar los sistemas de protección social en los países de la orilla meridional del Mediterráneo;

- su consideración en los documentos de estrategia por países y de estrategia regional, en la programación temática y en otros instrumentos de cooperación; la posible participación de los países en cuestión en determinados programas y en la cooperación con las agencias comunitarias, con arreglo a procedimientos que deberán determinarse.

Relaciones regionales y bilaterales

La Comisión ha redefinido recientemente sus relaciones estratégicas con América Latina, el Caribe y África. En sus propuestas, ha incluido elementos relacionados al trabajo digno y los aplicará activamente.

La Comisión profundizará en la cooperación con América Latina y el Caribe por lo que se refiere a la cohesión social. Ha establecido programas de trabajo con Chile y la Comunidad Andina y está preparando otros procesos de cooperación bilateral, en particular, con Brasil y México. Fomentará y apoyará la cooperación entre el conjunto de los países latinoamericanos sobre estas cuestiones.

La Comisión aplicará la cooperación con la Unión Africana respecto a la dimensión social de la integración regional y el trabajo digno, así como la cooperación bilateral con Sudáfrica. Tendrá en cuenta el trabajo digno en el contexto del Acuerdo de Cotonú y en las estrategias regionales (África, Caribe, Pacífico).

Asimismo, la Comisión integrará estas cuestiones en los diálogos políticos con los países asiáticos. En 2005, estableció un diálogo con China en ámbitos como el empleo, la legislación laboral, el diálogo social, la protección social y la cohesión social. También ha emprendido procesos de cooperación en el ámbito del empleo con la India y con la ASEM (Reuniones Asia-Europa) para aplicar el trabajo digno en todo el mundo.

La Comisión respaldará el diálogo social en los procesos de integración regional no europeos a los que la UE brinda su apoyo.

Cooperación al desarrollo

«El consenso europeo sobre desarrollo», relativo a la política de desarrollo de la Unión Europea, de 20 de diciembre de 2005, es el documento de base que moviliza por primera vez a las instituciones europeas y los Estados miembros para que mejoren la coordinación, la coherencia y la complementariedad de sus acciones. En dicho documento la cohesión social y el empleo se reconocen como un ámbito de acción comunitaria y el consenso establece que la Comunidad y los Estados miembros fomentarán el trabajo digno para todos.

La Comisión apoyará, en el marco de la programación temática y la programación por países y regiones, las acciones siguientes:

- la integración del trabajo digno en las estrategias nacionales y regionales de desarrollo y reducción de la pobreza;

- su consideración progresiva en las medidas de apoyo presupuestario;

- la mejora de la capacidad de las administraciones competentes y de las organizaciones de la sociedad civil;

- el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas;

- la implicación de los interlocutores sociales y de la sociedad civil en las estrategias de desarrollo y reducción de la pobreza;

- el refuerzo de la ayuda exterior para realizar ajustes sociales en las regiones y terceros países comprometidos en la liberalización del comercio;

- la promoción de la coherencia política y la cooperación con las organizaciones internacionales y regionales pertinentes.

El Reglamento (CE) nº 2110/2005 impone el respeto de los derechos sociales fundamentales a los adjudicatarios de los contratos financiados mediante ayuda comunitaria. La Comisión prevé ampliar esta disposición a los contratos financiados mediante el Fondo Europeo de Desarrollo. A este respecto, invita a los Estados miembros y a los demás donantes a desarrollar el mismo planteamiento.

En el anexo II de dicho Reglamento se presentan ejemplos de acciones de promoción del trabajo digno que pueden desarrollarse en el marco de la programación de la ayuda exterior teniendo en cuenta el contexto y las necesidades de los países en cuestión.

El comercio, un factor de desarrollo sostenible

La liberalización del comercio debería contribuir a objetivos como un crecimiento elevado, el pleno empleo, la reducción de la pobreza y la promoción del trabajo digno.

En la política comercial de la Comunidad, el principal instrumento para promover los derechos sociales fundamentales es el nuevo SPG y su incentivo especial para el desarrollo sostenible y la buena gobernanza, el SPG+ (2006-2008).

El nuevo SPG ya ha tenido efectos importantes, como la aceleración de la ratificación de los convenios de la OIT sobre los derechos sociales fundamentales.

La Comisión pondrá en mayor medida su peso comercial al servicio de la promoción de las normas sociales y del trabajo digno en sus iniciativas relativas a las negociaciones comerciales bilaterales o multilaterales. En particular, tiene intención de:

- establecer una mejor articulación entre el SPG, el SPG+ y la ayuda exterior comunitaria;

- tener en cuenta la dimensión social y el trabajo digno, así como las recomendaciones de las evaluaciones del impacto en la sostenibilidad (SIA), en las negociaciones comerciales bilaterales y regionales (incluidos los Acuerdos de asociación económica con los países ACP, Mercosur, el Consejo de Cooperación del Golfo, MED y América Central);

- movilizar las políticas y los instrumentos de la UE, como la ayuda exterior, para promover el trabajo digno en el contexto de un régimen comercial abierto;

- continuar el enfoque relativo a la interacción entre el comercio, los derechos sociales y el empleo presentado en 2004 en las ofertas para el mecanismo de revisión de la política comercial; y fomentarlo junto a otros países miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC);

- promover la cooperación entre la OMC, la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD), la OIT y otras organizaciones pertinentes.

3.4. Promover la gobernanza internacional y multilateral

El refuerzo de la gobernanza internacional y multilateral es indispensable para promover la dimensión social de la globalización y la adaptación de la agenda del trabajo digno por parte de los socios.

En la cooperación económica y social

La Comisión apoya el diálogo recientemente iniciado entre las instituciones financieras internacionales (IFI), la OIT, la ONU y la OMC, sobre la complementariedad y la coherencia de sus políticas y sobre la interdependencia entre crecimiento económico, inversiones, comercio y trabajo digno. Pide a estas organizaciones y al G8 que contribuyan a la promoción del trabajo digno en la concepción y la aplicación de sus políticas, estrategias e instrumentos.

Asimismo, intensificará su cooperación con la OIT.

La Comisión contribuirá a la labor de la ONU sobre la aplicación de las conclusiones de la cumbre de 2005 relativas al empleo productivo y el trabajo digno y, en particular, a la labor del Segmento de alto nivel del Consejo Económico y Social de la ONU (ECOSOC) que tendrán lugar en julio de 2006.

Gestionar mejor las migraciones económicas

La gestión de las migraciones requiere una cooperación entre los países y las regiones de origen, de tránsito y de destino, así como con las organizaciones internacionales [OIT, Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y ONU].

En 2005, la Comisión adoptó un plan de acción en materia de inmigración económica legal. La Comisión apoya los esfuerzos destinados a lograr un enfoque coherente de las migraciones internacionales, como el informe de la Comisión mundial sobre las migraciones internacionales (2005) y el plan de acción sobre los trabajadores migrantes de la OIT (2004). Contribuye a la preparación del Diálogo de alto nivel de la ONU sobre las migraciones y el desarrollo (2006).

Para que la política migratoria de la UE contribuya al desarrollo, es necesario facilitar los envíos de fondos a los países de origen y su contribución al desarrollo de dichos países, movilizar las diásporas, fomentar la migración circular, reducir la incidencia negativa de la «fuga de cerebros» y limitar de forma responsable las contrataciones que se realizan en detrimento del desarrollo de sectores que sufren escasez de mano de obra cualificada, en especial, del sector sanitario[8].

Además, es necesario ayudar a las autoridades de los países en cuestión a gestionar mejor los flujos migratorios, a proteger a los inmigrantes contra la explotación y a tratar mejor a aquellos que residen en su territorio. La lucha contra la inmigración ilegal y la trata de seres humanos forma parte de este esfuerzo.

Asimismo, la Comisión pone a disposición de las autoridades nacionales y regionales su larga experiencia por lo que se refiere a la libre circulación de trabajadores, la promoción de los derechos, la política de inmigración y la integración de los inmigrantes.

3.5. Trabajar con la sociedad civil y las empresas

Interlocutores sociales, diálogo social y asociaciones

La Comisión apoyará:

- el refuerzo de la capacidad técnica de los interlocutores sociales y de la sociedad civil;

- el desarrollo de las instituciones, las prácticas y los mecanismos destinados a facilitar y reforzar el proceso de diálogo social, tanto bipartito como tripartito;

- una mayor implicación de los interlocutores sociales y de otros agentes de la sociedad civil en la gobernanza mundial (OMC, IFI), a semejanza del modelo consultivo de la OCDE;

- la celebración de convenios colectivos transnacionales y de acuerdos marco mundiales.

Responsabilidad social de las empresas (RSE)

La Comisión reconoce el papel importante de la responsabilidad social de las empresas, que complementa la legislación, la negociación colectiva y el control de las condiciones laborales. Considera que los códigos de conducta y otros instrumentos de responsabilidad social de las empresas deben basarse en los instrumentos acordados a nivel internacional (OCDE, OIT).

La Comisión seguirá promoviendo la responsabilidad social de las empresas. Asimismo, invita las empresas, la Alianza europea para la RSE[9] y las demás partes interesadas a desarrollar iniciativas destinadas a contribuir a la promoción del trabajo digno para todos.

4. Conclusiones

La promoción del trabajo digno forma parte de la labor de la UE para promover y compartir sus valores y su experiencia.

La UE y sus Estados miembros han contribuido a consolidar este objetivo en las conclusiones de la cumbre de las Naciones Unidas de 2005.

La Comisión pretende contribuir con determinación a la aplicación de este objetivo, en estrecha colaboración con las partes interesadas, las regiones y países socios, y las organizaciones internacionales y regionales. Invita a las demás instituciones de la UE, los Estados miembros, los interlocutores sociales y el conjunto de los agentes a cooperar en la promoción del trabajo digno para todos en el mundo.

A tal efecto, movilizará sus políticas exteriores, su ayuda al desarrollo y su política comercial. Hace un llamamiento no sólo al respeto de los derechos sociales fundamentales, sino también a la aplicación en cada país de programas ambiciosos destinados a promover el trabajo digno. Trabajará con las organizaciones internacionales en la elaboración de indicadores de seguimiento de la labor realizada.

La Comisión realizará un balance del seguimiento de la presente Comunicación antes del verano de 2008.

[1] Tendencias mundiales del empleo, 2006, OIT; Informe de la Comisión Mundial para la Dimensión Social de la Globalización (CMDSM), 2004, OIT.

[2] COM(2004) 383; conclusiones del Consejo sobre la dimensión social de la globalización, 3.3.2005, doc. 6286/05; informe del PE, A 6-0308/2005 de 15.11.2005; dictamen del CESE de 9.3.2005 y del CDR de 23.2.2005; conclusiones del Consejo Europeo de diciembre de 2004 y de junio de 2005.

[3] Para consultar los principales documentos de referencia relativos al trabajo digno, véanse los anexos I y III.

[4] Los valores europeos en un mundo globalizado, COM(2005) 525.

[5] Le travail décent : comment le rendre opérationnel ; le point de vue des employeurs , 2002 – OIE (Organización Internacional de Empleadores).

[6] COM(2001) 416; conclusiones del Consejo de 21.7.2003 y de 3.3.2005; informes del PE de julio de 2003 y noviembre de 2005.

[7] http://www.ilo.org/ilolex/french/newratframeF.htm.

[8] Comunicación de la Comisión «El nexo entre migración y desarrollo: algunas orientaciones concretas para la cooperación entre la UE y los países en vías de desarrollo», COM(2005) 390 de 1.9.2005.

[9] Cf. COM(2006) 136.