Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo - Financiación del desarrollo y eficacia de la ayuda - Retos que plantea el incremento de la ayuda de la UE durante el periodo 2006-2010 {SEC(2006) 294} /* COM/2006/0085 final */
[pic] | COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS | Bruselas, 2.3.2006 COM(2006) 85 final COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Y AL PARLAMENTO EUROPEO Financiación del desarrollo y eficacia de la ayuda – Retos que plantea el incremento de la ayuda de la UE durante el periodo 2006-2010 {SEC(2006) 294} 1. ANTECEDENTES En vísperas de la Cumbre de las Naciones Unidas para la Revisión de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) de septiembre de 2005, la UE adquirió nuevos compromisos históricos para acelerar el avance en el cumplimiento de dichos Objetivos[1], tomando como base los compromisos previos de Barcelona, adoptados antes de la Conferencia de Monterrey sobre Financiación para el Desarrollo de 2002. Estas decisiones, que fueron esenciales a la hora de suscitar el compromiso de otros donantes, recibieron una buena acogida por parte de los países en desarrollo socios de la UE debido, fundamentalmente, a que los resultados de la Cumbre no habían estado a la altura de las ambiciones de la UE, en particular, en materia de financiación de la vertiente de desarrollo. Por consiguiente, la Asamblea General de la ONU aceptó la organización de una conferencia entre 2008 y 2009 a fin de examinar los progresos del Consenso de Monterrey. Los nuevos compromisos, que reafirmarán la posición de la UE como principal donante de ayuda, son elementos fundamentales del «Consenso Europeo sobre el Desarrollo»[2] – y de la Estrategia de la UE para África [3] adoptada a finales de 2005. Dichos compromisos consisten en: - nuevos objetivos en materia de ayuda oficial al desarrollo (AOD): a través de un incremento progresivo de la ayuda, la UE aportará colectivamente el 0,56% de su RNB en 2010, como etapa intermedia hacia el logro del objetivo de la ONU del 0,7% del PRB en 2015. Este compromiso va unido a la promesa de conceder a África el 50% de este volumen ampliado de ayuda ; - compromisos adicionales en materia de fuentes innovadoras de financiación del desarrollo , reducción adicional de la deuda y bienes públicos internacionales ; - mayor coordinación y eficacia de la ayuda a escala comunitaria y aplicación de la Declaración de París sobre Eficacia de la Ayuda, que comporta el establecimiento de mecanismos de ayuda más previsibles , como son las medidas de apoyo presupuestario, la atenuación de los choques exógenos , la desvinculación de la ayuda y la reforma de las instituciones financieras internacionales ; - ayuda relacionada con el comercio: en relación con este tipo de ayuda, el Consejo definió con mayor precisión sus compromisos de cara a la reunión ministerial de la OMC en Hong Kong[4]. El Consejo instó a la Comisión a que controlara el cumplimiento de dichos compromisos e informara anualmente sobre los progresos realizados en materia de financiación y de eficacia de la ayuda, especialmente en el caso de África. La presente Comunicación constituye la primera evaluación de la aplicación de ese conjunto ampliado de compromisos de la UE y se basa en las aportaciones de los Estados miembros al informe de control anual de finales de 2005. En el documento de trabajo de los servicios que complementa el presente documento se incluye una evaluación pormenorizada de los progresos realizados[5]. 2. COMPROMISO RELATIVO AL INCREMENTO DE LOS RECURSOS FINANCIEROS DESTINADOS A LA AYUDA OFICIAL AL DESARROLLO (AOD) En 2005, la UE incrementó el nivel de contribución a la AOD fijado inicialmente como objetivo para 2006 por los Estados miembros que habían participado en los «compromisos de Barcelona» (por lo que respecta a la UE 15, un objetivo individual de partida del 0,33% de la RNB en concepto de AOD, de forma que quede garantizado un promedio comunitario colectivo del 0,39%). A fin de cumplir el objetivo fijado por la ONU de una contribución del 0,7% de la RNB en 2015, los 25 Estados miembros, es decir, también aquéllos que se habían adherido a la UE en 2004 (la UE 10), suscribieron los nuevos compromisos : la UE 15 se comprometía a alcanzar en 2010 un nivel de partida individual del 0,51% (un 0,17% para la UE 10) de su RNB para financiar la AOD, lo que correspondía a un resultado colectivo de la 0,56% del RNB. Los países adherentes, Rumanía y Bulgaria , se sumaron a dichos compromisos. 2.1. Hacia el logro del objetivo de 2006 en materia de AOD La UE se halla bien encaminada con vistas al logro del objetivo inicial colectivo del 0,39% de AOD en 2006. De confirmarse las previsiones, la UE podría alcanzar aún un promedio de AOD del 0,42%, aproximadamente. Los resultados de la UE en 2004 pueden considerarse satisfactorios en la medida en que, mediante la asignación colectiva de un 0,34% de su RNB a la AOD, la Comunidad aporta unos niveles de ayuda sustancialmente superiores a los de los donantes no comunitarios del CAD de la OCDE (excepto Noruega y Suiza) y se sitúa muy por encima del promedio del 0,26% del CAD. Ello ha supuesto un flujo de ayuda adicional de 2.300 millones de euros frente a 2003, si bien no se ha traducido en un incremento real en términos porcentuales en comparación con ese mismo año . Cuadro 1: Niveles de AOD de la UE 2004 – 2005 – 2006 [pic] Fuente: Informe anual 2005 del CAD de la OCDE y respuestas de los Estados miembros de la UE a la encuesta de Monterrey Las previsiones para el periodo 2005-2006 son más prometedoras. De confirmarse las actuales estimaciones, la UE 15 en su conjunto podría superar el objetivo del 0,39% ya en 2005 . Italia , único país en el que la proporción de RNB destinada a la AOD se redujo entre 2003 y 2004, parece haber introducido medidas correctoras (aprox. 0,24% de la RNB destinada a la AOD) pero sigue siendo el miembro del grupo con un porcentaje más reducido de ayuda. El resultado colectivo en 2006 dependerá de aquellos Estados miembros cuyo nivel de ayuda se sitúa aún por debajo del umbral mínimo del 0,33% . Dichos países tendrán que garantizar un incremento sustancial del volumen de ayuda a fin de alcanzar su objetivo individual para 2006 y no comprometer los buenos resultados de la UE en su conjunto. La UE 10 podría contribuir de forma colectiva a la AOD con casi el 0,1% de su RNB, logrando así mejores resultados que los previstos inicialmente. 2.2 Repercusión de la decisión del Consejo Europeo sobre el incremento de la ayuda comunitaria En relación con las Perspectivas Financieras para el periodo 2007 – 2013[6], el Consejo Europeo concluyó que el presupuesto de la CE destinado a acciones en el exterior debía incrementarse en un 4,5% anual y asignó 22,682 billones de euros adicionales a la cooperación con los países ACP durante el periodo 2008-2013 con cargo al 10º Fondo Europeo de Desarrollo (FED). De confirmarse, esta decisión acarrearía consecuencias, puesto que el porcentaje real de contribución de la CE (presupuesto de la CE y FED) a la AOD colectiva de la UE se reduciría, pasando del 20% actual a un 15% en 2010 y a un 13% en 2013. Por otro lado, si los Estados miembros cumplen sus promesas en materia de AOD, tendrán que otorgar de forma bilateral aproximadamente el 90% de la ayuda adicional de la UE. En este contexto, si desea mantener su credibilidad como principal donante a escala mundial, la UE tiene ante sí un doble reto, tal como se señala en el Consenso Europeo sobre el Desarrollo: - Las Conclusiones del Consejo no garantizan la disponibilidad de los fondos necesarios para colmar las expectativas generadas a raíz de los ambiciosos Acuerdos de Asociación suscritos por la CE y la UE con diversos países socios en todo el mundo. Si los sistemas nacionales de ayuda de los Estados miembros se vieran sometidos a una presión excesiva como consecuencia del incremento de la ayuda, peligraría el compromiso de hacer de la UE, de forma colectiva, una donante más fuerte y eficaz. Por esta razón, y a fin de garantizar la coherencia y visibilidad de la UE en su conjunto, es fundamental establecer también, a escala europea, estructuras e instrumentos adecuados para facilitar una gestión coordinada y complementaria de la ayuda de la CE y de la ayuda bilateral de los Estados miembros. La Comisión contribuirá a ese esfuerzo desarrollando diferentes tipos de estructuras abiertas a contribuciones voluntarias de los Estados miembros, como, por ejemplo, el Fondo Fiduciario para la financiación de infraestructuras en África, mecanismos de convocatoria de propuestas como los aplicados en el contexto del Fondo para el Agua y el Fondo para la Energía en favor de los países ACP, o explorando la posibilidad de crear instrumentos comunes para responder a los desafíos mundiales relacionados con la caída de los precios de las materias primas y las catástrofes naturales (por ejemplo, UE-FLEX o similares). 2.3 Incremento de la AOD de la UE: nuevos objetivos intermedios para 2010 Las estimaciones iniciales ponen de manifiesto que la mayoría de los Estados miembros han adoptado ya las medidas necesarias para alcanzar los objetivos en materia de AOD para 2010: así, seis Estados miembros aportarán el 0,7%, de su RNB, como mínimo, para financiar la AOD; Suecia mantendrá la AOD en un 1,0% de su RNB y Luxemburgo intentará situarse en ese mismo nivel. Otros cuatro Estados miembros dedicarán cerca del 0,6% de su RNB a financiar la ayuda al desarrollo, y los demás prevén un incremento anual progresivo hasta poder destinar el 0,51% de su RNB a este fin. Diagrama 1: Previsiones de AOD de la UE frente a los objetivos colectivos para el periodo 2006-2010 [pic] Fuente: Respuestas de los Estados miembros de la UE a la encuesta de Monterrey Cuadro 2: Perspectivas de consecución de los objetivos intermedios de la UE para el periodo 2006-2010 [pic] Fuente: Respuestas de los Estados miembros de la UE a la encuesta de Monterrey Si bien está previsto que las aportaciones en concepto de AOD se incrementen de manera constante, una proporción significativa de este incremento parece destinada a financiar las operaciones de reducción de la deuda (en particular, en Iraq y Nigeria durante el periodo 2005-2007). Haciéndose eco del Consenso de Monterrey, la Comisión destaca la necesidad de garantizar que los recursos destinados a la reducción de la deuda no se deduzcan de los recursos en concepto de AOD que esté previsto conceder a los países en desarrollo. De cara al futuro, se plantea el reto de planificar el presupuesto de los Estados miembros de acuerdo con una dinámica que permita alcanzar y mantener unos niveles de AOD más elevados a fin de cumplir los objetivos para 2010, en particular, en los países que aún distan de alcanzar el objetivo de partida fijado para 2006. Entre los Estados miembros, se observa una clara tendencia a aplazar hasta el final del periodo el incremento del presupuesto destinado a la ayuda. 2.4 Contribución de los nuevos Estados miembros Los diez Estados miembros que se adhirieron a la UE en 2004 (la UE 10) han aceptado fijar niveles de partida adaptados a su situación específica. Estos países se han comprometido a hacer todo lo posible por alcanzar, en 2015, el porcentaje fijado por la UE para 2002 (un 0,33% de su RNB en concepto de AOD) mediante un incremento gradual de la AOD, y lograr como objetivo intermedio para 2010 un porcentaje de ayuda del 0,17%. Diagrama 2: Incremento previsto de la AOD de la UE 10 durante el periodo 2003-2010 comparado con el de Japón y los EE.UU. [pic] Fuente: Informe Anual 2005 del CAD de la OCDE y respuestas de los Estados miembros a la encuesta de Monterrey Los resultados de estos Estados miembros, globalmente considerados, son impresionantes, sobre todo en comparación con los de otros grandes donantes del CAD de la OCDE. De confirmarse la tendencia actual, su volumen combinado de AOD podría multiplicarse por seis durante el periodo comprendido entre 2003, año anterior a su adhesión a la UE, y 2010, y lograrían alcanzar el objetivo de partida del 0,17%. Algunos de estos países han programado ya un incremento progresivo de la ayuda, mientras que otros deben intensificar sus esfuerzos y adaptar los presupuestos que asignan a la cobertura de la AOD, en particular, previendo al efecto aportaciones distintas de aquellas con que contribuyen al presupuesto de la CE y al 10º FED. En 2010, los niveles de ayuda combinados de la UE 10 podrían igualar el porcentaje de la RNB que los EE.UU. tienen previsto destinar a la AOD. 2.5 Compromiso especial en favor de África La UE se ha comprometido a aumentar la ayuda destinada al África subsahariana y a garantizar que la mitad de la ayuda colectiva ampliada prevista para 2006 se atribuya a este continente. Aunque el G8 -apoyándose fundamentalmente en los esfuerzos financieros de la UE- ha prometido asimismo un incremento de la ayuda a África para 2010, los compromisos de la UE no han sido igualados hasta la fecha por los contraídos por otros países, ni por su alcance, ni por lo que al establecimiento de indicadores verificables se refiere. La promesa realizada con respecto a África se enmarca en el esfuerzo colectivo de la UE y no debe interferir con las prioridades nacionales en materia de ayuda de cada uno de los Estados miembros. Es preciso definir mejor la distribución de tareas a fin de garantizar un reparto justo de las cargas entre los donantes de la UE y con los socios internacionales. Diagrama 3: Porcentaje de la AOD total de la UE destinado a África – promedio 2000 - 2004 [pic] Fuente: Informe Anual de 2005 del CAD de la OCDE La Comisión insta al Consejo a que: - recabe de otros donantes un compromiso más firme con vistas a garantizar una financiación adecuada de los ODM, en particular, en África, a medio y largo plazo; - teniendo en cuenta que las conclusiones sobre las perspectivas financieras adoptadas por el Consejo repercuten negativamente sobre la ayuda otorgada por la CE, invite a los Estados miembros a contribuir a la financiación de los instrumentos comunes de la UE y de otros instrumentos de ayuda, a fin de asegurar la aplicación eficaz del futuro incremento de la ayuda; - anime a aquellos Estados miembros cuyos niveles de AOD sean todavía inferiores a los porcentajes individuales de partida a realizar un esfuerzo por alcanzar los objetivos fijados para 2006 y 2010, respectivamente; - garantice que, en el futuro, las acciones emprendidas con vistas a la reducción de la deuda estarán en consonancia con el Consenso de Monterrey y con los compromisos de la UE; - aliente a los Estados miembros que se adhirieron a la UE después de 2002 a mantener e intensificar sus esfuerzos con vistas a lograr, como objetivo individual, que un 0,17% de su RNB se destine a la AOD para 2010. 3. COMPROMISO RELATIVO A LAS FUENTES DE FINANCIACIÓN INNOVADORAS En 2005, el Consejo pasó revista a las alternativas más prometedoras en materia de fuentes de financiación del desarrollo innovadoras, basándose en informes técnicos presentados por la Comisión[7]. Al cabo de ese proceso, varios Estados miembros dieron su apoyo a las dos propuestas siguientes: - El Instrumento Financiero Internacional para la Vacunación fue creado en septiembre de 2005 por Francia, Italia, España, Suecia y el Reino Unido. Se trata de un mecanismo destinado a adelantar la movilización de recursos ya comprometidos en favor de los países socios con objeto de financiar campañas de vacunación y supone unos compromisos de 3.300 millones de euros repartidos a lo largo de diez años; su primer desembolso está previsto para 2006. - Una exacción solidaria sobre los billetes de avión para facilitar la financiación de los actuales compromisos en materia de AOD, en particular, en relación con los proyectos en el sector de la sanidad: el Reino Unido señaló que una parte de impuesto al que están sujetos los pasajeros aéreos en la actualidad se dedicaría a la financiación del desarrollo. Francia ha decidido imponer un tributo sobre los billetes de avión a partir de julio de 2006 que, según sus cálculos, permitirá recaudar unos 210 millones de euros anuales. Con motivo de la reunión técnica celebrada por los servicios de la Comisión y los representantes de los Estados miembros en febrero de 2006, en torno a las fuentes de financiación innovadoras, se puso de manifiesto que la puesta en práctica de las iniciativas en proceso de elaboración podía influir positivamente en la disposición de los Estados miembros a adherirse o a impulsar propuestas en materia de financiación innovadora del desarrollo. La vinculación de las nuevas fuentes de financiación a cuestiones y objetivos específicos podría conducir al establecimiento de otros fondos y programas verticales o temáticos que requerirían también la implicación de los países beneficiarios. El objetivo de movilizar fuentes de financiación suplementarias y más estables debe guiar el debate general sobre financiación y modalidades de ayuda innovadoras y, a medio plazo, debería favorecer una financiación más previsible. En este contexto, la Comisión propone que el Consejo siga estudiando posibles fuentes de financiación innovadoras, por ejemplo, mediante el seguimiento de la aplicación de las actuales iniciativas en este ámbito. 4. COMPROMISO RELATIVO A LA REDUCCIÓN DE LA DEUDA Por lo que respecta a la deuda, en 2005, el hecho más reseñable fue la propuesta del G8 de condonar la deuda aún pendiente con el FMI, el Banco Mundial y el Banco Africano de Desarrollo por los países que hubieran alcanzado el punto de realización de la iniciativa PPME. Esta iniciativa multilateral para la reducción de la deuda fue aprobada en septiembre de 2005 durante la reunión anual de las Instituciones Financieras Internacionales y, en la actualidad, está siendo aplicada por las tres instituciones mencionadas. Los países que se acogen a esta reducción adicional lograrán, probablemente, la sostenibilidad a largo plazo de su deuda. 5. COMPROMISO RELATIVO A LA EFICACIA DE LA AYUDA Desde 2004, la UE y la comunidad de donantes – junto con los países beneficiarios – definen de común acuerdo los resultados concretos que persiguen en materia de eficacia de la ayuda. Este año, el éxito alcanzado en el cumplimiento de los compromisos contraídos se juzgará evaluando el grado de ejecución real de los mismos. La Comisión participa activamente en el desarrollo de un instrumento riguroso de control de los objetivos e indicadores de la Declaración de París. Habida cuenta del retraso acumulado en la puesta a punto de dicho instrumento, es fundamental que el proceso alcance su velocidad de crucero en 2006, evitando restar fuerza a los compromisos, a fin de mantener el ritmo de las reformas necesarias. En el futuro, el informe de situación permitirá evaluar el grado de cumplimiento de los compromisos de la UE, fijados durante el Foro de Alto Nivel de París. El Plan de Actuación sobre eficacia de la ayuda de la UE, de carácter global, define nueve realizaciones que la UE deberá desarrollar más en profundidad en 2006 y aplicar sobre el terreno hasta 2010.[8] El Consejo ha señalado en repetidas ocasiones la necesidad de reforzar la complementariedad de nuestras actividades mediante una mejor distribución de tareas, elemento esencial para la mejora de la eficacia de la ayuda de la UE. Pese a la dificultad que entraña, la reorganización de las actividades en curso es fundamental para lograr el incremento de las ayudas previsto y exige un esfuerzo concertado. El Plan de Actuación de la UE se propone hacer frente a estos retos. La mejora de la eficacia de la ayuda exige un esfuerzo conjunto por parte de los países socios y de los donantes: los primeros deben instaurar sistemas de contratación y de gestión de las finanzas públicas que cumplan las normas internacionales en la materia. Los segundos deben explorar la aplicación de métodos que, a falta de sistemas armonizados, les permitan reducir el coste de las operaciones. La Comisión, a través de un creciente recurso a medidas de apoyo presupuestario y sectorial, de la simplificación de las disposiciones contractuales en relación con las organizaciones internacionales y de propuestas para simplificar el marco reglamentario y legislativo, está avanzando en el cumplimiento de las obligaciones impuestas por la Declaración de París. Por otro lado, las limitaciones de procedimiento y legislativas a las que está sujeta la ayuda de la UE en materia de financiación en común ( basket funding ) y cofinanciación no se mantendrán después de 2006 por lo que respecta a los nuevos instrumentos en el marco de las perspectivas financieras 2007-2013, ni más allá de 2007, por lo que se refiere al FED. La Comisión solicita al Consejo que: - apoye el desarrollo de procesos rigurosos de control para finales de 2006, tanto en el seno del CAD como a nivel de la UE; - apoye la adopción de normas sobre ayudas de la UE que favorezcan la cofinanciación con los Estados miembros y otros donantes, en el marco de los nuevos instrumentos de cooperación previstos por el presupuesto de la CE para el periodo 2007-2013, y del 10º FED; - acepte seguir desarrollando su planteamiento en materia de complementariedad de las operaciones, mediante la adopción de principios que contribuyan a una distribución de tareas más eficaz; - acuerde una estrategia concertada a nivel de la UE con vistas al incremento de la ayuda comunitaria, que se inscriba en un contexto más amplio y se asiente en los principios de eficacia de la ayuda y de distribución de tareas; - respalde, en 2006, las realizaciones previstas en el Plan de Actuación sobre eficacia de la ayuda de la UE y los objetivos en cuanto al desarrollo gradual de esas realizaciones sobre el terreno hasta 2010. 6. COMPROMISO RELATIVO A LA CREACIÓN DE UNOS MECANISMOS MÁS PREVISIBLES Y MENOS INESTABLES Por lo que respecta a los países en desarrollo con mejores resultados, un marco plurianual renovable y una comprobación menos frecuente de los requisitos que deben reunir constituyen los elementos esenciales para el logro de una mayor previsibilidad de los desembolsos de ayuda presupuestaria. Ahora bien, aunque diversos Estados miembros se han referido a la ayuda presupuestaria como su instrumento de asistencia preferido, sólo Portugal y el Reino Unido se han mostrado dispuestos a adoptar un sistema de apoyo presupuestario plurianual en el que la comprobación de las condiciones no se realice anualmente, tal como se recoge en las Conclusiones del Consejo de 24 de mayo de 2005. Durante la reunión técnica organizada por la Comisión en febrero de 2006, en respuesta a la solicitud del Consejo de elaborar propuestas para la creación de un nuevo mecanismo de apoyo presupuestario a largo plazo[9], destinado específicamente a los países en desarrollo que registrasen mejores resultados, quedó patente la divergencia de opiniones entre Estados miembros. No obstante, éstos coincidieron en la importancia de garantizar una ayuda más previsible y mostraron interés por las ideas expuestas por la Comisión en relación con el establecimiento de un «contrato ODM» plurianual, dirigido expresamente a los países con buenos resultados y que ofrezca mayores garantías en cuanto a la previsibilidad de la financiación, a cambio de una programación, un control y una ejecución más rigurosos de los ODM por parte de los países beneficiarios. La Comisión continuará analizando esta cuestión, también a través de grupos de trabajo informales con expertos de los Estados miembros interesados, otros donantes con puntos de vista similares y las organizaciones internacionales pertinentes. 7. ATENUACIÓN DEL IMPACTO DE LOS CHOQUES EXÓGENOS La UE está cumpliendo satisfactoriamente su compromiso de apoyar el establecimiento de regímenes de seguros sujetos a una dinámica de mercado a fin de atenuar los efectos negativos de los choques exógenos sobre las economías de los países en desarrollo. A través del Fondo Europeo de Desarrollo (FED) la Comisión ha destinado 25 millones de euros a apoyar el Global Index Insurance Facility (GIIF) (Instrumento Global de Seguro con arreglo a un Índice), en cuya preparación ha trabajado el Banco Mundial a lo largo de 2005. El GIFF, que incluirá un instrumento de reaseguro que permitirá la cobertura de los riesgos de variación de precios mediante la indexación de estos últimos en función de la climatología, las catástrofes y el estado de las materias primas, empezará a aplicarse, en principio, a mediados de 2006. El accionariado del GIFF no sólo estará compuesto por operadores guiados por meros intereses comerciales sino, muy probablemente, por algunos bancos de desarrollo, como por ejemplo, el BEI y el DEG (Entidad Alemana de Inversión y Desarrollo). La implicación activa de los Estados miembros en el Grupo de Trabajo Internacional sobre gestión de riesgos relacionados con las materias primas será esencial para la mejora del intercambio de información sobre las distintas formas de enfocar la gestión de riesgos. A raíz de las conversaciones mantenidas con el grupo de países ACP sobre la creación de un Instrumento UE-ACP de respuesta ante las catástrofes naturales , la Comisión está elaborando asimismo una propuesta de financiación con vistas al desarrollo de capacidad en materia de prevención y respuesta ante las catástrofes en las regiones ACP, con un presupuesto de 12 millones de euros, con cargo al 9º FED. Con motivo de la preparación del 10º FED, se debatirá con las autoridades nacionales y regionales una segunda fase a fin de integrar la cuestión en los documentos estratégicos nacionales y regionales, concretamente, en los correspondientes a aquellos países y regiones más expuestos a las catástrofes naturales. Teniendo en cuenta las nuevas iniciativas emprendidas en 2005 con objeto de paliar los efectos negativos de los choques externos (como por ejemplo, la reprogramación de la deuda como consecuencia del tsunami por parte del Club de París y la creación del Instrumento de respuesta ante los choques exógenos por parte del FMI ), que han venido a sumarse a los mecanismos ya existentes (el FLEX para los países ACP), resulta cada vez más importante coordinar de forma eficaz los diversos instrumentos y aportar respuestas complementarias ante esos choques. Por otro lado, la comunidad internacional debería garantizar una respuesta rápida, fiable e inscrita en una estrategia que preste adecuada atención a los planes de prevención y mitigación de riesgos. La vulnerabilidad ante los choques externos podría incluirse como criterio para la concesión de ayuda al desarrollo por parte de la CE y de los Estados miembros, en tanto que la gestión de los choques debería garantizar el carácter anticíclico de toda ayuda adicional. La Comisión invita al Consejo a que contribuya a financiar el Global Index Insurance Facility a fin de facilitar el acceso de los países en desarrollo a instrumentos de seguro sujetos a las leyes del mercado. 8. COMPROMISO RELATIVO A LA DESVINCULACIÓN DE LA AYUDA La mayoría de los Estados miembros que participan en el CAD han desvinculado totalmente su ayuda bilateral, y el 40% de los restantes está considerando la posibilidad de ampliar el libre acceso a la ayuda al desarrollo más allá del grado actual de desvinculación de la misma. Por otro lado, más de la mitad de los Estados miembros, entre ellos, algunos de los que se han adherido recientemente a la Unión, ya no supeditan a ninguna condición la concesión de fondos a través de los órganos de las Naciones Unidas o de las ONG. Además, un tercio de los Estados miembros ha establecido un sistema de preferencias locales destinado a desarrollar la capacidad y a reforzar los mercados a nivel local. En diciembre de 2005, la CE adoptó dos reglamentos que permiten acceder al conjunto de la ayuda exterior comunitaria . En la actualidad, más de dos tercios de la ayuda otorgada por la CE a través de instrumentos geográficos o temáticos se encuentra, en buena medida, desvinculada. El resto de la ayuda se desvinculará en lo que respecta a los países en desarrollo y a todos los donantes, cuando éstos desvinculen su propia ayuda. Todos los Estados miembros de la UE han aceptado ampliar aún más el alcance de la recomendación del CAD de la OCDE sobre desvinculación de la ayuda en lo que respecta a los países menos desarrollados y reclaman la total desvinculación de la ayuda alimentaria y de su transporte. A este respecto, la Comisión lamenta que los avances en este ámbito sigan viéndose obstaculizados por planteamientos negativos de tipo comercial promovidos por otros donantes. La Comisión reitera su obligación de garantizar la coherencia del mercado único y su voluntad de velar, de conformidad con lo dispuesto en el Tratado, por que todos los Estados miembros tengan acceso a los contratos públicos en los demás Estados miembros, también en el ámbito del desarrollo. La Comisión recomienda al Consejo que prosiga sus esfuerzos de cara al fomento de una mayor desvinculación de la ayuda alimentaria y de su transporte, en consonancia con el mandato de negociación adoptado para la revisión del Convenio de Londres. 9. BIENES PÚBLICOS INTERNACIONALES (BPI) El compromiso en materia de BPI está vinculado a la publicación y al contenido del Informe final del grupo de trabajo sobre bienes públicos universales. La Comisión y numerosos Estados miembros consideran que dicho grupo ha aportado una valiosa contribución, puesto que ha estimulado el debate y realizado una labor de sensibilización, si bien lamentan que la publicación del informe final se haya retrasado, y esperan con impaciencia su aparición. La Comisión observa, además, que paralelamente a los nuevos y ambiciosos compromisos en materia de desarrollo, en particular, de aquellos adquiridos por la UE (concretamente, incremento de la AOD y “Consenso Europeo sobre el Desarrollo”) se ha observado un menor interés por la aplicación de un enfoque que tenga en cuenta los BPI, en particular, su vertiente financiera. Ante esta situación, la Comisión insta al Consejo a que solicite al grupo de trabajo internacional sobre bienes públicos universales que publique cuanto antes su informe final. 10. REFORMA DE LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES La gran mayoría de los Estados miembros se muestra a favor de un recurso más sistemático a las comunicaciones conjuntas por parte de los representantes de los Estados miembros de la UE ante las juntas de gobernadores de las instituciones financieras internacionales, así como del establecimiento de un dispositivo de coordinación más formal entre los Estados miembros en cuestiones relacionadas con el Banco Mundial que revistan importancia estratégica para la UE. Intensificando al máximo la frecuencia de presentación de comunicaciones conjuntas , la UE cobrará mayor visibilidad e influencia en las instituciones financieras internacionales, en consonancia con el «Consenso Europeo sobre el Desarrollo» y la Estrategia de la UE para África. La Comisión ha creado una red interservicios a fin de apoyar este proceso. Los Estados miembros se muestran, en conjunto, satisfechos de la mejora observada en la coordinación informal de la UE con los directores ejecutivos para la UE del FMI y del Banco Mundial en Washington y de éstos entre sí, mejora que se ha plasmado en la celebración de reuniones periódicas de coordinación en las que la Comisión participa activamente. El Comité Económico y Financiero (CEF) ha creado un subcomité específico para coordinar la postura de la UE en cuestiones relacionadas con el FMI (SCIMF), pero, en relación con el Banco Mundial, no existe aún un mecanismo de coordinación análogo. La visita anual de los directores ejecutivos para la UE del FMI y el Banco Mundial a las instituciones europeas tiene un efecto catalizador sobre la cooperación. Es preciso desarrollar mecanismos similares a fin de incrementar la coherencia de planteamientos con respeto a la UE por parte de los directores ejecutivos de los bancos regionales de desarrollo , en los que la participación colectiva que ostenta la UE es significativa, como, por ejemplo, el Banco Africano de Desarrollo, el Banco Asiático de Desarrollo y el Banco Interamericano de Desarrollo. La Comisión tiene previsto organizar próximamente una visita de los directores ejecutivos para la UE de los bancos regionales de desarrollo a las instituciones europeas. La Comisión invita al Consejo a que: - apoye la creación, en colaboración con la Comisión, de un mecanismo informal de coordinación entre los directores ejecutivos para la UE de los bancos regionales de desarrollo en los que la participación colectiva de la UE sea significativa, a semejanza del que viene aplicando el Banco Mundial; - garantice la celebración sistemática de reuniones de coordinación entre los miembros de la UE, con la participación de representantes de la Comisión, antes de la adopción de decisiones importantes por parte de las juntas de gobernadores de las instituciones financieras internacionales en las que la UE tenga una participación significativa; - fomente una mayor transparencia entre los directores ejecutivos y la Comisión, remitiendo puntual y regularmente a esta última, como primera medida, los documentos de las juntas de gobernadores del FMI, del Banco Mundial y de los bancos regionales de desarrollo. 11. COMERCIO Y DESARROLLO Tras el Consejo de mayo de 2005, la UE amplió sus compromisos en materia de ayuda relacionada con el comercio. En la Cumbre del G8, el Presidente de la Comisión, Sr. Barroso, prometió incrementar la ayuda comunitaria al comercio hasta situarla en 1.000 millones de euros anuales. En diciembre de 2005, el Consejo[10] convino en que los Estados miembros se esforzarían por incrementar de forma colectiva su ayuda al comercio, hasta situarla en 1.000 millones anuales para 2010. La contribución combinada de la UE sería, pues, de 2.000 millones de euros anuales. Los Estados miembros y la Comunidad Europea se comprometieron, además, a suministrar financiación adecuada y previsible con vistas al fortalecimiento del marco integrado (MI) . La CE ha destinado 10 millones de euros a la financiación este objetivo. La Comisión está dispuesta a estudiar la posibilidad de poner en común fondos de la CE y de los Estados miembros a fin de incrementar la eficacia de la ayuda vinculada al comercio y analizará, en futuras ediciones del presente informe, los resultados obtenidos por la Comisión y los Estados miembros en el cumplimiento de estos compromisos. A raíz de la declaración ministerial de la OMC en Hong Kong, se va a crear un grupo de trabajo sobre ayuda relacionada con el comercio, en el que la Comisión se propone participar a fin de apoyar firmemente el programa de «ayuda para el comercio» en concertación con los Estados miembros y a través de los cauces existentes. Según la evaluación de la coordinación de la UE en materia de ayuda relacionada con el comercio para el periodo 2005-2006, el grupo informal de expertos de la UE sobre comercio y desarrollo sigue siendo, en la sede, el principal instrumento de coordinación entre de la Comisión y los Estados miembros. Esta evaluación ha revelado, asimismo, que, en la mayoría de los casos, el intercambio de información en la sede parte de la Comisión hacia los Estados miembros, y no se produce en sentido inverso; que la coordinación en los propios países es un fenómeno puntual, que ha permitido evitar la duplicación pero que aún no brinda una respuesta estratégica común a las necesidades en materia de ayuda al comercio; si bien algunos Estados miembros contribuyen a modelar iniciativas multilaterales, no existe una estrategia conjunta de la UE al respecto. En este contexto, la Comisión invita al Consejo a que: - lleve a la práctica las conclusiones relativas a la «ayuda para el comercio», en particular, mediante un cumplimiento efectivo en los plazos previstos por los Estados miembros con respecto a los objetivos para 2010 en materia de volúmenes de ayuda relacionada con el comercio; que se esfuerce por intensificar las actuaciones en el ámbito de infraestructuras relacionadas con el comercio y aumentar su eficacia; apoye el fortalecimiento del MI, y preste una ayuda creíble a fin de facilitar la adaptación del comercio; - contribuya a encauzar el comercio hacia la reducción de la pobreza y el establecimiento de estrategias de desarrollo ; que recurra sistemáticamente a las evaluaciones de las necesidades comerciales y, en la medida de lo posible, a una programación conjunta de la ayuda vinculada al comercio; - incremente los esfuerzos de coordinación de la UE en la sede y sobre el terreno ; en la sede, debería recurrirse con mayor regularidad al grupo informal de expertos sobre comercio y desarrollo a fin de compartir información y las mejores prácticas; sobre el terreno, el marco integrado reforzado o, en su caso, las evaluaciones de las necesidades comerciales deberían incorporar un sólido mecanismo de coordinación; y suministre a la base de datos de Doha información completa y oportuna sobre los compromisos en materia de ayuda al comercio. 12. CONCLUSIONES Tras los extraordinarios esfuerzos realizados por la UE en 2005 a fin de contribuir a un resultado positivo de la Cumbre de las Naciones Unidas merced la adquisición de nuevos y ambiciosos compromisos y mediante el refuerzo del marco comunitario a través del Consenso Europeo sobre el Desarrollo y la Estrategia de la UE para África, el cumplimiento de estos compromisos está en marcha. Pese a ciertas dificultades, la UE muestra signos de estar preparada para cumplir los objetivos en materia de AOD fijados para 2006. El cumplimiento de los objetivos para 2010 requerirá esfuerzos suplementarios y una acción creíble respaldada por la opinión pública. Será preciso reforzar la información sobre las intervenciones de la UE en materia de desarrollo. Algunos Estados miembros están introduciendo fuentes de financiación innovadoras, mientras que la iniciativa multilateral de reducción de la deuda responde a las preocupaciones de la UE respecto de la sostenibilidad de la deuda en los países pobres. En la actualidad, se imponen la realización de acciones concretas en materia de eficacia de la ayuda, por ejemplo, el marco conjunto de la UE para las estrategias de los países[11], así como el Plan de Actuación. ANEX O SÍNTESIS DE LOS COMPROMISOS REVISADOS DE LA UE DE 2005 EN MATERIA DE FINANCIACIÓN DEL DESARROLLO Y EFICACIA DE LA AYUDA Extracto de las Conclusiones del Consejo sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio, de 24 de mayo de 2005, con referencia, en algunos casos, a las Conclusiones del Consejo sobre la Conferencia Internacional de Financiación del Desarrollo, de 14 de marzo de 2002, y a las Conclusiones del Consejo sobre Ayuda para el Comercio, de 9 de diciembre de 2005 1. AYUDA OFICIAL AL DESARROLLO (AOD) 1.1 Incremento de la AOD después de 2006: « Se necesita urgentemente un aumento de la asistencia oficial para desarrollo (AOD) para cumplir los Objetivos de Desarrollo del Milenio. Respecto a los intentos de cumplir el actual compromiso de alcanzar el objetivo acordado internacionalmente de una AOD equivalente al 0,7% de la renta nacional bruta (RNB), la UE advierte con satisfacción que sus Estados miembros están en vías de llegar en 2006 al objetivo del 0,39% para los importes de AOD indicados en los compromisos de Barcelona. Actualmente de los cinco países que superan el objetivo del 0,7% de la RNB como AOD fijado por las Naciones Unidas, cuatro son Estados miembros de la Unión Europea. Otros cinco se han comprometido a cumplir un calendario para alcanzar ese objetivo. Al tiempo que reafirma su determinación de alcanzar esos objetivos, la UE está de acuerdo con un nuevo objetivo comunitario del 0,56% de la RNB como AOD para 2010, lo que supondría para entonces un aumento anual de 20 mil millones de euros de AOD. i. Los Estados miembros que todavía no han llegado al nivel del 0,51% de la RNB para AOD se comprometen, dentro de sus respectivos procesos de asignación presupuestaria, a alcanzar ese nivel en 2010 a más tardar, y los que ya superan ese nivel se comprometen a mantener sus esfuerzos. ii. Los Estados miembros que han entrado en la Unión Europea después de 2002 y que no han alcanzado el nivel del 0,17% de la RNB para AOD tratarán, dentro de sus respectivos procesos de asignación presupuestaria, de aumentar su AOD para alcanzar ese nivel en 2010 a más tardar, y los que ya superan ese nivel se comprometen a mantener sus esfuerzos.; iii. Los Estados miembros se comprometen a lograr el objetivo del 0,7% de la RNB para AOD en 2015 a más tardar, y los que ya han alcanzado ese nivel se comprometen a mantenerse por encima de ese objetivo, y los Estados miembros que han entrado en la Unión Europea después de 2002 tratarán de aumentar hasta el 0,33% de la RNB para AOD para 2015 a más tardar. 1.2 Ayuda especial en favor de África: « La UE aumentará su ayuda financiera al África Subsahariana y suministrará colectivamente al menos el 50% del aumento acordado de los recursos AOD al continente sin por ello dejar de respetar plenamente las prioridades de cada Estado miembro en materia de ayuda al desarrollo.» 1.3 Objetivo en materia de AOD para 2006 (Conclusiones del Consejo de 14 de marzo de 2002): « …los Estados miembros que aún no hayan alcanzado el objetivo del 0,7% se comprometen -como primera medida significativa- a aumentar individualmente su volumen de AOD, …, dentro de sus respectivos procesos de dotación presupuestaria, a fin de alcanzar colectivamente una media en la Unión Europea del 0,39% en 2006. Habida cuenta de este objetivo, todos los Estados miembros de la Unión Europea se esforzarán en todo caso por alcanzar, dentro de sus respectivos procesos de dotación presupuestaria, al menos el 0,33% de AOD/RNB en 2006.» 2. FUENTES INNOVADORAS DE FINANCIACIÓN «El Consejo seguirá considerando las posibilidades más prometedoras de fuentes innovadoras de financiación del desarrollo, con objeto de incrementar, de modo duradero y predecible, los recursos disponibles. Toma nota de la intención de algunos Estados miembros de introducir una tasa de solidaridad sobre los billetes de avión.» 3. DEUDA « La UE mantiene su compromiso de llegar a soluciones, en cooperación con las instituciones financieras internacionales, para las cargas insostenibles de la deuda y está comprometida con la plena aplicación de la iniciativa ampliada para los países pobres muy endeudados. Será de vital importancia llegar a un acuerdo sobre el alcance y las modalidades de posteriores alivios multilaterales de la deuda para asegurar la sostenibilidad a largo plazo de la deuda aplicando criterios concretos en cada caso. La UE proseguirá y aumentará sus esfuerzos por recuperar y mantener la sostenibilidad de la deuda considerando por separado cada caso, por ejemplo, (a) estudiando la posibilidad de mecanismos de suspensión temporal del servicio de la deuda para países en desarrollo afectados por impactos negativos exteriores, y (b) mediante medidas específicas para países que salen de conflictos con atrasos exteriores que, por lo tanto, no cumplan todavía los criterios de la iniciativa sobre los países pobres muy endeudados.» 4. EFICACIA DE LA AYUDA “La UE proseguirá y aumentará sus esfuerzos por recuperar y mantener la sostenibilidad de la deuda considerando por separado cada caso, por ejemplo, (a) estudiando la posibilidad de mecanismos de suspensión temporal del servicio de la deuda para países en desarrollo afectados por impactos negativos exteriores, y (b) mediante medidas específicas para países que salen de conflictos con atrasos exteriores que, por lo tanto, no cumplan todavía los criterios de la iniciativa sobre los países pobres muy endeudados.» Como preparación para el foro de alto nivel de París el Consejo adoptó el 22 de noviembre de 2004 una respuesta completa de la UE mediante el informe sobre los avances en la coordinación, armonización y equiparación. La UE garantizará la aplicación de las recomendaciones concretas que figuraban en el mismo, incluidas las de un marco más efectivo para la ayuda al desarrollo a escala de la UE y la división de tareas y el carácter complementario a escala de cada país en el contexto de la programación común y plurianual basada en las estrategias de reducción de la pobreza del país socio. La UE está plenamente comprometida con la aplicación y supervisión en los plazos adecuados de la Declaración de París sobre la eficacia de la ayuda, incluida la fijación de objetivos controlables para 2010, y los compromisos concretos que la UE adoptó en el Foro de París”. 5. MECANISMOS DE AYUDA MÁS PREVISIBLES Y MENOS INESTABLES «Para responder mejor a la necesidad de recursos estables y teniendo en cuenta los previsibles aumentos de los flujos de la AOD, la UE elaborará mecanismos de ayuda nuevos, más predecibles y menos volátiles. Estos mecanismos podrían consistir en el establecimiento de un nivel mínimo de ayuda presupuestaria garantizado con una perspectiva de medio plazo y vinculado a realizaciones políticas en los países socios, en particular respecto al compromiso de alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio en las estrategias de reducción de la pobreza del país». 6. CHOQUE EXÓGENOS «Para atenuar las consecuencias de impactos negativos exteriores, incluida la vulnerabilidad de los precios, en las economías de los países en desarrollo, la UE apoyará el funcionamiento de regímenes de seguros basados en la realidad del mercado y estudiará las posibilidades de suspender temporalmente el servicio de la deuda estudiando cada caso por separado. Además, la UE consolidará y mejorará el acceso a los mecanismos financieros existentes, como los previstos en el Acuerdo de Cotonú (FLEX) para proteger a corto plazo la renta de los países de las consecuencias de tales impactos» 7. DESVINCULACIÓN DE LA AYUDA « Abordando el reto de la desvinculación de la ayuda adoptando lo antes posible, con base en la propuesta de la Comisión, de un reglamento sobre el acceso a la ayuda exterior comunitaria. La UE apoyará los debates que se están celebrando a nivel internacional sobre una mayor desvinculación de la ayuda más allá de las actuales recomendaciones del Comité de Ayuda al Desarrollo de la OCDE.» 8. BIENES PÚBLICOS INTERNACIONALES (BPI) « Examinando, con base en el informe del Grupo de expertos sobre bienes públicos mundiales, las posibilidades de aprobar a más tardar en 2006 un plan de acción a escala de la UE sobre la oferta de bienes públicos mundiales prioritarios y llegando a un acuerdo sobre el estudio de los procedimientos de financiación de estos bienes.» 9. REFORMA DEL SISTEMA FINANCIERO INTERNACIONAL 9.1 Conclusiones de 24 de mayo de 2005: « Promoviendo una posición común europea para dar mayor audiencia a los países en desarrollo y en transición y para seguir mejorando la calidad de la actual coordinación comunitaria en las instituciones financieras internacionales.» 9.2 Conclusiones de 14 de marzo de 2002: Tratar de influir en el proceso de reforma del sistema financiero internacional, combatiendo los abusos que lleva aparejada la mundialización de las finanzas, reforzar la voz de los países en desarrollo en los procesos de adopción de decisiones económicas en el plano internacional y lograr una mayor coherencia entre la ONU, las instituciones financieras internacionales y la OMC, en el respeto de sus papeles respectivos. 10. COMERCIO Y DESARROLLO 10.1 Conclusiones de 24 de mayo de 2005: « …la UE se compromete a seguir mejorando y a coordinar en mayor medida los programas de ayuda relacionados con el comercio y, teniendo en cuenta los posibles costes de integración comercial con que se enfrentan los países en desarrollo, a aumentar su apoyo para el ajuste comercial y la integración en la economía mundial. En consecuencia, acuerda que seguirán constituyendo un objetivo dentro de la UE y con la comunidad internacional las distintas opciones establecidas en la Comunicación sobre la mejora y el aumento de la ayuda, incluida la de un mecanismo internacional para el ajuste comercial y el desarrollo de capacidades.» « La UE seguirá prestando apoyo a los países en desarrollo para permitirles aprovechar oportunidades comerciales, en especial ayudándoles a integrar el comercio en sus estrategias nacionales de desarrollo y a llevar a cabo las necesarias reformas a nivel interno». 10.2 Conclusiones de 9 de diciembre de 2005: Marco Integrado (MI) : « En el entendimiento de que la mejora del marco integrado debe abordar plenamente sus carencias actuales, la UE decide que, en el marco de los presupuestos disponibles y con otros donantes, proporcionará recursos para que el marco integrado mejorado disponga de fondos de forma adecuada y previsible. De manera alternativa, algunos Estados miembros podrían decidir proporcionar ayuda al respecto a través de otros canales.» Ayuda relacionada con el comercio : «En el marco de los compromisos sobre futuros incrementos de la ayuda al desarrollo, los Estados miembros tratarán de aumentar el gasto colectivo de la UE para ayuda relacionada con el comercio (según está definida) en respuesta a las necesidades que se hayan establecido como prioridades en las estrategias de reducción de la pobreza de los países interlocutores o en sus planes de desarrollo, con vistas a alcanzar un importe de mil millones de euros anuales para 2010, incluyendo el gasto correspondiente al Marco Integrado reforzado. Con ello, la aportación total de la UE, incluida la de la Comunidad, ascendería a dos mil millones de euros para 2010.» [1] Conclusiones del Consejo de mayo de 2005. « Los Objetivos de Desarrollo del Milenio: Contribución de la UE a la revisión de los ODM en la reunión de alto nivel de 2005 de las Naciones Unidas » . [2] Declaración conjunta del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en su seno, del Parlamento Europeo y de la Comisión; Documento del Consejo 14820/05. [3] Consejo Europeo de 15-16.12.2005 «The EU and Africa: Towards a strategic partnership» (La UE y África: hacia una asociación estratégica) (documento 15961/05 de 19.12.2005). [4] « Ayuda para el comercio », documento del Consejo 15579/05 DEVGEN 250 RELEX 748 de 9.12.2005. [5] «The EU monitoring of Financing for Development and Aid Effectiveness: Starting to deliver on the new commitments » (Control de la financiación del desarrollo y de la eficacia de la ayuda por parte de la UE: empezando a cumplir los nuevos compromisos) SEC(2006) 294. [6] « Perspectivas Financieras 2007 – 2013 » - Documento del Consejo 15915/05 CADREFIN 268 de 19.12.2005. [7] «New Sources of Financing for Development: A Review of Options» (Nuevas fuentes de financiación del desarrollo: análisis de las distintas opciones existentes) SEC(2005) 467 de 5.4.2005; «An analysis of a possible contribution based on airline tickets as a new source of financing development» (Análisis de una posible contribución en forma de exacción sobre los billetes de avión como nueva fuente de financiación del desarrollo) SEC (2005) 733 de 15.6.2005; «A possible contribution based on airline tickets as a new source of financing development: technical reflections in the run up to the UN High Level Event» (Posible contribución en forma de exacción sobre los billetes de avión como nueva fuente de financiación del desarrollo: reflexiones de carácter técnico con vistas a la Reunión de Alto Nivel de la ONU) SEC(2005) 1067 de 1.9.2005 . [8] Comunicación de la Comisión « Ayuda de la UE: realizar más, mejor y más rápido » COM(2006) 87. [9] Conclusiones del Consejo de 22.11.2005 « Debate orientativo sobre la eficacia de la ayuda exterior de la UE » (doc. 14821/05 DEVGEN230 RELEX679). [10] « Ayuda para el comercio » Documento del Consejo 15579/05 DEVGEN 250 RELEX 748 de 9.12.2005. [11] « Cómo hacer más productiva la ayuda Europea: un marco común para la elaboración de los documentos estratégicos nacionales y la programación plurianual común » COM(2006) 88; « Ayuda de la UE: realizar más, mejor y más rápido » COM(2006) 87.