10.3.2007   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 57/29


Dictamen del Comité de las Regiones sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Plan de trabajo para la igualdad entre las mujeres y los hombres 2006-2010»

(2007/C 57/07)

EL COMITÉ DE LAS REGIONES,

Vista la «Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Plan de trabajo para la igualdad entre las mujeres y los hombres 2006-2010» (COM(20069 92 final);

Vista la decisión de la Comisión Europea, de 1 de marzo de 2006, de consultarle al respecto, de conformidad con el primer párrafo del artículo 265 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea;

Vista la decisión adoptada por su Mesa el 25 de abril de 2006 de encargar a la Comisión de Política Económica y Social la elaboración de un dictamen sobre este asunto;

Visto su Dictamen sobre «Las mujeres y la pobreza en la Unión Europea» (CDR 151/2005 fin);

Visto su Dictamen sobre «Modernización de la protección social para crear más y mejores empleos: un enfoque general que contribuya a hacer que trabajar sea rentable» (CDR 28/2004 fin);

Visto su Dictamen sobre la «Propuesta de Directiva del Consejo por la que se aplica el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres al acceso a bienes y servicios y su suministro» (CDR 19/2004);

Visto su Dictamen sobre el «Proceso de elaboración de una Carta de derechos fundamentales de la Unión Europea» (CDR 327/1999 final);

Visto el claro deseo de la Comisión Europea de fomentar la igualdad de género con arreglo al Plan de trabajo para la igualdad entre las mujeres y los hombres, y del CDR de dar un contenido práctico a los valores y objetivos de este plan de trabajo, y habida cuenta de que 2007 será el Año Europeo de la igualdad de oportunidades para todos;

Visto su proyecto de Dictamen CDR 138/2006 rev. 2 aprobado por la Comisión de Política Económica y Social el 20 de octubre de 2006 (ponente: Sra. Abela Baldacchino, Teniente de alcalde de Qrendi (MT/PSE),

ha aprobado por unanimidad, en su 67o Pleno, celebrado los días 6 y 7 de diciembre de 2006 (sesión del 6 de diciembre), el presente Dictamen:

1.   Observaciones del Comité de las Regiones

Prioridades del Comité de las Regiones

1.1

El Comité de las Regiones considera que el tema de la igualdad de género constituye una de las prioridades básicas en 2006. La puesta en marcha de un plan de trabajo para la igualdad de género forma parte de los fundamentos del modelo social europeo. Promover la igualdades de oportunidades y luchar contra toda forma de discriminación son prioridades políticas clave del CDR.

1.2

Ha llegado el momento de presentar propuestas concretas sobre la manera de alcanzar la igualdad de género y mejorar la situación de las mujeres, especialmente, dentro de los Estados miembros, en el marco de la celebración del Año Europeo de la igualdad de oportunidades para todos en 2007. El pacto europeo para la igualdad de género, acordado por los gobiernos de diferentes Estados miembros, al igual que el plan de trabajo en la materia, establece una serie de fines y objetivos, pero es urgente contar con propuestas concretas sobre la manera de aplicar estas políticas. Sin embargo, deberían ser sostenibles por lo que respecta a su tipología y los efectos que persiguen y deberían elaborarse para ser aplicadas en el Plan de trabajo para la igualdad entre las mujeres y los hombres 2006-2010, es decir, para un período más prolongado.

Objetivos del Comité de las Regiones

1.3

La igualdad de género debe ser adoptada universalmente como un objetivo deseable para los ciudadanos que utilizan los servicios prestados por los entes regionales y locales y un pilar básico de la política para los gobiernos y políticos de todas las ideologías. Los entes regionales y locales deben desempeñar un papel esencial al respecto dado que son los más cercanos a los ciudadanos y a los asuntos que les afectan. Por consiguiente, deben contribuir a ofrecer un buen ejemplo de no discriminación, especialmente en su calidad de empleadores importantes dentro de la UE y de prestadores esenciales de servicios que tienen una repercusión directa en la igualdad de género (véase más adelante).

1.4

Por lo tanto, estos entes deben actuar como catalizadores, como órganos de apoyo y fomento. Su primer objetivo es lograr una equilibrio razonable entre mujeres y hombres. En consecuencia, todos cuantos lo necesiten deben recibir apoyo con los medios necesarios para reforzar su posición en la sociedad y acceder al mercado laboral.

1.5

El CDR, para suscribir el plan de trabajo, debe tener garantías de que existe un compromiso político sobre estos puntos:

1.

descentralización de los objetivos del plan de trabajo

2.

establecimiento de las condiciones que permitan conciliar las responsabilidades familiares y laborales

3.

un marco jurídico sólido y bien aplicado

4.

igualdad de género en el proceso decisorio

5.

cambio de los patrones culturales: igualdad.

El Comité de las Regiones, y los entes regionales y locales a los que representa, están preparados para contribuir a alcanzar estos objetivos mediante acciones concretas. Sin embargo, deberían ser sostenibles por lo que respecta a su tipología y los efectos que persiguen y deberían elaborarse para ser aplicadas en el Plan de trabajo para la igualdad entre las mujeres y los hombres 2006-2010, es decir, para un período más prolongado.

Observaciones generales sobre las seis prioridades del plan de trabajo

1.6

El CDR apoya la iniciativa de la Comisión Europea de poner en marcha un plan de trabajo para la igualdad de género como continuación de una serie de documentos en los que se establecen los fines de la política europea en favor de la igualdad de género. En un dictamen anterior (1), el CDR ya señaló la necesidad de una estrategia coherente e integradora que luche contra las desigualdades entre mujeres y hombres en la Unión Europea. La igualdad de género es un derecho fundamental y un valor común que no está sujeto a negociaciones o restricciones de ningún tipo. No obstante, también requiere medidas políticas concretas en todos los niveles de gobierno para que sea una realidad.

1.7

En general, las instituciones europeas reconocen que el éxito del proyecto europeo depende de la capacidad de la UE y de sus instituciones para tener en cuenta las preocupaciones de las personas en los niveles de base. Por lo tanto, el éxito del plan de trabajo depende en gran medida de la capacidad de las instituciones de la UE para aprovechar toda la experiencia y los recursos de los entes regionales y locales durante su aplicación. Existen numerosos ejemplos de buenas prácticas de iniciativas en favor de la paridad, llevadas a cabo en el nivel local y regional, que merece la pena divulgar. Este aspecto se echa de menos en la actual estrategia del plan de trabajo.

Mejorar la gobernanza en favor de la igualdad de género

1.8

El CDR considera positivo el punto de vista del plan de trabajo de apoyar el Instituto Europeo de la Igualdad de Género. El CDR desea seguir el debate sobre el mandato preciso de esta nueva agencia y la manera en que deberá convertir los objetivos de la política general en medidas concretas. El Comité de las Regiones destaca la necesidad de contar con datos científicos fiables y comparables sobre la situación de la igualdad de género en los diferentes niveles de gobierno y considera que el Instituto Europeo de la Igualdad de Género desempeñará una importante función como instrumento para crear redes de recogida e intercambio de estos datos. Asimismo, considera que otra función importante del Instituto será supervisar las políticas y prácticas sobre educación de las mujeres y hombres, elaborar recomendaciones y efectuar sugerencias de mejora de la situación.

1.9

El CDR insiste en que, al realizar esta labor, debe hacerse hincapié en la participación de los entes regionales y locales. La supervisión de la evolución en los niveles más cercanos a los ciudadanos y el intercambio de las mejores prácticas son esenciales para maximizar los resultados del Instituto. Con tal fin, el Instituto Europeo de la Igualdad de Género deberá explorar formas de descentralizar sus actividades y deberá recibir los medios necesarios para hacerlo.

1.10

Otro aspecto básico para mejorar la política de igualdad de género a escala europea es la necesidad de perfeccionar la gobernanza de las instituciones de la UE que se ocupan de este ámbito. Se trata en especial de incrementar la coordinación entre los diferentes servicios de la Comisión para reforzar la inclusión de la perspectiva de género en todas las políticas. Ello también requiere esfuerzos destinados a aumentar la formación y cualificación de funcionarios, formadores y educadores de todas las categorías para que sean conscientes de los aspectos de la igualdad de género. A este respecto, debería incluirse el lenguaje de redacción de todos los documentos, sobre todo si se trata a las mujeres como una minoría, de forma que la documentación refleje más un sistema no diferenciador.

Descentralización de los objetivos del plan de trabajo

1.11

Debería considerarse la revisión del orden jerárquico de las áreas prioritarias que establece la Comisión. Un plan de trabajo eficaz debería centrarse tanto en la igualdad económica como en la igualdad social para corregir las desigualdades manifiestas que todavía existen respecto de la participación de mujeres y hombres en el proceso decisorio y la vida política en general. Cada vez se admite más en Europa que la igualdad de género es vital para su progreso económico y que constituye un objetivo importante por sí solo. Por ejemplo, a pesar de que Europa hoy en día presume de un nivel de vida que es un modelo para el resto del mundo, también es cierto que no en toda la UE el bienestar económico se ha traducido en igualdad de género o un mayor bienestar para la mujer. Por esta razón es importante señalar que el bienestar económico no lleva automáticamente a la igualdad de género. Si quiere alcanzar el destino final de la igualdad de género, Europa necesita iniciar una vía directa y poner los medios para alcanzar los objetivos.

1.12

Los entes regionales y locales, que son los más cercanos a la población y se ocupan de la mayoría de los importantes aspectos económicos, educativos y sociales de la vida diaria, tienen la capacidad de trasladar los valores y las estructuras inherentes al plan de trabajo a la situación real, algo que también reconoce la Comisión Europea en su valoración de la «Carta europea para la igualdad de mujeres y hombres en la vida local», elaborada por el CMRE en el ámbito del quinto programa de acción de la Comisión Europea. Los valores del plan de trabajo deben convertirse en una parte integrante de las políticas que se aplican a nivel regional y local. El objetivo de eliminar los estereotipos de género en la educación, formación y cultura y la consolidación de la gobernanza en favor de la igualdad de género pueden lograrse mejor en este nivel, al igual que el seguimiento efectivo del proceso.

1.13

Existe una tendencia a escala comunitaria, nacional, regional y local, a debatir los aspectos de la igualdad entre mujeres y hombres sólo desde el punto de vista estadístico. Aunque las estadísticas fiables y comparables son útiles y necesarias para comprender la situación actual, el peligro intrínseco es que se utilicen para justificar políticas puramente formales. Por consiguiente, es necesario garantizar una interpretación correcta de las estadísticas para poder convertirlas en medidas concretas y adecuadas. Un desglose por sexos de las estadísticas permitirá un mejor análisis de los datos y del grado de repercusión en cada momento de las políticas de género que se apliquen tanto en la UE como por parte de los entes regionales y locales.

Establecimiento de las condiciones que permitan conciliar las responsabilidades familiares y laborales

1.14

Asimismo, el nivel regional y local permite utilizar de manera eficaz los nuevos fondos y demás iniciativas destinados a aplicar los valores y a facilitar las estructuras necesarias para la realización del plan de trabajo. El desarrollo de planes sociales comunitarios puede ser un instrumento de gestión que facilitará a los entes regionales y locales la labor de examinar las necesidades a escala local y, con arreglo a estudios científicos, abordar las necesidades de grupos desfavorecidos concretos.

1.15

Es evidente que la realización de los objetivos de Lisboa requiere la contribución de ambos sexos, especialmente de las mujeres. Ello incluye su participación en el marcado laboral, una mayor participación de los hombres en las responsabilidades familiares y la posibilidad de conciliar los compromisos familiares y laborales tanto para hombres como para mujeres, lo que es probable que tenga una repercusión decisiva en la futura evolución demográfica de la UE.

1.16

Para poder conseguirlo, son imprescindibles medidas efectivas dirigidas a la promoción de una participación equilibrada de los hombres ante las responsabilidades familiares, más y mejores infraestructuras de cuidado de niños que sean accesibles y asequibles para todos los que tengan que recurrir a ellas. Muchos Estados miembros deben hacer grandes esfuerzos para cumplir los objetivos de Barcelona 2002 al respecto y deberían colaborar estrechamente con los entes regionales y locales en aras de su realización.

1.17

El valor de los objetivos políticos a largo plazo dependerá de la elaboración de políticas concretas, con financiación adecuada, que permitan a todos los miembros de la comunidad sentirse valorados y beneficiarse de ello. De forma paralela, deben apoyarse y fomentarse nuevas iniciativas que eliminen los estereotipos sobre hombres y mujeres en la vida profesional, privada y política.

1.18

El CDR considera que la labor fundamental es garantizar que existan oportunidades concretas para alcanzar la igualdad de género. La propia existencia de oportunidades es la que, en último término, permite avanzar. El mercado se centra en los beneficios y las políticas de precios, pero también en la calidad de los servicios prestados. La igualdad de género sólo puede lograrse cuando los servicios esenciales, esto es, servicios de buena calidad, están al alcance de todos los ciudadanos. La agenda social de la UE debería tener en cuenta estos aspectos.

Un marco jurídico sólido y bien aplicado

1.19

Ya han pasado varias décadas desde que Europa aprobó la legislación sobre la igualdad de retribución, pero todavía falta mucho para alcanzarla (2). Las instituciones de la UE deben adoptar el serio compromiso político de hacer cumplir la legislación y las directivas existentes, incluso denunciando ante los tribunales a los Estados miembros que sigan pasando por alto las normas actuales y futuras. La UE debe tener en cuenta las circunstancias actuales y trabajar en favor de un firme compromiso de los Estados miembros de la UE con la igualdad entre hombres y mujeres. La igualdad entre hombres y mujeres se tiene que convertir en una auténtica prioridad para todos los Estados miembros. Así se reforzará la postura de la UE cuando se examinen cuestiones de igualdad entre hombres y mujeres en foros internacionales.

1.20

Este principio también es válido para la necesidad imperiosa de reforzar la lucha contra la trata de seres humanos. Los entes regionales y locales deben recibir ayuda para eliminar la plaga de la trata de seres humanos y la explotación económica de los inmigrantes irregulares. El tráfico de seres humanos se ha convertido en un problema de enormes proporciones al que se tiene que prestar atención rápidamente. También es necesario estar atento para garantizar que se respeten la dignidad y los derechos de todos los inmigrantes ilegales detenidos, pero especialmente los de las mujeres y los niños. Uno de los objetivos de trabajo del Comité de las Regiones será el de apoyar y potenciar una mayor cooperación entre sus miembros en la lucha contra tales abusos. Esto aumentará la eficacia de la cooperación de la UE contra estos graves crímenes que infligen sufrimientos y miserias extremas y son una ofensa para la dignidad humana. Además, sentará una base sólida para la cooperación internacional a todos los niveles de gobernanza, cooperación que debería aumentar.

1.21

La violencia de género es ante todo violencia del hombre contra la mujer. Es un grave problema social y una amenaza contra la salud, el bienestar y la vida de las mujeres y de los hijos. Es un crimen contra el derecho fundamental a la vida, a la seguridad, a la libertad, a la dignidad y a la integridad física y emocional. La medida preventiva más importante es difundir el conocimiento y trabajar activamente en los valores y las actitudes. Trabajando activamente en aras de una mayor igualdad podemos crear una sociedad en la que niños y niñas tengan las mismas oportunidades y derechos, una sociedad en la que las niñas y las mujeres no se vean sometidas a la violencia masculina. Las entidades locales y regionales, que son los niveles que se hallan más cerca del ciudadano, tienen una gran responsabilidad en estas cuestiones pero además cuentan con mucha experiencia, buenos prácticas y programas destinados tanto a las víctimas como a los autores de los delitos.

Igualdad de género en el proceso decisorio

1.22

Para alcanzar una verdadera igualdad de género debe corregirse el problema de la infrarrepresentación de las mujeres en los procesos decisorios económicos y políticos. Los entes regionales y locales deben desempeñar un papel fundamental en este ámbito porque la igualdad de género aplicada a la participación en política y en la vida económica debe instaurarse de abajo arriba (bottom up). A este respecto, el CDR sugiere que la idea de los sistemas de cuotas se debata en los diferentes niveles de gobierno. No obstante, las cuotas por sí solas no pueden resolver el problema de la desigualdad y la discriminación, pero pueden ser un componente de una estrategia integrada más amplia para acabar con las estructuras existentes que excluyen a las mujeres de los procesos decisorios.

1.23

Habida cuenta de que el próximo año se dedicará a la «igualdad de oportunidades para todos», el CDR insta a los Estados miembros a que garanticen la paridad en las delegaciones nacionales que componen el CDR.

1.24

Se anima a los grupos políticos del CDR a que participen de manera activa en el debate sobre la igualdad entre hombres y mujeres. Como parte de su compromiso con el «Año», el propio CDR debería elaborar una estrategia en la que defina su método de trabajo con las delegaciones nacionales y los grupos políticos para examinar la cuestión de la desigualdad entre hombres y mujeres entre los miembros del CDR.

1.25

Asimismo, el CDR debería comprometerse, por medio de sus comisiones, a garantizar que sus futuros dictámenes se basarán en una participación y aportación equitativa de mujeres y hombres y que el objetivo será alcanzar la paridad en todos los trabajos del Comité de las Regiones.

Cambio de los patrones culturales: igualdad desde un punto de vista no diferenciador

1.26

Los entes regionales y locales de los Estados miembros y de los terceros países varían en cuanto al tamaño y a la fecha de creación, pero no respecto de su cometido y principios. Ante todo, son un agente de introducción de cambios, dado que conocen las necesidades regionales y locales y ocupan una posición determinante para garantizar que los servicios prestados se diseñan con vistas a incrementar el bienestar de sus comunidades.

1.27

Un reto fundamental a este respecto es que se entable un debate abierto con todos los ciudadanos y que se adopten las medidas concretas hacia la igualdad de género.

1.28

A su vez, los entes regionales y locales deberían fomentar la igualdad entre mujeres y hombres mediante proyectos financiados por ellos mismos o con cargo a los fondos de la UE en los cursos iniciales de la escuela primaria, incluida la difusión de proyectos realizados con éxito en los diferentes Estados miembros.

1.29

Las autoridades políticas de todos los niveles tienen posibilidades de cambiar el discurso dominante y, por lo tanto, los patrones culturales. Ello podría lograrse mediante estrategias que incluyan la intervención en la comunidad por medio de educadores, empleadores y empleados, instituciones nacionales e internacionales y, sobre todo, de los medios de comunicación, con el fin de lograr una realización más eficaz de la igualdad de género. En concreto, ello requiere que las instituciones locales y regionales, pero también nacionales y comunitarias, adopten la igualdad de género como un aspecto intrínseco de la comunicación con los ciudadanos. A su vez, es necesario educar y formar a las personas competentes dentro de las instituciones, así como a los representantes de los medios de comunicación, para concienciarlos sobre los asuntos de la igualdad de género. Dentro del debate en curso sobre el futuro de Europa con arreglo al Plan D de democracia, diálogo y debate de la Comisión, al que el Comité de las Regiones quiere añadir una cuarta «D» de descentralización, los aspectos de la igualdad de género deberían incluirse como un componente esencial para que Europa esté más cerca de los ciudadanos.

2.   Recomendaciones del Comité de las Regiones

2.1

Además de analizar los factores educativos, económicos y sociales, la UE tiene que colaborar estrechamente con los medios de comunicación y mostrarse dispuesta a elaborar códigos de conducta que, sin afectar a las libertades ni a la creatividad, eliminen los aspectos contrarios a las prioridades del plan de trabajo. Los medios de comunicación pueden ser un instrumento adecuado para difundir los valores del plan de trabajo, pero los sólidos intereses creados pueden llegar a obstaculizar de manera encubierta su desarrollo. Así pues, el cumplimiento de los objetivos del plan de trabajo puede llegar a constituir una prueba de la capacidad de la UE para crear una sociedad europea en la que la igualdad de género sea algo más que buenas palabras.

2.2

La democracia, para que sea real y verdadera, debe garantizar la plena participación de los ciudadanos en las decisiones finales vinculantes que influyen en la vida diaria. Mientras la desigualdad de género siga existiendo en el proceso decisorio, no se podrá lograr plenamente la democracia en el seno de la UE. El CDR y las instituciones de la UE deben comprometerse a acelerar la reforma de los procesos democráticos en los Estados miembros y proponer las normas éticas de gobernanza política para un mundo cada vez más globalizado. La igualdad de género es una de dichas normas éticas.

2.3

La cuestión de la violencia doméstica, y especialmente de los hombres contra las mujeres, tiene que ser tratada también por la Comisión Europea para que una mayor cooperación entre los miembros facilite el procesamiento de individuos acusados de violencia doméstica incluso en el caso de que hayan cambiado su país de residencia.

2.4

Es posible que la igualdad de género no pueda alcanzarse hasta que se generalicen los servicios que permiten a las mujeres asumir el lugar que les corresponde en las estructuras del proceso decisorio. Si se logran los objetivos del plan de trabajo las mujeres tendrán una mejor oportunidad de incorporarse al mercado laboral y de ser económicamente independientes.

2.5

Los entes regionales y locales, en su calidad de empleadores importantes, deberían servir de ejemplo estableciendo normas elevadas sobre la igualdad de género. Una de las muchas posibilidades sería garantizar dicha igualdad en los tribunales de contratación, ya que suele olvidarse que se trata de un aspecto esencial del proceso decisorio.

2.6

Otro paso en el mismo sentido es que el CDR se convierta en modelo de conducta a escala europea, nacional, regional y local, con el fin de garantizar que las políticas de contratación tienen plenamente en cuenta la comprensión de los temas de la igualdad de género por parte de los futuros candidatos y de concienciar a los empleados mediante la formación y la recualificación.

2.7

En el CDR no existe equilibrio de género entre sus miembros y, por lo tanto, no puede ser considerado como un modelo de buenas prácticas para los entes locales y regionales de la UE. El Comité debería utilizar el «Año Europeo de la igualdad de oportunidades para todos» de 2007 como catalizador y cooperar con las delegaciones nacionales y los grupos políticos representados en el CDR para elaborar una estrategia sobre la manera de lograr la paridad entre hombres y mujeres, así como publicar esa estrategia en 2007.

2.8

Los demás ámbitos en los que las desigualdades de género repercuten de manera negativa en la consecución de los objetivos acordados al retrasar u obstaculizar la participación plena y equitativa de las mujeres en todas las esferas de la vida diaria deben tratarse con firmeza. Pueden hallarse ejemplos llamativos en diversos ámbitos de la política social, como por ejemplo, la sanidad, la educación, la seguridad social, la vivienda, etc., que no son suficientemente sensibles a las diferencias basadas en el sexo.

2.9

Con el fin de adoptar más medidas respetuosas con la vida familiar que permitan a las mujeres y hombres indistintamente un acceso equitativo al empleo remunerado y a los servicios, los entes regionales y locales podrían poner en marcha iniciativas de asociación con entidades públicas y privadas que fomenten el acceso a infraestructuras de cuidado de niños, que podrían financiarse con cargo a los Fondos Estructurales o al nuevo programa Progress. El Comité de las Regiones debería servir de modelo tanto para sus estructuras políticas como para sus empleados. Para conseguirlo tiene que convertirse en un líder a la hora de facilitar servicios de atención infantil puesto que sus instalaciones son utilizadas constantemente por sus empleados, asociaciones de cualquier tipo y políticos.

2.10

Por todo ello, debería tenerse muy en cuenta que los entes regionales y locales están en unas condiciones inmejorables para ejecutar el plan de trabajo, sin perder nunca de vista el entorno cultural y socioeconómico en el que debe llevarse a cabo. Los objetivos del plan de trabajo no se alcanzarán si el proceso de la igualdad de género no se realiza de abajo arriba con la plena participación de los ciudadanos a nivel regional y local. En este sentido, la Carta europea para la igualdad de mujeres y hombres en la vida local, elaborada por el CMRE, constituye una referencia de gran utilidad para todos los entes locales y regionales, al traducir de modo orgánico los objetivos del plan de trabajo con arreglo a las competencias de los entes locales y regionales. De hecho, no sólo los entes regionales y locales deberían participar directamente mediante un plan de trabajo descentralizado, sino que el CDR y sus miembros deben promover, respaldar y ser defensores de la igualdad de género.

2.11

Si así lo acuerda la autoridad presupuestaria, el CDR debería organizar anualmente un foro sobre la paridad con objeto de reunir a las entidades locales y regionales, a entes públicos, privados y voluntariado con el fin de intercambiar metodología, conocimientos y experiencia. Los costes deberían ser reducidos con el fin de permitir una participación amplia.

Bruselas, 6 de diciembre de 2006.

El Presidente

del Comité de las Regiones

Michel DELEBARRE


(1)  CDR 151/2005 fin. Las mujeres y la pobreza en la Unión Europea.

(2)  Gurmai, Z. (2006). Roadmap has no fast lane. Declaración del PSE.