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16.12.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 321/18 |
Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) no 70/2001 de la Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas
(2005/C 321/11)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
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Ayuda número |
XS 15/03 |
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Estado miembro |
Grecia |
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Región |
Todas las regiones (13) |
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Denominación del régimen de ayudas |
Régimen de ayudas a las PYME en el marco de los programas operativos regionales de los III MCA 2000-2006: Ayuda destinada a mejorar la competitividad y la innovación de las PYME del sector turístico |
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Fundamento jurídico |
Άρθρο 35 του Νόμου 3016/2002 (ΦΕΚ 110 Α, 17.5.2002) |
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Gasto anual previsto en el régimen |
Las ayudas se pondrán en marcha por primera vez en febrero de 2003 y serán objeto de un nuevo concurso durante el período de aplicación de los programas operativos regionales 2000-2006. El gasto público estimado para todos los ciclos del concurso asciende a 150 000 000 EUR |
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Intensidad máxima de la ayuda |
Regímenes de ayudas en el marco de los programas operativos regionales 2000-2006 (los porcentajes se ajustan al mapa de ayudas regionales aprobado y al Reglamento (CE) no 70/2001 relativo a las PYME, y se expresan en equivalente de subvención neto. Además, en algunas regiones, los límites máximos están cubiertos por los porcentajes suplementarios autorizados de ayuda, es decir, un 15 %, contemplados en la letra b) del apartado 3 del artículo 4 del Reglamento (CE) no 70/2001, vigente en todas las regiones griegas, de conformidad con lo dispuesto en la letra a) del apartado 3 del artículo 87 CE). Intensidad de la ayuda:
Observaciones:
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Fecha de ejecución: |
Las ayudas se concederán a partir de febrero de 2003 |
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Duración del régimen: |
31.12.2006, so reserva de prolongación de la admisibilidad de los gastos por la Comisión |
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Objetivo de la ayuda: |
Concesión de ayudas a pequeñas y muy pequeñas empresas turísticas, de acuerdo con la recomendación de la Comisión de 3 de abril de 1996, en el marco de los programas operativos regionales de los tercer MCA 2000-2006, con el fin de apoyar la competitividad y la innovación de proyectos adecuados, que contribuyan a la viabilidad de las empresas así como a preservar el empleo y a crear o a garantizar nuevos puestos de trabajo |
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Sectores económicos afectados: |
Empresas turísticas (ΝΑCE 55.1, 55.2,60.23, 63.3,63.4, 74.84, 92.61,93.04)
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Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas: |
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Otros datos: |
El importe de la ayuda por inversión no deberá nunca sobrepasar los 200 000 EUR, y se considera que, por término medio, no sobrepasará los 100 000 EUR |