23.7.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 181/2


Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) no 70/2001 de la Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas

(2005/C 181/02)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

Ayuda número: XS 23/03

Estado miembro: Italia

Región: Molise

Denominación del régimen de ayudas: Medida 4.1.3 del POR Molise 2000/2006: Ayuda para la compra, mediante operaciones de leasing, de inmuebles destinados al desarrollo de actividades productivas.

Fundamento jurídico:

 

Decisione C(2000) 2371 dell'8.8.2000 della Commissione europea;

 

regolamento CE n. 70 del 2.1.2001;

 

decreto legislativo n. 123 del 31.3.1998;

 

delibera di Giunta della Regione Molise del 5 giugno 2001, n. 653;

 

delibera di Giunta della Regione Molise del 14 ottobre 2002, n. 1530;

 

delibera di Giunta della Regione Molise del 14 ottobre 2002, n. 1571.

Gasto anual previsto en el régimen: 14 269 204,00 de euros hasta el 31.12.2006

Intensidad máxima de la ayuda: La intensidad máxima de la ayuda, para las zonas de la región que se ajustan a lo dispuesto en la letra c) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado de Amsterdam, está establecida en el 20 % ESN más el 10 % ESB. Para todas las otras zonas de la región que no se ajustan a lo dispuesto en la letra c) del apartado 3 del artículo 87 está prevista una intensidad de ayuda del 15 % EBS para las pequeñas empresas y del 7,5 % ESB para las medianas empresas.

Fecha de ejecución: A partir del 1.12.2002

Duración del régimen:

Objetivo de la ayuda: La ayuda consiste en bonificaciones a las mensualidades abonadas con vistas a la adquisición en leasing de inmuebles destinados al desarrollo de actividades productivas.

El importe máximo de la inversión subvencionable asciende a 1 549 370,69 euros.

Las contribuciones se conceden en función de las mensualidades abonadas por las empresas beneficiarias a las sociedades de leasing sobre la base de los planes de amortización elaborados en función de los contratos de leasing inmobiliario estipulados y referentes a edificios ya existentes o pendientes de construir por las sociedades de leasing.

Tendrán derecho a la ayuda los siguientes tipos de gastos:

«Terreno», sólo en caso de construcción de inmuebles objeto de contrato de arrendamiento financiero, con una extensión máxima igual a los metros cuadrados cubiertos por los respectivos inmuebles incrementados en un 30 % y por un valor no superior al 10 % del importe de los correspondientes gastos admisib1es en «construcción e instalaciones generales»;

«Construcción» relativas a los gastos de construcción o al valor de compra del inmueble objeto de contrato de arrendamiento financiero;

«Instalaciones generales», es decir, las instalaciones hidráulicas, eléctricas, térmicas, antirrobo, antiincendio, de depuración, de aire condicionado y/o aire comprimido de la unidad local interesada en la inversión y objeto de contrato de arrendamiento financiero;

«Gastos técnicos» relativos a la concepción y dirección de las obras, la fiscalización y las tasas por los permisos para los immuebles objeto del contrato de arrendamiento financiero, dentro del límite máximo del 5 % de las otras rúbricas de gastos subvencionables.

Sectores económicos afectados: PYMEs que operen en los sectores de las actividades de la extracción y las manufacturas contempladas en las secciones C y D de la clasificación de actividades económicas ISTAT 1991, con las exclusiones y las limitaciones previstas en la normativa comunitaria para los sectores de la siderurgia, la construcción naval, las fibras sintéticas, la industria automovilística y los transportes.

No son subvencionables las empresas operantes en los sectores relativos a la producción, transformación y comercialización de los productos enumerados en el Anexo I del Tratado CE.

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas:

Regione Molise

Assessorato alle Attività produttive

Settore Industria

Via Roma 84

I-86100 Campobasso

Tel.: 0874.429840

Fax: 0874.429854

Otros datos: Los contratos de leasing se estipularán con las sociedades de leasing habilitadas por, y que tengan un convenio con, la Región de Molise.

Los inmuebles objeto de la inversión tendrán que estar en regla con las disposiciones en materia urbanística.

Ayuda número: XS 32/03

Estado miembro: Italia

Región: Calabria

Denominación del régimen de ayudas: Incentivos con arreglo a lo dispuesto en el artículo 31 bis de la ley regional no 7/2001, substituido por el artículo 10 de la ley regional no 36/2001

Fundamento jurídico:

Decreto Legislativo 31.3.98, n. 112, artt 15 e 19;

Decreto Legislativo 31.3.98, n. 123;

Regolamento (CE) n. 70/2001 della Commissione del 12.1.2001;

Legge Regione Calabria del 2.5.2001, n. 7, art. 31 bis, come sostituito dall'art. 10 della L.R. n. 36/2001 e Delibera Giunta regionale n. 633 del 17.7.2002

Gasto anual previsto en el régimen: Euro 4 131 655,20

Intensidad máxima de la ayuda: Contribución en forma de bonificación de intereses, con una intensidad máxima de ayuda equivalente al 10 % ESB.

Fecha de ejecución: El 30 de septiembre de 2002

Duración del régimen:

Objetivo de la ayuda: La ayuda se ajusta a las ayudas admisibles con arreglo a los artículos 3 y 4 del Reglamento (CE) no 70/2001.

Sectores económicos afectados: Empresas artesanales y PYME, con las exclusiones y las limitaciones previstas en la normativa comunitaria.

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas:

Regione Calabria (sede legale)

Via Massara, no 2

I-88100 Catanzaro

Ayuda número: XS 47/03

Estado miembro: Italia

Región: Véneto

Denominación del régimen de ayudas: Ayuda al comercio y revitalización de los centros urbanos — Acción B

Fundamento jurídico: Decreto legislativo 31 marzo 1998, n. 114 — Legge regionale 9 agosto 1999, n. 37 e successive modificazioni ed integrazioni — Legge 443/85 — Legge regionale n. 67/87 — DPR n. 288/2001

Gasto anual previsto en el régimen: Años 2001-2002: Ob. 2 857 800 euros— S.T 323 800 euros

Año 2003: Ob. 2 407 437 euros — S.T 131 023 euros

Es prematuro indicar la dotación presupuestaria de los años siguientes.

N.B: la medida 1.4 se compone de acción A. (infraestructuras) y de acción B (régimen de ayuda); por lo tanto, los importes relativos a la dotación presupuestaria indicados en ella se estiman en el 10 % de los importes totales previstos.

Intensidad máxima de la ayuda: Máximo del 15 % de los costes de inversión. Máximo del 50 % de los servicios de consultoría y otros servicios y actividades.

Fecha de ejecución: Son admisibles los gastos en que se haya incurrido con posterioridad a la fecha de la solicitud de obtención de la ayuda presentada en el plazo previsto en el anuncio.

Duración del régimen: 31.12.2006 Ob 2 — 31.12.2005 Phasing out.

Objetivo de la ayuda: La ayuda está destinada a las pequeñas empresas comerciales, a los establecimientos polivalentes siempre que se ajusten a la definición de «pequeña empresa comercial» y a las tiendas artesanas con elaboraciones tradicionales, típicas, artísticas y de servicio a las personas.

La ayuda afecta tanto a los locales (modernización, reestructuración y ampliación), como a los bienes de equipo (compra, renovación y ampliación).

Sectores económicos afectados: Comercio al por menor y servicios.

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas:

Regione Veneto

Palazzo Balbi

Dorsoduro 3901, VE

Autoridad de gestión:

Regione Veneto

Direzione Programmi comunitari

S. Croce 1187, VE

Responsable de gestión y ejecución:

Regione Veneto

Direzione commercio

Cannaregio 2268, VE

Ayuda número: XS 68/02

Estado miembro: España

Región: Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Denominación del régimen de ayudas: Subvenciones para la mejora de los servicios y el acondicionamiento de infraestructuras y redes de telecomunicaciones existentes o de nueva incorporación con el fin de que las empresas radicadas en los parques y polígonos empresariales y en recintos de alta concentración empresarial, dispongan de condiciones más competitivas para desarrollar su actividad económica.

Fundamento jurídico: Orden de 6 de junio de 2002, de la Consejería de Ciencia, Tecnología, Industria y Comercio, reguladora de las bases y convocatoria de las ayudas para la incorporación de redes y servicios avanzados de telecomunicación a espacios industriales y parques empresariales ubicados en la Región de Murcia.

Resolución por la que se publican los anexos a la Orden de 6 de junio de 2002, de la Consejería de Ciencia, Tecnología, Industria y Comercio, reguladora de las bases y la convocatoria de las ayudas para la incorporación de redes y servicios avanzados de telecomunicación a espacios industriales y parques empresariales ubicados en la región de Murcia

Gasto anual previsto en el régimen: Se ha previsto un total de créditos de 600 000 euros

Intensidad máxima de la ayuda: Para las empresas privadas no se podrá otorgar más de un 40 % en términos de subvención bruta sobre el gasto subvencionable.

Fecha de ejecución: La orden ha entrado en vigor el 16 de mayo de 2002

Duración del régimen: Se podrá conceder hasta el 15 de octubre de 2002.

Objetivo de la ayuda: Establecer las bases reguladoras y realizar la convocatoria de la concesión de subvenciones para la mejora de los servicios y el acondicionamiento de infraestructuras y redes existentes o de nueva incorporación con el fin de que las empresas radicadas en los parques y polígonos empresariales y en recintos de alta concentración empresarial de la Región de Murcia, dispongan de condiciones más competitivas para desarrollar su actividad económica.

Sectores económicos afectados: Sector industrial

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas:

D. Patricio Valverde Megías

Consejero de Ciencia, Tecnología, Industria y Comercio

c/ San Cristóbal, 6

E-30071 Murcia

Ayuda número: XS 85/03

Estado miembro: Reino Unido

Región: País de Gales

Denominación del régimen de ayudas: Régimen de obtención de energía a base de madera

Fundamento jurídico: 1967 Forestry Act, Section 3.2 and, more specifically, the 1979 Forestry Act, Sections 1.1 and 1.2

Gasto anual previsto en el régimen: El valor total del régimen asciende a 13,239 millones de GBP, de los que 6,04 millones de GBP son las subvenciones que se concederán durante los cuatro años de vigencia del proyecto (hasta finales de marzo de 2007).

El gasto anual se calcula en:

Intensidad máxima de la ayuda: La intensidad bruta de la ayuda estará dentro de los límites establecidos para las PYME en el artículo 4: 15 % para las pequeñas empresas definidas en el anexo I del Reglamento (7,5 % para las medianas empresas) en las zonas no asistidas. La intensidad máxima de la ayuda será del 50 % (35 % + 15 %) en las zonas contempladas en la letra a) del apartado 3 del artículo 87 y del 30 % en las zonas contempladas en la letra c) del apartado 3 del artículo 87 (intensidad de la ayuda regional + el 10 %).

Fecha de ejecución: A finales de agosto de 2003

Duración del régimen: Cuatro años, hasta el 31 de marzo de 2007

Objetivo de la ayuda: Diversificar y ampliar el número de PYME que pasan a utilizar un nuevo combustible a base de madera en el sector de la energía renovable en el País de Gales. La ayuda se prestará para ayudar a la compra de bienes de equipo para instalación de calderas; construcción de instalaciones de tratamiento (conversión en virutas y secado de la madera); instalación de sistemas de calor húmedo en ciertos casos (subvención máxima restringida hasta el 35 %); y construcción de instalaciones combinadas de calor y electricidad («CHP»)

Sectores económicos afectados: Fabricación (empresas de suministro energético nuevas o ya existentes e ingeniería de calefacción); silvicultura (a través de la venta de madera de pequeño diámetro); tratamiento (conversión en viruta y secado de la madera, ya se trate de árboles o de residuos de madera de serrería); transporte.

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas:

Paul Finch

Forestry Commission

Victoria Terrace

Aberystwyth

Ceredigion, SY23 2DQ

Tel.: 01970 625866

Ayuda número: XS 92/03

Estado miembro: Alemania

Región: Sajonia-Anhalt

Denominación del régimen de ayudas: Directrices sobre la concesión de subvenciones para servicios de consultoría utilizados por pequeñas y medianas empresas en Sajonia-Anhalt — Programa de ayudas para servicios de consultoría

Fundamento jurídico: Mittelstandsfördergesetz des Landes Sachsen-Anhalt, vom 27. Juni 2001 (GVBl. LSA Nr. 27/2001)

Verwaltungsvorschriften zu § 44 der Landeshaushaltsordnung (VV-LHO, RdErl. des MF vom 9.8.1991, MBl. LSA S. 721, zuletzt geändert durch RdErl. des MF vom 1.2.2001, MBl. LSA S. 241)

Gasto anual previsto en el régimen o importe total de la ayuda individual concedida a la empresa: 2 500 000 euros

Intensidad máxima de la ayuda: El 50 % de los gastos subvencionables

Duración del régimen o concesión de la ayuda individual: Hasta el 31.12.2006

Objetivo de la ayuda: La ayuda cubre servicios específicos de consultoría que brindan a las empresas ideas e incentivos para su desarrollo y mejora. Esta ayuda cubre los gastos de consultoría.

Sectores económicos afectados: Todos los sectores económicos, en virtud del apartado 1 del artículo 1 del Régimen de exención

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas:

Ministerium für Wirtschaft und Technologie des Landes Sachsen-Anhalt

Hasselbachstrasse 4

D-39104 Magdeburg

Otros datos: De acuerdo con lo establecido en las disposiciones presupuestarias del Estado federado de Sajonia-Anhalt, los beneficiarios de las subvenciones deben presentar justificantes de la utilización de los fondos asignados e informar una vez al año del éxito de las medidas y de la realización de los objetivos que persiguen las ayudas.

Ayuda número: XS 94/03

Estado miembro: Italia

Región: Provincia autónoma de Trento

Denominación del régimen de ayudas: Servicios a las empresas (pequeñas y medianas empresas) — Disciplina sectorial (transporte de mercancías por carretera)

Fundamento jurídico: Legge Provinciale 12 luglio 1993 n. 17 e s.m.; relativo regolamento di attuazione approvata con delibera di Giunta provinciale n. 1664 di data 30 giugno 2000 e s.m., punto 1.1.3 «Disciplina settoriale»

Gasto anual previsto en el régimen: No superior a 100 000 Euros (crédito presupuestario anual).

Intensidad máxima de la ayuda: El régimen de ayuda sectorial, incorporado en el régimen de ayuda N 280/98, constituye una prórroga de la ayuda N 292/00. El procedimiento de notificación se envió el 10 de abril de 2000 prot. no 580/2000-D304/ES/pc. La autorización llegó mediante carta de 25 de abril 2001 prot. SG (2001) D/288167. II régimen en cuestión prevé diversos tipos de ayuda.

Servicios de primera asistencia, destinados a efectuar una evaluación global de la empresa, subvencionados hasta el 50 %.

Servicios de base, que ofrecen un análisis detallado sobre uno o más sectores empresariales, subvencionados hasta el 30 %.

Servicios especializados, destinados a potenciar el desarrollo de la empresa en términos de presencia en el mercado, estructura organizativa y tecnológica, subvencionado hasta el 40 % del gasto.

Servicios específicos relacionados con las directrices estratégicas, destinados a la consecución de los objetivos establecidos en el programa de desarrollo provincial (calidad de la empresa, nuevo impulso empresarial, integración) y subvencionados, para las pequeñas empresas, con ayudas de hasta el 50 % y, para las medianas empresas, con ayudas de hasta el 45 %.

Inversiones (art. 4 Reglamento (CE) n o 70/2001) efectuadas por consorcios de pequeñas o medianas empresas; en el primer caso las inversiones son subvencionadas hasta el 15 %; en el caso de medianas empresas hasta el 7,5 %.

Fecha de ejecución: A partir del 1o de enero de 2004.

Duración del régimen: Del 1o de enero de 2004 al 31 de diciembre de 2006.

Objetivo de la ayuda: Ayudas a las inversiones y a la consultoría para PYME que operan en el sector del transporte de mercancías por carretera por cuenta ajena y consorcios de PYME que operan en el sector del transporte de mercancías por carretera por cuenta ajena y consorcios.

Sectores económicos afectados: Transporte de mercancías por carretera por cuenta ajena.

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas:

Provincia Autónoma de Trento

Plaza Dante 15,

I-38100 Trento — Italia

Tel. 040/3772422

Ayuda número: XS 95/03

Estado miembro: Italia

Región: Provincia Autónoma de Trento

Nombre de la empresa beneficiaria de la ayuda: C.T.A. Consorcio Trentino Autonoleggiatori (con sede en Trento, via Brennero, 182).

Fundamento jurídico: Determinazione del Dirigente del Servizio Artigianato n. 313 del 7 agosto 2003 ai sensi della Legge provinciale 13 dicembre 1999, n. 6 «Interventi della Provincia autonoma di Trento per il sostegno dell'economia e della nuova imprenditorialità. Disciplina dei patti territoriali in modifica della legge provinciale 8 luglio 1996, n. 4 e disposizioni in materia di commercio»

Gasto anual previsto en el régimen: La contribución concedida asciende a 1 125 000 euros que se abonarán en plazos anuales durante cinco años.

Intensidad máxima de la ayuda:

 

7,5 % del gasto de inversión admisible

 

inversión programada: 1 964 122,04 euros

 

inversión admitida: 1 500 000,00 euros

 

valor real de la ayuda: 112 500,00 euros

Fecha de ejecución: La contribución se ha concedida mediante decisión de la Dirección del Servicio de Artesanado no 313, de fecha 7 de agosto de 2003

Duración del régimen: Fecha prevista de pago del último plazo: el 31 de diciembre de 2007

Objetivo de la ayuda: Ayuda a un consorcio de empresas de transporte de personas (autonoleggiatori) para una inversión en un edificio.

Sectores económicos afectados: Transportes

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas:

Provincia Autónoma de Trento

Servizio Artigianato

via Trener, 3

I-38100 Trento

Ayuda número: XS 97/03

Estado miembro: Reino Unido

Región: Noreste de Inglaterra

Denominación del régimen de ayudas: Ampliación de la intermediación empresarial en Tyne and Wear: Intermediación en Tyne and Wear

Fundamento jurídico: Single Programme- Regional Development Agencies Act 1998

Business Link — Section 11(1) of the Industrial Development Act 1982

Gasto anual previsto en el régimen: La ayuda pública prevista con arreglo a este régimen es la siguiente

FEDER — 2003 — 1 097 350 GBP; 2004 — 4 965 511 GBP; 2005 — 4 873 364 GBP

Intermediación empresarial — 2003 — 35 742 GBP; 2004 — 584 772 GBP; 2005 — 602 328 GBP

Programa único — 2003 — 269 301 GBP; 2004 — 543 186 GBP; 2005 — 662 857 GBP

El proyecto respetará también la norma de minimis. La financiación anteriormente indicada corresponde a la financiación total para las dos excepciones. La ayuda de minimis no excederá de 100 000 euros a lo largo de un periodo de tres años.

Intensidad máxima de la ayuda: Las PYME recibirán una subvención de hasta el 50 % de los costes de consultoría en intermediación.

Fecha de ejecución:

Duración del régimen: 4 de agosto de 2003 — 31 de diciembre de 2005

Objetivo de la ayuda: El proyecto concederá subvenciones a empresas nuevas o ya existentes para la adquisición de servicios de consultoría. La fase inicial del proyecto consistirá en un diagnóstico que identifique las necesidades (esta fase se desarrollará de acuerdo con la norma de minimis), mientras que la segunda fase consistirá en la prestación de servicios de consultoría a las PYME a través de la asociación de intermediación de Tyne and Wear. Esta segunda fase cumple los requisitos de ayuda a las PYME, pues se trata de un servicio prestado por consultores externos, para el que se permite una ayuda máxima del 50 % de los costes de consultoría.

Sectores económicos afectados: Todos los sectores industriales admisibles, sin perjuicio de las normas especiales referentes a las ayudas estatales en determinados sectores, con arreglo al apartado 2 del artículo 1 del Reglamento de exención por categorías de las PYME.

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas:

Contacto FEDER — Neil McGuinness

European Programmes Secretariat

Government Office for the North East

Wellbar House

Gallowgate

Newcastle Upon Tyne

Tyne and Wear — NE1 4TD

Contacto del patrocinador — John Scott

Business Link Tyne and Wear

Business and Innovation Centre

Wearfield

Sunderland Enterprise Park (east)

Sunderland

Tyne and Wear

SR5 2TA

Ayuda número: XS 101/03

Estado miembro: Italia

Región: Umbría

Denominación del régimen de ayudas: Apoyo a la adquisición de servicios reales — Tip. A) — Medidas destinadas a la certificación de sistemas de gestión en materia de calidad, medio ambiente, seguridad y ética.

Fundamento jurídico: Legge regionale 12 novembre 2002, n. 21; DGR 11 giugno 2003, n. 778.

Gasto anual previsto en el régimen: 900 000 euros anuales.

Intensidad máxima de la ayuda: 50 % del gasto anual.

Fecha de ejecución: Fecha de publicación del anuncio de concurso: 9 de julio de 2003. Las ayudas se concederán previa presentación de la solicitud pertinente por las PYME que operen en los sectores de la industria, la artesanía, el comercio, el turismo, los servicios y la economía social y exclusivamente para gastos efectuados después de la fecha de presentación de la solicitud.

Duración del régimen: La ley no 12/2002 no prevé ningún límite temporal para la concesión de las ayudas. Para las zonas de Objetivo 2 y Phasing out de la Región de Umbría, en el período de vigencia del Docup Ob.2 (2000-2006), se respetarán los límites temporales que establece el Reglamento (CE) no 1260/1999.

Objetivo de la ayuda: Apoyo a la adquisición de servicios reales por las PYME ubicadas en el territorio de la Región de Umbría. Las ayudas se destinan en particular a la adquisición de servicios para la introducción o la mejora de sistemas de gestión certificados, incluso integrados entre sí, en materia de calidad, respeto medioambiental, seguridad en los lugares de trabajo y responsabilidad social.

Sectores económicos afectados: Todos los sectores económicos, incluida la economía social, con limitaciones parciales en el sector de los servicios, quedando totalmente excluidos los siguientes sectores:

Extracción de minerales metalíferos (División 13 de la Clasificación ISTAT 91) y la producción siderúrgica contemplada en el anexo no 1 del Tratado CECA.

Construcción y reparaciones navales.

Producción de fibras artificiales.

Empresas que operen en los sectores agroindustriales contemplados en la Sección D subsección DE División 15 y 16 de la Clasificación ISTAT '91 como sigue:

15.1, 15.2, 15.3, 15.4, todas las clases y categorías;

15.5 todas la clase 15.51;

15.6 y 15.7 todas las clases y categorías;

15.8 la clase 15.83 y la categoría 15.89.3;

15.9 las clases 15.91, 15.92, 15.93, 15.94, 15.95, 15.97;

16.0 en su totalidad.

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas:

Región de Umbría — Junta Regional

Servicio X Políticas para la oferta pública de servicios a las empresas y difusión de la innovación y la investigación

Vía Mario Angeloni, 61

I-06184 Perugia

Tel.: 00390755045765

Telefax: 00390755045568

Correo electrónico: innovazione@regione.umbria.it

Ayuda número: XS 105/03

Estado miembro: Italia

Región: Región autónoma de Friuli-Venezia Giulia.

Denominación del régimen de ayudas: Financiación de los servicios de consultoría prestados a las PYME para proyectos de desarrollo y promoción de los sectores artesanales.

Fundamento jurídico: Decreto del Presidente della Regione n. 0198/Pres di data 17 giugno 2003.

Gasto anual previsto en el régimen:

 

Año 2003: 50 000,00 euros

 

Año 2004: 100 000,00 euros

Intensidad máxima de la ayuda: La ayuda consiste en una contribución en capital a las PYME equivalente al 50 % ESB de los costes de los servicios de consultoría.

Fecha de ejecución: A partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Región. Las primeras medidas no se aplicarán antes del 30.10.2003.

Duración del régimen:

Objetivo de la ayuda: Valorización de los sectores artesanales como ámbito de desarrollo económico-laboral y como fuente de promoción y coordinación de las iniciativas locales relativas al artesanado y creación de las condiciones que permitan un empleo óptimo de los recursos humanos, de los recursos técnicos productivos existentes o potencialmente detectables en el propio sector.

Destinatarios: los consorcios y las sociedades en comandita, incluso en forma de cooperativas, que se ajusten a la definición de pequeña o mediana empresa de la Recomendación 96/280/CE de la Comisión, de 3 de abril de 1996.

Sectores económicos afectados: Todos los sectores, excluidos los relacionados con las actividades de producción, transformación o comercialización de los productos enumerados en el Anexo I del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas:

Direzione regionale dell' artigianato e della cooperazione.

Servizio per lo sviluppo dell'artigianato

Via Giulia, 75/1

I-34100 Trieste

Teléfono: 040/377.48.22

Fax: 040/377.48.10

e.mail: dir.art.coop@regione.fvg.it

Otros datos: El presente régimen se ajusta a lo dispuesto en el Reglamento (CE) no 70/2001, de 12 de enero de 2001.

Las autoridades regionales se comprometen a modificar la definición de PYME a partir del 1.1.2005, tal como se prevé en la Recomendación de la Comisión Europea de 6.5.2003, relativa a la definición de pequeña, media y microimpresa, publicados sobre el DO L 124 de 20.5.2003.

Ayuda número: XS 120/03

Estado miembro: Italia

Región: Piamonte

Denominación del régimen de ayudas: Incentivos automáticos de carácter fiscal en apoyo de la base productiva.

Fundamento jurídico:

Legge n. 341/95 e s.m. e i. di cui alla legge n. 266/97;

Decreto legislativo n. 112/98, art. 19;

Decreto legislativo n. 123/98;

Regolamento (CE) n. 70 del 12.1.2001;

Delibera di Giunta Regionale n. 109 — 10275 dell'1.8.2003.

Gasto anual previsto en el régimen:

 

Año 2003: 34 500 000 euros

 

Año 2004: 45 000 000 euros

 

Año 2005: 45 000 000 euros

 

Año 2006: 45 000 000 euros

Intensidad máxima de la ayuda: Para las inversiones materiales e inmateriales, así como para los servicios de consultoría, está prevista

una intensidad de ayuda del 8 % ESN + 10 % ESB para las pequeñas empresas y del 8 % ESN + 6 % ESB para las medianas empresas, cuando las unidades productivas estén ubicadas en las zonas del territorio regional contempladas en la letra c) del párrafo 3 del artículo 87;

para las pequeñas y medianas empresas cuyas unidades productivas estén ubicadas en las restantes zonas del territorio regional, la intensidad de ayuda será, respectivamente, del 15 % ESB y el 7,5 % ESB.

En cualquier caso, no se concederán ayudas de importe elevado, en el sentido del artículo 6 del Reglamento (CE) no 70/2001 de 12.1.2001.

Fecha de ejecución: 27.10.2003 (en ningún caso se concederá ayuda alguna antes de la comunicación de la presente ficha a la Comisión).

Duración del régimen:

Objetivo de la ayuda: Facilitar, en forma de bonificaciones fiscales, la adquisición de activos materiales e inmateriales para la creación de nuevas instalaciones y para la ampliación, modernización, reestructuración, reconversión, reactivación y deslocalización de las unidades productivas en todo el territorio regional.

Sectores económicos afectados: PYME cuyas unidades productivas estén ubicadas en el territorio regional y que operen:

en los sectores de las actividades de extracción, manufactureras, de producción y distribución de energía eléctrica, del gas y el agua y de la construcción, contemplados en las secciones C, D, Y, F de la «clasificación de actividades económicas ISTAT 1991». Las secciones con derecho a subvención contempladas en la subsección DA son las siguientes: 15.5.2; 15.81.1; 15.81.2; 15.82; 15.85; 15.88; 15.89.1; 15.89.2; 15.96; 15.98 y 15.99. Las empresas con derecho a subvención son las que operan

en el sector de las telecomunicaciones;

en las actividades de servicios que puedan influir positivamente en el desarrollo de las actividades productivas anteriormente mencionadas.

Se aplican al régimen las exclusiones y las limitaciones previstas por la normativa comunitaria, para los sectores de la siderurgia, la construcción naval, las fibras sintéticas, la industria automovilística y los transportes.

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas:

Regione Piemonte

Direzzione Industria

Via Pisano, no 6

I-10152 Torino

Otros datos: El régimen de ayuda no afecta a las actividades relacionadas con la exportación, es decir, no se trata de una ayuda directamente vinculada a las cantidades exportadas, a la constitución y gestión de una red de distribución o a otros gastos corrientes relacionados con la exportación y no está condicionada al uso preferencial de productos internos en vez de productos de importación.

El régimen de ayuda no afecta tampoco a las empresas que operan en los sectores de la producción, comercialización y transformación de los productos agrícolas incluidos en el anexo 1 del Tratado.

Sólo son admisibles los gastos realizados con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.

Los servicios de consultoría admitidos no deben ser continuos ni periódicos, ni estar incluidos entre los gastos normales de funcionamiento de la empresa.

Ayuda número: XS 131/03

Estado miembro: Italia

Región: Calabria

Denominación del régimen de ayudas: Ayudas para la realización de proyectos integrados de modernización de las estructuras existentes de acogida del turismo promovidos por las PYME.

Medida 4.4 Acción a) P.O.R. Calabria 2000-2006

Fundamento jurídico:

Legge regionale n. 7/2001 art. 31 quater

Decisione C.E. dell'8 agosto 2000 n. 2345

Deliberazione di Giunta regionale n. 398 del 14.5.2002

Gasto anual previsto en el régimen:

 

Dotación total de 48 000 000 Euros repartida del modo siguiente:

Tipo 4.4.a.1 (modernización de las estructuras hoteleras y no hoteleras): 45 000 000 Euros;

tipo 4.4.a.2 (modernización de estructuras de acogida de interés social): 3 000 000 Euros.

 

Gastos previstos en 2003: 9 600 000 Euros

 

Gastos previstos en 2004: 12 800 000 Euros

 

Gastos previstos en 2005: 12 800 000 Euros

 

Gastos previstos en 2006: 12 800 000 Euros

Intensidad máxima de la ayuda: Contribución en capital del 50 % del gasto admisible, con un límite máximo no superior al 75 % del valor neto de la inversión.

Fecha de ejecución:

Duración del régimen:

Objetivo de la ayuda: La ayuda está destinada a modernizar las estructuras de acogida turística de la Región de Calabria, a fin de mejorar la calidad y las características de las estructuras de acogida ya existentes en el territorio regional (también mediante la creación de estructuras complementarias y de servicios anexos).

Las iniciativas financiadas son las destinadas a la potenciación, mejora y modernización funcional de las estructuras del sector.

Las propuestas con derecho a recibir ayudas deben consistir en programas de inversión bien estructurados y funcionalmente independientes, dado que deberán conseguir por sí sólos los objetivos de producción, económicos y profesionales que se persigan.

Sectores económicos afectados: Sector turístico, con exclusión de las intervenciones en el sector del agroturismo y el turismo rural financiado por el FEOGA.

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas:

Regione Calabria (sede legal)

Via Massara, n. 2

I-88100 Catanzaro