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3.6.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 136/36 |
Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE
Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones
(2005/C 136/16)
Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: Francia
Ayuda no: N 52/2005
Denominación: Ayudas para la nueva dedicación al cultivo de parcelas forestales — Conseil général de la Creuse
Objetivo: Modificación de un régimen ya aprobado para facilitar la nueva dedicación al cultivo de parcelas forestales siniestradas durante las tormentas de diciembre de 1999.
Presupuesto: 9 600 euros anuales
Intensidad o importe de la ayuda: Máximo 100 %
Duración: 4 años (2004-2007)
El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://europa.eu.int/comm/secretariat_general/sgb/state_aids/
Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: Finlandia.
Ayuda no: N 284/2004.
Denominación: Plan nacional de ayuda a las zonas LFA.
Objetivo: La ayuda consiste en una indemnización compensatoria financiada a nivel nacional (en lo sucesivo: pago LFA) que puede pagarse en Finlandia continental o en Åland a los agricultores que, además de haber suscrito el compromiso quinquenal en curso para recibir una indemnización compensatoria cofinanciada (en lo sucesivo, «pago LFA cofinanciado»), contraigan asimismo otro compromiso en relación con el pago nacional LFA, que se concede como suplemento del pago LFA cofinanciado.
El pago básico ascendería a 20 euros/ha en las zonas A, B y C1, y a 25 euros/ha en las zonas C2-C4, y se aplicaría a todas las superficies cultivables con derecho a la indemnización compensatoria cofinanciada en virtud de las Decisiones de la Comisión C(2000) 1640 (Finlandia continental) y C(2000)2937 (Åland).
Además del pago básico, las superficies cultivables subvencionables con derecho a la indemnización compensatoria cofinanciada que estén situadas en explotaciones de cría de ganado podrían optar a un pago adicional de 80 euros/ha.
El pago LFA combinado, consistente en el pago LFA cofinanciado más el pago LFA nacional notificado, no podrá exceder de 250 euros/ha a nivel nacional.
Fundamento jurídico: Decreto gubernamental (aún sin promulgar).
Presupuesto: 120,4 millones de euros anuales.
Intensidad o importe de la ayuda: Veáse epígrafe «Objetivo» más arriba.
Duración: Indefinida.
Otros datos: En caso de que, en virtud del nuevo programa de desarrollo rural, fuera necesario realizar cambios después de 2007 en las condiciones de la indemnización compensatoria cofinanciada en comparación con el programa de programación 2000-2006, Finlandia se compromete a notificar a la Comisión los cambios correspondientes, incluidos los realizados en la indemnización compensatoria nacional adicional.
El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://europa.eu.int/comm/secretariat_general/sgb/state_aids/
Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: Italia
Ayuda no: N 384/2003 — aumento del presupuesto.
Denominación: Modificación de la ayuda N 384/2003
Objetivo: Aumento del presupuesto de la ayuda.
Fundamento jurídico: Decreto ministeriale del 22.6.2004, n. 182
Presupuesto: El aumento previsto del presupuesto es de 50 millones de euros.
Intensidad o importe de la ayuda: Según se especifica en la carta enviada al Estado miembro
Duración: 10 años
El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://europa.eu.int/comm/secretariat_general/sgb/state_aids/