52005PC0444




[pic] | COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS |

Bruselas, 21.9.2005

COM(2005) 444 final

2005/0189 (CNS)

Propuesta de

DECISIÓN DEL CONSEJO

relativa al Programa Específico que debe ejecutar mediante acciones directas el Centro Común de Investigación para la ejecución del Séptimo Programa Marco de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom) de Acciones de Investigación y Formación en Materia Nuclear (2007-2011)

(presentada por la Comisión)

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. CONTEXTO DE LAS PROPUESTAS

La Comisión aprobó su propuesta[1] de Séptimo Programa Marco de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom) de Acciones de Investigación y Formación en Materia Nuclear (2007 a 2011) el 6 de abril de 2005. En ella, indicaba que las actividades debían organizarse en dos Programas Específicos correspondientes, por una parte, a las acciones “indirectas” sobre la investigación de la energía de fusión y sobre la fisión nuclear y la protección contra las radiaciones, y, por otra, a las actividades de investigación “directas” del Centro Común de Investigación en el campo de la energía nuclear. Las presentes propuestas se refieren a estos dos Programas Específicos. Por otra parte, la Comisión presentará las propuestas correspondientes de “Normas de participación y difusión".

El contexto político y los objetivos son los expuestos en la Comunicación “La construcción del Espacio Europeo de la Investigación al servicio del crecimiento”[2].

Los Programas Específicos del Séptimo Programa Marco (Euratom) están pensados para hacer frente, en combinación con los esfuerzos nacionales y privados necesarios, a los principales problemas y retos en este campo de investigación en Europa.

El apoyo económico a nivel europeo ofrece oportunidades para aumentar la excelencia y eficacia de la investigación en una medida que no puede lograrse al nivel nacional. Los Programas Específicos del Séptimo Programa Marco (Euratom) representan un nuevo avance en la consolidación del Espacio Europeo de la Investigación en este sector porque permiten alcanzar masa crítica y estructuras en nuevos campos de investigación y con nuevos medios, y porque fomentan la libre circulación de ideas, conocimientos e investigadores.

En toda la ejecución de los Programas Específicos, el potencial de las acciones europeas para reforzar la excelencia en la investigación se aprovechará al máximo. Para ello habrá que buscar y apoyar la excelencia en investigación donde quiera que exista en toda la Unión Europea, y crear capacidad de excelencia futura.

Siempre que sea posible, se potenciará el impacto de los Programas Específicos mediante las complementariedades con otros programas comunitarios, como los de los Fondos Estructurales. Esta orientación se ajusta al planteamiento que debe seguirse en el Programa Específico “Capacidades” (CE), ya que un aspecto importante del Programa Específico Euratom sobre acciones indirectas será también el apoyo a las infraestructuras de investigación, aunque, en este caso, en el campo concreto de la ciencia y la tecnología nucleares.

2. CONSULTAS PREVIAS

En la preparación de las actuales propuestas, como en el caso del Programa Marco, la Comisión ha tenido en cuenta las opiniones expresadas por otras instituciones comunitarias y los Estados miembros, así como por muchos interesados, que han participado en una amplia consulta, entre ellos la comunidad científica y la industria. Además, las propuestas de Programa Específico se inspiran en la evaluación de impacto detallada de la propuesta de 7º Programa Marco[3] y en el resultado de la evaluación quinquenal del Programa Marco[4].

3. ASPECTOS JURÍDICOS

Las actuales propuestas de Programa Específico cubren el mismo período que el Programa Marco 2007-2011, que, a su vez, se basa en el artículo 7 del Tratado Euratom. Con arreglo al párrafo segundo de este artículo, los programas de investigación se fijan para un período máximo de 5 años. Por eso, las actuales propuestas no tienen el mismo período de vigencia que los Programas Específicos CE.

La Comisión propone que, a menos que surjan circunstancias extraordinarias, estos Programas Específicos se renueven para el período 2012-2013, ateniéndose al procedimiento legislativo previsto.

4. EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA

La “ficha de financiación legislativa” aneja a la presente Decisión establece las implicaciones presupuestarias y los recursos administrativos y humanos, y da también cifras indicativas para el período 2012-2013.

La Comisión tiene previsto crear una agencia ejecutiva a la que encargarán determinadas tareas necesarias para ejecutar el programa específico de acciones indirectas[5].

5. UNA EJECUCIÓN COHERENTE Y FLEXIBLE

5.1. Adaptación a nuevas necesidades y oportunidades

Es vital que la ejecución de los programas específicos sea lo bastante flexible como para que se mantengan en la vanguardia de la evolución científica y tecnológica en el campo nuclear en general y para que respondan a las necesidades científicas, industriales, políticas o sociales que vayan surgiendo. Para las acciones indirectas, esa adaptación se logrará principalmente a través de los programas de trabajo, que se actualizarán anualmente con la asistencia de los comités de representantes de los Estados miembros y que especificarán los temas de las convocatorias de propuestas lanzadas. Las actualizaciones podrán hacerse más rápidamente si surgen necesidades políticas imprevistas de las que se deriven nuevas prioridades que requieran una respuesta rápida.

En esta programación plurianual confluirá una amplia gama de aportaciones para garantizar que las actividades apoyadas siguen estando en sintonía con las cambiantes necesidades en investigación de la industria y de las políticas de la UE en el campo nuclear. Una de estas aportaciones será la del grupo consultivo externo sobre energía, creado en relación con el Programa Específico CE “Cooperación”, y caracterizado por una composición multidisciplinaria y un equilibrio entre los puntos de vista de la industria y el mundo académico.

Otras aportaciones externas podrán venir de las plataformas tecnológicas que está previsto que puedan crearse en un futuro próximo en algunos campos temáticos de los Programas Específicos.

Otros foros y grupos, como el Foro de Estrategia Europea de Infraestructuras de Investigación (ESFRI), pueden proporcionar asesoramiento rápido a la Comisión sobre nuevas oportunidades y prioridades en campos concretos.

5.2. Cuestiones transversales

La Comisión garantizará la coherencia global en la ejecución del Séptimo Programa Marco. Los programas de trabajo de todos los Programas Específicos se revisarán de forma coordinada para que las cuestiones transversales puedan tenerse plenamente en cuenta.

Los comités de representantes de los Estados miembros tienen también la importante responsabilidad de asistir a la Comisión para lograr una coherencia y una coordinación efectivas en la ejecución de los trabajos, tanto entre los distintos programas específicos como dentro de cada uno de ellos. Ello implica un alto nivel de coordinación en los Estados miembros entre los representantes de comités de distintas configuraciones.

Se prestará especial atención a las actividades que se refieran a varios Programas Específicos Euratom y CE, por ejemplo, el uso de reactores avanzados en la producción de hidrógeno o el desarrollo de materiales avanzados. Siempre que sea viable, dadas las dificultades que supone la existencia de dos Programas Marco acogidos a dos Tratados distintos, podrá recurrirse a convocatorias conjuntas, partiendo de la experiencia obtenida en el 6º Programa Marco.

Se consideran de especial importancia los aspectos indicados a continuación, para los cuales están previstas modalidades específicas de ejecución que aseguren un planteamiento coordinado

- Cooperación internacional : Éste es un aspecto importante del Programa Euratom, respecto al cual se adoptará un enfoque estratégico para fomentar acciones en este sentido y para tratar problemas concretos cuando haya un interés y beneficio mutuos.

- Infraestructuras de investigación : Debe haber una estrecha colaboración con el Programa “Capacidades” (CE) a fin de garantizar el apoyo a infraestructuras de investigación nuclear esenciales que ofrecen aplicaciones de investigación más generales.

- Relación con las políticas comunitarias : Se establecerán modalidades de coordinación efectiva en los servicios de la Comisión, en particular para garantizar que las actividades satisfagan en todo momento las necesidades que surjan de la evolución de las políticas comunitarias. A tal efecto, para la programación plurianual se podrá recurrir a la ayuda de grupos de usuarios de los servicios de la Comisión relacionados con las distintas políticas.

- Difusión y transferencia de conocimientos : La necesidad de fomentar el aprovechamiento de los resultados de la investigación es un elemento importante de todos los programas específicos, con un énfasis especial en la transferencia de conocimientos entre países y disciplinas y del mundo académico a la industria, por ejemplo, mediante la movilidad de los investigadores.

- Ciencia y sociedad : Esta actividad del Programa CE “Capacidades” tienen también paralelos en las actividades del sector nuclear, existiendo una potencial claro de fertilización cruzada y mutuamente beneficiosa en campos como la gobernanza y la participación de los interesados, especialmente en lo que se refiere a la aceptación de instalaciones conflictivas en las zonas colindantes.

6. SIMPLIFICACIÓN Y MÉTODOS DE GESTIÓN

En la ejecución del Séptimo Programa Marco se logrará una simplificación significativa gracias a las ideas presentadas en el documento de trabajo de la Comisión de 6 de abril de 2005 y al amplio diálogo suscitado a partir de este documento. En las normas de participación y difusión deben presentarse muchas de las medidas propuestas, con ellas se pretende, especialmente, reducir los trámites de forma significativa y para simplificar los regímenes de financiación y los requisitos de presentación de informes.

Dentro de la parte de fisión del Programa Específico de acciones indirectas, se propondrán mejoras que sean comparables a las previstas para las acciones de la parte de colaboración del Programa CE.

7. CONTENIDO DE LOS PROGRAMAS ESPECÍFICOS

7.1. Actividades nucleares de investigación y formación (acciones indirectas)

Este Programa Específico cubre las siguientes cuatro prioridades temáticas:

(i) Investigación sobre la energía de fusión : El objetivo de esta prioridad temática es desarrollar la base de conocimientos que permita crear reactores prototipo para centrales eléctricas que sean seguros, sostenibles, respetuosos del medio ambiente y económicamente viables, y construir el ITER como paso fundamental hacia este objetivo. Esta prioridad temática incluye los siguientes campos de actividad:

- La creación del ITER

- La I+D necesaria para preparar el funcionamiento del ITER

- Las actividades tecnológicas destinadas a preparar la DEMO

- Otras actividades de I+D a más largo plazo

- Actividades relacionadas con recursos humanos, educación y formación

- Infraestructuras

- Respuesta a necesidades emergentes y necesidades políticas imprevistas.

(ii) Fisión nuclear y protección contra las radiaciones : Se trata de promocionar la utilización y explotación seguras de la fisión nuclear y otros usos de la radiación en la industria y la medicina. Esta prioridad temática incluye los siguientes campos de actividad:

- Gestión de residuos radiactivos

- Sistemas de reactores

- Protección contra las radiaciones

- Apoyo para el acceso a infraestructuras de investigación

- Recursos humanos y formación, incluida la movilidad.

En general, este programa presenta fuertes elementos de continuidad respecto a los programas marco anteriores aprovechando el valor añadido demostrado de este tipo de apoyo europeo. Hay, además, importantes novedades en este Programa Específico que requieren una consideración especial a la hora de su ejecución:

- Un planteamiento reforzado de la coordinación de los programas de investigación nacionales en el campo de la fisión nuclear y la protección contra las radiaciones.

- La construcción conjunta del ITER en un marco internacional, el establecimiento de una Empresa Común de Euratom para el ITER y un mayor fortalecimiento de la coordinación de las actividades integradas europeas de investigación sobre la energía de fusión.

- Un planteamiento más coordinado de la cooperación internacional dentro de cada tema, con acciones de cooperación específica que deben precisarse en los programas de trabajo de acuerdo con el planteamiento estratégico de cada tipo de cooperación internacional.

- Un componente que permite una respuesta flexible a necesidades emergentes y necesidades políticas imprevistas dentro de cada uno de los temas. La ejecución de los trabajos partirá de la experiencia de los planes de apoyo científico a las políticas y a las ciencias y tecnologías nuevas y emergentes, introducidos en el 6º Programa Marco, así como del plan de tecnologías futuras y emergentes del campo de las TIC.

Durante el período de vigencia de este Programa Específico, y la prórroga hasta el 2013 prevista, pueden surgir oportunidades para la creación de Empresas Comunes efectivas, por ejemplo, en el campo de la gestión de residuos radiactivos[6]. Los servicios de la Comisión presentarán propuestas para la creación de tales empresas en el momento oportuno,

7.2. CCI (acciones directas)

El CCI llevará a cabo su misión teniendo en cuenta la evolución interna dentro de los servicios de la Comisión, así como el contexto europeo y mundial en el campo nuclear.

Con este fin, se procurará sistemáticamente reforzar las relaciones entre el CCI y las entidades de investigación de los Estados miembros.

En relación con el Programa de Lisboa, y a instancia de la mayoría de las partes interesadas en el CCI, este centro hará un esfuerzo significativo en la formación y la gestión del conocimiento. El CCI continuará sus actividades de I+D en los campos relacionados con la gestión de residuos y el impacto medioambiental.

En cuanto a la seguridad nuclear, los cambios más importantes responden a la evolución de las políticas comunitarias, las nuevas necesidades manifestadas por los servicios de la Comisión y la participación comunitaria en iniciativas internacionales, como la IV Generación.

El CCI ha trabajado en la seguridad nuclear durante 30 años pero el contexto internacional ha cambiado considerablemente en los últimos años y el aspecto de la no-proliferación ha adquirido cada vez más importancia. De cualquier modo, la evolución interna de los servicios de la Comisión se basa también en el apoyo continuo del CCI en campos más tradicionales.

8. CONSTRUCCIÓN DEL EEI DEL CONOCIMIENTO AL SERVICIO DEL CRECIMIENTO

Conseguir el progreso rápido necesario para llegar a una economía y una sociedad del conocimiento exige una nueva ambición y una nueva eficacia en la investigación europea. Todos los interesados en la Unión Europea (gobiernos nacionales, centros de investigación e industria) están llamados a desempeñar un papel en esta empresa.

Todos los Programas Específicos mediante los cuales se ejecuta el 7º Programa Marco (CE y Euratom) están concebidos de manera que maximicen el impacto y el efecto multiplicador del gasto europeo en investigación dentro del presupuesto disponible. Sus características fundamentales son: la estructuración en prioridades temáticas dentro de los correspondientes Programas Específicos detallando actividades y medios de ejecución al servicio de estos objetivos prioritarios; un fuerte elemento de continuidad; un énfasis constante en el apoyo a la excelencia ya existente y en la creación de capacidad para lograr la excelencia en la investigación del mañana; una gestión agilizada y simplificada para facilitar la tramitación al usuario y conseguir una buena relación coste/eficacia; y una flexibilidad intrínseca de tal manera que el Programa Marco pueda responder a las nuevas necesidades y oportunidades.

2005/0189 (CNS)

Propuesta de

DECISIÓN DEL CONSEJO

relativa al Programa Específico que debe ejecutar mediante acciones directas el Centro Común de Investigación para la ejecución del Séptimo Programa Marco de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom) de Acciones de Investigación y Formación en Materia Nuclear (2007-2011) (Texto pertinente a efectos del EEE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y en particular su artículo 7,

Vista la propuesta de la Comisión[7],

Visto el dictamen del Parlamento Europeo[8],

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo[9],

Considerando lo siguiente:

(1) Con arreglo al artículo 7 del Tratado, la Decisión nº.../../Euratom del Consejo relativa al Séptimo Programa Marco de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom) de Acciones de Investigación y Formación en Materia Nuclear (2007-2011) (denominado en lo sucesivo "el Programa Marco") debe ejecutarse mediante programas específicos que precisan sus modalidades de realización, fijan su duración y prevén los medios que se estiman necesarios.

(2) El Centro Común de Investigación, en lo sucesivo denominado «el CCI», debe llevar a cabo las actividades de investigación y formación realizadas mediante las denominadas acciones directas al amparo de un Programa Específico del CCI por el que se aplique el Programa Marco de Euratom.

(3) En cumplimiento de su misión, el CCI debe prestar un apoyo científico y técnico impulsado por los clientes al proceso de elaboración de las políticas comunitarias, respaldar la aplicación y el control de las políticas actuales y responder a las nuevas demandas políticas. Para cumplir su misión, el CCI realiza una investigación de alta calidad.

(4) En la ejecución del presente programa, debe hacerse hincapié en la promoción de la movilidad y la formación de los investigadores y en la innovación en la Comunidad. En particular, el CCI debe emprender las actividades de formación adecuadas en el ámbito de la seguridad física y operacional.

(5) El presente Programa Específico debe ejecutarse de manera flexible, eficiente y transparente, teniendo en cuenta las necesidades pertinentes del usuario del CCI y de las políticas comunitarias, así como respetando el objetivo de protección de los intereses financieros de la Comunidad. Las actividades de investigación realizadas dentro del programa deben adaptarse, en su caso, a estas necesidades y a la evolución científica y tecnológica y apuntar al logro de la excelencia científica.

(6) Deben aplicarse también a las actividades de I+D realizadas dentro del presente Programa Específico las normas de participación de empresas, centros de investigación y universidades y las de difusión de los resultados de la investigación del Programa Marco comunitario (denominadas en los sucesivo «normas de participación y difusión») relativas a las acciones directas.

(7) Para la ejecución del presente programa, además de la cooperación realizada en virtud del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o de cualquier Acuerdo de Asociación, puede resultar conveniente llevar a cabo actividades de cooperación internacional con terceros países u organizaciones internacionales, especialmente al amparo de los artículos 2h, 101 y 102 del Tratado.

(8) En el contexto de las actividades de ampliación e integración, el CCI se propone fomentar la integración de las organizaciones y los investigadores de los nuevos Estados miembros en sus actividades, en particular en la aplicación de los componentes del acervo comunitario referidos a la ciencia y la tecnología, así como una mayor cooperación con los de los países en vías de adhesión y candidatos a la adhesión. También se prevé una apertura progresiva hacia los países vecinos, específicamente en los temas prioritarios de la Política Europea de Vecindad.

(9) Las actividades de investigación realizadas dentro del presente Programa Específico deben respetar los principios éticos fundamentales, entre ellos los que se recogen en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

(10) El CCI debe seguir generando recursos adicionales a través de actividades competitivas; entre ellas figuran la participación en las acciones indirectas del Programa Marco, el trabajo para terceros y, en menor medida, la explotación de la propiedad intelectual.

(11) Es necesario asegurar la adecuada gestión financiera del Programa Marco y de su ejecución de la manera más efectiva y más fácil para todos los interesados, así como la facilidad de acceso para todos los participantes, de conformidad con el Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas, el Reglamento (CE, Euratom) n° 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento financiero y cualquier modificación posterior.

(12) Deben tomarse también las medidas adecuadas para evitar irregularidades y fraudes y darse los pasos necesarios para recuperar los fondos perdidos, abonados por error o incorrectamente utilizados, según lo dispuesto en el Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas, el Reglamento (CE, Euratom) n° 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento financiero y cualquier modificación futura, el Reglamento (CE, Euratom) nº 2988/95, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas[10], el Reglamento (Euratom, CE) nº 2185/96, de 11 de noviembre de 1996, relativo a los controles y verificaciones in situ que realiza la Comisión para la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas contra los fraudes e irregularidades[11], y el Reglamento (CE) n° 1074/99 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a las investigaciones efectuadas por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF)[12].

(13) La Comisión debe encargarse de que se efectúe, en el momento oportuno, una evaluación independiente de las actividades realizadas en los campos a los que se aplica el presente programa.

(14) Se ha consultado al Comité Científico y Técnico y al Consejo de Administración del CCI sobre el contenido científico y tecnológico del presente Programa Específico.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aprobado el Programa Específico relacionado con las acciones directas de investigación y formación que debe ejecutar el Centro Común de Investigación, en lo sucesivo denominado «el Programa Específico» para el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2011.

Artículo 2

El Programa Específico determinará las actividades de las acciones nucleares del Centro Común de Investigación, al servicio de toda la gama de actividades de investigación realizadas dentro de la cooperación transnacional en los siguientes campos temáticos:

1. gestión de residuos nucleares, impacto ambiental y conocimientos básicos,

2. seguridad operacional,

3. seguridad física.

En el anexo se especifican los objetivos y las líneas maestras de dichas acciones.

Artículo 3

De conformidad con el artículo 3 del Programa Marco, el importe que se estima necesario para la ejecución del Programa Específico ascenderá a 539 millones de euros.

Artículo 4

4. Todas las actividades de investigación realizadas en virtud del Programa Específico deberán llevarse a cabo respetando los principios éticos fundamentales.

5. No se financiarán dentro de este programa los siguientes campos de investigación:

6. las actividades de investigación que estén prohibidas en todos los Estados miembros

7. las actividades de investigación que se lleven a cabo en un Estado miembro donde esté prohibida dicha investigación.

Artículo 5

8. El Programa Específico se ejecutará mediante acciones directas según lo establecido en el anexo II del Programa Marco.

9. Se aplicarán al Programa Específico las normas de participación y difusión relativas a las acciones directas.

Artículo 6

10. La Comisión elaborará un programa de trabajo plurianual para la ejecución del Programa Específico en el que se precisarán más detalladamente los objetivos y las prioridades científicas y tecnológicas mencionadas en el anexo, así como el calendario de ejecución.

11. El programa de trabajo plurianual tendrá en cuenta las actividades de investigación pertinentes realizadas por los Estados miembros, los Estados asociados y las organizaciones europeas e internacionales. Este programa se actualizará cuando proceda.

Artículo 7

La Comisión se encargará de que se efectúe la evaluación independiente a la que se refiere el artículo 6 del Programa Marco sobre las actividades realizadas en los campos a los que se aplica el Programa Específico.

Artículo 8

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el

Por el Consejo

El Presidente

ANEXO-Programa Euratom del CCI

1. OBJETIVO

Prestar un apoyo científico y técnico, a instancia de los clientes, a la política comunitaria relativa a la energía nuclear, asistiendo en la aplicación y el control de las actuales políticas y, al mismo tiempo, dando respuestas a las nuevas necesidades de éstas.

2. ENFOQUE

La misión del CCI es prestar apoyo científico y técnico, según las necesidades de los clientes, a la concepción, desarrollo, aplicación y seguimiento de las políticas comunitarias. La misión del CCI subraya también la necesidad de que el Centro acometa unas actividades de investigación de elevada calidad en estrecho contacto con la industria y otros organismos y que establezca redes con instituciones públicas y privadas de los Estados miembros. En todas las actividades del CCI están presentes ambas dimensiones, pero su importancia respectiva oscila entre el apoyo directo a los servicios de la Comisión y la investigación básica emprendida con una perspectiva amplia europea o internacional.

Las actividades nucleares del CCI se proponen dar cumplimiento a las obligaciones de I+D impuestas por el Tratado Euratom y prestan apoyo tanto a la Comisión como a los Estados miembros en las áreas de control de seguridad y no proliferación, gestión de residuos, seguridad de las instalaciones nucleares y el ciclo del combustible, radiactividad en el medio ambiente y protección radiológica.

El objetivo del Programa Específico es crear y recopilar conocimientos y aportar unos datos y un apoyo científico-técnico cruciales para la seguridad y fiabilidad, sostenibilidad y control de la energía nuclear, incluidos los aspectos relacionados con los sistemas innovadores/futuros. En la participación en las acciones indirectas del Programa Marco se procurará maximizar la complementariedad con el programa de trabajo institucional, bosquejado en la sección 3.

Una de las grandes preocupaciones actuales en el campo nuclear es la pérdida de conocimientos teóricos y prácticos, y especialmente de tecnología e ingeniería, en lo relativo a la manipulación de material radiactivo y campos de radiación. El CCI seguirá actuando como referencia europea en materia de difusión de información, formación y enseñanza de los jóvenes científicos.

3. ACTIVIDADES

3.1 Gestión de residuos nucleares, impacto ambiental y conocimientos básicos

3.1.1 Caracterización, almacenamiento y evacuación del combustible gastado

La gestión del combustible gastado y de los residuos nucleares de alta actividad comporta el transporte, acondicionamiento, almacenamiento y almacenamiento geológico. El objetivo más importante es evitar la liberación de radionucleidos a la biosfera durante un tiempo muy largo. El diseño, evaluación y funcionamiento del sistema de barreras artificiales y naturales a lo largo de las escalas temporales pertinentes constituyen componentes clave para el logro de estos objetivos y dependen, entre otras cosas, del comportamiento del combustible.

El CCI se propone obtener datos relativos al comportamiento a largo plazo del combustible gastado y elaborar métodos que permitan evaluar con fiabilidad los sistemas artificiales haciendo hincapié en la integridad de los envases de residuos y la evaluación comparativa de los criterios de decisión orientados al riesgo.

Los experimentos de laboratorio sobre el comportamiento del combustible en condiciones representativas aportarán datos de interés para los modelos de predicción a largo plazo y harán posible su validación. El CCI participará también en diversas actividades europeas de búsqueda de soluciones para la evacuación segura de los residuos y respaldará activamente la transferencia de conocimientos entre distintos países.

3.1.2 Separación, transmutación y acondicionamiento

Los retos más importantes planteados al programa siguen siendo la optimización de la separación del combustible para seleccionar determinados radionucleidos de vida larga y la fabricación y caracterización de combustibles o blancos seguros y fiables para la transmutación de actínidos.

El estudio de estas estrategias alternativas de gestión de residuos sigue revistiendo un gran interés, ya que reducirían considerablemente el peligro que representa a largo plazo la evacuación de residuos. En el caso de la transmutación, se considerarán tanto los reactores rápidos como los térmicos, así como las instalaciones dedicadas a la combustión de actínidos. La mayor parte de los conceptos propuestos para los futuros reactores incorporan esta separación selectiva de radionucleidos.

Gracias a la acusada reducción de la cuantía de los radionucleidos de vida larga y la reducción sustancial de los volúmenes en las instalaciones de residuos, el desarrollo de matrices inertes para el acondicionamiento de residuos de alta actividad representará a largo plazo una mejora clave de la gestión de los residuos nucleares.

El CCI explotará nuevas instalaciones de separación avanzada y de producción de combustibles y blancos (el Laboratorio de Actínidos Menores) en este ámbito. También llevará a cabo ensayos sobre blancos y combustibles, y generará datos nucleares básicos en relación con la transmutación. Por último, la durabilidad de las matrices para el acondicionamiento de actínidos se determinará a partir de estudios sobre corrosión y lixiviación.

3.1.3 Investigación básica sobre actínidos

Las actividades de investigación básica se proponen obtener conocimientos básicos que permitan comprender los procesos físicos que acontecen en el combustible nuclear (de la producción de energía a la gestión de residuos), y se encuentran íntimamente ligadas a las actividades de formación y educación. Las acciones de investigación básica se centrarán en las propiedades termofísicas de los materiales, las propiedades superficiales de los sistemas que contienen actínidos y las propiedades físicas y químicas fundamentales.

Las instalaciones del CCI, como el Laboratorio de Usuarios de Actínidos, seguirán acogiendo a los científicos, en particular a los procedentes de universidades europeas.

3.1.4 Datos nucleares

Las propuestas de diseño de quemadores de actínidos menores dedicados y los conceptos avanzados para la producción de energía nuclear generan nuevas demandas de datos nucleares con una precisión significativamente superior.

El CCI llevará a cabo mediciones de datos nucleares para la gestión de residuos nucleares. Los avances de la tecnología han inducido importantes mejoras en las capacidades de medición. El CCI promueve también un importante esfuerzo en el desarrollo de la teoría nuclear básica para la modelización de reacciones no accesibles experimentalmente.

La metrología de radionucleidos complementa estos trabajos con medidas que permitan obtener mejores datos de la desintegración nuclear de materiales fisionables y productos de la fisión. También hay necesidad de datos experimentales precisos para la validación de las teorías y los modelos en que se basa la normativa sobre protección radiológica.

3.1.5 Aplicaciones médicas de la investigación nuclear

Son numerosas las aplicaciones médicas que han surgido de las instalaciones y las competencias del CCI en materia nuclear. Derivan de la investigación sobre producción de nuevos isótopos, desarrollo de materiales de referencia clínicos y apoyo a nuevas terapias para el cáncer. El CCI tiene intención de poner estas nuevas aplicaciones a disposición de los hospitales y la industria farmacéutica.

3.1.6 Medida de la radiactividad en el medio ambiente

El CCI aplica sus competencias en análisis de trazas a la verificación de los vertidos y emisiones radiactivos de las instalaciones nucleares. Los trabajos incluyen también estudios sobre especiación, pautas de migración en la biosfera y radiotoxicología de actínidos. A la vista de los nuevos límites impuestos a los radionucleidos en los ingredientes alimentarios, el CCI desarrollará técnicas analíticas y producirá los materiales de referencia correspondientes. Se organizarán comparaciones entre laboratorios con los laboratorios de control de los Estados miembros con el fin de evaluar la comparabilidad de los datos de control comunicados y de favorecer la armonización de los sistemas de medida de la radiactividad.

3.1.7 Gestión de los conocimientos, formación y educación

Es importante que la nueva generación de científicos e ingenieros nucleares mantenga y profundice los conocimientos de la investigación nuclear mediante los experimentos, resultados, interpretaciones y competencias adquiridos en el pasado. Esto se aplica especialmente a los ámbitos en los que la experiencia de tres décadas en el análisis del rendimiento y la seguridad de los reactores se concentró en herramientas analíticas complejas tales como los modelos y los programas informáticos. El CCI contribuirá a que estos conocimientos estén disponibles, se organicen adecuadamente y estén bien documentados, así como a respaldar las actividades de educación superior en Europa. Además, el CCI contribuirá a mejorar la comunicación sobre los temas nucleares, en particular en lo que se refiere a su aceptación por la población y, más en general, en estrategias de concienciación sobre la energía.

3.2 Seguridad operacional

3.2.1 Seguridad de los reactores nucleares

Para mantener y mejorar el nivel de seguridad de las centrales nucleares de tipo tanto ruso como occidental, es preciso ampliar y validar unas metodologías de evaluación de la seguridad avanzadas y perfeccionadas, así como las correspondientes herramientas analíticas. Se llevarán a cabo investigaciones experimentales dedicadas a hacer posible la validación y verificación de las herramientas de evaluación de la seguridad y a mejorar la comprensión de los fenómenos y procesos físicos subyacentes. El CCI participa a fondo en los esfuerzos internacionales a favor de la seguridad avanzada de los reactores nucleares.

3.2.2 Seguridad del combustible nuclear en los reactores explotados en Europa

La seguridad del combustible se concentra en la prevención y mitigación de las consecuencias de accidentes hipotéticos. Los dos aspectos principales de esta investigación se refieren a la integridad mecánica de los conjuntos combustibles durante la vida útil del reactor y a la respuesta del combustible en condiciones transitorias y en condiciones de accidente grave del reactor hasta la fusión del núcleo.

En este contexto, el CCI participa en la actual estrategia de desarrollo del combustible encaminada a mejorar la seguridad y reducir las existencias civiles y militares de plutonio. El CCI utilizará el HFR para someter a ensayo el comportamiento y las propiedades del combustible. También se efectuarán medidas de las propiedades que afectan al rendimiento.

3.2.3 Explotación segura de sistemas de energía nuclear avanzados

Se considera a nivel mundial que las nuevas estrategias en materia de reactores constituyen un tema de investigación abierto, con, p. ej., la hoja de ruta de la IV generación, inspirada por una evaluación exhaustiva que tiene en cuenta las inquietudes de la población, tales como la mejora de la seguridad, la reducción de los residuos y la mejora de la resistencia a la proliferación.

Para el CCI es imprescindible estar presente, tanto directamente como coordinando las aportaciones europeas a esta iniciativa mundial en la que participan las principales organizaciones de investigación. Ello incluye sobre todo los aspectos de seguridad operacional y control de seguridad de los ciclos del combustible nuclear innovadores, y en particular la caracterización, ensayo y análisis de los nuevos combustibles. Se abordará la elaboración de objetivos de seguridad y calidad, requisitos de seguridad y metodologías de evaluación avanzadas para los reactores. Esta información será sistemáticamente transmitida a las autoridades de los Estados miembros y a los servicios de la Comisión interesados, en particular mediante reuniones periódicas de coordinación.

3.3 Seguridad física

3.3.1 Control de seguridad nuclear

Las actividades del CCI en este ámbito consisten en un apoyo técnico a los servicios de la Comisión con arreglo al Tratado Euratom y al OIEA con arreglo al Tratado de no proliferación. El objetivo será la mayor automatización y la implantación de mejores herramientas en el terreno del análisis de la información, para de esta manera reducir tanto la carga de trabajo de los inspectores como las obligaciones impuestas a la industria nuclear.

Aunque el CCI cuenta con una experiencia de más de 30 años en el apoyo a los Tratados Euratom y de no proliferación, siguen siendo necesarias las innovaciones y mejoras técnicas para aplicar una política de control de seguridad que también evoluciona. La actividad del CCI, además de modificarse para atender a estos objetivos, seguirá incluyendo la verificación y detección, así como las tecnologías de contención y vigilancia, los métodos de medida de los materiales nucleares, la producción de materiales de referencia nucleares y la oferta de formación, en particular para los inspectores del OIEA y de la Comisión.

3.3.2 Protocolo adicional

El protocolo adicional se propone garantizar que no existan operaciones nucleares no declaradas. Su aplicación exige diversas técnicas, distintas de las que intervienen en la verificación de la contabilidad de materiales nucleares. Exige la descripción global de las actividades nucleares de un país, la preparación de declaraciones de emplazamiento más amplias y unos requisitos de inspección más variados. Entre ellas pueden figurar la vigilancia fuera del emplazamiento y las actividades de vigilancia fuera de los límites de las instalaciones, así como el análisis de partículas en el medio ambiente como herramienta para detectar actividades nucleares no declaradas.

Los objetivos del CCI son encaminarse a un seguimiento en tiempo real de las transferencias de material nuclear y a un análisis integrado de la información. El CCI trabajará especialmente en el desarrollo y validación de herramientas de análisis de la información y en una metodología basada en el análisis de sistemas.

3.3.3 Recogida de información de fuentes públicas sobre la no proliferación nuclear

Con el fin de prestar apoyo a los servicios de la Comisión y de colaborar con la OIEA y las autoridades de los Estados miembros, el CCI seguirá recogiendo y analizando sistemáticamente información procedente de diversas fuentes (Internet, literatura especializada, bases de datos) sobre cuestiones relacionadas con la no proliferación nuclear (incluyendo acaso otros sistemas de entrega y las armas de destrucción masiva). Esta información se utilizará para elaborar informes relacionados con determinados países en los que se sigan muy de cerca la evolución de las actividades nucleares y de las importaciones y exportaciones de equipos y tecnologías nucleares de uso directo o de doble uso. La información procedente de estas fuentes públicas se corroborará mediante imágenes de satélite. Al servicio de estos trabajos, el CCI seguirá desarrollando las tecnologías de búsqueda multilingüe en la Web, gestión de conocimientos y extracción de datos.

3.3.4 Lucha contra el tráfico ilícito de materiales nucleares, incluido el análisis forense nuclear

La detección e identificación de materiales nucleares transportados o almacenados ilegalmente constituye un importante mecanismo de defensa frente al tráfico ilícito. La ciencia forense nuclear facilita información sobre el origen del material incautado. El establecimiento de unos planes de respuesta en caso de detección adecuados sigue teniendo una gran importancia. En el ámbito de la ciencia forense nuclear y el tráfico ilícito, el CCI reforzará su colaboración con las autoridades nacionales y las organizaciones internacionales (ITWG, OIEA, etc.).

Aspectos éticos

Durante la aplicación del presente Programa Específico y en las actividades de investigación consiguientes se respetarán los principios éticos fundamentales. Entre ellos figuran los principios recogidos en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, entre los que se incluyen los siguientes: la protección de la dignidad y la vida humanas y la protección de los datos personales y la intimidad, así como de los animales y el medio ambiente, de conformidad con la legislación comunitaria y las últimas versiones de los convenios y códigos de conducta internacionales aplicables, por ejemplo, la Declaración de Helsinki, el Convenio del Consejo de Europa relativo a los Derechos Humanos y la Biomedicina, firmado en Oviedo el 4 de abril de 1997, y sus Protocolos adicionales, la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, la Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos, adoptada por la UNESCO, la Convención de las Naciones Unidas sobre armas bacteriológicas y toxínicas, el Tratado Internacional sobre Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura, y las resoluciones pertinentes de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

También se tendrán en cuenta los dictámenes del Grupo de Asesores sobre las Implicaciones Éticas de la Biotecnología (1991-1997) y los del Grupo Europeo sobre la Ética en la Ciencia y las Nuevas Tecnologías (a partir de 1998).

En cumplimiento del principio de subsidiariedad y respetando la diversidad de enfoques existentes en Europa, los participantes en los proyectos de investigación deberán ajustarse a la legislación, la reglamentación y las normas éticas vigentes en los países en que se lleve a cabo la investigación. En todos los casos se aplicarán las disposiciones nacionales y ninguna investigación prohibida en un determinado Estado miembro u en otro país recibirá financiación comunitaria para su ejecución en dicho Estado miembro o país.

Cuando proceda, los que lleven a cabo proyectos de investigación deberán obtener la aprobación de los comités éticos nacionales o locales pertinentes antes de iniciar las actividades de IDT. Asimismo, la Comisión efectuará sistemáticamente una revisión ética de las propuestas que traten cuestiones delicadas desde el punto de vista ético o cuando no se hayan tratado adecuadamente los aspectos éticos. En determinados casos, podrá efectuarse una revisión ética durante la ejecución de un proyecto.

El Protocolo sobre la protección y el bienestar de los animales anejo al Tratado exige que la Comunidad preste especial atención a los requisitos sobre bienestar de los animales en la formulación y aplicación de las políticas comunitarias, incluida la de investigación. La Directiva 86/609/CEE del Consejo relativa a la protección de los animales utilizados para experimentación y otros fines científicos exige que todos los experimentos con animales se realicen de forma que eviten la angustia y el dolor o el sufrimiento innecesarios en los animales de experimentación, que utilicen el menor número de animales, que afecten a animales con el grado más bajo de sensibilidad neurofisiológica, y que causen el menor dolor, sufrimiento, angustia o daño duradero. Sólo se contemplará la modificación del patrimonio genético de los animales y su clonación si los objetivos están justificados desde el punto de vista ético y si las condiciones en que se llevan a cabo los trabajos son tales que quedan garantizados el bienestar de los animales y el respeto de los principios de la biodiversidad.

Durante la ejecución del presente programa, la Comisión supervisará periódicamente los progresos científicos y las disposiciones nacionales e internacionales para tomar en consideración la evolución que se produzca en este campo.

FICHA DE FINANCIACIÓN LEGISLATIVA

1. DENOMINACIÓN DE LA PROPUESTA : PROGRAMA ESPECÍFICO QUE DEBE EJECUTAR MEDIANTE ACCIONES DIRECTAS EL CENTRO COMÚN DE INVESTIGACIÓN DENTRO DEL SÉPTIMO PROGRAMA MARCO DE LA COMUNIDAD EUROPEA DE LA ENERGÍA ATÓMICA (EURATOM) DE ACCIONES DE INVESTIGACIÓN Y FORMACIÓN EN MATERIA NUCLEAR (2007-2011).

2. GESTIÓN/PRESUPUESTACIÓN POR ACTIVIDADES (ABM / ABB)

Ámbito(s) político(s) afectados y actividad(es) asociadas:

Investigación directa.

3. LÍNEAS PRESUPUESTARIAS

3.1 Líneas presupuestarias (líneas operativas y líneas de asistencia técnica y administrativa correspondientes, antiguas líneas B..A) incluidas las rúbricas:

10 01 05 Apoyo a los gastos de operaciones del área de política de investigación directa 10 03 créditos operativos para la investigación financiada directamente

(la nomenclatura presupuestaria definitiva del 7º PM se establecerá en su momento).

3.2 Duración de la acción y del impacto financiero:

2007-2011, supeditada a la aprobación del nuevo marco de perspectivas financieras.

3.3 Características presupuestarias (añádanse en el cuadro las líneas que sean necesarias) :

Línea presupuestaria | Naturaleza del gasto | Nuevo | Participación AELC | Participación de los países candidatos | Rúbrica PF |

10 01 05 | No obliga-torio | No disoc. | SÍ | NO | SÍ | Nº [1a] |

10 03 | No obliga-torio | Disoc.[13] | SÍ | NO | SÍ | Nº [1a] |

4. RECURSOS

4.1 Recursos financieros

4.1.1 Créditos de compromiso (CC) y créditos de pago (CP) [14] :

Millones de € (cifra aproximada al tercer decimal)

Naturaleza del gasto | Nº sección | 2007 | 2008 | 2009 | 2010 | 2011 | Total |

Gastos operativos[15] |

Créditos de compromiso (CC) | 8.1 | a | 280,916 | 358,377 | 477,708 | 493,220 | 527,103 | 2.137,324 |

Créditos de pago (CP) | b | 112,366 | 227,626 | 354,780 | 440,367 | 1.002,185[16] | 2.137,324 |

Gastos administrativos dentro de la cantidad de referencia[17] |

Asistencia técnica y administrativa (ATA) | 8.2.4 | c | 177,503 | 190,795 | 197,945 | 203,300 | 184,645 | 954,188 |

TOTAL CANTIDAD DE REFENCIA |

Créditos de compromiso | a+c | 458,419 | 549,172 | 675,653 | 696,520 | 711,748 | 3 091,512 |

Créditos de pago | b+c | 289,869 | 418,421 | 552,725 | 643,667 | 1 186,830[18] | 3 091,512 |

Gastos administrativos no incluidos en la cantidad de referencia[19] |

Recursos humanos y gastos asociados (CND) | 8.2.5 d | 4,986 | 5,085 | 5,187 | 5,291 | 5,397 | 25,946 |

Gastos administrativos distintos de los recursos humanos y los gastos asociados, no incluidos en la cantidad de referencia (CND) | 8.2.6 e | 0,148 | 0,151 | 0,154 | 0,157 | 0,160 | 0,770 |

Coste financiero indicativo total de la intervención

TOTAL CC incluido el coste de los recursos humanos | a+c+d+e | 463,553 | 554,408 | 680,994 | 701,968 | 717,305 | 3 118,228 |

TOTAL CP incluido el coste de los recursos humanos | b+c+d+e | 295,003 | 423,657 | 558,066 | 649,115 | 1 192,387[20] | 3 118,228 |

Cofinanciación

Si la propuesta lleva aparejada una cofinanciación por los Estados miembros u otros organismos (especifíquense cuáles), se consignará en el cuadro a continuación una estimación de la cuantía de esta cofinanciación (si se prevén aportaciones de más de un organismo, podrán añadirse las líneas necesarias):

Millones de € (cifra aproximada al tercer decimal)

Organismo cofinanciador | Año n | n + 1 | n + 2 | n + 3 | n + 4 | n + 5 y años poste-riores | Total |

…………………… | f |

TOTAL CC incluida la cofinanciación | a+c+d+e+f |

4.1.2 Compatibilidad con la programación financiera

( Propuesta compatible con la programación financiera existente (Comunicación de la Comisión de febrero de 2004 sobre las perspectivas financieras 2007-2013, COM (2004) 101).

( La propuesta requiere una reprogramación de la correspondiente rúbrica de las perspectivas financieras

( La propuesta puede requerir la aplicación de lo dispuesto en el Acuerdo Interinstitucional[21] (es decir, recurso al instrumento de flexibilidad o revisión de la perspectiva financiera).

4.1.3 Incidencia financiera en los ingresos

( La propuesta no tiene ninguna implicación financiera sobre los ingresos

( La propuesta tiene incidencia financiera. El efecto en los ingresos es el siguiente:

Algunos Estados asociados pueden contribuir a una financiación suplementaria del programa marco a través de acuerdos de asociación.

En millones de euros (cifra aproximada al primer decimal)

Antes de la acción [Año n-1] | Situación después de la acción |

Total de recursos humanos[22] | 1 944 | 1 944 | 1 944 | 1 944 | 1 944 |

Esta cifra no incluye el personal contratado a corto plazo, sino que cubre los funcionarios autorizados en la plantilla del CCI.

5. CARACTERÍSTICAS Y OBJETIVOS

5.1 Necesidades que se pretende cubrir a corto o largo plazo

Las actividades nucleares del CCI pretenden satisfacer las obligaciones de I+D impuestas por el Tratado Euratom y prestar un apoyo científico y técnico, a instancia de los clientes, a la política comunitaria relativa a la energía nuclear, asistiendo en la aplicación y el control de las actuales políticas y, al mismo tiempo, dando respuestas a las nuevas necesidades de éstas.

5.2 Valor añadido de la participación comunitaria, concordancia de la propuesta con otros instrumentos financieros y posibles sinergias

Las actividades nucleares del CCI se proponen dar cumplimiento a las obligaciones de I+D impuestas por el Tratado Euratom y prestan apoyo tanto a la Comisión como a los Estados miembros en las áreas de control de seguridad y no proliferación, gestión de residuos, seguridad de las instalaciones nucleares y el ciclo del combustible, radiactividad en el medio ambiente y protección radiológica.

5.3 Objetivos, resultados previstos e indicadores conexos de la propuesta en el marco de la gestión basada en actividades (GBA)

Los trabajos se centrarán en las actividades siguientes, según se indica en el anexo.

1. Gestión de residuos nucleares, impacto ambiental y conocimientos básicos

2. Seguridad operacional

3. Seguridad física

5.4 Método de ejecución (indicativo)

Indíquese a continuación el método o los métodos elegidos para la ejecución de la acción.

( Gestión centralizada

( directamente por la Comisión

ٱ indirectamente por delegación a:

ٱ Agencias Ejecutivas

ٱ Organismos creados por las Comunidades según lo dispuesto en el artículo 185 del Reglamento Financiero.

ٱ Organismos públicos/organismos con una misión de servicio público nacionales

ٱ Gestión descentralizada o compartida

ٱ con los Estados miembros

ٱ con terceros países

ٱ Gestión conjunta con organizaciones internacionales (indíquense cuáles)

Comentarios:

6 . SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

6.1 Aspectos generales

El CCI apoya los ciclos anual y multianual (es decir, el programa marco de investigación) de planificación, ejecución, seguimiento y evaluación a través de un conjunto establecido de indicadores clave del rendimiento y de actividades específicas de evaluación.

El CCI presta apoyo científico y tecnológico a los usuarios (principalmente la Comisión) a través de un programa de trabajo que consta de aproximadamente cien acciones. Las metodologías, indicadores y criterios se aplican a la totalidad de las acciones y de las líneas presupuestarias internas del CCI. En consecuencia, un ejercicio de evaluación cubre típicamente un gran número de las líneas presupuestarias del programa de trabajo del CCI, si no todas.

6.2 Sistema de seguimiento

Con carácter anual tras la decisión de la Comisión[23] sobre la reorganización del Centro Común de Investigación, y en consonancia con las obligaciones que derivan de los Programas Específicos (partes nuclear y no nuclear), el Consejo de Administración del CCI lleva a cabo un seguimiento anual de la aplicación del programa de trabajo del CCI, incluyendo sus observaciones en el informe anual del CCI. Existe una vinculación adecuada con el proceso de seguimiento anual de las acciones indirectas.

6.3 Evaluación

El CCI evalúa los resultados y el impacto de sus actividades anualmente, utilizando una metodología ex post aplicada en un proceso de revisión inter pares . Los resultados de esta evaluación influyen directamente en la planificación del programa de trabajo del año siguiente. Los indicadores y criterios utilizados en esta revisión periódica guardan relación directa con los resultados de las acciones y con los indicadores clave del rendimiento del CCI.

Hasta el momento, el CCI ha realizado encuestas de satisfacción de los usuarios cada dos años. Con el nuevo Programa Marco se pretende introducir gradualmente un sistema permanente de recogida de opiniones de los usuarios que se enlazará con las revisiones anuales de las acciones.

En consonancia con las normas y buenas prácticas de la Comisión en materia de evaluación, habrá una revisión intermedia a los tres años y medio del inicio del Programa Marco de investigación, cuya duración es de siete. Dicha evaluación correrá a cargo de expertos externos de alto nivel y se basará en la información estructurada recogida en las revisiones anuales, así como en otras fuentes, tales como las encuestas de satisfacción de los usuarios.

Por último, se efectuará una evaluación ex post al final del período de siete años de duración del Programa Marco.

6.3.1 Evaluación ex ante

Aunque el programa de trabajo del CCI se adapte anualmente, el proceso de investigación se desarrolla a lo largo de una escala mucho más larga. De ahí que la revisión anual de las acciones contenga también un acusado componente de evaluación ex ante .

6.3.2 Medidas adoptadas tras una evaluación intermedia/ ex post (enseñanzas extraídas de experiencias pasadas similares)

Las evaluaciones efectuadas en el pasado han mostrado que el funcionamiento del CCI presenta particularidades que obligan a trasladar las normas internas de evaluación básicas de la Comisión (p. ej., evaluación de los resultados, efectividad, eficiencia, efectos secundarios, sostenibilidad, etc.) al contexto específico del CCI. Las particularidades estriban en que:

12. el CCI aplica su programa de trabajo con un centenar de acciones aproximadamente, que a su vez prestan apoyo a las políticas de la Comisión

13. los modelos coste/beneficio estándar no son aplicables al funcionamiento y a la evaluación de las actividades del CCI

14. el impacto de los trabajos del CCI se produce a nivel de los responsables de formular las políticas europeas, no de la sociedad europea en general.

Tampoco basta para el CCI medir sus resultados en tanto que organización científica, lo que en sí mismo supone un gran reto. Combinando los aspectos de la organización científica y el carácter de un servicio de la Comisión, el auténtico reto para el CCI es medir el impacto de sus actividades, primero sobre los responsables de formular las políticas, y segundo sobre las mismas políticas.

A la vista de las enseñanzas extraídas del pasado Programa Marco, el CCI diseña crecientemente sus actividades de manera que se presten mejor a una evaluación significativa. Además, para evaluar la producción global del CCI es necesario integrar los resultados de la evaluación de todas y cada una de las acciones. Por ello, las evaluaciones del CCI se ven ahora complementadas por un conjunto de actividades de apoyo que aportan información estructural al servicio de:

- del ciclo anual de planificación, ejecución y evaluación, así como la toma de decisiones conexa,

- de las evaluaciones plurianuales intermedia y ex post .

- En consecuencia, el CCI elaboró y aplicó unas revisiones periódicas de las acciones (PAR por sus siglas en inglés) para analizar los resultados de las acciones de 2003 y 2004. Las PAR tienen varios objetivos:

- evaluar las acciones del CCI con arreglo a una metodología bien definida

- facilitar la planificación del programa de trabajo para el año siguiente

- crear una base de datos general que permita cumplir las variadas obligaciones en materia de presentación de informes

- crear una base de datos semicuantitativa en beneficio de las futuras evaluaciones del CCI

- hacer posible la obtención de indicadores a nivel de organización a partir de otros niveles inferiores, incluido el de acción.

El mecanismo de revisión PAR se aplica anualmente y será profundizado en el actual Programa Específico.

6.3.3 Condiciones y frecuencia de las futuras evaluaciones

La revisión periódica de las acciones y el control de la aplicación del Programa Marco tendrán carácter anual. La encuesta de satisfacción de los usuarios se lleva a cabo en la actualidad cada dos años. En el futuro, se podría ir introduciendo gradualmente un proceso más continuo. La evaluación intermedia se llevará a cabo a los tres años y medio del inicio del Programa Marco. La evaluación ex post , por su parte, al finalizar el 7º PM.

7. MEDIDAS ANTIFRAUDE

Deben tomarse también las medidas adecuadas para evitar irregularidades y fraudes y darse los pasos necesarios para recuperar los fondos perdidos, abonados por error o incorrectamente utilizados, según lo dispuesto en el Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas, el Reglamento (CE, Euratom) n° 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento financiero y cualquier modificación futura, el Reglamento (CE, Euratom) nº 2988/95, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas[24], el Reglamento (Euratom, CE) nº 2185/96, de 11 de noviembre de 1996, relativo a los controles y verificaciones in situ que realiza la Comisión para la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas contra los fraudes e irregularidades[25], y el Reglamento (CE) n° 1074/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a las investigaciones efectuadas por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF)[26].

8. RECURSOS

8.1 Objetivos de la propuesta en cuanto a costes financieros

CC en millones de euros (con 3 decimales)

(Deben indicarse las rúbricas de los objetivos, acciones y resultados) | Año 2007 | Año 2008 | Año 2009 | Año 2010 | Año 2011 | Total |

Coste total | Coste total | Coste total | Coste total | Coste total | Coste total |

GESTIÓN DE RESIDUOS NUCLEARES, IMPACTO AMBIENTAL Y CONOCIMIENTOS BÁSICOS, |

SEGURIDAD OPERACIONAL |

SEGURIDAD FÍSICA |

COSTE TOTAL | 101,533 | 104,581 | 107,750 | 110,948 | 114,265 | 539,077 |

8.2 Gastos administrativos

8.2.1 Número y tipo de recursos humanos

Tipo de puesto | Efectivos a asignar a la gestión de la acción mediante la utilización de recursos existentes y/o suplementarios (número de puestos/EDP) |

2007 | 2008 | 2009 | 2010 | 2011 |

Funcionarios o agentes temporales[27] (XX 01 01) | A*/AD |

B*, C*/AST |

Personal financiado[28] por el art. XX 01 02 |

Otro personal estatutario financiado[29] por el art. XX 01 04/05 | 1 944 | 1 944 | 1 944 | 1 944 | 1 944 |

TOTAL[30] | 1 944 | 1 944 | 1 944 | 1 944 | 1 944 |

Esta presentación refleja la situación del CCI, en la que el personal es principalmente «del CCI» y, excepción hecha del directamente adscrito al proyecto de investigación, se gestiona como una unidad tanto para las actividades nucleares como no nucleares. Es posible que el personal administrativo, técnico y auxiliar trabaje para ambos programas el mismo día y en el mismo lugar.

El porcentaje del total del personal representado por el dedicado a actividades nucleares puede variar a lo largo de la ejecución del Programa Marco, situándose normalmente en torno al 30 %.

Esta cifra corresponde a la plantilla estatutaria.

8.2.2 Descripción de las tareas que se derivan de la acción

Las tareas derivan del Programa Específico de investigación directa no nuclear.

8.2.3 Origen de los recursos humanos (estatutarios)

(Cuando se indique más de un origen, especifíquese el número de puestos de cada origen)

( Puestos actualmente asignados a la gestión del programa que deben sustituirse o prorrogarse

( Puestos preasignados dentro del ejercicio EPA/AP para el año n

( Puestos que deben solicitarse en el próximo procedimiento EPA/AP

( Puestos que deben reasignarse utilizando los recursos existentes dentro del servicio gestor (reasignación interna)

( Puestos necesarios para el año n pero no previstos en el ejercicio EPA/AP del año.

8.2.4 Otros gastos administrativos incluidos en la cantidad de referencia (XX 01 05 – Gastos en la gestión administrativa)[31]

Millones de € (cifra aproximada al tercer decimal)

Línea presupuestaria (número y denominación) | Año 2007 | Año 2008 | Año 2009 | Año 2010 | Año 2011 | TOTAL |

Personal estatutario xx.01 05 01 | 132,100 | 137,665 | 142,206 | 145,659 | 141,128 | 698,758 |

Personal exterior xx.01 05 02 | 23,520 | 30,809 | 32,971 | 34,418 | 19,830 | 141,548 |

Otros gastos administrativos xx.01 05 03 | 21,883 | 22,321 | 22,768 | 23,223 | 23,687 | 113,882 |

Total asistencia técnica y administrativa | 177,503 | 190,795 | 197,945 | 203,300 | 184,645 | 954,188 |

8.2.5 Coste financiero de los recursos humanos y costes asociados no incluidos en la cantidad de referencia[32]

Millones de € (cifra aproximada al tercer decimal)

Tipo de recursos humanos | Año 2007 | Año 2008 | Año 2009 | Año 2010 | Año 2011 | TOTAL |

Funcionarios y agentes temporales (08 0101 y) | 4,986 | 5,085 | 5,187 | 5,291 | 5,397 | 25,946 |

Personal financiado por el art. XX 01 02 (personal auxiliar, expertos nacionales, personal contratado, etc.) |

Coste total de los recursos humanos y los costes asociados (NO incluidos en la cantidad de referencia) | 4,986 | 5,085 | 5,187 | 5,291 | 5,397 | 25,946 |

Cálculo – Gastos administrativos Se han calculado teniendo en cuenta la hipótesis siguiente: el número de funcionarios de la antigua parte A del presupuesto se mantiene al nivel de 2006, los gastos aumentan un 2 % anual según la inflación prevista, tal como se indica en la Ficha 1 REV (documento de trabajo de los servicios de la Comisión relativo a las perspectivas financieras), un coste de 108 000 € por funcionario y de 70 000 € en el caso del personal exterior (precios de 2004). Cálculo – Personal financiado al amparo del art. XX 01 02 Remitirse al punto 8.2.1 si procede. |

8.2.6 Otros gastos administrativos no incluidos en la cantidad de referencia[33] Millones de € (cifra aproximada al tercer decimal) |

Año 2007 | Año 2008 | Año 2009 | Año 2010 | Año 2011 | TOTAL |

XX 01 02 11 01 – Misiones | 0,036 | 0,036 | 0,037 | 0,038 | 0,038 | 0,185 |

XX 01 02 11 02 – Reuniones y conferencias | 0,001 | 0,001 | 0,001 | 0,001 | 0,001 | 0,005 |

XX 01 02 11 03 – Comités[34] | 0,111 | 0,114 | 0,116 | 0,118 | 0,121 | 0,580 |

XX 01 02 11 04 – Estudios y consultas |

XX 01 02 11 05-Sistemas de información |

2 Total otros gastos de gestión (XX 01 02 11) |

3 Otros gastos de tipo administrativo (especifíquense incluyendo la referencia a la línea presupuestaria) |

Total gastos administrativos distintos de los recursos humanos y los costes asociados (NO incluidos en la cantidad de referencia) | 0,148 | 0,151 | 0,154 | 0,157 | 0,160 | 0,770 |

Cálculo- Otros gastos administrativos no incluidos en la cantidad de referencia

Estas cifras se estiman sobre la base de las solicitudes de la DG RTD en 2006, incrementadas en un 2 % que corresponde a la inflación anual prevista. (Ficha 1 REV)

Las necesidades de recursos humanos y administrativos se cubrirán mediante la asignación concedida a la DG gestora en el marco del procedimiento de asignación anual. La asignación de puestos debe tener en cuenta una posible reasignación entre departamentos basada en las nuevas perspectivas financieras.

[1] COM(2005) 119.

[2] COM(2005) 118

[3] SEC(2005) 430.

[4] COM(2005) 387.

[5] El artículo 54, apartado 2, letra (a) del Reglamento Financiero (CE, Euratom) permite a la Comisión confiar competencias de potestad pública a agencias ejecutivas. Sin embargo, el Reglamento (CE) n° 58/2003 del Consejo por el que se establece el estatuto de las agencias ejecutivas encargadas de determinadas tareas de gestión de los programas comunitarios, y el Reglamento (CE) n° 1653/2004 de la Comisión por el que se aprueba el Reglamento financiero tipo de las agencias ejecutivas al amparo del Reglamento (CE) n° 58/2003 del Consejo, son reglamentos CE que, por ello, no se aplicarían en el campo de Euratom. La Comisión tiene intención de solicitar al Consejo que amplíe el alcance de estos reglamentos al Tratado Euratom

[6] Véase la exposición de motivos de la propuesta revisada de la Comisión sobre el “paquete nuclear”, COM(2004) 526, 8.9.2004.

[7] DO C , , p. .

[8] DO C , , p. .

[9] DO C , , p. .

[10] DO L 312 de 23.12.1995, p. 1.

[11] DO L 292 de 15.11.1996, p. 2.

[12] DO L 136 de 31.5.1999, p. 8.

[13] Créditos no disociados, denominados en lo sucesivo CND.

[14] Estas cifras se refieren al gasto en la totalidad del Programa Marco Euratom (véase COM(2005) 119).

[15] Gastos no comprendidos en el capítulo xx 01 del título xx correspondiente.

[16] Los créditos de pago se refieren a los años 2011 y siguientes.

[17] Gastos comprendidos en el artículo xx 01 05 del título xx.

[18] Los créditos de pago se refieren a los años 2011 y siguientes.

[19] Gastos dentro del capítulo xx 01 no comprendidos en el artículo xx 01 05.

[20] Los créditos de pago se refieren a los años 2011 y siguientes.

[21] Véanse los apartados 19 y 24 del Acuerdo Interinstitucional.

[22] Las cifras del cuadro se refieren solamente al personal financiado por el plan de establecimiento para todas las acciones directas bajo la responsabilidad de la DG JRC. Por tanto, no comprenden los puestos del plan de establecimiento del presupuesto operativo ni los del plan de establecimiento para acciones indirectas (véanse los documentos COM(2005) 440, 441, 442, 443, 444).

[23] 96/282/Euratom. DO nº L 107 de 30.4.1996, p. 12.

[24] DO L 312 de 23.12.1995, p. 1.

[25] DO L 292 de 15.11.1996, p. 2.

[26] DO L 136 de 31.5.1999, p. 8.

[27] Personal cuyo coste NO está cubierto por la cantidad de referencia.

[28] Personal cuyo coste NO está cubierto por la cantidad de referencia.

[29] Personal cuyo coste está inclu[30],?@STcdeƒ„…†‡“”¨©Ä Å á â ã ø ù ü 6789ë¶

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Æido en la cantidad de referencia.

[31] Las cifras del cuadro se refieren solamente al personal financiado por el plan de establecimiento para todas las acciones directas bajo la responsabilidad de la DG JRC. Por tanto, no comprenden los puestos del plan de establecimiento del presupuesto operativo ni los del plan de establecimiento para acciones indirectas (véanse los documentos COM(2005) 440, 441, 442, 443, 444).

[32] Estas cifras se refieren al gasto en la totalidad del Programa Marco Euratom (véase COM(2005) 119).

[33] Estas cifras se refieren al gasto en la totalidad del Programa Marco Euratom (véase COM(2005) 119).

[34] Estas cifras se refieren al gasto en la totalidad del Programa Marco Euratom (véase COM(2005) 119).

[35] CCT Euratom.