17.3.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 65/58


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión — Reestructuraciones y empleo — Anticipar y acompañar las reestructuraciones para desarrollar el empleo: el papel de la Unión Europea»

COM(2005) 120 final

(2006/C 65/12)

El 28 de abril de 2005, de conformidad con el artículo 262 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, la Comisión Europea decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta mencionada.

La Comisión Consultiva de las Transformaciones Industriales, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 23 de noviembre de 2005 (ponente: Sr. ZÖHRER, coponente: Sr. SOURY-LAVERGNE).

En su 422o Pleno de los días 14 y 15 de diciembre de 2005 (sesión del 14 de diciembre de 2005), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 121 votos a favor, 1 en contra y 9 abstenciones el presente Dictamen.

Resumen

El Comité acoge con satisfacción el planteamiento global intersectorial escogido por la Comisión. En la Comunicación, la Comisión reexamina una cuestión igualmente importante para las empresas y para los trabajadores. Las transformaciones industriales y la capacidad de preparación de las empresas para hacer frente a dichas evoluciones constituyen un factor fundamental de la competitividad. No obstante, el éxito depende de que se logre gestionar socialmente las repercusiones de las transformaciones.

El Comité está básicamente de acuerdo con el análisis del fenómeno descrito por la Comisión; no obstante, acogería con satisfacción que se realizase un análisis más minucioso.

Las reestructuraciones siempre van asociadas al temor, sobre todo por parte de los trabajadores, de sus repercusiones negativas. Sin embargo, las reestructuraciones bien gestionadas también pueden traducirse en nuevos desafíos y oportunidades. En principio, todo depende de la manera en que la empresa aborde la situación, de cómo gestione las distintas fases y de que las distintas partes interesadas colaboren y desarrollen un espíritu común que permita aprovechar las oportunidades.

El Comité está de acuerdo en que las respuestas al fenómeno de las reestructuraciones se inscriben en el marco más general de la estrategia de crecimiento y empleo.

El Comité acoge con satisfacción el objetivo de una mayor coordinación dentro de la Comisión, así como de creación de un grupo de trabajo interno y desarrollo de un diálogo regular con el Parlamento Europeo y el Consejo.

El Comité se declara básicamente de acuerdo con las prioridades establecidas por la Comisión en la revisión de la Estrategia europea para el empleo. La estrategia para el empleo no puede separarse de la toma en consideración del contexto macroeconómico y de la política industrial.

En lo relativo a la revisión de los instrumentos financieros, el Comité acepta que estén orientados en mayor medida hacia la anticipación y gestión de las reestructuraciones.

En materia de política industrial, el Comité estima que ahora hay que profundizar sobre todo en un enfoque sectorial que permita encontrar planteamientos adaptados a los distintos sectores. Un punto fundamental, que habrá que examinar y precisar igualmente, es la mejora de la normativa vigente para las empresas.

El Comité considera que las iniciativas tecnológicas, en particular las plataformas tecnológicas, son uno de los métodos principales para mejorar la situación. Para ello será preciso crear un entorno favorable a la innovación.

En el caso de la política sobre competencia se plantea la cuestión de si los recursos existentes serán suficientes. Respecto a las subvenciones estatales, el Comité destaca que será preciso prestar mayor atención a la relación existente entre las ayudas estatales, las reestructuraciones y las deslocalizaciones de la producción.

El Comité opina igualmente que el Observatorio Europeo del Cambio, con sede en Dublín, deberá desempeñar un papel fundamental.

La intensificación del diálogo social sectorial merece atención aparte. El Comité está de acuerdo con la Comisión en que los interlocutores sociales, habida cuenta de su conocimiento de los sectores, pueden desempeñar un papel particular de alerta. No obstante, este instrumento no debería limitarse a examinar las situaciones de crisis.

El Comité espera con interés la anunciada Comunicación sobre la responsabilidad social de las empresas.

El Comité se felicita en principio de la creación de un Foro «Reestructuraciones», cuyo objetivo será elaborar una presentación de las mejores prácticas y analizar los obstáculos locales (reglamentación) que se oponen a su armonización.

Además de las acciones de modernización y simplificación de la normativa ya previstas en el programa de acción de Lisboa, y que el Comité acoge muy favorablemente, la Comisión anuncia igualmente un Libro Verde sobre la evolución del Derecho del trabajo. Precisamente en el contexto de las reestructuraciones, el objetivo de la evolución del Derecho del trabajo debe ser una relación equilibrada entre flexibilidad y seguridad.

En lo relativo a la promoción de la movilidad de los trabajadores en el seno de la Unión, la única propuesta de Directiva mencionada, esto es, la relativa a la mejora de la transferibilidad de los derechos a pensión complementaria, parece un poco insuficiente. Convendrá examinar la posibilidad de ofrecer un paquete de incentivos, por ejemplo en materia de cualificaciones, mercado laboral o legislación social o fiscal, incluida la eliminación de los obstáculos administrativos a la libre circulación de los trabajadores, para facilitar la movilidad.

El Comité celebraría que los interlocutores sociales continuasen y concretasen sus trabajos en materia de reestructuraciones.

Los comités de empresa europeos desempeñan una importante función en las reestructuraciones industriales. Por lo tanto, la fase de consulta sobre la revisión de la Directiva relativa a los comités de empresa europeos habrá de considerarse atendiendo a las reestructuraciones, pero deberá realizarse en un contexto más amplio.

El Comité comparte la opinión de la Comisión de que las reestructuraciones no deben ser un sinónimo de retrocesos sociales y pérdidas económicas.

Es imposible evitar todas las consecuencias negativas para los trabajadores. Por lo tanto, además del cumplimiento de los requisitos establecidos por la Comisión, el objetivo de las medidas que habrá de adoptar la Unión Europea se centrará también en garantizar una protección adecuada de los trabajadores en la fase transitoria.

1.   Introducción

1.1

En la agenda social adoptada por la Comisión el 9 de febrero de 2005 se prevé –al igual que en la Comunicación sobre la revisión de la estrategia de desarrollo sostenible (1)– que la Comisión desarrollará una estrategia en materia de gestión de las reestructuraciones con miras a una mejor interacción de las políticas europeas pertinentes, una mayor participación de los interlocutores sociales, una sinergia más importante entre políticas e instrumentos financieros y la adaptación de los marcos jurídicos convencionales.

1.2

En la Comunicación «Reestructuraciones y empleo» (2), presentada por la Comisión el 31 de marzo de 2005, se presentan las medidas que la Unión Europea tendrá que adoptar o reforzar para movilizar el potencial de que dispone. Para ello se adopta una perspectiva tanto horizontal como sectorial y se propone una serie de medidas en distintos ámbitos de la política comunitaria.

1.3

Por tratarse de una Comunicación de la Comisión destinada a todos los públicos, el texto recoge consideraciones generales, en particular sobre la existencia del fenómeno de la «reestructuración» en las fases que pueden atravesar todas las empresas cuando se ven abocadas a la necesidad de adaptarse.

2.   Síntesis del documento de la Comisión

2.1

La Comisión tiene la convicción de que las reestructuraciones no tienen por qué ser sinónimo de retroceso social y pérdida de sustancia económica. Pueden, por el contrario, ser garantes de progreso económico y social, pero con la condición de que se anticipen debidamente, que las empresas puedan administrarlas con eficacia y rapidez y que la acción pública contribuya a acompañarlas en buenas condiciones.

2.2

Las reestructuraciones de empresas suponen a menudo costes que pueden ser muy elevados, no sólo para los trabajadores afectados, sino también para la economía local o regional. Mantener la cohesión social característica del modelo social europeo exige aplicar políticas de acompañamiento para minimizar los costes sociales y promover la búsqueda de fuentes alternativas de empleos y de ingresos.

2.3

Por ello, las respuestas que deben darse a escala comunitaria deben articularse en torno a cuatro exigencias:

una exigencia de coherencia entre las políticas afectadas, para que el crecimiento y las reestructuraciones que supone no impliquen una destrucción de capital humano;

una exigencia a largo plazo, en la cual deben inscribirse las distintas políticas comunitarias; para actuar, los agentes económicos y sociales necesitan previsión;

una exigencia de participación de todas las partes interesadas, en primer lugar los interlocutores sociales;

la toma en consideración de la dimensión territorial, ya que es en el nivel local donde la anticipación del cambio es más eficaz. Desde ese punto de vista, la política regional y de cohesión de la Unión Europea debe desempeñar el papel de catalizador.

2.4

La Comunicación enuncia las acciones que deben desarrollarse o reforzarse en torno a los distintos medios que la Unión puede movilizar a este respecto, desde un punto de vista tanto horizontal como sectorial. Al aplicar estas acciones, es necesario limitar al máximo las cargas impuestas a las empresas, garantizando al mismo tiempo una mejora de la anticipación y gestión de las reestructuraciones.

2.5

En concreto, el Anexo 1 de la Comunicación propone una serie de doce medidas entre las cuales cabe destacar:

revisión de la Estrategia europea para el empleo;

reforma de los instrumentos financieros y creación de un fondo de ajuste al crecimiento;

creación de un foro «Reestructuraciones»;

seguimiento reforzado de los sectores que pueden experimentar a corto plazo reestructuraciones.

3.   Observaciones generales

3.1

El Comité acoge con satisfacción el planteamiento global intersectorial escogido por la Comisión. En la Comunicación la Comisión reexamina una cuestión igualmente importante para las empresas y para los trabajadores. El Comité ya se ha pronunciado en diversos dictámenes sobre este asunto. Las transformaciones industriales y la capacidad de preparación de las empresas para hacer frente a dichas evoluciones constituyen un factor fundamental de la competitividad. No obstante, el éxito depende de que se logre gestionar socialmente las repercusiones de las transformaciones.

3.2

Cuando la Comisión habla en su Comunicación sobre las reestructuraciones, se plantea naturalmente la cuestión de definir ese concepto. En diversos dictámenes, el CESE ha diferenciado entre «transformaciones industriales», como un proceso continuo de evolución de una empresa o de un sector, y «reestructuraciones», como una forma particular de transformación industrial, que constituye normalmente un proceso específico de adaptación (a menudo impuesto) a las condiciones del entorno empresarial, con el fin de recuperar la competitividad.

3.2.1

Aunque la Comisión no diferencie estos dos conceptos, para facilitar su comprensión el Comité recomienda que se adopte un punto de vista más matizado. La anticipación y la configuración proactiva de las transformaciones son sin duda elementos clave para llevar a cabo con éxito las transformaciones. No obstante, las reestructuraciones industriales constituyen un desafío cada vez mayor y diferenciado en un entorno globalizado. Ambos tipos de evolución precisan métodos y medidas diferentes.

3.2.2

El fomento de las transformaciones no puede constituir en sí mismo un objetivo. Una política industrial claramente definida a largo plazo y orientada hacia el futuro puede influir positivamente en esas transformaciones y mitigar sus consecuencias de manera tal que se transformen en nuevas oportunidades. El Comité examinará la nueva Comunicación de la Comisión sobre una nueva política industrial (COM(2005)...) de conformidad con este criterio.

3.3

El Comité está básicamente de acuerdo con el análisis del fenómeno descrito por la Comisión, la cual enumera cuatro motivos principales de las reestructuraciones:

la evolución del mercado único europeo y la apertura internacional de las economías;

la innovación tecnológica;

la evolución del marco reglamentario, y

los cambios fundamentales de la demanda de los consumidores.

3.3.1

De esta manera la Comisión se restringe en sus análisis a los factores generales que todo el mundo conoce ampliamente. Sin embargo, es igualmente importante saber si las reestructuraciones se planifican a largo plazo para anticipar ciertas evoluciones o si están ocasionadas por presiones exteriores o son consecuencia de una ausencia de anticipación por fallos en la gestión. Un ejemplo en tal sentido podría ser la evolución de la relación existente entre el potencial del mercado y las capacidades de producción. Si esto no se tiene en cuenta, se producen sobrecapacidades, que a su vez, antes o después, darán lugar a reestructuraciones. El Comité acogería con satisfacción un análisis más profundo, ya que el enfoque será diferente en función de la situación.

3.3.2

Las reestructuraciones siempre van asociadas al temor, sobre todo por parte de los trabajadores, de repercusiones negativas. Sin embargo, las reestructuraciones bien gestionadas también pueden traducirse en nuevos desafíos y oportunidades. Existen muchos ejemplos de reestructuraciones llevadas a cabo con éxito y de reestructuraciones llevadas a cabo con menos éxito. En principio, todo depende de la manera en que la empresa aborde la situación, de cómo gestione las distintas fases y de que las distintas partes interesadas colaboren y desarrollen un espíritu común que permita aprovechar las oportunidades.

3.4

La Comunicación propone pocas medidas concretas, y algunas de ellas sólo se mencionan. El Comité es consciente de que la Comisión no puede ir mucho más lejos habida cuenta de la situación actual. No obstante, considera que la Comunicación constituye una buena base para desarrollar la política comunitaria en este asunto, política que requiere una coordinación de las direcciones generales afectadas y de los Estados miembros.

4.   Observaciones particulares

4.1

El Comité está de acuerdo en que las respuestas al fenómeno de las reestructuraciones se inscriben en el marco más general de la estrategia de crecimiento y empleo. La gestión de las transformaciones puede contribuir de manera significativa al logro de los objetivos de la Estrategia de Lisboa.

4.1.1

En este contexto, la UE debe preguntarse por la contribución que, además de las medidas adoptadas al nivel local, regional y nacional, puede aportar. La UE puede desempeñar un papel fundamental impulsando el proceso de debate en los Estados miembros y contribuyendo a sensibilizar a los ciudadanos al respecto. Asimismo, puede recurrir a todos los instrumentos en su poder para anticipar el cambio y acompañar las transformaciones.

4.2   La movilización de las políticas comunitarias horizontales

4.2.1

El Comité acoge con satisfacción el objetivo de una mayor coordinación dentro de la Comisión, mediante la creación de un grupo de trabajo interno y desarrollo de un diálogo regular con el Parlamento Europeo y el Consejo. La participación de todas las direcciones generales afectadas podría contribuir a desarrollar sinergias entre los distintos ámbitos de acción cuyo objetivo común es anticipar y gestionar las transformaciones. El Comité opina que, no obstante, es preciso garantizar que el grupo de trabajo interno se concentre en su función de coordinación y que la Comisión mantenga un reparto claro de competencias en materia de legislación y aplicación de la normativa comunitaria.

4.2.2

El Comité se declara básicamente de acuerdo con las prioridades establecidas por la Comisión en la revisión de la Estrategia europea para el empleo. A este respecto se deberá prestar particular atención a la formación, el aprendizaje permanente y la calidad de la organización del trabajo, incluida una buena gestión de los recursos humanos. La estrategia para el empleo no puede separarse de la toma en consideración del contexto macroeconómico y de la política industrial. La coordinación de las políticas económicas con la política industrial y la estrategia del empleo deberían facilitar una mejor gestión de las transformaciones.

La creación de un marco macroeconómico estable, previsible y coherente en Europa es la condición básica para la gestión óptima de las medidas de reestructuración.

Las condiciones locales en las que se presenten las reestructuraciones son decisivas y precisan ser integradas en una política global.

4.2.3

En lo relativo a la revisión de los instrumentos financieros, el Comité acepta que estén orientados en mayor medida hacia la anticipación y gestión de las reestructuraciones, pero señala que es preciso preservar los objetivos generales de los fondos existentes.

4.2.4

Por el momento, los instrumentos financieros propuestos por la Comisión con el nombre de «capacidad de intervención comunitaria en caso de crisis» han sido acogidos con escepticismo por el Consejo. A juicio del Comité, no convendría, sin embargo, renunciar a un debate de fondo sobre las posibilidades de intervención financiera, con vistas a facilitar las transiciones cuando se produzcan acontecimientos imprevistos que tengan serias repercusiones a escala regional, sectorial y social. Por lo tanto, el Comité respalda las medidas de la Comisión encaminadas a crear tales instrumentos.

4.2.5

El Comité ya examinó el tema de la política industrial en un dictamen de diciembre de 2004 (3). El Comité estima que ahora hay que profundizar sobre todo en un enfoque sectorial que permita encontrar planteamientos adaptados a los distintos sectores. Para ello, no se deberían examinar exclusivamente aquellos ámbitos económicos que se encuentran en crisis, sino que convendría analizar todos los sectores posibles que sean relevantes para Europa, con el fin de afrontar precozmente las transformaciones y gestionarlas de manera proactiva. El diálogo social desempeñará un papel fundamental en este proceso.

Un punto fundamental, que habrá que examinar y precisar igualmente, es la mejora de la normativa vigente para las empresas. Dicha mejora debería conducir a una reducción de las cargas para las empresas, sin que ello suponga una rebaja de las normas sociales y medioambientales.

4.2.6

El Comité considera que las iniciativas tecnológicas, en particular las plataformas tecnológicas, son uno de los métodos principales para mejorar la situación. Las innovaciones tecnológicas permiten superar situaciones aparentemente congeladas, en particular en materia de energía, emisiones de residuos y reciclaje de productos. A su vez, estas innovaciones fomentarían avances tecnológicos que aumentarían la competitividad de los sectores industriales afectados.

4.2.6.1

En tal contexto será preciso crear un entorno favorable a la innovación. Los incentivos fiscales y la protección de la propiedad intelectual son condiciones básicas para ello. No obstante, en la gestión de las reestructuraciones convendría tener en cuenta la necesidad de una innovación organizativa y social.

4.2.7

En el caso de la política sobre competencia se plantea la cuestión de si los instrumentos existentes serán suficientes. Existen cada vez más factores de competitividad que la política de competencia no examina y que son fundamentales; como, por ejemplo, la imposición de las empresas.

En lo relativo a las ayudas estatales, todavía queda mucho camino por recorrer antes de que se anuncie una reforma encaminada a reorientar dichas ayudas a los ámbitos que más contribuyen al crecimiento y al empleo. En este contexto, el Comité destaca que será preciso prestar mayor atención a la relación existente entre las ayudas estatales, las reestructuraciones y las deslocalizaciones de la producción. Es preciso que las normativas en materia de ayudas estatales sigan siendo no discriminatorias y que se continúe fomentando la cohesión social. En este contexto, el Comité señala que hay que prestar particular atención a las prácticas en vigor fuera de la Unión Europea.

4.2.8

El Comité ya se ha pronunciado sobre la política exterior en diversos dictámenes.

4.2.9

El Comité comparte la opinión de que el Observatorio Europeo del Cambio, con sede en Dublín, debe desempeñar un papel fundamental en el desarrollo de las herramientas necesarias para el análisis y seguimiento de las reestructuraciones. La CCMI debería reforzar aún más su cooperación con el Observatorio.

4.3   El refuerzo de la asociación para el cambio

4.3.1

La intensificación del diálogo social sectorial merece atención aparte. El Comité está de acuerdo con la Comisión en que los interlocutores sociales, habida cuenta de su conocimiento de los sectores, pueden desempeñar un papel particular de alerta. No obstante, este instrumento no debería limitarse a examinar las situaciones de crisis, sino que debería analizar todas las situaciones que los interlocutores sociales consideren necesarias, y no sólo cuando observen «una evolución preocupante». Esto estaría más en la línea de los objetivos encaminados a anticipar y acompañar los procesos de reestructuración.

4.3.2

El Comité espera con interés la anunciada Comunicación sobre la responsabilidad social de las empresas, que tendrá por objeto en particular las iniciativas positivas que toman las empresas en relación con las partes afectadas en caso de reestructuración. Efectivamente, el objetivo es, además de seguir perfeccionando los fundamentos jurídicos, difundir y fomentar las buenas prácticas en materia de gestión de las transformaciones. Ante todo, el Comité señala que en los procesos de reestructuración será preciso tener en cuenta igualmente a las distintas empresas afectadas de manera indirecta (por ejemplo, los proveedores, los prestadores de servicios, etc.).

Por lo demás, el Comité ya se pronunció sobre la responsabilidad social de las empresas en un dictamen anterior.

4.3.3

El Comité se felicita en principio de la creación de un Foro «Reestructuraciones». El objetivo del foro debe ser elaborar una presentación de las mejores prácticas y analizar los obstáculos locales (reglamentación) que se oponen a su armonización. Todavía es muy pronto para evaluar los resultados. No obstante, el Comité está dispuesto a aportar sus conocimientos al foro y colaborar para que se traduzca en un valor añadido para la política europea. La condición fundamental para lograrlo será utilizar un método de trabajo que funcione sin crear nuevas burocracias y se concentre en aquellas cuestiones a las que hasta ahora no se ha dedicado suficiente atención. Las organizaciones afectadas de la sociedad civil deben tener la posibilidad de participar en los trabajos.

4.4   La adaptación del marco reglamentario y convencional

4.4.1

Además de las acciones de modernización y simplificación de la normativa ya previstas en el programa de acción de Lisboa, y que el Comité acoge muy favorablemente, la Comisión anuncia igualmente un Libro Verde sobre la evolución del Derecho del trabajo. Precisamente en el contexto de las reestructuraciones, el objetivo de la evolución del Derecho del trabajo debe ser una relación equilibrada entre flexibilidad y seguridad.

4.4.2

En lo relativo a la promoción de la movilidad de los trabajadores en el seno de la Unión, la única propuesta de Directiva mencionada, esto es, la relativa a la mejora de la transferibilidad de los derechos a pensión complementaria, parece un poco insuficiente. La movilidad de los trabajadores en el contexto de las reestructuraciones es una cuestión fundamental muy compleja. La movilidad transfronteriza solo constituye un pequeño aspecto de todo el problema. Los trabajadores tienen que ser capaces de adaptarse a las nuevas condiciones resultantes de las reestructuraciones. A lo sumo, esto implicará una nueva orientación profesional o la búsqueda de un nuevo empleo. Por lo tanto, es conveniente examinar las medidas a escala comunitaria y a escala nacional o regional que será preciso adoptar para facilitar a los trabajadores esta fase transitoria. Será necesario examinar la posibilidad de ofrecer un paquete de incentivos, por ejemplo en el ámbito de las cualificaciones, del mercado laboral y de las normas sociales y fiscales, incluida la eliminación de los obstáculos administrativos a la libre circulación de los trabajadores, para facilitar la movilidad.

4.5   La segunda fase de consulta de los interlocutores sociales europeos sobre las reestructuraciones de empresas y los comités de empresa europeos

4.5.1

Por primera vez, la Comisión inicia, en una Comunicación dirigida al público en general, una fase de consultas con los interlocutores sociales sobre dos temas diferentes. Este método no deja de plantear problemas y será preciso comprobar que se escoge el procedimiento adecuado para consultar a los interlocutores sociales.

4.5.2

Independientemente de estas cuestiones formales, el Comité celebraría que los interlocutores sociales continuasen y concretasen sus trabajos en materia de reestructuraciones.

4.5.3

Los comités de empresa europeos desempeñan una importante función en las reestructuraciones industriales. Por lo tanto, la fase de consulta sobre la revisión de la Directiva relativa a los comités de empresa europeos habrá de ser considerada atendiendo a las reestructuraciones, pero deberá realizarse en un contexto más amplio. El derecho de información y consulta de los trabajadores establecido en la Directiva sobre los comités de empresa europeos no se restringe exclusivamente a las reestructuraciones.

4.6   Conclusiones de la Comisión

4.6.1

El Comité comparte la opinión de la Comisión de que las reestructuraciones no deben ser un sinónimo de retrocesos sociales y pérdidas económicas.. Las reestructuraciones pueden contribuir de manera esencial a la evolución económica y social. No obstante, tal y como la Comisión señala con acierto, las condiciones en las que se llevan a cabo las reestructuraciones desempeñan un papel fundamental.

4.6.2

Es imposible, no obstante, evitar todas las consecuencias negativas para los trabajadores. Por lo tanto, además del cumplimiento de los requisitos establecidos por la Comisión, el objetivo de las medidas que habrá de adoptar la Unión Europea se centrará también en garantizar una protección adecuada de los trabajadores en la fase transitoria.

Bruselas, 14 de diciembre de 2005.

La Presidenta

del Comité Económico y Social Europeo

Anne-Marie SIGMUND


(1)  Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo - Revisión en 2005 de la Estrategia de la Unión Europea para un desarrollo sostenible: Primer balance y orientaciones futuras, (COM(2005) 37 final) de 9.2.2005.

(2)  COM(2005) 120 final.

(3)  DO C 157 de 28.6.2005 — Comunicación de la Comisión - Acompañar los cambios estructurales: Una política industrial para la Europa ampliada (COM(2004) 274 final).