52004XX0428(04)

Dictamen del Comité Consultivo de concentraciones emitido en su 113a reunión celebrada el 20 de marzo de 2003 en relación con un anteproyecto de decisión relativo al asunto COMP/M.2876 — NewsCorp/Telepiù (Texto pertinente a efectos del EEE)

Diario Oficial n° C 102 de 28/04/2004 p. 0025 - 0025


Dictamen del Comité Consultivo de concentraciones emitido en su 113a reunión celebrada el 20 de marzo de 2003 en relación con un anteproyecto de decisión relativo al asunto COMP/M.2876 - NewsCorp/Telepiù

(2004/C 102/08)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(Decisión 2004/311/CE de la Comisión - DO L 110 de 16.4.2004)

1. El Comité consultivo coincide con la Comisión en que la operación notificada constituye una concentración en el sentido de lo dispuesto en la letra b) del apartado 1 del artículo 3 del Reglamento de concentraciones y tiene dimensión comunitaria tal como se define en el apartado 2 del artículo 1 de dicho Reglamento.

2. El Comité consultivo coincide con la Comisión en que el producto pertinente y el mercado geográfico incluyen la televisión de pago en Italia.

3. El Comité consultivo coincide también con las definiciones de la Comisión de mercados ascendentes de referencia afectados por la concentración como son: a) la adquisición de derechos de películas en exclusividad; b) la adquisición de derechos exclusivos sobre partidos de fútbol que se celebran anualmente en los que participan la selecciones nacionales; c) la adquisición de derechos exclusivos sobre otros acontecimientos deportivos; d) la adquisición de canales de televisión; y en que el mercado geográfico pertinente de cada uno de ellos se limita a Italia.

4. El Comité consultivo coincide con la Comisión en que la transacción notificada llevaría a la creación o consolidación de una posición dominante en el mercado italiano de televisión de pago.

5. El Comité consultivo coincide con el análisis de la Comisión sobre los mercados ascendentes de referencia.

6. El Comité consultivo coincide con la Comisión en que la transacción no satisface las condiciones de "excepción para empresa en crisis" y ello porque existe un vínculo causal entre la concentración y sus efectos sobre la competencia.

7. Una mayoría del Comité consultivo coincide con la Comisión en que el conjunto de los compromisos presentados por Newscorp el 13 de marzo de 2003 son suficientes para solucionar los problemas de competencia en todos los mercados de referencia en los que la concentración podría originar o reforzar una posición dominante. Una minoría discrepa.

8. Una mayoría del Comité consultivo coincide con la Comisión en que la presencia de Telecom Italia con el 19,9 % de las acciones hace que la Comisión tenga derecho a efectuar una valoración de la competencia sobre el efecto de dicha presencia. Una minoría discrepa.

9. Una mayoría del Comité consultivo coincide con la Comisión en que la investigación del mercado no ha proporcionado pruebas suficientes para llegar a la conclusión de que a) la presencia de Telecom Italia reforzará aún más la posición dominante de la plataforma combinada en el mercado de la televisión de pago y b) la posición dominante de Telecom Italia en los mercados de las telecomunicaciones se reforzará y, por consiguiente, los compromisos ofrecidos el 13 de marzo respecto a Telecom Italia no deberían constituir obligaciones o condiciones de la presente Decisión. Una minoría discrepa.

10. Una mayoría del Comité consultivo coincide con el proyecto de Decisión de la Comisión en que, siempre que se cumplan dichas condiciones, la concentración debería declararse compatible con el mercado común y el funcionamiento del Acuerdo EEE. Una minoría discrepa.

11. El Comité consultivo recomienda la publicación de su dictamen en el Diario Oficial de la Unión Europea.

12. El Comité consultivo pide a la Comisión que tenga en cuenta sus observaciones y comentarios.