52004PC0390

Propuesta de Reglamento del Consejo que modifica el Reglamento (CE) nº 2287/2003 en lo que atañe a la pesca de bacalao báltico /* COM/2004/0390 final */


Propuesta de REGLAMENTO DEL CONSEJO que modifica el Reglamento (CE) nº 2287/2003 en lo que atañe a la pesca de bacalao báltico

(presentada por la Comisión)

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Reglamento (CE) n° 2287/2003 del Consejo establece, para 2004, las posibilidades de pesca y las condiciones correspondientes para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces, aplicables en aguas comunitarias y, en el caso de los buques comunitarios, en las demás aguas donde sea necesario establecer limitaciones de capturas. Es necesario incluir una modificación en dicho Reglamento tras la decisión recientemente adoptada en la Comisión Internacional de Pesca del Mar Báltico (IBSFC) en el sentido de reducir el período de veda de la pesca de bacalao en el Mar Báltico, previsto en principio del 1 de junio al 31 de agosto de 2004 inclusive, al período comprendido entre el 15 de junio y el 15 de agosto 2004 inclusive.

La presente propuesta pretende incluir las modificaciones necesarias en el anexo IV del Reglamento (CE) nº 2287/2003.

Con objeto de que los pescadores puedan planificar sus actividades para la presente campaña de pesca se solicita a la Comisión que adopte la presente propuesta lo antes posible y la remita al Consejo.

Propuesta de REGLAMENTO DEL CONSEJO que modifica el Reglamento (CE) nº 2287/2003 en lo que atañe a la pesca de bacalao báltico

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 2371/2002 del Consejo, de 20 de diciembre de 2002, sobre la conservación y la explotación sostenible de los recursos pesqueros en virtud de la política pesquera común [1], y, en particular, su artículo 20,

[1] DO L 358 de 31.12.2002, p. 59.

Vista la propuesta de la Comisión [2],

[2] DO C de , p. .

Considerando lo siguiente:

(1) En mayo de 2004, la Comisión Internacional de Pesca del Mar Báltico (IBSFC) adoptó una recomendación para reducir el período de veda de la pesca de bacalao en el Mar Báltico, previsto en principio desde el 1 de junio al 31 de agosto de 2004 inclusive, al período comprendido entre el 15 de junio y el 15 de agosto 2004 inclusive. Debe garantizarse la aplicación de dicha recomendación en el ordenamiento jurídico comunitario.

(2) Por lo tanto, el Reglamento (CE) n° 2287/2003 del Consejo, de 19 de diciembre de 2003, por el que se establecen, para 2004, las posibilidades de pesca y las condiciones correspondientes para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces, aplicables en aguas comunitarias y, en el caso de los buques comunitarios, en las demás aguas donde sea necesario establecer limitaciones de capturas [3] debe modificarse en consecuencia.

[3] DO L 344 de 31.12.2003 p. 1.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El texto del punto 4 del anexo IV del Reglamento (CE) nº 2287/2003 se sustituirá por el siguiente:

«4. Veda estival aplicable al bacalao báltico

La pesca de bacalao estará prohibida en el Mar Báltico, los Belt y el Sund desde el 15 de junio de 2004 hasta el 15 de agosto de 2004 inclusive.»

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable a partir del 1 de junio de 2004.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el

Por el Consejo

El Presidente