20.9.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 231/72


Dictamen del Comité de las Regiones sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al instrumento financiero para el medio ambiente (LIFE+)»

(2005/C 231/11)

EL COMITÉ DE LAS REGIONES,

VISTA la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al instrumento financiero para el medio ambiente (LIFE+) COM(2004) 621 final — 2004/0218 (COD);

VISTA la decisión de la Comisión Europea de 1 de octubre de 2004 de consultarle sobre este asunto, de conformidad con el apartado 1 del artículo 175 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea;

VISTA la decisión de su Presidente, de 26 de mayo de 2004, de encargar a la Comisión de Desarrollo Sostenible la elaboración del presente dictamen;

VISTA la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo: «Financiación de Natura 2000» COM(2004) 431 final;

VISTO su Dictamen sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones sobre el Sexto Programa de Acción de la Comunidad Europea en materia de Medio Ambiente “Medio ambiente 2010: el futuro está en nuestras manos” — VI Programa de medio ambiente» y la «Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el Programa Comunitario de Acción en materia de Medio Ambiente para 2001-2010» COM(2001) 31 final — CDR 36/2001 fin (1);

VISTO su Dictamen sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo: Construir nuestro futuro común — Retos políticos y medios presupuestarios de la Unión ampliada (2007-2013)» COM(2004) 101 final — CDR 162/2004 fin;

VISTO su proyecto de Dictamen (CDR 253/2004 rev. 1) aprobado el 1 de marzo de 2005 por su Comisión de Desarrollo Sostenible (ponente: Michèle EYBALIN, Consejera Regional de Ródano-Alpes (FR, PSE);

ha aprobado en su 59o Pleno celebrado los días 13 y 14 de abril de 2005 (sesión del 14 de abril) el presente Dictamen por unanimidad.

Puntos de vista y recomendaciones del Comité de las Regiones

1.   Consideraciones generales

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

1.1

Comparte el punto de vista de la Comisión Europea consistente en que el examen del instrumento LIFE+ no puede separarse de la redefinición global de las intervenciones financieras de la UE ni de las condiciones de aplicación de los distintos aspectos de la política europea de medio ambiente; considera, no obstante, que hubiese sido deseable realizar:

un balance completo de las intervenciones financieras comunitarias en materia de medio ambiente evaluando el interés y el impacto de cada financiación en relación con sus objetivos propios y los objetivos generales de los Planes de acción comunitarios sucesivos en materia de medio ambiente;

una evaluación del valor añadido europeo de los proyectos financiados por estos distintos programas (los gestionados directamente por la DG Medio Ambiente, por una parte, y, por otra, los correspondientes a la integración en las demás financiaciones comunitarias) y de su coherencia con los proyectos apoyados por la DG ENV.

1.2

Considera que la Comisión Europea debería haber acompañado la propuesta de Reglamento LIFE+ de un análisis de las necesidades de financiación relacionadas con la aplicación, en el nivel regional y local, de las distintas prioridades de la política medioambiental comunitaria y de una evaluación de estas intervenciones teniendo en cuenta el principio de subsidiariedad.

1.3

Valora positivamente el afán de simplificación de la Comisión Europea en la aplicación de un instrumento único, aunque pone de relieve las dificultades actuales para conocer las posibilidades reales de financiación de los proyectos medioambientales por los distintos instrumentos financieros que estarán vigentes en el período 2007-2013 y la coordinación de las distintas financiaciones para cubrir las diferentes prioridades y modalidades de intervención comunitarias.

1.4

Toma nota de que proyectos que antes se financiaban con cargo a los capítulos LIFE Medio Ambiente (proyectos correspondientes al medio ambiente industrial) y a LIFE Terceros Países ya no serán elegibles para su financiación con cargo a LIFE+, y solicita que se especifique y garantice la inclusión de un capítulo dedicado al medio ambiente en los programas «Competitividad e innovación» e «Instrumento de vecindad» para poder financiar estos proyectos durante el período 2007-2013.

1.5

Considera que todos los elementos mencionados son condición necesaria para proponer contenidos y modalidades de financiación de proyectos coherentes con los grandes ejes de la política europea de medio ambiente (y de la acción de la Agencia Europea de Medio Ambiente); si no, la propuesta de Reglamento LIFE+ se percibirá como dictada más bien por la ingeniería financiera, cuya lógica no se percibe adecuadamente, y los titulares de proyectos no podrán situar claramente las prioridades comunitarias ni las posibilidades de integración de sus iniciativas.

1.6

advierte que en la propuesta sobre LIFE+ solamente son subvencionables los estudios, los proyectos y las programaciones, mientras que las medidas concretas de aplicación ya no se pueden financiar con recursos procedentes del programa LIFE. La integración de todas las prioridades de ayuda (Fondos Estructurales y Fondo de Desarrollo Rural) perseguida por la Comisión tiene la desventaja de que los proyectos medioambientales entran necesariamente en competencia con otras actividades.

2.   Contenido y modalidades de aplicación de LIFE+

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

2.1

Manifiesta su preocupación por el deseo expresado por la Comisión Europea de descentralizar una parte muy importante de la programación y del presupuesto (del 75 % al 80 % del instrumento) de LIFE+ en los distintos Estados miembros sin que en el texto de la propuesta se definan las modalidades ni las condiciones de esta «descentralización».

2.2

Hace una advertencia para que el afán de simplificación y flexibilidad que ha dado lugar a la propuesta de Reglamento no se traduzca en una renacionalización de la política comunitaria de medio ambiente y señala que, por vez primera, se «nacionaliza» de este modo un gran programa de apoyo a una de las principales políticas internas de la Comisión Europea, y ello sin necesidad alguna, puesto que ya existen recursos financieros europeos para actuar a nivel local en favor del medio ambiente.

2.3

No juzga oportuno que el marco general de las acciones financiadas se remita a un programa estratégico plurianual y a programas de trabajo anuales, y señala a ese respecto que las modalidades de financiación (nivel de las subvenciones, acciones y criterios de elegibilidad) no se especifican en la propuesta de Reglamento.

2.4

Pide que se clarifique la noción de valor añadido europeo y la manera en que este objetivo deberá traducirse en la naturaleza y la selección de los proyectos que serán apoyados por LIFE+ y en relación con las demás financiaciones comunitarias que puedan intervenir; señala, en este contexto, la necesidad de establecer una serie de criterios objetivos y de explorar la posibilidad de una modulación en relación con el valor añadido europeo manifiesto.

2.5

Observa, en el título 3 de la exposición de motivos de la propuesta, la voluntad de hacer de LIFE+ un instrumento simplificado y proporcionado, y manifiesta el deseo de que esta proporcionalidad se aplique con vigilancia entre los cinco ejes principales de intervención, sabiendo que, con independencia de las necesidades presupuestarias, será conveniente no convertir el instrumento LIFE+ en herramienta de una sola de las partes de la política comunitaria de medio ambiente, debiendo ejercerse esta vigilancia sobre las dos programaciones plurianuales previstas a nivel comunitario (2007-2009 y 2010-2013), así como también en los casos de programaciones nacionales.

2.6

Pide, por este motivo, a la Comisión que estudie las consecuencias y la viabilidad de la introducción de umbrales mínimos de compromiso para cada uno de los ejes prioritarios.

2.7

Expresa su honda preocupación por el mantenimiento de las prioridades y de las posibilidades de financiación de determinados proyectos, en particular la financiación del establecimiento y de la gestión de los lugares y de la red NATURA 2000, así como los proyectos de mejora del estado ecológico de las aguas superficiales, considera que los instrumentos financieros previstos en el marco de las perspectivas financieras 2007-2013 no garantizan la adecuada puesta en marcha de la red y pide a la Comisión Europea que clarifique la articulación y los presupuestos disponibles (reservados) en cada uno de estos instrumentos financieros (FEADER, FEDER) distintos de LIFE+ en los que estos proyectos deberían encontrar una fuente de financiación.

2.8

Pide en particular a la Comisión que aumente de manera sensible el marco financiero de 300 millones de euros anuales previsto para LIFE+ al objeto de poder atender a las distintas exigencias, y garantice un porcentaje mínimo dedicado a la puesta en marcha de la red NATURA 2000.

2.9

Se interroga sobre el ámbito de intervención del capítulo «Aplicación y Gobernanza» destinado a mejorar la «base de conocimientos» necesaria para el desarrollo y la aplicación de la política de medio ambiente; sin cuestionar esta necesidad, parece que estas intervenciones corresponden prioritariamente a la acción de la Agencia Europea de Medio Ambiente.

2.10

Pide, por lo tanto, a la Comisión Europea que defina mejor las acciones previstas en este marco y su coordinación con las iniciativas y los presupuestos de la Agencia Europea de Medio Ambiente.

3.   Participación de los entes locales y regionales en la aplicación de LIFE+

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

3.1

Considera que los gastos comprometidos para la mejora del medio ambiente en el curso de las próximas perspectivas financieras deberían garantizar una acción eficaz, eficiente y complementaria desarrollada a nivel de la UE, de modo que se generen por el efecto de palanca acciones a nivel nacional, regional o local, y señala que la mayor parte de estos gastos los soportan los niveles regional y local, y que los entes regionales y locales tienen una participación significativa en la financiación de estas intervenciones.

3.2

Considera que, sin embargo, LIFE+ no debe ser un mero instrumento de acompañamiento de estas intervenciones, sino, al igual que los proyectos financiados por el actual instrumento LIFE, una financiación centrada en las iniciativas que aportan un valor añadido europeo específico en el ámbito de las políticas comunitarias de medio ambiente.

3.3

Otorga una gran importancia a la participación de los entes locales y regionales en la elaboración y la ejecución de los programas de financiación en el ámbito del medio ambiente; expresa, no obstante, su preocupación por que esta función no se presente de manera clara y explícita en la propuesta de Reglamento, aun cuando la Comisión desea ardientemente descentralizar la programación y la gestión de LIFE+.

3.4

Considera que algunas condiciones de aplicación del instrumento LIFE+ deberían precisarse en lo que se refiere a las modalidades a través de las cuales LIFE+ proporcionaría un mecanismo de cofinanciación con los Estados miembros, los entes regionales o locales y otros agentes públicos o privados, y señala en este contexto la dificultad de liberar fondos de varios agentes –sobre todo del sector privado– para proyectos medioambientales de escasa rentabilidad financiera partiendo de un mero planteamiento voluntarista.

3.5

Pide, en este contexto, que se estudien métodos flexibles de colaboración y se establezca un planteamiento basado en un modelo tripartito centrado en métodos que recurran a actividades contractuales que hagan participar a los gobiernos locales y regionales en la realización de los objetivos políticos, a fin de dinamizar los mecanismos de aplicación.

Bruselas, 14 de abril de 2005.

El Presidente

del Comité de las Regiones

Peter STRAUB


(1)  DO C 357, de 14.12.2001, p. 44.