Tercer Informe Anual sobre la aplicación de la Acción Común de la UE de 12 de julio de 2002 sobre la contribución de la Unión Europea para combatir la acumulación desestabilizadora y la proliferación de armas ligeras y de pequeño calibre (2002/589/PESC)
Diario Oficial n° C 312 de 22/12/2003 p. 0001 - 0023
Tercer Informe Anual sobre la aplicación de la Acción Común de la UE de 12 de julio de 2002 sobre la contribución de la Unión Europea para combatir la acumulación desestabilizadora y la proliferación de armas ligeras y de pequeño calibre (2002/589/PESC) (2003/C 312/01) INTRODUCCIÓN 1. El 26 de junio de 1997, el Consejo de Asuntos Generales de la Unión Europea adoptó el programa de la UE para prevenir y combatir el tráfico ilícito de armas convencionales y el 12 de julio de 2002, el Consejo de la Unión Europea adoptó una Acción Común sobre la contribución de la Unión Europea para combatir la acumulación desestabilizadora y la proliferación incontrolada de armas ligeras y de pequeño calibre, y por la que se deroga la Acción Común 1999/34/PESC. 2. Se han sumado a este programa y a esta Acción Común los países de Europa Central y Oriental asociados a la Unión Europea, Chipre, Malta y Turquía, así como los países de la AELC miembros del Espacio Económico Europeo. 3. En la prosecución de los objetivos de la Acción Común, la Unión Europea ha participado activamente en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el comercio ilícito de armas en todos sus aspectos (Nueva York, 9 a 20 de julio de 2001), a cuyo término se adoptó un Programa de Acción de las Naciones Unidas, así como en las negociaciones del Protocolo contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 31 de mayo de 2001. 4. En 2002, la Unión Europea comenzó a elaborar una posición común sobre el corretaje de armas (ultimada en junio de 2003), que exige a los Estados miembros la promulgación de normas legislativas ad hoc para controlar efectivamente las actividades de los corredores. 5. El presente informe se compone de tres partes. La parte I trata de los esfuerzos que se realizan a nivel nacional para hacer frente a los problemas relacionados con las armas de pequeño calibre en los Estados miembros, como la cooperación interinstitucional, la legislación recientemente promulgada y el apoyo a la investigación en este ámbito. La parte II trata de las medidas internacionales, como la asistencia a proyectos dirigidos por organizaciones internacionales o regionales, u organizaciones no gubernamentales, la asistencia a los Estados afectados y la organización de conferencias internacionales. En esta parte también se habla de la cooperación de la Unión Europea (UE) con otros Estados. Por último, en la parte III se examinan las prioridades para un planteamiento más sistemático de la ayuda de la UE en el ámbito de las armas ligeras y de pequeño calibre (ALPC), así como las enseñanzas extraídas de la experiencia ya adquirida por la UE y sus Estados miembros en este ámbito. 6. El presente informe se refiere tanto a la Acción Común como al programa y se limita, en principio, al año 2001. La información sobre actividades realizadas anteriormente por la UE en aplicación de la Acción Común y del programa se encuentra en los informes anuales primero y segundo y en la publicación de la Comisión Europea titulada "Armas ligeras y de pequeño calibre: la respuesta de la Unión Europea". 7. Los proyectos relacionados con las armas ligeras y de pequeño calibre que desarrollan en el marco de la Acción Común del Consejo se financian con cargo al presupuesto de la PESC, concretamente a un artículo específico titulado "No proliferación y desarme", siendo la Comisión Europea la responsable de su aplicación. Los posibles interesados, deben dirigirse a la Comisión Europea para solicitar orientación u otras informaciones sobre los procedimientos aplicables para la financiación de proyectos relacionados con las armas ligeras y de pequeño calibre con cargo al presupuesto de la PESC o dirigirse a los puntos de contacto nacionales. Adviértase que en el anexo figura una relación de puntos de contacto en materia de armas ligeras y de pequeño calibre en la UE. I. LABOR NACIONAL DE APLICACIÓN EN 2002 I.A. Cooperación, coordinación e intercambio de información entre organismos administrativos y fuerzas y cuerpos de seguridad 8. En Italia, el Grupo ad hoc "Armas ligeras y de pequeño calibre" -que existe en Italia desde junio de 2000, bajo la coordinación del Ministerio de Asuntos Exteriores- y que está compuesto por representantes de los ministerios correspondientes, de las administraciones policiales y de la asociación industrial nacional interesada, se reunió tres veces en 2002. Las reuniones se centraron, en particular, en la futura entrada en vigor del Protocolo de armas de fuego de las Naciones Unidas y su incidencia en la legislación nacional correspondiente. Asimismo se prestó la debida atención a las actividades de corretaje, hasta ahora no reguladas en el Derecho italiano. Asimismo se actualizaron las iniciativas llevadas a cabo en los foros internacionales correspondientes (Unión Europea, Naciones Unidas, OSCE, Arreglo de Wassenaar) sobre los aspectos relativos a las armas pequeñas y ligeras. 9. Los Países Bajos mantuvieron consultas bilaterales con Rumania y Eslovaquia sobre la posible asistencia a estos países en el ámbito de los controles y la legislación sobre exportación de armas. Las consultas han dado lugar a unas fructíferas visitas de trabajo de expertos rumanos y eslovacos a los Países Bajos en 2003. 10. Mediante su Sección de Prevención de los Conflictos Mundiales, el Reino Unido ha brindado apoyo a varios Estados para el desarrollo de planes de acción nacionales sobre las armas pequeñas y ligeras, incluso en la elaboración de las oportunas normas legislativas nacionales sobre fabricación nacional, producción, exportación, importación y traslado de dichas armas, y para evitar su desvío. En 2002 y 2003, las aduanas del Reino Unido han asistido a seminarios entre los países de la UE y los países adherentes y asociados en Sofía y Praga, y a la reunión de expertos en licencias y represión del Arreglo de Wassenaar, en junio de 2002. Asimismo, los servicios aduaneros han seguido llevando a cabo una serie de visitas de concienciación sobre el control de las exportaciones al personal de control de las exportaciones de los puertos y aeropuertos, y han intervenido en varios seminarios organizados por la asociación de fabricantes de armamento del Reino Unido, relativos a las nuevas disposiciones de la Ley de control de las exportaciones de 2002. I.B. Legislación recientemente promulgada, revisiones del funcionamiento práctico de la legislación vigente 11. En el contexto de la lucha internacional contra el terrorismo, Austria adoptó una ley federal de reforma del Código Penal (Strafrechtsänderungsgesetz, Gaceta Federal I n° 134/2002), que también se refiere a cuestiones relativas a las armas ilícitas. Asimismo, el gobierno austriaco celebró sendos acuerdos de cooperación policial con los gobiernos de Bulgaria y Uzbekistán. En dichos acuerdos figuran disposiciones relativas a la lucha contra el tráfico de armas. 12. Bélgica puso en vigor el formulario de la Ley, el 27 de junio de 2002, relativa a la profesión de comerciante o intermediario en el comercio legal de armas pequeñas. El artículo 10 de dicha Ley, que modifica la Ley de 5 de agosto de 1991 sobre importación, exportación y tránsito de armas, dispone que ningún belga ni extranjero residente o con actividad mercantil en Bélgica podrá negociar, exportar ni suministrar al extranjero ni tener para tal fin armas, municiones y material concebido específicamente para uso militar, o la tecnología relacionada con los anteriores, ni actuar como intermediario en dichas transacciones, sin poseer una licencia expedida por el Ministerio de Justicia para tal fin. Se considerará intermediario toda persona que, mediante pago o gratuitamente, establezca condiciones para la celebración de un contrato con objeto de negociar, exportar o suministrar al extranjero, o que posea para tal fin, armas, munición o material concebido específicamente para uso militar o la tecnología relacionada con los anteriores, sea cual sea el origen o destino de las mercancías e independientemente de si entran o no en el territorio belga, o cualquier persona que celebre dicho contrato cuando el transporte lo lleve a cabo un tercero. 13. No obstante, debe establecerse una relación entre la personalidad jurídica o física del traficante y Bélgica, sea en forma de vinculación nacional o de residencia. Las infracciones o tentativas de infracción de esta norma se castigan con penas de prisión de un mes a cinco años y multas desde 10000 euros hasta un millón de euros, o con una de las dos penas. Además, los tribunales belgas son competentes para pronunciarse sobre las infracciones a la norma cometidas fuera del territorio, siempre que el acusado sea hallado en Bélgica, aun cuando las autoridades belgas no hayan recibido denuncias ni petición oficial de las autoridades extranjeras y el delito no sea punible en el país donde fue cometido. 14. En Dinamarca, no se han adoptado en 2002 más normas legislativas sobre armas pequeñas. 15. En Finlandia se encuentra en preparación en estos momentos una propuesta legislativa de amnistía para las armas de fuego. La legislación -preparada conjuntamente por el Ministerio del Interior, el de Defensa, el de Justicia y el de Comercio e Industria- entraría en vigor el otoño de 2003 y tendría carácter permanente. El objetivo del proyecto es el de reducir el número de armas ilegales y no registradas en Finlandia y, de este modo, mejorar el orden público y la seguridad. El proyecto de amnistía para las armas de fuego permitiría entregar a la policía las armas pequeñas, la munición y los explosivos ilegales sin incurrir en pena alguna, siempre y cuando tales armas no se hubieren usado para actos delictivos. La persona que posea un arma de fuego ilegal podría asimismo solicitar una licencia y conservar el arma. Podría también, por medio de la policía, traspasar el arma de fuego a otro titular de licencia en un plazo de tres meses. Otras posibilidades de actuar para favorecer la entrega de armas serían su desactivación o su entrega al Estado. Las armas ilegales serían vendidas por la policía en subasta pública oficial, en nombre de su dueño, a coleccionistas y otros poseedores de armas con licencia. Se llevaría un registro de todas las armas de fuego ilegales. 16. La Ley finlandesa sobre exportación y tránsito de material de defensa, de diciembre de 2002, contiene normas relativas al corretaje de armas. La legislación fue preparada y redactada por el Ministerio de Defensa. La nueva Ley consta de los elementos siguientes: - los controles sobre el corretaje abarcarán todo el material de defensa, definido en la Ley. El concepto de material de defensa es básicamente idéntico a lo que cubre la lista de municiones de Wassenaar, así como la lista común de equipo militar de la UE, con una sola excepción. En Finlandia, las armas de fuego y municiones civiles (es decir, las armas de caza y deportivas y su munición) se controlan mediante un marco legislativo diferente (Ley de armas de fuego, 1/1998) y son competencia del Ministerio del Interior. - El principio director del proceso de elaboración de la Ley fue la aplicación al corretaje de los mismos controles que se aplican a la exportación y tránsito de material de defensa. Esto significa que cada una de las transacciones de corretaje está sujeta a una licencia de corretaje. La autoridad competente para otorgar las licencias es el Ministerio de Defensa, siendo el Ministerio de Asuntos Exteriores responsable de las cuestiones de política exterior y de seguridad, como ocurre en los casos de las licencias de exportación. No se concederá ninguna licencia de exportación o corretaje que pueda poner en riesgo la seguridad de Finlandia o sea contradictoria con la política exterior de dicho país. Los criterios para otorgar las licencias son los mismos: los criterios nacionales, el código de conducta de la UE en materia de exportación de armas y las directrices de la OSCE -ambas incluidas como anexos en las directrices nacionales finlandesas-, los tratados y principios internacionales correspondientes y, por supuesto, los embargos internacionales de armas. 17. También serán iguales los controles del uso final. En general, Finlandia aplica una política bastante estricta a este respecto; un certificado de usuario final es básicamente una condición obligatoria para la concesión de una licencia de exportación o corretaje en todos los casos y para todos los destinos. Asimismo, las sanciones serán las mismas: las penas varían desde las multas a una pena de prisión de hasta cuatro años. El año pasado, una de las prioridades de Finlandia en el ámbito de la legislación de control de las exportaciones era crear un marco jurídico para controlar el corretaje de armas. La principal razón para ello era que la falta de los controles para el corretaje se consideraban como una laguna en la legislación finlandesa. Asimismo se consideraba prioritario aplicar la disposición del Protocolo de armas de fuego de las Naciones Unidas y el documento de la OSCE sobre armas pequeñas y ligeras. 18. Las definiciones de la nueva legislación se basan principalmente en los trabajos del Grupo de trabajo de la UE, COARM, y en el trabajo del Arreglo de Wassenaar. Una traducción libre del término corretaje podría ser la siguiente: "las actividades en las cuales las partes se ponen en contacto unas con otras con objeto de celebrar un contrato relativo a la exportación o traslado de material de defensa". Los trabajos preparatorios describen el corretaje como "la compraventa, cuando los productos pasan a la posesión legal del corredor" y "la mediación sin adquisición directa de la propiedad". El corredor, por otra parte, es descrito como "una persona particular o entidad jurídica que negocia o arregla un contrato relativo a la exportación o traslado de material de defensa de un tercer país a otro". Aquí se entiende por terceros países tanto los Estados miembros de la UE como otros países extranjeros. 19. El ámbito territorial es bastante amplio. El requisito de la licencia se aplica a las actividades de corretaje que tienen lugar en territorio finlandés. No obstante, cuando los productos son trasladados a través del territorio finlandés, se aplican, en lugar de esta norma, los controles "tradicionales" a la importación, la exportación y el tránsito. Además, hay un ámbito de aplicación extraterritorial: cuando la transacción de corretaje tiene lugar fuera del territorio finlandés, el requisito de la licencia se aplica siempre que el corredor sea ciudadano finlandés, una entidad jurídica finlandesa o un residente en Finlandia. El Ministerio de Defensa mantiene una base de datos de todas las licencias concedidas. En Finlandia, estas licencias son documentos públicos, como lo son las licencias de exportación y tránsito, y están disponibles en el Ministerio de Defensa para su lectura o fotocopiado. El Ministerio de Defensa publicará asimismo cada año unas estadísticas detalladas de todas las licencias concedidas. Finlandia está considerando también la posibilidad de crear un registro de corredores de armas. Las autoridades competentes están preparando la legislación correspondiente. 20. El Ministerio del Interior de Finlandia está preparando también en la actualidad la aplicación del Protocolo de armas de fuego de las Naciones Unidas. En la actualidad está en preparación una moción relativa a determinadas disposiciones sobre corretaje de armas, relativas a las armas de fuego civiles y sus municiones. 21. En Francia, entre las funciones de la policía, la gendarmería y los servicios aduaneros se encuentra la localización y la represión del tráfico de armas. Para ello, Francia creó un órgano centralizado "interagencias" ("oficina central para la represión del tráfico de armas, explosivos y materiales sensibles") en la policía departamental, central y judicial, estructuras que se reforzaron en abril de 2002. 22. Conforme a un reglamento adoptado en enero de 2002, las actividades de corretaje relativas a material militar se incluyen en el marco de las operaciones comerciales, lo que requiere la expedición de una autorización antes de la producción y comercialización de los bienes de que se trata. Los corredores que operan en Francia están obligados a registrarse y tienen que mantener un archivo de todas sus actividades de corretaje. 23. Francia apoya la moratoria de la Cedeao (Comunidad Económica de los Estados de África Occidental) sobre la importación, exportación y producción de armas de pequeño calibre, decidida por los Jefes de Estado y de Gobierno en octubre de 1998 y renovada en 2001, y respeta sus disposiciones, que requieren que la expedición de autorizaciones de exportación este sujeta a la presentación, por el comprador, del certificado de exención expedido por la Secretaría Ejecutiva de la Cedeao. 24. Alemania participó en las negociaciones del Protocolo contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Protocolo de armas de fuego). Se ha iniciado el proceso de ratificación del Protocolo de armas de fuego. 25. Alemania apoya totalmente las siguientes decisiones, que aplica en su control nacional de las exportaciones: - las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas relativas a la exportación de bienes sensibles a los países sujetos a embargo (de armas), - la Acción Común del Consejo 2002/589/PESC, de 12 de julio de 2002, sobre la contribución de la Unión Europea para combatir la acumulación desestabilizadora y la proliferación de armas ligeras y de pequeño calibre, y por la que se deroga la Acción Común 1999/34/PESC, - las Posiciones Comunes de la UE relativas a la exportación de bienes sensibles a destinos específicos, - Alemania respeta asimismo las moratorias regionales como la moratoria de la Cedeao sobre la importación, exportación y producción de armas de pequeño calibre, adoptada en Abuja, el 31 de octubre de 1998, renovada, y tiene interés en cooperar estrechamente con otros países para aplicar dicha moratoria en el marco del Arreglo de Wassenaar. 26. En Alemania, tanto los medios de comunicación como el sistema educativo tienen en cuenta no sólo los problemas del tráfico ilícito de armas ligeras, sino también la incidencia sobre el medio ambiente relativa a las armas ligeras y pequeñas en particular. No parecería injustificado considerar que el público interesado, en realidad, tiene un cierto grado de concienciación. En estas circunstancias, merece la pena destacar dos labores en particular: - en la hora de máxima audiencia, la televisión nacional mostró la destrucción de las existencias de armas pequeñas ligeras declaradas como excedentarias por las Fuerzas Armadas federales, - los medios de comunicación nacionales cubren amplia y repetidamente los esfuerzos de la Unicef para abolir el reclutamiento de niños y menores como soldados. 27. Tanto en su proceso decisorio nacional relativo a todos los asuntos referentes al control de la exportación y del corretaje como en la práctica de sus tribunales, Alemania apoya y aplica en su totalidad los embargos de armas decididos por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas. Las autoridades competentes desestiman sistemáticamente las solicitudes de licencia siempre que tienen motivos para pensar, en cada caso concreto, que la actividad prevista violaría un embargo de armas impuesto por el Consejo de Seguridad las Naciones Unidas de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas. Como quiera que los embargos de armas, en principio, no tienen por qué trasladarse al Derecho municipal, en una serie de asuntos se aplican disposiciones más generales, de conformidad con los correspondientes reglamentos del Consejo. Los términos y disposiciones del embargo correspondiente se ponen en práctica denegando toda solicitud de licencia relativa a la exportación de estos bienes a los destinos bajo embargo. En Alemania, la contravención de los embargos impuestos por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas -por ejemplo, exportando armas pequeñas ligeras a destinos bajo embargo- se considera delito grave y es por ello perseguida en consecuencia. El comercio ilegal de armas pequeñas ligeras en violación de dichos embargos de armas supone penas de prisión no inferiores a dos años. En los casos menores (menos graves) la pena de prisión puede variar de tres meses a cinco años. 28. La información técnica en inglés sobre el sistema alemán de marcador de armas, así como la información detallada sobre las armas pequeñas ligeras confiscadas o destruidas tanto dentro de la jurisdicción alemana como en el contexto de las misiones de mantenimiento de la paz en el extranjero con asistencia de las Fuerzas Armadas federales, forman parte del intercambio anual de información que se realiza con arreglo al Documento de la OSCE sobre armas pequeñas y armas ligeras, y están disponibles en Internet en la dirección siguiente: www.auswaertiges-amt.de/www/de/infoservice/download/pdf/friedenspolitik/abruestung/kleinw_2002.pdf. 29. En Grecia, los ministerios competentes se están planteando la reforma de la legislación sobre exportación de armas con objeto de regular el corretaje de armas y revisar determinadas disposiciones de las leyes correspondientes y sus respectivos reglamentos. Teniendo en cuenta las amenazas que plantea la acumulación excesiva de armas pequeñas ligeras en Europa Sudoriental, los organismos administrativos y policiales griegos han desarrollado un sistema estricto de control de fronteras. Las medidas adoptadas dieron lugar a un incremento considerable (21 %) de las confiscaciones de armas pequeñas y ligeras objeto de tráfico en 2002. 30. Coherentemente con la creciente atención centrada en la importancia del refuerzo de las normas estratégicas de control de las exportaciones, Irlanda (que no fabrica armas pequeñas ni armas ligeras) está tomando medidas para garantizar que sus controles de las exportaciones se ajustan a los niveles internacionales más elevados. En este contexto, el Ministerio de la Empresa, del Comercio y del Empleo ha encargado una revisión de los sistemas estratégicos de control de Irlanda, con objeto de que recomiende la mejor forma de modernizarlos y reforzarlos, de hacer frente a los vacíos observados (por ejemplo, el corretaje de armas) y de ajustar plenamente dichos sistemas con las obligaciones internacionales de Irlanda. Según la legislación irlandesa vigente, la importación y exportación de armas pequeñas a los países de la UE debe realizarse con licencia, con arreglo a las Leyes de armas de fuego de 1925 y de 1964, así como con arreglo a los reglamentos de la CE sobre (adquisición y posesión de) armas y municiones, de 1993. Asimismo, la exportación de armas de fuego a todos los países está sujeta al control de la Ley de exportaciones de 1983, y a las órdenes promulgadas bajo la misma, así como las obligaciones y responsabilidades internacionales derivadas de la pertenencia a las Naciones Unidas, a la UE, a la OSCE y a otras entidades y que implican la reglamentación de las exportaciones, como el Arreglo de Wassenaar. 31. En Italia, en 2002, no se han promulgado nuevas normas legislativas sobre armas pequeñas y ligeras, por lo que él Derecho nacional correspondiente sigue dividiéndolas en dos categorías: - armas de uso militar, reguladas por la Ley 185/1990 (las autorizaciones de importación, exportación o tránsito de armas militares son expedidas por el Ministerio de Asuntos Exteriores, que actúa de acuerdo con el Ministerio de Defensa), - las armas comunes, reguladas por la Ley 110/1975 (las autorizaciones de importación, exportación o tránsito de armas comunes son expedidas por el Ministerio del Interior). 32. En Luxemburgo, en 2002, no se han promulgado nuevas normas legislativas sobre armas y municiones, por lo que el Reglamento Gran Ducal, de 31 de octubre de 1995, sobre la importación, la exportación y el tránsito de armas, municiones y material específicamente concebido para uso militar y la tecnología relacionada con él constituye la base jurídica correspondiente. Estos textos están publicados en la Gaceta Oficial de Luxemburgo. La legislación vigente esta siendo aún revisada. Para garantizar la coordinación transnacional en relación con las armas pequeñas y ligeras, se ha atribuido al Ministerio de Asuntos Exteriores la responsabilidad de establecer contactos con otros países y organizaciones. 33. En los Países Bajos, el nuevo sistema de licencias para el tránsito de material de defensa ha entrado en vigor con fecha de 1 de enero de 2002. El tránsito de mercancías por los Países Bajos está regulado por la Ley de importaciones y exportaciones y por la Ley de armas y municiones, ambas reformadas en 2001 con el fin de controlar mejor el tránsito de material de defensa. La Ley de importaciones y exportaciones se aplica ahora al tránsito de "material de defensa" (todos los artículos de la lista de Wassenaar) a países no pertenecientes a la UE. La Ley de armas y municiones reformada regula el tránsito de "armas y municiones" a los Estados miembros de la UE. En virtud de la nueva Ley de importaciones y exportaciones y su derecho derivado operativo, es obligatorio presentar a las autoridades de los Países Bajos una notificación de los envíos de ciertos tipos de armas. Se trata de las categorías de armas ligeras y de pequeño calibre establecidas en la Acción Común para combatir la acumulación desestabilizadora y la proliferación de armas ligeras y de pequeño calibre. 34. El nuevo reglamento de tránsito de los Países Bajos impone una licencia genérica obligatoria para aquellos casos en que permanece en los Países Bajos material militar durante un período prolongado, o cuando dicho material sufre alguna operación de transformación en el transcurso del tránsito. Además, se establece la posibilidad de imponer una licencia obligatoria ad hoc para el tránsito de envíos de material militar. A esta última posibilidad se recurrirá, en particular, cuando haya indicios de que los envíos ya no están sujetos al control efectivo de la exportación del país de origen o cuando resulte que, en el transcurso de su tránsito por el territorio de los Países Bajos, los envíos son desviados a un destino que no es el que figuraba al ser expedida la licencia de exportación. La nueva Ley de armas y municiones se aplica ahora a la exportación o tránsito de "armas y municiones" a los Estados miembros de la UE y sigue aplicándose a las importaciones de dichos materiales. Se requiere así una licencia para su exportación, tránsito e importación. En caso de exportación o tránsito, se denegará la licencia cuando el solicitante no pueda demostrar que las autoridades del Estado miembro de la UE al que se destinen las armas o municiones no están en contra de la presencia de dichos materiales en su territorio. 35. En España se ha elaborado en 2002 una nueva legislación que regula el comercio exterior de material de defensa y bienes de doble uso. Se espera que esta normativa se apruebe durante el segundo semestre de 2003. Las nuevas normas exigen que todas las exportaciones de material de defensa y doble uso tengan como destinatario final una institución pública (fuerzas armadas y cuerpos de seguridad) cuando exista un peligro de desviación del destino final. Asimismo, las autoridades competentes podrán denegar la autorización para las transacciones de material de defensa y seguridad cuando haya motivos suficientes para pensar que dicho material pueda usarse para la violación de los derechos humanos o de cualquier forma contraria a la dignidad inherente del ser humano. En relación con lo anterior, se exigirá un documento de control, donde conste que se cumplen todas las condiciones legales para la exportación de los bienes. Aparte de esto, se establece un doble control, aplicado por las autoridades aduaneras, así como la inspección central de armas y explosivos. 36. España ha aplicado todos los embargos vigentes en el marco de las Naciones Unidas, la UE y la OSCE y ha respetado plenamente sus compromisos adquiridos en los foros internacionales sobre control de armamento y no proliferación. Así, con arreglo a la moratoria sobre armas cortas de la Cedeao, España no autorizó en 2002 exportación alguna de material de defensa cuyo destino final fuera cualquiera de los países de dicha Comunidad, excepto tres equipos de visión y orientación a Ghana, para uso de las fuerzas de paz de las Naciones Unidas. Por último, España ha apoyado todas las iniciativas presentadas en los foros internacionales para lograr una mayor transparencia y un mejor control del comercio de este tipo de armas. 37. En Suecia, no se ha aprobado en 2002 ninguna nueva norma legislativa relativa a las armas pequeñas y ligeras. 38. El Reino Unido publicó en julio de 2002 su quinto informe anual sobre control estratégico de las exportaciones, relativo al año civil de 2001. Esta publicación se encuentra ya en fase de estudio parlamentario ("command paper"), lo cual constituye un requisito legal con arreglo a la Ley de control de las exportaciones. La citada Ley obtuvo la sanción real en julio de 2002. Con arreglo al proyecto de legislación de desarrollo, las actividades de tráfico y corretaje de armas pequeñas y ligeras que tengan lugar total o parcialmente en el Reino Unido requerirán de una licencia. Se establecerán plenos controles extraterritoriales para los súbditos del Reino Unido cuyas actividades faciliten el suministro de equipo militar a destinos bajo embargo. La Ley de control de las exportaciones se aplicará también para introducir nuevos controles sobre el traslado al extranjero de tecnología militar por medios electrónicos y para el traspaso de tecnología por cualquier medio, o para la provisión de asistencia técnica al extranjero que esté o pueda estar prevista para su uso en relación con un programa de armas de destrucción masiva. Tras una profunda revisión, las aduanas del Reino Unido están reforzando sus controles sobre los vendedores registrados de armas de fuego, y los controles fronterizos siguen centrándose de manera más efectiva en los bienes ilícitos, recurriendo a técnicas de investigación y evaluación de riesgo de alta calidad. I.C. Formación de la administración, las fuerzas de policía y los órganos judiciales 39. En España se han organizado durante todo el año diversos cursos y seminarios para difundir el tratamiento jurídico que debe dispensarse a la prevención y lucha contra el tráfico de armas. Estas actividades están concebidas para los funcionarios y organismos públicos, con objeto de divulgar las normas que regulan esta materia. 40. El Colegio Nacional de Defensa sueco imparte un extenso programa sobre desarme, desmovilización y reintegración, que incluye formación tanto nacional como internacional. I.D. Otras iniciativas y actividades 41. En Italia se destruyeron durante 2002 las siguientes armas pequeñas y ligeras, consideradas excedentes: - tres revólveres y pistolas de carga automática (beretta m51), - 1071 fusiles y carabinas (t2). Las fuerzas de seguridad italianas intervinieron también en su territorio 8365 armas de fuego más de diferentes modelos. II. ESFUERZOS INTERNACIONALES DE APLICACIÓN EN 2002 II.A. Medidas para combatir la acumulación y difusión de armas pequeñas y ligeras, y para evitar el tráfico de armas convencionales II.A.1. Asistencia financiera, técnica y de otro tipo prestada a los programas y proyectos correspondientes llevados a cabo por las Naciones Unidas, el CICR y otras organizaciones y ONG internacionales o regionales II.A.1.1. Acciones y proyectos apoyados por la Unión Europea 42. El 11 de noviembre de 2002, el Consejo adoptó la Decisión 2002/904/PESC con el fin de mantener la contribución de la Unión Europea para combatir la acumulación desestabilizadora y la proliferación de armas ligeras y de pequeño calibre en Camboya. En virtud de esta Decisión, la UE concede una financiación adicional de 1568000 euros para continuar y ampliar este proyecto en curso, concebido y gestionado íntegramente por la Unión Europea, y que dio comienzo en 1999. 43. El 21 de octubre de 2002, el Consejo adoptó la Decisión del Consejo 2002/842/PESC, en virtud de la cual la UE contribuye con 200000 euros a los costes de explotación del "Centro Regional de Intercambios de Armas Pequeñas y Ligeras del Pacto de Estabilidad/PNUD", situado en Belgrado. II.A.1.2. Cooperación de la UE con otros países 44. En la cumbre UE-EE UU del 17 de diciembre de 1999 se decidió crear un grupo de trabajo sobre armas ligeras y de pequeño calibre que mantuviera contactos periódicos a nivel de expertos con vistas a intensificar la cooperación y el intercambio de información, y que evaluara los progresos realizados por la UE y los EE UU en el ámbito de las armas ligeras. El Grupo se reúne al menos una vez durante cada presidencia de la UE. En sus reuniones de 2002, se centró en los preparativos de la reunión bienal de 2003 de los Estados parte del Programa de Acción de las Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras y las maneras de cooperar en lo sucesivo en la aplicación del Programa de Acción. Asimismo actualizó la Declaración conjunta Unión Europea-Estados Unidos sobre las armas pequeñas ligeras y debatió la posibilidad de adoptar unas normas comunes para el informe anual de la ONU sobre las cuestiones relativas a las armas pequeñas y ligeras. Se facilitó información sobre los proyectos financiados por la UE y por los Estados Unidos en los países afectados. 45. A raíz de la declaración efectuada el 16 de diciembre de 1999 en la Cumbre UE-Canadá sobre la creación de un Grupo conjunto sobre armas pequeñas, este Grupo ha venido reuniéndose cada seis meses. En sus reuniones de 2002, el Grupo debatió las perspectivas de la reunión bienal de 2003 de los Estados parte del Programa de Acción de las Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras y revisó la situación en cuanto a la aplicación de los proyectos de asistencia financiados en todo el mundo por la UE y Canadá. Se prestó especial atención al proyecto de destrucción de municiones en Albania. 46. En 1998, la UE y la Comunidad del África Meridional para el Desarrollo (SADC) adoptaron el programa de acción sobre armas ligeras y tráfico ilícito, que establece un marco de actuación en el ámbito del tráfico ilícito, el refuerzo de los controles legales de los traslados de armas, la eliminación de las armas de la sociedad y el fomento de la transparencia, entre otros aspectos. En 1999, se creó el Grupo de trabajo UE-SADC sobre armas de pequeño calibre. En 2002, el Grupo se centró en los posibles ámbitos de cooperación bilateral. Algunos de ellos se discutieron también en el seminario "Adelantar la aplicación del protocolo de armas de fuego de la SADC: profundizar la cooperación SADC-UE", celebrado en Bruselas noviembre en 2002. Asimismo se prestó la debida atención a los preparativos de la reunión bienal de 2003 de los Estados parte del Programa de Acción de las Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras. Se facilitó información sobre la aplicación del Programa de Acción tanto en el África Austral como en Europa. II.A.1.3. Cooperación brindada por los Estados miembros de la UE 47. Bélgica apoyó el proyecto de la Unidir titulado "seguridad humana y armas pequeñas en el África Occidental: dar mayor protagonismo la sociedad civil". Este proyecto insiste en la seguridad humana, la consolidación de la paz y el desarme práctico, desde la perspectiva concreta de la cuestión de las armas pequeñas y ligeras. 48. Bélgica apoyó asimismo un estudio sobre las armas pequeñas, que trata la cuestión de las armas pequeñas propuesto por el programa de estudios estratégicos y de seguridad internacional del Instituto Universitario de Altos Estudios Internacionales de Ginebra. Dicho proyecto trata de crear una red de información imparcial y pública sobre la proliferación de armas pequeñas y ligeras. 49. Dinamarca prosiguió su apoyo al proyecto piloto del PNUD de recogida de armas ilícitas y apoyó el desarrollo sostenible en el distrito administrativo N'Guigmi de Níger, con una contribución de 135000 euros. 50. Finlandia dio apoyo financiero al proyecto "Biting the Bullet", que está establecido como un proyecto de cinco años que conducirá a la primera conferencia de revisión en 2006. El proyecto "Biting the Bullet" está dirigido por organizaciones no gubernamentales internacionales como Basic, International Alert y Saferworld. Este proyecto organiza un instrumento internacional informal denominado "Grupo consultivo sobre las armas pequeñas", con objeto de examinar las cuestiones.de 1) los traspasos de armas pequeñas ligeras a fuerzas no estatales y 2) las directrices sobre las responsabilidades actuales con arreglo al Derecho internacional por los traspasos de armas pequeñas y ligeras. Finlandia considera importante facilitar el debate internacional y desarrollar recomendaciones políticas innovadoras y prácticas para mejorar la cooperación y control internacionales de estas cuestiones críticas. La contribución fue de 10000 euros. 51. Finlandia aprobó también un apoyo financiero al programa de gestión de armas aplicado por el Instituto de Estudios de Seguridad de Sudáfrica en 2002. La contribución de Finlandia fue de 30000 euros. Finlandia está estudiando la posibilidad de ampliar el apoyo para el año 2003. 52. Finlandia contribuyó al éxito del programa interagencias dirigido por las Naciones Unidas en Asia Central. Finlandia apoyó el módulo de formación de la OSCE aportando al proyecto, además de apoyo financiero, un formador experto en gestión de fronteras. La formación mejoró la aplicación práctica del documento de la OSCE sobre armas pequeñas y ligeras y se centró en la lucha contra el tráfico de armas pequeñas. El equipo de expertos de la OSCE llevó a cabo un proyecto piloto de dos semanas en el puesto fronterizo entre Afganistán y Uzbekistán. Esta iniciativa de formación Termez-Hayraton tenía por objeto mejorar la capacidad de guardias fronterizos y funcionarios de aduanas locales para impedir envíos ilegales de armas. Otras agencias de las Naciones Unidas (PNUD, ONUDD, ACNUR, Unesco, Unicef, PMA y OCAH) y otros socios, han presentado diversos módulos de formación a los funcionarios de aduanas. Finlandia sigue apoyando esta iniciativa de formación mediante el envío de un experto a la misión de la OSCE en Asia Central. 53. Por medio del apoyo al Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz y el Desarme en África, Finlandia contribuye a la financiación del régimen de transparencia y control de las armas pequeñas en África. Los objetivos de este programa son los siguientes: a) la creación del registro de armas pequeñas y ligeras para África; b) favorecer el desarrollo de la capacidad estatal para la gestión de arsenales, el archivado y almacenamiento de armas y municiones legales; c) el marcado y seguimiento de armas; d) la armonización de las normas jurídicas nacionales que regulan el traspaso de armas pequeñas y ligeras; e) el fomento del diálogo con la industria armamentista; f) el inventario de las fábricas de armas locales; g) disposiciones de control y verificación para garantizar el cumplimiento, y h) lograr una mayor concienciación. La contribución de Finlandia proyecto es de 500000 euros para los años 2003 a 2005. 54. Finlandia apoya financieramente el proyecto de control de armamento del PNUD en Albania, y asimismo ha destinado durante dos años a un experto finlandés en armas pequeñas como experto técnico internacional para el proyecto. El programa de control de las armas pequeñas y ligeras consta de los siguientes elementos: a) concienciación e información al público; b) proyectos de desarrollo; c) apoyo logístico a los equipos de recogida de armas; d) proyecto piloto de base de datos para el control de las armas, y e) asistencia y asesoría. El proyecto brinda apoyo para el control de las armas pequeñas y ligeras, pero con la característica añadida de situar esta labor dentro del contexto más general del fomento de la seguridad de la población. El desarrollo humano, las inversiones económicas y sociales y el crecimiento económico sostenible no pueden materializarse en un estado de inseguridad. Las fuentes de inseguridad en Albania son numerosas y omnipresentes. La incapacidad del Estado y de la sociedad civil para hacer respetar el estado de derecho es quizá la principal causa subyacente de inseguridad. La contribución al proyecto fue de 1150000 euros para los años 2001 a 2003. 55. Francia apoya, en las situaciones posteriores a los conflictos, los oportunos programas de desarme, desmovilización y reintegración de excombatientes a la vida civil, promovidos por las correspondientes organizaciones regionales e internacionales, especialmente en África (acción bilateral), la ex Yugoslavia (marcos de la ONU y de la OTAN) y Asia (apoyo al programa UE-ASAC en Camboya). Francia ha realizado una contribución de 457357 euros a la aplicación de la moratoria de la Cedeao, y ha anunciado la renovación de su contribución, por un valor de 200000 euros. 56. Francia interviene también activamente en los programas internacionales de coordinación de la lucha contra el tráfico de armas pequeñas y ligeras, en el marco de la ONU y de la OTAN (como, por ejemplo, en Kosovo, con la recogida de armas y la formación de la policía civil y militar). 57. Alemania contribuye al programa "multidonantes" de desmovilización y reintegración, y ha aportado 2 millones de euros al fondo fiduciario de "multidonantes". Para los programas relacionados con la actividad anterior en dicha región se facilitan con carácter bilateral otros 18 millones de euros. 58. El Gobierno Federal apoya a la Comunidad del África Oriental en la reforma y armonización de las políticas relativas al control de las armas pequeñas. Parte de este apoyo consiste en formación del personal de seguridad, miembros de la sociedad civil, miembros de la Asamblea Legislativa del África Oriental, miembros de la secretaría de la CAO, grupos religiosos y representantes de los medios de comunicación. Dicha formación sirve para crear una conciencia crítica sobre los peligros de la proliferación incontrolada de armas pequeñas. Para ello se creará en la secretaría de Nairobi una oficina de enlace. Igualmente, el Gobierno Federal apoya a la Comunidad para el desarrollo del África Meridional en la armonización de sus políticas sobre la base del Protocolo de la SADC sobre el control de las armas de fuego, las municiones y demás material, adoptado el 14 de agosto de 2001. 59. En Angola, el Gobierno Federal ha apoyado un proyecto local aplicado por la organización no gubernamental angoleña "Angola 2000" en cooperación con Saferafrica. Este proyecto tiene por objeto elevar la conciencia de la necesidad de reducir los efectos negativos de la posibilidad de disponer de armas pequeñas en la sociedad. Hasta ahora se ha llevado a cabo las actividades siguientes: - formación de agentes locales en la gestión de las armas y el desarme práctico, - formación de agentes locales en técnicas de estudio y análisis de datos cuantitativos, - desarrollo de un estudio sobre seguridad humana en ámbitos concretos, - un seminario sobre la difusión de los resultados, - la defensa, a nivel nacional, de la creación de un plan nacional de acción. 60. En Camboya, Alemania apoyó el proceso de desarme, desmovilización y reinserción mediante su programa de asistencia "apoyo a los veteranos de Camboya". Durante su última fase, el proyecto se centra principalmente en la reinserción de los veteranos en las provincias de Kampot y Kampong Thom. El programa fue concebido para apoyar la integración de los soldados en todo el país, reforzar las capacidades de gestión de la secretaría general del programa y ayudar a la elaboración de una estrategia nacional de reintegración. Sus actividades abarcaban: - un estudio de las necesidades de los futuros veteranos en dos provincias, - la creación de la infraestructura de los centros de licenciamiento, - la provisión de logística a los centros de licenciamiento, - la adquisición y distribución de equipos domésticos para 1500 veteranos (en cooperación con la Cruz Roja de Camboya), - la organización de cursos de capacitación para veteranos y familiares de veteranos en dos provincias, - la organización de cursos de formación en agricultura y la distribución de paquetes de semillas, - la creación de oficinas provinciales del programa de apoyo a los veteranos de Camboya, - apoyo y formación para las comisiones de veteranos de dos provincias, y - formación y apoyo a los servicios de traslado. 61. En Camboya, Alemania apoyó también a la organización no gubernamental local "Working Group for Weapons Reduction", que trata reformar a otras organizaciones no gubernamentales locales en campañas de concienciación. Hasta ahora se han llevado a cabo las actividades siguientes: - evaluación de las necesidades en la comunidad de organizaciones no gubernamentales de Kampong Thom, - realización de talleres sobre manuales de formación, - elaboración de un prontuario y de manuales de formación para apoyar el trabajo de las organizaciones no gubernamentales locales en materia de armas pequeñas, - apoyo financiero y fomento de las organizaciones no gubernamentales locales en el trabajo sobre las armas pequeñas y creación de nuevos talleres, - evaluación del proyecto piloto. 62. En Uganda, el Gobierno Federal apoya un programa de educación para la paz aplicado por la organización no gubernamental local "Borrow a Youth". Dicho programa se propone que las escuelas, así como las organizaciones juveniles y no gubernamentales ugandesas, reconozcan el peligro de las armas pequeñas en su entorno; asimismo el programa se propone tomar medidas con objeto de reducir este peligro. Las actividades llevadas a cabo hasta ahora incluyen: - la producción de material educativo, - la formación de formadores, y - una campaña contra las armas pequeñas por medio grupos de teatro, emisiones de radio, etc. 63. Alemania apoyó y sigue apoyando una serie de actividades relativas a las armas pequeñas ligeras como: - el fondo fiduciario del Banco Mundial para el programa nacional de desmovilización en Sierra Leona, completado con proyectos bilaterales para la reintegración de los excombatientes en Sierra Leona, - varios proyectos sobre armas pequeñas ligeras copatrocinados por el grupo de Estados interesados en el desarme práctico, principalmente en el África subsahariana, - la reintegración de los excombatientes y desplazados internos en Angola, - el apoyo al proyecto del PNUD sobre la destrucción de armas pequeñas ligeras en Níger. 64. Todas las decisiones de apoyo de Alemania tienen en común la prioridad atribuida a aquellos proyectos que mejoran, en los países receptores de que se trate, las capacidades de aplicación de los controles del flujo de armas (control de las exportaciones y de las importaciones, capacidad de seguimiento) y a los proyectos de recogida y destrucción de armas en las situaciones posteriores a los conflictos. El servicio de ayuda sobre las armas pequeñas y ligeras creado en el Bonn International Conversion Center apoya las medidas de desarme práctico y aumenta sus conocimientos cuando se definen y planifican proyectos relativos a las armas pequeñas y ligeras. El servicio de ayuda ha creado una amplia red de contactos con expertos destacados en el ámbito de las armas pequeñas ligeras. Para poner de relieve la importancia que atribuye a la facilitación del aumento de la concienciación de los problemas asociados con las armas pequeñas y ligeras, el Gobierno Federal ha iniciado un amplio diálogo y un intercambio periódico de información con las organizaciones no gubernamentales nacionales. 65. En el marco de la OTAN, Grecia participa como nación dirigente en el proyecto de un estudio de viabilidad para la destrucción de un millón y medio de armas pequeñas y ligeras y 133000 toneladas de municiones en Ucrania. En 2002, Grecia donó al dicho proyecto 50000 euros. En 2002, Grecia aportó 86000 euros al programa de la NAMSA para destrucción de arsenales de armas pequeñas y ligeras y sus municiones en Albania. Grecia se ha comprometido a contribuir con otros 50000 euros anuales hasta 2006. Además el Ministerio del Interior facilitó ayuda logística y técnica a la policía albanesa y organizó seminarios para su plantilla. Dicho seminarios incluyeron temas relativos a las armas pequeñas y ligeras y al control de la exportación de armamento. Grecia donó también 50000 euros al fondo fiduciario de la Iniciativa para la Europa Sudoriental para destrucción de armas pequeñas y ligeras en Serbia y Montenegro. 66. Irlanda aportó 83000 euros al proyecto de Saferafrica de asistencia técnica a la SADC. Asimismo Irlanda aportó 100000 euros a un proyecto dirigido por Canadá de destrucción de municiones de armas ligeras y pequeñas en Albania, y ha prometido 30000 euros a un proyecto dirigido por los Países Bajos en Serbia y Montenegro. 67. Luxemburgo contribuyó, a título nacional, al proyecto de destrucción de armas ligeras en Albania (43660 euros) con arreglo al programa Asociación para la Paz de la OTAN. 68. En 2001, los Países Bajos crearon un fondo especial para los proyectos relativos a las armas pequeñas y ligeras, con el objetivo particular de apoyar la aplicación de programas y declaraciones internacionales como el Programa de Acción de las Naciones Unidas, el documento de la OSCE sobre las armas pequeñas y ligeras y otras declaraciones regionales contra el comercio ilícito de armas pequeñas y ligeras. Además, el fondo está concebido para apoyar proyectos de recogida y destrucción de armas y municiones, así como programas de concienciación e investigación. He aquí algunos ejemplos de los proyectos llevados a cabo en 2002 con la asistencia financiera de este fondo: - el programa de armas pequeñas del PNUD en la región de los Grandes Lagos y en Europa Sudoriental por medio del fondo fiduciario del PNUD para las armas pequeñas y ligeras, - el programa "Intercambio Regional de Información sobre Armas de Fuego, Municiones y Explosivos en Latinoamérica y el Caribe" del UN-LiREC, - la asistencia a la destrucción de armas pequeñas y ligeras en Kosovo por medio de la financiación de un horno de destrucción que fue utilizado por la KFOR, - la contribución a la "propuesta de gestión de armas y desarme: iniciativas para reducir la proliferación de armas pequeñas y ligeras ilícitas" de Saferafrica, creando por ejemplo planes de acción nacionales en Uganda, Namibia y Mozambique, incluida la creación de puntos focales nacionales, - "Biting the Bullet II", un proyecto de Saferworld, International Alert y Basic, - contribución al programa de armas pequeñas del IES. 69. Suecia concedió ayuda financiera a los proyectos multilaterales y ONG siguientes: - recogida de armas en Tsikanvali-Osetia del Sur (200000 coronas suecas), - apoyo al sistema de administración de armas pequeñas y ligeras (SALSA), UN-LiREC, Perú (200000 coronas suecas), - régimen de transparencia y control de las armas pequeñas en África, UNREC, Togo (200000 coronas suecas), - programa de desarme, desmovilización y reintegración en Sierra Leona, Banco Mundial (2 millones de coronas suecas), - prevención de conflictos, incluidas las actividades relativas a las armas pequeñas y ligeras, CIVIS, en Colombia, 2002-2003 (13,1 millones de coronas suecas), - desarme, desmovilización y reintegración de niños soldados en el sur de Sudán, Save the Children, Suecia 2002-2003 (7 millones de coronas suecas), - diversas actividades relativas a las armas pequeñas y ligeras en Latinoamérica, Fundación Arias 2002-2004 (7 millones de coronas suecas), - lucha contra el reclutamiento de niños para la guerra, Unicef (4 millones de coronas suecas), - programa de desarme, desmovilización y reintegración en Congo-Brazzaville, PNUD (5 millones de coronas suecas), - marco regional para los procesos de desarme, desmovilización y reintegración en la región de los Grandes Lagos, Banco Mundial (20 millones de coronas suecas), - diversas actividades relativas a las armas pequeñas y ligeras en Latinoamérica, entre ellas un intercambio entre parlamentarios de Suecia, España y Centroamérica, Swefor, 2002-2003 (4,4 millones de coronas suecas), - reintegración de ex soldados en Sri Lanka, Association of Disabled Ex-Service Personnel (400000 coronas suecas), - programa de desarme, desmovilización y reintegración en Guinea Bissau, coordinador Correia, Gobierno de Guinea Bissau, 2002-2003 (20 millones de coronas suecas), - resolución de conflictos, con inclusión del desarme, la desmovilización y la reintegración, Mozambique, Diakonia (300000 coronas suecas), - apoyo al Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas para los niños en los conflictos armados (700000 coronas suecas), - "estudio sobre los niños soldados: impedir el reclutamiento de niños y jóvenes", Universidad de Uppsala (200000 coronas suecas), - apoyo al estudio sobre las armas pequeñas, Instituto Universitario de Altos Estudios Internacionales (200000 coronas suecas). 70. El Reino Unido financió 10 proyectos de la Sección de Prevención de los Conflictos Mundiales. Los principales objetivos de los proyectos son la creación de capacidades, la creación de consenso y la investigación y el análisis. En 2002, el fondo para la destrucción de armas ligeras financió proyectos para la destrucción de armas ligeras en Botswana, Kenia y Camboya. 71. El Reino Unido apoyó la aplicación de acuerdos regionales en África para reducir el flujo de armas dentro del continente y en torno al mismo. En 2002, el Reino Unido fue un donante principal de la secretaría de Nairobi encargada de ayudar a los países a aplicar los compromisos suscritos en la declaración de Nairobi. Hasta el momento, la secretaría ha facilitado formación y apoyo a los oficiales de policía de la región, así como a la creación de puntos focales nacionales en cada país. Junto con otros socios del G8, el Reino Unido ha brindado asistencia a la creación de capacidades continentales, regionales y subregionales o nacionales para la aplicación del Programa de Acción de las Naciones Unidas y de los planes de acción regionales, en particular en el África Oriental. Asimismo se prestó apoyo a la aplicación de la moratoria del Cedeao y al plan regional de acción sobre armas pequeñas y ligeras de la SADC. El Gobierno del Reino Unido ayuda también a aquellos Estados situados en regiones desde las que se han llevado a cabo en el pasado exportaciones irresponsables de armas a África a aplicar regímenes responsables de control de las exportaciones, por medio de visitas y seminarios bilaterales. II.A.2. Asistencia financiera, técnica y de otro tipo brindada a otros países, especialmente a los situados en las regiones afectadas 72. Dinamarca apoya el desminado y la destrucción de minas antipersonal con más de 9 millones de euros por medio de un programa de seis años en Mozambique. La destrucción de armas pequeñas y ligeras no forma parte del mandato del programa, pero se ha realizado ocasionalmente como actividad derivada. Mediante su participación en operaciones de mantenimiento de la paz en los Balcanes, Dinamarca ha participado en actividades relativas a la repatriación, desmovilización y desarme de Fuerzas Armadas. La reducción de los arsenales de armas pequeñas y ligeras en manos de civiles forma parte integrante de las actividades de las fuerzas danesas. 73. Finlandia, junto con Canadá, apoya el programa de control de las armas pequeñas en Guatemala. La agencia que aplica el proyecto es el Iepades -Instituto de enseñanza para el desarrollo sostenible-, organización no gubernamental fundada en 1990. La finalidad del proyecto consiste en consolidar un programa nacional de control de armamento con la participación de las instituciones del Estado que intervienen al respecto, y de grupos de la sociedad civil interesados en el particular. La contribución de Finlandia al programa asciende a 20000 euros. 74. Finlandia financió y organizó la formación de dos agentes de policía de Nicaragua y Guatemala en Finlandia en 2002. La formación incluía el registro de armas, el control fronterizo, las licencias de exportación de armas y la legislación sobre armamento. Finlandia ha dado formación a dos expertos en armas pequeñas sobre recogida y destrucción de armas pequeñas ligeras y sobre gestión de arsenales y seguridad de armas pequeñas ligeras en los cursos de formación suizos de la APP sobre la recogida de la destrucción de armas pequeñas y ligeras, y en Suiza en junio de 2002. Finlandia está dispuesta a participar en proyectos y talleres internacionales o bilaterales solicitados por el país receptor en el ámbito de recogida y destrucción de armas y gestión de arsenales. Finlandia brinda la asistencia de expertos a los países que lo solicitan con objeto de evaluar sus problemas en la gestión de armas pequeñas y ligeras. La experiencia de Finlandia en recogida de destrucción de armas en las operaciones de mantenimiento de la paz puede aplicarse a la cooperación. Finlandia está estudiando la posibilidad de organizar cursos de formación de expertos en Finlandia en relación con determinadas cuestiones técnicas relativas a la gestión de armas pequeñas ligeras. 75. Finlandia destinó a un experto finlandés en armas pequeñas al programa del estudio sobre armas pequeñas que forma parte del programa de estudios estratégicos y de seguridad internacional del Instituto de altos estudios universitarios, y financió el programa para el año 2003, 60000 euros en total. Los objetivos del estudio sobre armas pequeñas son: a) constituir la principal fuente internacional de información neutral y pública sobre todos los aspectos de las armas pequeñas; b) servir de recurso a los gobiernos, a los políticos, a los investigadores y a los activistas; c) servir de observatorio independiente de las iniciativas políticas gubernamentales y no gubernamentales sobre las armas pequeñas; d) servir de conducto de información y diálogo sobre cuestiones relativas a las armas pequeñas entre el Norte y el Sur y entre Oriente y Occidente; e) ser el punto nodal central de una red internacional de investigadores, institutos de investigación y ONG que trabajan sobre las cuestiones relativas a las armas pequeñas, y f) servir de foro para compartir la información y para la difusión de las mejores prácticas e iniciativas relativas a las armas pequeñas. 76. Finlandia cree en la cooperación y la coordinación internacionales para ayudar a los países que lo necesiten a aplicar el Programa de Acción de la ONU y el Documento de la OSCE sobre armas pequeñas y ligeras. Finlandia atribuye especial importancia a la cooperación regional en materia de control del tráfico de armas pequeñas mediante la mejora de la capacidad de las autoridades de gestión de fronteras, las aduanas y la policía. Ello implica, entre otras cosas, el intercambio de información a escala nacional y regional, la formación del personal, la asistencia en materia de equipo técnico, la creación de bases de datos sobre registros de armas y la mejora de la calidad de la gestión de arsenales. Finlandia ha propiciado la cooperación, el intercambio de experiencia y de formación entre funcionarios competentes -incluidos los de aduanas, policía, información y control de armamentos- a escala nacional, regional y mundial. 77. Francia propicia las acciones bilaterales centradas en zonas geográficas (por ejemplo África Occidental) consideradas como prioridades políticas. Francia apoya programas de cooperación ejecutados en el marco de la UE con arreglo a la Acción Común adoptada en 1998 y modificada en 2002. Francia participa activamente en la promoción de una cultura de mantenimiento de la paz y su aplicación, mediante la organización de seminarios y de misiones de asistencia (misión de asesoramiento para colaborar con los batallones etíopes participantes en una misión de mantenimiento de la paz en Burundi, bajo los auspicios de la UA). 78. Alemania apoyó los siguientes programas regionales: - cofinanciación del programa de desarme, desmovilización y reintegración en Rwanda, - proyecto de armas pequeñas de Saligad en el Cuerno de África, - proyecto "armas pequeñas y ligeras para el desarrollo comunitario" en Mozambique, - policía de proximidad y prevención de conflictos en zonas urbanas en Sudáfrica, - destrucción de armas pequeñas en Albania y formación de personal de la organización albanesa de destrucción de armas, - proyecto de la OSCE sobre recogida y destrucción de municiones en Moldova. 79. Además, en relación con sus actividades de proyectos en los ámbitos afines de desarme, desmovilización y reintegración y de sensibilización, Alemania apoya proyectos bilaterales y multilaterales de fomento del compromiso internacional y eficacia en materia de control de las exportaciones. Para ello intercambia información con otros Estados en régimen de reciprocidad. En este sentido, Alemania actúa parcialmente en nombre de la Comisión Europea o de regímenes de control internacionales, en algunos casos mediante el envío de expertos para que participen en proyectos de otros Estados. Por otra parte, Alemania organiza reuniones de expertos y colabora con otros Estados (como los Estados adherentes y candidatos de Europa Central y Oriental) en la creación de sus sistemas nacionales de control de las exportaciones. En este ámbito se ha prestado especial atención a la cuestión de las armas pequeñas y ligeras, inclusive mediante la elaboración y promulgación de nuevas leyes adecuadas y la creación de la atmósfera propicia para el cumplimiento efectivo de la Ley. Alemania facilitó ayuda técnica y financiera para la destrucción de armas pequeñas y ligeras a otros países, y está dispuesta a estudiar otros proyectos en el futuro. 80. Un análisis y evaluación detallados de las actividades delictivas que recurren al tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en Alemania sugiere que no puede establecerse de forma determinante el vínculo que suele presumirse entre el tráfico de drogas, la delincuencia organizada transnacional y el terrorismo y los delitos relacionados con armas pequeñas y ligeras cometidos en Alemania. Las iniciativas de Alemania se centran, pues, en la asistencia prestada a países europeos vecinos. En el marco del pacto de estabilidad para Europa Sudoriental, Alemania participa en una cooperación policial y aduanera intensiva con distintos países de la región, que se centra especialmente en la formación y especialización de los agentes de la policía de fronteras, en su calidad de principales autoridades implicadas en la lucha contra el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras. El servicio de investigación aduanera, por ejemplo, colabora con las autoridades de Eslovenia en sus esfuerzos de lucha contra la delincuencia organizada transfronteriza, mediante el inicio de investigaciones dirigidas contra miembros de bandas de contrabandistas de armas procedentes de Europa Sudoriental y residentes en Alemania. 81. En el plano subregional, la Administración Federal de Aduanas participa en la prevención y la lucha contra el tráfico transfronterizo ilícito de armas pequeñas y ligeras mediante controles selectivos de los movimientos de mercancías no fundados en una sospecha concreta. Estos controles los efectúan, en particular, los servicios de control y vigilancia de fronteras y las brigadas de control móviles. En el plano regional, merece destacarse la estrecha cooperación entre el Servicio de investigación aduanera y la administración de aduanas francesa. Ésta incluye controles especiales efectuados de forma conjunta y orientados exclusivamente a la lucha contra el tráfico de armas pequeñas y ligeras, controles que han demostrado su eficacia a lo largo de muchos años. El intercambio de información entre las autoridades aduaneras alemanas, francesas y austriacas es muy extenso. Los Servicios de investigación aduanera de estos países intercambian información analítica sobre tráfico de armas pequeñas y ligeras. Se mantiene igualmente una estrecha cooperación con las autoridades eslovenas. 82. En términos más generales, Alemania ha promovido la agilización de los procedimientos judiciales por comercio ilícito de armas pequeñas y ligeras mediante la celebración de acuerdos bilaterales con diversos países que contienen cláusulas sobre prevención y lucha contra el tráfico de armas y sobre su erradicación. II.A.3. Coordinación de medidas prácticas con otros Estados miembros y con la Comisión Europea 83. Se debatieron cuestiones relativas a las armas pequeñas y ligeras en reuniones de troika sobre exportación de armas convencionales, desarme y no proliferación con los países asociados, los países de la AELC pertenecientes al EEE, la Federación de Rusia, Ucrania, Canadá, Estados Unidos, China y Corea del Sur, así como en los grupos de trabajo conjuntos sobre armas pequeñas y ligeras entre la UE, Estados Unidos y Canadá. II.A.4. Participación en seminarios y conferencias internacionales y organización de estos eventos 84. Austria copatrocinó con otros socios de la UE la "Conferencia sobre la aplicación del Programa de Acción de la ONU sobre armas pequeñas - Necesidades y asociaciones" celebrada en Pretoria (Sudáfrica) del 18 al 21 de marzo de 2002. 85. Finlandia, juntamente con Canadá, Costa Rica y la Fundación Arias, organizó y financió la conferencia para los países centroamericanos sobre armas pequeñas en diciembre de 2001. El objetivo fundamental de la conferencia era la actuación consecutiva al Programa de Acción de la ONU, y reunió a los representantes de los gobiernos y a los organismos que trabajan en el campo de la proliferación, el control y el comercio de armas pequeñas y ligeras. La contribución de Finlandia fue de 28500 euros. 86. El Ministerio de Asuntos Exteriores finlandés organizó en Helsinki, en junio de 2002, en coordinación con la Secretaría de la OSCE, un seminario de formación en gestión de fronteras. Participaron en el seminario Kazajstán, Kirguistán, Tayikistán, Turkmenistán y Uzbekistán. La formación se destinaba a agentes de los cuerpos de policía, aduanas, control de exportaciones y autoridades de control de fronteras. El objetivo del seminario era asistir a los países de Asia Central en el refuerzo del control nacional de las exportaciones y de los sistemas de seguridad de las fronteras, con el fin de reducir el tráfico ilícito de armas pequeñas, de drogas y de material estratégico. En una interpretación más amplia del concepto de gestión eficaz de las fronteras, el seminario fue en parte consecutivo a los seminarios de la OSCE sobre armas pequeñas y ligeras celebrados en Asia Central a finales de 2001 y en mayo de 2002. Se presentó la legislación finlandesa sobre registro de armas. Se trataron cuestiones como el control de exportaciones de material de defensa, de bienes de doble uso y de materiales, equipos y tecnologías nucleares, así como el control fronterizo de materiales radiactivos. Se trató asimismo el almacenamiento seguro de los excedentes de armas y su destrucción. Durante el viaje de estudio, los participantes visitaron además una zona de almacenamiento de armas pequeñas y ligeras del ejército finlandés. 87. Finlandia contribuyó a sufragar los gastos de viaje de los participantes de los países que solicitaron apoyo financiero mediante el foro de la Unidad de Apoyo del Consejo de Seguridad, para el seminario de la OSCE sobre armas pequeñas y ligeras celebrado en Viena en febrero de 2002. Su contribución fue de 15000 euros. 88. Alemania participó activamente en los seminarios de la OSCE y de la ONU sobre armas pequeñas y ligeras celebrados en Asia Central y en Europa Sudoriental, y en algunos casos los copatrocinó. 89. Alemania facilitó apoyo financiero y asesoramiento de expertos a los seminarios sobre seguridad de fronteras, marcado y gestión de existencias de armas pequeñas y ligeras celebrados bajo los auspicios de la OSCE en Termiz (Uzbekistán) y Zagreb (Croacia). 90. Italia contribuyó con 22000 euros a la organización del seminario de la OSCE celebrado en Bucarest en febrero de 2003 sobre la aplicación regional del Programa de Acción de las Naciones Unidas para combatir el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras. 91. Italia asistió asimismo a los siguientes seminarios y conferencias internacionales: - Conferencia africana sobre la aplicación del Programa de Acción de las Naciones Unidas para combatir el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras (Pretoria, 18 al 22 de marzo), - tercera reunión de los Estados miembros de la UE y los países asociados sobre exportación de armas convencionales (Sofía, 10 de abril), - seminario organizado por la coalición de ONG y Saferworld sobre control de las exportaciones de armas en la Unión Europea (Madrid, 10 de mayo), - Grupo director del pacto de estabilidad regional para el control de armas pequeñas y ligeras en Europa Sudoriental (Skopje, 30 de mayo), - seminario organizado por el "Foro Mundial sobre el futuro de las actividades de tiro deportivo" sobre exportación, importación y corretaje de armas pequeñas y ligeras (Nápoles, 13 y 14 de junio), - seminario regional sobre la aplicación del Programa de Acción de las Naciones Unidas para combatir el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras (Manila, 9 y 10 de julio), - seminario del CAEA de la OTAN sobre armas pequeñas y ligeras (Zagreb, 24 y 25 de octubre), - seminario preparatorio del 11o Foro Económico de la OSCE sobre el impacto económico nacional e internacional de las armas pequeñas y ligeras (Sofía, 11 y 12 de noviembre), - Conferencia de Donantes del Centro Regional de Intercambio de Información de Europa Sudoriental para el control de armas pequeñas y ligeras (Ginebra, 20 de noviembre), - reunión informal organizada por la ONG Saferworld sobre control de exportaciones de armas en la UE (Bruselas, 3 de diciembre). 92. Los Países Bajos contribuyeron a la organización y cofinanciación de la "Conferencia sobre la aplicación del Programa de Acción de las Naciones Unidas para combatir el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en África - Necesidades y asociaciones" celebrada en Sudáfrica del 18 al 21 de marzo de 2002, que se organizó en colaboración con Austria, Canadá, Kenia, Malí, Nigeria, Noruega, Sudáfrica, Suiza y el Reino Unido. 93. Portugal participó en la "Conferencia Africana sobre la aplicación del Programa de Acción de las Naciones Unidas para combatir el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en África - Necesidades y asociaciones" (Pretoria, 18 al 21 de marzo de 2002). 94. Suecia participó en diversos seminarios internacionales, incluidos seminarios sobre la aplicación del Programa de Acción de la ONU sobre armas pequeñas y ligeras, sobre corretaje ilícito y sobre control de exportaciones. 95. El Reino Unido copatrocinó con otros socios de la UE la Conferencia sobre la aplicación del Programa de Acción de las Naciones Unidas para combatir el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en África - "Necesidades y asociaciones" celebrada en Pretoria (Sudáfrica) del 18 al 21 de marzo de 2002. II.A.5. Otras iniciativas 96. Finlandia contribuye con fuerzas a las operaciones de la OTAN de mantenimiento de la paz en Bosnia y Herzegovina y en Kosovo, y tiene importantes responsabilidades de coordinación en ellas. Estas operaciones consisten en la desmovilización de los grupos armados, el control y la prevención de actividades delictivas (incluido el contrabando de personas, de armas y de drogas), el mantenimiento del orden público y la mejora de la seguridad, así como en otras actividades que contribuyen de forma considerable a reducir la amenaza para la seguridad que representan las armas pequeñas en las comunidades locales de los Balcanes Occidentales. 97. Francia respalda acciones encaminadas a restablecer el Estado de Derecho en situaciones posconflicto. Actualmente, Francia participa en operaciones de esta índole en la RDC, Costa de Marfil y Kosovo. 98. Alemania, con el envío de tropas a las operaciones SFOR, KFOR y Harvest, así como Amber Fox, participó en la recogida de armas pequeñas y ligeras en Europa Sudoriental. Además, con arreglo a las disposiciones de Dayton, contribuyó a la destrucción de morteros de calibre 82 mm en Bosnia y Herzegovina. La prevención del tráfico de armas de fuego ligeras y de pequeño calibre para usos civiles y militares forma parte de los mecanismos de gestión integrada de fronteras que respalda la cooperación policial alemana en el marco del pacto de estabilidad para Europa Sudoriental. 99. Alemania coopera estrechamente con Interpol en la identificación de los grupos y personas implicados en el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras, en caso necesario dentro de investigaciones penales individuales. En un caso, el gobierno de otro Estado que combatía activamente el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras transmitió directamente a Alemania una voluminosa solicitud de búsqueda, sin pasar por Interpol, por estimar que la solicitud no procedía de investigaciones penales individuales. Alemania es un miembro activo del Grupo de trabajo IWETS desde su creación. Participará juntamente con otros siete países en el proyecto piloto del IWETS que dará comienzo a mediados de 2003. 100. Las fuerzas armadas de Italia participaron en varias operaciones exteriores en las que se recogieron, incautaron y destruyeron las siguientes armas pequeñas y ligeras: Brigada multinacional (Kosovo) - 310 fusiles, - 100 revólveres, - 6 ametralladoras, - 20 lanzamisiles contracarro portátiles, - 7 cohetes, - 183 granadas, - 2780 minas, - 27517 municiones de calibres diversos. Unidad especial multinacional (Kosovo) - 86 armas diversas, - 16706 municiones de calibres diversos, - 135 granadas, - 1000 kg de explosivos, - 20 lanzamisiles contracarro portátiles. Unidad especial multinacional (Bosnia) - 1 fusil. 101. Juntamente con otros aliados de la OTAN, Portugal contribuye con fuerzas a las unidades de mantenimiento de la paz SFOR y KFOR bajo mandato de la ONU en Bosnia y Herzegovina y en Kosovo. La reducción de los arsenales en manos de civiles forma parte de las actividades de las fuerzas portuguesas. 102. Juntamente con aliados de la OTAN, el Reino Unido contribuye con fuerzas a las unidades de mantenimiento de la paz SFOR y KFOR bajo mandato de la ONU en Bosnia y Herzegovina y en Kosovo. Las fuerzas del Reino Unido participan activamente en la reducción de los arsenales en manos de civiles. II.B. Participación en la labor de organizaciones internacionales y en acuerdos regionales sobre armas convencionales, en especial las armas pequeñas y ligeras II.B.1. Naciones Unidas 103. Austria ha seguido participando en las actividades de las Naciones Unidas, incluidos los seminarios y talleres, así como en las iniciativas nacionales en torno a los problemas relacionados con las armas ligeras y de pequeño calibre. 104. Dinamarca ha seguido participando en las actividades de las Naciones Unidas, incluidos los seminarios y los talleres, así en como las iniciativas nacionales conexas relativas a las ALPC. 105. Francia ha asistido a los trabajos del Grupo de expertos de las Naciones Unidas encargado de estudiar la viabilidad de un instrumento internacional para seguir la trayectoria del tráfico ilícito de las ALPC (Resolución 56/24 V). Francia también ha sido miembro de un Grupo de expertos de las Naciones Unidas creado para estudiar la cuestión del corretaje. 106. El 10 de octubre de 2002 Grecia firmó el Protocolo contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. 107. Irlanda espera estar en condiciones de firmar, para finales de 2003, el Protocolo contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. 108. Italia ha proseguido los procedimientos nacionales requeridos para la ratificación del Protocolo de las Naciones Unidas contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego. 109. Los Países Bajos han participado en el Grupo de expertos de las Naciones Unidas encargado de estudiar la viabilidad de un instrumento internacional para seguir la trayectoria del tráfico ilícito de las ALPC. 110. Portugal ha seguido participando en las actividades de las Naciones Unidas. 111. El 6 de mayo de 2002 el Reino Unido firmó el Protocolo contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones. Este país está alentando a los demás a que firmen dicho Protocolo e intenten lograr su aplicación. El Ministerio del Interior británico está cooperando activamente con la Comisión Europea y otros Estados miembros en la aplicación de las disposiciones relativas al marcado establecidas en el Protocolo de las Naciones Unidas sobre las armas de fuego. Éste exigirá el marcado en el lugar en que se efectúe la primera importación en la UE. El Reino Unido ha estado representado en el Grupo de las Naciones Unidas sobre expertos gubernamentales, que realizó un estudio sobre la viabilidad del marcado y del seguimiento de la trayectoria. II.B.2. Primera Comisión de la Asamblea General de las Naciones Unidas 112. Los Estados miembros han adoptado las posiciones siguientes sobre las resoluciones en materia de armas ligeras, adoptadas en la reunión n° 57 de la Primera Comisión de la Asamblea General de las Naciones Unidas: - Resolución 57/65 ("Relación entre desarme y desarrollo"): 13 países de la Unión Europea votaron a favor, 2 se abstuvieron), - Resolución 57/66 ("Legislación nacional sobre la transferencia de armas, equipo militar y artículos o tecnología de doble uso"): presentada por los Países Bajos con el apoyo de todos los países de la UE, - Resolución 57/70 ("Asistencia a los Estados para detener la circulación ilícita de armas pequeñas y proceder a su recogida"): patrocinada conjuntamente por todos los países de la UE, - Resolución 57/72 ("Tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos"): patrocinada conjuntamente por todos los países de la UE, - Resolución 57/75 ("Transparencia en materia de armamentos"): presentada por los Países Bajos y patrocinada conjuntamente por todos los países de la UE, - Resolución 57/81 ("Consolidación de la paz mediante la adopción de medidas concretas de desarme"): presentada por Alemania y patrocinada conjuntamente por todos los países de la UE. II.B.3. OSCE 113. Austria está aplicando el documento de la OSCE sobre armas ligeras y de pequeño calibre y apoya las iniciativas relativas a las armas de fuego en el marco del pacto de estabilidad para Europa Sudoriental. 114. Dinamarca ha seguido participando en las actividades de la OSCE y está aplicando el documento de la OSCE sobre armas ligeras y de pequeño calibre. 115. Finlandia apoyó activamente la aplicación del documento de la OSCE sobre armas pequeñas y ligeras. Finlandia se propuso como voluntaria para la elaboración de la Guía de prácticas recomendadas en materia de armas pequeñas y ligeras. La realización práctica de los trabajos corrió a cargo de expertos del Ministerio de Asuntos Exteriores finlandés, con el apoyo del grupo de expertos nacionales en el que Finlandia tiene representantes de todos los ministerios interesados por la exportación de armas pequeñas. El objetivo de Finlandia era introducir un sistema de control de exportaciones ideal que tuviera en cuenta las diferencias de las legislaciones nacionales. El objetivo consistía en describir el mejor sistema posible de control de exportaciones, que tenga en cuenta los diferentes procedimientos y usos nacionales. La Guía se divide en cinco capítulos. Facilita información para la instauración de un sistema nacional de control de exportaciones de armas pequeñas y ligeras. Presenta los compromisos internacionales pertinentes, enumera los elementos de legislación nacional necesarios, fija directrices para la política de exportaciones y el proceso decisorio, y examina el cumplimiento efectivo del control de las exportaciones. La Guía trata igualmente de la importación y el tránsito de armas pequeñas y ligeras, en los casos procedentes. Incluye además criterios muy exhaustivos de control de exportaciones procedentes de múltiples fuentes distintas, que incluyen el documento de la OSCE y el código de conducta de la UE. Estos criterios constituirían una lista de cotejo útil para los Estados a la hora de conceder licencias de exportación. La Guía expone asimismo las prácticas recomendadas relativas a todos los elementos de un sistema nacional de concesión de licencias y detalla medidas de prevención del fraude y la evasión mediante certificados de usuario final falsificados. Estas medidas podrían contribuir a la armonización de los informes de usuario final en una norma común de elevado nivel. Se han utilizado asimismo en la Guía de las mejores prácticas sobre control de exportaciones de armas algunos elementos y principios del Arreglo de Wassenaar y del código de conducta de la Unión Europea en materia de exportación de armas. La contribución financiera de Finlandia a la elaboración de la Guía fue de 4500 euros. 116. Finlandia contribuyó con 100000 euros al Fondo de Reacción Rápida de la misión de la OSCE en Georgia en 2002. El propósito de este Fondo de Reacción Rápida consiste en prestar ayuda a las comunidades que entreguen voluntariamente las armas, en aplicación del documento de la OSCE sobre armas pequeñas. 117. Finlandia apoyó el envío desde noviembre de 2001 de un delegado de apoyo del FCS en materia de armas pequeñas al Centro de prevención de conflictos de la OSCE, con el fin de asistir a los Estados participantes en la OSCE en la aplicación del documento de la OSCE sobre armas pequeñas y ligeras, y de asistir a las misiones y operaciones sobre el terreno pertinentes de la OSCE en asuntos relacionados con las armas pequeñas y ligeras. Uno de los instrumentos prácticos preparados por el CPC en este período fue el modelo normalizado de respuesta de la OSCE sobre el modo de dar cuenta de los intercambios de información, que la OSCE facilitó igualmente a la ONU. 118. Francia participó activamente en el intercambio de información en el marco del documento de la OSCE sobre armas pequeñas y ligeras. 119. Alemania propuso proyectos de capítulos sobre excedentes y -juntamente con Noruega- sobre corretaje para la Guía de Prácticas Recomendadas en materia de armas pequeñas y ligeras de la OSCE, y participó activamente en la elaboración de un catálogo ilustrado sobre destrucción de armas pequeñas y ligeras. 120. Italia ha proseguido activamente la aplicación del documento de la OSCE sobre armas pequeñas y ligeras, adoptado en noviembre de 2000. En dicho contexto, Italia presentó actualizaciones nacionales del intercambio de información sobre aspectos fundamentales en materia de armas pequeñas y ligeras (fabricación, marcas, control de las exportaciones, corretaje, técnicas de destrucción) aludidos en el citado documento de la OSCE. 121. Luxemburgo participa en los trabajos de la OSCE. 122. Los Países Bajos contribuyeron a una reunión de seguimiento de los seminarios de formación de la OSCE en Estados de Asia Central, sobre la aplicación del documento de la OSCE sobre armas pequeñas y ligeras, celebrada en Alma Ata en mayo de 2002. En su calidad de Presidencia en funciones de la OSCE en 2003, los Países Bajos organizaron, como preparación del Foro Económico de la OSCE de 2003, un seminario sobre tráfico de armas pequeñas y ligeras que se celebró en Sofía en noviembre de 2002. 123. Los Países Bajos participaron en el segundo Intercambio Informativo de la OSCE en junio de 2002. Junto con Canadá y Estados Unidos, los Países Bajos prepararon el capítulo sobre técnicas de destrucción de armas pequeñas y ligeras de la Guía de Prácticas Recomendadas en materia de armas pequeñas y ligeras de la OSCE. 124. En su calidad de Presidencia en funciones de la OSCE en 2002, Portugal contribuyó a propiciar la adopción de la Carta para la prevención y lucha contra el terrorismo. Los Estados participantes expresaron en la Carta su firme voluntad de combatir el riesgo que supone la proliferación ilícita de las armas convencionales -incluidas las armas pequeñas y ligeras- y el acceso a las mismas. Portugal aplica el documento de la OSCE sobre armas pequeñas y ligeras. 125. España ha seguido aplicando activamente el documento de la OSCE sobre armas pequeñas y ligeras. En dicho marco, España presentó actualizaciones nacionales del intercambio de información previsto en ha letra f) del apartado 1 del capítulo III y en la letra e) del apartado 1 del capítulo IV del Documento de la OSCE sobre armas pequeñas y ligeras. Junto con Suiza y el Reino Unido, España contribuyó a la preparación de la Guía de Prácticas Recomendadas sobre procedimientos nacionales de gestión de existencias y seguridad de las armas pequeñas y ligeras, que estaba listo para su publicación el 3 de marzo de 2003. 126. Suecia participó en el intercambio informativo sobre armas pequeñas y ligeras de la OSCE. Suecia dirige la elaboración de la Guía de Prácticas Recomendadas de la OSCE sobre armas pequeñas y ligeras en los procesos de desarme, desmovilización y reintegración. 127. El Reino Unido aplica el Documento de la OSCE sobre armas pequeñas y ligeras. Junto con España y Suiza, el Reino Unido ha dirigido la preparación de la Guía de Prácticas Recomendadas de la OSCE sobre gestión de existencias de armas pequeñas y ligeras. El Reino Unido facilita además apoyo financiero a la publicación de las Guías de Prácticas Recomendadas de la OSCE. El Reino Unido respalda la iniciativa sobre armas pequeñas en el marco del pacto de estabilidad para Europa Sudoriental. II.B.4. OTAN 128. Austria ha seguido participando en las actividades del Consejo de Asociación Euroatlántico (CAEA), incluidos los seminarios y talleres, así como en las iniciativas nacionales en torno a los problemas relacionados con las armas ligeras y de pequeño calibre. 129. Dinamarca ha seguido participando en las actividades de la CAEA, incluidos los seminarios y talleres, así en como las iniciativas nacionales conexas relativas a las armas ligeras y de pequeño calibre. 130. Finlandia participa con regularidad en las reuniones y en la elaboración de los informes del Grupo de trabajo ad hoc del Consejo de Asociación Euroatlántico sobre armas ligeras y de pequeño calibre, que se reúne desde 1999 en el cuartel general de la OTAN en Bruselas, centrándose en aquellos ámbitos en que el Consejo de Asociación puede proporcionar un valor añadido a la cuestión de las armas ligeras, intentando evitar repetir los esfuerzos realizados por otras organizaciones. 131. Los Países Bajos contribuyeron con 700000 euros al proyecto de la NAMSA para la destrucción de municiones de armas ligeras y de pequeño calibre en Albania. Los Países Bajos participaron activamente en el Grupo de trabajo sobre armas ligeras y de pequeño calibre del CAEA. 132. Portugal ha proseguido su participación en las actividades del Consejo de Asociación Euroatlántico. 133. El Reino Unido continuó contribuyendo a la consecución y al seguimiento de los avances registrados en el marco del Grupo ad hoc del Consejo de Asociación Euroatlántico sobre iniciativas de la OTAN para afrontar el problema de las armas ligeras y de pequeño calibre. II.B.5. CEDEAO 134. Francia es miembro del Grupo consultivo del programa de coordinación y asistencia para la seguridad y el desarrollo, que se convoca anualmente para evaluar la aplicación del programa y formular recomendaciones orientadas a mejorar sus intervenciones. 135. El Reino Unido también ha aportado apoyo financiero al programa de coordinación y asistencia para la seguridad y el desarrollo en respaldo de la moratoria de la Cedeao, así como a la Secretaría de Nairobi, que apoya la aplicación de la Declaración de Nairobi, y se ha mostrado asimismo activo en las iniciativas de la UE para reforzar el proceso UE-SADC. II.B.6. Wassenaar 136. En el marco del Arreglo de Wassenaar, los Estados miembros de la UE contribuyeron a la adopción, en diciembre 2002, de las "Orientaciones sobre las mejores prácticas" para las exportaciones de armas ligeras y de pequeño calibre, así como de un Memorándum de entendimiento sobre actividades de corretaje de armas. 137. Irlanda presidió en 2002 el Grupo de trabajo general. 138. El Reino Unido desempeñó un importante papel a la hora de propiciar y garantizar la adopción, el 11 de diciembre 2002, de las "Orientaciones sobre las mejores prácticas" del arreglo de Wassenaar en materia de traslados y controles de la exportación de armas ligeras. II.B.7. SADC 139. Alemania apoya a la Comunidad para el desarrollo del África Meridional (SADC) en la armonización de sus políticas sobre la base del Protocolo de la SADC sobre el control de las armas de fuego, las municiones y otros materiales afines, adoptado el 14 de agosto de 2001. 140. El Reino Unido ha participado activamente en las actuaciones de la UE encaminadas a reforzar el proceso UE-SADC. Esta iniciativa tiene por objetivo respaldar la aplicación de la Convención de la OEA contra el Tráfico Ilícito y del Reglamento Modelo de la CICAD. II.B.8. Otras actividades 141. Francia, en cooperación con Suiza, inició en 2000 una reflexión orientada a elaborar un instrumento internacional para el seguimiento de las armas ligeras y de pequeño calibre. 142. En la Cumbre de 2002 del G8, celebrada en Kananaskis, Italia contribuyó a la adopción de un plan de acción del G8 para África, en el marco de la Nueva Asociación para el Desarrollo de África (NEPAD). Dicho plan de acción está orientado, entre otras cosas, a promover la paz y la seguridad mediante el respaldo a los esfuerzos de los países africanos y de las Naciones Unidas encaminados a regular más adecuadamente las actividades de los negociantes y traficantes, así como a eliminar el flujo de armas ilícitas hacia África y en el interior de dicho continente. 143. El "programa de asistencia para el control de la exportación" del Reino Unido incluye formación y apoyo en materia de procedimientos de autorización de las exportaciones y las importaciones. Desde el año 2001 han recibido asistencia más de diez gobiernos y sus respectivos organismos especializados. III. OTROS COMENTARIOS, OBSERVACIONES E INFORMACIONES PERTINENTES III.A. Criterios para la evaluación de las solicitudes de financiación por parte de la UE de proyectos en materia de armas ligeras y de pequeño calibre III.A.1. Orientaciones sobre prioridades 144. La UE seguirá esforzándose por erradicar los problemas causados por una proliferación desestabilizadora e incontrolada de armas ligeras y de pequeño calibre. Tal como se declaró en el programa europeo para la prevención de conflictos adoptado por el Consejo Europeo (Gotemburgo, 15-16 de junio de 2001), los esfuerzos por eliminar esta fuente de desestabilización y de conflicto serán una importante contribución a la prevención de futuros conflictos. Las acciones ya emprendidas por la UE representan importantes pasos a este respecto y deberían ser seguidas después de esfuerzos resueltos en la misma dirección. La adopción por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio Ilícito de Armas en Todos sus Aspectos, de un Programa de Acción para prevenir, combatir y erradicar el comercio ilícito de armas ligeras y de pequeño calibre en todos sus aspectos se añade al compromiso ya suscrito por la UE a través de su Acción Común sobre las armas de pequeño calibre. Sería útil para la realización de este compromiso que se estudiase a nivel de la UE la posibilidad de establecer una financiación periódica por parte de la UE de proyectos destinados al logro de los objetivos finales del Programa de Acción de las Naciones Unidas. 145. A fin de mejorar y profundizar la aplicación de la Acción Común y del programa, los Estados miembros han determinado una serie de orientaciones sobre cuestiones acerca de las cuales deberían tomarse decisiones o a las que habría que atender en el futuro próximo. Evidentemente, estas orientaciones estarán sometidas a revisión periódica, en función de la experiencia acumulada durante el proceso de ejecución de los proyectos de la UE. III.A.1.1. Necesidad de un planteamiento global 146. Si bien se reconoce ampliamente que deben realizarse más actividades a nivel internacional para hacer frente a los problemas de las armas ligeras y de pequeño calibre, existen numerosos factores y procesos complejos que deben tenerse en cuenta tales como la seguridad internacional e interna, el comercio, las relaciones entre los sectores civil y militar y el papel de las armas en la sociedad. Estos problemas no se pueden resolver de manera inmediata. Se les debe hacer frente mediante un planteamiento global que tenga en cuenta los distintos aspectos del problema -que pueden ser diferentes de una región a otra- y las soluciones deberán buscarse a través de una amplia serie de medidas acordadas. Los Estados miembros convinieron en que dichos esfuerzos deberían tener por objetivo tanto la reducción de las acumulaciones desestabilizadoras existentes como la prevención de nuevas proliferaciones incontroladas de estas armas. Pueden fortalecerse mediante la ayuda las capacidades locales para hacer frente a estos problemas. 147. En relación con la ayuda financiera a proyectos en el ámbito de las armas ligeras y de pequeño calibre, el objetivo de la UE será reforzar la labor de reducción de las existencias disponibles y los suministros de armas ligeras y de pequeño calibre en zonas de conflicto o de conflicto potencial, contribuyendo así a desarrollar una serie de medidas internacionales para limitar la demanda de armas ligeras y de pequeño calibre en estas zonas y ayudar a los gobiernos a hacer frente a los problemas originados por estas armas. Estas medidas serán adoptadas por la propia UE o a nivel de Estados miembros, y a través de las instituciones regionales o mundiales correspondientes. Los respectivos esfuerzos de los Estados miembros y de la Comisión procurarán ser complementarios y reflejar la ambición de hacer frente a los diferentes aspectos del problema de las armas de pequeño calibre a nivel nacional, subregional, regional y mundial. 148. Los proyectos seleccionados con vistas a la obtención de financiación de la UE deberían garantizar beneficios auténticos y tangibles para sus receptores. Una parte importante de la financiación debería orientarse a proyectos propios, cuidadosamente concebidos y aplicados por la UE. Es por lo tanto imperativo que se determine un marco de aplicación adecuado y que el proyecto pueda funcionar a nivel tanto técnico como político en el contexto previsto. Podría estudiarse la financiación de proyectos -si lo permite el presupuesto- también de una serie más amplia de países y regiones, teniendo en cuenta la necesidad de optimizar el impacto y la sostenibilidad de las iniciativas de la UE y teniendo en cuenta la necesidad de "valor añadido" y de ventajas tangibles gracias a la financiación de la UE en el marco de unos criterios acordados. 149. Debería prestarse también especial atención a una coordinación más estrecha con esfuerzos que ya se llevan a cabo a nivel multilateral (por ejemplo PNUD, Centros Regionales de la Naciones Unidas, OTAN, CAEA y otros) así como a nivel bilateral buscando la obtención de sinergias. III.A.1.2. Necesidad de una acción orientada 150. Los países con altos niveles de inseguridad o violencia no pueden hacer un uso eficaz de la ayuda al desarrollo. Por lo tanto, debería prestarse asistencia a los países o regiones potencialmente conflictivos para fomentar la seguridad, el desarme, la desmovilización y la reintegración en la sociedad de los excombatientes como parte integrante de los programas de desarrollo socioeconómico. 151. Cuando los gobiernos estén activamente comprometidos con la reducción del flujo de armas hacia su región y de la circulación de armas ligeras y de pequeño calibre dentro de ella, la UE debería cooperar con ellos en esta tarea. En la práctica, los gobiernos receptores pueden carecer de capacidades para aplicar sus propios programas de control. Por lo tanto, la UE está dispuesta a considerar la posibilidad de facilitar apoyo práctico para iniciativas tales como la creación de capacidades y la formación, la concienciación, etc. Debería concederse prioridad a los proyectos que mejoren las capacidades nacionales de aplicación por lo que se refiere al control de los flujos de armamentos (control de exportaciones e importaciones, capacidad de determinación de la trayectoria) y a los programas de recogida y destrucción en situaciones posteriores a un conflicto. Dadas las dimensiones de determinados proyectos, en particular en el ámbito de la destrucción de municiones para las armas ligeras y de pequeño calibre, sería recomendable que la UE uniera sus fuerzas con socios no miembros de la UE (por ejemplo proyectos del CAEA). III.B. Conclusiones extraídas 152. Teniendo en cuenta las anteriores acciones sobre armas ligeras y de pequeño calibre de la UE y la experiencia de anteriores valoraciones, aplicaciones y evaluaciones de proyectos sobre armas ligeras y de pequeño calibre, deberían tenerse en cuenta los siguientes criterios por lo que se refiere a la definición del proyecto: - la celebración de reuniones de expertos CODUN bianuales sobre cuestiones y proyectos relativos a las armas ligeras y de pequeño calibre constituye una práctica útil que debería mantenerse, - la asignación de fondos para el año siguiente debería decidirse antes de la reunión de expertos CODUN sobre armas ligeras y de pequeño calibre del otoño para que sea posible una adecuada preparación de los proyectos y una utilización óptima de los recursos presupuestarios comunitarios. Las decisiones del Consejo sobre proyectos concretos se adoptarán de manera que entren en vigor a principios del año siguiente, siempre que existan los créditos adecuados en el presupuesto, - es importante que se reciba en el momento oportuno información sobre futuros proyectos en materia de armas ligeras y de pequeño calibre -en especial sobre los que deban financiarse con cargo al presupuesto- con indicación de los objetivos generales, las actividades previstas y los resultados que se espera conseguir, así como un desglose detallado de los costes estimados. Estos elementos permitirían a los asociados disponer de un estudio exhaustivo y de un análisis detallado de los programas propuestos, cuya aprobación podría verse facilitada en consecuencia, - deberían centrarse los esfuerzos en una serie limitada de proyectos de gran escala. La participación de la UE debería analizarse y ejecutarse mejor. Al apoyarse proyectos de terceros debería garantizarse la visibilidad de las contribuciones de la UE, - deberá tenerse en cuenta una preparación completa y en tiempo adecuado de las "declaraciones de acción". El contexto y el contenido del proyecto subyacente así como las partes de éste que se han de financiar deberán describirse, - debería tenerse una visión clara de las modalidades de ejecución, y disponerse en particular una evaluación del "órgano u organismo de ejecución/ONG" previsto para la acción, así como de su capacidad de llevar a cabo la acción de manera satisfactoria, - la cooperación en proyectos con donantes nacionales no pertenecientes a la UE es políticamente útil, pero muy difícil de organizar en la práctica debido a las diferentes prioridades políticas, procedimientos presupuestarios, métodos de trabajo, etc. Debería prestarse gran atención a la organización práctica de dicha cooperación, - debería mejorarse la cooperación entre la UE y los esfuerzos nacionales de los Estados miembros, - deberían destinarse más esfuerzos a la implicación de las ONG así como del sector privado. 153. Contribución basada en el proyecto UE-ASAC Es esencial que el proyecto se lleve a cabo en estrecha cooperación con un Estado miembro de acogida comprometido a limitar la posesión y utilización de armas ligeras y de pequeño calibre en la sociedad. Al mismo tiempo, el proyecto debería ser suficientemente autónomo respecto al Gobierno para poder perseguir los objetivos del proyecto establecidos en la decisión del Consejo. Preferentemente el proyecto debería tener un enfoque integrado y multifacético ("programa sobre armas ligeras y de pequeño calibre") en el cual las repercusiones de cada elemento del programa se verían reforzadas por la aplicación de los demás componentes, combinándose así en un potente conjunto integrado. Este programa debería incluir entre otras cosas los elementos siguiente (ejemplo extraído del UE-ASAC en Camboya): - asistencia a la elaboración e introducción de legislación sobre armamentos, - registro y almacenamiento seguro de armas, - programas "armas por desarrollo", en los que se alienta a la población local a que entreguen armas ilegales a la policía a cambio de proyectos de desarrollo comunitario, - destrucción de armas, - campañas de concienciación, - los países necesitan un marco jurídico que regule claramente la posesión y el uso de las armas ligeras y de pequeño calibre en la sociedad. Una vez que exista una ley de armas, es importante que la policía esté formada para comprender y aplicar la ley y que el público esté informado sobre las consecuencias de ésta. La ayuda aportada por los proyectos es valiosa tanto en la fase de redacción de la ley como en la de su introducción, - el apoyo al registro y almacenamiento seguro de armas ayuda a los gobiernos a reducir la incertidumbre sobre el número, tipo, localización y seguridad de las armas que poseen. La experiencia ha mostrado que, una vez que se han registrado todas las armas en una región militar determinada, las autoridades militares pueden comprender que poseen más armas de las necesarias y que el excedente puede destruirse. La creación de locales de almacenamiento seguro supone un gasto relativamente pequeño y es a la vez particularmente importante en los países pobres con grandes cantidades de armas, - los proyectos "armas por desarrollo" tienen mayores posibilidades de éxito si incluyen el apoyo a una mejora de la eficacia de la policía local. Los aldeanos no entregarán sus armas si consideran que su seguridad personal sigue en peligro. El coste unitario por la entrega de cada arma es relativamente elevado, pero los programas de armas por desarrollo aportan a la comunidad un "valor de seguridad" que es difícil de medir en términos monetarios, - la destrucción de las armas ilegalmente poseídas que han sido entregadas así como los excedentes de armamentos del ejército y de la policía en ceremonias de "hogueras de paz" pueden tener un alto valor simbólico y dar la imagen de un avance hacia una sociedad más pacífica. Unas ceremonias de destrucción a menor escala son particularmente adecuadas en zonas en que se están aplicando proyectos de armas por desarrollo, al fortalecer la confianza en que las armas entregadas por los aldeanos son efectivamente destruidas y no se utilizan contra ellos, - el comercio ilegal transfronterizo de armas ligeras y de pequeño calibre obstaculiza los esfuerzos de resolución del problema de este tipo de armamentos en determinados países. La mejora de los controles fronterizos sería un aspecto que debería considerarse en la futura ayuda de la UE, - la actividad de la UE en el ámbito de las armas ligeras y de pequeño calibre queda resaltada por la aplicación de proyectos propios de la UE cuidadosamente concebidos y no por pequeñas contribuciones a proyectos que ejecutan otros actores. III.B.1. Criterios para asignación de fondos 154. La UE está desarrollando un planteamiento más sistemático de los posibles proyectos que recibirán apoyo, en particular con vistas a la determinación y concepción del proyecto. Se han establecido los siguientes criterios para que la UE efectúe una evaluación preliminar de las solicitudes: a) la ayuda de la UE en materia de armas ligeras y de pequeño calibre debe basarse en una auténtica voluntad política del Estado receptor. Debería darse una respuesta clara a la pregunta de si la acción propuesta constituye una expresión de una visión o estrategia política, temática o geográfica clara, o si es deliberadamente y de manera justificable una acción ad hoc con sus propios fines; b) los proyectos propuestos deberán aumentar la seguridad local, nacional o regional en el Estado o región receptores (por ejemplo, contribución al control de las armas de pequeño calibre, medidas de fomento de la confianza, la reconciliación y la estabilidad regional). Todo esto supone una evaluación previa de la situación política y del impacto real del proyecto sobre el objetivo global previsto, que puede ser la prevención de conflictos, la creación de un entorno pacífico, etc.; c) la ayuda en materia de armas ligeras y de pequeño calibre debería integrarse en una estrategia general de desarrollo y seguridad respecto del país receptor. En los casos en que esto no sea posible, las propuestas de proyectos deberían esbozar la forma en que la actividad contribuirá a integrar la política sobre armas ligeras y de pequeño calibre en políticas más amplias de seguridad y desarrollo; d) debería garantizarse la coherencia con las actividades pasadas, actuales o futuras en el mismo país o región; e) los proyectos de asistencia se basarán en una estrecha cooperación con las autoridades del Estado receptor y debería decidirse el papel de los diferentes actores; f) en proyectos que incluyen un componente de recogida de armamento, todas las armas recogidas deberían, en principio, ser destruidas; g) para cada proyecto, se establecerán objetivos y criterios comparativos claros así como plazos definidos para que sea posible evaluar las consecuencias del proyecto. Deberían evaluarse las necesidades prácticas del beneficiario final. Deberían tomarse en cuenta los resultados y las "conclusiones extraídas" de experiencias semejantes en el pasado; h) las solicitudes de ayuda deberían precisar la forma en que el proyecto perseguirá los fines y objetivos de la Acción Común de la UE; i) las solicitudes de ayuda deberán precisar la forma en que el proyecto aumentaría la capacidad del Estado receptor de aplicar sus compromisos regionales o internacionales vigentes; j) deberían dedicarse más esfuerzos a implicar a las ONG así como al sector privado, cuando sea posible; k) deberá tenerse en cuenta en la evaluación la sostenibilidad del proyecto; l) deberá garantizarse la cooperación entre la UE y los esfuerzos nacionales de los Estados miembros; m) los criterios mencionados se basan esencialmente en el resultado de evaluaciones realizadas y en la experiencia obtenida por la Comisión a la hora de aplicar los presupuestos PESC. III.B.2. Necesidad de una evaluación y valoración minuciosa 155. Es importante que los proyectos que reciban fondos de la UE se sometan a evaluación detallada. Entre las medidas para alcanzar este objetivo pueden citarse las siguientes: - la aplicación de los proyectos debería responder a principios correctos de gestión financiera; - se presentará un informe final al término de cada proyecto, en el que se resumirán los resultados obtenidos; - se efectuará una evaluación para valorar si se han alcanzado los objetivos y si es necesaria una continuación. Dicha evaluación se efectuará como mínimo hacia el final del proyecto. Los proyectos ejecutados durante un largo período de tiempo para que los que sea importante la contribución financiera de la Unión Europea se evaluarán también durante el período de aplicación; - la Comisión estudiará la elaboración de patrones comparables para evaluar los proyectos apoyados, así como las propuestas de nuevos proyectos; - la Comisión organizará la evaluación en el marco de su competencia de ejecución presupuestaria y un experto independiente se encargará de llevarla a cabo. La evaluación será presentada al Grupo de trabajo correspondiente de la UE o a la Comisión en estrecha coordinación con la Presidencia. La asignación de fondos deberá decidirse para el año siguiente en tiempo oportuno, a más tardar antes de la reunión CODUN sobre armas ligeras y de pequeño calibre del otoño, y debería hacerse aún más por que los proyectos de "declaraciones de acción" se preparen de manera más cuidadosa y en plazos más adecuados. La asignación de fondos se efectuará dando por entendido que las decisiones del Consejo sobre proyectos concretos se adoptarán desde principios del año siguiente, y estarán sujetas a la existencia de créditos en el presupuesto de la Comunidad; - el informe final y la evaluación se utilizarán también para determinar las lecciones que habrán de extraerse para futuros proyectos. Se sugiere que la Comisión efectúe la evaluación sobre la base de los criterios antes indicados. III.C. Puntos nacionales de contacto AUSTRIA Ministerio Federal de Asuntos Exteriores Departamento de Desarme, Control de Armamentos y No proliferación Minoritenplatz 3 A - 1014 Viena Tel.: (43) 50 11 50 33 56 Fax: (43) 50 11 50 228 Correo electrónico: abtii8@bmaa.gv BÉLGICA Servicio Público Federal de Asuntos Exteriores División de Seguridad Internacional Dirección de Desarme, Control de Armamentos y No Proliferación 15, rue des Petits Carmes B - 1000 Bruselas Bélgica Tel.: (32-2) 501 37 10 Fax: (32-2) 501 38 22 Correo electrónico: werner.bauwens@diplobel.fed.be DINAMARCA John Kierulf Jefe de la Unidad de Desarme y No Proliferación Ministerio de Asuntos Exteriores 2, Asiatisk Plads DK - 1448 Copenhague K Tel.: (45) 33 92 06 78 Fax: (45) 33 92 18 04 Correo electrónico: jokier@um.dk FINLANDIA Ministerio de Asuntos Exteriores, Departamento Político, División de Control de Armamentos, Desarme y No Proliferación Correo electrónico: pol-05@formin.fi, o mfa, control de armamentos Apartado de correos 176 FIN - 00161 Helsinki Tel.: (358) 9 16 05 61 85 Fax: (358) 9 16 05 60 66 FRANCIA Ministerio de Asuntos Exteriores Subdepartamento de Desarme Químico y Biológico y de Control de Armas Clásicas 37, Quai d'Orsay F - 75351 París Fax: (33-1) 43 17 49 52 ALEMANIA Ministerio Federal de Asuntos Exteriores División de Control de Armas Convencionales y Medidas destinadas a Fomentar la Confianza y la Seguridad Werderscher Markt 1 D - 10117 Berlín Tel.: (49) 30 50 00 14 65 Fax: (49) 30 50 00 41 61 Correo electrónico: 241-1@diplo.de GRECIA Ministerio de Asuntos Exteriores Dirección para las Naciones Unidas y Organizaciones Internacionales Sección de No Proliferación, Desarme y Control de Armamentos Atenas Tel.: (30) 210 368 22 50 Fax: (30) 210 368 22 39 Correo electrónico: D01@MFA.GR IRLANDA Sección de Desarme y No proliferación Departamento de Asuntos Exteriores Hardwicke House Hatch Street Dublín 2 Irlanda Tel.: (353-1) 478 08 22 Fax: (353-1) 408 23 83 ITALIA Consejero Paolo Cuculi División de Desarme y No proliferación Director General de Cuestiones Multilaterales Políticas y Derechos Humanos Ministerio de Asuntos Exteriores Piazzale della Farnesina, 1 I - 00194 Roma Tel.: (39) 06 36 91 40 00 Fax: (39) 06 323 59 27 Correo electrónico: paolo.cuculi@esteri.it LUXEMBURGO Ministerio de Asuntos Exteriores, Dirección de Asuntos Políticos 5, Rue Notre-Dame L - 2240 Luxemburg D. François Berg Tel.: (352) 478 24 69 Fax: (352) 22 19 89 Correo electrónico: francois.berg@mae.etat.lu PAÍSES BAJOS Funcionario responsable de armas ligeras y de pequeño calibre Ministerio de Asuntos Exteriores de los Países Bajos División de Política de Exportación de Armamentos y Control de Armamentos Apartado de correos 20061 2500 EB La Haya Tel.: (31) 70 348 55 62 Fax: (31) 70 348 54 79 PORTUGAL Departamento para las Organizaciones de Defensa y de Seguridad Ministerio de Asuntos Exteriores Largo do Rilvas P - 1399-030 Lisboa Tel.: (351) 21 394 62 95/579 Fax: (351) 21 394 60 37 Correo electrónico: dsd@sg.mne.gov.pt ESPAÑA Funcionario responsable de armas ligeras y de pequeño calibre Ministerio de Asuntos Exteriores Subdirección General de Asuntos Internacionales de Desarme Padilla, 46 E - 28006 Madrid Tel.: (34) 913 79 17 67/913 79 85 57 Fax: (34) 915 76 12 45/915 75 48 65 SUECIA Funcionario responsable de las armas ligeras y de pequeño calibre Ministerio de Asuntos Exteriores Departamento de Seguridad Global S - 103 39 Estocolmo Tel.: (46-8) 405 10 00 REINO UNIDO Simon Johnson Funcionario responsable de armas ligeras y de pequeño calibre Departamento de No proliferación Ministerio de Asuntos Exteriores y de la Commonwealth King Charles Street Londres SW1A 2AH Reino Unido Tel.: (44-20) 70 08 22 51 Fax: (44-20) 70 08 28 60 Para más detalles sobre los esfuerzos del Reino Unido en materia de armas ligeras y de pequeño calibre, véanse también los datos nacionales correspondientes al Reino Unido del Programa de Acción de las Naciones Unidas en http://disarmament2.un.org. Puede visitarse asimismo la página http://www.fco.gov.uk + "international security".