52003XC0225(01)

Publicación de una solicitud de registro con arreglo al apartado 2 del artículo 6 del Reglamento (CEE) n° 2081/92 del Consejo, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen

Diario Oficial n° C 045 de 25/02/2003 p. 0002 - 0005


Publicación de una solicitud de registro con arreglo al apartado 2 del artículo 6 del Reglamento (CEE) n° 2081/92 del Consejo, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen

(2003/C 45/02)

Esta publicación otorga un derecho de oposición con arreglo al artículo 7 del citado Reglamento. Cualquier oposición a esta solicitud debe enviarse por mediación de la autoridad competente de un Estado miembro en un plazo de seis meses a partir de la presente publicación. La publicación está motivada por los elementos que se enumeran a continuación, principalmente el punto 4.6, según los cuales se considera que la solicitud está justificada en virtud del Reglamento (CEE) n° 2081/92.

REGLAMENTO (CEE) N° 2081/92 DEL CONSEJO

SOLICITUD DE REGISTRO: ARTÍCULO 5

DOP (x) IGP ( )

Número nacional del expediente: 12/2001

1. Servicio competente del Estado miembro Nombre: Ministero delle Politiche agricole e forestali

Dirección: Via XX Settembre n. 20,

I-00187 Roma

Teléfono (39) 06 481 99 68

Fax (39) 06 42 01 31 26.

2. Agrupación solicitante 2.1. Nombre: Associazione Castanicoltori del Monte Baldo Veronese

2.2. Dirección: C/o Municipio del Comune di San Zeno di Montagna

Via Cà Montagna n. 11

I-37010 San Zeno di Montagna (VR).

2.3. Composición: Productor(es)/transformador(es) (x) otros ( ).

3. Tipo de producto: Categoría 1.6. Frutas y hortalizas y cereales naturales o transformados - Castaña.

4. Descripción del pliego de condiciones

(resumen de las condiciones del apartado 2 del artículo 4):

4.1. Nombre: "Marrone di San Zeno"

4.2. Descripción: La denominación de origen protegida "Marrone di San Zeno" se atribuye a los frutos de castaños de la variedad locale Marrone que se ha seleccionado en la zona de origen, pertenecientes a una serie de ecotipos de la especie Castanea Sativa Mill y que los productores han reproducido a lo largo del tiempo por vía agámica.

Los frutos deben reunir las características siguientes:

- número de frutos por erizo inferior o igual a 3 (tres),

- tamaño variable, es decir, un número de frutos por kg no superior a 120 (ciento veinte) pero tampoco inferior a 50 (cincuenta),

- forma elipsoidal con un ápice poco acentuado, caras laterales preponderantemente convexas, aunque caracterizadas por diversos grados de convexidad, cicatriz de inserción similar a un círculo achatado tendente al rectángulo, que no desborda sobre las caras laterales, de color más claro que el pericarpo,

- pericarpo fino, brillante, de color marrón claro con estrías más oscuras, más visibles en la parte central,

- episperma (membrana) fina que penetra ligeramente en la semilla y que se separa fácilmente al pelarla,

- semilla de color tendente al amarillo pajizo, levemente arrugada, pastosa y de sabor dulce.

4.3. Zona geográfica: La zona de producción y transformación del "Marrone di San Zeno" se encuentra a una altura sobre el nivel del mar comprendida entre los 250 y los 900 metros, y está situada en el territorio del Monte Baldo, entre el Lago de Garda y el valle del Río Adige. Abarca zonas de los municipios siguientes: Brentino-Belluno, Brenzone, Caprino Veronese, Costermano, Ferrara di Monte Baldo y San Zeno di Montagna, enclavados en una zona de características homogéneas de la Comunità Montana del Monte Baldo.

4.4. Prueba del origen: Como prueba del origen del producto, pueden aportarse referencias históricas que atestiguan que el cultivo del castaño se remonta a la Edad Media. Los primeros testimonios por escrito datan de 1285 y de 1352, y se hallan recogidos, respectivamente, en un pergamino en el que se hace referencia a un "bosco cum castagnariis iacente in curia Lubiarae in ora ubì dicitur castagnarius banconus" y en un documento relativo a un pleito entre el Monasterio de Santa Anastasia de Verona y la familia Malaspina en el que se indica que, además de salgariis, pertegariis et stropegariis, en la zona crecen asimismo castagnariis. Dichos documentos históricos prueban la existencia de castaños en la zona suroriental del Monte Baldo, en territorio del municipio de Caprino Veronese.

A finales del siglo XIX, en todo el Valle del Tasso (vertiente oriental del Monte Baldo) crecían "castaños espléndidos y frondosos"; los castaños se fueron extendiendo por los municipios de Malcesine, Brenzone y Castion di Costermano, pero, sobre todo, por la comarca de San Zeno di Montagna.

El origen del producto queda garantizado, en particular, mediante la inscripción de los castañares en un registro previsto al efecto, de cuya gestión y actualización se encarga el Organismo de Control.

En dicho registro deben figurar los datos catastrales de los castañares. En relación con cada parcela, debe hacerse constar: el nombre o razón social del propietario, el nombre o razón social del explotador, la ubicación, el número de plantas, la producción máxima de castañas y la edad del castañar.

La presentación de las solicitudes de inscripción en el registro, o de las eventuales modificaciones efectuadas por los productores inscritos en el mismo, debe efectuarse antes del 31 de diciembre del año anterior a aquel en que esté previsto comercializar el producto con DOP.

Los productores cuyos castañares están inscritos en el registro tienen la obligación de declarar ante el Organismo de Control las cantidades de castañas con DOP efectivamente producidas que tienen previsto comercializar; la declaración debe presentarse en los treinta días siguientes al término de la cosecha.

4.5. Método de obtención: Los castañares deben estar situados en la franja de vegetación tradicional del Castanetum, es decir, a una altura comprendida entre 250 y 900 metros sobre el nivel del mar.

Las prácticas de cultivo deben respetar los marcos de plantación y los sistemas de poda adecuados a fin de no modificar las características típicas del "Marrone di San Zeno".

El número de plantas en producción por hectárea puede fluctuar entre 30 (treinta), como mínimo, y 120 (ciento veinte), como máximo.

La cosecha, que debe respetar la dehiscencia natural del fruto, puede realizarse a mano o con medios mecánicos idóneos que permitan preservar la integridad de la planta y del fruto.

El rendimiento productivo máximo se ha fijado en 30 kilogramos de frutos por planta y en 3,6 toneladas por hectárea.

Los frutos cosechados se someten a procesos de selección y calibrado a fin de asegurar que reúnan las características que les confiere su especificidad.

El tratamiento previo al despacho de los frutos al consumo se lleva a cabo aplicando técnicas físicas tradicionales, como la "novena" y la "rissara". La "novena" consiste en prolongar el "tratamiento con agua" durante nueve días, teniendo cuidado de cambiar el agua parcial o totalmente cada dos días, y sin añadir ninguna sustancia. La "rissara" consiste en amontonar los frutos y erizos al aire libre entre 8 y 15 días.

El "Marrone di San Zeno" se comercializa fresco en bolsas de material apto para alimentos, en envases de 300 g, 500 g, 1 kg, 2 kg, 3 kg, 4 kg, 5 kg y 10 kg. Cuando se trate de mayores cantidades (25 kg y 50 kg), la comercialización de los frutos deberá efectuarse en sacos de yute u otro material idóneo. Todos los envases se sellarán, de modo que se impida la extracción de los frutos sin romper el sello.

4.6. Vínculo: La zona de cultivo de los castañares está situada en las laderas del Monte Baldo Veronese entre el río Adige y el Lago de Garda.

Las plantaciones de castaños se encuentran en la franja de vegetación tradicional del Castanetum, es decir, la correspondiente a las cotas de altitud comprendidas entre los 250 y los 900 metros sobre el nivel del mar. Este territorio acusa la favorable influencia del Lago de Garda, un enclave de clima mediterráneo en la Italia septentrional.

Los castañares están situados en terrenos ácidos y de consistencia poco compacta y gozan de un clima húmedo y templado. Estas condiciones confieren al producto sus peculiares características.

Según revela una investigación histórica llevada a cabo por Clara Campagnari y Gina Scardoni, durante siglos, el cultivo de castañas ha constituido un recurso económico muy importante para los agricultores de San Zeno di Montagna.

Por otro lado, en las Actas de la Academia de Agricultura, Ciencias y Letras de Verona, se ha publicado un trabajo de investigación que aborda el tema de la cosecha, conservación y comercialización de las castañas, y según el cual, a finales del siglo XIX, los productores vendían su cosecha directamente o a través de intermediarios en el mercado semanal que se celebraba en Caprino Veronese. El vareo era una actividad reservada a los hombres, ya que las mujeres se dedicaban preferentemente a la recogida de los erizos del suelo, para lo que utilizaban un instrumento flexible de madera denominado giova; los erizos se depositaban en grandes canastos de mimbre que ulteriormente se vaciaban en los cuévanos y, éstos, a su vez, en las rissare, que aún se utilizan hoy en día (C. Corazzin e M. Biasi).

En los años veinte, el municipio de San Zeno di Montagna empezó a celebrar la tradicional "Feria de la Castaña" en el mes de noviembre, como muestra la documentación fotográfica archivada en el Ayuntamiento. Tras la Segunda Guerra Mundial, la feria se convirtió en la "Mostra Mercato del Marrone", certamen que este año ha celebrado su vigesimonovena edición.

Los frutos provienen exclusivamente de la variedad tradicional Marrone, que ha sido seleccionada en la zona de origen.

4.7. Estructura de control Nombre: CSQA

Dirección: Via San Gaetano, 74

I-36016 Thiene (VI).

4.8. Etiquetado: Cada envase debe llevar una etiqueta en la que figure el logotipo.

Este último consta de dos círculos, uno de ellos contiene la figura de San Zenón en actitud bendiciente, y el otro dos erizos estilizados, superpuestos y dehiscentes, de los que emerge la castaña. En la parte inferior del circulo de la izquierda figura la mención "San Zeno", y en el de la derecha, en la parte superior "Marrone" y en la inferior "di San Zeno". La indicación DOP se sitúa dentro de una faja heráldica, entre ambos círculos y en la base de los mismos.

Cada círculo tiene un diámetro de 26 mm. La altura de la faja heráldica es de 2,5 mm, mientras que su longitud total horizontal es de 20 mm.

En el círculo de la izquierda, destacándose sobre fondo blanco, aparece San Zenón en actitud bendiciente, ataviado con una piel de color marrón (pantone 478 C) y sumergido hasta la cintura en un agua de color azul (pantone 299 C), lleva la cabeza cubierta con una mitra de color rojo (pantone 193 C) y un báculo pastoral de color amarillo (pantone 124 C). Los paramentos del Santo son amarillos (pantone 124 C) en la parte superior de la túnica y rojos en su parte inferior (pantone 193 C). Por último, un pez de color verde (pantone 576 C), cuelga del sedal atado al báculo que el Santo, que emerge del agua, sujeta con su mano izquierda. En el círculo de la derecha destacan, sobre fondo blanco, los frutos, de color marrón (pantone 478 C), envueltos por los erizos de color verde (pantone 576 C).

Las inscripciones son negras sobre fondo blanco. Los caracteres de las inscripciones tienen las dimensiones siguientes:

- los correspondientes a la mención "San Zeno" en el círculo de la izquierda: 1,6 mm,

- los correspondientes a la mención "Marrone di San Zeno" en el círculo de la derecha: 1,8 mm,

- los correspondientes a la indicación "DOP" en la faja heráldica: 1,9 mm,

En la etiqueta deberá indicarse asimismo el peso, el año de producción y el lugar de envasado.

Queda prohibido añadir a la DOP "Marrone di San Zeno" cualquier otra calificación distinta de las previstas en el pliego de condiciones, incluida cualquier indicación, aunque sea elogiosa, que pueda inducir a engaño al consumidor. El diseño del logotipo se reproduce en anexo.

4.9. Requisitos nacionales: -

Número CE: IT/00209/2001.10.09.

Fecha de recepción del expediente completo: 6 de noviembre de 2002.