Trigesimosegundo Informe Financiero sobre la Sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA) - Ejercicio de 2002 /* COM/2003/0680 final */
TRIGESIMOSEGUNDO INFORME FINANCIERO sobre la SECCIÓN DE GARANTÍA DEL FONDO EUROPEO DE ORIENTACIÓN Y GARANTÍA AGRÍCOLA (FEOGA) - EJERCICIO DE 2002 (presentada por la Comisión) ÍNDICE 1. PROCEDIMIENTO PRESUPUESTARIO 1.1. Acuerdo de la Cumbre de Berlín y disciplina presupuestaria 1.2. Anteproyecto de presupuesto 1.3. Proyecto de presupuesto 1.4. Nota rectificativa 1.5. Aprobación del presupuesto de 2002 2. TESORERÍA Y GESTIÓN DE CRÉDITOS A. gestión de créditos 2.1. Créditos disponibles en el ejercicio de 2002 2.2. Utilización de los créditos disponibles en el ejercicio de 2002 2.3. Créditos prorrogados automáticamente del ejercicio de 2001 al de 2002 2.4. Créditos prorrogados no automáticamente del ejercicio de 2001 2.5. Transferencias de créditos dentro de la Sección de Garantía del FEOGA 2.6. Transferencias desde o hacia la reserva monetaria B. Régimen de anticipos y pagos directos 2.7. Anticipos a los Estados miembros 2.8. Pagos directos 3. EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO A. Introducción 3.1. Ejecución del presupuesto 3.2. Efecto de la evolución de los tipos de cambio euro-dólar 3.3. Dobles tipos 3.4. Decisiones agromonetarias B. Análisis de la ejecución presupuestaria capítulo por capítulo 3.5. Introducción 3.6. TÍTULO B1-1 - Productos vegetales 3.7. TÍTULO B1-2 - Productos animales 3.8. TÍTULO B1-3 - GASTOS ANEXOS 3.9. TÍTULO B1-40 - DESARROLLO RURAL 3.10. Reparto de los gastos por categorías económicas C. Actividades específicas 3.11. Suministro de alimentos procedentes de las existencias intervención a las personas más desfavorecidas de la Comunidad 3.12. Capítulo B1-33 - Medidas veterinarias y fitosanitarias 3.13. Pesca 3.14. Medidas informativas 3.15. Medidas de promoción 4. ACTIVIDADES DE CONTROL 4.1. Sistema integrado de gestión y control (SIGC) 4.2. Compatibilidad con el SIGC 4.3. Agencias de control del aceite de oliva 4.4. Cofinanciación de medidas para reforzar los controles 4.5. Aplicación del Reglamento (CE) nº 4045/89 (controles a posteriori) 5. LIQUIDACIÓN DE CUENTAS 5.1. Consideraciones generales 5.2. Liquidación de cuentas según el nuevo procedimiento 5.3. Liquidación contable del ejercicio financiero de 2001 5.4. Recursos interpuestos ante el Tribunal de Justicia contra la decisiones de liquidación de cuentas 6. RELACIONES CON EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL TRIBUNAL DE CUENTAS EUROPEO 6.1. Relaciones con el Parlamento Europeo 6.2. Relaciones con el Tribunal de Cuentas Europeo 7. LISTA DE LA NORMATIVA DE BASE DE LA SECCIÓN DE GARANTÍA DEL FEOGA Y DE LAS DISPOSICIONES ADOPTADAS PARA SU APLICACIÓN EN 2002 7.1. Normativa general/Sistema de anticipos 7.2. Controles 7.3. Liquidación de cuentas 7.4. Almacenamiento público Los anexos del Trigesimosegundo Informe Financiero figuran en un documento separado, en francés, que se halla disponible en papel en la Dirección General de Agricultura y en el sitio web de esta DG. 1. PROCEDIMIENTO PRESUPUESTARIO 1.1. Acuerdo de la Cumbre de Berlín y disciplina presupuestaria En la Cumbre de Berlín, celebrada los días 24 y 25 de marzo de 1999, se aprobó la Agenda 2000. Al año siguiente, se adoptó el Reglamento sobre la disciplina presupuestaria, que entró en vigor el 1 de octubre del 2000. Debe recordarse que la Cumbre de Berlín, si bien mantuvo en sus conclusiones la directriz propuesta por la Comisión (incluyendo en ella las medidas de desarrollo rural, las medidas veterinarias, el instrumento agrícola de preadhesión SAPARD y el importe disponible en el ámbito agrario para las adhesiones), introdujo unos límites de gastos inferiores a los de la directriz. Se trata, de hecho, de dos sublímites anuales aplicables al período de 2000-2006: uno para los gastos tradicionales de mercado (subrúbrica 1 a) y otro para los gastos destinados al desarrollo rural (subrúbrica 1b). Estos límites se fijaron en un nivel equivalente al calculado para los gastos resultantes de la aprobación de la Agenda 2000. Ello significa que los nuevos límites se sitúan en el nivel de los gastos previsibles, sin dejar margen alguno para los imprevistos que surjan (como a menudo ha ocurrido en el pasado). Los límites fijados son éstos: Perspectivas financieras UE-15 (en millones de euros, a precios corrientes) >SITIO PARA UN CUADRO> Como continuación de las conclusiones de la Cumbre de Berlín, el Parlamento y el Consejo adoptaron los textos siguientes: - Un nuevo acuerdo interinstitucional sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario y de las perspectivas financieras (los límites máximos), que recoge las conclusiones de la Cumbre y concede formalmente a la Comisión la facultad de presentar en otoño una nota rectificativa del anteproyecto de presupuesto (APP) del año siguiente que permita tener en cuenta en las previsiones presupuestarias la evolución más reciente de los gastos. - Un nuevo Reglamento relativo a la disciplina presupuestaria (Reglamento (CE) nº 2040/2000 del Consejo, de 26 de septiembre de 2000, DO L 244 de 29.9.2000, p. 27) que dispone, entre otras cosas, lo siguiente: todas las medidas legislativas que se decidan en el marco de la política agrícola común deben respetar los sublímites 1a y 1b fijados en las perspectivas financieras; los créditos han de mantenerse dentro de esos límites; con el fin de que no se sobrepase el importe de la subrúbrica 1a (gastos tradicionales de la Sección de Garantía del FEOGA), el Consejo puede decidir ajustar el nivel de las medidas de apoyo que vayan a aplicarse desde el inicio de la campaña siguiente en cada uno de los sectores; la Comisión, además de hacer un examen de la situación a medio plazo, tiene que presentar con el APP un análisis de las diferencias que se hayan registrado en los ejercicios anteriores entre las previsiones iniciales y los gastos efectivos; para efectuar las estimaciones presupuestarias al elaborar el presupuesto, la nota rectificativa o un presupuesto rectificativo y suplementario (PRS), la Comisión ha de utilizar, como norma general, el tipo medio de cambio del dólar que se haya registrado en el último trimestre; y, por último, la reserva monetaria debe reducirse a 250 millones de euros en 2002 y suprimirse a partir del ejercicio de 2003. 1.2. Anteproyecto de presupuesto El anteproyecto de presupuesto (APP) de 2002 fue elaborado por la Comisión y propuesto a la Autoridad presupuestaria en mayo de 2001. El total de créditos propuestos para la Sección de Garantía del FEOGA se elevaba a 46 221,8 millones de euros, divididos en 41 626,8 millones para la subrúbrica 1a (lo que representa 365,2 millones menos que el límite máximo de dicha subrúbrica, que ascendía a 41 992 millones de euros) y 4 595 millones para la subrúbrica 1b (es decir, el mismo nivel que el límite máximo). 1.3. Proyecto de presupuesto El Consejo aprobó el proyecto de presupuesto de 2002 en julio de 2001. Hizo una reducción lineal de 200 millones de euros de la subrúbrica 1a y eliminó una reserva especial de 1 000 millones propuesta para medidas de mercado y veterinarias adicionales ligadas a la encefalopatía espongiforme bovina y a la fiebre aftosa. De este modo, los créditos totales de la Sección de Garantía del FEOGA quedaron fijados en 45 021,8 millones de euros, de los cuales 40 426,8 millones correspondían a la subrúbrica 1a y 4 595,0 millones a la subrúbrica 1b. 1.4. Nota rectificativa A finales de octubre de 2001, la Comisión adoptó la nota rectificativa nº 2/2002 del APP. En ella se tenían en cuenta la evolución de la coyuntura de los mercados agrarios, la evolución del mercado de vacuno y de la campaña de erradicación de la EEB y de la fiebre aftosa, y la normativa agraria más reciente. Con estas consideraciones, las necesidades se cifraban en 44 250,8 millones de euros, lo que significaba una reducción de 1 971 millones de euros con respecto a las necesidades del anteproyecto de presupuesto, y se repartían en 39 655,8 millones para la subrúbrica 1a (inferior al límite) y en 4 595,0 millones para la subrúbrica 1b (igual que el límite máximo). 1.5. Aprobación del presupuesto de 2002 El procedimiento de concertación entre las tres instituciones concluyó con la aprobación del siguiente presupuesto para 2002: - En la subrúbrica 1a, se decidió un incremento de 4,5 millones de euros en relación con las necesidades cifradas en la nota rectificativa nº 2/2002 de los que 2,5 millones se destinaban a una ayuda específica al sector apícola y otros 2 millones a medidas informativas sobre la PAC. Los créditos ascendían a 39 660,08 millones de euros, es decir, 2 331,9 millones menos que el sublímite fijado en Berlín. - En la subrúbrica 1b, se concedieron los 4 595,0 millones en créditos solicitados por la Comisión, importe que es igual al límite. Además, se asignaron 250 millones de euros a la reserva monetaria, que sólo puede utilizarse si la paridad euro-dólar varía según lo indicado en el apartado 1 del artículo 9 del Reglamento (CE) n° 2040/2000 del Consejo, relativo a la disciplina presupuestaria. 2. TESORERÍA Y GESTIÓN DE CRÉDITOS A. gestión de créditos 2.1. Créditos disponibles en el ejercicio de 2002 Los créditos de los que se disponía finalmente en el ejercicio ascendían a 44 255,08 millones de euros (excluida la reserva monetaria de 250 millones de euros). La autoridad presupuestaria aprobó una transferencia no automática de 2001 a 2002 de 99 millones de euros (véase el punto 2.2.3). 2.2. Utilización de los créditos disponibles en el ejercicio de 2002 2.2.1. Operaciones presupuestarias En el siguiente cuadro se recogen las operaciones presupuestarias efectuadas en el ejercicio de 2002: en euros 1. Créditos disponibles - créditos normales (CN) - créditos prorrogables no automáticamente (CPNA) 2. Compromisos - para gastos de los Estados miembros con cargo a los CN - para gastos de los Estados miembros con cargo a los CPNA - para pagos directos Total compromisos 3. Imputaciones - por gastos de los Estados miembros con cargo a los CN - por gastos de los Estados miembros con cargo a los CPNA - por pagos directos Total imputaciones 4. Créditos prorrogables automáticamente - para gastos de los Estados miembros con cargo a los CN - para gastos de los Estados miembros con cargo a los CPNA - para pagos directos Total prorrogable automáticamente 5. Créditos prorrogables no automáticamente 6. Créditos anulados (= 1 - 2 - 5) // 44 255 080 000,00 99 000 000,00 42 858 918 892,28 99 000 000,00 259 039 299,12 43 216 958 191,40 42 858 918 892,28 99 000 000 27 863 255,39 42 985 782 147,67 0,00 0,00 231 176 043,73 231 176 043,73 83 892 329,00 1 053 229 479,60 2.2.2. Créditos prorrogables automáticamente Los créditos prorrogables automáticamente representan la diferencia entre los compromisos y las imputaciones. En el ejercicio de 2002, se elevaron a 231,176 millones de euros, que corresponden a las sumas comprometidas por la Comisión para gastos que liquida ella directamente y cuyo pago aún no había tenido lugar al final del ejercicio. 2.2.3. Créditos prorrogables no automáticamente De conformidad con los artículos 9 y 149 del Reglamento financiero (Reglamento (CE) nº 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002), la Comisión aprobó una prórroga no automática de créditos del ejercicio de 2002 al ejercicio de 2003 por un total de 83,89 millones de euros. Se trata, concretamente, de: - 34,576 millones de euros para la partida B1-332 «Fondo de emergencia veterinaria y para otras contaminaciones animales que constituyan un peligro par la salud pública»; - 4,571 millones de euros para la partida B1-400 «Inversiones en las explotaciones agrícolas»; - 32,256 millones de euros para la partida B1-4050 «Medidas agroambientales (nuevo régimen)»; - 6,49 millones de euros para la partida B1-4080 «Fomento de la adaptación y el desarrollo de las zonas rurales: principales medidas relativas al sector agrícola»; - 5,999 millones de euros para la partida B1-4081 «Fomento de la adaptación y el desarrollo de las zonas rurales: otras medidas». 2.3. Créditos prorrogados automáticamente del ejercicio de 2001 al de 2002 El cuadro siguiente recoge la utilización global que se hizo en el ejercicio de 2002 de esos créditos prorrogados: en euros 1. Compromisos prorrogados - para gastos de los Estados miembros - para pagos directos Total compromisos 2. Liberación de créditos prorrogados - para gastos de los Estados miembros - para pagos directos Total créditos liberados 3. Pagos - por gastos de los Estados miembros - por pagos directos Total imputaciones 4. Créditos anulados (= 1 + 2 - 3) - para gastos de los Estados miembros - para pagos directos Total créditos prorrogados anulados // - 585 917 004,50 585 917 004,50 - (3 095 719,78) (3 095 719,78) - 534 771 970,15 534 771 970,15 - 48 049 314,57 48 049 314,57 2.4. Créditos prorrogados no automáticamente del ejercicio de 2001 De conformidad con el apartado 3 del artículo 7 del Reglamento financiero de 21 de diciembre de 1977, la Comisión solicitó a la autoridad presupuestaria una prórroga no automática de 99 millones de euros del ejercicio de 2001 al de 2002. Se trataba de 82 millones para la partida B1-4050 «Medidas agroambientales (nuevo régimen)» y de 17 millones para la partida B1-4070 «Silvicultura (nuevo régimen, artículo 31)». Estos créditos se comprometieron en su totalidad en 2002. 2.5. Transferencias de créditos dentro de la Sección de Garantía del FEOGA En 2002, la Autoridad presupuestaria aprobó una transferencia (n° 56/02) entre capítulos: - de los capítulos B1-12 «Aceite de oliva» (-25,0 millones de euros), B1-14 «Plantas textiles y gusanos de seda» (-120,0 millones), B1-15 «Frutas y hortalizas» (-80,0 millones), B1-21 «Carne de vacuno» (-960,0 millones), B1-22 «Carnes de ovino y de caprino» (-100,0 millones), B1-23 «Carne de porcino, huevos, aves de corral y otras medidas en favor de los productos animales» (-35,0 millones), B1-31 «Programas alimentarios» (-42,0 millones), B1-39 «Otras medidas» (-100,0 millones); - a los capítulos B1-10 «Cultivos herbáceos» (+ 700,0 millones), B1-13 «Forrajes desecados y leguminosas de grano» (+ 7,0 millones), B1-18 «Otros sectores o productos vegetales» (+ 5,0 millones), B1-20 «Leche y productos lácteos» (+ 472,0 millones), B1-37 «Liquidación de los ejercicios anteriores y reducción o suspensión de los anticipos correspondientes a los capítulos B1-10 a B1-39» (+ 278,0 millones). 2.6. Transferencias desde o hacia la reserva monetaria La paridad media del dólar registrada a lo largo del ejercicio fue inferior a la manejada en las hipótesis del presupuesto de 2002, lo que determinó unos gastos suplementarios para la Sección de Garantía del FEOGA que se estiman en 33 millones de euros para el ejercicio de 2002. Dado que esos gastos suplementarios fueron inferiores a la franquicia de 100 millones de euros que contempla el apartado 2 del artículo 11 del Reglamento (CE) nº 2040/2000, no se efectuó ninguna transferencia desde la reserva monetaria. Con todo, los gastos adicionales pudieron financiarse con los créditos consignados para 2002 en los títulos 1 a 3 de la Sección de Garantía del FEOGA. B. Régimen de anticipos y pagos directos 2.7. Anticipos a los Estados miembros 2.7.1. Sistema de anticipos mensuales a cuenta El Reglamento (CE) nº 1258/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre la financiación de la política agrícola común [1], dispone en su artículo 7 que la Comisión debe decidir «los anticipos mensuales que deban concederse a cuenta de los gastos realmente efectuados por los organismos pagadores autorizados». Estos anticipos se abonan a los Estados miembros al comienzo del segundo mes siguiente a aquél en que los organismos pagadores hayan efectuado los pagos. [1] DO L 160 de 26.6.1999, p. 103. No se trata de anticipos en el sentido estricto sino, más bien, de reembolsos de gastos ya efectuados por los Estados miembros. El término «anticipo» destaca el carácter provisional de estos pagos: el importe de ellos se calcula basándose en las declaraciones mensuales de gastos enviadas por los Estados miembros; la asunción definitiva de estos gastos tiene lugar tras las comprobaciones in situ que se realizan en los ejercicios siguientes (véase el Título 4: Liquidación de cuentas). En el ejercicio examinado, el régimen de anticipos se aplicó a los pagos efectuados por los Estados miembros entre el 16.10.2001 y el 15.10.2002. Se trata de más del 99 % de los gastos financiados por la Sección de Garantía del FEOGA. Para el resto, que corresponde a un número limitado de medidas, la Comisión efectúa directamente los pagos. 2.7.2. Decisiones de anticipos con cargo al ejercicio de 2002 La Comisión adoptó doce decisiones de anticipos mensuales con cargo al ejercicio de 2002 (véase el anexo 4 de los anexos del Informe Financiero). En diciembre de 2002, se aprobó un anticipo complementario para ajustar los anticipos concedidos al total de gastos imputables al ejercicio. 2.7.3. Reducción y suspensión de anticipos En 2002, se efectuó una corrección por un importe de -53,1 millones de euros en el marco de los anticipos pagados a los Estados miembros. En los apartados siguientes se recogen las diferentes categorías de correcciones. a. Reducción de anticipos por inobservancia de los plazos de pago En aplicación del artículo 14 del Reglamento (CE) nº 2040/2000 del Consejo, relativo a la disciplina presupuestaria [2], los servicios del FEOGA comprobaron que algunos Estados miembros no siempre respetaban los plazos fijados por la normativa comunitaria para el pago de las ayudas a los beneficiarios. [2] DO L 244 de 26.9.2000, p. 27. Esos plazos se establecieron con dos finalidades: por una parte, garantizar la igualdad de trato de los beneficiarios de todos los Estados miembros y, por otra, evitar que, por causa del retraso en los pagos, las ayudas no tuvieran el efecto económico esperado. Además, no existiría disciplina presupuestaria si se admitiera una libertad de pago basada en las conveniencias administrativas de cada uno de los servicios pagadores. Debido al rebasamiento de los plazos, la Comisión aprobó reducciones de los anticipos mensuales en tres casos por un importe total de 52,34 millones de euros. b. Reducción de anticipos por no haberse percibido la tasa suplementaria de la leche en la campaña de 2001/02 Al examinarse los gastos declarados con cargo al ejercicio de 2002, se observó que dos Estados miembros no habían cobrado la totalidad de la tasa suplementaria de la campaña de 2001/02, infringiendo así lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 5 del Reglamento (CE) n° 536/93. En aplicación del artículo 14 del Reglamento (CE) nº 2040/2000 del Consejo, la Comisión decidió reducir en 733 000 euros los anticipos de esos Estados c. Correcciones del almacenamiento público La introducción en 2002 de la nueva aplicación e-FAUDIT ha mejorado considerablemente el cálculo, la declaración y la comprobación de los gastos de almacenamiento público de los Estados miembros. Por consiguiente, en 2002, no fue necesario efectuar ninguna corrección en este régimen. 2.8. Pagos directos La Comisión abona directamente a los agentes económicos algunos pagos. Se trata de los correspondientes a medidas veterinarias y fitosanitarias (capítulo 33) y a medidas que no responden al concepto de medidas tradicionales de mercado pero que tienen por objeto ampliar las posibilidades de comercialización de productos (especialmente en el sector del aceite de oliva y del lino textil) y financiar medidas de lucha contra el fraude, de fomento de la calidad o de investigación en el sector del tabaco. En el anexo 5 se detallan estos pagos directos. 3. EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO A. Introducción 3.1. Ejecución del presupuesto La ejecución de los créditos de la Sección de Garantía del FEOGA en el ejercicio presupuestario de 2002 ascendió a 43 216,8 millones de euros,, es decir, el 97,4 % de los créditos consignados en la subsección B1 del presupuesto. En el cuadro 6 del anexo se desglosa la utilización de esos créditos capítulo por capítulo. Los créditos de la subrúbrica 1a suponían 39 660,1 millones de euros, de los que se ejecutaron 38 867,4 millones, es decir el 98,0 %. Mientras que en el apartado de los productos vegetales los gastos rebasaron las previsiones, en los de los productos animales y de los gastos complementarios, los gastos fueron inferiores a lo presupuestado. En la subrúbrica 1b, cuyos créditos ascendían a 4 694,0 millones de euros, se ejecutaron 4 349,4 millones, es decir el 92,70 %. 3.2. Efecto de la evolución de los tipos de cambio euro-dólar Los créditos presupuestarios de una parte importante de las restituciones por exportación de productos agrícolas (sobre todo, cereales, arroz y azúcar) y de algunas ayudas internas (como la ayuda para la producción de almidón, la ayuda para la utilización de azúcar por parte del sector químico y la ayuda al algodón) se establecen en función de la diferencia entre los precios comunitarios, expresados en euros, y los precios de los mercados mundiales, expresados generalmente en dólares. Cuando se elaboró el anteproyecto de presupuesto, en abril de 2001, la paridad considerada inicialmente para las estimaciones presupuestarias de 2002 fue de 1 EUR = 0,92 $ (paridad media de enero, febrero y marzo de 2001), de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 8 del Reglamento (CE) nº 2040/2000. Posteriormente (finales de octubre de 2001), la Comisión aprobó una nota rectificativa referente a los gastos agrícolas en la que la paridad pasaba a ser de 1 EUR = 0,89 $ (media de julio, agosto y septiembre de 2001). La paridad 1 EUR = 0,89 $ pasó a ser la paridad presupuestaria definitiva utilizada para establecer las estimaciones presupuestarias de 2002. En los nueve primeros meses del período de referencia para calcular los efectos del dólar (agosto de 2001 a abril de 2002), los tipos medios mensuales no registraron variaciones de más del 2,5 % con relación a la paridad definitiva utilizada en las estimaciones presupuestarias de 2002. Sin embargo, después de abril, el dólar se depreció considerablemente y el tipo de julio de 2002 alcanzó una media de 1 EUR = 0,99 $, con lo que rebasó en un 11 % la paridad presupuestaria. Se estima que la disminución del dólar con respecto a la paridad presupuestaria acarreó en el ejercicio de 2002 unos gastos adicionales para la Sección de Garantía del FEOGA de 33 millones de euros. Dado que estos gastos adicionales son inferiores a la franquicia de 100 millones de euros establecida en el apartado 2 del artículo 11 del Reglamento (CE) nº 2040/2000, no puede efectuarse ninguna transferencia desde la reserva monetaria. No obstante, los gastos adicionales pueden financiarse con los créditos consignados para 2002 en los Títulos 1 a 3 de la Sección de Garantía del FEOGA. 3.3. Dobles tipos Los dobles tipos dieron lugar a gastos netamente inferiores a los de años interiores. La supresión de los tipos verdes supuso eliminar los efectos del doble tipo en los países que participan en el euro. En los Estados miembros que no participan en el euro, se estima que el doble tipo supuso un ahorro de unos 30 millones de euros en el ejercicio de 2002. 3.4. Decisiones agromonetarias Dado que el Reglamento (CE) n° 2799/98 del Consejo únicamente prevé compensaciones para las reevaluaciones de las monedas que no participan en el euro habidas antes del 1 de enero de 2002, en 2002 no se establecieron nueva ayudas agromonetarias. El régimen agromonetario venció. Los pagos efectuados en virtud del régimen agromonetario (Capítulo 39) corresponden a ayudas fijadas anteriormente. B. Análisis de la ejecución presupuestaria capítulo por capítulo 3.5. Introducción En el ejercicio de 2002, se aplicaron a los distintos productos de la PAC las medidas de la reforma agrícola de la Agenda 2000. Los gastos correspondientes a los grandes cultivos constituyen una parte importante de los gastos totales de la Sección de Garantía del FEOGA. Desde la reforma de 1992, las ayudas directas a los productores ocupan el primero lugar en los gastos del sector. Se observa que los gastos presupuestarios, tras un período inicial de incremento, iniciado en 1994 con la introducción progresiva de la reforma, llegaron a una situación de relativa estabilidad entre 1997 y 1999. Desde entonces, los cultivos herbáceos han pasado por una nueva etapa del proceso de reforma con la adopción del apartado agrícola de la Agenda 2000. Como resultado de las decisiones adoptados en el marco de la citada Agenda 2000, los precios de intervención de los cereales han sufrido un fuerte retroceso con el fin de aproximarlos a los precios mundiales. La pérdida de renta que supone esta medida para los productores se compensa con el pago de una ayuda por hectárea. Las semillas oleaginosas, las proteaginosas y las semillas de lino no textil y, desde 2001, el lino textil y el cáñamo también forman parte de ese sistema de ayudas directas, aunque durante un período transitorio se les aplica un tipo de ayuda diferenciado según el tipo de producto. La ayuda reviste cuatro formas: - una ayuda a los pequeños productores, que se paga sin obligación de retirar tierras de la producción, - una ayuda a los productores profesionales, que sí están sujetos a esa obligación, - una ayuda suplementaria a los productores de trigo duro, y - una ayuda por la retirada de tierras (obligatoria o voluntaria). En la campaña de 2001/02, la reforma de la Agenda 2000 en el sector de los grandes cultivos puede resumirse así: - cereales: el precio de intervención disminuyó progresivamente (101,31 euros/toneladas en la campaña de 2001/02), paralelamente al aumento progresivo de las ayudas directas por hectárea; - semillas oleaginosas: el importe de base de la ayuda directa por hectárea se acercó progresivamente al de los cereales y al de la retirada de tierras de la producción; - trigo duro: no se modificó el suplemento a tanto alzado de la ayuda por hectárea; - proteaginosas: se redujo el pago por tonelada de rendimiento; - regiones donde no se cultiva maíz: las tierras de hierba de ensilaje también tuvieron derecho a la ayuda por hectárea; - fécula de patata: se redujo el precio mínimo por tonelada; - Finlandia y algunas zona de Suecia: se abonó una prima suplementaria, a tanto alzado, por producción de oleaginosas y cereales; - lino y cáñamo: los pagos por superficie se igualaron a los del lino oleaginoso; - retirada obligatoria de tierras: se fijó en un porcentaje del 10 %, con lo que la cosecha de cereales fue de unos 198 millones de toneladas. El sector de la leche y los productos lácteos ocupa el tercer lugar en los gastos de la Sección de Garantía del FEOGA y es uno de los que el Consejo de Berlín (marzo de 1999) incluyó en sus decisiones de reforma. Esta reforma consiste principalmente en una reducción del 15 % de los precios de intervención a lo largo de tres campañas (la primera de las cuales será la de 2005/06), compensada mediante el pago de una ayuda compensatoria directa a los productores a partir de 2005. Esta reforma no afectó al ejercicio presupuestario de 2002. En 2002, los gastos consagrados a la carne de vacuno representaron el 16,4 % de los gastos de la Sección de Garantía del FEOGA, lo que sitúa a este sector como el segundo más importante desde el punto de vista presupuestario. En este sector, la reforma de la Agenda 2000 introdujo y aumentó algunas ayudas directas, como compensación por la reducción de los precios institucionales. En los siguientes apartados, se analizan los gastos reales de la Sección de Garantía del FEOGA y se comparan con los créditos del ejercicio de 2002. 3.6. TÍTULO B1-1 - Productos vegetales Introducción Mientras que los créditos consignados para este capítulo ascendían a 27 349,0 millones de euros, los pagos supusieron aproximadamente 27 686,3 millones, lo que representa un porcentaje de ejecución del 101,2 %. Este rebasamiento de los créditos obedeció fundamentalmente a los pagos a los cultivos herbáceos (capítulo B1-10 del presupuesto), puesto que en otros capítulos los gastos fueron inferiores a los créditos presupuestados (véase el cuadro 6). CAPÍTULO B1-10 - CULTIVOS HERBÁCEOS millones de euros >SITIO PARA UN CUADRO> Balance general del sector En la campaña de 2001/02, la producción total de cereales fue de 198 millones de toneladas, aproximadamente, frente a los 213 millones que se produjeron en la campaña anterior. Se estima que, en el ejercicio presupuestario de 2002, el consumo interior de cereales fue de unos 189 millones de toneladas, lo que supuso un aumento de 3 millones de toneladas con respecto al año anterior. Las exportaciones, en cambio, cayeron con respecto al ejercicio anterior, pues pasaron de 28,6 millones de toneladas a aproximadamente 17,5 millones, al tiempo que se producía una aumento de las existencias públicas, que se situaban en unos 7,9 millones de toneladas. Intervenciones En el ejercicio presupuestario de 2002, se produjo un aumento global de las existencias de intervención, que acabaron siendo de 7,9 millones de toneladas al final del año cuando al comienzo se situaban en 6,7 millones, aunque bajo estas cifras se ocultan grandes diferencias en las existencias de cada tipo de cereal. Así, mientras las de trigo siguieron reduciéndose hasta situarse a finales del año en alrededor de 430 000 toneladas, cuando a principios de año eran de 660 000 toneladas, las de cebada aumentaron en el mismo período de 2,2 millones de toneladas a 2,4 millones y las de centeno, de 3,8 millones de toneladas a 5 millones, siguiendo la tendencia de los años anteriores. Las existencias de maíz y sorgo fueron insignificantes. Se compraron unas 4,4 millones de toneladas en régimen de intervención y se vendieron 2,7 millones, cuando las estimaciones presupuestarias eran de 8,0 millones y 6,4 millones de toneladas, respectivamente. Como consecuencia de ello, los gastos técnicos de almacenamiento de cereales se situaron 64,0 millones de euros por debajo de los consignados en el presupuesto de 2002. Mercados internacionales La evolución de los mercados agrarios internacionales en el 2002 puede calificarse como heterogénea: aunque los precios internacionales de la mayoría de los cereales registraron una notable recuperación al comienzo de la campaña, hacia finales del año volvieron a descender ya que, aprovechando la contracción de los suministros de los exportadores tradicionales, varios países que no eran exportadores tradicionales exportadores y que obtuvieron buenas cosechas lograron colocar sus excedentes de producción en los mercados de exportación. Las exportaciones de cereales de la UE sufrieron una drástica caída en 2002: las de trigo blanco sólo representaron unos 8 millones de toneladas (el presupuesto preveía 15 millones), las de cebada, 6 millones de toneladas (el presupuesto preveía 8,5 millones) y las de los demás cereales, 2,5 millones (el presupuesto preveía 2,6 millones). Esta caída se debió principalmente a la fuerte competencia de las exportaciones de terceros países y, en especial, de las repúblicas de la antigua Unión Soviética. El fenómeno fue tan acentuado que no sólo se produjo una caída de las exportaciones sino que el volumen de las importaciones comunitarias de cereales casi se duplicó con relación al mismo período de 2001. El descenso de las exportaciones de la UE por efecto de esa competencia se vio acentuado por la subida de la cotización del euro frente al dólar estadounidense. Tras los niveles históricamente bajos registrados en 2001 con relación al dólar, el euro fue fortaleciéndose lentamente a lo largo de 2002 y la paridad media del año fue de 1 EUR = 0,91 $, cuando la paridad considerada al elaborar el presupuesto de 2002 había sido de 1 EUR = 0,89 $. Aunque en el presupuesto de 2002 no se preveían restituciones por exportación de trigo blando, se introdujeron al final del ejercicio presupuestario, si bien en niveles bajos. Al mismo tiempo, se aumentaron de 19,3 euros/tonelada a 26,7 euros/tonelada la restitución por exportación de cebada fijada en el presupuesto y de 26,0 euros/tonelada a 34,7 euros/tonelada la de exportación de avena. Como consecuencia de todo ello, los gastos en concepto de restituciones por exportación sobrepasaron en 19 millones de euros los créditos previstos en el presupuesto de 2002. Cultivos herbáceos y condiciones climáticas En lo que respecta a la situación climática, la campaña agrícola de 2002 tuvo un buen comienzo, favorecido por el hecho de que las labores de preparación del campo del otoño de 2001 y la siembra de los cereales de invierno se efectuaran en condiciones casi óptimas, por lo general mucho más favorables que las del año anterior. Aunque los meses de diciembre de 2001 y enero de 2002 registraron en toda Europa algunas semanas con temperaturas más frías de las normales, haciendo temer la aparición de los daños propios de las heladas, las condiciones durante la estación invernal fueron en general buenas, con temperaturas más altas que las medias y una situación global favorable para los preparativos de la siembra de primavera. Llegada la primavera, las condiciones climáticas fueron en su conjunto satisfactorias para el crecimiento de los cultivos y las labores del campo. La Península Ibérica, el sur de Italia (salvo el Mezzogiorno, Sicilia y Cerdeña) y Grecia registraron unos buenos índices de pluviometría, que permitieron un reaprovisionamiento parcial de las reservas de agua e hicieron augurar una buena producción de trigo duro. Las altas temperaturas de finales de abril y mayo, superiores a las habituales en esa estación del año, potenciaron el desarrollo vegetativo de los cultivos, especialmente en los países de Europa Central y Septentrional. En las regiones mediterráneas, la ola de calor registrada en junio estimuló fuertemente el crecimiento de los cultivos de verano pero dio lugar a una fuerte sequía en el sur de Italia. La situación general empeoró en julio y agosto con las torrenciales lluvias caídas en buena parte de los Estados miembros de Europa Central, particularmente Alemania y Austria. La saturación de los suelos y las inundaciones resultantes de esa abundante pluviometría dificultaron las operaciones de cosecha de los cereales de paja, causaron daños en numerosas zonas y provocaron la pérdida de no pocas cosechas y tierras de pasto. Para aliviar la situación de los agricultores de esas zonas, a finales de agosto la Comisión decidió autorizar, mediante los Reglamentos (CE) nº 1519/2002 y (CE) nº 1535/2002, el pago anticipado del 50 % de las ayudas por superficie y por retirada de tierras de cultivos herbáceos (en la campaña de comercialización de 2002/03) en algunas regiones de Alemania e Italia con cargo al ejercicio presupuestario de 2002 en lugar de pagarlas íntegramente en el ejercicio de 2003. Este gasto, no previsto en el presupuesto de 2002, representó aproximadamente 847 millones de euros. Como consecuencia de ello, los pagos en concepto de ayudas por superficie y por retirada de tierras ascendieron a 18 040 millones de euros, lo que supuso un rebasamiento de 769 millones con respecto a los créditos previstos. Intervenciones en forma distinta del almacenamiento de cereales Las cantidades por las que se abonaron pagos compensatorios, primas por fécula de patata, restituciones por producción de almidón y fécula y la ayuda a los productores portugueses de cereales fueron inferiores a las consideradas en el presupuesto de 2002. Debido a ello, los gastos de estas intervenciones fueron inferiores en unos 51 millones de euros a los créditos presupuestados. En conjunto, los gastos de este capítulo rebasaron los créditos en unos 674 millones de euros. CAPÍTULO B1-11 - AZÚCAR millones de euros >SITIO PARA UN CUADRO> Las cantidades de azúcar exportadas con restituciones por exportación, aproximadamente 2,5 millones de toneladas, fueron ligeramente inferiores a las consideradas en el presupuesto de 2002 para la campaña de 2001/02, que eran de 2,7 millones de toneladas. Debido a ello, se gastaron por este concepto 22 millones de euros menos de lo presupuestado. Por el contrario, las cantidades de azúcar utilizadas por la industria química por las que se pagaron restituciones en la campaña de comercialización de 2001/02 (360 000 toneladas, aproximadamente), superaron las consideradas en el presupuesto de 2002 (330 000 toneladas). Como consecuencia de ello, se rebasaron en 18 millones de euros los créditos presupuestados por ese concepto. Contabilizando la ejecución presupuestaria de todas las medidas del capítulo del azúcar, se obtiene una infrautilización general de los créditos de este capítulo de unos 5 millones de euros. CAPÍTULO B1-12 - ACEITE DE OLIVA millones de euros >SITIO PARA UN CUADRO> En relación con las ayudas a la producción de aceite de oliva, los Estados miembros pagaron aproximadamente 56 millones de euros de remanentes de campañas anteriores que no se habían previsto en el presupuesto de 2002. En cambio, no abonaron la totalidad de las ayudas correspondientes a la campaña de 2000/01, con lo que se gastaron unos 89 millones de euros menos de lo previsto por este concepto. Debido a ello, los pagos de las ayudas a la producción de aceite de oliva representaron 34 millones de euros menos que los créditos previstos en el presupuesto de 2002. Contabilizando la ejecución presupuestaria de todas las medidas de este capítulo, se obtiene una infrautilización general de créditos de unos 37 millones de euros. CAPÍTULO B1-13 - FORRAJES DESECADOS Y LEGUMINOSAS DE GRANO millones de euros >SITIO PARA UN CUADRO> Con objeto de limitar el gasto presupuestario, las ayudas a la producción de forrajes desecados están sujetas a un sistema de estabilizadores. Las cantidades con derecho a ayuda están sujetas a una cantidad máxima garantizada de 4,412 millones de toneladas, sumando los forrajes secados con calor y los secados al sol. Si se supera la cantidad máxima garantizada, las ayudas se reducen proporcionalmente. En la elaboración del presupuesto de 2002 se partió de la hipótesis de que en la campaña de 2001/02 se producirían 4,7 millones de toneladas, lo que acarrearía una reducción del 6,2 % de las ayudas. Sin embargo, la producción real fue de 4,421 millones de toneladas, con lo que la reducción de las ayudas sólo fue del 0,3 %. Así pues, el porcentaje de ayuda abonado por las cantidades producidas en esa campaña fue más elevado que el considerado en el presupuesto de 2002, lo que hizo que los gastos totales de esta medida superasen en 4 millones de euros los créditos presupuestados. Contabilizando la ejecución presupuestaria de todas las medidas de este capítulo, se obtiene un rebasamiento general de créditos de alrededor de 3 millones de euros. CAPÍTULO B1-14 - PLANTAS TEXTILES Y GUSANOS DE SEDA millones de euros >SITIO PARA UN CUADRO> Con objeto de contener el crecimiento de la producción y los gastos que se derivarían de él, las ayudas al algodón están sujetas a un sistema de estabilizadores. Si se supera la cantidad máxima garantizada de 1 031 000 toneladas (782 000 toneladas para Grecia y 249 000 para España), se reduce la ayuda en el país donde se haya producido la superación. La producción total de la campaña de 2001/02, alrededor de 1,6 millones de toneladas, fue superior a la prevista en el presupuesto de 2002 (1,4 millones). En España, la producción real (340 000 toneladas) superó ligeramente la considerada al elaborar el presupuesto de 2002 (310 000 toneladas). En el caso de Grecia, la producción real (aproximadamente 1,25 millones de toneladas) se situó muy por encima de los 1,09 millones de toneladas tomados como referencia en el presupuesto de 2002. En virtud del sistema de estabilizadores, estos niveles elevados de producción dieron lugar a reducciones de la ayuda gracias a las cuales no se produjeron gastos adicionales, a pesar de haberse rebasado la cantidad máxima garantizada. Para determinar el nivel de la ayuda al algodón se tiene también en cuenta la diferencia entre el precio de orientación (1 063 euros/tonelada) y el precio real en el mercado mundial (alrededor de 185 euros/tonelada), que fue inferior al considerado cuando se elaboró el presupuesto de 2002 (alrededor de 204 euros/tonelada). Atendiendo a estos factores, se fijó un porcentaje de ayuda para Grecia inferior al considerado en el presupuesto de 2002 y, como consecuencia de ello, los gastos habidos en el sector del algodón griego fueron menores que los créditos previstos. Así, los desembolsos en concepto de ayudas al algodón supusieron 804 millones de euros, lo que significó una infrautilización de 130 millones con respecto a lo previsto. Contabilizando la ejecución presupuestaria de todas las medidas de este capítulo, se obtiene una infrautilización general de créditos de alrededor de 140 millones de euros. CAPÍTULO B1-15 - FRUTAS Y HORTALIZAS millones de euros >SITIO PARA UN CUADRO> Frutas y hortalizas frescas Según las primeras estimaciones, en 2002 la producción frutícola aumentó ínfimamente con respecto a 2001 (+ 0,6 %) y la de hortalizas fue prácticamente igual a la de la campaña anterior. Las hortalizas registraron un alza de los precios del 8,5 % y las frutas, del 7 %. Debido a esta favorable coyuntura del mercado, las retiradas de frutas y hortalizas fueron escasas comparadas con las cantidades que se habían barajado al elaborar el presupuesto de 2002. Los pagos en concepto de compensación financiera de las cantidades de frutas y hortalizas retiradas del mercado (61 millones de euros) fueron pues inferiores a los créditos presupuestados (-82 millones de euros). En el caso de los plátanos, el volumen producido en 2001 se situó alrededor de un 5 % por debajo del considerado al elaborar el presupuesto de 2002. Del mismo modo, la producción de 2002 fue inferior a la utilizada para elaborar el presupuesto de 2002 (probablemente un 7 % menos). Debido a ello, los precios de mercado fueron elevados y la ayuda de 2001 resultó inferior al porcentaje previsto en el presupuesto de 2002 (-21 %). Como consecuencia de ello, los desembolsos en concepto de ayudas al plátano supusieron 212 millones de euros, lo que significó una infrautilización de 90 millones de euros con respecto a los créditos presupuestados. En el caso de los frutos de cáscara, se conceden ayudas para la realización de planes de mejora de la calidad de los productos. El Consejo, en vista de la adopción de nuevas normas para este sector, decidió prorrogar un año los planes que vencían. De resultas de ello, los desembolsos en concepto de ayuda a los frutos de cáscara supusieron 97 millones de euros, es decir, 52 millones más que los créditos presupuestados para esta partida. Frutas y hortalizas transformadas Las superficies por las que se abonaron ayudas a las pasas fueron inferiores a las consideradas en el presupuesto de 2002. Debido a ello, los desembolsos en concepto de ayuda a las pasas supusieron 113 millones de euros, es decir, 14 millones menos que los créditos presupuestados. En la campaña de 2001/02, se pagaron ayudas para la transformación de cítricos por cantidades de naranjas y clementinas superiores a las tomadas como base de cálculo en el presupuesto de 2002. Además, se pagó un total de 63 millones de euros de saldos de la ayuda a la transformación de campañas anteriores, cuando el presupuesto sólo preveía 50 millones por este concepto. De resultas de ello, los desembolsos en concepto de ayuda para la transformación de cítricos supusieron 265 millones de euros, es decir, 34 millones más que los créditos presupuestados para esta partida. Contabilizando la ejecución presupuestaria de todas las medidas de este capítulo, se obtiene una infrautilización general de créditos de unos 99 millones de euros. CAPÍTULO B1-16 - PRODUCTOS DEL SECTOR VITIVINÍCOLA millones de euros >SITIO PARA UN CUADRO> Balance general del sector La producción total de vino, que en la campaña de 2000/01 había sido de 176 millones de hectolitros, fue de unos 158 millones de hectolitros en la de 2001/02. En el ejercicio presupuestario de 2002, el consumo interior de vino se situó aproximadamente en 125 millones de hectolitros cuando en el presupuesto de 2002 se partía de una cifra de 127 millones. Las exportaciones representaron 11,6 millones de hectolitros, es decir, una cantidad muy cercana a los 12 millones de hectolitros considerados en el presupuesto. Para usos industriales, destilaciones y otros usos se utilizaron 35 millones de hectolitros, frente a los 37,7 millones previstos en el presupuesto. Las existencias públicas de alcohol, 3,6 millones de hectolitros, superaron con mucho las previstas en el presupuesto, que eran de 2,2 millones de hectolitros. Destilaciones La reducción de la producción de vino hizo que las destilaciones de alcohol de beber se quedaran en 12 millones de hectolitros y no alcanzaran, pues, los 13 millones previstos en el presupuesto de 2002. La cantidad sujeta a la destilación de crisis, 8 millones de hectolitros, correspondió a la cantidad considerada en el presupuesto de 2002. Sin embargo, diversos retrasos en la realización de las destilaciones de crisis, sobre todo en Francia, hicieron que se gastasen 16 millones de euros menos de lo presupuestado para esta medida, con el consiguiente desplazamiento de gastos del presupuesto de 2002 al de 2003. Por el contrario, los gastos correspondientes a la destilación obligatoria de subproductos de la vinificación fueron un tanto más elevado debido a que se abonaron pagos por valor de unos 7 millones de euros de la campaña de 2000/01 que no estaban previstos en el presupuesto de 2002. Asimismo, como la cantidad de vino y mosto de uva objeto de almacenamiento privado (aproximadamente 15 millones de hectolitros) fue superior a la considerada inicialmente en el presupuesto (13,5 millones de hectolitros), los gastos de almacenamiento de intervención rebasaron los créditos en 5,5 millones de euros. En total, los gastos de intervención de productos del sector vitivinícola ascendieron a 489 millones de euros, es decir, 3,8 millones menos de lo presupuestado. Intervenciones Debido al escaso volumen de destilaciones, las cantidades de alcohol admitidas para almacenamiento público fueron menores de lo esperado. Si, al comienzo del ejercicio presupuestario de 2002, había unas existencias de alcohol de unos 2,2 millones de hectolitros, al final del ejercicio estas existencias eran aproximadamente de 3,6 millones de hectolitros. Las compras y las ventas (aproximadamente 2,1 millones y 400 000 hectolitros, respectivamente) fueron inferiores a las cantidades previstas en el presupuesto. Por último, en ayudas al almacenamiento privado de alcohol se gastaron 2,7 millones de euros menos de lo previsto debido a que las cantidades objeto de ese almacenamiento también fueron inferiores a las que figuraban en el presupuesto de 2002 (980 000 hectolitros en lugar de 1,04 millones). Debido a ello, los gastos de almacenamiento de alcohol supusieron 261 millones de euros, es decir, 23 millones menos que los créditos presupuestados. Utilización de mosto Las cantidades de mosto utilizadas fueron inferiores a las tomadas como base de cálculo en el presupuesto de 2002. Debido a ello, los gastos en concepto de ayudas a la utilización de mosto supusieron 141 millones de euros, lo que representa 12 millones menos que los créditos presupuestados. Contabilizando la ejecución presupuestaria de todas las medidas de este capítulo, se obtiene una infrautilización general de créditos de unos 43 millones de euros. CAPÍTULO B1-17 - TABACO millones de euros >SITIO PARA UN CUADRO> Con el fin de controlar la producción, la organización común de mercado del tabaco limita el importe de las primas mediante un doble sistema de cuotas, por variedades y por Estados miembros. En la cosecha de 2001, el tabaco crudo tenía fijada una cuota máxima de 344 000 toneladas. Los pagos de la prima por producción de tabaco de la cosecha de 2001 se tenían que efectuar en el ejercicio presupuestario de 2002 pero, al no haber abonado Grecia, Bélgica y Portugal todas las primas estimadas antes del final de ese ejercicio, se produjo una infrautilización de 18 millones de créditos en esa partida presupuestaria. El presupuesto de 2002 tenía una partida de 15 millones de euros para el Fondo comunitario de investigación e información; como los gastos por este concepto ascendieron aproximadamente a 12 millones de euros, hubo una infrautilización de créditos de 3 millones de euros. Contabilizando la ejecución presupuestaria de todas las medidas de este capítulo, se obtiene una infrautilización general de créditos de unos 20 millones de euros. CAPÍTULO B1-18 - OTROS SECTORES O PRODUCTOS VEGETALES millones de euros >SITIO PARA UN CUADRO> Semillas El volumen de gastos resultó inferior en unos 11 millones de euros a los créditos consignados en el presupuesto de 2002 porque Dinamarca y Francia no pagaron todas las ayudas estimadas antes de que finalizara el ejercicio presupuestario. Arroz Los gastos en concepto de restituciones por exportación de arroz fueron superiores a los créditos consignados en el presupuesto de 2002 debido a que algunos Estados miembros declararon erróneamente en este capítulo restituciones por operaciones de exportación de ayuda alimentaria que incluían arroz, en lugar de declararlas en el capítulo presupuestario 32. Contabilizando la ejecución presupuestaria de todas las medidas de este capítulo, se obtiene un rebasamiento general de créditos de unos 3 millones de euros. 3.7. TÍTULO B1-2 - Productos animales Introducción Los gastos de este título se elevaron aproximadamente a 10 118,7 millones de euros, lo que supone un porcentaje de ejecución del 93,2 % pues los créditos consignados en el presupuesto se cifraban en 10 859,6 millones de euros. Los principales capítulos del presupuesto en los que se produjo una infrautilización de créditos fueron el de la carne de vacuno y el de la carne de ovino y caprino (capítulos B1-21 y B1-22); en el lado opuesto figura el capítulo de la leche y los productos lácteos (capítulo B1-20), en el que los gastos fueron superiores a los créditos consignados (para más detalles véase el cuadro 6 anejo). CAPÍTULO B1-20 - LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS millones de euros >SITIO PARA UN CUADRO> Balance general del sector En 2002, la producción total de mantequilla fue, aproximadamente, de 1,93 millones de toneladas, cuando en la campaña anterior había sido de 1,86 millones. El consumo interior se situó alrededor de 1,72 millones de toneladas, es decir, el volumen previsto en el presupuesto de 2002, y unas 200 000 toneladas correspondieron a exportaciones, es decir, prácticamente el volumen considerado en el presupuesto. Las existencias públicas de mantequilla, 170 000 toneladas, superaron las cantidades previstas en el presupuesto, que eran de unas 30 000 toneladas. La producción total de leche desnatada en polvo fue, aproximadamente, de 1,04 millones de toneladas, cuando en la campaña anterior había sido de 950 000 toneladas. El consumo interior de este producto se situó alrededor de 860 000 toneladas, es decir el volumen previsto en el presupuesto, y se exportaron 90 000 toneladas, es decir, bastante menos que las 210 000 toneladas consideradas en el presupuesto. Las existencias públicas (150 000 toneladas) resultaron muy superiores a las 10 000 toneladas que se habían estimado en el presupuesto. En el transcurso de 2002, los mercados de productos lácteos, tanto el interior como el exterior, empeoraron significativamente en comparación con las hipótesis de partida en que se basó el presupuesto de 2002. En el caso de la mantequilla, siguiendo la drástica caída sufrida en la segunda mitad del 2001, los precios medios comunitarios siguieron siendo muy bajos durante todo el año, en unos niveles próximos al 90-92% del precio de intervención y, por lo tanto, bastante inferiores a los de los últimos años. En el de la leche desnatada en polvo, los precios medios comunitarios, que habían comenzado el año un poco por encima del precio de intervención, prosiguieron después la tendencia a la baja iniciada a finales de 2001 (debido al significativo aumento de la producción) y tocaron fondo hacia finales de mayo, momento en que se situaron en torno a un 2,4% por debajo del precio de intervención. Su recuperación no se inició hasta septiembre y, durante el resto del año, se mantuvieron en general por encima del precio de intervención gracias al aumento de la demanda exterior como resultado de la baja producción registrada en Australia por causa de la sequía. Mercado internacional Los precios internacionales de los productos lácteos registraron una disminución constante durante la mayor parte de 2002 y una limitada recuperación en los últimos meses del año. El aumento registrado, mayor para la leche en polvo que para la mantequilla y el queso, no impidió que los precios de todos los productos lácteos se mantuvieran bastante por debajo de los registrados doce meses antes. Debido a ello, fue necesario incrementar considerablemente las restituciones por exportación (con excepción de las correspondientes a los quesos) que habían servido de base para elaborar el presupuesto de 2002. Este incremento compensó el bajo volumen de exportaciones, en comparación con las hipótesis del presupuesto, motivado por la caída de las exportaciones de leche desnatada en polvo, queso y otros productos y por el estancamiento de las de mantequilla y butteroil. Como consecuencia de ello, los gastos en concepto de restituciones por exportación supusieron 1 160 millones de euros, es decir, 183 millones de euros más que los créditos consignados en el presupuesto. Intervenciones Las existencias de intervención de leche desnatada en polvo y mantequilla registraron importantes aumentos en 2002. Las de leche desnatada en polvo, que se habían agotado íntegramente en octubre del 2000 y se habían mantenido así al año siguiente, comenzaron a acumularse de nuevo en marzo del 2002, aumentando ya desde entonces de forma ininterrumpida hasta situarse a finales de septiembre ligeramente por debajo de 150 000 toneladas, lo que constituía un nivel de compras no previsto en el presupuesto de 2002. Como consecuencia de ello, los gastos en concepto de almacenamiento público de leche desnatada en polvo, medida para la que no se habían previsto créditos en el presupuesto de 2002, ascendieron a 86 millones de euros. También las compras de intervención de mantequilla aumentaron considerablemente durante el 2002 (+ 160 000 toneladas cuando en el presupuesto sólo se habían previsto 20 000 toneladas). Las ventas de intervención, en cambio, se ajustaron a lo previsto en el presupuesto, es decir, 30 000 toneladas, con lo que las existencias de intervención de mantequilla, que a comienzos del ejercicio presupuestario de 2002 eran de menos de 30 000 toneladas, se situaron en 170 000 toneladas a finales del mismo. Debido a esto, los gastos en concepto de almacenamiento público de mantequilla ascendieron a 300 millones de euros, es decir, 297 millones de euros más que los créditos consignados en el presupuesto. Se percibió la tasa suplementaria por un volumen aproximado de leche de 420 000 toneladas, superior al volumen previsto en el presupuesto de 2000, que era de 100 000 toneladas. A consecuencia de ello, se ingresaron por ese concepto 150 millones de euros en lugar de los 36 millones previstos en el presupuesto, lo que equivalía a una reducción de gastos de 114 millones de euros. Contabilizando la ejecución presupuestaria de todas las medidas de este capítulo, se obtiene un rebasamiento general de créditos de unos 448 millones de euros. CAPÍTULO B1-21 - CARNE DE VACUNO millones de euros >SITIO PARA UN CUADRO> Balance general del sector La campaña de 2002 se caracterizó principalmente por una notable recuperación del sector bovino tras las recientes crisis de la EEB y de la fiebre aftosa, con una mejora significativa del consumo de carne de vacuno y un aumento medio de los precios del sector de más de un 6%. La producción de carne de vacuno en 2002 siguió fuertemente influenciada por los sucesos de los últimos años. Los bajos precios por los que se caracterizaba el mercado desde el otoño del 2000, que persistieron durante la mayor parte del 2001, junto con el ambiente de incertidumbre causado por la debilidad y volatilidad de la demanda, condujeron a una disminución de la capacidad de producción. Además, las medidas especiales decididas en junio del 2001 para estabilizar el mercado redujeron aún más los incentivos que existían para la producción. Como consecuencia de todo ello, se estima que la producción de carne de vacuno en 2002 será de 7,6 millones de toneladas, lo que significa un aumento de la producción de sólo un 2,9 % con respecto al año anterior y un volumen inferior en un 3% al de 1999. En 2002, se produjo una fuerte recuperación del consumo de carne de vacuno. Así, se estima que el consumo interno total fue de 7,3 millones de toneladas, lo que rebasa ligeramente las expectativas del presupuesto de 2002, que se habían cifrado en 7 millones de toneladas. Las exportaciones, que el presupuesto cifraba en 620 000 toneladas, fueron de 560 000 toneladas. Las existencias públicas, por su parte, resultaron muy inferiores a las previstas (220 000 toneladas de peso equivalente en canal en lugar de 540 000 toneladas). Mercado internacional En 2002, hubo una caída general de los precios de la carne en los mercados internacionales como consecuencia del incremento de la oferta. Un hecho muy positivo, en cambio, fue la recuperación de las exportaciones de carne con relación a los niveles del año anterior, en que las crisis de la EEB y la fiebre aftosa provocaron una interrupción casi total de las exportaciones comunitarias de productos cárnicos. En este contexto internacional fue necesario aumentar las restituciones por exportación, a pesar de lo cual sólo se exportaron unas 560 000 toneladas (en lugar de las 620 000 toneladas previstas en el presupuesto de 2002). Debido a esas circunstancias, los gastos en concepto de restituciones por exportación ascendieron a 387 millones de euros, es decir, 101 millones de euros menos que los créditos consignados en el presupuesto. Intervenciones El presupuesto de 2002 partía del principio de que la producción de carne de vacuno en esa campaña sería de 7,72 millones de toneladas. La producción real fue de unos 7,6 millones de toneladas lo que, combinado con la recuperación del consumo, redujo los volúmenes destinados al almacenamiento público. Mientras que las existencias iniciales eran, aproximadamente, de 230 000 toneladas en peso de equivalente en canal, es decir, prácticamente el volumen previsto en el presupuesto, las compras de intervención sólo representaron 20 000 toneladas en lugar de las 320 000 consideradas en el presupuesto. Las ventas de intervención, unas 25 000 toneladas, fueron ligeramente superiores a las previstas en el presupuesto (18 000 toneladas). De resultas de todo ello, al final del ejercicio había unas existencias de unas 220 000 toneladas en peso de equivalente en canal, lo que suponía bastante menos que las 540 000 toneladas previstas en el presupuesto. Debido a ello, los gastos técnicos y financieros de almacenamiento público y, en especial, los costes de depreciación de existencias, fueron muy inferiores a los consignados en el presupuesto de 2002. Como consecuencia de ello, los pagos en concepto de almacenamiento público ascendieron a 100 millones de euros, es decir, 420 millones menos que los créditos consignados en el presupuesto. Regímenes de primas El número de animales con derecho a prima previsto en el presupuesto de 2002 se basó en el número de animales, reducido, por el que se abonó la prima en 2001. Así, la reducción del número de animales incluidos en el Reino Unido en el régimen de sacrificio de animales de más de treinta meses hizo que se produjera una infrautilización de créditos de 148 millones de euros, mientras que los gastos del programa de compras para destrucción y de compras especiales arrojó un subconsumo de créditos de unos 136 millones de euros. Por su parte, la prima por sacrificio de animales adultos se concedió solamente por 17 millones de cabeza de ganado (aproximadamente el 72 % del máximo) en lugar de los 20,1 millones de cabezas que preveía el presupuesto de 2002, con lo que también en este caso se produjo una infrautilización de créditos que fue de 159 millones de euros. En cambio, el reducido número de animales con derecho a prima hizo que creciesen los pagos en concepto de prima de extensificación al aumentar el número de animales que tenían derecho al porcentaje más elevado de prima, con lo que los pagos por este concepto ascendieron a 943 millones cuando el presupuesto preveía 891 millones. El total de pagos en concepto de primas ascendió así a 6 611 millones de euros, lo que significó 482 millones menos que los créditos consignados en el presupuesto. Contabilizando la ejecución presupuestaria de todas las medidas de este capítulo, se obtiene una infrautilización general de créditos de unos 1 023 millones de euros. CAPÍTULO B1-22 - CARNES DE OVINO Y DE CAPRINO millones de euros >SITIO PARA UN CUADRO> Almacenamiento privado de carne de ovino Al elaborar el presupuesto, se partió de la hipótesis de que, en 2002, serían objeto de almacenamiento privado unas 5 000 toneladas de carne de ovino. En realidad, esa cantidad se quedó aproximadamente en 140 toneladas. Como consecuencia de ello, los pagos por ese concepto ascendieron a 200 000 euros, es decir, 7,8 millones menos que los créditos consignados en el presupuesto. Primas por oveja y por cabra La prima por oveja que se paga a los productores cubre la diferencia entre el precio institucional y la media aritmética de los precios de mercado registrados a lo largo de la campaña de comercialización. En la campaña de 2001, el precio medio de mercado fue de 4 116,8 euros/tonelada. Como el previsto en el presupuesto de 2002 era de 4 000 euros/tonelada, se fijaron primas más bajas que las consideradas en el presupuesto (8,949 euros/oveja en lugar de 10,779 euros, y 7,159 euros/cabra en lugar de 8,623 euros). Además, el número de ovejas y cabras con derecho a prima se revisó a la baja y quedó fijado en 70,7 millones de cabezas en lugar de los 72,7 millones previstos en el presupuesto. La prima fija a tanto alzado por oveja y por cabra en las zonas desfavorecidas y de montaña para la campaña de 2001 se fijó en 6,641 euros en el caso de las ovejas y en 6,977 euros en el de las cabras y el número de estos animales con derecho a ella también se revisó a la baja (56,4 millones de cabezas en lugar de los 57,3 millones previstos en el presupuesto de 2002). Como consecuencia de ello, los pagos en concepto de primas por ovejas y cabras ascendieron a 554 millones de euros, es decir, 111 millones menos que los créditos consignados en el presupuesto. Contabilizando la ejecución presupuestaria de todas las medidas de este capítulo, se obtiene una infrautilización general de créditos de unos 120 millones de euros. CAPÍTULO B1-23 - CARNE DE PORCINO, HUEVOS, AVES DE CORRAL Y OTRAS MEDIDAS EN FAVOR DE LOS PRODUCTOS ANIMALES millones de euros >SITIO PARA UN CUADRO> Restituciones por exportación de carne de porcino En el presupuesto de 2002, se preveía un volumen de exportación de canales o cortes de porcino, frescos o congelados, de 270 000 toneladas y una restitución por exportación de esos productos de 100 euros/tonelada, por término medio si bien. Atendiendo a la coyuntura del mercado, se fijó una restitución por exportación de cero euros para el ejercicio presupuestario de 2002. En el caso de los embutidos y conservas, las cantidades realmente exportadas por las que se percibieron restituciones ascendieron a 70 000 toneladas, cuando el presupuesto de 2002 preveía 170 000 toneladas, y la restitución media fue de 268 euros/tonelada, en lugar de los 250 euros/toneladas que figuraban en el presupuesto. Debido a estas circunstancias, los pagos en concepto de restituciones por exportación de carne de porcino se elevaron a 27 millones de euros, es decir, 43 millones menos que los créditos consignados en el presupuesto. Restituciones por exportación de huevos y carne de aves de corral Se exportaron unas 80 000 toneladas de huevos en lugar del volumen previsto en el presupuesto de 2002, que era de 1 millón de toneladas. Las restituciones por exportación de derivados de huevo fueron inferiores a las tomadas como referencia en el presupuesto. Igualmente, se exportaron 230 000 toneladas de pollos en lugar de las 290 000 toneladas previstas en el presupuesto. La restitución por exportación de otras categorías de productos avícolas ascendió, aproximadamente, a 260 euros/tonelada, con lo que rebasó lo previsto en el presupuesto de 2002, que eran 245 euros/tonelada. Debido a estas circunstancias, los pagos en concepto de restituciones por exportación de huevos y carne de aves de corral se elevaron a 77 millones de euros, es decir, 1 millón menos que los créditos consignados en el presupuesto. Ayuda específica para la apicultura Los pagos para financiar programas de mejora de la producción y comercialización de miel, para los que el presupuesto de 2002 preveía 16,5 millones de euros, supusieron en realidad un total de 14,3 millones de euros. Se produjo pues una infrautilización de 2 millones de euros de los créditos consignados en el presupuesto. Contabilizando la ejecución presupuestaria de todas las medidas de este capítulo, se obtiene una infrautilización general de créditos de unos 44 millones de euros. CAPÍTULO B1-26 - FONDO EUROPEO DE GARANTÍA PESQUERA millones de euros >SITIO PARA UN CUADRO> Véanse también los comentarios sobre la ejecución de este capítulo en el punto 3.13. 3.8. TÍTULO B1-3 - GASTOS ANEXOS Introducción En el presupuesto de 2002, los créditos de este título ascendían a 1 426,6 millones de euros pero la ejecución arrojó una cifra de 1 062,4 millones de euros, es decir 364,2 millones menos, debido fundamentalmente a la infrautilización de créditos que se produjo en el capítulo B1-33 (medidas veterinarias y fitosanitarias). CAPÍTULO B1-30 - RESTITUCIONES POR DETERMINADAS MERCANCÍAS RESULTANTES DE LA TRANSFORMACIÓN DE PRODUCTOS AGRARIOS millones de euros >SITIO PARA UN CUADRO> Recuperación de importes pagados indebidamente Se recuperaron 4,1 millones de euros de pagos indebidos cuando el presupuesto de 2002 no preveía en el artículo B1-309 ningún importe por este concepto. Contabilizando la ejecución presupuestaria de todas las medidas de este capítulo, se obtiene una infrautilización general de créditos de unos 5 millones de euros. CAPÍTULO B1-31 - PROGRAMAS ALIMENTARIOS millones de euros >SITIO PARA UN CUADRO> Todas las medidas de este capítulo registraron una infrautilización de créditos. En el caso de la distribución gratuita de productos agrarios a las personas desfavorecidas, la infrautilización obedeció a que algunos Estados miembros, como Grecia, Portugal y Finlandia, no distribuyeron en su totalidad las cantidades fijadas en el programa aprobado para 2002. Para más detalles sobre la distribución gratuita de productos agrarios, véase el punto 3.11. Por lo que se refiere a las restituciones correspondientes a la ayuda alimentaria, la infrautilización se debió sobre todo a que las exportaciones de arroz por ese concepto (2 000 toneladas) fueron inferiores a las previstas en el presupuesto de 2002 (60 000 toneladas). A ello se sumó el hecho de que Italia declaró erróneamente las restituciones de ese tipo de exportaciones en la partida presupuestaria B1-1850. En lo que se refiere a la leche para escolares, la infrautilización se debió a que se distribuyeron a las escuelas 320 000 toneladas en lugar de las 350 000 previstas en el presupuesto. Contabilizando la ejecución presupuestaria de todas las medidas de este capítulo, se obtiene una infrautilización general de créditos de unos 63 millones de euros. CAPÍTULO B1-32 - PROGRAMAS DE AYUDA A LAS REGIONES ULTRAPERIFÉRICAS Y A LAS ISLAS DEL MAR EGEO millones de euros >SITIO PARA UN CUADRO> Todos los programas de ayuda a las regiones ultraperiféricas registraron, en mayor o menor medida, una infrautilización de los créditos consignados en el presupuesto de 2002. Para el Programa PESCA de ayuda a las regiones ultraperiféricas, la autoridad presupuestaria consignó un crédito de 14,9 millones de euros en el capítulo B0-40 del presupuesto de 2002, en calidad de provisiones, debido a que el Reglamento de base (Reglamento (CE) nº 1587/98 del Consejo) vencía el 31 de diciembre de 2001. Entretanto, la Comisión había presentado una propuesta para prorrogar el régimen durante un año y ésta fue adoptada por el Consejo el 25 de marzo de 2002 (Reglamento (CE) nº 579/2002 del Consejo). Atendiendo a la infrautilización de créditos de los demás programas del capítulo, se decidió no financiar los gastos habidos en este programa (10,7 millones de euros) mediante la transferencia de créditos del capítulo B0-40 al artículo presupuestario B1-324 sino transfiriendo los créditos necesarios desde los demás artículos del capítulo. Este es el motivo por el cual este artículo arroja un rebasamiento de gastos, pero, en realidad éste no es tal. Contabilizando la ejecución presupuestaria de todas las medidas de este capítulo, se obtiene una infrautilización general de créditos de unos 29 millones de euros. CAPÍTULO B1-33 - MEDIDAS VETERINARIAS Y FITOSANITARIAS millones de euros >SITIO PARA UN CUADRO> Véanse también los comentarios sobre la ejecución de este capítulo (punto 3.12). CAPÍTULO B1-36 - MEDIDAS DE CONTROL Y PREVENCIÓN EN EL ÁMBITO DE LA SECCIÓN DE GARANTÍA DEL FONDO EUROPEO DE ORIENTACIÓN Y DE GARANTÍA AGRÍCOLA millones de euros >SITIO PARA UN CUADRO> Este capítulo corresponde a las medidas adoptadas para reforzar las diferentes modalidades de control sobre el terreno y mejorar los sistemas de inspección para reducir el riesgo de fraude y el número de irregularidades que se cometen en detrimento del presupuesto comunitario. Todas las medidas de este capítulo registraron una infrautilización de los créditos consignados. Los Estados miembros gastaron aproximadamente 27,5 millones de euros en medidas de control y prevención (se excluyen los pagos correspondientes al registro vitivinícola, que fueron realizados por la Comisión). Habida cuenta de que los créditos presupuestados ascendían a 45,2 millones de euros, se produjo una infrautilización de créditos de unos 18 millones de euros. En lo que se refiere a los pagos directos de la Comunidad Europea, la Comisión financió directamente medidas de control y prevención por valor de 5,2 millones de euros en lugar de los 12,1 millones previstos en el presupuesto de 2002. Así pues, se produjo una infrautilización de créditos de cerca de 7 millones de euros. Contabilizando la ejecución presupuestaria de todas las medidas de este capítulo, se obtiene una infrautilización general de créditos de unos 26 millones de euros. Véase también el punto 4. CAPÍTULO B1-37 - LIQUIDACIÓN DE LOS EJERCICIOS ANTERIORES Y REDUCCIÓN O SUSPENSIÓN DE LOS ANTICIPOS CORRESPONDIENTES A LOS CAPÍTULOS millones de euros >SITIO PARA UN CUADRO> Este capítulo corresponde a los importes que deben consignarse en el presupuesto de la Sección de Garantía del FEOGA como consecuencia de liquidaciones de cuentas y de la reducción o suspensión de anticipos. En el caso de las liquidaciones de cuentas de ejercicios anteriores, los importes que los Estados miembros consignaron en el presupuesto de la Sección de Garantía del FEOGA correspondieron a las correcciones financieras de cuatro decisiones de liquidación adoptadas por la Comisión en 2002 (Decisiones 2002/144/CE, 2002/523/CE, 2002/461/CE y 2002/524/CE). El importe total de esas correcciones fue de -182 millones de euros, lo que supuso 218 millones menos que los créditos consignados en el presupuesto de 2002, que ascendían a -400 millones de euros. En concepto de reducciones o suspensiones de anticipos, se habían consignado -100 millones de euros en el presupuesto. Sin embargo, al final del año sólo se habían deducido 53 millones de euros de los anticipos a los Estados miembros, es decir, unos 47 millones menos de lo previsto. Este capítulo acabó el ejercicio con una infrautilización aproximada de 265 millones de euros. Véase también el punto 5. CAPÍTULO B1-38 - MEDIDAS DE PROMOCIÓN millones de euros >SITIO PARA UN CUADRO> Todas las medidas de promoción de este capítulo registraron una infrautilización de los créditos consignados. En el caso de las medidas de promoción pagadas por los Estados miembros, los gastos ascendieron a unos 12 millones de euros en lugar de los 61 millones considerados en el presupuesto de 2002. Elle obedeció a que, a finales de 2002, sólo se aprobó un nuevo programa según las nuevas normas, por lo que la repercusión financiera en el presupuesto fue limitada. Los gastos correspondieron principalmente a los antiguos programas y al programa transitorio de la carne de vacuno, que en estos momentos están casi acabados. En el caso de las medidas de promoción pagadas directamente por la Comunidad Europea, la Comisión financió directamente medidas de promoción por valor de unos 5,1 millones de euros cuando el presupuesto de 2002 preveía 14,3 millones. Los gastos de las medidas informativas sobre la política agrícola común ascendieron aproximadamente a 3,5 millones de euros cuando el presupuesto preveía 8,5 millones. Contabilizando la ejecución presupuestaria de todas las medidas de este capítulo, se obtiene una infrautilización general de créditos de unos 58,5 millones de euros. CAPÍTULO B1-39 - OTRAS MEDIDAS millones de euros >SITIO PARA UN CUADRO> Ayudas agromonetarias En ayudas agromonetarias se gastaron 105,2 millones de euros menos de lo presupuestado debido a la decisión del Reino Unido de no emplear la posibilidad de conceder ayudas agromonetarias en el caso del segundo y del tercer pagos fraccionados de la ayuda a los productores de vacuno, de ovino y de leche. Contabilizando la ejecución presupuestaria de todas las medidas de este capítulo, se obtiene una infrautilización general de créditos de unos 102 millones de euros. 3.9. TÍTULO B1-40 - DESARROLLO RURAL Mediante los créditos de la subrúbrica 1b, la Sección de Garantía del FEOGA cofinancia (Reglamento (CE) nº 1257/1999) programas de desarrollo rural que, en el caso de cuatro medidas (jubilación anticipada, indemnizaciones compensatorias, repoblación forestal y medidas agroambientales), abarcan toda la Unión y que, en el de otras seis (inversiones en explotaciones, jóvenes agricultores, formación, silvicultura, transformación y comercialización, adaptación y diversificación de zonas rurales), se aplican fuera de las regiones del objetivo nº 1 (que reciben financiación de la Sección de Orientación del FEOGA). El presupuesto asignado a la subrúbrica 1b para el período de 2000-2006 ascendía a 32 907 millones de euros y se repartió entre los quince Estados miembros, que debían elaborar programas de aplicación de la política de desarrollo rural. Los Estados miembros elaboraron ochenta y nueve programas de desarrollo rural, de los que la Comisión aprobó cincuenta y dos en el año 2000, treinta y cinco en 2001 y los dos últimos en 2002. En el presupuesto de 2002, la autoridad presupuestaria consignó 4 595 millones de euros para la subrúbrica 1b, lo que corresponde al límite máximo fijado para 2002 por las perspectivas financieras de 2000-2006. Se sumaron a ese importe 99 millones de euros prorrogados de 2001 a 2002, por lo que las disponibilidades presupuestarias se elevaron a 4 694 millones de euros. En 2002, la ejecución de este capítulo, es decir, los gastos realmente habidos en los ochenta y nueve programas desarrollados, ascendió a 4 418,9 millones de euros, lo que representa el 94,1 % de las disponibilidades. Se produjo pues una infrautilización de 275,1 millones de euros con respecto a los créditos disponibles, en lugar del rebasamiento de 195 millones que se esperaba a la vista de las previsiones comunicadas por los Estados miembros a 30 de septiembre de 2001. Un análisis de la ejecución línea presupuestaria por línea presupuestaria pone de manifiesto que la infrautilización se produjo principalmente en las medidas del nuevo régimen de medidas complementarias, especialmente la reforestación y las medidas agroambientales, y, en menor grado, en la transformación y comercialización de productos agrícolas, la instalación de jóvenes agricultores, la formación, las inversiones en explotaciones agrarias y el fomento del desarrollo rural. Las líneas en las que se superó con creces la dotación inicial fueron las medidas complementarias de los sistemas antiguos y, en menor medida, las indemnizaciones compensatorias. Fue necesario efectuar transferencias de ajuste dentro del capítulo para reequilibrar y adaptar las disponibilidades presupuestarias a las necesidades reales de ejecución. Debido a ello, no fue posible alcanzar en 2002 un nivel de ejecución que permitiese la absorción completa de los créditos disponibles. En el contexto del procedimiento de prórroga a 2003 de los créditos no ejecutados en 2002, la Comisión decidió prorrogar 49,3 millones de euros en aplicación de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 149 del nuevo Reglamento financiero. 3.10. Reparto de los gastos por categorías económicas Los gastos de la Sección de Garantía del FEOGA se dividen en dos grandes categorías: los de las restituciones y los de las «intervenciones». Estas últimas son, principalmente, las ayudas directas, el almacenamiento, las retiradas y operaciones similares, y los demás gastos. Hay que añadir además los gastos de desarrollo rural, que no forman parte de ninguna de las categorías anteriores. En los anexos 14 a 16 se detallan los diferentes gastos en función de su categoría económica. 3.10.1. Restituciones En el ejercicio de 2002, los gastos de las restituciones se elevaron a 3 432,3 millones de euros, lo que representa el 7,9 % del total de gastos de la Sección de Garantía del FEOGA y supone prácticamente el mismo nivel que en el ejercicio anterior. 3.10.2. Ayudas directas Los gastos clasificados como «ayudas directas» ascendieron a 28 800,8 millones de euros, es decir, el 84 % del total de gastos de intervención, que fue de 34 275,2 millones, y el 67 % de los gastos totales de la Sección de Garantía del FEOGA. Los gastos que reciben la denominación de ayudas directas son los que se indican en el anexo del Reglamento (CE) nº 1259/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999 (DO L 160, p. 113). Se trata principalmente de los siguientes (lista no exhaustiva): ayudas por hectárea y por retirada de tierras dedicadas a grandes cultivos; ayuda a la producción de aceite de oliva; ayudas por hectárea de lino, cáñamo, leguminosas de grano, arroz y pasas; ayuda a la producción de tabaco; primas por vacas nodrizas, bovinos machos, ovejas y cabras; y ayudas agromonetarias. 3.10.3. Almacenamiento Los gastos de almacenamiento fueron de 1 163,1 millones de euros, es decir, el 3 % de los gastos de intervención. Entre el 1 de octubre de 2001 y el 30 de septiembre de 2002, fecha esta última en que se produjo el cierre de las cuentas del almacenamiento público, las cantidades y el valor contable de los productos almacenados en régimen de intervención pública evolucionaron según se describe a continuación. Entre el final del ejercicio de 2001 y el final del ejercicio de 2002, el valor contable de las existencias pasó de 984,08 millones de euros a 1 419,94 millones. Las existencias de cereales y arroz pasaron de 7,3 millones de toneladas a 8,4 millones, las de aceite de oliva desaparecieron, las de leche desnatada en polvo pasaron de 0 toneladas a 150 000 toneladas y las de mantequilla, de 30 000 toneladas a 170 000. Las existencias de carne de vacuno se mantuvieron estables, pues pasaron de 230 000 toneladas a 220 000, mientras que las de alcohol registraron un incremento que las llevó a situarse en 3,5 millones de hectolitros cuando al comienzo del ejercicio eran de 2,2 millones. Por lo que se refiere al reparto del valor contable de las existencias, siguió disminuyendo el porcentaje de los cereales y el arroz, que representan hoy alrededor del 52 % del valor total de los productos almacenados cuando en el año 2000 representaban el 85 % y en el 2001, el 67 %. El 48 % restante se reparte entre los productos lácteos (30 %), la carne de vacuno (15 %) y el alcohol (3 %). Los servicios de la Comisión, tal como vienen haciendo cada año desde 1988, procedieron a una depreciación del valor de los productos comprados en régimen de intervención pública. Tal depreciación se efectúa en dos fases: inmediatamente después de su compra, los productos se deprecian por un importe al menos igual al 70 % de la pérdida de valor previsible total y, al final del ejercicio, tras evaluar las existencias se procede, en caso necesario, a una depreciación complementaria con el fin de adaptar el valor contable de los productos al precio de venta previsible. En el ejercicio de 2002, la depreciación en el momento de la compra supuso 239,924 millones de euros y la depreciación complementaria al término del ejercicio, 436,329 millones 3.10.4. Retirada de tierras y ayudas a la renta Los gastos en concepto de retirada de tierras y de ayudas a la renta ascendieron a 831,9 millones de euros, es decir, el 2,4 % del importe total de las intervenciones. 3.10.5. Otras intervenciones Los demás gastos de intervención ascendieron a 3 479,4 millones de euros, es decir, el 10,2 % del total de las intervenciones. En este concepto se incluyen los gastos que no tienen cabida en las categorías anteriores, es decir, principalmente las intervenciones (salvo el almacenamiento) referentes al azúcar, las ayudas a la producción de forrajes desecados y algodón, los fondos operativos de las organizaciones de productores, las ayudas a la producción de frutas y hortalizas y las compensaciones financieras para fomentar la transformación de cítricos, las ayudas a la utilización de mosto, las ayudas a la utilización de leche desnatada en polvo y las medidas relativas a las materias grasas butíricas. C. Actividades específicas 3.11. Suministro de alimentos procedentes de las existencias intervención a las personas más desfavorecidas de la Comunidad En el invierno de 1986-87, que fue especialmente riguroso, la Comunidad organizó un programa de emergencia para suministrar alimentos, gratuitamente y de forma temporal, a las personas más necesitadas de la Comunidad. Cuando concluyó ese programa, la Comunidad recibió numerosas peticiones para que aplicara ese tipo de medida de forma permanente. En respuesta a esas peticiones, la Comisión presentó una propuesta al Consejo que éste adoptó como Reglamento (CEE) nº 3730/87, por el que se establecen las normas generales aplicables al suministro a determinadas organizaciones de alimentos procedentes de existencias de intervención y destinados a ser distribuidos a las personas más necesitadas de la Comunidad [3], del que la Comisión ha adoptado las disposiciones de aplicación (Reglamento (CEE) nº 3149/92 [4], cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) nº 1921/2002 [5]). [3] DO L 352 de 15.12.1987, p. 1. [4] DO L 313 de 30.10.1992, p. 50. [5] DO L 293 de 29.10.2002, p. 9. Desde entonces, la Comisión aprueba cada año un plan de distribución en el que fija los medios presupuestarios y las cantidades de productos que se atribuyen a los Estados miembros participantes. En el ejercicio de 2002, fueron diez los Estados miembros que participaron en esta medida. Los créditos se repartieron entre ellos en función del número de personas necesitadas existente en cada uno de ellos. En su caso, también deben tenerse en cuenta los subconsumos importantes que se hayan producido en los tres años anteriores. El plan anual, para cuya elaboración se consulta a las organizaciones benéficas que actúan sobre el terreno, es gestionado, a escala nacional, por las administraciones de los Estados participantes y son éstos los que designan a las organizaciones encargadas de distribuir los alimentos en su territorio. La medida contempla la posibilidad de que, si un Estado participante no dispone de existencias de intervención de alguno de los productos que le hayan sido atribuidos, se abastezca de ese producto en otro Estado miembro que sí las tenga. En el plan de 2002 (Decisión 2001/772/CE [6]), se repartieron 196 millones de euros entre los Estados miembros participantes de la forma siguiente: [6] DO L 290 de 7.11.2001, p. 5. >SITIO PARA UN CUADRO> Reparto de las cantidades de productos por Estados miembros (plan 2002) >SITIO PARA UN CUADRO> 3.12. Capítulo B1-33 - Medidas veterinarias y fitosanitarias Información general sobre el capítulo Los créditos asignados a este capítulo en el presupuesto de 2002 sólo se utilizaron en un 39,24 %, al no poderse comprometer 345 998 799 euros del total de 569 000 000. No obstante, si se tiene en cuenta la prórroga de créditos obtenida para el fondo de emergencia, el porcentaje de utilización sube a 45,31 % o, lo que es lo mismo, a 258 077 530 euros. Para financiar el exceso de gastos generado en 2001 por la crisis de fiebre aftosa, principalmente en el Reino Unido, se decidió asignar 400 000 000 de euros al fondo de emergencia (línea B1-3320). Ante la escasa fiabilidad de los datos referentes a las compensaciones de los gastos de funcionamiento de las medidas de erradicación de la enfermedad, la Comisión no pudo adoptar decisión alguna acerca de la financiación comunitaria de esas compensaciones. Además, en el segundo semestre de 2002, se efectuó una transferencia dentro del capítulo 33 (véase más adelante) con el fin de incrementar la dotación de la línea B1-330, correspondiente a los programas de erradicación y control de enfermedades animales. Detalles del capítulo Línea B1-330 - Programas de erradicación y control Como ya se ha señalado, se aumentaron en 6 556 000 euros los créditos iniciales de esta línea para cubrir una necesidad suplementaria derivada de un dictamen del Comité científico del 18 y 19 de octubre de 2001 en el que éste manifestaba la necesidad de aplicar un régimen de control de las encefalopatías espongiformes transmisibles en los pequeños rumiantes. Además, al haberse descubierto casos de estas enfermedades en Finlandia y Austria, se suprimió la excepción que permitía a estos dos países no realizar pruebas en animales sanos. El primer cambio supuso un coste de 4 146 000 euros y el segundo, de 2 410 000 euros, que se financiaron desde la línea B1-332 (Fondo de emergencia). De ese modo, los créditos de esta línea, que inicialmente eran de 155 000 000 de euros, pasaron a ser de 161 556 000 euros, de los que se comprometió un total de 161 006 000 euros: 120 556 000 euros para el control de las encefalopatías espongiformes transmisibles y 40 450 000 para los programas de erradicación. Según las estimaciones más recientes, la Comunidad Europea cofinanció unos ocho millones de ensayos en 2002. Los gastos «programados» se incrementaron por medio de una transferencia del importe indicado en el primer párrafo. Los créditos de pago ejecutados ascendieron a 97 384 658 euros (créditos de 2001). Línea B1-331 - Otras medidas en el ámbito veterinario En 2002, se comprometieron tres cuartas partes de los créditos iniciales (7 946 687 euros de un total de 10 500 000). Los créditos de pago ejecutados ascendieron a 3 901 369 euros, de los que 1 657 176 correspondían a créditos de 2001. Línea B1-332 - Fondo de emergencia Los créditos iniciales, destinados a cubrir las compensaciones vinculadas a las medidas de erradicación de la fiebre aftosa de 2001 en los Países Bajos, Irlanda, Francia y el Reino Unido, ascendían a 400 millones de euros. En 2001, ya se habían comprometido más de 400 millones de euros para cofinanciar la compensación de la enfermedad; estos compromisos, que se pagaron en 2002 en forma de anticipos, que correspondían al sacrificio obligatorio de animales. En el Reino Unido, sólo los sacrificios obligatorios llevados a cabo hasta el 30 de junio de 2001 estaban cubiertos por la decisión relativa a la contribución comunitaria. En 2002, únicamente se adoptó la decisión de cofinanciar los sacrificios obligatorios efectuados en el Reino Unido en el segundo semestre del año. A finales de diciembre de 2002, se sometieron a la consideración del Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal varias decisiones para cofinanciar los gastos de funcionamiento (desinfección, limpieza, destrucción de canales, etc.) en los Países Bajos, Francia e Irlanda. Como, por motivos administrativos, no pudieron ser adoptadas por la Comisión, se consiguió una prórroga de los créditos correspondientes (34 756 329 euros) al ejercicio de 2003. En 2003, se espera una decisión sobre la cofinanciación de ese mismo tipo de gastos en el Reino Unido. Así, en 2002 sólo se comprometieron 50 854 668 euros de los 400 millones inicialmente disponibles. Además, se realizó una transferencia de 6 556 000 euros a la línea B1-330 para financiar las medidas suplementarias de control de las encefalopatías espongiformes transmisible en los pequeños rumiantes. Los créditos de pago ejecutados ascendieron a 420 642 846 euros, de los que 6 564 871 correspondían a créditos de 2001. Línea B1-333A - Intervenciones fitosanitarias - Gastos de gestión administrativa Los créditos iniciales ascendían a 1 000 000 de euros. En el ejercicio de 2002, se efectuaron compromisos por un total de 965 163 euros, por lo que quedaron sin comprometer 34 837 euros. Los créditos de pago ejecutados se elevaron a 832 100,2 euros, de los que 815 950,2 correspondían a créditos de 2001. Línea B1-333 - Intervenciones fitosanitarias - Gastos de funcionamiento Los créditos iniciales ascendían a 3 000 000 de euros. En el ejercicio de 2002, se efectuaron compromisos por un total de 2 728 682 euros, por lo que quedaron sin comprometer 271 318 euros. Los créditos de pago ejecutados se elevaron a 1 456 606 euros, de los que 1 423 902 correspondían a créditos de 2001. Cuadro recapitulativo del capítulo B1-33 >SITIO PARA UN CUADRO> Por último, cabe señalar que se incrementaron en 1 000 000 de euros los créditos de pago disponibles a través de la línea B2-519 (Finalización de medidas anteriores en el sector veterinario y fitosanitario - créditos disociados), reservados a la DG SANCO, mediante una transferencia dentro del capítulo, con lo que pasaron a ser de 13 287 000 euros, de los que en 2002 se abonaron 13 187 285 euros. 3.13. Pesca a) Línea presupuestaria B1-261 La dotación presupuestaria para pesca era de 17,08 millones de euros, de los que se gastaron 15,4 millones, es decir 1,6 millones menos de lo previsto Esta infrautilización presupuestaria se produjo principalmente en el mecanismo de los programas operativos, en el que existe la posibilidad de que los Estados miembros no concedan la compensación financiera a las organizaciones de productores, que es lo que ocurrió en 2002 (-2,4 millones de euros con relación a las previsiones presupuestarias). Por el contrario, los gastos en concepto de retiradas comunitarias fueron superiores a los previstos (+ 1,8 millones de euros) debido, básicamente, a la existencia de remanentes. Además, hubo un uso reducido de la ayuda al almacenamiento privado (-0,9 millones de euros b) Línea presupuestaria B1-3240 El Reglamento (CE) nº 579/2002 del Consejo (DO L 89 de 5.4.2002) prorrogó por un año (2002) el Reglamento (CE) nº 1587/98 del Consejo (DO L 208 de 24.7.1998), por el que se establece un régimen de compensación de los costes adicionales que origina la comercialización de determinados productos pesqueros de las Azores, de Madeira, de las islas Canarias y de los departamentos franceses de Guyana y de la Reunión debido al carácter ultraperiférico de estas regiones. La finalidad de ese régimen es conseguir que determinados productos de la pesca de los que se comercializan volúmenes significativos sean competitivos en relación con los comercializados por agentes económicos establecidos en el continente europeo. El único informe anual disponible es el de la región de Madeira. Según los datos recibidos, en 2002 se acogieron a ese régimen las cantidades siguientes: - atún: 2 767 008 kg, - pez sable negro: 944 977 kg, - caballa: 0 kg. 3.14. Medidas informativas Desde el año 2000, la línea B1-382, cuyos fundamentos jurídicos son el Reglamento (CE) nº 814/2000 del Consejo y el Reglamento (CE) nº 2208/2002 de la Comisión, se destina a financiar medidas informativas sobre la PAC y el desarrollo rural. Las solicitudes de subvención, que proceden principalmente de las organizaciones agrarias, se presentan en forma de programas de actividades o de medidas concretas. Unas y otras deben respetar las directrices fijadas en las licitaciones que se publican anualmente. El porcentaje de financiación de los programas de actividades y de las medidas concretas es del 50 %. No obstante, en el caso de las medidas que revistan un interés excepcional, atendiendo a los criterios de selección, puede llegar al 75 %, si se cumplen ciertas condiciones. La normativa permite financiar también medidas informativas llevadas a cabo por iniciativa de la Comisión. En 2002, la línea B1-382 tenía asignado un presupuesto de 8 500 000 euros con el se financiaron las siguientes actividades durante el ejercicio presupuestario de 2002 (del 16 de octubre de 2001 al 15 de octubre de 2002): - 5 programas anuales de actividades, por un total de 842 811,83 euros, - 27 medidas concretas, por un total de 1 123 875,44 euros, y - 39 medidas realizadas por iniciativa de la Comisión, mediante contratos o notas de pedido, de las que 36 se llevaron a cabo con cargo a la línea B1-382 (por un total de 2 397 368,40 euros) y 3 con cargo a la línea AO3410 (por un total de 82 165,13 euros). 3.15. Medidas de promoción Los artículos B1-380 y 381 financian programas informativos y de promoción de productos agrícolas tanto dentro como fuera de la Unión Europea. El fundamento jurídico de ambos lo constituyen los Reglamentos (CE) nº 2702/1999 y (CE) nº 2826/2000 del Consejo y los Reglamentos (CE) nº 2879/2000 y (CE) nº 94/2002 de la Comisión. Los programas deben ser presentados por organizaciones profesionales a los Estados miembros, que son los encargados de su administración, después de que la Comisión haya confirmado la selección y aprobado la cofinanciación. El porcentaje de financiación de los programas de actividades es del 50 %. Para programas de dos o tres años, el porcentaje es regresivo (primero 60 % y luego 40 %, si son de dos años; 60 %, 50 % y 40 %, si son de tres) La normativa permite financiar también medidas informativas llevadas a cabo por iniciativa de la Comisión (misiones comerciales en terceros países, información sobre los sistemas de las DOP e IGP y de producción ecológica en países terceros). En 2002, los créditos del artículo B1-380 ascendían a 56 millones de euros. En el transcurso de ese año, se aprobaron 40 nuevos programas de promoción (Decisión C(2002) 3116 final) por un total de 32,1 millones de euros. Los pagos registrados se elevaron a 11,81 millones de euros, pero correspondieron fundamentalmente a medidas de promoción decididas anteriormente y con arreglo a los antiguos regímenes. Los créditos del artículo B1-381, correspondiente a medidas de promoción gestionadas directamente por la Comisión, ascendían a 14,3 millones de euros. Se utilizaron 5,035 millones, principalmente en medidas de fomento del aceite de oliva. El nivel de utilización de los créditos de estos dos artículos fue bajo debido al cambio del régimen de promoción y a que se produjeron retrasos en el comienzo de los nuevos programas. 4. ACTIVIDADES DE CONTROL 4.1. Sistema integrado de gestión y control (SIGC) En 2001, tras intensos debates con los Estados miembros a través de cuatro grupos de expertos, se aprobó el nuevo Reglamento sobre el SIGC (Reglamento (CE) nº 2419/2001 de la Comisión). Este Reglamento, aplicable a las campañas de comercialización o períodos de prima que comenzaban el 1 de enero de 2002, recoge diferentes mejoras con respecto al Reglamento anterior, establece un ordenamiento más lógico y coherente e integra plenamente en la gestión de los regímenes las herramientas electrónicas. Este Reglamento sustituyó al Reglamento (CEE) nº 3887/92. Algunas ventajas importantes del nuevo Reglamento son: la posibilidad general de enviar solicitudes y demás elementos por medios electrónicos, la mejora de los controles gracias la maximización de los controles informatizados y remotos, el control «integrado» (es decir, en varios regímenes) de la prima por vacuno y la simplificación de las disposiciones sobre las sanciones aplicables en los regímenes de primas por animales. Los servicios de la Comisión se han cerciorado de la conformidad de los sistemas de control de los Estados miembros y de que la aplicación del nuevo Reglamento es homogénea a través de auditorías y de nuevas instrucciones sobre la gestión y control (incluidas las sanciones) de solicitudes. A través de reuniones con expertos, se ha realizado un esfuerzo particular para fomentar y explicar la normativa sobre el SIGC a los países candidatos con objeto de que efectuasen las oportunas adaptaciones de sus sistemas de gestión y control antes de la adhesión. 4.2. Compatibilidad con el SIGC Según lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 9 bis y en la letra d) del apartado 1 del artículo 13 del Reglamento (CEE) nº 3508/92, a partir del 1 de enero de 2003, los sistemas de gestión y control que se apliquen a doce regímenes de ayuda comunitarios (tabaco, vino, aceite de oliva, zonas desfavorecidas, etc.) deben ser compatibles con el SIGC. En 2002, los servicios de la Comisión examinaron el grado de cumplimiento de esa disposición y, para ello, pidieron a los Estados miembros que les informaran del nivel de compatibilidad de sus sistemas en ese momento y de la fecha en la que se había alcanzado la compatibilidad o estaba previsto hacerlo. Ese examen puso de manifiesto que todos los Estados miembros eran conscientes de sus obligaciones y que, según ellos, la compatibilidad ya era una realidad en muchos casos o lo sería el 1 de enero de 2003. En otros casos, sin embargo, se comprobó que los sistemas utilizados no serían compatibles en la fecha límite. Los principales problemas se evidenciaron en los sectores vitivinícola, del aceite de oliva y de los forrajes desecados. A partir del 1 de enero de 2003, en las auditorías que se efectúen en virtud del Reglamento (CE) nº 1258/1999 se analizará la observancia de la obligación de compatibilidad. 4.3. Agencias de control del aceite de oliva En aplicación de los Reglamentos (CEE) nº 2262/84 del Consejo [7] y (CEE) nº 27/85 de la Comisión [8], se han creado agencias de control del aceite de oliva en los principales Estados miembros productores, es decir, Italia, Grecia, España y Portugal (véanse pp. 53-54 del Decimoctavo Informe Financiero del FEOGA). [7] DO L 208 de 3.8.1984, p. 11. [8] DO L 4 de 5.1.1985, p. 5. Durante la campaña de 2001/02, las cuatro agencias cumplieron sus funciones de control de acuerdo con lo previsto en los programas de actividad y en los balances de previsiones aprobados por las autoridades de los Estados miembros y por la Comisión. En Italia, en esa campaña, la agencia efectuó 1 881 controles pormenorizados y 1 263 controles ordinarios de almazaras, inspeccionó sobre el terreno a 298 productores, 15 asociaciones de productores y 1 unión, y realizó 2 711 controles en 933 explotaciones y almazaras en relación con los rendimientos regionales (almazaras + productores). Igualmente, operó 1 588 controles cruzados, principalmente de almazaras. El número de almazaras objeto de estos controles fue de 453, una cifra bastante superior al 10 % que establece el apartado 3 del artículo 30 del Reglamento (CE) nº 2366/98. En los controles pormenorizados de almazaras, tomó 938 muestras del aceite de oliva producido, de las que 300 (31,9 %) se enviaron para su análisis a laboratorios reconocidos que confirmaron la conformidad del aceite con el punto 1 del anexo del Reglamento n° CEE/136/66. A la vista de los resultados de esas comprobaciones, la agencia propuso la imposición de multas o sanciones administrativas a 852 almazaras, por valor de 445 454 euros, y la retirada de la autorización a 302. Además, se notificaron 261 casos de irregularidad a las autoridades fiscales, 19 casos a las autoridades judiciales y 141 casos de infracción de las normas de tratamiento de aguas residuales a las autoridades competentes. Se impusieron multas a 9 asociaciones y se propuso retirar la autorización a otras 3. Asimismo, se transmitieron 12 informes a las autoridades fiscales y 1 a las judiciales. La agencia comprobó que las asociaciones siguen aplicando una retención no reglamentaria a la ayuda pagada a los productores. En relación con los productores, la agencia hizo 92 propuestas de sanción consistentes en la denegación o disminución de la ayuda, por un importe de 595 589 euros, y en multas por valor de 168 269 euros, y comunicó diez casos a otras autoridades de control. Atendiendo a ello, las autoridades regionales competentes retiraron las autorizaciones a 41 almazaras, apercibieron a otras 82, archivaron 40 expedientes y continúan examinando otros 139. Cabe señalar que, en relación con la campaña de 2000/01, de las 382 retiradas de autorización propuestas por la agencia, aún no se han resuelto 36, principalmente en las regiones de Calabria (16), Apulia (9), Liguria (5) y Las Marcas (3). Aún no se ha aprobado ninguna sanción a asociaciones. Las irregularidades imputables a productores se comunicaron al organismo pagador (AGEA) para que no se abonase la ayuda a los responsables o se les disminuyese la misma. La imposición de las sanciones pecuniarias previstas por la legislación nacional correspondía hasta finales de 2001 a la Dirección de «Repressione Frodi» del Ministerio de Agricultura. En 2002, ese competencia se transfirió a las regiones. Hasta la fecha, de los 839 casos de la campaña de 2001/02 comunicados, sólo se han analizado 30, habiéndose impuesto 6 multas y archivado 24 casos. En Grecia, la agencia efectuó 809 inspecciones pormenorizadas de almazaras y 341 ordinarias en la campaña de 2001/02, lo que representa, respectivamente, el 38,1 % y el 16,1 % de las 2 124 almazaras que se hallaban en actividad. En el cursos de esas inspecciones, se tomaron muestras en 602 almazaras, de las se analizaron 169. La agencia controló también 21 asociaciones, 1 751 expedientes de productores, 4 almacenes privados, 48 empresas de envasado de aceitunas de mesa y 2 811 productores y realizó 2 064 inspecciones de explotaciones y almazaras en el contexto de los rendimientos regionales. Además, efectuó 102 controles dirigidos a la fijación de los rendimientos de las 18 zonas homogéneas. En conjunto, realizó 14 204 controles cruzados de almazaras y productores, 726 controles de productores de aceitunas de mesa, 138 controles de almazaras y compradores y 36 controles de almazaras y fabricantes de orujo de aceituna. La agencia propuso retirar la autorización a 130 almazaras, 113 de ellas por dudas sobre su producción (por un total de 2 924 516 kg de aceite), y sancionar a otras 306 por incumplimiento de los plazos de comunicación de los datos mensuales. La agencia comprobó en las inspecciones que las asociaciones siguen aplicando una retención no reglamentaria a la ayuda pagada a los productores cuyo valor se estima en 24 millones de euros. Se detectaron irregularidades en 3 329 productores, cuya producción total declarada era de 2 468 996 kg de aceite, como consecuencia de las cuales se realizó una corrección de 997 531 kg y se impusieron multas por valor de 1 135 581 euros. En las inspecciones de 2 811 productores, que en conjunto habían declarado 573 291 árboles, la agencia observó que 780 de ellos tenían menos árboles de los declarados (en total, 57 768 árboles menos), por lo que se efectuó una corrección de las declaraciones de cultivo correspondientes. En 2002, las autoridades competentes analizaron 236 casos de irregularidades de almazaras que dieron como resultado la imposición de multas a 197 de ellas, por importes de entre 1 467 euros y 29 347 euros y un total de 1 094 564 euros, y retiraron tres autorizaciones. La tramitación de los casos restantes aún no ha finalizado. En Portugal, la agencia inspeccionó 1 621 productores, 449 almazaras y 14 asociaciones en esa misma campaña. Igualmente, efectuó 8 735 controles cruzados y 20 inspecciones de empresas de transformación de aceitunas de mesa, además de 300 inspecciones sobre el terreno con miras a la determinación de los rendimientos regionales en 100 explotaciones. A la vista de los resultados de los controles, la agencia propuso 73 retiradas de autorización de almazaras, 30 denegaciones de subvención y 168 correcciones de importes pagaderos a productores. El Estado miembro aceptó íntegramente esas propuestas y, en la mayoría de los casos, aplicó la sanción propuesta. En España, la agencia efectuó 881 inspecciones pormenorizadas de almazaras y 120 ordinarias en la campaña de 2001/02l, además de controlar 28 organizaciones de productores, 753 productores, 61 empresas de transformación de aceitunas de mesa y realizar 1 174 controles cruzados de almazaras, proveedores y clientes. La agencia propuso retirar la autorización a 2 asociaciones y a 9 almazaras y apercibió a 280 almazaras, principalmente por no haber comunicado a su debido tiempo la declaración mensual o por deficiencias de la contabilidad material. Por esos mismos motivos, propuso apercibir a 19 empresas envasadoras de aceitunas de mesa. Por incumplimiento de las obligaciones contables, propuso retirar la autorización a 3 empresas. Además, propuso la supresión de la ayuda a 22 productores, 4 de ellos de aceitunas de mesa, por un total de 1 848 800 euros, una corrección de los importes pagados a 148 oleicultores (760 000 euros), de los cuales 18 eran productores de aceitunas de mesa, y la suspensión del pago de la ayuda a 24 productores. Las Comunidades Autónomas informaron a la agencia de que, basándose en los informes que habían recibido en las últimas campañas, en la campaña de 2001/02 habían retirado la autorización a 23 almazaras, habían iniciado los trámites para retirársela a otras 7 y habían remitido un apercibimiento a otras 62 para que regularizasen su situación. En el caso de los productores, finalizaron la tramitación de 60 expedientes, en los que exigieron la devolución de las ayudas percibidas (2 226 633 euros), y en otros 37 casos iniciaron el procedimiento de recuperación. Además, retiraron la autorización a 2 empresas envasadoras de aceitunas de mesa y notificaron apercibimientos a otras 14. En general, salvo en casos concretos, los Estados miembros se atuvieron a las propuestas de sanción de las agencias. 4.4. Cofinanciación de medidas para reforzar los controles En aplicación del Reglamento (CE) nº 723/97 del Consejo, de 22 de abril de 1997, modificado por el Reglamento (CE) nº 2136/2001, la Comunidad participa durante siete años en los gastos que acarree a los Estados miembros la realización de programas de medidas derivados de nuevas obligaciones comunitarias y destinados a mejorar la estructura o la eficacia del control de los gastos de la Sección de Garantía del FEOGA. Estos programas deben haber sido aprobados por la Comisión y haber entrado en vigor después del 15 de octubre de 1996. En virtud de ese mismo Reglamento (apartado 3 del artículo 4), la Comisión puede emprender trabajos para el mantenimiento y desarrollo de los sistemas de control y de comunicación informatizada directa entre ella y los Estados miembros. Previa consulta al Comité del FEOGA, la Comisión fija el importe máximo de la participación financiera comunitaria, en euros, para cada tramo anual, teniendo en cuenta los créditos disponibles y basándose en los programas presentados por los Estados miembros. Esa participación es del 50 % de los pagos efectuados por los Estados miembros por los gastos subvencionables del ejercicio presupuestario. No obstante, si la cuantía de esos pagos supera los recursos presupuestarios disponibles, se reduce proporcionalmente el porcentaje de la participación financiera. En 2002, que fue el sexto año de aplicación del régimen, se confirmó la importancia que atribuyen los Estados miembros al establecimiento de nuevos sistemas de control. La mayoría de los programas presentados se centró en la puesta en marcha del sistema de información geográfica (SIG) y del sistema de identificación de parcelas agrícolas. Desde 2001, la mayoría de los Estados miembros han presentado programas vinculados al sistema de información geográfica y ortofotografía digital (SIG), resultante de una disposición nueva del Reglamento (CE) nº 1593/2000. Tras la publicación del Reglamento (CE) nº 2136/2001 del Consejo, los Estados miembros tenían de plazo hasta el 31 de diciembre de 2002 para presentar sus programas para el año 2002. El Reglamento (CE) nº 2244/2001 de la Comisión, que modifica el Reglamento (CE) nº 1780/97 (por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 723/97) establece que la Comisión dispone de tres meses para fijar el importe máximo de la contribución financiera de la Comunidad. Basándose en las indicaciones de los Estados miembros y tras consultar al Comité del Fondo el 19 de abril de 2002, se fijaron en 15 millones de euros los gastos imputables al presupuesto general de la Comunidad de 2002 por este concepto. La Comisión fijó del siguiente modo, mediante la decisión C(2002) 1908 de 14 de mayo de 2002, el importe máximo que se abonaría a los Estados miembros que habían presentado un programa de medidas para 2002 (Alemania, Grecia, España, Francia, Portugal, Reino Unido, Austria, Finlandia y Suecia): Año 2002 - Reglamento (CE) nº 723/97 Estado miembro // Contribución comunitaria (en EUR) Alemania // 2 110 837 Grecia // 1 421 000 España // 3 767 806 Francia // 3 037 080 Portugal // 1 210 265 Reino Unido // 2 078 002 Austria // 753 561 Finlandia // 303 000 Suecia // 328 449 En este sexto año de aplicación, Bélgica, Irlanda, Italia, Luxemburgo y los Países Bajos no presentaron ningún programa para su cofinanciación. En 2002, los servicios de la Comisión efectuaron cuatro auditorías en los Estados miembros (Países Bajos, Irlanda, Francia y Austria) con el fin de comprobar la conformidad de los gastos declarados por los Estados miembros. 4.5. Aplicación del Reglamento (CE) nº 4045/89 (controles a posteriori) El Reglamento (CE) nº 4045/89 dispone que los servicios competentes de los Estados miembros efectúen controles a posteriori de los mayores beneficiarios. Estos controles deben basarse en los documentos comerciales y demás documentos de los beneficiarios, proveedores, clientes, transportistas, etc. Actualmente, cada año se hace este tipo de controles en unas 3 000 empresas. Con posterioridad a la presentación al Consejo del informe de ejecución del Reglamento (doc. VI/7036/98) en 1999, los servicios de la Comisión volvieron a visitar todos los Estados miembros una o dos veces para evaluar nuevamente esa ejecución. Si bien, en líneas general, la ejecución es satisfactoria, en algunos Estados miembros es preciso que el servicio competente o el organismo de control mejoren alguno o varios de los aspectos siguientes: - formación de inspectores, - realización del porcentaje mínimo de controles oportunamente, - seguimiento de la realización de controles en comparación con el programa, - aplicación de las recomendaciones, - control de calidad, - análisis de riesgo. Un problema que se da en casi todos los Estados miembros y que preocupa a la Comisión es la dificultad cada vez mayor para efectuar los controles en el plazo fijado (en julio o junio del año siguiente al ejercicio del FEOGA). Las disposiciones sobre asistencia mutua adoptadas en aplicación del artículo 7 del Reglamento están funcionando satisfactoriamente si bien la Comisión estima que sería posible llevar a cabo acciones conjuntas de mayor envergadura. La asistencia mutua y las comprobaciones en segmentos superiores e inferiores de la cadena son uno de los elementos de éxito de los controles previstos en el Reglamento (CEE) nº 4045/89. Cada año, se producen unas 350 peticiones de ayuda entre Estados miembros para comprobar, mediante controles cruzados, la realidad y legalidad de las transacciones. Modificaciones del Reglamento En junio de 2001, la Comisión propuso modificar el Reglamento. En noviembre de 2002, el Consejo adoptó las modificaciones (Reglamento (CE) nº 2154/2002), previa consulta al Parlamento Europeo. Los principales cambios fueron los siguientes: - reducción del número de controles mediante el aumento, de 100 000 euros a 150 000, de la ayuda mínima por beneficiario utilizada para calcular el número mínimo de controles; - posibilidad de que la Comisión acepte una reducción del número mínimo de controles si dos o más Estados miembros presentan una propuesta de acción conjunta que entrañe una asistencia mutua de envergadura para controlar la misma empresa (multinacional), el mismo flujo comercial o un sector concreto. Irregularidades detectadas La selección de las empresas que se controlan se basa en un análisis de riesgo. Las medidas del SIGC y demás regímenes similares (Reglamento (CE) nº 2154/2002) no están sujetas a los controles previstos en el Reglamento (CEE) nº 4045/89. Las irregularidades detectadas en los controles efectuados con arreglo al Reglamento (CEE) nº 4045/89 en los últimos años pueden sintetizarse del siguiente modo (Fuente: informes anuales de los Estados miembros sobre la aplicación del Reglamento (CEE) nº 4045/89): >SITIO PARA UN CUADRO> El Reglamento (CEE) nº 4045/89 es el reglamento gracias al cual se detectan más casos de irregularidades en relación con los gastos de la Sección de Garantía del FEOGA, del número total de irregularidades comunicadas a la OLAF en virtud del Reglamento (CEE) nº 595/91 del Consejo. Otras medidas Los Estados miembros han creado un grupo de trabajo sobre los controles previstos en el Reglamento (CEE) nº 4045/89, que se reúne dos veces al año y cuyos miembros son los jefes de los departamentos especiales encargados de esos controles, y creado grupos de trabajo de inspectores para diversos sectores. Igualmente, han organizado seminarios de formación para inspectores y un programa de intercambio de inspectores, financiados en parte por la OLAF. Todas estas iniciativas han contribuido notablemente al «éxito» y a la calidad de los controles a posteriori. La Comisión efectuó controles especiales de las sociedades de control y vigilancia (2000) y de los compradores secundarios de leche (2001). En el primero, se comprobó que se hace un uso limitado de los certificados expedidos por las empresas de control y vigilancia como prueba de llegada al destino pero que dichas empresas deben mejorar la calidad de su trabajo. El Reglamento (CE) nº 800/1999 endureció las condiciones para la concesión de autorizaciones a las empresas de vigilancia y control y los servicios de inspección siguen prestando especial atención al trabajo de estas empresas. En el control especial de los compradores secundarios de leche se detectaron irregularidades y se demostró que, en algunos Estados miembros, es preciso prestarles más atención. 5. LIQUIDACIÓN DE CUENTAS 5.1. Consideraciones generales En relación con el marco legal que regía el ejercicio de liquidación de cuentas de 2002: - la Comisión presentó al Consejo, el 11 de junio de 2002, una propuesta de modificación del Reglamento (CE) nº 1258/1999 destinada a ampliar a treinta y seis meses la regla de veinticuatro meses aplicada a las correcciones financieras; - se preparó una propuesta de comunicación a la Comisión, sobre la base del documento AGRI/61495/2002 Rev. 2, relativa al principio de «recurrencia» en el procedimiento de liquidación de cuentas; - la Comisión adoptó el Reglamento (CE) nº 1884/2002 el 10 de octubre de 2002; este Reglamento modifica el Reglamento (CE) nº 2390/1999 , por el que se establecen la forma y el contenido de la información contable que debe presentarse a la Comisión (cuadros de las «x»); - se realización 122 auditorías en los Estados miembros en el contexto de la liquidación de las cuentas de la Sección de Garantía del FEOGA. En 2002, la Comisión adoptó seis decisiones de liquidación de cuentas: 2002/144/CE, 2002/461/CE, 2002/523/CE, 2002/524/CE, 2002/816/CE y 2002/881/CE. Las correcciones ascendieron en total a 301 294 113,28 euros. Se organizaron diecinueve reuniones de diálogo y con expertos de los Estados miembros. - La Comisión adoptó tres decisiones de cierre de los gastos del registro vitícola (2002/303/CE, 2002/680/CE, 2002/948/CE). - Con miras a ayudar a los Estados miembros a mejorar constantemente sus sistemas de control, se organizó un seminario sobre el SIGC (23.4.2002), otro sobre los controles a posteriori del Reglamento (CEE) nº 4545/89 (23.5.2002), un tercero sobre desarrollo rural (19.4.2002) y otro más sobre certificación de cuentas (2.7.2002). - En 2002, se efectuó un extenso estudio de 49 organismos pagadores, los cuales representaban el 90 % de los gastos agrícolas, para comprobar el nivel IT de sus estructuras. El informe definitivo sobre este tema se publicó el 21 de junio de 2003. 5.2. Liquidación de cuentas según el nuevo procedimiento millones de euros >SITIO PARA UN CUADRO> 5.3. Liquidación contable del ejercicio financiero de 2001 5.3.1. Introducción La reforma del procedimiento de liquidación de cuentas dispone que los organismos pagadores sean organismos autorizados y que, desde el ejercicio financiero de 1996, la liquidación de cuentas se divida en dos procedimientos diferenciados: por un lado, una decisión anual de liquidación contable, centrada en la veracidad, integridad y exactitud de las cuentas recibidas (letra b) del apartado 2 del artículo 5 del Reglamento (CEE) nº 729/70 del Consejo y, desde el 1 de enero de 2000, apartado 3 del artículo 7 del Reglamento (CE) nº 1258/1999 del Consejo) y, por otro, las decisiones individuales que sean necesarias con el fin de excluir de la financiación comunitaria todos los gastos que no se hayan ejecutado de conformidad con la normativa comunitaria (letra c) del apartado 2 del artículo 5 del primero de los dos Reglamentos arriba citados y apartado 4 del artículo 7 del segundo de ellos). La liquidación contable se realiza a partir de la cuentas anuales, que se apoyan en certificados e informes de auditoría elaborados con respecto a cada organismo pagador por organismos de auditoría independientes, los llamados organismos de certificación (apartado 1 del artículo 3 del Reglamento (CE) nº 1663/95. Además de examinar las cuentas anuales, los certificados y los informes de auditoría enviados hasta el 10 de febrero de 2002, los servicios de la Comisión hicieron inspecciones sobre el terreno de algunos organismos pagadores. La finalidad de estas inspecciones era evaluar las tareas realizadas por los organismos de certificación, la importancia de los problemas notificados y las medidas adoptadas por los organismos pagadores para corregir esos problemas. Tales problemas no atañen únicamente a la exactitud de las cuentas sino también a los sistemas operativos de los organismos pagadores. Los organismos de certificación tienen la obligación de comprobar si esos sistemas ofrecen la solidez necesaria y una garantía razonable de que los gastos se ajusten a las normas comunitarias. 5.3.2. Decisiones 5.3.2.1. Decisión 2002/461/CE, de 12 de junio de 2002 Con fecha de 12 de junio, se decidió liquidar las cuentas de 2001 de los organismos pagadores de las que la información recibida confirmaba la integridad, exactitud y veracidad. Las cuentas de los demás organismos pagadores se disociaron de esa Decisión para su inclusión en otra posterior. Con relación a estos organismos, los resultados del examen pueden resumirse así: - se disociaron de la Decisión las cuentas del organismo pagador belga «Betaalorgaan van de Vlaamse Gemeenschap»; - se disociaron de la Decisión las cuentas de los organismos pagadores españoles FEGA y País Vasco; - se disociaron de la Decisión las cuentas del organismo pagador griego. Tales disociaciones obedecieron al incumplimiento por parte de esos organismos del Reglamento (CE) nº 2390/1999, relativo a la forma y el contenido de la información contable. 5.3.2.2. Decisión 2002/144/CE, de 19 de febrero de 2002 Con fecha de 19 de febrero de 2002, se decidió liquidar las cuentas del ejercicio de 2000 de todos los organismos pagadores de España que se habían disociado de las Decisión 2001/474/CE de 8 de mayo de 2001. 5.3.3. Correcciones de cuentas 5.3.3.1. Correcciones de importes declarados en 2001 A la vista de las observaciones de los organismos de certificación y de los resultados de las inspecciones de los servicios de la Comisión, se efectuaron las siguientes correcciones: - Austria: -0,006 millones de EUR, - Bélgica: + 0,151 millones de EUR, - Alemania: + 0,887 millones de EUR, - Dinamarca: + 1,153 millones de DKK, - España: -2,083 millones de EUR, - Francia :-5,986 millones de EUR, - Grecia: -0,421 millones de EUR - Irlanda: -2,315 millones de EUR, - Italia: + 8,367 millones de EUR, - Luxemburgo: + 0,006 millones de EUR, - Países Bajos: + 0,024 millones de EUR, - Portugal: + 18,890 millones de EUR, - Reino Unido: -2,934 millones de GBP. 5.3.3.2. Correcciones de importes declarados en 2000 A la vista de las observaciones de los organismos de certificación y de los resultados de las inspecciones de los servicios de la Comisión, se efectuaron las siguientes correcciones: - España: -0,811 millones de EUR. 5.4. Recursos interpuestos ante el Tribunal de Justicia contra la decisiones de liquidación de cuentas 5.4.1. Sentencias dictadas Desde la adopción del Trigesimoprimer Informe Financiero sobre la Sección de Garantía del FEOGA, el Tribunal de Justicia ha dictado dieciséis sentencias en relación con los recursos presentados por los Estados miembros contra las decisiones de liquidación de cuentas. El Tribunal desestimó los siguientes recursos: - Sentencia de 19 de septiembre de 2002 (asunto C-377/99), sobre los cultivos herbáceos en Alemania. - Sentencia de 18 de abril de 2002 (asunto C-332/00), sobre la mantequilla de repostería en Bélgica. - Sentencia de 14 de marzo de 2002 (asunto C-132/99), sobre el cáñamo en los Países Bajos. - Sentencia de 21 de marzo de 2002 (asunto C-130/99), sobre los cultivos herbáceos, las primas animales, la ayuda a la producción de aceite de oliva, el abandono definitivo de superficies vitícolas, el lino textil, y la observancia de los plazos de pago en España. - Sentencia de 22 de noviembre de 2001 (asunto C-147/99), sobre el almacenamiento público de cereales, la ayuda al consumo de aceite de oliva y las primas por ovejas y cabras en Italia. - Sentencia de 27 de noviembre de 2001 (asunto C-146/99), sobre la ayuda a la transformación de tomates en Italia. - Sentencia de 6 de diciembre de 2001 (asunto C-373/99), sobre las frutas, las hortalizas y los cultivos herbáceos en Grecia. - Sentencia de 24 de enero de 2002 (asunto C-170/00), sobre la prima especial al ganado vacuno en Finlandia. - Sentencia de 24 de enero de 2002 (asunto C-118/99), sobre los cultivos herbáceos en Francia. - Sentencia de 20 de septiembre de 2001 (asunto C-263/98), sobre las restituciones por exportación de cereales y carne de vacuno en Bélgica. - Sentencia de 13 de septiembre 2001 (asunto C-374/99), la ayuda al consumo de aceite de oliva y las primas por ovejas y cabras en España. - Sentencia de 13 de septiembre de 2001 (asunto C-375/99), sobre el almacenamiento público de carne de vacuno en España. El Tribunal estimó los siguientes recursos: - Sentencia de 13 de noviembre de 2001 (asunto C-277/98), sobre la tasa suplementaria en el sector lácteo en Francia. - Sentencia de 13 de junio de 2002 (asunto C-158/00), sobre los cultivos herbáceos en Luxemburgo. El Tribunal estimó parcialmente los siguientes recursos: - Sentencia de 21 de marzo de 2002 (asunto C-130/99), sobre la tasa suplementaria en el sector lácteo y los gastos referentes a la ayuda a la producción de aceite de oliva anteriores al 12 de marzo de 1996, en España. - Sentencia de 6 de junio de 2002 (asunto C-133/99), sobre las ayudas a la leche desnatada destinadas a la fabricación de caseína y caseinatos en los Países Bajos. 5.4.2. Recursos pendientes de resolución En los anexos 19 a 27 se recoge la situación a 14 de octubre de 2002 de los recursos pendientes de resolución y de los importes en juego. 6. RELACIONES CON EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL TRIBUNAL DE CUENTAS EUROPEO 6.1. Relaciones con el Parlamento Europeo El Parlamento Europeo, que constituye una de las ramas de la Autoridad presupuestaria, junto con el Consejo, es uno de los interlocutores primordiales de la Comisión, y, por ende, de los servicios del FEOGA. Esta relación interinstitucional tiene como marco natural de encuentro las sesiones parlamentarias, en las que se abordan todas las cuestiones presupuestarias de la Comunidad. El Parlamento Europeo cuenta con tres comisiones parlamentarias (agricultura, presupuesto y control presupuestario) que se ocupan en distinta medida de los asuntos presupuestarios agrícolas. La comisión de control presupuestario, encargada del seguimiento de la ejecución dada al presupuesto de 2002, fue la que se ocupó de preparar la decisión del Parlamento Europeo por la que éste aprobó la gestión hecha por la Comisión. 6.2. Relaciones con el Tribunal de Cuentas Europeo 6.2.1. Función del Tribunal de Cuentas Europeo El Tribunal de Cuentas tiene como función principal el control de las cuentas de la Comunidad. Además, el Tratado de Maastricht le ha atribuido la importantísima tarea de emitir una declaración de fiabilidad respecto de las cuentas comunitarias y de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes. Por constituir la certificación oficial de que las cuentas ofrecen una imagen fidedigna del ejercicio considerado, esa declaración reviste una importancia fundamental en el procedimiento de aprobación de la gestión y es esgrimida por la Autoridad presupuestaria en el debate que tiene lugar en dicho procedimiento. Para cumplir sus deberes de control, el Tribunal de Cuentas lleva a cabo numerosas auditorías en los servicios de la Comisión. Los agentes del Tribunal visitan a menudo los servicios del FEOGA a fin de recabar la información necesaria para la emisión de sus dictámenes, notas sectoriales e informes especiales. Es frecuente que, a la vista de los resultados de sus investigaciones, el Tribunal proponga directrices a la Comisión para mejorar su gestión presupuestaria y aumentar con ello la eficacia de las medidas comunitarias de control. 6.2.2. Informe anual de 2001 El Tribunal de Cuentas elabora anualmente un informe de carácter general, referente al ejercicio presupuestario del último año, en el que analiza en varios capítulos la gestión del presupuesto comunitario. Uno de esos capítulos está consagrado a las actividades de la Sección de Garantía del FEOGA. Antes de publicarse el informe, el Tribunal de Cuentas y la Comisión se reúnen para examinar juntos los argumentos y conclusiones del primero y las respuestas y aclaraciones de la segunda. El informe presenta los resultados que obtiene el Tribunal en las auditorías a las que somete las instituciones comunitarias y en las misiones de control que efectúa en los Estados miembros. En 2002, el Informe Anual del ejercicio 2001, acompañado de las respuestas dadas por la Comisión, dedicaba su Capítulo 2 a la Sección de Garantía del FEOGA. Las principales observaciones del Tribunal y las respuestas de la Comisión se centraron en los puntos siguientes: - análisis de la gestión presupuestaria; - evaluación específica en el contexto de la declaración de fiabilidad: - sistemas de control, - regímenes de ayudas por superficie (2.12-2.19), - resultados de los controles efectuados por los Estados miembros (2.18-2.19), - regímenes de primas animales (2.20-2.26), - sistema de control (2.22), - resultados de los controles efectuados por los Estados miembros (2.26), - aceite de oliva (2.27-2.29), - desarrollo rural (2.30-2.33), - ayuda al algodón (2.35-2.38), - caseína (2.39), - exacciones reguladoras (2.41), - base de datos CATS (2.42); - liquidación de cuentas: - decisiones de conformidad (2.65-2.77), - controles fundamentales y secundarios (2.66), - análisis de las correcciones efectuadas en 2001 (2.67-2.75), - decisiones relativas a la liquidación de cuentas desde 1991 (2.76); - medidas aplicadas como consecuencia de observaciones anteriores del Tribunal: - trigo duro (2.80-2.89), - gestión de la OCM del azúcar por parte de la Comisión (2.90-2.103); - principales observaciones formuladas en los informes especiales: - correcta gestión financiera de la organización común de mercados del sector del plátano (2.105-2.117), - gestión del régimen comunitario de ayuda en el sector de las oleaginosas por parte de la Comisión (2.118-2.123), - régimen de primas y ayudas a la extensificación de la OCM del sector vacuno (2.124-2.127). 6.2.3. Informes especiales del Tribunal de Cuentas Europeo En 2002, el Tribunal publicó tres informes especiales (IE): - IE n° 7/2002 sobre la buena gestión financiera de la organización común de mercados en el sector del plátano, acompañado de las respuestas de la Comisión (DO C 294 de 28 de diciembre de 2002); - IE n° 6/2002 sobre la auditoría de la gestión por la Comisión del régimen comunitario de ayuda en el sector de las semillas oleaginosas, acompañado de las respuestas de la Comisión (DO C 254 de 21 de octubre de 2002); - IE n° 5/2002 sobre los regímenes de primas y de pagos por extensificación de la organización común de mercados en el sector de la carne de vacuno, acompañado de las respuestas de la Comisión (DO C 290 de 25 de noviembre de 2002). El texto del Informe Anual y de los informes especiales (con las observaciones del Tribunal y las respuestas de la Comisión) puede consultarse en el sitio Internet del Tribunal de Cuentas (http:// www.eca.eu.int). 7. LISTA DE LA NORMATIVA DE BASE DE LA SECCIÓN DE GARANTÍA DEL FEOGA Y DE LAS DISPOSICIONES ADOPTADAS PARA SU APLICACIÓN EN 2002 7.1. Normativa general/Sistema de anticipos - Reglamento (CE) n° 1258/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre la financiación de la política agrícola común (DO L 160, p. 103). - Reglamento (CEE) n° 1883/78 del Consejo, de 2 de agosto de 1978, relativo a las normas generales sobre la financiación de las intervenciones por el Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola, sección "Garantía" (DO L 216, p. 1). - Reglamento (CE) n° 296/96 de la Comisión, de 16 de febrero de 1996, relativo a los datos que deberán transmitir los Estados miembros a los efectos de contabilización de los gastos financiados con cargo a la sección "Garantía" del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agraria (FEOGA) y que deroga el Reglamento (CEE) n° 2776/88 (DO L 39, p. 5). Modificado por el Reglamento (CE) n° 1934/2001 de la Comisión, de 1 de octubre de 2001 (DO L 262, p. 8). - Reglamento (CE) n° 2040/2000 del Consejo, de 26 de septiembre de 2000, relativo a la disciplina presupuestaria (DO L 244, p. 27). - Reglamento (CE) n° 1257/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) y por el que se modifican y derogan determinados Reglamentos (DO L 160, p. 80). - Reglamento (CE) n° 445/2002 de la Comisión, de 26 de febrero de 2002, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n° 1257/1999 del Consejo sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) (DO L 74, p. 1). Este Reglamento derogó el Reglamento (CE) n° 1750/1999 de la Comisión, aplicable, sin embargo, durante el ejercicio 2001 (DO L 214, p. 31). 7.2. Controles - Reglamento (CEE) n° 4045/89 del Consejo, de 21 de diciembre de 1989, relativo a los controles, por los Estados miembros, de las operaciones comprendidas en el sistema de financiación por el Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agraria, sección Garantía, y por el que se deroga la Directiva 77/435/CEE (DO L 388, p. 18), modificado por el Consejo el 26 de noviembre de 2002 (véase Reglamento (CE) nº 2154/2002 [9]. [9] DO L 328 de 5.12.2002, p. 4. - Reglamento (CEE) n° 3508/92 del Consejo, de 27 de noviembre de 1992, por el que se establece un sistema integrado de gestión y control de determinados regímenes de ayuda comunitarios (DO L 355, p. 1). Modificado por el Reglamento (CE) n° 495/2001 de la Comisión, de 13 de marzo de 2001 (DO L 72, p. 6). - Reglamento (CE) n° 2419/2001 de la Comisión, de 11 de diciembre de 2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del sistema integrado de gestión y control de determinados regímenes de ayuda comunitarios introducido por el Reglamento (CEE) n° 3508/92 del Consejo (DO L 327, p. 11). - Reglamento (CE) nº 1760/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de julio de 2000, que establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina y relativo al etiquetado de la carne de vacuno y de los productos a base de carne de vacuno y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 820/97 del Consejo (DO L 204, p. 1). 7.3. Liquidación de cuentas - Reglamento (CE) nº 1663/95 de la Comisión, de 7 de julio de 1995, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) n° 729/70 del Consejo en lo que concierne al procedimiento de liquidación de cuentas de la sección de Garantía del FEOGA (DO L 158, p. 6). Modificado por el Reglamento (CE) n° 2025/2001 de la Comisión, de 16 de octubre de 2001 (DO L 274, p. 3). - Reglamento (CE) n° 2390/1999 de la Comisión, de 25 de octubre de 1999, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1663/95 relativas a la forma y el contenido de la información contable que los Estados miembros deben mantener a disposición de la Comisión con vistas a la liquidación de cuentas de la sección de Garantía del FEOGA (DO L 295, p. 1). Modificado por el Reglamento (CE) n° 1884/2002 de la Comisión [10]. [10] DO L 288 de 25.10.2002, p. 1. La Comisión adoptó también una serie de decisiones sobre liquidación de las cuentas de los Estados miembros: - Decisión de 28 de junio de 2002 (2002/523/CE) con arreglo a lo dispuesto en la letra c) del apartado 2 del artículo 5 del Reglamento (CEE) nº 729/70 y en el apartado 4 del artículo 7 del Reglamento (CE) nº 1258/1999 - novena decisión [11]. [11] DO L 170 de 29.6.2002, p. 73. - Decisión de 26 de junio de 2002 (2002/524/CE) con arreglo a lo dispuesto en la letra c) del apartado 2 del artículo 5 del Reglamento (CEE) nº 729/70 y en el apartado 4 del artículo 7 del Reglamento (CE) nº 1258/1999 - décima decisión [12]. [12] DO L 170 de 29.6.2002, p. 77. - Decisión de 14 de octubre de 2002 (2002/816/CE) que modifica la Decisión 1999/187/CE sobre la liquidación de las cuentas presentadas por los Estados miembros con arreglo a lo dispuesto en la letra c) del apartado 2 del artículo 5 del Reglamento (CEE) n° 729/70 en relación con el ejercicio financiero de 1995 [13]. [13] DO L 280 de 18.10.2002, p. 88. - Decisión de 5 de noviembre de 2002 (2002/881/CE) con arreglo a lo dispuesto en la letra c) del apartado 2 del artículo 5 del Reglamento (CEE) nº 729/70 y en el apartado 4 del artículo 7 del Reglamento (CE) nº 1258/1999 - decimoprimera decisión [14]. [14] DO L 306 de 8.11.2002, p. 26. - Decisión de 12 de junio de 2002 (2002/461/CE) con arreglo a lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 7 del Reglamento (CEE) nº 1258/1999. - Decisión de 19 de febrero de 2002 (2002/144/CE) con arreglo a lo dispuesto en la letra b) del apartado 2 del artículo 5 del Reglamento (CEE) nº 729/70 y en el apartado 3 del artículo 7 del Reglamento (CE) nº 1258/1999 [15]. [15] DO L 48 de 20.2.2002, p. 32. 7.4. Almacenamiento público a) Normativa de base - Reglamento (CEE) n° 411/88 de la Comisión, de 12 de febrero de 1988, relativo al método y a los tipos de interés que deben aplicarse para el cálculo de los gastos de financiación de las intervenciones consistentes en compras, almacenamiento y comercialización (DO L 40, p. 25). Modificado por el Reglamento (CE) n° 2623/1999, de 10 de diciembre de 1999 (DO L 318, p. 14). - Reglamento (CEE) n° 1643/89 de la Comisión, de 12 de junio de 1989, por el que se definen los importes a tanto alzado que sirven para financiar las operaciones materiales que resultan del almacenamiento público de los productos agrícolas (DO L 162, p. 12). - Reglamento (CEE) n° 3492/90 del Consejo, de 27 de noviembre de 1990, por el que se fijan los elementos que deben tomarse en consideración en las cuentas anuales para la financiación de las medidas de intervención en forma de almacenamiento público, por el Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agraria, sección "Garantía" (DO L 337, p. 3). - Reglamento (CEE) n° 3597/90 de la Comisión, de 12 de diciembre de 1990, relativo a las normas de contabilización de las medidas de intervención que supongan la compra, el almacenamiento y la venta de productos agrícolas por parte de los organismos de intervención (DO L 350, p. 43). - Reglamento (CEE) n° 147/91 de la Comisión, de 22 de enero de 1991, por el que se definen y fijan los límites de tolerancia aplicables a las pérdidas de cantidades de productos agrícolas almacenados en régimen de intervención pública (DO L 17, p. 9). - Reglamento (CEE) n° 3149/92 de la Comisión, de 29 de octubre de 1992, por el que se establecen las disposiciones de aplicación para el suministro de alimentos procedentes de las existencias de intervención en beneficio de las personas más necesitadas de la Comunidad (DO L 313, p. 50). - Reglamento (CE) n° 2148/96 de la Comisión, de 8 de noviembre de 1996, por el que se establecen las normas de evaluación y control de las cantidades de productos agrícolas que forman parte de existencias de la intervención pública (DO L 288, p. 6). Modificado por el Reglamento (CE) n° 808/1999 de la Comisión, de 16 de abril de 1999 (DO L 102, p. 70). b) Depreciación de compra en el ejercicio de 2002 - Reglamento (CE) nº 2035/2001 de la Comisión, de 17 de octubre de 2001, por el que se establecen los coeficientes de depreciación que se habrán de aplicar a la compra de productos agrícolas de intervención para el ejercicio 2002 (DO L 275, pp. 7 y 8). Este Reglamento fijó para el ejercicio contable de 2002 los coeficientes de depreciación sistemática aplicables en el momento de la compra de los productos agrícolas en intervención pública, así como los coeficientes que los organismos de intervención deben aplicar a los valores de compra mensuales de los productos a fin de poder comprobar los importes de la depreciación. c) Depreciación complementaria al final del ejercicio de 2002 - Decisión C(2002) 3688, de 11 de octubre de 2002 (no publicada), por la que se establecen los importes y las reglas de depreciación de las existencias de ciertos productos agrícolas comprados en régimen de intervención pública en el ejercicio de 2002. Esta decisión fija los importes de la depreciación complementaria de final del ejercicio de 2002. d) Fijación del tipo de interés uniforme para el ejercicio de 2002 - Reglamento (CE) nº 2012/2001 de la Comisión, de 12 de octubre de 2001, por el que se fijan los tipos de interés que habrán de aplicarse para calcular los gastos de financiación de las intervenciones consistentes en operaciones de compra, almacenamiento y salida (DO L 272, p. 23). Este Reglamento fijó para el ejercicio contable de 2002 los tipos de interés que disponen el artículo 3 y el apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CEE) n° 411/88 de la Comisión. Advertencia: algunos de los totales o subtotales de gastos que figuran en los cuadros siguientes difieren en 0,1 millones de euros del importe que se obtendría aritméticamente si se calculara el total de las líneas o de las columnas. Esta diferencia se explica por las operaciones de redondeo ya que los totales se expresan generalmente en millones de euros mientras que los cálculos se efectúan con las sumas en euros. ÍNDICE DE LOS ANEXOS (Estos anexos, redactados en francés, pueden consultarse en papel en la Dirección General de Agricultura y en el sitio web de la DG AGRI) Aspectos generales 1. Tipos de cambio del ejercicio de 2002 Procedimiento presupuestario 2. Pormenores del procedimiento presupuestario de 2002 Tesorería y gestión de créditos 3. Síntesis de la ejecución del ejercicio de 2002 4. Anticipos a los Estados miembros con cargo al ejercicio de 2002 5. Pagos directos realizados por la Comisión Europea en el ejercicio de 2002 Análisis de la ejecución presupuestaria 6. La ejecución presupuestaria en el ejercicio de 2002 7. Medidas veterinarias y fitosanitarias 8. Gastos contabilizados en el presupuesto de 2002 9. Gastos de la Sección de Garantía del FEOGA incluidos en el presupuesto de 2002 (por capítulos y por Estados miembros) 10. Evolución de los gastos de la Sección de Garantía del FEOGA (por capítulos) 11. Evolución de los gastos de la Sección de Garantía del FEOGA (por Estados miembros) 12. Evolución de los gastos de la Sección de Garantía del FEOGA (por sectores) 13. Evolución de los gastos de la Sección de Garantía del FEOGA (por sectores y en porcentaje) de 1997 a 2002 14. Evolución de los gastos de la Sección de Garantía del FEOGA (por sectores y según el carácter económico de las medidas) de 1997 a 2002 15. Desglose de los gastos de la Sección de Garantía del FEOGA (por sectores y según el carácter económico de las medidas) en el ejercicio de 2002 16. Reparto de los gastos de intervención (por capítulos y según el carácter económico de las medidas) en el ejercicio de 2002 17. Reparto de los gastos de intervención en forma de almacenamiento en el ejercicio de 2002 18. Cantidad y valor de los productos de las existencias públicas en poder de los organismos de intervención Liquidación de cuentas 19. Situación a 14.10.2002 de los recursos pendientes contra la Decisión de liquidación de cuentas de 1993 20. Situación a 14.10.2002 de los recursos pendientes contra la Decisión de liquidación de cuentas de 1995 21. Situación a 14.10.2002 de los recursos pendientes contra la Decisión de liquidación de cuentas 2000/216/CE (cuarta decisión) 22. Situación a 14.10.2002 de los recursos pendientes contra la Decisión de liquidación de cuentas 2000/449/CE (quinta decisión) 23. Situación a 14.10.2002 de los recursos pendientes contra la Decisión de liquidación de cuentas 2001/137/CE (sexta decisión) 24. Situación a 14.10.2002 de los recursos pendientes contra la Decisión de liquidación de cuentas 2001/557/CE (séptima decisión) 25. Situación a 14.10.2002 de los recursos pendientes contra la Decisión de liquidación de cuentas 2002/523/CE (novena decisión) 26. Situación a 14.10.2002 de los recursos pendientes contra la Decisión de liquidación de cuentas (décima decisión) 27. Situación a 14.10.2002 de los recursos pendientes contra la Decisión de liquidación de cuentas 2002/461/CE (auditoría contable) El FEOGA y sus recursos financieros - Ingresos en el sector del azúcar 28. Nivelación de los gastos de almacenamiento en el sector del azúcar comunitario 29. Ingresos en el sector del azúcar - ejercicio de 2001 (situación a 31.3.2002) 30. Sistema de autofinanciación del sector del azúcar - campañas de 1995/96 a 2001/02.