Resolución del Parlamento Europeo que contiene las observaciones que forman parte integrante de la decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2001 en lo que se refiere a la Sección VI — Comité Económico y Social
Diario Oficial n° L 148 de 16/06/2003 p. 0055 - 0056
Diario Oficial n° 064 E de 12/03/2004 p. 0226 - 0227
Resolución del Parlamento Europeo que contiene las observaciones que forman parte integrante de la decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2001 en lo que se refiere a la Sección VI - Comité Económico y Social EL PARLAMENTO EUROPEO, Vistos la cuenta de gestión y el balance financiero relativos al ejercicio 2001 [SEC(2002) 405 - C5-0246/2002], Vistos el Informe Anual del Tribunal de Cuentas relativo al ejercicio 2001 y las respuestas de las instituciones (C5-0538/2002)(1), Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes presentada por el Tribunal de Cuentas, de conformidad con el artículo 248 del Tratado CE (C5-0538/2002), Vista la Recomendación del Consejo de 7 de marzo de 2003 (C5-0087/2003), Vistos el apartado 10 del artículo 272 y el artículo 275 del Tratado CE, Vistos los apartados 2 y 3 del artículo 22 del Reglamento financiero de 21 de diciembre de 1977(2) y el artículo 50 del Reglamento financiero de 25 de junio de 2002(3), Vistos el artículo 93 bis y el Anexo V de su Reglamento, Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A5-0101/2003/rev.1), 1. Felicita al Comité Económico y Social por su buena disposición(4) en lo que se refiere a la presentación a la autoridad encargada de la aprobación de la gestión de la totalidad del informe anual de actividades elaborado por sus ordenadores delegados de conformidad con el apartado 7 del artículo 60 del nuevo Reglamento financiero; 2. Acoge con satisfacción los progresos realizados por el Comité Económico y Social(5) en lo que se refiere a la creación de un auditor interno independiente y a una instancia especializada en materia de irregularidades financieras, tal y como se prevé en el nuevo Reglamento financiero; subraya la necesidad de que el auditor interno del Comité Económico y Social adopte una actitud vigilante al examinar los sistemas, al igual que los funcionarios encargados de controlar las transacciones ("verificadores"), teniendo en cuenta los problemas registrados en relación con informes anteriores relativos a la aprobación de la gestión; 3. Pide al Comité Económico y Social que transmita a la autoridad encargada de la aprobación de la gestión una copia de sus disposiciones internas relativas a la ejecución de su presupuesto tan pronto como se adopten, así como la Carta aplicable a su auditor interno; 4. Acoge con satisfacción los ejemplos de cooperación interinstitucional (edificios, licitaciones en el ámbito de los seguros) que se incluyen en las respuestas al cuestionario(6), e insta a las instituciones a que continúen sus esfuerzos en este sentido; 5. Se congratula de la claridad y del talante informativo del análisis de la gestión financiera presentado por el Comité Económico Social(7); 6. Se congratula de las medidas adoptadas por ambas instituciones (CES y CdR) en su esfuerzo por lograr una verdadera política de igualdad de oportunidades(8) y los anima a que sigan avanzando en esa dirección; 7. Lamenta que, contraviniendo las prácticas contables, se haya incluido en el balance de ambas instituciones la amortización de los terrenos correspondientes al edificio Montoyer; confía en que, siguiendo las recomendaciones del Tribunal de Cuentas, esta amortización se corrija en la liquidación correspondiente al ejercicio 2002; 8. Toma nota del análisis realizado por el Tribunal de Cuentas(9) en el sentido de que no puede garantizarse la fiabilidad del valor de la rúbrica "Otros inmovilizados materiales del balance financiero", puesto que desde 1998 no se ha efectuado ningún inventario físico; toma nota de la respuesta de los dos Comités de que está previsto que a finales de 2002 concluya la elaboración de un inventario físico; pide al Tribunal de Cuentas que verifique la exactitud del inventario elaborado en este contexto; 9. Toma nota de la declaración efectuada(10) en el sentido de que el proyecto de renovación del edificio Belliard se mantiene tanto en términos de calendario como de calidad; pide, no obstante, a los dos Comités que presente un informe a la autoridad encargada de la aprobación de la gestión antes del 1 de julio de 2003 sobre la situación con respecto a las licitaciones para equipar las salas de reuniones, y que incluya una valoración del proyecto Belliard hasta la fecha desde el punto de vista de una buena gestión financiera; 10. Toma nota de que se han fijado las necesidades de los dos Comités en el contexto de la ampliación y de que se ha presentado una solicitud a la Autoridad Presupuestaria; 11. Pide a los miembros de la Convención Europea que piensen detenidamente en la eficacia y el significado del CES en el contexto de los 300 órganos y comités consultivos que se agrupan actualmente alrededor de la Comisión, así como que tengan en cuenta los solapamientos y la duplicación de esfuerzos y que adopten medidas para garantizar que esto no se siga produciendo; 12. Subraya que el CES sólo puede ser consultado sobre la formulación de políticas y que puede hacer recomendaciones, pero que el diálogo social alcanzado en el Tratado de Maastricht puede, por el contrario, dar lugar a una legislación vinculante; manifiesta su preocupación por el hecho de que los interlocutores sociales sean críticos con respecto a la falta de recursos de que disponen, y, por otra parte, toma nota de que, tras la ampliación, los costes del CES ascenderán a 99,6 millones de euros (Informe del CES a las autoridades presupuestarias, octubre de 2001), aunque parte de estos costes serán compartidos con el CdR; pide a los miembros de la Convención Europea que tengan este hecho en cuenta durante las deliberaciones sobre el futuro de Europa. (1) DO C 295 de 28.11.2002, p. 1. (2) DO L 356 de 31.12.1977, p. 1. (3) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1. (4) Respuestas al cuestionario PE 315.844 (pregunta 3). (5) Respuestas al cuestionario PE 315.844 (pregunta 2). (6) PE 315.844 (pregunta 4). (7) Anexo a la cuenta de gestión [SEC (2002) 405]. (8) Respuesta al cuestionario PE 315.844 (pregunta 3). (9) Informe Anual 2001, apartado 7.15. (10) Respuesta al cuestionario PE 315.844 (pregunta 1).