52002XC0906(02)

Anuncio relativo a los derechos antidumping vigentes con respecto a las importaciones en la Comunidad de determinados tubos sin soldadura y tubos de hierro o de acero sin alear originarias, entre otros lugares, de la República Checa: modificación del nombre de una empresa sujeta a un tipo de derecho antidumping individual

Diario Oficial n° C 212 de 06/09/2002 p. 0008 - 0008


Anuncio relativo a los derechos antidumping vigentes con respecto a las importaciones en la Comunidad de determinados tubos sin soldadura y tubos de hierro o de acero sin alear originarias, entre otros lugares, de la República Checa: modificación del nombre de una empresa sujeta a un tipo de derecho antidumping individual

(2002/C 212/03)

Las importaciones de determinados tubos sin soldadura y tubos de hierro o de acero sin alear originarios, entre otros sitios, de la República Checa están sujetas a derechos antidumping definitivos, impuestos por el Reglamento (CE) n° 2320/97(1) del Consejo.

Vítkovice a.s., empresa establecida en la República Checa y cuyas exportaciones a la Comunidad de determinados tubos sin soldadura y tubos de hierro o de acero sin alear están sujetas a un tipo de derecho antidumping individual de 5,1 % en virtud del Reglamento antes mencionado, ha informado a la Comisión de que ha cambiado su nombre por el de Vítkovice-Válcovna trub, a.s. La empresa ha solicitado a la Comisión que confirme que el cambio de nombre no afecta al derecho de la empresa a beneficiarse del derecho antidumping individual aplicable a la empresa con su anterior denominación de Vítkovice a.s.

La Comisión ha examinado la información facilitada, que demuestra que ninguna de las actividades de la empresa vinculadas a la fabricación, la venta y la exportación de determinados tubos sin soldadura y tubos de hierro o de acero sin alear resulta afectada por el cambio de nombre. Por lo tanto, la Comisión ha llegado a la conclusión de que el cambio del nombre de la empresa no afecta en modo alguno a las conclusiones del Reglamento (CE) n° 2320/97. Teniendo en cuenta la ausencia de cualquier cambio sustantivo de las circunstancias, la referencia del apartado 2 del artículo 1 del Reglamento (CE) n° 2320/97 a Vítkovice a.s. deberá leerse como Vítkovice-Válcovna trub, a.s.

El código TARIC adicional 8058 atribuido previamente a Vítkovice a.s. se aplicará a Vítkovice-Válcovna trub, a.s.

(1) DO L 322 de 25.11.1997, p. 1.