Comunicación de la Comisión en aplicación de los artículos 2 y 3 del Reglamento (CEE) n° 3769/92 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1992, por el que se aplica y modifica el Reglamento (CEE) n° 3677/90 del Consejo relativo a las medidas que deben adoptarse para impedir el desvío de determinadas sustancias para la fabricación ilícita de estupefacientes y sustancias psicotrópicas
Diario Oficial n° C 164 de 10/07/2002 p. 0002 - 0002
Comunicación de la Comisión en aplicación de los artículos 2 y 3 del Reglamento (CEE) n° 3769/92 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1992(1), por el que se aplica y modifica el Reglamento (CEE) n° 3677/90 del Consejo(2) relativo a las medidas que deben adoptarse para impedir el desvío de determinadas sustancias para la fabricación ilícita de estupefacientes y sustancias psicotrópicas (2002/C 164/02) >SITIO PARA UN CUADRO> >SITIO PARA UN CUADRO> (1) DO L 383 de 29.12.1992, p. 17; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1232/2002 de la Comisión de 10.7.2002 (DO L 180 de 10.7.2002, p. 5). (2) DO L 357 de 20.12.1990, p. 1; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 988/2002 del Consejo de 3 de junio de 2002 (DO L 151 de 11.6.2002, p. 1).