52002DC0347

Comunicación de la Comisión relativa a la responsabilidad social de las empresas: una contribución empresarial al desarrollo sostenible /* COM/2002/0347 final */


COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN relativa a la responsabilidad social de las empresas: una contribución empresarial al desarrollo sostenible

ÍNDICE

1. Introducción

2. Resumen de la consulta sobre el Libro Verde relativo a la RSE

3. Un marco de acción europeo para la RSE

4. Dar a conocer mejor la RSE y facilitar el intercambio de experiencias y de buenas prácticas

4.1. Dar a conocer mejor el impacto de la responsabilidad social en las empresas y en la sociedad

4.2. Fomentar el intercambio de experiencias y buenas prácticas en materia de RSE entre las empresas

4.3. Fomentar el intercambio de experiencias y buenas prácticas en materia de RSE entre los Estados miembros

4.4. Desarrollar las capacidades de gestión en materia de RSE

4.5. Fomentar la responsabilidad social entre las PYME

5. Promover la convergencia y la transparencia de las prácticas y los instrumentos de RSE

5.1. Códigos de conducta

5.2. Normas de gestión

5.3. Medición, elaboración de informes y validación

5.4. Etiquetas

5.5. Inversión socialmente responsable (ISR)

6. Creación de un foro multilateral europeo sobre la RSE

7. Integración de la RSE en todas las políticas de la UE

7.1. Política de empleo y asuntos sociales

7.2. Política empresarial

7.3. Política medioambiental

7.4. Política de protección de los consumidores

7.5. Política de contratación pública

7.6. Política exterior, incluida la política comercial y de cooperación al desarrollo

7.7. Administraciones públicas

1. Introducción

En julio de 2001, la Comisión presentó el Libro Verde «Fomentar un marco europeo para la responsabilidad social de las empresas» [1], cuyos objetivos eran, en primer lugar, estimular el debate sobre el concepto de responsabilidad social de las empresas (RSE) y, en segundo lugar, definir los medios para desarrollar una asociación con vistas a la instauración de un marco europeo para la promoción de la RSE.

[1] COM(2001) 366.

El concepto de responsabilidad social de las empresas se define en el Libro Verde como «la integración voluntaria, por parte de las empresas, de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones comerciales y sus relaciones con sus interlocutores», pues las empresas son cada vez más conscientes de que un comportamiento responsable genera éxitos comerciales duraderos. Sin embargo, la responsabilidad social consiste también en gestionar los cambios dentro de la empresa de una manera socialmente responsable, lo que ocurre cuando una empresa procura reconciliar los intereses y las necesidades de las distintas partes de manera aceptable para todas ellas. Una gestión socialmente responsable de los cambios generará efectos positivos para las empresas a nivel macroeconómico.

La responsabilidad social de las empresas puede, por tanto, ayudar a la consecución del objetivo estratégico establecido en marzo de 2000 en la cumbre de Lisboa, de convertir a la Unión Europea en 2010 en «la economía del conocimiento más competitiva y dinámica del mundo, capaz de crecer económicamente de manera sostenible con más y mejores empleos y con mayor cohesión social», y puede también contribuir a la estrategia europea de desarrollo sostenible.

El proceso de consulta sobre el Libro Verde ha servido para apoyar la acción comunitaria en el ámbito de la responsabilidad social de las empresas. En la presente Comunicación, elaborada en seguimiento del Libro Verde adoptado el pasado año, la Comisión expone a lo largo de seis capítulos su propuesta de estrategia de promoción de la RSE. En el primer capítulo se resumen brevemente los resultados del proceso de consulta; en el segundo se describe la propuesta de estrategia europea destinada a promover la responsabilidad social de las empresas, que incluye una definición del concepto de RSE, el examen del lugar que ocupa en el contexto del desarrollo sostenible y sus repercusiones en las empresas y la sociedad. Los capítulos 3 a 6 describen propuestas de acciones conexas.

La presente Comunicación va dirigida a las instituciones europeas, a los Estados miembros y a los interlocutores sociales, pero también a las asociaciones de empresas y de consumidores, a las empresas individuales y a otros agentes interesados, en la medida en que la estrategia europea de promoción de la RSE sólo podrá desarrollarse y aplicarse a través de la acción conjunta de todas las partes. La Comisión invita a las empresas y a sus partes interesadas, así como a los interlocutores sociales de los países candidatos, a que se asocien a esta iniciativa.

2. Resumen de la consulta sobre el Libro Verde relativo a la RSE

La Comisión ha recibido más de 250 respuestas al Libro Verde, que pueden consultarse en el sitio Europa (http://europa.eu.int/comm/employment_social/soc-dial/csr/csr_responses.htm ). Cerca de la mitad proceden de organizaciones patronales, empresas individuales o asociaciones de empresas y, el resto, de sindicatos y organizaciones de la sociedad civil, así como de organizaciones locales, regionales, nacionales, europeas e internacionales, el mundo académico y otras personas interesadas.

Las instituciones europeas --Consejo, Parlamento, Comité Económico y Social y Comité de las Regiones-- también han adoptado dictámenes sobre el Libro Verde. Por último, varios Estados miembros han enviado sus observaciones a la Comisión.

Todas las respuestas acogen con satisfacción el Libro Verde y confirman la utilidad de mantener un debate abierto sobre el concepto de responsabilidad social de las empresas. Casi todas las partes --interlocutores sociales y otros-- se muestran favorables a una acción de la Comunidad en este ámbito.

Sin embargo, se observan también algunas divergencias importantes en las posiciones expresadas:

* Las empresas subrayan la naturaleza voluntaria de la responsabilidad social, su integración en el contexto del desarrollo sostenible y la necesidad de definir su contenido a escala global. Destacan que no cabe esperar soluciones «únicas e universales» y que cualquier tentativa de regular la responsabilidad social de las empresas a nivel europeo sería contraproducente, en la medida en que anularía la creatividad y el carácter innovador de las empresas, que constituyen el motor del desarrollo con éxito de la RSE. Además, podría generar conflictos de prioridades para las empresas que operan en distintas áreas geográficas.

* Los sindicatos y las organizaciones de la sociedad civil advierten de que las iniciativas voluntarias no son suficientes para salvaguardar los derechos de los trabajadores y los ciudadanos y propugnan el desarrollo de un marco reglamentario que establezca normas mínimas y garantice unas reglas de juego equitativas. Insisten además en que, para ser creíbles, las prácticas de responsabilidad social no pueden ser definidas, aplicadas y evaluadas de manera unilateral por las propias empresas y que es necesaria la participación de todas las partes interesadas. Exigen, además, la introducción de mecanismos eficaces que obliguen a las empresas a responsabilizarse de las consecuencias sociales y medioambientales de sus actividades.

* Los inversores señalan la necesidad de mejorar la divulgación de la información y la transparencia de las prácticas empresariales, así como la metodología utilizada por las agencias de calificación y la gestión de los fondos de inversión socialmente responsable (ISR) y de los fondos de pensiones.

* Las organizaciones de consumidores insisten en la importancia de disponer de información exhaustiva y fiable sobre las condiciones éticas, sociales y ecológicas de producción y comercialización de los bienes y los servicios, que les oriente en sus decisiones de compra.

* En su Resolución de 3 de diciembre de 2001, el Consejo señaló que un enfoque europeo de la responsabilidad social de las empresas podría servir para desarrollar el concepto y para completar las medidas existentes a nivel local y nacional, aportándoles un valor añadido. El Consejo mencionó asimismo que la responsabilidad social podría contribuir no sólo a fomentar un elevado nivel de cohesión social, de protección del medio ambiente y de respeto de los derechos fundamentales, sino también a mejorar la competitividad para todos los tipos de empresas, desde PYME a multinacionales, y en todos los sectores de actividad.

* El Comité Económico y Social ha subrayado que los principios de acción voluntaria y de sostenibilidad medioambiental, económica y social, junto con las orientaciones incluidas en los acuerdos suscritos en el ámbito de las organizaciones internacionales, deben servir de marco de referencia para las nuevas iniciativas europeas destinadas a apoyar los esfuerzos de las empresas en el ámbito de la responsabilidad social.

* El Comité de las Regiones considera que la acción a nivel europeo debe proporcionar un marco que permita aumentar la sensibilización, promover principios responsables y ayudar a las empresas y autoridades públicas a integrar la responsabilidad social en sus actividades.

* Por último, el Parlamento Europeo ha propuesto integrar el concepto de responsabilidad social de las empresas en todos los ámbitos de competencia de la UE, en particular en la financiación de las medidas sociales y regionales, y establecer una plataforma multilateral sobre este tema. Aboga por que las empresas incluyan en sus informes un triple balance que mida sus resultados en materia social y medioambiental, incluida la dimensión de los derechos humanos.

3. Un marco de acción europeo para la RSE

Definir la responsabilidad social de las empresas

La RSE es un concepto con arreglo al cual las empresas deciden voluntariamente integrar las preocupaciones sociales y ecológicas en sus actividades comerciales y en las relaciones con sus interlocutores.

La principal función de una empresa consiste en crear valor con la producción de bienes y servicios que respondan a la demanda de la sociedad y generar de este modo beneficios para sus propietarios y accionistas, así como bienestar para la sociedad en general, en particular gracias a un proceso continuo de creación de empleo. Sin embargo, las nuevas presiones sociales y de mercado transforman progresivamente los valores y las perspectivas de la actividad empresarial.

Hoy en día, los empresarios están cada vez más convencidos de que el éxito comercial y los beneficios duraderos para sus accionistas no se obtienen únicamente con una maximización de los beneficios a corto plazo, sino con un comportamiento orientado por el mercado, pero responsable. Así pues, las empresas son conscientes de que pueden contribuir al desarrollo sostenible orientando sus operaciones a fin de favorecer el crecimiento económico y aumentar su competitividad, al tiempo que garantizan la protección del medio ambiente y fomentan la responsabilidad social, incluidos los intereses de los consumidores.

En este contexto, son cada vez más las empresas que adoptan una cultura de responsabilidad social. Pese a la amplia gama de enfoques relativos a la RSE, existe un consenso generalizado sobre sus principales características:

- la responsabilidad social consiste en un comportamiento que adoptan las empresas voluntariamente, más allá de sus obligaciones jurídicas, por considerar que redunda a largo plazo en su propio interés;

- la responsabilidad social está intrínsecamente vinculada al concepto de desarrollo sostenible: las empresas deben integrar en sus operaciones las consecuencias económicas, sociales y medioambientales;

- la RSE no es algo que pueda «añadirse» optativamente a las actividades principales de la empresa, sino que afecta a su propia gestión.

Existe en Europa una larga tradición de iniciativas empresariales socialmente responsables. No obstante, lo que distingue al concepto actual de responsabilidad social es el intento de gestionar dicha responsabilidad de manera estratégica y dotarse con los instrumentos adecuados para ello. Es decir, se trata de un enfoque comercial que sitúa las expectativas de las partes interesadas y el principio de perfeccionamiento e innovación continuos en el núcleo de la estrategia empresarial. El contenido mismo de la responsabilidad social depende de la situación particular de cada empresa y del contexto específico en el que opera, ya sea en Europa u otros lugares del mundo. En la perspectiva de la ampliación es, además, importante fomentar una percepción del concepto común a los Estados miembros y a los países candidatos.

Un mayor reconocimiento de la responsabilidad social de las empresas

Las empresas, los responsables políticos y otras partes interesadas reconocen la responsabilidad social como un elemento importante de las nuevas formas de gobernanza, que puede ayudarles a responder a los siguientes cambios fundamentales:

* la mundialización ha creado nuevas oportunidades para las empresas, pero ha aumentado también el grado de complejidad organizativa, al tiempo que la creciente expansión de sus actividades en el extranjero hace surgir nuevas responsabilidades a escala global, en particular en los países en desarrollo;

* aspectos como la imagen y el prestigio desempeñan un papel cada vez más importante para la competitividad en el contexto empresarial, ya que tanto las ONG como los consumidores exigen más información sobre las condiciones de producción de bienes y servicios, así como su impacto en la sostenibilidad, y tienden a premiar con su comportamiento a las empresas social y ecológicamente responsables;

* en parte como consecuencia de estos factores, los accionistas exigen que la divulgación de información no se limite a los tradicionales informes financieros a fin de poder identificar mejor los factores de éxito y de riesgo inherentes a una empresa, así como su capacidad de responder a la opinión pública;

* a medida que aspectos como el conocimiento y la innovación cobran mayor relevancia para la competitividad, aumenta el interés de las empresas por mantener una mano de obra competente y altamente cualificada.

La dimensión global de la RSE

Las respuestas al Libro Verde han puesto de manifiesto la naturaleza global de las cuestiones y preocupaciones vinculadas a la responsabilidad social de las empresas, reflejando el hecho de que un número cada vez mayor de empresas, incluidas las PYME, operan a nivel mundial en consonancia con la liberalización de los mercados y la integración comercial, y recurren a filiales y proveedores de países en desarrollo.

La gobernanza mundial y la interrelación entre el comercio, la inversión y el desarrollo sostenible son aspectos cruciales del debate sobre la responsabilidad social de las empresas. En efecto, una toma de conciencia de las cuestiones e inquietudes suscitadas por la RSE permitiría promover inversiones de carácter más sostenible, así como políticas de cooperación al desarrollo y transferencias tecnológicas más eficaces.

Ambos procesos de liberalización del comercio y de los mercados financieros deberían ir acompañados de un sistema eficaz de gobernanza mundial que tenga en cuenta la dimensión social y ecológica. Con la mundialización, las empresas se han visto cada vez más expuestas a la delincuencia económica transfronteriza, situación que exige una respuesta internacional.

Las empresas multinacionales que cumplan las normas acordadas internacionalmente podrán contribuir a un funcionamiento más sostenible de los mercados comerciales internacionales, por lo que es importante que la promoción de la RSE a ese nivel se base en normas internacionales y en instrumentos consensuados.

Estos instrumentos son, actualmente, de dos tipos. En primer lugar, las directrices de la OCDE para las empresas multinacionales, que constituyen el conjunto más exhaustivo de normas acordadas internacionalmente sobre las actividades de las multinacionales. Al promover la RSE en los países en desarrollo, las empresas de la UE deberán demostrar y divulgar su plena adhesión a dichas normas en todo el mundo. En segundo lugar, independientemente de la RSE, existen acuerdos internacionales cuyo cumplimiento deben fomentar los gobiernos. En su Comunicación titulada «Promover las normas fundamentales del trabajo y mejorar la gobernanza social en el contexto de la mundialización» [2], la Comisión subrayó la necesidad de garantizar el respeto de dichas normas en el contexto de la mundialización y, en particular, el carácter universal de las mismas, así como la necesidad de adoptar códigos de conducta que integren los convenios fundamentales de la OIT.

[2] COM(2001) 416.

Paralelamente, la definición de marcos comunes para fomentar la dimensión global de la RSE constituye un reto habida cuenta de la diversidad de las políticas nacionales, la protección de los trabajadores y la reglamentación en materia de medio ambiente. Varias iniciativas en las que participan empresas europeas, como Investors for Africa, World business at the global level, Council for Sustainable Development y el Pacto Mundial de las Naciones Unidas tienen por objeto definir prácticas y principios básicos. El enfoque que subyace a estas iniciativas es que, tanto a nivel global como Europeo, la aplicación de los principios de responsabilidad social debe rebasar las obligaciones legales de las empresas e incluir la consulta con los interlocutores locales.

Las respuestas al Libro Verde pusieron de relieve asimismo el importante papel que desarrollan los gobiernos, las organizaciones internacionales y la sociedad civil para aumentar la sensibilización y supervisar la aplicación de las normas sociales y medioambientales acordadas internacionalmente. El valor añadido de la actividad de la UE en esta área y en la promoción de la dimensión internacional de la RSE se desarrolla en la sección 7.6.

Los desafíos que plantea la difusión generalizada de la RSE

Los desafíos que plantean la sensibilización, la divulgación y la adopción generalizada de prácticas socialmente responsables en las empresas se derivan de:

* la falta de información sobre la relación que existe entre la responsabilidad social y los resultados económicos de las empresas («el argumento comercial»);

* la ausencia de consenso entre las distintas partes interesadas en torno a una definición adecuada de responsabilidad social, que tenga en cuenta su dimensión global, en particular la diversidad de los marcos políticos nacionales;

* la escasa educación y formación sobre el papel de la RSE, en particular en las escuelas de comercio y de gestión empresarial;

* la insuficiente sensibilización de las PYME y sus recursos limitados;

* la falta de transparencia, que se deriva de la inexistencia de instrumentos ampliamente reconocidos para diseñar, administrar y divulgar las políticas en materia de responsabilidad social;

* el escaso reconocimiento y apoyo de los consumidores e inversores con respecto a los comportamientos socialmente responsables de las empresas;

* la falta de coherencia de las políticas públicas.

Hacia un marco de acción europeo en favor de la responsabilidad social de las empresas

En principio, la adopción de una actitud de responsabilidad social corresponde a las propias empresas en interacción dinámica con sus interlocutores. Sin embargo, puesto que todo indica que la responsabilidad social de las empresas aporta un valor a la sociedad contribuyendo a un desarrollo más sostenible, las autoridades públicas deben fomentar las prácticas empresariales responsables desde un punto de vista social y ecológico.

La necesidad de una acción pública se deriva también de la gestión inadecuada a nivel mundial y nacional. En su Comunicación «Hacia una asociación global en favor del desarrollo sostenible», de 13 de febrero de 2002, la Comisión destacó las posibles consecuencias negativas de una globalización incontrolada. Las políticas públicas en el ámbito de la responsabilidad social pueden imprimir una evolución positiva a la globalización, fomentando las buenas prácticas en las empresas como complemento de los esfuerzos realizados por las autoridades públicas en favor del desarrollo sostenible.

La acción comunitaria en el ámbito de la RSE debe apoyarse en los principios fundamentales establecidos en los acuerdos internacionales y deberá llevarse a cabo respetando plenamente el principio de subsidiariedad. En este contexto, existen al menos dos razones que justifican la oportunidad y necesidad de una acción comunitaria en el ámbito de la RSE. En primer lugar, la responsabilidad social de las empresas puede resultar un instrumento útil para reforzar las políticas comunitarias. En segundo lugar, la proliferación de distintos instrumentos en este ámbito (normas de gestión, sistemas de etiquetado y certificación, notificación, etc.) dificulta la comparación y puede confundir a las empresas, los consumidores, los inversores y otras partes interesadas, así como al público en general, además de provocar distorsiones en el mercado. Por lo tanto, la acción comunitaria podría servir para facilitar la convergencia de los instrumentos utilizados a fin de asegurar un funcionamiento adecuado del mercado interno y garantizar unas reglas de juego equitativas.

Las prácticas e instrumentos de responsabilidad social de las empresas cobrarán mayor eficacia si se inscriben en un esfuerzo concertado de todas las partes interesadas en pos de unos objetivos comunes. Además, dichas prácticas e instrumentos deberían ser transparentes y basarse en criterios o parámetros de referencia claros y verificables. Las políticas públicas pueden contribuir al desarrollo de un marco de acción que promueva la transparencia y, por ende, la credibilidad de las prácticas de responsabilidad social de las empresas.

Principios de la acción comunitaria

La Comisión propone una estrategia de promoción de la RSE fundada en los siguientes principios:

- reconocimiento de la naturaleza voluntaria de la RSE;

- prácticas de responsabilidad social creíbles y transparentes;

- focalización en las actividades en las que la intervención de la Comunidad aporte un valor añadido;

- enfoque equilibrado y global de la RSE que incluya los aspectos económicos, sociales y ecológicos, así como los intereses de los consumidores;

- atención a las necesidades y características de las PYME;

- apoyo y coherencia con los acuerdos internacionales existentes (normas fundamentales del trabajo adoptadas por la OIT, directrices de la OCDE para las empresas multinacionales).

La Comisión propone centrar su estrategia en las siguientes acciones:

1) dar a conocer mejor el impacto positivo de la responsabilidad social en las empresas y en la sociedad, tanto en Europa como en el resto del mundo, en particular en los países en desarrollo;

2) fomentar el intercambio de experiencias y buenas prácticas en materia de RSE entre las empresas;

3) promover el desarrollo de las capacidades de gestión en el ámbito de la RSE;

4) fomentar la adopción de prácticas de responsabilidad social entre las PYME;

5) facilitar la convergencia y la transparencia de las prácticas y los instrumentos de responsabilidad social;

6) crear a nivel de la UE un foro multilateral en este ámbito;

7) integrar la responsabilidad social en las políticas comunitarias.

La Comisión desea que los países candidatos participen lo más activamente posible en la aplicación de esta estrategia y fomentará la RSE como un estímulo para mejorar el desarrollo sostenible y la buena gobernanza en los países en desarrollo.

4. Dar a conocer mejor la RSE y facilitar el intercambio de experiencias y de buenas prácticas

4.1. Dar a conocer mejor el impacto de la responsabilidad social en las empresas y en la sociedad

Las respuestas al Libro Verde reflejan un amplio consenso entre las empresas en relación con la importancia estratégica de la responsabilidad social para garantizar su éxito comercial a largo plazo.

El potencial de las políticas de responsabilidad social para reforzar la relación simbiótica entre las empresas y la sociedad ya ha quedado demostrado en ámbitos como el crecimiento sostenible, la educación y la cohesión social. En efecto, la RSE puede contribuir a crear en las empresas un clima de confianza, que se traduciría en un mayor compromiso de los empleados y mejores resultados en términos de innovación. Un clima similar de confianza en las relaciones de cooperación con otras partes interesadas (socios comerciales, proveedores y consumidores) puede aumentar los resultados externos en cuanto a la innovación. La RSE puede estimular la confianza de los consumidores y contribuir de manera fundamental al crecimiento económico. En concreto, al asumir un comportamiento de responsabilidad social, las empresas pueden desempeñar un papel importante para prevenir y combatir la corrupción y los sobornos y evitar que las empresas se utilicen para el blanqueo de dinero y la financiación de actividades delictivas.

Por otro lado, las políticas de responsabilidad social pueden también multiplicar las ventajas que aportan las empresas a la sociedad en términos de innovación. Entre los ejemplos de esta contribución cabe destacar las prácticas innovadoras dirigidas a mejorar la calidad del empleo, ofrecer lugares de trabajo más seguros y mejor adaptados a los trabajadores, integrar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y facilitar la transferencia de innovación o tecnología hacia las comunidades locales y los países en desarrollo, factores que favorecen un desarrollo económico y social más equitativo entre el Norte y el Sur. De hecho, la RSE puede desempeñar un papel positivo y estimular el desarrollo de terceros países facilitando el diálogo entre las autoridades públicas, los interlocutores sociales y la sociedad civil de estos países y las empresas extranjeras.

El deseo de las empresas de mejorar su gestión de los riesgos constituye un importante factor de aceptación de la responsabilidad social. Las empresas reconocen, en general, que la RSE les permite gestionar mejor los riesgos, los bienes inmateriales, los procesos internos y las relaciones con sus interlocutores, tanto internos como externos. Algunas opinan que las oportunidades y ventajas que obtienen las empresas que respetan los convenios, las normas y otros instrumentos internacionales no vinculantes en el ámbito social y medioambiental pueden compensar los costes. Si bien la mayoría de las empresas están de acuerdo en el impacto positivo de la RSE en la competitividad a largo plazo, no están en condiciones, sin embargo, de cuantificar dicho efecto.

La demostración fehaciente de que la responsabilidad social y ecológica favorece la competitividad y el desarrollo sostenible, en particular de las PYME, sería el argumento más firme y eficaz para incitar a las empresas a adoptar un enfoque socialmente responsable. Esto podría hacerse mediante:

- el examen de los medios y las condiciones que permiten a las empresas socialmente responsables contribuir al objetivo de una mayor competitividad y de un desarrollo más sostenible: la introducción de un ámbito prioritario relativo a los ciudadanos y la gobernanza en una sociedad basada en el conocimiento en el programa marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (2002-2006) permitirá reunir la información necesaria a tal efecto;

- el apoyo de las actividades desarrolladas por las empresas, los interlocutores sociales, los centros de enseñanza y de formación y otras partes interesadas con el fin de aumentar la sensibilización y mejorar los conocimientos sobre este tema;

- el análisis y la difusión de información sobre las prácticas socialmente responsables y sus repercusiones en las empresas y los países de acogida.

4.2. Fomentar el intercambio de experiencias y buenas prácticas en materia de RSE entre las empresas

En sus respuestas al Libro Verde, las organizaciones patronales y las empresas individuales subrayaron la importancia que reviste el intercambio de experiencias y de buenas prácticas en materia de responsabilidad social como medio fundamental para profundizar en la definición del concepto, ya que permitiría a las empresas familiarizarse con el mismo, comparar su situación con la de sus competidores y lograr un consenso sobre los instrumentos que deben utilizarse, tales como las normas para la elaboración de informes y los procedimientos de verificación. Estos intercambios podrían resultar especialmente útiles a nivel sectorial, ya que contribuirían significativamente a definir los desafíos comunes y las posibilidades de cooperación entre competidores. Dicha cooperación permitiría reducir los costes derivados de la adopción de prácticas de responsabilidad social y contribuiría a garantizar unas reglas de juego equitativas. Permitiría también dar a conocer la RSE en las cadenas de producción.

Las cooperativas y otras empresas de tipo mutualista y asociativo tienen una larga tradición en combinar viabilidad económica y responsabilidad social gracias al diálogo entre las partes interesadas y a la gestión participativa, y pueden servir de referencia a otras organizaciones.

La eficacia de los foros de intercambio de buenas prácticas y experiencias a nivel local, regional, nacional y europeo podría reforzarse a través de una mejor conexión en red y la coordinación de sus actividades.

La integración de la RSE en el trabajo de las redes europeas de apoyo a las empresas facilitaría el diálogo y la cooperación entre estas últimas.

4.3. Fomentar el intercambio de experiencias y buenas prácticas en materia de RSE entre los Estados miembros

Las políticas en el ámbito de la responsabilidad social de las empresas que han adoptado algunos Estados miembros difieren unas de otras en función de las tradiciones, las situaciones y los desafíos de cada país. Con el objeto de facilitar el intercambio de información sobre las políticas nacionales y apoyar su trabajo en el ámbito de la responsabilidad social de las empresas, la Comisión ha establecido un grupo de representantes sociales de alto nivel de los Estados miembros, que se ha reunido regularmente.

La Comisión seguirá facilitando el intercambio de información y la difusión de buenas prácticas con respecto a las estrategias y actividades de sensibilización, centrándose en particular en las PYME, así como las iniciativas encaminadas a estudiar y establecer sistemas de gestión de la calidad total y otras medidas (legislación y apoyo en el ámbito de la responsabilidad social de las empresas). Propondrá también una revisión por pares de las prácticas de responsabilidad social en los Estados miembros con vistas a evaluar los resultados y el valor añadido de los marcos reglamentarios y los sistemas de control.

4.4. Desarrollar las capacidades de gestión en materia de RSE

La mayoría de las respuestas al Libro Verde insisten en la importancia de la educación y la formación del personal de dirección, los empleados y otros agentes para la promoción de la responsabilidad social de las empresas. El sistema educativo, a todos los niveles, tiene una misión fundamental en la promoción de la responsabilidad social entre los ciudadanos, incluidos los que trabajan, o van a trabajar, en la esfera empresarial o fuera de ella. Entre los principales medios de que dispone para cumplir este papel cabe señalar las acciones que permiten a los ciudadanos comprender y apreciar los valores sociales, ecológicos o éticos y les ofrecen las herramientas adecuadas para decidir con conocimiento de causa. A este respecto, la educación y la formación en el ámbito de la administración de empresas presenta un interés particular con relación a la RSE. Impulsar un verdadero diálogo sobre este tema entre el mundo de la empresa y el de la educación puede contribuir a fomentar los principios y prácticas socialmente responsables.

Los sistemas educativos, las empresas, los representantes de los trabajadores y otras partes interesadas, incluidos los consumidores, podrían ampliar sus intercambios de buenas prácticas con respecto a la integración de los principios de la RSE en la educación general y en la formación en materia de administración de empresas.

Los Fondos Estructurales aportan una ayuda financiera significativa para la recuperación económica y social de zonas con dificultades estructurales, así como para la adaptación y modernización de los sistemas y políticas de enseñanza, formación y empleo, en particular con vistas a aumentar la adaptabilidad y las oportunidades de empleo de los trabajadores. A este respecto, el Fondo Social Europeo podría contribuir a fomentar la responsabilidad social en la formación destinada al personal de dirección y otros trabajadores, así como elaborar, en colaboración con las empresas, material didáctico y cursos para los centros de enseñanza, en especial aquellos que trabajan en el ámbito del aprendizaje permanente.

4.5. Fomentar la responsabilidad social entre las PYME

El concepto de responsabilidad social de las empresas fue desarrollado principalmente por y para las multinacionales. En consonancia con la estrategia de la Comisión de «pensar a pequeña escala» («Think small first»), el concepto, las prácticas y los instrumentos de la RSE deberían adaptarse a la situación específica de las PYME, que representan la gran mayoría de las empresas europeas. En virtud de su menor complejidad y del papel destacado que desempeña el propietario, las PYME gestionan a menudo su impacto en la sociedad de manera más intuitiva y más informal que las grandes empresas. En realidad, muchas PYME ya aplican prácticas social y ecológicamente responsables sin estar familiarizadas con el concepto o divulgar sus actividades. Con frecuencia, las PYME asimilan estas prácticas a un espíritu empresarial responsable.

La mitad de las PYME europeas encuestadas [3] indican que ya operan con prácticas social y ecológicamente responsables en beneficio de sus interlocutores externos. Puede decirse que su compromiso social o en favor de la comunidad se caracteriza por tener un alcance local y un carácter ocasional y no estar asociado a ninguna estrategia empresarial. La principal motivación sería la concepción ética del propietario/director de la empresa, aunque numerosas PYME reconocen que obtienen ventajas comerciales, tales como mejores relaciones con sus clientes y la comunidad local. Además, puede establecerse una correlación positiva entre la prioridad estratégica de las PYME y sus actividades socialmente responsables: las PYME orientadas hacia la innovación, la calidad y el crecimiento presentan resultados más prometedores en términos de compromisos sociales presentes o futuros. Los principales obstáculos a la responsabilidad social, sobre todo en las PYME de menor tamaño, parecen ser la falta de sensibilización y los recursos limitados. Las asociaciones de pequeñas empresas, así como sus organizaciones y redes de apoyo, pueden desempeñar un papel fundamental para aumentar la sensibilización, proporcionando información y herramientas de fácil uso y difundiendo ejemplos de buenas prácticas.

[3] Encuesta realizada por la ENSR en 2000 a más de 7 000 PYME, que figura en un informe sobre las PYME europeas y la responsabilidad social y medioambiental, publicado en la 7ª edición del Observatorio de las PYME europeas en 2002, DG Empresa de la Comisión Europea

Puesto que las PYME no obtienen los mismos beneficios de su compromiso social que una gran empresa, es esencial ayudar a las pequeñas empresas a adoptar un enfoque más estratégico. A fin de lograr una mejor comprensión y una mayor participación de las PYME, son necesarias pruebas que respalden el argumento comercial en favor de la RSE para los distintos tipos de pequeñas y medianas empresas que operan en contextos culturales diferentes. En el futuro, es probable que las presiones para adoptar prácticas socialmente responsables provengan, en gran parte, de grandes empresas clientes, quienes a su vez podrían ayudar a las pequeñas empresas a afrontar este desafío a través de la formación, los sistemas de tutoría y otras iniciativas.

A fin de facilitar la adopción generalizada de prácticas empresariales responsables por parte de las PYME, conviene sensibilizar más a estas empresas sobre sus ventajas económicas y presentarlas como herramientas de gestión del riesgo. Es necesario asimismo:

- procurar entender mejor el compromiso actual de las PYME en el ámbito social y ecológico, en particular estudiando las características específicas de la responsabilidad social de las PYME y los argumentos comerciales en su favor;

- fomentar el intercambio y la difusión de buenas prácticas definidas en colaboración con los expertos de los Estados miembros y los países candidatos, las organizaciones representativas de las PYME, las estructuras de apoyo a las empresas y las asociaciones de consumidores (por medio de publicaciones, recopilaciones en línea de buenas prácticas, etc.);

- facilitar el desarrollo y la difusión de herramientas de fácil uso y adaptadas a las PYME que deseen adoptar de forma voluntaria acciones socialmente responsables (material informativo, kit de herramientas dirigidas a las PYME, etc.);

- llamar la atención de las asociaciones de PYME y de las estructuras de apoyo a las empresas sobre la responsabilidad social con vistas a su integración en los servicios que apoyan las iniciativas de gestión responsable en las PYME;

- facilitar la cooperación entre las grandes empresas y las PYME en la gestión de su responsabilidad social y ecológica (por ejemplo, gestión de la cadena de suministro, programas de tutoría, etc.) en consonancia con las normas nacionales y comunitarias de competencia;

- sensibilizar a las PYME en relación con el impacto de sus actividades en los países en vías de desarrollo y promover políticas anticipatorias para estas empresas, en especial en ámbitos como las normas fundamentales del trabajo, la erradicación del trabajo infantil, la igualdad entre hombres y mujeres, la educación, la formación y la asistencia y el seguro sanitarios.

5. Promover la convergencia y la transparencia de las prácticas y los instrumentos de RSE

La responsabilidad social de una empresa atañe a una amplia gama de las actividades que realiza. Esto ocurre sobre todo en el caso de las empresas que operan en varios países y que deben adaptar sus actividades a las situaciones particulares de cada uno de ellos. Esta diversidad ha dado lugar a una enorme proliferación de iniciativas empresariales voluntarias, que presentan a menudo elementos innovadores junto con importantes desafíos, en especial la falta de transparencia y de comparabilidad.

La transparencia es un componente esencial del debate sobre la responsabilidad social de las empresas puesto que contribuye a mejorar sus prácticas y su comportamiento, al tiempo que permite a las empresas y a terceras partes cuantificar los resultados obtenidos [4]. Por consiguiente, es útil establecer parámetros de referencia que permitan medir y comparar los resultados de las empresas en el ámbito social y medioambiental a fin de garantizar la transparencia y facilitar una evaluación comparativa real y creíble. El interés que suscita el establecimiento de estos parámetros de referencia se ha plasmado en un aumento de directrices, principios y códigos durante la última década. No todos estos instrumentos son comparables en cuanto a su alcance, propósito, implementación o aplicabilidad en empresas, sectores o industrias específicas, ni responden a la exigencia de una verdadera transparencia sobre los resultados de las empresas en el ámbito social y medioambiental. A medida que se definen las expectativas en torno a la RSE, se hace necesaria una cierta convergencia de los conceptos, los instrumentos y las prácticas que, sin poner freno a la innovación, aporte una mayor transparencia y redunde en beneficio de todas las partes. Los parámetros de referencia con respecto a la RSE deben basarse en valores fundamentales y tener como punto de partida acuerdos internacionales como, por ejemplo, las normas fundamentales de trabajo de la OIT o las directrices de la OCDE para las empresas multinacionales.

[4] Una mayor transparencia evita también que las empresas pueden ser utilizadas por el crimen organizado y los grupos terroristas para blanquear u obtener fondos en beneficio propio.

En estos momentos existen a escala internacional varias iniciativas orientadas por el mercado que trabajan en favor de la convergencia y la transparencia en el ámbito de la RSE. Los Estados miembros han adoptado varias iniciativas para apoyarlas, de acuerdo con su propio enfoque de la responsabilidad social. La Comisión pretende aportar su contribución en favor de la convergencia y la transparencia de la RSE, facilitando el desarrollo, la difusión y la aceptación de estas iniciativas internacionales multilaterales por parte de las empresas y las partes interesadas.

Es preciso fomentar la convergencia y la transparencia en los siguientes ámbitos:

(1) Códigos de conducta

(2) Normas de gestión

(3) Contabilidad, auditoría y elaboración de informes

(4) Etiquetas

(5) Inversión socialmente responsable.

5.1. Códigos de conducta

El interés creciente del público por el impacto social y ecológico y por las normas éticas de la industria ha llevado a numerosas empresas, en particular en el sector de los bienes del consumo, a adoptar códigos de conducta sobre los derechos de los trabajadores, los derechos humanos o la protección del medio ambiente.

Los códigos de conducta constituyen instrumentos innovadores importantes para la promoción de los derechos humanos, laborales y medioambientales, así como de las medidas contra la corrupción, en especial en aquellos países en los que las autoridades públicas no aplican normas mínimas. Sin embargo, conviene destacar que estos códigos completan las legislaciones nacionales, comunitarias e internacionales, así como los convenios colectivos, pero no los sustituyen.

El principal desafío que plantean los códigos de conducta reside en asegurar su aplicación, verificación y control eficaces. A este respecto, la Comisión preconiza la adhesión de las empresas a los códigos de conducta definidos por las organizaciones internacionales. Deberá prestarse especial atención a la aplicación de estos códigos a los trabajadores del sector informal y a los subcontratistas, así como en las zonas de libre comercio.

La Comisión considera necesario que los códigos de conducta:

- tengan como normas mínimas comunes de referencia los convenios fundamentales de la OIT y las directrices de la OCDE para las empresas multinacionales;

- incluyan mecanismos adecuados de evaluación y control de su aplicación, así como un sistema de evaluación de la conformidad;

- impliquen en su elaboración, aplicación y control a los interlocutores sociales y otras partes interesadas, inclusive de los países en desarrollo;

- divulguen las experiencias y prácticas correctas de las empresas europeas.

La Comisión invita al foro multilateral europeo sobre la RSE (véase infra) a que examine la eficacia y credibilidad de los actuales códigos de conducta y la manera de fomentar la convergencia a nivel europeo.

5.2. Normas de gestión

Confrontadas, a través de sus organizaciones, a una gama cada vez más amplia de cuestiones complejas en ámbitos como las prácticas laborales y las relaciones con sus proveedores, las empresas, independientemente del sector en el que operan, así como de su tamaño, estructura o antigüedad, se beneficiarían del hecho de integrar los aspectos sociales y medioambientales en sus actividades diarias. En este contexto, los sistemas de gestión de la responsabilidad social, al igual que los sistemas de gestión de la calidad total, permitirían a las empresas tener una visión clara de las repercusiones de sus operaciones en el ámbito social y medioambiental, además de identificarlas y gestionarlas más eficazmente.

Por ejemplo, el sistema de gestión y auditoría medioambiental (SGAM) permite la participación voluntaria en un programa de gestión medioambiental de las empresas y otras organizaciones dispuestas a asumir el compromiso de evaluar, gestionar y mejorar sus resultados económicos y medioambientales. Además, la participación activa de los trabajadores constituye el motor de dicho sistema y contribuye a la gestión social de las organizaciones participantes.

La Comisión fomentará la participación en el sistema SGAM como instrumento de responsabilidad social y estudiará la pertinencia de utilizar este sistema para abordar los resultados sociales de las empresas y otras organizaciones. Invita al Foro multilateral europeo (véase infra) a que examine esta cuestión.

5.3. Medición, elaboración de informes y validación

En el transcurso de la última década, el número de empresas que ha empezado a hacer públicos sus resultados en el ámbito social y medioambiental ha aumentado notablemente. Los informes de «triple balance» relativos a los resultados económicos, sociales y medioambientales se imponen como ejemplo de prácticas correctas. En esta fase inicial de exploración, la flexibilidad actual puede facilitar la adecuación de estos informes a cada empresa. Sin embargo, un mayor consenso sobre el tipo de información que debe revelarse, la presentación formal de los informes, los indicadores utilizados y la fiabilidad del procedimiento de evaluación y auditoría permitiría una evaluación comparativa y una difusión de los resultados de las empresas más pertinentes en sectores específicos o para empresas de tamaño similar. Las directrices definidas por la Global Reporting Iniciative (GRI) constituyen un buen ejemplo de orientaciones a partir de las cuales se puede desarrollar dicho consenso para la elaboración de informes.

En el informe Gyllenhammar sobre la gestión del cambio ya se mencionaba la necesidad de elaborar los informes sociales en consulta con los representantes de los trabajadores y de incluir información estructurada sobre las prácticas y las políticas relativas al empleo y a las condiciones de trabajo.

En su Comunicación sobre una estrategia comunitaria en favor del desarrollo sostenible, de 15 de mayo de 2001, la Comisión invitó a todas las empresas con un mínimo de 500 empleados y que cotizaran en bolsa a publicar en sus informes anuales a los accionistas un «triple balance» que midiera sus resultados con arreglo a criterios económicos, ecológicos y sociales [5].

[5] En su reciente propuesta de modificación de la Cuarta (78/660/CEE) y Séptima (83/349/CEE) Directivas del Consejo, adoptada el 28 de mayo de 2002, (COM(2002) 259), la Comisión propone modificar dichas directivas a fin de fomentar la inclusión, en los informes anuales, de información no financiera que permita comprender los resultados de las empresas y su situación al término del ejercicio, --en otras palabras, los informes anuales no deberían limitarse a los aspectos financieros de los resultados o a la situación al término del ejercicio.

La Comisión invita el Foro europeo multilateral sobre la RSE (véase infra) a que establezca, para mediados de 2004, directrices y criterios comunes en materia de medición, elaboración de informes y validación.

5.4. Etiquetas

El derecho de los consumidores a la información está recogido en el Tratado CE. Para ser útil a los consumidores, la información debe ser precisa y accesible. A medida que aumenta su preferencia por los productos y los servicios responsables desde un punto de vista social y ecológico, los consumidores deben poder acceder a la información pertinente sobre las condiciones sociales y medioambientales de producción a fin de elegir con conocimiento de causa. Esta información está disponible bajo distintas formas y de diversas fuentes, e incluye declaraciones de los productores, información de las asociaciones de consumidores y etiquetas certificadas por terceros.

El respeto de determinados criterios comunes a la hora de formular y evaluar unilateralmente declaraciones sociales o ecológicas, mejoraría la eficacia y credibilidad de las mismas. En este sentido es esencial que los Estados miembros y las partes interesadas supervisen la veracidad de dichas declaraciones. Con el objeto de evitar la publicidad engañosa y fomentar las prácticas correctas en este ámbito, la Comisión prepara actualmente, conforme a la norma ISO 14021:1999, directrices aplicables a la formulación y evaluación de las autodeclaraciones medioambientales realizadas por los productores y distribuidores.

Los consumidores reciben también información a través de los sistemas de reconocimiento, tales como galardones, premios, etiquetas, etc. que identifican las prácticas correctas en determinadas categorías de productos. La etiqueta ecológica comunitaria [6], así como las iniciativas y etiquetas de comercio justo son ejemplos de sistemas de etiquetado de productos certificados por organismos independientes. Sin embargo, este tipo de etiquetas existe únicamente para un número limitado de categorías de productos y no es fácil obtener información pertinente sobre los aspectos sociales y medioambientales para la mayor parte de los productos de consumo.

[6] La etiqueta ecológica comunitaria («la flor») se concede a productos de la máxima calidad ecológica. Se trata de una etiqueta que responde a criterios de transparencia y credibilidad certificados, verificados y controlados por un organismo independiente. El consumidor puede estar seguro de que el producto que lleva esa etiqueta es óptimo con respecto a su impacto medioambiental.

Los movimientos en favor del comercio justo participan actualmente en acciones conjuntas encaminadas al establecimiento de criterios transparentes y verificables de etiquetado y certificación. La Comisión acoge con satisfacción estos esfuerzos, así como la racionalización de las etiquetas existentes por medio de iniciativas como la nueva etiqueta común de comercio equitativo que llevan a cabo las FLO (Fair-Trade Labelling Organisations), y examinará la pertinencia de adoptar medidas adicionales para promover el comercio justo.

La participación en los sistemas de etiquetado deberá ser voluntaria. Las etiquetas deben responder a criterios objetivos, transparentes, no discriminatorios y conformes a las obligaciones internacionales de la UE, así como a las normas de competencia en vigor. Estos sistemas deberían adoptar como nivel mínimo de referencia los convenios fundamentales de trabajo de la OIT, cuyo trabajo en favor de iniciativas voluntarias privadas ha recibido el respaldo de la UE.

A través de la educación en favor de un consumo informado, el sistema de enseñanza podría contribuir a una mejor comprensión de la necesidad de disponer de productos y servicios socialmente responsables.

En el contexto de su nueva estrategia relativa a la política de los consumidores (2002-2006), la Comisión se ha comprometido a examinar los actuales sistemas privados de etiquetado, tales como el etiquetado orgánico, el comercio justo y las prácticas de RSE, a fin de evaluar su eficacia y la necesidad de adoptar medidas adicionales para alcanzar los objetivos de transparencia e información de los consumidores y promover el desarrollo sostenible.

La Comisión invita al Foro multilateral europeo sobre la RSE (véase infra) a que procure establecer orientaciones comúnmente acordadas para los sistemas de etiquetado, que tengan en cuenta los convenios fundamentales de la OIT y las normas de protección del medio ambiente.

5.5. Inversión socialmente responsable (ISR)

A fin de que la ISR contribuya a la promoción de la responsabilidad social, es primordial que las agencias de calificación (consultores independientes o departamentos de IRS de los bancos de inversión) establezcan criterios e indicadores que determinen los factores generadores de las ventajas competitivas y del éxito empresarial de las empresas socialmente responsables.

Con el objeto de fomentar la sensibilización en materia de ISR, varios Estados miembros han adoptado disposiciones legales que obligan a los fondos de pensiones a desvelar si tienen en cuenta, y de qué manera, los factores sociales, medioambientales y éticos en sus decisiones de inversión. Si bien la finalidad de estas medidas no es obligar a los administradores de los fondos de pensiones a adoptar políticas de ISR, el resultado es una mayor transparencia en este ámbito. Dado que los fondos de pensiones exigen cada vez más información a las empresas en las cuales invierten, éstas consideran ventajoso publicar datos sobre sus resultados sociales y medioambientales.

Las declaraciones de registro y los folletos publicados con motivo de una oferta pública inicial (OPI) pueden constituir otra fuente útil de información sobre los riesgos sociales y medioambientales, que permite a los futuros inversores evaluar el riesgo global asociado a una empresa.

La Comisión invita los regímenes de pensiones profesionales y a los fondos de inversión a que indiquen si tienen en cuenta, y de qué manera, los factores sociales, medioambientales y éticos en sus decisiones de inversión.

La Comisión apoya las iniciativas encaminadas a supervisar y evaluar comparativamente los fondos de pensiones y de inversión con respecto a la RSE, e invita al Foro multilateral europeo (véase infra) a que estudie la viabilidad de adoptar un enfoque europeo común.

6. Creación de un foro multilateral europeo sobre la RSE

En el capítulo anterior se mencionaban una serie de ámbitos (códigos de conducta, normas de gestión, contabilidad, auditoría y elaboración de informes, etiquetas e inversión socialmente responsable) en los que convendría aumentar la transparencia y la convergencia a fin de fomentar el desarrollo de prácticas socialmente responsables a escala comunitaria, basadas en valores europeos, y que contribuyan a la consecución, en 2010, del objetivo estratégico para la UE establecido en la cumbre de Lisboa.

La adopción de enfoques comunes y soluciones únicas y universales en todos los ámbitos no será posible en la medida en que el concepto de RSE es intangible y los distintos interlocutores tienen intereses diferentes y, en ocasiones, enfrentados. En cualquier caso, como ya se señaló en el Libro Verde, es posible desarrollar un enfoque estructurado y asociativo entre las empresas y sus interlocutores, que permita aprovechar las experiencias prácticas, facilitar el consenso en la medida de lo posible y promover la innovación.

El éxito de la acción de la Unión Europea en favor de la promoción de la RSE dependerá en última instancia de la aceptación generalizada de los principios de responsabilidad social por parte de las empresas, los interlocutores sociales, la sociedad civil y las autoridades públicas, inclusive de terceros países. Dicha aceptación deberá ir acompañada de una asociación global con los representantes de la sociedad en general, habida cuenta de que la participación de todos los agentes es crucial para garantizar el éxito y la credibilidad de la RSE, así como un respeto riguroso de sus principios. En sus respuestas al Libro Verde, algunos de los participantes en la consulta solicitaron a la Comisión que facilitara el diálogo entre las empresas y sus interlocutores.

Por consiguiente, la Comisión propone la creación de un Foro multilateral europeo sobre la RSE con el objeto de promover la transparencia y la convergencia de las prácticas y los instrumentos de responsabilidad social, mediante:

- el intercambio de experiencia y prácticas correctas entre los agentes a nivel europeo;

- la asociación de las iniciativas existentes en la UE y el posible establecimiento de un enfoque europeo y unas directrices comunes que faciliten el diálogo a escala internacional con terceros países;

- la identificación y exploración de los ámbitos en los que es necesario reforzar la acción a nivel europeo.

El Foro propuesto, que será presidido por la Comisión, reunirá a cerca de cuarenta organizaciones europeas de representantes de los empresarios, los trabajadores, los consumidores y la sociedad civil, así como a asociaciones profesionales y redes de empresas. La Comisión velará por asegurar una representación equilibrada de todas las partes. Las otras instituciones de la UE serán invitadas en calidad de observadoras.

El Foro estará estructurado en dos niveles:

- se celebrarán anualmente dos reuniones plenarias a nivel político, en las que se adoptarán las orientaciones generales, las normas de procedimiento y el programa de trabajo, y se evaluarán los progresos realizados;

- se organizarán mesas redondas temáticas con una composición más restringida que habrá de definir el propio Foro, y cuya tarea será la ejecución del programa de trabajo. En función de los temas específicos que se traten, deberán participar en dichas mesas redondas las partes interesadas pertinentes, así como expertos, a quienes se consultará y solicitará información a través de internet siempre que los costes impidan su participación directa. Se fomentará asimismo la participación de los países en desarrollo.

La gestión diaria del Foro correrá a cargo de un grupo director formado por representantes de la Comisión y de las principales organizaciones participantes.

El programa de trabajo, los documentos presentados y los resultados de las mesas redondas se harán públicos en el sitio Europa. La Comisión asignará recursos, financieros, humanos y administrativos propios para apoyar las actividades del Foro.

La Comisión invita al Foro multilateral europeo sobre la RSE a que, en la medida de lo posible, examine y apruebe para mediados de 2004 orientaciones sobre los siguientes temas:

- relación entre la RSE y la competitividad (argumento comercial);

- contribución de la RSE al desarrollo sostenible, en particular en los países en desarrollo, y a la integración de la igualdad entre hombres y mujeres;

- aspectos específicos de las PYME (herramientas, programas de formación y tutoría por las grandes empresas, aspectos relativos a la cadena de suministro);

- eficacia y credibilidad de los códigos de conducta, que tendrán en cuenta los principios acordados internacionalmente, como, por ejemplo, las directrices de la OCDE para las empresas multinacionales;

- desarrollo de orientaciones y criterios comunes para medir, informar y validar las prácticas de RSE;

- definición de principios comúnmente acordados para los sistemas de etiquetado, que tengan en cuenta los convenios fundamentales de la OIT y las normas medioambientales;

- divulgación de información sobre las políticas de ISR adoptadas por los fondos de pensiones y los fondos de inversión individuales.

El Foro podrá añadir otras cuestiones cuyo examen considere necesario.

El Foro multilateral europeo deberá presentar a la Comisión, antes del verano de 2004, un informe sobre el trabajo realizado. A continuación, la Comisión evaluará los resultados, decidirá acerca del futuro del Foro y estudiará la conveniencia de desarrollar otras iniciativas de promoción de la RSE con la participación de empresas particulares y otras partes interesadas.

7. Integración de la RSE en todas las políticas de la UE

En el marco de la estrategia en favor del desarrollo sostenible adoptada por la Unión Europea en la cumbre de Gotemburgo de junio de 2001 y de la Carta de los Derechos Fundamentales proclamada en Niza en diciembre de 2000, la Unión Europea se ha comprometido a integrar plenamente en sus políticas y acciones consideraciones de tipo económico, social y medioambiental, además de derechos fundamentales, como las normas fundamentales de trabajo y la igualdad entre hombres y mujeres, respetando su dimensión tanto interna como externa.

Las prácticas de RSE pueden contribuir a los objetivos establecidos en las políticas comunitarias, en particular en el ámbito del desarrollo sostenible, complementando los actuales instrumentos políticos, por ejemplo, los acuerdos comerciales y los acuerdos de cooperación al desarrollo.

A fin de asegurar la coherencia de las políticas de la UE, la Comisión se compromete a:

- seguir fomentando, cuando corresponda, la integración de los principios de responsabilidad social en las políticas comunitarias;

- publicar en 2004 un informe sobre la RSE en el que se examinen los resultados del trabajo del Foro multilateral europeo, así como la integración de la RSE en todas las políticas de la UE;

- establecer en el seno de la Comisión un grupo interservicios en materia de RSE, con objeto de intercambiar información y garantizar la coherencia entre las distintas acciones de la Comisión en este ámbito.

7.1. Política de empleo y asuntos sociales

Dentro de la empresa, la responsabilidad social afecta a cuestiones como la calidad del empleo, el aprendizaje permanente, la información, la consulta y la participación de los trabajadores, la igualdad de oportunidades, la integración de las personas con discapacidad, la anticipación de los cambios y las reconversiones industriales. El diálogo social se considera un instrumento sumamente valioso para tratar las cuestiones relacionadas con el empleo.

La política social y de empleo integra los principios de RSE, en particular a través de la Estrategia Europea de Empleo, la iniciativa relativa a las reestructuraciones socialmente responsables, la estrategia europea de inclusión social, las iniciativas encaminadas a fomentar la igualdad y la diversidad en el lugar de trabajo, la estrategia de la UE en favor de las personas con discapacidad y la estrategia en el ámbito de la salud y la seguridad.

En su documento «La prevención y la gestión del cambio: un enfoque dinámico sobre los aspectos sociales de la reestructuración de empresas», la Comisión hace hincapié en que una consideración apropiada del impacto social de la reestructuración facilita su aceptación y refuerza su potencial positivo. La Comisión desea recabar la opinión de los interlocutores sociales en relación con la utilidad de establecer a nivel comunitario una serie de principios de acción que apoyen las buenas prácticas de las empresas durante los procesos de reestructuración.

En su Comunicación «Cómo adaptarse a los cambios en la sociedad y en el mundo del trabajo: una nueva estrategia comunitaria de salud y seguridad (2002-2006)» [7], la Comisión ha manifestado su intención de desarrollar instrumentos que promuevan nuevas vías de progreso, animar a los agentes pertinentes a adoptar posiciones de vanguardia y asociar a todas las partes interesadas en la consecución de los objetivos generales de la estrategia, especialmente en aquellos ámbitos que, por su novedad, no se prestan fácilmente a un enfoque normativo.

[7] COM(2002) 118 final.

Las prácticas de RSE deben reflejar cambios sociales profundamente enraizados, como la creciente participación de las mujeres en el mercado de trabajo, adaptando a tal efecto los cambios estructurales y transformando el entorno de trabajo de modo que puedan crearse condiciones más equilibradas para hombres y mujeres mediante el reconocimiento de la valiosa contribución de estas últimas, lo que beneficiará a la sociedad y a la propia empresa.

El Año Europeo de las Personas con Discapacidad (2003) ofrece a las empresas la oportunidad de intercambiar experiencias sobre buenas prácticas y estrategias en el ámbito de la responsabilidad social, y de emprender acciones que propicien un comportamiento socialmente responsable con respecto a las personas con discapacidad, por lo que se refiere a la igualdad de oportunidades laborales, el diseño de productos adaptados a sus necesidades y la mejora del acceso a las tecnologías de asistencia.

7.2. Política empresarial

Sólo las empresas competitivas y que generan beneficios son capaces de contribuir a largo plazo al desarrollo sostenible creando riqueza y empleo sin poner en peligro las necesidades sociales y medioambientales de la sociedad. De hecho, únicamente las empresas rentables son sostenibles, con más oportunidades de adoptar y llevar a cabo prácticas socialmente responsables.

El papel de la política de empresa consiste en ayudar a crear un entorno empresarial favorable al objetivo de Lisboa de convertir a la UE en la economía del conocimiento más dinámica del mundo, que estimule el espíritu empresarial y fomente un crecimiento económico sostenible. Su objetivo es garantizar un enfoque equilibrado del desarrollo sostenible, que maximice las sinergias entre su dimensión económica, social y medioambiental.

Otro aspecto clave es ayudar a las empresas a mejorar su competitividad y a responder a los desafíos derivados de la transición a una economía del conocimiento. La política de empresa presta una atención especial a las PYME y al espíritu empresarial responsable, áreas en las que se llevan a cabo proyectos con los Estados miembros con objeto de definir las políticas y medidas de apoyo más apropiadas. Otras acciones prioritarias se centran en el estudio del impacto de la RSE y el desarrollo sostenible en los resultados de las empresas, los aspectos inherentes a determinados sectores (TIC, turismo, economía social), la RSE y la innovación, y, por último, la gestión de los activos intangibles de las empresas.

7.3. Política medioambiental

Las medidas de protección del medio ambiente han evolucionado en el transcurso de los últimos veinticinco años, pasando a ser de naturaleza horizontal y aplicarse a todas las políticas comunitarias, como pone de manifiesto el artículo 6 del Tratado CE. Al mismo tiempo, la RSE incluye principios medioambientales sólidos y progresivos. La experiencia demuestra que las empresas que desarrollan prácticas de protección medioambiental son, a medio y largo plazo, más competitivas en el mercado internacional, en la medida en que el respeto de las normas en este ámbito estimula la innovación y la modernización de los procesos y los productos, y fomenta el uso de tecnologías más limpias. Del mismo modo, las empresas internacionalmente competitivas están en mejores condiciones de invertir en nuevas tecnologías, más eficaces y limpias.

El papel de las empresas en la promoción del desarrollo medioambiental sostenible es un aspecto clave del recién adoptado Sexto Programa de acción en materia de medio ambiente, que se basa en una serie de acciones comunitarias que tratan las diversas dimensiones de la responsabilidad de las empresas con respecto al medio ambiente.

- El Sistema de gestión y auditoría medioambientales (SGAM), antes mencionado, promueve mejoras continuas en los resultados medioambientales de las actividades industriales animando a las empresas a evaluar y mejorar su propio comportamiento medioambiental.

- La Comisión también apoya activamente la iniciativa europea de eficiencia ecológica (European Eco-Efficiency Initiative, EEEI), una iniciativa del World Business Council for Sustainable Development y los European Partners for the Environment, que tiene por objeto integrar la eficiencia ecológica en las empresas europeas y en las políticas industriales y económicas de la Unión Europea.

- La Recomendación de la Comisión Europea relativa al reconocimiento, la medición y la publicación de las cuestiones medioambientales en las cuentas anuales y los informes anuales de las empresas establece normas comunitarias para la presentación de información fiable, comparable y útil sobre el comportamiento ecológico de las empresas.

- En su Comunicación «La tecnología medioambiental en pro del desarrollo sostenible» [8], la Comisión ha destacado la importancia de las tecnologías medioambientales y su capacidad de contribuir a la rentabilidad de las empresas individuales y a la competitividad de la economía en general. En particular, el uso de tecnologías integradas más limpias se asocia, en ocasiones, a procesos más eficientes, que permiten a la empresa reducir gastos gracias a la mejora de la eficiencia de los recursos, a la reducción de los residuos, etc. En la Comunicación se ofrecen orientaciones claras de acción para las empresas que desean mejorar su comportamiento ecológico. La Comisión tiene la intención de abordar este tema en el contexto del próximo Plan de acción para fomentar las tecnologías «verdes».

[8] COM(2002) 122.

Como parte de sus estrategias en el ámbito de la responsabilidad social, se invita a las empresas a que adopten los principios y enfoques antes mencionados. El sistema SGAM puede constituir un instrumento fundamental a tal efecto.

7.4. Política de protección de los consumidores

La RSE ha evolucionado, en parte, como respuesta a las expectativas y demandas de los consumidores. En sus hábitos de consumo, éstos exigen cada vez más información y garantía de que se tienen en cuenta sus intereses, principalmente en materia social y ecológica. Por su parte, las empresas son cada vez más sensibles a estas exigencias, tanto para conservar a sus consumidores habituales, como para atraer nuevos clientes.

Los consumidores y sus organizaciones representativas pueden desempeñar un papel fundamental en la evolución de la RSE. Por consiguiente, si se quiere que la responsabilidad social siga cumpliendo sus objetivos, es imprescindible establecer canales de comunicación sólidos entre las empresas y los consumidores.

Por lo que se refiere a las prácticas de comercio justo, la Comisión consulta actualmente a las partes interesadas sobre el contenido de una posible directiva-marco dirigida a armonizar las disposiciones nacionales que regulan las prácticas entre empresas y consumidores en este ámbito (publicidad, técnicas de comercialización agresivas, servicio posventa, etc.) [9].

[9] COM(2002) 289 final; COM(2001) 531 final.

7.5. Política de contratación pública

Aunque de naturaleza esencialmente económica, la legislación comunitaria en materia de contratación pública debe considerarse también a la luz del requisito de sostenibilidad recogido en el artículo 2 del Tratado CE. Las comunicaciones interpretativas de la Comisión sobre las disposiciones comunitarias aplicables a los contratos públicos y la integración de aspectos sociales [10] y medioambientales [11] en los mismos han servido para clarificar el abanico de posibilidades que ofrece el marco jurídico comunitario a los compradores públicos que deseen incluir consideraciones sociales y medioambientales en los procedimientos de contratación pública, respetando al mismo tiempo el principio de la oferta más ventajosa para los contribuyentes y la igualdad de acceso para todos los proveedores comunitarios [12].

[10] COM (2001) 566 final de 15.10.2001.

[11] COM (2001) 274 final de 4.7.2001.

[12] Por otro lado, el comprador podrá rechazar la participación de un contratista en un contrato en caso de incumplimiento, por parte de este último, de la legislación pertinente, por ejemplo en el ámbito social o medioambiental.

En los casos en que los contratos públicos no están incluidos en el ámbito de aplicación de las directivas comunitarias en la materia, los compradores públicos tienen más libertad para integrar los aspectos sociales y medioambientales en sus procedimientos, a condición de que sean compatibles con las normas y principios generales del Tratado CE y las legislaciones de los Estados miembros. Sin embargo, los compradores públicos no suelen disponer de información específica con respecto a las características sociales y medioambientales que pueden exigir en un determinado producto. A fin de responder a la dimensión medioambiental de esta cuestión, los servicios de la Comisión publicaron en noviembre de 2001 una serie de orientaciones para introducir la dimensión medioambiental en la contratación pública por medio de los criterios de la etiqueta ecológica europea. Se están desarrollando actualmente otras iniciativas relativas a la contratación pública y el medio ambiente, entre las que cabe destacar un manual práctico sobre la introducción de la dimensión medioambiental en la contratación pública y una base de datos con información sobre las características ecológicas de productos y servicios fundamentales, dirigida a los compradores públicos y a las empresas.

Tal como señala la Comisión en su Comunicación, el intercambio de experiencias sobre las posibilidades de tener en cuenta los aspectos sociales en la contratación pública contribuiría en gran medida a aumentar la sensibilización entre los compradores públicos.

7.6. Política exterior, incluida la política comercial y de cooperación al desarrollo

La Unión Europea puede contribuir a la promoción de la RSE a nivel internacional a través de la serie de acuerdos que mantiene con terceros países y asociaciones regionales, entre otros, el acuerdo de Cotonú con países de África, el Caribe y el Pacífico. Desde 1994, se ha incorporado en estos acuerdos una cláusula que consagra los derechos humanos como elemento fundamental y que sirve de base del diálogo con los gobiernos de terceros países en este ámbito. Otro elemento es el respeto de las normas fundamentales del trabajo como condición esencial del éxito de las prácticas socialmente responsables de las empresas que invierten en los países en desarrollo.

El enfoque de la UE en este ámbito se expone en las Comunicaciones relativas al papel de la UE en el fomento de los derechos humanos y la democratización en terceros países [13] y a la promoción de las normas fundamentales del trabajo y la mejora de la gobernanza social en el contexto de la mundialización [14]. Dicho enfoque contempla el recurso al diálogo bilateral con los gobiernos y la ayuda al desarrollo como medios para reforzar las capacidades, así como incentivos comerciales adicionales en el marco del Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG) de la UE en virtud del cual los países deben cumplir normas sociales y ambientales mínimas. El SPG establece asimismo la posibilidad de una suspensión temporal de las ayudas en caso de violación grave y sistemática de cualquiera de las normas fundamentales del trabajo incluidas en la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo.

[13] COM (2001) 252 final.

[14] COM (2001) 416

La UE también puede desempeñar una misión primordial en la promoción del diálogo con las sociedades civiles de los terceros países, incluidas las empresas, y puede contribuir de este modo a una amplia divulgación de los principios de la responsabilidad social. Los sindicatos, las asociaciones de consumidores, las organizaciones en favor de los derechos humanos y otros mecanismos de control ocupan un lugar destacado para fomentar y garantizar el respeto de los derechos fundamentales. A través del intercambio de experiencias y de buenas prácticas entre homólogos de la Unión y los países en desarrollo, la UE puede contribuir al desarrollo de las capacidades con objeto de supervisar la aplicación sobre el terreno de los principios de RSE por parte de los inversores, tanto extranjeros como nacionales. Un debate de esta naturaleza puede facilitar, asimismo, la convergencia de estrategias. Los programas de ayuda de la UE también pueden contribuir a apoyar este diálogo y a desarrollar las capacidades en el ámbito de la RSE.

La promoción del debate sobre la responsabilidad social de las empresas puede revestir una importancia particular en los países en desarrollo, en los que este concepto es poco conocido o suscita recelos por considerarlo una forma de proteccionismo o de barrera a las inversiones, en lugar de verlo como una oportunidad de mercado (por ejemplo, a través de los sistemas de etiquetas sociales) o un instrumento para atraer inversiones directas extranjeras (IDE). No obstante, a fin de promover enfoques convergentes, globales y eficaces, también puede resultar útil para la UE incluir la responsabilidad social como tema de diálogo con los gobiernos, empresas y sociedad civil de los países desarrollados, en particular cuando éstos representan importantes fuentes de IDE.

La Unión Europea puede asumir un papel destacado en la promoción de la RSE en los foros multilaterales y mundiales, como, por ejemplo, en la OCDE o en la próxima Cumbre mundial sobre el desarrollo sostenible, que se celebrará en Johanesburgo en agosto de 2002.

La UE puede trabajar directamente con las multinacionales y animarlas a comprometerse en favor del respeto de los derechos humanos y las normas fundamentales del trabajo, incluida la igualdad entre hombres y mujeres, fundamentalmente cuando sus operaciones pueden desempeñar un papel influyente en los países que registran resultados insuficientes en ese ámbito.

Por otro lado, la concesión de ayuda pública a las empresas implica una corresponsabilidad del gobierno con las actividades que realizan. Por ello, deben respetar las directrices de la OCDE para las empresas multinacionales y excluir, entre otras cosas, las acciones de corrupción, de contaminación del medio ambiente y de trabajo forzoso o infantil. Los Estados miembros y otros países firmantes de la Declaración de la OCDE sobre inversiones internacionales podrían examinar la posibilidad de condicionar el acceso a las subvenciones para la promoción del comercio internacional, las inversiones y las garantías en materia de créditos a la exportación, así como el acceso a los contratos públicos, al cumplimiento de las orientaciones de la OCDE para las multinacionales, respetando plenamente los compromisos internacionales de la UE.

A raíz de la adopción del Convenio de la OCDE de 1977 contra la corrupción de funcionarios públicos extranjeros en las transacciones comerciales internacionales, el soborno de un funcionario público extranjero constituye un delito punible (incluida la responsabilidad de las empresas) en todas las jurisdicciones nacionales (incluidos todos los Estados miembros de la UE). A fin de contribuir a la prevención de este fenómeno, es necesario sensibilizar a todo el sector privado sobre las consecuencias negativas que tienen las prácticas de corrupción en las empresas y en su prestigio.

Con objeto de fomentar los principios y prácticas de RSE a nivel internacional, en particular en los países en desarrollo, la Comisión:

- Proseguirá con la estrategia descrita en su Comunicación «Promover las normas fundamentales del trabajo y mejorar la gobernanza social en el contexto de la mundialización». Reitera además su llamamiento al Consejo para que adopte lo antes posible una estrategia destinada a mejorar la gobernanza social a nivel mundial y promover las normas fundamentales del trabajo como fundamento necesario de la presente iniciativa en materia de RSE.

- En consonancia con dicha estrategia, contribuirá al desarrollo de las capacidades en los países en desarrollo y les prestará la ayuda técnica necesaria para facilitar el cumplimiento de las normas internacionales vigentes en materia de empleo y de medio ambiente, contribuyendo de este modo al desarrollo sostenible y estableciendo una base sólida para la aplicación de los principios de RSE tanto por inversos extranjeros como nacionales.

- Divulgará y fomentará la aplicación de los principios de RSE en el extranjero, inclusive a través de sus delegaciones, facilitando el debate y el intercambio de buenas prácticas entre las partes interesadas europeas y terceros países, así como entre estos últimos.

- Apoyará y fomentará el compromiso de la Comunidad y de los Estados miembros de la UE con las directrices de la OCDE para las empresas multinacionales, incluyendo en sus acuerdos de relaciones exteriores la siguiente frase: «Las Partes (o la Comunidad y sus Estados miembros) recuerdan a las empresas multinacionales la recomendación de respetar las directrices de la OCDE para las empresas multinacionales dondequiera que desarrollen sus actividades.

7.7. Administraciones públicas

Las administraciones públicas, incluida la Comisión, deben integrar los principios de responsabilidad social en sus propios sistemas de gestión y en las relaciones con sus «interlocutores».

La Comisión ha decidido aplicar un enfoque más integrado y sistemático de la gestión de las cuestiones sociales y medioambientales en su propia administración. A tal fin, ha decidido participar en el sistema SGAM e invita a otras autoridades públicas a seguir su ejemplo.

La Comisión tiene la intención de:

- integrar más las prioridades sociales y medioambientales en su gestión, inclusive en sus propios procedimientos de contratación pública;

- evaluar sus resultados sociales y medioambientales con la publicación de un informe a este respecto en 2004;

- lanzar en 2003 una campaña de sensibilización dirigida a los agentes de la Comisión.

La Comisión invita a las administraciones públicas a nivel nacional, regional y local a que examinen también sus prácticas con vistas a la integración de consideraciones de tipo social y medioambiental.