52002AR0252

Dictamen del Comité de las Regiones sobre la "Propuesta de Decisión del Consejo por la que se adopta un programa plurianual (2003-2005) para el seguimiento de eEurope, la difusión de las buenas prácticas y la mejora de la seguridad de las redes y la información (MODINIS)"

Diario Oficial n° C 128 de 29/05/2003 p. 0019 - 0025


Dictamen del Comité de las Regiones sobre la "Propuesta de Decisión del Consejo por la que se adopta un programa plurianual (2003-2005) para el seguimiento de eEurope, la difusión de las buenas prácticas y la mejora de la seguridad de las redes y la información (MODINIS)"

(2003/C 128/04)

EL COMITÉ DE LAS REGIONES,

vista la "Propuesta de Decisión del Consejo por la que se adopta un programa plurianual (2003-2005) para el seguimiento de eEurope, la difusión de las buenas prácticas y la mejora de la seguridad de las redes y la información (MODINIS)" (COM(2002) 425 final - 2002/0187 (CNS));

vista la decisión de la Comisión Europea del 26 de julio de 2002 de consultarle, de conformidad con el primer párrafo del artículo 265 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea;

vista la decisión de su Mesa del 14 de mayo de 2002 de encargar a la Comisión de Cultura y Educación la elaboración de un dictamen sobre este asunto;

visto su Dictamen sobre la "La sociedad de la información y el desarrollo regional - Intervenciones del FEDER para el período 2000-2006 - Criterios para la evaluación de programas" (ponente: Sr. Tögel, CDR 124/2000 fin)(1);

visto su Dictamen sobre la "Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones - Seguridad de las redes y de la información: Propuesta para un enfoque político europeo" (ponente: Sra. Barrero Flórez, CDR 257/2001 fin)(2);

visto su Dictamen sobre la "Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones - Seguimiento al plan plurianual de acción comunitaria para propiciar una mayor seguridad en la utilización de Internet mediante la lucha contra los contenidos ilícitos y nocivos en las redes mundiales" y la "Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Decisión n° 276/1999/CE por la que se aprueba un plan plurianual de acción comunitaria para propiciar una mayor seguridad en la utilización de Internet mediante la lucha contra los contenidos ilícitos y nocivos en las redes mundiales" (ponente: Sr. Luigi Sergio Ricca, CDR 140/2002 fin)(3);

visto el proyecto de dictamen aprobado por la Comisión de Cultura y Educación el 28 de noviembre de 2002 (CDR 252/2002 rev. 2) (ponente: Sr. Dieter Schiffmann, miembro del Parlamento del Estado Federado de Renania-Palatinado, D-PSE),

ha aprobado por unanimidad en su 48o Pleno celebrado los días 12 y 13 de febrero de 2003 (sesión del 12 de febrero) el presente Dictamen.

1. Posición del Comité de las Regiones

El Comité de las Regiones

1.1. reitera su convicción de que es necesario llevar a cabo el plan de acción eEurope 2005, pone de relieve la enorme importancia de sus prioridades (nuevos servicios públicos en línea, enseñanza, atención sanitaria y comercio electrónicos), así como la seguridad de las infraestructuras de la información y la ampliación del acceso por banda ancha, y respalda en particular la realización de un programa de apoyo a la aplicación y la evaluación de la consecución de los objetivos del plan de acción;

1.2. reitera su convicción, expresada en su Dictamen sobre la sociedad de la información y el desarrollo regional(4), de que a escala europea son esencialmente los entes regionales y locales los que proyectan, realizan, garantizan y financian la labor concreta de transición a la sociedad de la información adoptando, por ejemplo, in situ las correspondientes iniciativas regionales;

1.3. se pronuncia a favor de que, habida cuenta de la importancia de esta labor, se conceda a los entes regionales y locales un grado de participación en los procedimientos de seguimiento y evaluación de eEurope mayor que el previsto en el programa;

1.4. comparte la opinión de que es preciso comparar los progresos en la aplicación del plan eEurope, sobre todo en lo que se refiere al fomento de contenidos, aplicaciones y servicios, así como a la ampliación del acceso a las infraestructuras de banda ancha y la consideración de las cuestiones de seguridad; considera asimismo que debe establecerse un procedimiento para llevar a cabo esta comparación;

1.5. por ello destaca la necesidad de prever un mecanismo de seguimiento e intercambio de experiencias que permita a los Estados miembros comparar sus resultados, si bien se pronuncia a favor de que dicho mecanismo contenga un fuerte componente local y regional, ya que para el éxito de la aplicación de eEurope es una condición importante que la aplicación sea un éxito en los niveles regional y local;

1.6. destaca en particular la importancia de la evaluación comparativa (procedimiento de benchmarking) para seguir y fomentar los progresos realizados en la aplicación y en la comparación de los diversos procedimientos;

1.7. considera que, en el caso del plan eEurope, la evaluación comparativa debería fijarse también los objetivos de aplicar una metodología uniforme en todos los Estados miembros, basarse en datos actualizados y utilizar las bases de datos existentes en los Estados miembros; el Comité aboga por que, para mejorar la fiabilidad de la evaluación, en la comparación se utilicen también datos sobre Estados Unidos;

1.8. estima que, además de las iniciativas nacionales, en la evaluación comparativa deberían incluirse también las iniciativas emprendidas por los entes regionales y locales en el marco del plan eEurope;

1.9. subraya la necesidad de apoyar las medidas adoptadas por los Estados miembros en el marco de la puesta en práctica del plan eEurope mediante la evaluación comparativa de los resultados y la difusión de buenas prácticas y se pronuncia a favor de integrar también las medidas regionales y locales;

1.10. considera asimismo que el programa es importante para reducir los desequilibrios regionales en la realización de la sociedad de la información y está persuadido de que la difusión de buenas prácticas en las regiones menos favorecidas y en las regiones con una industria menos desarrollada sería muy beneficiosa;

1.11. subraya que, para tener en cuenta como es debido el nivel regional, la recogida y análisis de datos debería incluir también indicadores regionales;

1.12. considera acertada la participación de los Estados miembros en la financiación de proyectos de las administraciones municipales centrados en el desarrollo de las infraestructuras locales de banda ancha y se pronuncia a favor de que, en este contexto, la Comisión apoye el intercambio de experiencias regionales y locales para la difusión de buenas prácticas;

1.13. subraya con determinación que valora positivamente que se tenga en cuenta la necesidad de ampliar el acceso a las conexiones de banda ancha; comparte la opinión de que un mayor acceso a las conexiones de banda ancha favorecerá la actividad económica y estima que el plan eEurope debería perseguir también el objetivo de lograr que la banda ancha llegue a las administraciones públicas y a los sectores de la enseñanza y la sanidad;

1.14. hace hincapié en la especial importancia de la seguridad de las redes y la información para el desarrollo económico y social, y por ello, llama la atención en particular sobre las conclusiones formuladas en su Dictamen sobre la "Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones -Seguridad de las redes y de la información: Propuesta para un enfoque político europeo"(5) y en su Dictamen sobre la "Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones- Seguimiento al plan plurianual de acción comunitaria para propiciar una mayor seguridad en la utilización de Internet mediante la lucha contra los contenidos ilícitos y nocivos en las redes mundiales" y la "Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Decisión n° 276/1999/CE por la que se aprueba un plan plurianual de acción comunitaria para propiciar una mayor seguridad en la utilización de Internet mediante la lucha contra los contenidos ilícitos y nocivos en las redes mundiales"(6);

1.15. subraya en especial la necesidad de apoyar los esfuerzos nacionales encaminados a la mejora de la seguridad de las redes y la información;

1.16. sin embargo, destaca al mismo tiempo la responsabilidad de los entes regionales y locales en el desarrollo de medidas políticas en el ámbito de la seguridad de las redes y la información;

1.17. en este sentido, se pronuncia a favor de que entre los objetivos del plan de acción se incluya también la mejora de las medidas regionales y locales encaminadas a reforzar la seguridad de las redes y la información y a ampliar las redes de banda ancha;

1.18. señala que, en lo que respecta a la seguridad de las redes y la información, también deberían apoyarse las medidas de sensibilización en los niveles locales y regionales;

1.19. destaca la necesidad de analizar las repercusiones económicas y sociales de la sociedad de la información y aboga por examinarlas en el contexto del desarrollo regional y local;

1.20. se pronuncia a favor de que en el Comité previsto para asistir a la Comisión en la realización del plan de acción y su coordinación con otros programas comunitarios haya también representantes regionales y locales;

1.21. se pregunta si los recursos presupuestarios previstos para la realización del programa son suficientes y considera que esta cuestión debería examinarse a la luz de las experiencias previas y que asimismo debería tenerse en cuenta la participación de los países candidatos;

1.22. aboga por que las medidas se amplíen a los países candidatos ya que estima que este ámbito tiene una enorme importancia para que estos países puedan alcanzar el nivel de la UE;

1.23. se pronuncia a favor de que el informe de evaluación sobre los resultados obtenidos por el programa le sea presentado también al Comité de las Regiones.

2. Recomendaciones del Comité de las Regiones

Recomendación 1

Considerando (8)

>Texto original>

Es necesario establecer un mecanismo de seguimiento e intercambio de experiencias que permita a los Estados miembros comparar y analizar resultados, así como examinar los progresos en relación con el plan de acción eEurope. Dicho mecanismo permitirá a los Estados miembros explotar mejor el potencial económico e industrial del desarrollo tecnológico, especialmente en el ámbito de la sociedad de la información.

>Texto modificado>

Exposición de motivos

Este mecanismo deberá tener en cuenta asimismo la dimensión regional y local. El éxito del plan de acción depende de la aplicación eficaz de las medidas en los niveles regional y local.

Recomendación 2

Considerando (9)

>Texto original>

La evaluación comparativa permite a los Estados miembros determinar si las iniciativas nacionales que han tomado en el marco del plan de acción eEurope están produciendo resultados comparables a los resultados obtenidos en otros Estados miembros y si están aprovechando plenamente el potencial de las tecnologías.

>Texto modificado>

Exposición de motivos

Se quiere destacar la importancia que los entes regionales y locales tienen en la aplicación del programa.

Recomendación 3

Considerando (10), primera frase

>Texto original>

>Texto modificado>

Exposición de motivos

Es precisamente la acción de los niveles regionales y locales la que debe apoyarse.

Recomendación 4

Considerando (12), segunda frase

>Texto original>

>Texto modificado>

Exposición de motivos

Por consiguiente, deberá tenerse en cuenta a los entes regionales.

Recomendación 5

Considerando (13), segunda frase

>Texto original>

>Texto modificado>

Exposición de motivos

El necesario apoyo a las acciones de sensibilización deberá incluir también a los niveles regionales y locales.

Recomendación 6

Letra c) del artículo 1

>Texto original>

>Texto modificado>

Exposición de motivos

Precisamente las consecuencias de la sociedad de la información se analizan mejor en relación con el desarrollo regional y local.

Recomendación 7

Letra d) del artículo 1

>Texto original>

>Texto modificado>

Exposición de motivos

Las acciones de los entes regionales y locales tienen una importancia particular.

Recomendación 8

Párrafo cuarto del artículo 1

>Texto original>

>Texto modificado>

Exposición de motivos

Todo el ámbito de la sociedad de la información es muy importante para la preparación a la adhesión a la UE, por eso los países candidatos tienen que participar desde el principio.

Recomendación 9

Letra a) del artículo 2

>Texto original>

>Texto modificado>

Exposición de motivos

La importancia de la sociedad de la información para los países candidatos requiere, por tanto que estos participen desde el principio.

Recomendación 10

Apartado 1 del artículo 6

>Texto original>

>Texto modificado>

Exposición de motivos

Hace referencia a la importancia de las acciones regionales y locales para que la aplicación del programa sea un éxito.

Recomendación 11

Apartado 4 del artículo 7

>Texto original>

>Texto modificado>

Exposición de motivos

Teniendo en cuenta la importancia de los niveles regionales y locales para el éxito de la aplicación del programa, debe incluirse al CDR.

Bruselas, 12 de febrero de 2003.

El Presidente

del Comité de las Regiones

Albert Bore

(1) DO C 22 de 24.1.2001, p. 32.

(2) DO C 107 de 3.5.2002, p. 89.

(3) DO C 73 de 26.3.2003, p. 34.

(4) CDR 124/2000 fin.

(5) CDR 257/2001 fin.

(6) CDR 140/2002 fin.