Dictamen del Comité de las Regiones sobre la "Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones — eEurope 2002: Accesibilidad de los sitios Web públicos y de su contenido"
Diario Oficial n° C 278 de 14/11/2002 p. 0024 - 0025
Dictamen del Comité de las Regiones sobre la "Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones - eEurope 2002: Accesibilidad de los sitios Web públicos y de su contenido" (2002/C 278/07) EL COMITÉ DE LAS REGIONES, vista la Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones - eEurope 2002: Accesibilidad de los sitios Web públicos y de su contenido (COM(2001) 529 final); vista la decisión de la Comisión, con fecha de 25 de septiembre de 2001, de consultar al Comité sobre el tema, de acuerdo con el primer párrafo del artículo 265 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea; vista la decisión de su Mesa, con fecha de 6 de febrero de 2002, de asignar la elaboración del dictamen a la Comisión de Cultura y Educación; visto el Dictamen del Comité de las Regiones sobre la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones sobre el "Quinto informe sobre la aplicación del conjunto de medidas reguladoras de las telecomunicaciones" (COM(1999) 537 final) y la Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones "Hacia un nuevo marco para la infraestructura de comunicaciones electrónicas y los servicios asociados - Revisión de 1999 del sector de las comunicaciones" (COM(1999) 537 final) (COM(1999) 539 final) (CDR 520/1999 fin)(1); visto el Dictamen del Comité de las Regiones sobre una "Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas" [COM(2000) 392 final - 2000/0183 (COD)] (CDR 274/2000 fin)(2); visto el proyecto de dictamen (CDR 397/2001) aprobado por la Comisión de Cultura y Educación el 22 de marzo de 2002 (CDR 397/2001 rev. 2) (ponente: Sr. Ervelä, Alcalde de Sauvo y Presidente del Consejo Regional del Sudoeste, FIN/ELDR), ha aprobado por unanimidad el presente Dictamen en su 44o Pleno, celebrado los días 15 y 16 de mayo de 2002 (sesión del 15 de mayo). El Comité de las Regiones 1.1. considera que la cuestión que plantea la Comunicación de la Comisión es fundamental para alcanzar los objetivos sociales establecidos en el marco de eEurope, y en otros contextos, con vistas a una sociedad europea del conocimiento; 1.2. respalda las principales conclusiones y recomendaciones recogidas en la Comunicación para fomentar rápidamente la accesibilidad de servicios en línea del sector público; 1.3. constata que las regiones y los municipios europeos disponen ya en la actualidad de numerosos servicios orientados, de manera particular, hacia las personas con discapacidades y las personas de edad, y considera especialmente útil el apoyo que la Comisión presta a las pautas y orientaciones que propone el World Wide Web Consortium para poder tener presentes con relativa facilidad las necesidades de los distintos grupos de usuarios en la planificación de los servicios públicos que se ofrecen, cada vez en mayor número, en Internet; 1.4. considera que la recomendación de adecuar todas las páginas web de carácter público con arreglo a las pautas es demasiado general, puesto que una parte de los servicios en línea de municipios y regiones está ya orientada exclusivamente hacia las personas con discapacidades y las personas de edad, mientras que otra parte de estos servicios se destina a grupos de usuarios muy restringidos y bien identificados, por lo que puede que no sea necesario equiparar el trato en materia de accesibilidad; 1.5. desea resaltar que, en la Europa de hoy en día, los clientes de los servicios municipales y regionales en línea constituyen un colectivo bastante heterogéneo. Desde la perspectiva de la accesibilidad, a la hora de desarrollar los servicios se deberá tener en cuenta no sólo a las personas con discapacidades y las personas de edad, sino también a los distintos grupos étnicos, lingüísticos y religiosos. En parte, las pautas recogidas en la Comunicación sirven también para fomentar la accesibilidad de estos grupos, pero el Comité de las Regiones espera que la Comisión tenga en cuenta en el futuro las necesidades específicas de estos grupos de usuarios a la hora de elaborar orientaciones concretas; 1.6. llama la atención de la Comisión sobre el hecho de que, en la actualidad, la utilización de aplicaciones basadas en navegadores de Internet también está registrando un vertiginoso aumento dentro de las mismas organizaciones, por lo que, además, las pautas descritas en la Comunicación podrían contribuir considerablemente a la igualdad de oportunidades en la vida laboral; 1.7. propone que el fomento de la accesibilidad de los sitios web públicos, especialmente en los ámbitos administrativos locales y regionales, pase a formar parte del grupo de objetivos prioritarios también a escala europea, toda vez que son éstos los ámbitos de la administración pública que prestan la mayor parte de los servicios destinados a las personas con discapacidades y las personas de edad; 1.8. considera que el desarrollo de los distintos portales de servicios locales y regionales, ya sean de carácter público o privado, podría ser un medio de mejorar la accesibilidad de los servicios privados en línea; 1.9. resalta que los servicios del sector público deben examinarse como una totalidad basada en las necesidades de los ciudadanos, sin segregar aquellos elementos que se ofrecen exclusivamente a través de la red. Es muy importante que los servicios que se ofrecen a las personas con discapacidades y a las personas de edad por los canales tradicionales se desarrollen al mismo ritmo que los servicios en línea, abandonando la concepción excluyente de este colectivo y tomando en consideración a las personas con discapacidad como titulares de derechos; 1.10. recomienda que los entes locales y regionales europeos apliquen cuanto antes las pautas descritas en la Comunicación a la hora de desarrollar sus servicios en línea y conjuguen los esfuerzos necesarios para lograr eliminar las barreras de acceso, de manera que las nuevas tecnologías y los sistemas de información no creen nuevas dificultades suplementarias a los discapacitados; 1.11. propone que se realicen esfuerzos suficientes para divulgar estas pautas, especialmente entre las empresas que diseñan y llevan a la práctica los servicios, ya que en muchos casos apenas se conocen las soluciones, a menudo sencillas, que brinda la accesibilidad. Bruselas 15 de mayo de 2002. El Presidente del Comité de las Regiones Albert Bore (1) DO C 226 de 8.8.2000, p. 56. (2) DO C 144 de 16.5.2001, p. 60.