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Dictamen del Comité Económico y Social sobre la "Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo — La innovación en una economía del conocimiento"

Diario Oficial n° C 260 de 17/09/2001 p. 0118 - 0125


Dictamen del Comité Económico y Social sobre la "Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo - La innovación en una economía del conocimiento"

(2001/C 260/21)

El 3 de octubre de 2000, de conformidad con el artículo 262 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, la Comisión decidió consultar al Comité Económico y Social, sobre la comunicación mencionada.

La Sección de Mercado Único, Producción y Consumo, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 27 de junio de 2001 (Ponente: Sr. Dimitriadis).

En su 383o Pleno (sesión del 12 de julio de 2001), el Comité Económico y Social ha aprobado el presente Dictamen por 41 votos a favor, 2 en contra y 6 abstenciones.

1. Introducción

1.1. El Comité Económico y Social considera que la propuesta de la Comisión relativa a los objetivos destinados a reforzar la innovación en la Unión reviste una importancia muy especial.

1.2. Ya en 1995, el Libro Verde sobre la innovación(1) reconocía la importancia de la innovación, línea seguida posteriormente, en 1996, por el primer plan de acción para la innovación en Europa(2).

Dicho plan permitió fijar tres objetivos principales, a saber:

- crear una cultura de la innovación;

- poner en marcha un entorno jurídico, normativo y económico favorable a la innovación;

- fomentar una mejor articulación entre la investigación y la innovación.

1.3. En marzo de 2000, el Consejo Europeo de Lisboa reconoció la importancia de la innovación para el desarrollo social y económico de la Unión y concentró su esfuerzo de ayuda en la economía del conocimiento. El Consejo Europeo reconocía el déficit que sigue habiendo en materia de innovación a pesar de los progresos registrados desde 1996 y subrayaba la necesidad de explotar al máximo las innovaciones derivadas de la investigación y crear un entorno favorable al desarrollo de empresas innovadoras.

1.3.1. Este programa se inscribe dentro del objetivo estratégico establecido en Lisboa para la próxima década: hacer de la Unión la economía del conocimiento más competitiva y más dinámica del mundo, capaz de un crecimiento económico sostenible paralelo a una mejora cuantitativa y cualitativa del empleo y de una mayor cohesión social.

1.4. El principal objetivo del quinto programa marco de investigación y desarrollo tecnológico (IDT) consiste en reforzar la innovación. La explotación de sus resultados(3) constituirá otro aspecto importante de la línea de acción adoptada.

1.5. El Comité considera que la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre "La innovación en una economía del conocimiento" va en la dirección adecuada. Teniendo en cuenta la Comunicación de la Comisión "Hacia un espacio europeo de investigación"(4), que tiene por objeto reforzar la eficacia de los efectos innovadores de los esfuerzos europeos en materia de investigación, el Comité reafirma su concepción "sistémica" de la innovación tal y como la define el primer plan de acción(5). Este planteamiento considera la innovación como el resultado de una serie de interacciones complejas entre múltiples personas, organismos y factores contextuales, más que como un proceso lineal desde la formación de nuevos conocimientos hasta la creación de productos nuevos, lo cual pone de relieve la necesidad de reiterar el mensaje de que es preciso reforzar la cohesión en la Unión coordinando los esfuerzos nacionales. La Comunicación establece cinco objetivos concretos que están plenamente en línea con la postura del Comité, pero que podrían ser excesivamente ambiciosos. Por esta razón, el Comité solicita al Consejo que se garantice una financiación suficiente y hace hincapié en la necesidad de fomentar en el VI programa marco de IDT las acciones destinadas a reforzar la innovación. Por otra parte, el Comité considera que el documento objeto de estudio deberá combinarse con la Comunicación "Hacia un espacio europeo de investigación", dedicada a las líneas directrices de acciones de investigación, y con las del dictamen del CES relativo a la misma cuestión(6).

2. Resumen de la Comunicación - Principales objetivos

2.1. Basada en los datos estadísticos recopilados por Eurostat(7), la OCDE y una serie de terceros países, la Comunicación contiene un esbozo de cuadro de indicadores y una valoración preliminar de los resultados de Europa en materia de innovación. Dado que en su conjunto los resultados no invitan al optimismo, el texto subraya que los Estados miembros deberán intensificar sus esfuerzos para poder aprovechar al máximo las posibilidades y responder a los desafíos que ofrece la economía basada en el conocimiento. La consecución de este objetivo está subordinada al desarrollo de métodos de comercialización de los nuevos productos y servicios y a una reacción inmediata a los cambios en la demanda para estimular, sobre la base de la innovación, la competitividad de Europa a nivel mundial. La Unión Europea deberá no sólo eliminar las barreras a la innovación para movilizar y conservar a los científicos e inversores europeos, sino que deberá también apoyar y reforzar los sistemas de educación y formación superior de los Estados miembros para que hagan germinar las aptitudes y la mentalidad innovadora necesarias. Al mismo tiempo, sería conveniente hacer hincapié en las prácticas sobre la difusión de tecnologías y su integración, sobre todo por parte de las PYME, así como en la incorporación de la innovación y su reforzamiento en las industrias tradicionales, ya que en la sociedad del conocimiento todos los sectores y todas las empresas pueden convertirse en vectores del conocimiento.

2.1.1. Asimismo, la Comisión subraya que conviene difundir en el amplio sector de servicios las tecnologías de la información y la comunicación, que contribuirán a mejorar su capacidad innovadora.

2.1.2. Paralelamente, la Comisión Europea sostiene que el agravamiento de los problemas medioambientales crea el clima propicio al desarrollo de innovaciones, lo cual permite responder a las necesidades de crear productos y servicios nuevos que aprovechen mejor los recursos y contribuyan a proteger el medio ambiente facilitando el desarrollo sostenible.

2.1.3. La Comisión observa la persistencia de una falta de cohesión en el sentido de que los resultados de los Estados miembros y las regiones arrojan diferenciales considerables. Si perdura esta fragmentación del sistema europeo de innovación no será posible sacar todo el partido de las posibilidades del mercado interior.

2.2. La Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo hace referencia a cinco objetivos que abarcan los objetivos específicos y las políticas llevadas a cabo a nivel nacional en materia de innovación y establecen el marco transeuropeo de innovación. Se trata de los siguientes:

- garantizar la coherencia de las políticas de innovación;

- crear un marco normativo que propicie la innovación;

- fomentar la creación y el crecimiento de empresas innovadoras;

- mejorar las interfaces clave en el sistema de innovación;

- avanzar hacia una sociedad abierta a la innovación.

2.2.1. Estos cinco objetivos reflejan las prioridades actuales en materia de reforzamiento de la innovación en Europa y están en línea con el consenso alcanzado en el Consejo Europeo de Lisboa sobre las orientaciones políticas generales.

3. Importancia de la innovación

3.1. El Comité se adhiere a las conclusiones de la Comunicación al afirmar que la Unión registra un déficit en materia de innovación y que incluso aunque los Estados miembros tengan una experiencia cada vez mayor en este ámbito, la innovación sigue sin estar lo suficientemente presente. Los cinco objetivos formulados en la Comunicación inciden en la dirección que el Comité considera adecuada, esto es, el indispensable reconocimiento de la importancia de la política de innovación por parte tanto de los gobiernos nacionales como de los ciudadanos europeos. El Comité distingue cuatro ejes fundamentales para fomentar la innovación en Europa, a saber:

- la información sobre la innovación;

- la amplia percepción de su valor;

- un entorno jurídico-organizativo funcional;

- la coordinación de medidas a nivel nacional (horizontal) e intersectorial (vertical).

3.1.1. Los cinco objetivos de la Comunicación están al servicio de estos ejes, pero el Comité considera que deben reforzarse determinados aspectos, como señalan los apartados 3.2 al 3.6 del presente dictamen.

3.1.2. En primer lugar, el Comité desea insistir en la necesidad de disponer de datos estadísticos fiables. La Comisión se basa en datos que se remontan a 1998 o incluso antes (en el caso de Austria, por ejemplo, datan de 1993). Un desfase de este calibre es inaceptable. Los datos utilizados deben estar al día y ser dignos de confianza y detallados. El CES considera inaceptable verse obligado a emitir dictamen sin tener a disposición los datos más recientes. Ello puede inducir a decisiones equivocadas.

3.1.3. El Comité solicita que la Comisión defina de manera más exacta el concepto de innovación: la tecnología que hoy es puntera puede perfectamente dejar de serlo mañana. Es preciso que el texto establezca claramente la acepción que da al término "innovación".

3.1.4. Si bien su título le concede un lugar central, la Comunicación de la Comisión no pone suficientemente de relieve el papel excepcional que desempeña la noción de "conocimiento" a la hora de garantizar una ventaja competitiva. El Comité desea subrayar expresamente hasta qué punto es valioso el conocimiento. Además, sería conveniente hacer hincapié en la distinción entre la innovación y la investigación como producto del conocimiento, ya que no se distingue en este punto.

3.1.5. Los recursos humanos son uno de los elementos básicos de una sociedad fundada en la ciencia. Por consiguiente, el primer paso en esta dirección deberá consistir en mejorar los sistemas educativos, sobre todo la enseñanza de las ciencias, tanto entre los profesores como entre los alumnos, y apoyar a quienes inicien carreras científicas. Dichas carreras deberán ser atractivas para quienes se dediquen a ellas y ofrecer una retribución satisfactoria y justa, de modo que puedan seducir a los estudiantes capaces y convencerles de la conveniencia de pasar por la indispensable etapa de formación, un periodo tan arduo como apasionante. En este sentido, es indispensable ofrecer salidas profesionales adecuadas, así como un prestigio social y una base financiera a la altura del papel concedido a la ciencia y la técnica en la construcción del futuro de Europa.

3.2. En lo que se refiere al primer objetivo, garantizar la coherencia de las políticas de innovación, el Comité cree que la convergencia de las políticas nacionales emprendidas en materia de innovación constituye una cuestión clave. El Comité considera que los objetivos formulados en la Comunicación son loables pero no lo suficientemente ambiciosos. El estudio comparativo de las políticas de innovación es necesario, pero no permite en sí mismo lograr una verdadera cohesión. El Comité insta a la Comisión a poner en marcha una acción complementaria destinada a elaborar un plan que permita acceder a los programas nacionales llevados a cabo por los Estados miembros en materia de innovación a todos los interesados y las empresas de la Unión, independientemente de dónde tengan su sede o dónde lleven a cabo su actividad. Esta posibilidad, combinada con la primera acción del primer objetivo ("Crear un marco propicio para el diálogo, la coordinación y la evaluación comparativa de las políticas de innovación y los niveles de innovación de los Estados miembros") podría acelerar la convergencia dentro de la Unión. El Comité considera que un plan como el descrito podría extenderse a lo largo de cuatro años (2001-2004).

3.2.1. Un apartado especialmente importante de esta acción consistirá en poner en marcha un dispositivo de interacción, coordinación y armonización entre los diversos programas europeos y nacionales, de un lado, y quienes los gestionan y los poderes públicos respectivos, de otro. Dado que los actores interesados aportan su contribución y su interés, esta iniciativa debería concebirse de forma totalmente innovadora y continua, dotada de un ámbito de aplicación conveniente, esto es, debería basarse en la confianza recíproca y la cooperación y evitar toda centralización contraproducente.

3.3. En lo que se refiere al objetivo 2, la creación de un marco normativo que propicie la innovación, el Comité considera también que las medidas emprendidas dentro de iniciativas innovadoras se ven facilitadas por un marco normativo flexible, lo cual no elimina la necesidad de contar con reglamentaciones. Para dar pasos concretos rápidamente, el Comité anima a los Estados miembros a aprobar medidas fiscales en línea con los artículos 87 y 88 del Tratado, con objeto de estimular al sector privado a invertir en investigación e innovación y a contratar más investigadores; por otra parte, el Comité solicita a la Comisión que elabore informes sobre la eficacia y los progresos de dicha acción. Urge suprimir todas las barreras burocráticas.

3.3.1. En lo que se refiere a las PYME, el CES desea subrayar más concretamente que los Estados miembros deben establecer un grado de comunicación muy elevado entre las pequeñas y medianas empresas y las universidades o los centros de investigación. Conviene derribar el "muro" que impide su comunicación. Toda empresa debe ayudar a las universidades, del mismo modo que toda universidad debe colaborar con las empresas para poder lograr una ósmosis. La UE también debe reducir al mínimo los obstáculos burocráticos que obstaculizan el acceso a los programas de investigación. Los programas europeos deben fomentar la sinergia entre la universidad y la empresa.

3.4. El objetivo 3, fomentar la creación y el crecimiento de empresas innovadoras, es el más importante para la Unión. A pesar de los buenos resultados registrados por Europa en los tres últimos años, conviene no perder de vista que en 1999 los Estados Unidos invirtieron en tecnología más del triple de capital de riesgo que Europa; también hay que señalar que en EEUU la tasa de crecimiento de dichas inversiones fue del 108 % en relación con el año anterior. En opinión del Comité, la Unión carece de un marco financiero adaptado al apoyo de las empresas de reciente creación e innovadoras. No existe ningún plan organizado a nivel comunitario para fomentar el capital de riesgo o el capital de lanzamiento. Por otro lado, el marco normativo obstaculiza la participación de empresas de reciente creación o pequeñas empresas en los programas de IDT o de innovación, que casi siempre los dejan de lado. El Comité considera que la acción de la Comisión dirigida a facilitar el acceso de las empresas de reciente creación a los contratos públicos, a los programas comunitarios (y a sus resultados) y a la iniciativa "Innovación 2000" del Banco Europeo de Inversiones (BEI), debería dar los siguientes pasos:

- elaborar (en cooperación con el BEI) un plan para movilizar e invertir capital de riesgo;

- iniciar una reflexión sobre la supresión de las restricciones de financiación en los programas de innovación de IDT.

3.4.1. Asimismo, dentro de la acción "Fomentar las iniciativas de coordinación y cooperación", que incluye iniciativas como la red de regiones de excelencia para la creación de empresas, las redes de formación y servicios de apoyo (incubadoras, capital de lanzamiento, etc.) y la creación de un directorio electrónico europeo de empresas innovadoras de reciente creación, el Comité insta a la Comisión a que establezca un foro europeo de permisos y trabajos innovadores. Cabe aclarar que dicho foro tendrá el deber de fomentar ampliamente la actividad innovadora y la creación de valor añadido dentro de la cooperación prevista. La participación en dicho foro ha de ser plenamente voluntaria y en ningún caso deberá crear compartimentos estancos u otro tipo de limitaciones a la innovación o a los esfuerzos de las empresas europeas o de los particulares.

3.4.2. En lo que se refiere a los centros de excelencia, el Comité desea insistir en el valor que representan. La superioridad de los Estados Unidos no es resultado de un nivel de formación más elevado en su conjunto que el europeo. Europa dispone, por el contrario, de numerosos centros de enseñanza muy superiores a sus equivalentes norteamericanos. La supremacía de los EEUU se basa en su capacidad de reunir a los mejores en determinados centros, los centros de excelencia. La UE debe hacer lo mismo.

3.4.3. La valorización del capital humano es fundamental para difundir la innovación y crear una mentalidad basada en el conocimiento. A diferencia de sus homólogos norteamericanos, los institutos de investigación europeos tienen dificultades para atraer personal a causa de lo limitado de las remuneraciones y, más en general, de las condiciones de trabajo que ofrecen en el sector de la investigación. El éxodo de científicos hacia Estados Unidos afecta gravemente a Europa. No hay que olvidar que el conocimiento atrae el conocimiento. En este sentido, los centros de excelencia desempeñarán un papel importante. El Comité cree que deben tomarse medidas radicales para frenar este flujo y fomentar por el contrario la llegada a Europa de científicos de otros países. Conviene crear un entorno atractivo y privilegiado para los investigadores. El objetivo que debe fijarse la UE a largo plazo es llegar a atraer personas de fuera de la UE, sobre todo de países que están en la vanguardia de la innovación, como EE UU y Japón.

3.4.4. La estadísticas presentadas por la Comisión parecen demostrar que, en su conjunto, la Unión Europea va a la zaga de EE UU y Japón en lo que se refiere al número de investigadores por cada mil trabajadores. Diversos informes comunitarios llegan a la misma conclusión y, más en general, concluyen que la economía europea, tanto en el sector público como en el privado, adolece de una penuria en personal de investigación cualificado. Este déficit queda evidenciado por el cuadro 1, que presenta, en cada Estado miembro, el número de investigadores por mil habitantes, así como los gastos relacionados con la investigación en porcentaje del PIB. En opinión del Comité, sería muy conveniente que la Comisión adoptase una iniciativa que diese una prioridad específica a medidas que, en colaboración con los Estados miembros, apoyasen la formación de nuevos investigadores y tendiesen a la creación de un espacio europeo de investigación dotado de numerosos centros de excelencia diferenciados. Formar personal de investigación es un trabajo a largo plazo, por lo que las disposiciones necesarias deben tomarse con la mayor urgencia.

3.5. Desde hace cierto tiempo tanto la Comisión como otras instancias analizan la transferencia de conocimientos entre el lugar de producción de dicho conocimiento y el lugar donde se explota para la producción. El Comité aprueba plenamente las medidas mencionadas en el objetivo 4 de la Comunicación (mejora de interfaces clave en el sistema de innovación), más concretamente:

- fomentar las iniciativas regionales con la participación de las organizaciones profesionales y los centros de enlace para la innovación;

- reforzar la educación permanente;

- orientar a los investigadores hacia el proceso de promoción del conocimiento;

- establecer contactos con los centros de producción de conocimientos por diferentes vías (redes de conocimiento, relaciones internacionales);

- divulgar modelos cuyo éxito ha quedado probado.

3.5.1. Por regla general, la transferencia de tecnología más eficaz es la que tiene lugar entre personas que han participado en la adquisición de determinados conocimientos que han aplicado posteriormente en el desarrollo de determinados productos, o entre personas que, tras haber trabajado en un desarrollo de ese tipo, han participado en la investigación de recursos, de procesos nuevos o tecnologías inéditas. Ahora bien, estos intercambios son poco frecuentes, no sólo a causa de las divergencias que existen, incluso dentro de un mismo país, entre el ámbito de trabajo y el volumen más o menos elevado de costes que obstaculizan la movilidad, sino también, sobre todo, a causa de las características de las diferentes carreras y las posibilidades que se ofrecen. La movilidad transfronteriza, por su parte, se enfrenta a otros obstáculos, achacables a una coordinación aún insuficiente de los sistemas nacionales de seguridad social y a la ausencia muy frecuente de un reconocimiento mutuo de los títulos académicos y de los periodos de estudio y formación en el extranjero. En lugar de estimularlos mediante medidas de promoción, a menudo se disuade a los científicos de todo afán de movilidad.

3.5.2. El Comité apoya firmemente la promoción de estudios de análisis comparativo de los resultados (evaluación comparativa) en lo que se refiere a la eficacia de las actividades de transferencia de conocimientos.

3.6. En opinión del Comité, es preciso divulgar la importancia de la innovación, como se expone en el objetivo 5 de la Comunicación (evolucionar hacia una sociedad abierta a la innovación). Se trata de algo extremadamente difícil de lograr y especialmente ambicioso. La Comunicación reconoce la importancia del papel de los medios de comunicación pero no prevé ninguna medida concreta para explotar sus posibilidades. El Comité propone a la Comisión que lleve a cabo una acción suplementaria consistente en elaborar un plan de utilización de los medios de comunicación que vaya en ese sentido.

3.6.1. Para suscitar una conciencia efectiva y amplia de la importancia que reviste la innovación, es imprescindible lanzar un proceso de información y de formación continua en la base del sistema educativo. Dado que la enseñanza superior, por la posición que ocupa y por su objetivo, ya parece haber alcanzado este objetivo en cierta medida, ahora se impone un esfuerzo en los escalones previos del sistema educativo: la escuela primaria y la secundaria. Este reciclaje deberá en primer lugar dirigirse a los maestros, en los cuales cabe observar, en opinión del Comité, una serie de carencias inadmisibles en la comprensión y la percepción de la importancia que debe darse a la innovación, provocadas por la falta de cursos de perfeccionamiento profesional, de modo que se han visto fuera del proceso de producción de conocimientos, que es la única manera de desarrollar la innovación. En una segunda fase, gracias a un plan estructurado destinado a promover la idea de que es necesario producir nuevos conocimientos, será posible alcanzar el objetivo deseado: que todo joven ciudadano de la UE esté convencido de la necesidad de la creación innovadora. Se trata de un proceso exigente, necesariamente prolongado en el tiempo y cuyos frutos no podrán recogerse más que al cabo de una larga y paciente maduración; sin embargo, el Comité cree que se trata del único medio para acabar con el déficit en innovación que se observa actualmente en la UE.

3.6.2. Los medios de comunicación de masas, incluido Internet, tienen sin ningún género de dudas un papel protagonista a la hora de sensibilizar sobre la importancia de la innovación. El Comité está convencido de que el planteamiento actual se ha polarizado en exceso, dada la complejidad del problema y sus intereses específicos. Es indispensable poner remedio a esta situación, si bien el Comité reconoce que es difícil. Asimismo, el Comité insta a la Comisión, por un lado, a que dedique un estudio a la metodología que debe seguirse para que los medios de información que contribuyen a modelar la opinión pública pongan de relieve la importancia de la innovación y, por otro lado, produzca programas que vayan en este sentido y puedan servir de ejemplo.

4. El espacio europeo de innovación

4.1. En noviembre de 2000, el Ministro de Economía, Hacienda e Industria francés organizó en Lyon, en colaboración con el Ministro de Investigación, un coloquio(8) en el que participaron investigadores, empresarios y personas con ideas nuevas en representación de los Estados miembros de la Unión Europea. Posteriormente se celebró un segundo foro de la Comisión Europea sobre la innovación y el espíritu de empresa que permitió establecer los quince factores clave del éxito de la innovación en la Europa del futuro. Dichas ideas, con las que el Comité está plenamente de acuerdo, son las siguientes:

- formar en la innovación y desarrollar una cultura empresarial;

- establecer cuáles son las nuevas competencias que se requieren y adaptar a ellas los sistemas educativos;

- desarrollar los instrumentos y servicios de la sociedad de la información, incluido Internet, sin producir una fractura social;

- desarrollar la comprensión pública de la ciencia;

- promover la innovación organizativa;

- acompañar las fases preliminares del desarrollo de las empresas;

- movilizar la financiación privada en favor de la innovación;

- coordinar los dispositivos nacionales y europeos de apoyo a las empresas innovadoras;

- favorecer el desarrollo de un capital de riesgo europeo;

- desconcentrar las ayudas europeas a la innovación en las PYME;

- aumentar el esfuerzo de investigación y desarrollo en Europa;

- desarrollar la innovación de las PYME a partir del acervo en materia de investigación;

- poner en marcha una patente comunitaria al servicio de los solicitantes;

- favorecer la movilidad de los investigadores a nivel europeo;

- reforzar el atractivo de Europa para los mejores investigadores.

4.2. El Comité desea insistir firmemente en la necesidad de poner en marcha una patente europea que sea flexible y accesible a los pioneros de las aplicaciones innovadoras, como expone más detalladamente en su dictamen sobre las patentes(9).

4.2.1. En opinión del Comité, las universidades y el sector empresarial abordan de manera diferente la producción de conocimientos. Las primeras priman sobre todo su difusión inmediata, ya que este procedimiento las convalida y constituye un criterio en el desarrollo de la carrera profesional, mientras que la empresa se esfuerza por el contrario por no divulgarlos, en todo caso mientras no tenga garantizada su propiedad mediante un acta que sancione la propiedad de los derechos intelectuales correspondientes. Se trata, en última instancia, de un conflicto de intereses manifiesto, responsable del mantenimiento de la distancia entre estos dos sectores. El Comité aboga por un "período de gracia" prudente entre la publicación por el descubridor y el registro de la patente; de este modo se podría poner solución al problema planteado.

4.2.2. Además, hay que señalar que en lo que se refiere a la organización estructural existen grandes diferencias incluso dentro de cada Estado miembro entre los institutos y universidades financiadas públicamente y los centros desarrollados por la iniciativa privada. Los organismos encargados de la protección de los derechos intelectuales y las instituciones de transferencia de tecnología pueden velar en cierta medida por que los conocimientos tecnológicos obtenidos gracias al esfuerzo de organizaciones financiadas por el conjunto de la sociedad sirvan a la industria para desarrollar productos.

4.3. Por último, el Comité desea instar a la Comisión a intensificar sus esfuerzos por hacer realidad la afirmación expresada en el coloquio de Lyon por uno de sus miembros, el Sr. Liikanen, para quien la Comisión tiene un papel clave en lo que se refiere a promover la innovación y restablecer la confianza.

5. Conclusiones

5.1. Está demostrada la necesidad de fomentar medidas de promoción de la innovación.

5.2. La Comunicación de la Comisión constituye una contribución positiva en este sentido, pero sería conveniente desarrollar más determinados puntos.

5.3. El Comité considera que es fundamental apoyar las iniciativas destinadas a apoyar los esfuerzos realizados en Europa a favor de la innovación y hace especialmente hincapié en la necesidad de simplificar los procedimientos de financiación, la convergencia de las políticas de los Estados miembros de la Unión y la flexibilidad del marco normativo.

5.4. El Comité apoya firmemente las principales líneas de acción del programa. Considera que están bien concebidas y tienen los objetivos adecuados y revisten un importancia crucial para los países europeos. Sin embargo, habrá que prever recursos adicionales.

5.5. Los objetivos estratégicos mencionados anteriormente pueden revelarse excesivamente ambiciosos. Sin embargo, el Comité considera que la Comunicación aportará una contribución importante a la iniciativa eEurope, más amplia, y solicita en este sentido al Consejo que garantice una financiación suficiente.

5.6. Los puntos siguientes constituyen una síntesis de las propuestas presentadas y argumentadas por el Comité en el presente dictamen:

5.6.1. apertura inmediata de programas nacionales de ITD de todos los Estados miembros a todos los centros de investigación interesados en participar en ellos, independientemente del país en el que estén implantados;

5.6.2. puesta en marcha de una acción a largo plazo de formación permanente en las escuelas de los Estados miembros de la UE destinada a sensibilizar sobre la importancia de la producción de conocimientos. Para lograr una Europa científicamente integrada y reforzar la movilidad de los científicos, es indispensable acercar y hacer converger los programas educativos en la universidad y en los niveles de enseñanza anteriores;

5.6.3. creación de una formación técnico-profesional de larga duración sobre la base de ejemplos europeos y programas de aprendizaje continuado que hagan hincapié en la importancia de la producción de conocimientos;

5.6.4. elaboración de una metodología y de modelos de programas para promover la noción de innovación a través de los medios de comunicación;

5.6.5. formación continua de los funcionarios de grado medio y de las categorías de base, sobre todo los de los entes locales, para sensibilizarlos en las cuestiones medioambientales con el fin de explotar las nuevas tecnologías;

5.6.6. revisión de los procedimientos de la patente europea con objeto de facilitar su obtención haciéndola más sencilla y barata y reduciendo el tiempo que requiere su obtención;

5.6.7. definición de un marco jurídico y normativo adecuado para que el descubridor pueda publicar los resultados científicos dentro de un plazo prudente ("período de gracia") antes del registro de la patente sin poner en peligro su originalidad. Un dispositivo de este tipo permitiría suprimir importantes barreras a la comunicación y al intercambio de experiencias entre investigadores de los sectores público y privado;

5.6.8. medidas de ayuda y protección a las PYME en sus actividades de investigación para que la cultura empresarial, que hoy por hoy tiene un carácter defensivo, se abra al riesgo.

5.7. Las propuestas del Comité sobre la creación de centros de excelencia pueden resumirse del siguiente modo:

5.7.1. creación de fondos europeos de capital de lanzamiento y de capital de riesgo que funcionen de manera autónoma, sobre la base del modelo norteamericano, sin limitaciones normativas como las impuestas por los actuales programas comunitarios en materia de fomento de la innovación;

5.7.2. establecimiento de centros europeos de excelencia en materia de innovación que reúnan, mediante procedimientos abiertos y transparentes, investigadores salidos de universidades, institutos no universitarios y la industria. La utilización preferente del inglés como lengua común podría ser un elemento importante;

5.7.3. intensificación de las formas de movilidad de los investigadores entre las universidades y la industria y eliminación de la introversión y el ambiente de exclusión que predominan actualmente;

5.7.4. elaboración de programas destinados a atraer científicos de países de fuera de la UE a puestos de investigación en la industria europea y en la comunidad universitaria.

5.8. Incluso si se modifica en la línea recomendada por el presente dictamen, la Comunicación no podrá alcanzar por sí sola los objetivos estratégicos establecidos. Sin embargo, puede contribuir al desarrollo de estas estrategias como parte de un conjunto de iniciativas orientadas en este sentido.

Bruselas, 12 de julio de 2001.

El Presidente

del Comité Económico y Social

Göke Frerichs

(1) COM(95) 688 final; dictamen del CES: DO C 212 de 22.7.1996, p. 52.

(2) "Primer plan de acción para la innovación en Europa - Innovar para crecer y crear empleo", COM(96) 589 final.

(3) Documento de trabajo de la Comisión sobre los programas específicos del V Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico (1998-2002), COM(97) 553 final, de 5 de noviembre de 1997; programas específicos COM(98) 305 final y COM(98) 306 final, publicados ambos en el DO C 260 de 18.8.1998. Dictamen del Comité Económico y Social: DO C 407 de 28.12.1998, pp. 123-159.

(4) COM(2000) 6 final de 18.1.2000; dictamen CES: DO C 204 de 18.7.2000, p. 60.

(5) "Primer plan de acción para la innovación en Europa - Innovar para crecer y crear empleo", COM(96) 589 final.

(6) Dictamen del CES: DO C 204 de 18.7.2000, p. 70.

(7) Eurostat, Science, Technologie et innovation: chiffres clés 2000.

(8) Foro europeo anual para las empresas innovadoras, seguido del coloquio "Hacia un espacio europeo de la innovación", Lyon (Francia), 21.11.2000.

(9) Dictamen del CES sobre la "Propuesta de Reglamento del Consejo sobre la patente comunitaria" (COM(2000) 412 final - 2000/0177 (CNS), DO C 155 de 29.5.2001, p. 80.