52000DC0786

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Y AL PARLAMENTO EUROPEO - Prevención de la delincuencia en la Unión Europea - Reflexión sobre unas orientaciones comunes y propuestas en favor de un apoyo financiero comunitario /* COM/2000/0786 final */


COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Y AL PARLAMENTO EUROPEO Prevención de la delincuencia en la Unión Europea Reflexión sobre unas orientaciones comunes y propuestas en favor de un apoyo financiero comunitario

(presentada por la Comisión)

ÍNDICE

1. Introducción

2. Contexto y Definiciones

2.1. Contexto jurídico y político

2.2. Definiciones

2.2.1. Concepto de delincuencia

2.2.2. Concepto de prevención

3. Elementos para una estrategia europea

3.1. Justificación en términos de subsidiariedad

3.2. Objetivos

3.3. Principios

4. Instrumentos

4.1. Desarrollar la prevención del crimen en las políticas de la Unión Europea

4.2. Probar las propuestas legislativas: "crime proofing"

4.3. Mejorar el conocimiento de los fenómenos delictivos

4.4. Crear una red de participantes en la prevención

4.5. Crear un instrumento financiero

5. Conclusión

1. Introducción

Todos los Estados miembros de la Unión se enfrentan desde hace dos décadas a una delincuencia que se ha diversificado considerablemente y se mantiene a un nivel preocupante, ya afecte a los ciudadanos y a sus bienes, al sector comercial o al sector público. Este fenómeno tiene un coste considerable para nuestras sociedades (coste humano para las víctimas, coste social y político, coste económico). La globalización y la apertura de los mercados de bienes, servicios y capitales fueron factores que impulsaron un crecimiento sin precedentes en Europa pero también facilitaron una expansión de la delincuencia organizada transfronteriza.

El sentimiento de inseguridad, que a veces evoluciona sin relación directa con la delincuencia, depende de la percepción individual o colectiva de los ciudadanos. Este sentimiento no corresponde necesariamente a la realidad pero a pesar de todo es fundamental en la percepción que de su calidad de vida tienen los ciudadanos de la Unión.

Ante esta situación, las autoridades tomaron conciencia de los límites de las medidas represivas tradicionales de los sistemas judiciales y desarrollaron, con distintos grados y de manera complementaria, iniciativas de prevención de la delincuencia.

La prevención de la delincuencia fue objeto de trabajos específicos en la Unión Europea a partir de 1996. Así, la conferencia de Estocolmo examinó la prevención de los delitos relacionados con la integración económica europea y también la prevención de la delincuencia vinculada a la exclusión social. Posteriormente se organizaron varios seminarios (Bruselas-1996, Nordwijk-1997, Londres-1998) que marcaron las etapas del desarrollo de un enfoque de la Unión en cuanto a prevención de la delincuencia. Una de las recomendaciones esenciales expresadas entonces fue la necesidad de desarrollar los intercambios de conocimientos técnicos y experiencias nacionales. Este tema de intercambio de buenas prácticas se viene repitiendo desde entonces, y constituye el eje de la cooperación contra la delincuencia.

En lo que se refiere a la lucha contra la delincuencia organizada, ámbito en el que más se ha desarrollado la acción de la Unión, el Plan de Acción adoptado con ocasión del Consejo Europeo de Amsterdam de 1997 cita, entre sus orientaciones, las medidas preventivas que sirven de complemento a las recomendaciones de carácter más represivo. La estrategia de la Unión para el inicio del próximo milenio [1], adoptada el 29 de marzo de 2000 como continuación del citado Plan de Acción, refuerza aún más esta dimensión.

[1] DOCE C 124, 3.05.2000, p. 1 a 33.

El Tratado de Amsterdam hace posible una acción más voluntarista en la Unión Europea. La presente Comunicación tiene por objetivo contribuir a la reflexión sobre la política europea de prevención que se inició los días 4 y 5 de mayo de 2000 en la conferencia de alto nivel celebrada en Praia da Falésia a iniciativa de la Presidencia portuguesa del Consejo. Efectivamente, la Comisión había anunciado su intención de presentar una comunicación en el ámbito de la prevención de la delincuencia, que incluyera también propuestas en favor de un instrumento financiero comunitario. Tal es el objeto del presente documento, que se enviará para consulta al conjunto de las instituciones y organismos interesados.

Contexto y Definiciones

2.1. Contexto jurídico y político

El Tratado de Amsterdam y el Consejo de Tampere

El Tratado de Amsterdam dio un importante paso adelante al mencionar en su artículo 29 la prevención de la delincuencia en general (no limitada únicamente a la delincuencia organizada) entre las políticas de la Unión que contribuían a la creación de un espacio de libertad, seguridad y justicia. La prevención de la delincuencia, que hasta entonces se había abordado principalmente desde el punto de vista de la delincuencia organizada, debe ser objeto de una acción más general a partir de ahora.

El Consejo Europeo de Tampere destacó la importancia de este objetivo en los apartados 41 y 42 de sus conclusiones:

"41. El Consejo Europeo hace un llamamiento para que se integren los aspectos de prevención en las acciones contra la delincuencia y se desarrollen aún más los programas nacionales de prevención de la delincuencia. Deben elaborarse y determinarse prioridades comunes en materia de prevención del delito, tanto en el marco de la política exterior como de la política interior de la Unión, y tenerse en cuenta a la hora de preparar nueva legislación.

42. Debe desarrollarse el intercambio de mejores prácticas, hay que reforzar la red de autoridades nacionales competentes en materia de prevención del delito y la cooperación entre los organismos nacionales competentes en la materia; asimismo, debe explorarse con ese fin la posibilidad de establecer un programa financiado por la Comunidad. Las principales prioridades de dicha cooperación podrían ser la delincuencia juvenil, la urbana y la relacionada con las drogas. "

Por su parte, el Parlamento Europeo ha solicitado en varias ocasiones que el Consejo y los Estados miembros tomen iniciativas en el ámbito de la prevención de la delincuencia y, en particular, de la delincuencia urbana vinculada a la droga.

La Conferencia de Praia da Falésia

Los días 4 y 5 de mayo de 2000 se organizó bajo la Presidencia portuguesa una conferencia a nivel ministerial, con el fin de iniciar una reflexión sobre la utilización de las posibilidades ofrecidas por el Tratado de Amsterdam y sobre la ejecución de las conclusiones del Consejo Europeo de Tampere. La conferencia permitió:

- Conocer el estado actual de las iniciativas, proyectos y puntos de vista de las instancias de la Unión Europea y de las organizaciones internacionales;

- Examinar la situación en la Unión Europea basándose en un primer balance de las experiencias nacionales;

- Definir algunas directrices para medidas futuras en cuanto a prevención en la Unión Europea.

Habida cuenta de los vínculos que existen entre la delincuencia organizada y la delincuencia en general, la Conferencia concluyó que la estrategia europea de prevención de la delincuencia debía englobar los dos aspectos, aunque pudieran ser necesarias acciones específicas referentes a la delincuencia organizada.

La Resolución del Consejo sobre la prevención de la delincuencia organizada

Tras las primeras recomendaciones relativas a la prevención de la delincuencia organizada incluidas en el Plan de Acción de 1997, el Consejo manifestó su deseo de que la Unión avanzara en este sentido. En una Resolución adoptada en diciembre de 1998, el Consejo invitó a la Comisión y a Europol a trabajar de consuno con el fin de preparar de entonces a finales del año 2000 un informe en el que se propusieran iniciativas a nivel europeo sobre prevención de la delincuencia organizada. Dicho informe deberá completar mediante propuestas concretas los elementos ya existentes en la estrategia de inicios del milenio.

Se organizó un primer seminario en el que participaron representantes de las autoridades públicas, del mundo académico y comercial, así como representantes de la sociedad civil, celebrado en La Haya en noviembre de 1999. Una segunda conferencia, preparada por la Presidencia portuguesa, la Comisión y Europol, se desarrolló en mayo de 2000 en Costa da Caparica para proseguir el diálogo empezado en La Haya y precisar los elementos de una estrategia europea. En el ámbito más específico de la droga, la Presidencia finlandesa organizó en julio de 1999 una Conferencia referente al papel de las autoridades represivas en el ámbito de la prevención.

El documento de trabajo de la Comisión y de Europol que se presentará posteriormente se basa en las conclusiones de estos distintos seminarios así como en el examen de las prácticas vigentes en los Estados miembros y de los resultados de estudios específicos financiados por el programa Falcone. Propondrá una estrategia de prevención basada en el análisis y la prevención de las oportunidades delictivas cuya aplicación se basaría en la creación de estructuras de estudio y análisis de los datos relativos a la delincuencia organizada necesarias para reforzar la capacidad de las instituciones europeas y de los Estados miembros para prevenir la delincuencia organizada.

Actividades de la Unión europea y de la comunidad internacional relacionadas con la prevención

La Unión Europea ha examinado en varias ocasiones la cuestión de la prevención de la delincuencia. En primer lugar en relación con algunos tipos de delitos como la trata de personas y la explotación sexual infantil. Pero también de manera horizontal, como, por ejemplo, en:

- la Comunicación de la Comisión de 14 de julio de 1999 sobre las víctimas de la delincuencia en la Unión Europea;

- la Comunicación de la Comisión sobre el reconocimiento mutuo de las decisiones finales que abarca dos ámbitos útiles en cuanto a prevención: el reconocimiento mutuo de algunas medidas de inhabilitación y el reconocimiento mutuo de decisiones penales;

- el Plan de Acción de la Unión Europea contra las Drogas (2000-2004) en el que la prevención de la toxicomanía y del narcotráfico ocupa una dimensión importante;

- la Comunicación de la Comisión sobre el fraude al presupuesto comunitario se adoptó el pasado 28 de junio e incluye una estrategia global sobre esta cuestión. Por esta razón, este tema no se desarrolla en la presente Comunicación. La aplicación de esta estrategia global prevé, concretamente, reforzar los textos comunitarios con objeto de dotarlos de una mayor resistencia frente al fraude y desarrollar una cultura de cooperación que propicie la prevención de la corrupción.

La Comisión considera que también conviene aprovechar los trabajos y experiencias de los distintos foros internacionales, así como velar por la coherencia entre la acción de la Unión Europea y, en particular, la del Consejo de Europa y de las Naciones Unidas. Esta dimensión multilateral tiene especial importancia en lo que respecta a la lucha contra la delincuencia organizada transnacional y, en este sentido, el Convenio de las Naciones Unidas y sus protocolos adicionales, en cuya negociación ha participado plenamente la Comisión, ofrecerá un marco global apropiado para la consolidación de la cooperación internacional.

______

Estos trabajos y reflexiones condujeron a la Comisión a optar por un enfoque global en la presente Comunicación, que presenta una estrategia de prevención de todas las formas de delincuencia.

2.2. Definiciones

2.2.1. Concepto de delincuencia

La delincuencia engloba los actos delictivos cometidos por individuos o asociaciones no organizadas de personas. No obstante, este concepto cubre realidades distintas, a saber:

- la delincuencia en sentido estricto, es decir, los hechos tipificados penalmente como delitos en los Derechos nacionales (ej. homicidios, violaciones, algunos tráficos ilícitos);

- la delincuencia que corresponde a un nivel de infracción penal menos grave, pero más frecuente (p.ej.: hurtos, receptaciones, agresiones, fraudes o estafas);

- la violencia que tiende a propagarse en los más distintos medios (escuelas, estadios deportivos, vías públicas, hogares domésticos...);

- la falta de civismo, que sin ser necesariamente una infracción penal, se manifiesta en comportamientos asociales variados que pueden, por acumulación, crear un clima de tensión e inseguridad.

Debido a su naturaleza específica, la delincuencia organizada es objeto de una definición propia, recogida [2] en el artículo 1 de la Acción Común relativa a la tipificación penal de la participación en una organización delictiva en los Estados miembros de la Unión Europea de diciembre de 1998 [3], a saber:

[2] Se ha elaborado una definición muy parecida en el marco del futuro Convenio de las Naciones Unidas sobre la delincuencia organizada transnacional :

[3] Acción común del Consejo adoptada el 21.12.1998, DO de 29.12.1998, L351/1.

- una organización delictiva es una asociación estructurada de más de dos personas, establecida durante un cierto período de tiempo, y que actúe de manera concertada con el fin de cometer delitos sancionables con una pena privativa de libertad (...) de un máximo de cuatro años como mínimo o con una pena aún más severa

- las infracciones cometidas pueden constituir un final en sí mismas o un medio de obtener beneficios patrimoniales, y, en su caso, de influir indebidamente en el funcionamiento de la autoridad pública

- los delitos contemplados incluyen los contemplados en el artículo 2 del Convenio Europol y en su Anexo (formas graves de delincuencia internacional como tráfico de drogas, de personas, de emigrantes, de sustancias radioactivas y nucleares, de coches etc...) y que pueden ser sancionados con una pena al menos equivalente a una pena privativa de libertad de un máximo de cuatro años como mínimo o con una pena aún más severa.

2.2.2. Concepto de prevención

Definición

Existen numerosas definiciones del concepto de prevención de la delincuencia. A efectos de la presente Comunicación, la Comisión propone la definición siguiente:

La prevención de la delincuencia abarca todas las actividades que contribuyen a detener o reducir la delincuencia como fenómeno social, tanto cuantitativa como cualitativamente, ya sea a través de medidas de cooperación permanente y estructurada, o a través de iniciativas concretas. Estas actividades incumben a todos los protagonistas susceptibles de desempeñar una función preventiva: cargos públicos locales, servicios represivos y sistema judicial, servicios sociales, sistema educativo, movimientos asociativos en sentido amplio, industria, banca y sector privado, investigadores y científicos, así como el público en general, con el que se enlaza a través de los medios de comunicación.

Los estudios especializados distinguen distintos enfoques de la prevención que se centran en las víctimas o en los autores de hechos criminales o delictivos, o en las personas o grupos sociales de riesgo, o también en las situaciones de riesgo.

De este modo, pueden distinguirse tres categorías de medidas según que su objetivo sea:

* la reducción de las oportunidades, encaminada a dificultar el delito, hacerlo más arriesgado y a reducir los beneficios que obtienen los delincuentes;

* la reducción de los factores sociales y económicos que favorecen el desarrollo de la delincuencia;

* la información y la protección de las víctimas y la prevención de la victimización;

Convergencia de las experiencias nacionales

La prevención como elemento complementario de la política de represión es un concepto ampliamente aceptado por los Estados miembros, y las experiencias ya realizadas han producido resultados alentadores. Habida cuenta de las actuales experiencias, la Comisión ha comprobado que ciertas constantes aparecen en las estrategias que, en general:

* optan por un enfoque multidisciplinar;

* articulan acciones de prevención, políticas de seguridad y políticas "complementarias" (políticas policiales y judiciales, políticas sociales, educativas, de investigación..);

* desarrollan la colaboración entre los protagonistas de la prevención porque ésta sólo es eficaz si se apoya en todos los componentes de la sociedad.

Estos principios, compartidos por el conjunto de los Estados miembros, permiten ya hablar de un "modelo europeo" de prevención de la delincuencia.

3. Elementos para una estrategia europea

3.1. Justificación en términos de subsidiariedad

Las responsabilidades de los Estados miembros en cuanto a prevención de la delincuencia son esenciales. Se ejercen a través de las distintas políticas nacionales que contribuyen a la prevención de la delincuencia como son el derecho penal, la política social, la educación, el urbanismo, la fiscalidad, etc. Por lo que se refiere a la delincuencia en general, existe por otra parte una tendencia a desarrollar acciones preventivas lo más cercanas posible al centro de interés, que dan lugar a la aparición de múltiples políticas locales y contractuales, de prácticas de policía de proximidad ("community policing") o de justicia y policía de barrio, así como a la participación de colaboradores de diferentes procedencias.

Por todo ello, la intervención de la Unión Europea puede aportar un verdadero valor añadido a estas políticas.

En efecto, por una parte, se admite que los problemas de la delincuencia organizada transfronteriza son una cuestión de interés común para los Estados miembros que exige la intervención simultánea de los instrumentos comunitarios y de la cooperación judicial y policial. Por otra parte, por lo que se refiere a la delincuencia en general, ya el Consejo Europeo de Tampere señaló unas características comunes: se trata de una delincuencia a menudo urbana y vinculada a la droga, en la cual la delincuencia juvenil es preocupante. Un análisis profundo en todos los Estados miembros de la Unión permitiría seguramente definir otras constantes.

Por otra parte, los métodos de prevención tienden también a converger, a pesar de que no se conocen suficientemente más allá del nivel local, regional o nacional. Los intercambios de experiencias o de buenas prácticas que hayan producido buenos resultados en otros ámbitos de la justicia y los asuntos de interior, permitirían mejorar el tratamiento de estos problemas.

Así pues, la estrategia de la Unión Europea debería constar de dos niveles:

En primer lugar, se centrará en las políticas nacionales de prevención. Para lograr los objetivos anteriormente mencionados los Estados miembros deberán comprometerse firmemente a intensificar sus esfuerzos de prevención de la delincuencia, tanto organizada como general. Para ello, deberían adoptar o reforzar las estrategias nacionales de prevención. El inventario de las políticas aplicadas por los Estados y el intercambio de información y experiencias entre los Estados miembros ya empezados en la conferencia de Praia da Falésia debe continuar. Este ejercicio permitirá conocer lo que sería útil realizar en la Unión Europea.

En segundo lugar, estas políticas se completarán con una acción de la Unión Europea, que, sin substituir a las acciones nacionales, regionales o locales, rematará la pirámide de las responsabilidades y facilitará el ejercicio de las acciones nacionales al sacar a la luz los temas de interés común.

3.2. Objetivos

La Comisión considera en primer lugar que, para ser plenamente eficaz, la respuesta al reto de la delincuencia debe ser global y basarse en la complementariedad de los instrumentos represivos y preventivos puesto que unas sanciones rápidas, adaptadas y proporcionales, así como un seguimiento eficaz del cumplimiento de las penas tienen de por sí un carácter disuasivo y en consecuencia preventivo. En este sentido, conviene que los Estados establezcan, cuando proceda, sanciones para las infracciones de la legislación comunitaria.

Conviene a continuación destacar que la prevención afecta por definición a los actos que aún no se han cometido mediante un incremento de la vigilancia, lo que podría conducir a establecer dispositivos de seguridad excesivamente restrictivos para los ciudadanos. Deberá prestarse especial atención a que las acciones de prevención de la Unión respeten los principios fundamentales del derecho y las libertades públicas.

Dado que la estrategia de prevención pretende proteger tanto al ciudadano como a la sociedad, la Unión Europea debería fijarse los objetivos siguientes:

* Reducir las oportunidades que facilitan el delito, aumentar los riesgos para el criminal de ser descubierto y sancionado, disminuir las posibilidades de beneficiarse del delito cometido;

* Reducir los factores que facilitan la entrada y la reincidencia en la delincuencia;

* Evitar la victimización, es decir, el conjunto de los factores que, al situar a una persona en una situación de vulnerabilidad, la predispone a ser víctima de una infracción;

* Reducir la sensación de inseguridad;

* Fomentar y difundir una cultura de la legalidad y una cultura de gestión preventiva de los conflictos;

* Fomentar una gestión pública sana ("good governance") y prevenir en particular la corrupción;

* Prevenir la infiltración de los medios criminales en las estructuras de la economía y la sociedad;

Al tratarse de una política nueva en la Unión, la Comisión opina que se debe establecer una jerarquía entre las prioridades, teniendo en cuenta las orientaciones definidas en el Consejo de Tampere así como en la Conferencia de Praia da Falésia. En lo que respecta a la delincuencia general, la atención debe centrarse inicialmente en la delincuencia urbana, juvenil y relacionada con la droga. Por lo que respecta a la delincuencia organizada, las acciones prioritarias deberán centrarse en la delincuencia que utilice tecnologías avanzadas, el tráfico de drogas, la trata de personas, en particular, la explotación de mujeres, la explotación sexual de los niños, la delincuencia financiera y la falsificación del Euro.

3.3. Principios

Para alcanzar estos objetivos y habida cuenta de la reflexión ya iniciada, la estrategia de la Unión debería articularse alrededor de tres puntos:

(1) Conocimiento: mejorar la comprensión de los fenómenos criminales haciendo hincapié en la definición de las nuevas tendencias criminales, el estudio del impacto de las acciones de prevención, la evaluación y la difusión de las experiencias y prácticas nacionales.

(2) Colaboración: intensificar la cooperación y la creación de redes de participantes en la prevención a todos los niveles, europeo, nacional y local. Debería hacerse hincapié a la vez en la concienciación sobre el concepto de prevención, el intercambio de informaciones, el lanzamiento de acciones y su seguimiento, incluida la difusión de sus resultados.

(3) Multidisciplinariedad: promover la complementariedad de los instrumentos, con el fin de desarrollar las técnicas y métodos de prevención, y, en particular, de reducción de las oportunidades criminales, y de poner en marcha proyectos.

Por lo que se refiere a la delincuencia organizada, y habida cuenta de algunas peculiaridades así como de las solicitudes particulares formuladas por el Consejo en su Resolución de diciembre de 1998, un análisis complementario realizado por la Comisión y Europol se presentará con posterioridad.

4. Instrumentos

Para respaldar la aplicación de esta estrategia, la Comisión propone las siguientes acciones e instrumentos de carácter horizontal:

4.1. Desarrollar la prevención del crimen en las políticas de la Unión Europea

Numerosas políticas de la Unión, aunque no contemplan expresamente la prevención del crimen, contribuyen a la misma al promover la cohesión económica y social, el crecimiento y el empleo o un entorno económico transparente.

El Consejo, en su Resolución de diciembre de 1998 relativa a la prevención de la delincuencia organizada, y las conclusiones de la Conferencia de Alto Nivel de mayo de 2000 sobre la prevención de la delincuencia, pidieron a la Comisión que evaluase las políticas y los instrumentos comunitarios existentes respecto a su contribución a la prevención de la delincuencia. Al término de esta evaluación, la Comisión desea desarrollar un enfoque estructurado que permita utilizar de manera más sistemática las políticas e instrumentos comunitarios.

Se trata más concretamente de las políticas siguientes:

- Regulación de las actividades económicas y financieras:

Las políticas de control o regulación de las actividades económicas aplicadas a escala comunitaria, en particular en el marco del mercado interior, contribuyen a prevenir el fraude, la corrupción y otros tipos de delincuencia. En este sentido son especialmente importantes, los instrumentos sobre transparencia de los contratos públicos, prevención de la utilización de los circuitos financieros para blanquear dinero, la honradez de las transacciones comerciales, el ordenamiento de las personas jurídicas, el control de los movimientos de mercancías sensibles y de los transportes o de los medios de comunicación y tratamiento de la información.

La Comisión ya ha presentado propuestas sobre prevención del fraude en los instrumentos de pago [4], el blanqueo [5], el fraude a los contratos públicos [6], la falsificación y la piratería [7]. Otros sectores, también prioritarios, deberán ser objeto de nuevas propuestas o de estudios complementarios.

[4] La Comisión prevé adoptar un plan de acción a este respecto de aquí a final de año.

[5] La propuesta de modificación de la Directiva de 10 de junio de 1991 relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales se halla en fase de adopción.

[6] Además de una propuesta de mod del régimen comunitario relativo a los contratos públicos que el Consejo está examinando actualmente, la Comisión ha constituido un grupo de trabajo que estudiará la conveniencia de adoptar medidas complementarias, por ejemplo, la elaboración de listas negras y el intercambio de información sobre los participantes en licitaciones.

[7] El Libro Verde sobre la falsificación y la piratería en el Mercado Interior, adoptado el 15.10.1998, irá seguido de un plan de Acción

En este orden de cosas, el Consejo conjunto ECOFIN/JAI de 17 de octubre, mandató a la Comisión para que examinase la posibilidad de incrementar la coherencia de las disposiciones nacionales existentes relativas a la vigilancia de los movimientos transfronterizos de divisas en metálico. Además, se invitó a la Comisión a que determinase las medidas capaces de resolver los problemas, reconocidos internacionalmente, que plantean las sociedades interpuestas y demás personas jurídicas opacas de cara a la lucha contra el blanqueo de capitales [8].

[8] El Consejo ha pedido a la Comisión que le presente un informe en el que se examine la posibilidad de establecer unos criterios mínimos de transparencia de los distintos tipos de entidades jurídicas (concretamente los fondos fiduciarios, fideicomisos y fundaciones), con objeto de contar con medios que permitan identificar mejor a los derechohabientes económicos.

- Política social:

La lucha contra la exclusión social es un objetivo estratégico de la Unión Europea fijado en el Consejo Europeo de Lisboa de 23 y 24 de marzo de 2000. Puesto que la prevención de la delincuencia se inscribe en el modelo social europeo reconocido en Lisboa, parece conveniente establecer una mejor conexión entre el programa contra la exclusión social y la estrategia de prevención de la delincuencia. La aprobación por la Comisión de una nueva agenda social, que concede especial importancia a unos niveles de vida más elevados, incluso en términos cualitativos, puede ofrecer desde esta óptica una oportunidad, especialmente para la prevención de la toxicomanía.

La lucha contra el racismo y la xenofobia, otro eje de la lucha contra las discriminaciones, también está vinculada al objetivo de prevención. Ésta consiste en ayudar a la integración social, económica y cultural de los ciudadanos procedentes de la inmigración, mediante la formación y, en particular, la educación para una sociedad multicultural, y mediante la lucha contra todas las formas de discriminación (en la vivienda, el trabajo, el acceso a la educación...). El programa elaborado por la Comisión incluye, en particular, un plan de acción destinado a desarrollar el intercambio de información, de experiencias y de buenas prácticas [9].

[9] El objetivo de este programa, que abarca el período 2001-2006, está vinculado directamente al objetivo de prevención que nos ocupa y su debate continúa en el Consejo y el Parlamento.

- Política urbana :

Al igual que el Parlamento y el Comité de las Regiones, la Comisión destaca la importancia de la dimensión urbana en la política de prevención de la delincuencia. Con arreglo a los apartados 1 y 7 del artículo 4 del Reglamento nº 1260/1999, por el que se establecen disposiciones generales sobre los fondos estructurales, la Comisión, a propuesta de los Estados miembros, puede incluir zonas urbanas en dificultades, especialmente aquéllas cuya tasa de delincuencia sea elevada, en la lista de zonas del objetivo nº 2. Además, las medidas destinadas a zonas urbanas en dificultades se podrán integrar en programas más amplios aplicados tanto en las regiones del objetivo nº 1 como en las del objetivo nº 1, a través de políticas territoriales multisectoriales [10]. Por último, la iniciativa URBAN, financiada por el FEDER, iniciada en 1994 y renovada en 1999, refleja esta voluntad de promover las iniciativas y acciones locales, en particular, en los barrios en crisis de las grandes aglomeraciones [11]. También podrá servir de puente entre los enfoques innovadores aplicados a pequeña escala y la adopción de una iniciativa integrada y participativa en los principales programas de los fondos estructurales.

[10] Véase el "Marco de actuación para el desarrollo urbano sostenible en la Unión Europea" (COM/98/605, de 28.10.1998) y la Comunicación de la Comisión "Los Fondos estructurales y su coordinación con el Fondo de cohesión - Orientaciones para los programas del periodo 2000-2006", parte III.1.

[11] Las zonas urbanas afectadas, ciudades o barrios, deben cumplir al menos tres condiciones entre las cuales, una fuerte tasa de desempleo, un alto índice de pobreza y exclusión, un elevado número de inmigrantes, minorías étnicas o refugiados, un tasa de escolarización baja, un fuerte índice de criminalidad y delincuencia y unas condiciones medioambientales especialmente deterioradas.

En lo sucesivo, debería hacerse hincapié en la delincuencia que es fruto de una planificación urbana inadecuada. En particular, la situación de la inseguridad y/o la delincuencia debería figurar entre los indicadores de las auditorías urbanas realizadas periódicamente en las grandes ciudades de la Unión Europea.

- Política regional;

La Comunidad apoya las iniciativas de cohesión económica y social que, indirectamente, contribuyen a la prevención de la delincuencia. Más directamente el FEDER ya puede intervenir, mediante programas nacionales, apoyando las iniciativas de lucha y prevención de la delincuencia. El ejemplo más significativo es el programa relativo a la seguridad para el desarrollo del Mezzogiorno, presentado por Italia como parte de la programación del objetivo nº 1 en 1994-1999 y prorrogado del 2000 al 2006. Se trata de un caso concreto que refleja los problemas estructurales que operan sobre el tejido social y determinan la vida económica de esta región.

Por otra parte, la iniciativa INTERREG, también financiada por el FEDER, permite intervenciones más específicas sobre las fronteras y las zonas fronterizas internas y externas de la Unión, en materia, en particular, de desarrollo urbano, inserción social, o cooperación en los ámbitos jurídicos y administrativos.

Aunque por el momento la prevención de la delincuencia no constituye un objetivo de la política de cohesión, se puede considerar que no excluye que se tomen en cuenta proyectos a este respecto que, llegado el momento, podrían constituir el contenido fundamental de la política regional.

- Política de investigación :

La seguridad de las redes y la lucha contra la delincuencia informática ya son objeto de programas específicos de investigación. En el marco del Espacio Europeo de Investigación (2002-2006), la Comisión examinará las posibilidades de utilización de las técnicas, y en particular de las nuevas tecnologías, para la prevención del crimen en general.

Por lo que se refiere a la investigación en ciencia económica y social, el quinto Programa Marco de Investigación [12] permite estudiar las causas de los problemas sociales, conocer su realidad estadística y comparar las buenas prácticas. De este modo, se creó un Grupo de Trabajo con el fin de examinar en su contexto los problemas de violencia escolar y urbana, de toxicomanía, o, de forma más genérica, la sensación de inseguridad y las correspondientes respuestas de los Estados europeos. Las nuevas iniciativas podrían, por ejemplo, estudiar los factores de eficacia de las políticas de prevención.

[12] Decisión del Consejo y el Parlamento Europeo 1999/182/EC, DO L26 de 1.02.1999, p.27

- Sociedad de la información :

La próxima Comunicación de la Comisión "Incrementar la seguridad de la sociedad de la información mediante la lucha contra la delincuencia informática" propondrá un planteamiento global destinado a incrementar la seguridad de las redes informáticas, incluida Internet.

La Comisión desea una aplicación rápida de las medidas y recomendaciones de su Comunicación, que se halla entre las prioridades de la Unión. A este efecto y con objeto de evaluar la conveniencia de nuevos instrumentos jurídicos, la Comisión consultará con los medios interesados, la industria, los usuarios y las autoridades de policía.

- Política exterior :

Las políticas y programas de cooperación y asistencia de la Comunidad incorporan ya en gran parte la lucha contra la delincuencia. La Comisión sugiere que la CE/UE mantenga su actividad en los diferentes foros internacionales relacionados con este tema, especialmente en las Naciones Unidas y el Consejo de Europa. Por otra parte, quiere recordar que la Comunidad tiene la intención de adherirse al Convenio de las Naciones Unidas contra la delincuencia transnacional organizada así como a sus dos protocolos relativos a la lucha contra la trata de personas y el tráfico de emigrantes. Además, habrá que tener en cuenta la experiencia acumulada por la OSCE, especialmente en cuanto a los "nuevos peligros para la seguridad" y a la defensa del Estado de derecho.

La Comisión opina que sería útil intensificar la cooperación con algunos terceros países utilizando las redes y foros internacionales ya existentes como por ejemplo el Centro Internacional para la Prevención de la Delincuencia [13], cuya experiencia es de todos conocida. Por último, será necesario que los países candidatos a la adhesión se asocien progresivamente a los trabajos de la Unión sobre prevención de la delincuencia. Los programas PHARE por los que los países candidatos se preparan a su adhesión a la Unión se utilizan ya para financiar medidas de prevención [14]. La Comisión se propone utilizar plenamente las posibilidades de participación de estos países en los distintos instrumentos y programas financieros actuales y futuros y, en particular, en los propuestos en la presente Comunicación (programa financiero, Foro para la prevención...).

[13] El CIPC, creado al servicio de las ciudades y países para reducir la delincuencia y la inseguridad y su acción, está formado por ciudades, organismos nacionales de prevención e institutos, y respaldado por varios Estados miembros, Francia, Portugal, Reino Unido y Países Bajos.

[14] Se pueden citar como ejemplos el programa PHARE de lucha contra la droga, el programa PHARE de cooperación transfronteriza o el programa de modernización aduanera.

- Política medioambiental:

Las distintas iniciativas o medidas adoptadas en virtud de las obligaciones recogidas en la legislación medioambiental internacional o comunitaria ya contribuyen a la lucha contra la delincuencia medioambiental (que abarca el comercio ilegal de especies de flora y fauna en peligro de extinción y de sus derivados; la descarga y transferencia ilegal de residuos y materias radiactivos, incluida la transferencia de residuos peligrosos que entran o salen de la Unión; y el comercio ilegal de sustancias perjudiciales para la capa de ozono). No obstante, sería más fácil aplicar estas iniciativas y medidas si existiese una mayor cooperación e intercambio de datos y experiencias entre los distintos participantes. Además, la delincuencia medioambiental trasciende las fronteras comunitarias - se trata en realidad de un fenómeno global, cuya prevención deberá integrarse en una dimensión de cooperación con los países candidatos y con terceros países.

Como demuestran los ejemplos anteriormente mencionados, las políticas e instrumentos comunitarios existentes ya ofrecen numerosas posibilidades de acción. Para que presten un servicio aún mayor a la prevención, la Comisión procurará poner dotar de coherencia a los elementos de prevención de la delincuencia que ya se encuentran en estas políticas e instrumentos.

4.2. Probar las propuestas legislativas: "crime proofing"

Este tema se abordó tanto en las conclusiones de la cumbre de Tampere como en las de la Conferencia de Praia da Falésia. Aunque se deba precisar el concepto [15], en particular, con relación al de "fraud proofing" [16], puede sin embargo definirse como la evaluación de los textos legislativos, vigentes o previstos, desde el punto de vista de su "impermeabilidad" a las actividades criminales.

[15] Un estudio sobre este tema, financiado por el Programa Falcone, dará sus primeros resultados a finales de 2000.

[16] Respecto a la prevención del fraude al presupuesto comunitario, la Comisión (OLAF) indicó en una reciente comunicación su intención de crear un instrumento de evaluación más sistemática de la calidad de la legislación que será instaurado por la Oficina Europea de lucha contra el fraude (OLAF), la cual será "consultada en la fase de preparación, y en las diferentes etapas del proceso de toma de decisiones, acerca de las iniciativas legislativas que tengan, directa o indirectamente, consecuencias en la protección de los intereses financieros comunitarios, con el fin de garantizar una mayor resistencia al fraude y a la corrupción". (COM 2000 (358), p.7).

Esta evaluación puede efectuarse con ocasión de la elaboración de toda nueva legislación o decisión, tanto en la Unión Europea como en los Estados miembros. Es en esa fase cuando conviene determinar las oportunidades delictivas que pudieran existir.

La Comisión velará por evaluar el posible impacto de sus propuestas legislativas en términos de posibilidades delictivas, especialmente en los sectores sensibles. La preparación a la introducción del Euro ofrece el ejemplo de una planificación en la que se tuvo en cuenta los riesgos que podría ofrecer la moneda única. El momento fundamental de la evaluación debería ser no sólo la consulta entre los servicios sino también la fase de preparación de la legislación, que puede incluso llegar hasta el momento de la elaboración de un documento de consulta (comunicación, Libro verde o blanco).

También los Estados miembros deberían realizar un examen similar de sus iniciativas al aplicar sus normas nacionales sobre redacción de textos legislativos o reglamentarios.

No obstante, los riesgos de utilización con fines delictivos no se limitan a los textos nuevos. Debería también evaluarse la legislación existente, ya se trate de actos comunitarios o instrumentos internacionales a los cuales se haya adherido la Comunidad. Si bien no es realista proponer una revisión exhaustiva de estas legislaciones, sí cabe la posibilidad de analizar los riesgos en función de los grandes ámbitos de legislación con objeto de identificar los que son menos impermeables a las actividades delictivas y de formular recomendaciones que resuelvan los vacíos existentes. Además, la Comisión podría tener en cuenta esta evaluación al elaborar los informes de aplicación de las legislaciones comunitarias, con el fin de poder presentar, cuando proceda, propuestas que mejoren su impermeabilidad frente al delito o propuestas complementarias, en particular, en el ámbito policial y judicial.

Esta evaluación, ya sea a priori o a posteriori, supone un refuerzo de los dispositivos de consulta interna y también de análisis de la Comisión. En efecto, un examen serio debería contar con la participación de especialistas y expertos, en particular de las autoridades policiales y judiciales. En este ámbito deberían desarrollarse los intercambios de información entre expertos y centros modelo.

4.3. Mejorar el conocimiento de los fenómenos delictivos

Comparabilidad de los datos

El Plan de acción sobre lucha contra la delincuencia organizada adoptado por el Consejo Europeo de Amsterdam en junio de 1997, reconocía la utilidad de los datos recogidos y analizados a escala europea. Invitaba a los Estados miembros y la Comisión a crear o a definir, "un sistema de recogida y análisis de los datos capaz de proporcionar una visión global de la situación de la delincuencia organizada en los Estados miembros y de ayudar a las autoridades de represión en su lucha contra la delincuencia organizada" (Recomendación n° 2). El Plan de acción precisaba también las condiciones necesarias para la realización de este objetivo e invitaba a los Estados miembros a utilizar "normas comunes" para la recogida y análisis de los datos. Europol y los Estados miembros se adentraron por esta vía en el marco de la elaboración del Informe anual sobre la situación de la delincuencia organizada en la Unión Europea.

En cuanto a la delincuencia general, la falta de datos fiables y comparables sobre los fenómenos delictivos en los países europeos es un obstáculo para la comparación de las políticas de lucha y prevención del crimen aplicadas a nivel nacional. Ahora bien tal comparación, a pesar de tener sus límites, es un medio importante de validación de las políticas y de evaluación de las buenas prácticas como se ha destacado en distintos seminarios.

Habida cuenta de la proximidad o semejanza de algunas situaciones en los Estados miembros, a pesar de las importantes diferencias jurídicas, así como de la convergencia cada vez mayor de las políticas nacionales, debe realizarse un esfuerzo en la Unión para mejorar la comparabilidad de los datos, cuantitativos y cualitativos. El Consejo de Europa y las Naciones Unidas están trabajando a este respecto, en particular, en cuanto a los datos sobre la delincuencia general.

Debido a la variedad de los usuarios y de sus necesidades, necesidades que, por otra parte, deben desarrollarse conforme se aplique el Tratado de Amsterdam, los esfuerzos deberán ser multidisciplinares y también asociar a distintos protagonistas como la Comisión (en particular, la Oficina Estadística), Europol y el Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías, con el fin de evitar las duplicaciones y promover una mejor complementariedad de los trabajos y resultados.

Ya existen ciertas iniciativas. Así, en el ámbito de las drogas, el Plan de Acción de la Unión Europea (2000-2004) también solicitó al Consejo y a la Comisión que elaborasen, sobre la base de los trabajos realizados por Europol y el Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías, una definición común del concepto "de delincuencia vinculada a la droga" con el fin de poder comparar objetivamente el número de infracciones cometidas que están vinculadas a la droga. En el ámbito del racismo y la xenofobia, el Observatorio Europeo del racismo y la xenofobia tiene también la misión de recoger datos estadísticos.

Indicadores

El proporcionar indicadores objetivos y pertinentes constituye una dimensión esencial de una estrategia que quiere basarse en un mejor conocimiento de los fenómenos delictivos. Aquellos deberán, en la perspectiva de una estrategia de cooperación, ser de utilidad tanto para las autoridades públicas como para los grupos y entidades vulnerables frente al delito.

Los estudios y seminarios realizados hasta ahora han reflejado la contribución que podría suponer el cruce de datos de distinto origen, tanto para la comprensión de estos fenómenos como para la actualización de las nuevas tendencias criminales. En este ámbito, el completar las fuentes tradicionales de información, concretamente mediante informaciones procedentes de los medios privados, constituiría una plusvalía indudable.

La elaboración de una estrategia de prevención próxima a los ciudadanos exige también analizar la sensación de inseguridad y su evolución. Entre los estudios que deben realizarse sobre este tema, los sondeos públicos constituyen una fuente útil de información. En 1996 se realizó un Eurobarómetro sobre la percepción de la seguridad entre los ciudadanos europeos. La Comisión tiene la intención de realizar periódicamente encuestas similares.

Evaluación de las prácticas

El intercambio de experiencias y buenas prácticas supone de antemano su evaluación según criterios comunes, con el fin de determinar si pueden repetirse o generalizarse y en qué condiciones.

En cuanto a la prevención de la delincuencia organizada, se está realizando un estudio sobre los principales criterios y los procedimientos que podrían seguirse para facilitar este intercambio. El objetivo de este estudio consiste en proponer una técnica de evaluación de las prácticas nacionales que defina las condiciones en las que se realizaron estas experiencias y los elementos que podrían repetirse.

Las conclusiones de este estudio podrán ser útiles para el análisis de las buenas prácticas en cuanto a prevención de la delincuencia general. Los trabajos realizados bajo la Presidencia alemana para la elaboración de un manual europeo de buenas prácticas también deberán tenerse en cuenta.

4.4. Crear una red de participantes en la prevención

Crear un Foro europeo para la prevención de la delincuencia organizada

El enfoque propuesto por la presente Comunicación se basa en gran medida en la movilización y creación de una red de participantes en la prevención, ya sea en el ámbito de la "pequeña delincuencia" o de la delincuencia transnacional.

Los temas que deben tratarse son múltiples, la naturaleza de las informaciones intercambiadas no es la misma y los mismos expertos no podrían tratar indistintamente cuestiones tan distintas como la mediación social o la ciberdelincuencia. Mientras que en el ámbito de la delincuencia, son los interlocutores sociales quienes deben asociarse especialmente a los esfuerzos de las autoridades públicas, en los ámbitos relacionados con la delincuencia económica y financiera, y, con mayor motivo, con la delincuencia organizada, la prevención exige la asociación de los sectores económicos y profesionales.

La Comisión apoya la iniciativa tomada por la Presidencia francesa y por Suecia que proponen la creación de una red europea de prevención centrada en la delincuencia urbana, juvenil y vinculada a la droga. Respondiendo a una de las prioridades mencionada en el Consejo de Tampere, la creación de esta red constituirá un elemento de la aplicación de la presente estrategia y deberá articularse con las otras propuestas presentadas en el marco de la misma.

Por lo que se refiere a la delincuencia organizada, la Comisión tiene en cuenta que la sensibilización ante los peligros y costes de la delincuencia de los medios económicos y financieros o de algunas profesiones especialmente expuestas a los riesgos de corrupción o implicación en operaciones de blanqueo o fraude está dando sus primeros pasos. Iniciativas como la mesa redonda de industriales europeos sobre cuestiones de seguridad y prevención del crimen, o la Carta europea sobre las profesiones vulnerables, firmadas el 27 de julio de 1999, deberían fomentarse y tener una continuidad en la Unión.

Dado que parece necesaria una iniciativa, la Comisión propone la creación de un Foro europeo para la prevención de la delincuencia organizada. En relación con ámbitos extremadamente variados, tráfico de bienes lícitos e ilícitos, ciberdelincuencia, corrupción, delincuencia financiera, delincuencia medioambiental, o incluso cometido de algunas profesiones fundamentales, la prevención de la delincuencia organizada y la delincuencia económica exige que el Foro pueda reunirse con composiciones distintas y adaptadas a los temas tratados y, en caso necesario, crear grupos de trabajo especializados.

Los representantes de las instituciones y órganos europeos que trabajan para la prevención, los órganos nacionales de coordinación, las Administraciones públicas más afectadas y concretamente las autoridades judiciales y policiales, las autoridades locales/regionales y los medios económicos y financieros son quienes, en particular, tienen más vocación de participar en el Foro. Además, los medios asociativos, los medios profesionales más interesados como las profesiones liberales, los medios de comunicación o los profesionales de la seguridad deberán asociarse en función del ámbito de que se trate.

El Foro europeo para la prevención de la delincuencia organizada y la delincuencia económica se propone ampliar a todos sus socios el debate sobre la prevención y suscitar iniciativas y proyectos piloto de dimensión europea y permitirá que surjan proyectos que cumplan las condiciones previstas en el programa financiero. Entre estos proyectos figura la instauración de las herramientas e instrumentos detallados en el análisis común realizado por Europol y la Comisión.

El papel del Foro

El Foro europeo para la prevención de la delincuencia organizada y la delincuencia económica es una iniciativa de la Comisión encaminada en primer lugar a estructurar los trabajos sobre prevención a nivel europeo. Se trata de un marco para la creación de una red de expertos y para el lanzamiento de iniciativas. No obstante, de la misma manera que el Foro pretende promover y coordinar el diálogo sobre la prevención a nivel europeo, deberían estructuras de coordinación crearse a nivel nacional cuando no existan, tanto en las Administraciones públicas como en la sociedad civil. El alcance y la eficacia del diálogo entablado a nivel europeo dependerá en gran parte de la labor de enlace que estas estructuras puedan efectuar.

Además, el Foro europeo para la prevención de la delincuencia organizada y la delincuencia económica se articulará con otros foros de discusión o grupos de trabajo existentes en distintos ámbitos sectoriales a escala europea [17] e internacional y contribuirá a sus trabajos.

[17] Como, por ejemplo, por lo que respecta a la protección del medio ambiente, las tareas de la red IMPEL, o, en la lucha contra el fraude y la protección de los intereses financieros de la Comunidad, las actividades de COCOLAF.

El Foro deberá:

- estar a disposición de las instituciones europeas y los Estados miembros para asistirlos en las cuestiones relativas a la prevención de este tipo de delincuencia;

- contribuir a definir las nuevas tendencias delictivas;

- facilitar el intercambio de información sobre acciones de prevención;

- contribuir a la instauración y funcionamiento de centros de peritaje (centros modelo, redes, bancos de datos) sobre temas específicos;

- contribuir a identificar ámbitos de investigación, formación y evaluación.

La Comisión desea concebir el Foro de tal forma que su funcionamiento sólo necesite una estructura ligera de la que puedan encargarse sus servicios.

Difusión de la información

La Comisión examinará con los colaboradores interesados la necesidad de crear un sitio Internet sobre la prevención, que facilite el acceso a la información sobre las políticas y prácticas europeas y nacionales y permita el intercambio de información sobre los trabajos de las redes de prevención a nivel europeo.

4.5. Crear un instrumento financiero

En el Consejo Europeo de Tampere, los Jefes de Estado y Gobierno mencionaron como posibilidad de reflexión el apoyo financiero de la Unión Europea a la estrategia de prevención de la delincuencia. La Comisión llegó a la conclusión de que un instrumento financiero aportaría un valor añadido a la acción de los Estados miembros, tal como lo anunció en la conferencia de alto nivel de Praia da Falésia.

El instrumento tendrá por objetivo propiciar la aplicación de la estrategia expuesta en la presente Comunicación. Según se desprende de los apartados 41 y 42 de las conclusiones de Tampere, deberá abarcar todas las formas de delincuencia y apoyar, según prioridades por definir, las acciones mencionadas en la presente Comunicación. La definición de estas prioridades tendrá en cuenta también las acciones propuestas en el documento de trabajo conjunto de los servicios de la Comisión y Europol sobre prevención de la delincuencia organizada.

La intervención europea tomará la forma de un instrumento financiero ad hoc. Las acciones estarán abiertas a los países candidatos, en las mismas condiciones que para los Estados miembros.

Cualquiera que sea la fórmula elegida, el instrumento financiero debería implicar dos aspectos, uno consagrado a la delincuencia transfronteriza organizada, otro a la delincuencia general.

Las acciones que pueden contar con el apoyo del instrumento financiero, alimentadas por los trabajos de la Red europea de prevención de la delincuencia y el Foro europeo de prevención de la delincuencia organizada, podrían ser las siguientes:

- Reuniones y seminarios

- Estudios e investigaciones : se trataría de progresar hacia un mejor conocimiento del fenómeno (véase la práctica del "problem-oriented policing" o el concepto de "knowledge-based crime prevention").

- Proyectos piloto : el instrumento financiero podría contribuir financieramente a proyectos innovadores de dimensión europea (ej. centros modelo, bancos de datos)

- Intercambios de buenas prácticas

Al igual que para las otras acciones incluidas en el Título VI, el instrumento financiero estaría administrado por la Comisión, asistida por un comité de gestión compuesto por representantes de los Estados miembros. Determinaría anualmente las prioridades del instrumento financiero y se pronunciaría sobre las propuestas de la Comisión por lo que se refiere a la utilización de los créditos. Los proyectos podrían financiarse hasta un 70%, lo que permitiría apoyar proyectos presentados por colaboradores no gubernamentales.

El instrumento financiero se consideraría una operación piloto, y se crearía por decisión del artículo 34 del Tratado de la Unión Europea por un período inicial de dos años (2001-2002). Respecto a los importes financieros, conviene prever un comienzo prudente. Un presupuesto anual de un millón de EUR parece razonable, a la espera de las propuestas globales de la Comisión sobre los programas que administra.

Por último, las primeras prioridades podrían definirse durante el año 2001. La conferencia organizada bajo la Presidencia sueca en febrero de 2001 podría servir para definir algunas prioridades iniciales concretas, y para facilitar el lanzamiento del instrumento financiero en cuanto se apruebe la decisión correspondiente.

5. Conclusión

La Comisión invita el Parlamento Europeo y al Consejo, al Comité de las Regiones, al Comité Económico y Social, a examinar la presente Comunicación y a transmitirle sus observaciones sobre su propuesta de estrategia de prevención de la delincuencia.

Habida cuenta del planteamiento sugerido, basado en la asociación del conjunto de los colaboradores de la prevención a la definición de nuevas acciones, la Comisión invita las asociaciones, en particular, profesionales, y a las organizaciones representativas de la industria y los servicios, así como a toda organización o a asociación representativa de la sociedad civil que pueda estar interesada, a tener también conocimiento de la presente Comunicación y a transmitirle sus observaciones.