52000DC0625

Informe de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones sobre las actividades del Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia /* COM/2000/0625 final */


INFORME DE LA COMISIÓN AL CONSEJO, AL PARLAMENTO EUROPEO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES sobre las actividades del Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia

INFORME DE LA COMISIÓN AL CONSEJO, AL PARLAMENTO EUROPEO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

sobre las actividades del Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia

Introducción

1. Creación del observatorio

1.1. Comisión consultiva sobre el racismo y la xenofobia

1.2. Marco jurídico

1.2.1. Objetivos y funciones

1.2.2. Métodos de trabajo y ámbitos de actividad

1.2.3. Cooperación con otras organizaciones

1.2.4. Consejo de Administración y Consejo Ejecutivo

1.2.5. Director y personal

2. Recursos y estructura

2.1. Personal

2.1.1. Nombramiento del director

2.1.2. Personal

2.2. Presupuesto

2.3. Instalaciones

2.3.1. Selección de un edificio

2.3.2. Aspectos relacionados con la seguridad

2.3.3. Inauguración

2.4. Acuerdo sobre la sede

3. Programa de actividades y ejecución

3.1. Raxen

3.2. Informe anual

3.3. Mesas redondas

3.4. Cooperación con otras organizaciones

3.4.1. Consejo de Europa

3.4.2. Conferencia mundial de las Naciones Unidas

3.5. Acción de información y papel de los medios de comunicación

3.5.1. Conferencia de Colonia

3.5.2. Documentación/Información

3.6. Otras acciones

3.6.1. Carta de los partidos políticos

3.6.2. Estudios

3.6.3. Grupos de trabajo ad hoc

4. Evaluación externa

Introducción

De conformidad con el artículo 16 del Reglamento nº1035/97 del Consejo, de 2 de junio de 1997 [1], por el que se crea un Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia, la Comisión presenta a continuación un informe de las actividades del Observatorio.

[1] DO L 151 de 10.6.1997. El artículo 16 prevé que: «durante el tercer año siguiente a la entrada en vigor del presente Reglamento, la Comisión transmitirá al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones un informe de evaluación de las actividades del Observatorio, al que acompañan, si hubiere lugar, propuestas para la modificación o ampliación de sus tareas, en particular en función de la evolución de las competencias de la Comunidad en materia de racismo y xenofobia».

El Director asumió sus funciones en julio de 1998, y consagró sus esfuerzos en los primeros meses a la organización administrativa del Observatorio. Debido a las dificultades para encontrar un edificio adecuado, el Observatorio comenzó sus actividades en unas instalaciones provisionales. El 1 de mayo de 1999, el personal se trasladó a los locales que ocupa actualmente. Hasta el mes de junio de 1999 estaba integrado por tres agentes estatutarios. El personal estatutario, que era de 10 personas en septiembre de 1999, se amplió a 21 personas en agosto de 2000.

La aplicación del programa de actividades del Observatorio, así como la realización de sus tareas se encuentran, por consiguiente, en una fase inicial. Por ejemplo, la puesta en marcha de la Red Europea de Información sobre el Racismo y la Xenofobia (RAXEN) precisa aún un trabajo de varios meses.

El Reglamento preveía que la Comisión presentara un informe de evaluación de las actividades del Observatorio durante el tercer año siguiente a su entrada en vigor. La Comisión considera que este periodo de tres años no es suficiente para realizar una evaluación exhaustiva de las actividades del Observatorio y que es preferible examinar dichas actividades durante un periodo más largo a fin de poder evaluarlas correctamente.

Por consiguiente, la Comisión se limita a presentar a continuación un informe provisional en el que se describen las actividades que ha realizado el Observatorio hasta la fecha, pero sin una evaluación propiamente dicha de las mismas. A fin de redactar su informe de evaluación (acompañado, cuando proceda, de propuestas para la modificación o ampliación de las tareas del Observatorio), la Comisión se propone utilizar como base una evaluación encargada a evaluadores externos, que debe publicarse antes de finales del presente año (véase el punto 4).

1. Creación del observatorio

1.1. Comisión consultiva sobre el racismo y la xenofobia

La dimensión transnacional de la propaganda racista y de la incitación al odio racial demuestra la necesidad de una acción a nivel europeo [2]. Parece urgente adquirir un conocimiento más adecuado, a nivel europeo, de los fenómenos racistas y xenófobos, tanto por lo que respecta a su alcance como a su naturaleza, de modo que la Unión Europea pueda adoptar soluciones concretas para contribuir a combatir estos fenómenos en el marco de una estrategia global.

[2] Las instituciones europeas se han ocupado de esta cuestión, principalmente a partir de la Declaración interinstitucional contra el racismo y la xenofobia de junio de 1986 (DO C 158 de 25 de junio de 1986). Este proceso se ha intensificado en el transcurso del último decenio y la lucha contra el racismo ocupa un lugar cada vez más importante en el programa de las instituciones europeas, a través de numerosas resoluciones adoptadas por el Parlamento Europeo, así como la Comunicación de la Comisión sobre el racismo, la xenofobia y el antisemitismo, COM(95) 653 final de 13 de diciembre de 1995, y del Año Europeo contra el racismo en 1997. Véase asimismo: «Las instituciones europeas y la lucha contra el racismo: textos escogidos».

El Consejo Europeo de Corfú, en junio de 1994, propuso la creación en el seno del Consejo de una Comisión consultiva sobre el racismo y la xenofobia (CCRX). En junio de 1995, el Consejo Europeo de Cannes pidió a la Comisión consultiva que estudiara, en colaboración con el Consejo de Europa, la viabilidad de establecer un Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia. La CCRX determinó que sólo un observatorio europeo estaría en condiciones de seguir atentamente la evolución del racismo y la xenofobia en la Unión y de alertar e incitar a las clases políticas a tomar medidas concretas.

A la luz de estas conclusiones, el Consejo Europeo de Florencia, en junio de 1996, aprobó el principio de la creación de un observatorio europeo. En noviembre de 1996, la Comisión presentó una propuesta a este fin [3].

[3] COM (96) 615 final, de 27.11.1996, y COM (97) 201 final, de 14.5.1997.

El Consejo adoptó, el 2 de junio de 1997, el Reglamento (CEE) nº 1035/97 por el que se crea el Observatorio, cuya sede se fijó en Viena [4].

[4] Decisión de los representantes de los gobiernos de los Estados miembros por la que se fija la sede del Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia (DO C 194 de 25.6.1997, p.4).

1.2. Marco jurídico

1.2.1. Objetivos y funciones

El objetivo principal, definido en el apartado 1 del artículo 2 del Reglamento, consiste en proporcionar a la Comunidad y a sus Estados miembros informaciones objetivas, fiables y comparables sobre los fenómenos del racismo, la xenofobia y el antisemitismo.

El Observatorio debe reunir, registrar y analizar informaciones y datos, realizar investigaciones y estudios, desarrollar métodos para mejorar la comparabilidad, objetividad y fiabilidad de la información a nivel comunitario, y establecer y coordinar una Red Europea de Información sobre el Racismo y la Xenofobia (Raxen).

Puede formular conclusiones y emitir dictámenes dirigidos a la Comunidad y a sus Estados miembros, y publica un informe anual sobre la situación en materia de racismo y xenofobia en la Comunidad, así como sobre sus propias actividades.

1.2.2. Métodos de trabajo y ámbitos de actividad

Las informaciones y datos que se recojan y traten, las investigaciones y estudios científicos que se lleven a cabo o se impulsen deben referirse a la amplitud, la evolución, las causas y los efectos de los fenómenos de racismo y xenofobia, en particular en los ámbitos de la educación, la formación profesional y la juventud, la política social, la libre circulación de mercancías y la cultura.

1.2.3. Cooperación con otras organizaciones

El Observatorio debe cooperar con organizaciones nacionales e internacionales, gubernamentales o no gubernamentales, competentes en materia de fenómenos racistas y xenófobos.

En particular, el apartado 3 del artículo 7 del Reglamento establece la coordinación de sus actividades con las del Consejo de Europa (véase el punto 3.4.1).

1.2.4. Consejo de Administración y Consejo Ejecutivo

El Consejo de Administración (CA) está compuesto por personalidades independientes y con experiencia en el ámbito de los derechos humanos y el análisis de los fenómenos racistas, xenófobos y antisemitas, designadas por los Estados miembros, el Parlamento Europeo y el Consejo de Europa, así como por un representante de la Comisión. Su mandato es de tres años, renovable una sola vez. Cada miembro tiene un suplente designado de manera análoga [5].

[5] La lista de los miembros del Consejo de Administración figura en el anexo 1.

El Consejo de Administración, que se reúne al menos dos veces al año, adopta las disposiciones necesarias para el funcionamiento del Observatorio: nombra al Director, adopta el informe anual, así como las conclusiones y los dictámenes del Observatorio.

La primera reunión del Consejo de Administración se celebró en Viena los días 20 y 21 de enero de 1998, una vez comunicados a la Comisión los nombres de los miembros y de sus suplentes. En esta reunión, organizada por la Comisión en colaboración con las autoridades austríacas, el Consejo de Administración eligió a su Presidente, el Sr. Jean Kahn, a su Vicepresidente, Sr. Robert Purkiss y al otro miembro del Consejo Ejecutivo, el Profesor Anton Pelinka [6].

[6] A raíz de la dimisión del Profesor Pelinka a principios de junio de 2000, el número de miembros del Consejo Ejecutivo ha quedado reducido a cuatro hasta que expire el mandato del Consejo de Administración en enero de 2001.

El Consejo Ejecutivo [7] controla los trabajos del Observatorio, sigue la preparación y ejecución de los programas y prepara las reuniones del Consejo de Administración. También ejerce las funciones que le confía el CA.

[7] Integrado por el Presidente del Consejo de Administración, su Vicepresidente y otros tres miembros de dicho Consejo, entre los cuales figuran la persona designada por el Consejo de Europa y el representante de la Comisión.

1.2.5. Director y personal

El Director, nombrado por un período de cuatro años renovables, es el representante jurídico del Observatorio y responsable de la ejecución de las tareas que le son confiadas a este último, de la preparación y ejecución del programa anual de actividades y del informe anual, de las conclusiones y dictámenes, de las reuniones del CA, de las cuestiones presupuestarias, así como de todas las cuestiones relativas al personal y a la administración ordinaria.

El personal del Observatorio está sujeto a los reglamentos y las reglamentaciones aplicables a los funcionarios y otros agentes de las Comunidades Europeas.

2. Recursos y estructura

2.1. Personal

2.1.1. Nombramiento del director

El procedimiento de nombramiento del director se inició en la primera reunión del CA, en enero de 1998. De conformidad con el apartado 1 del artículo 10 del Reglamento, la Comisión presentó su propuesta al Consejo de Administración tras un proceso de selección autorizado por el Consejo Ejecutivo.

En el transcurso de su segunda reunión, celebrada en Bruselas los días 28 y 29 de mayo de 1998, el CA nombró como directora del Observatorio a la Sra. Beate Winkler, quien asumió sus funciones el 16 de julio de 1998.

2.1.2. Personal

En el transcurso de 1999, el personal pasó de 3 miembros estatutarios (junio) a 14 (en diciembre), hasta alcanzar 21 personas en agosto de 2000 a los que hay que añadir 2 personas con contratos de auxiliares, además de un experto para la evaluación interna [8].

[8] El organigrama actual del Observatorio figura en el anexo 2.

El primer procedimiento de contratación se inició en diciembre de 1998 para cubrir 8 puestos (2A, 2B, 3C y 1D) y el segundo en abril de 1999 para otros 5 puestos (3A y 2B). En agosto de 1999, debieron publicarse de nuevo los puestos de responsables de las unidades «Redes» (Raxen) e «Información» y la contratación se efectuó en la primavera de 2000. Una cuarta fase para cubrir otros 8 puestos (3A, 4B y 1C) se publicó en marzo de 2000.

2.2. Presupuesto

El Consejo de Administración aprueba el proyecto de presupuesto y el presupuesto anual definitivo del Observatorio, así como el programa anual de actividades en función del presupuesto y de los recursos disponibles.

Los ingresos del Observatorio comprenden una subvención comunitaria, consignada en una línea específica del presupuesto general de las Comunidades Europeas (actualmente: B5-809); los pagos efectuados en remuneración de los servicios prestados; cualesquiera contribuciones financieras de las organizaciones con las que coopera el Observatorio, así como toda contribución voluntaria de los Estados miembros.

Para 1998, se puso a disposición del Observatorio un presupuesto de dos millones de euros. Habida cuenta del retraso en la puesta en marcha efectiva, que no se produjo hasta el segundo semestre del año, la ejecución del presupuesto fue parcial ya que no fue necesario pagar alquiler, equipo ni gastos de personal.

En 1999, el presupuesto aprobado fue de 3,750 millones de euros con un incremento del 87 % frente a 1998, teniendo en cuenta el ritmo de ejecución. La contribución del Estado austríaco fue de 0, 23 millones de euros.

El presupuesto correspondiente a 2000 es de 4,750 millones de euros de subvención comunitaria, con un aumento del 27 % en relación al año anterior. La contribución de las autoridades del país que acoge la sede es de 0,150 millones de euros.

Créditos autorizados (millones de EUR)

>SITIO PARA UN CUADRO>

Los gastos del Observatorio comprenden principalmente la remuneración del personal, los gastos administrativos y de infraestructura, los gastos de funcionamiento y los gastos relativos a los contratos celebrados con las instituciones u organismos que forman parte de Raxen y con terceros.

Gastos (millones de EUR)

>SITIO PARA UN CUADRO>

El interventor de la Comisión realiza el control del compromiso y del pago de todos los gastos del Observatorio, así como de la liquidación y recaudación de todos sus ingresos.

El Director ejecuta el presupuesto del Observatorio. El Consejo de Administración aprueba la gestión del Director en la ejecución del presupuesto [9].

[9] En octubre de 1997, la Comisión presentó una propuesta de modificación de los reglamentos de base de nueve organismos comunitarios "descentralizados", entre ellos el Observatorio de Viena [COM (97) 489 final - DO C 335 de 6.11.1997], principalmente en relación con los procedimientos presupuestarios. Por lo que se refiere en particular al Observatorio, la propuesta de la Comisión sugiere que, por recomendación del CA, se transfiera al Parlamento Europeo el poder de aprobar la gestión del Director en la ejecución del presupuesto.

Se ha decidido crear una Comisión Consultiva de Compras y Contratos en el seno del Observatorio, decisión que debe ser confirmada por el Consejo de Administración.

El Tribunal de Cuentas ha realizado en Viena distintas auditorías: la primera en diciembre de 1998; la segunda en marzo de 1999 para verificar las cuentas correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 1998 [10]; la tercera en septiembre de 1999 y la última en mayo de 2000 para verificar las cuentas del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 1999.

[10] Informe sobre los estados financieros del Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia (Viena), correspondientes al período que va del 1 de mayo al 31 de diciembre de 1998, acompañado de las respuestas del Observatorio [DO C 372 de 22.12.1999].

La Comisión también ha seguido con gran atención todas las cuestiones relativas al inicio de las actividades administrativas del Observatorio. En ese contexto, se ha llevado a cabo una misión de auditoría del 20 al 22 de marzo de 2000 que ha permitido constatar que es posible mejorar la gestión del Observatorio, una vez superadas las difíciles circunstancias que han presidido el inicio de sus actividades. Las conclusiones de esta misión se han comunicado al Observatorio y el informe de los evaluadores deberá analizar la introducción de estas mejoras.

2.3. Instalaciones

2.3.1. Selección de un edificio

En la primera reunión, celebrada en enero de 1998, el CA encargó al Consejo Ejecutivo que hiciera lo necesario para encontrar un edificio en el que albergar al Observatorio. Las autoridades austríacas organizaron en febrero de 1998 una primera visita a varios edificios, en la que participaron un miembro del Consejo Ejecutivo, el arquitecto consultor de la Comisión y un representante de la DG V. Debido a la difícil situación del mercado inmobiliario en Viena, en marzo de 1998 el Consejo Ejecutivo decidió recomendar al Consejo de Administración que las autoridades austríacas pusieran a disposición del Observatorio oficinas provisionales hasta encontrar el edificio apropiado.

De este modo, en julio de 1998 el Director se instaló en cuatro oficinas cedidas por la Cancillería austríaca.

2.3.2. Aspectos relacionados con la seguridad

El personal del Observatorio se trasladó en mayo de 1999 a unas instalaciones definitivas. En las labores de adaptación del edificio, el Observatorio ha prestado especial atención a las cuestiones de seguridad, tanto con respecto a las instalaciones como al personal.

2.3.3. Inauguración

La inauguración oficial del Observatorio tuvo lugar el 7 de abril de 2000 en Viena en una ceremonia que contó con la presencia de unas 550 personas y en la que intervinieron el Presidente del Observatorio, Jean Kahn, el Presidente de Austria, Thomas Klestil, el Presidente de la Comisión Europea, Romano Prodi, del Parlamento Europeo, Nicole Fontaine y, en representación de la Presidencia de la Unión, Maria de Belén Roseira, Ministra portuguesa para la igualdad de oportunidades.

La ceremonia estuvo seguida de una conferencia («Foro de Viena») los días 7 y 8 de abril, en la que se trató el tema «política y racismo» desde varios ángulos: el estudio del lenguaje racista en la política y los medios de comunicación; el papel de la identidad en las divisiones racistas dentro de la sociedad; la ineficacia de un enfoque moralista para combatir el racismo; las propuestas legislativas sobre la base del artículo 13; el derecho internacional y el papel de las organizaciones no gubernamentales.

2.4. Acuerdo sobre la sede

El acuerdo sobre la sede entre el Observatorio y las autoridades austríacas, que incluye -entre otros aspectos- la aplicación del Protocolo sobre Privilegios e Inmunidades, así como medidas fiscales y de seguridad, se firmó oficialmente el 18 de mayo de 2000.

3. Programa de actividades y ejecución

El Observatorio realiza sus tareas en el ámbito de las competencias atribuidas a la Comunidad, y en función de los objetivos definidos en el programa anual y de los medios presupuestarios disponibles.

El Consejo de Administración adopta el programa anual.

3.1. Raxen

La creación de la Red Europea de Información sobre el Racismo y la Xenofobia (Raxen) constituye una de las principales tareas confiadas al Observatorio. La Red estará formada por una unidad central propia al Observatorio, en cooperación con centros de investigación, organizaciones no gubernamentales y centros especializados.

El 1 de abril de 1998, la Comisión, a la espera del nombramiento del Director del Observatorio, y con objeto de establecer la red con la mayor celeridad posible, solicitó a los Estados miembros que comunicaran la lista de centros y organizaciones aptos para formar parte de Raxen. La lista se completó a finales de noviembre de 1998.

Teniendo en cuenta esta lista, el Consejo de Administración invita a los organismos competentes en los diferentes ámbitos a que se integren en la red. No obstante, antes de tomar una decisión al respecto, se considera necesario proceder a una fase de preparación a fin de resolver diversas cuestiones aún pendientes por lo que se refiere a la participación en la red como, por ejemplo, el número de participantes por país, el equilibrio entre los diferentes tipos de organizaciones, la estructura y la importancia de los criterios de comparabilidad.

El Observatorio encargó la realización de un estudio de viabilidad sobre estas cuestiones. El estudio recomienda que Raxen se estructure como una red en varios niveles y con una base de datos común confiada al Observatorio.

La primera fase de puesta en marcha de la Red se encargó a un consultor externo [11].

[11] Se han mantenido asimismo varias reuniones preparatorias: la primera en junio de 1999 con los centros nacionales de investigación y los representantes de las ONG, que ha desembocado en la creación de un grupo consultivo encargado de examinar las medidas prácticas que deben tomarse con vistas a la constitución de la red; la segunda, en septiembre, con los interlocutores sociales y los representantes de los organismos nacionales independientes encargados de impulsar la lucha contra todo tipo de discriminación. En octubre se organizó una tercera reunión de concertación con el conjunto de los interlocutores sociales. El grupo consultivo se ha reunido en dos ocasiones, en septiembre y en octubre de 1999.

En su reunión de 4 de febrero de 2000, el Consejo de Administración aprobó las líneas generales de la red sobre la base del informe elaborado por el consultor. La red RAXEN será un instrumento de recopilación de datos y estadísticas a nivel nacional, posteriormente almacenados en una unidad central. Esto servirá para elaborar una base de datos que permita realizar investigaciones a nivel europeo, difundir información y aplicar una transferencia de conocimientos.

La puesta en marcha de la red se hará previsiblemente en tres etapas. La primera consistirá en desarrollar la estructura de la red para la recopilación de datos: un sistema de recogida de datos nacionales, coordinada a través de una serie de «puntos focales nacionales» (PFN) que podrían estar integrados por varios agentes nacionales, seleccionados por concurso público. La selección de los candidatos debería concluir en el otoño de 2000. Se prevé que los PFN sean totalmente operativos a finales de 2000 o principios de 2001.

Las otras dos etapas consisten, por un lado, en el establecimiento de orientaciones generales con respecto a los datos que deben reunirse y, principalmente, el desarrollo de criterios comunes para mejorar la comparabilidad de los mismos, y, por otro, en la definición de especificaciones técnicas para la transmisión de los datos entre los diferentes niveles de la red.

3.2. Informe anual

El informe anual correspondiente a 1998 se presentó en Bruselas en diciembre de 1999. Está dividido en dos partes: en la primera sección («Hacer frente a la realidad»:- la situación en materia de racismo y xenofobia en la Comunidad Europea) sobre las manifestaciones de racismo y xenofobia en la Comunidad se ofrece un resumen de las actividades realizadas y de las medidas adoptadas para combatir estos fenómenos en los Estados miembros y a nivel europeo. Con respecto a esta parte, el Observatorio ha firmado un contrato con un experto externo encargado de coordinar los materiales reunidos y de esbozar los diferentes contextos sociológicos, políticos y económicos de los Estados miembros.

La segunda sección («Un alma para Europa» - informe anual de actividades - 1998) proporciona información sobre el Observatorio y sus actividades a lo largo del año.

A principios de septiembre de 2000, el informe anual correspondiente a 1999 estaba casi terminado.

3.3. Mesas redondas

El Observatorio debe facilitar y promover la organización regular de mesas redondas en las que participen los interlocutores sociales, los centros de investigación, los representantes de las autoridades públicas competentes y expertos en la materia. El objetivo es contribuir al intercambio de conocimientos y experiencias entre los diferentes agentes, así como garantizar un enfoque multidisciplinar.

Las mesas redondas nacionales deberían reunirse al menos una vez por año. Hasta finales de 1999, se habían organizado mesas redondas en nueve Estados miembros: Reino Unido (octubre 1998 y noviembre 1999); Irlanda (noviembre 1998 y noviembre 1999); Austria (noviembre 1998); Suecia, Portugal, Italia, Luxemburgo y Países Bajos (verano 1999) y Grecia (noviembre 1999).

El Observatorio deberá resumir y analizar los resultados de las mesas redondas a fin de establecer un informe provisional sobre la diversidad de los enfoques nacionales, y proponer una recomendación sobre la manera de proceder de forma coordenada a nivel europeo.

A este fin, el Observatorio ha decidido preparar un documento para identificar un «perfil armonizado» de las mesas redondas que permita definir los objetivos comunes y los ámbitos de competencia, identificar criterios de comparabilidad y una metodología común en la organización y analizar las perspectivas europeas.

Este ha sido uno de los temas abordados durante la primera mesa redonda europea, celebrada el 30 de junio de 2000 en Viena.

3.4. Cooperación con otras organizaciones

3.4.1. Consejo de Europa

De conformidad con el apartado 3 del artículo 7 del Reglamento, la Comunidad ha celebrado, en nombre del Observatorio, un acuerdo con el Consejo de Europa con objeto de desarrollar una estrecha cooperación entre ambos organismos. Este acuerdo se firmó oficialmente el 10 de febrero de 1999 [12].

[12] Decisión del Consejo, de 21 de diciembre de 1998 [DO L 44 de 18 de febrero de 1999].

El acuerdo prevé el establecimiento de contactos periódicos entre el Director del Observatorio y la Secretaría de la Comisión Europea contra el racismo y la intolerancia (ECRI), integrada en el Consejo de Europa. El Observatorio y la ECRI aseguran un acceso recíproco a la información no confidencial y a los datos recopilados en el marco de sus actividades, así como una difusión lo más amplia posible de los resultados de sus trabajos respectivos. Asimismo, se consultan a fin de coordinar sus actividades y dar un carácter complementario a sus programas de trabajo y pueden llevar a cabo actividades conjuntas y/o complementarias sobre temas de interés común.

En aplicación del acuerdo, se organizaron dos reuniones conjuntas de ambos Consejos Ejecutivos, la primera de las cuales tuvo lugar el 3 de junio de 1999 en París. Ambos Consejos Ejecutivos se reúnen desde entonces con una periodicidad anual. El 31 de mayo de 2000 se celebró una segunda reunión en Viena. En septiembre de 1999, la Dirección del Observatorio y la Secretaría de la ECRI se reunieron para examinar los distintos aspectos de dicha cooperación.

Tras las actividades conjuntas realizadas en 1999, a saber, las tres mesas redondas celebradas en el Reino Unido, Irlanda y Grecia, el Observatorio y la ECRI han decidido presentar un capítulo común en sus programas de trabajo respectivos, así como verificar las modalidades concretas de aplicación de determinados proyectos conjuntos.

3.4.2. Conferencia mundial de las Naciones Unidas

Bajo los auspicios de las Naciones Unidas tendrá lugar en septiembre de 2001 en Sudáfrica una conferencia mundial contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y la intolerancia. El propósito de la conferencia es analizar los progresos realizados en la lucha contra el racismo en el mundo, examinar los métodos y medios que pueden garantizar una ejecución más adecuada de las normas existentes y la aplicación de los instrumentos disponibles, así como formular recomendaciones concretas con vistas a la adopción de nuevas medidas a nivel nacional, regional e internacional para combatir toda forma de racismo.

Esta conferencia irá precedida de cinco conferencias regionales preparatorias. La coordinación de la contribución regional europea a la conferencia mundial ha sido confiada al Consejo de Europa, que organizará a este fin una conferencia regional europea los días 11 a 13 de octubre de 2000 en Estrasburgo.

El Observatorio participa, junto con el Parlamento Europeo, el Consejo, la Comisión, y las redes de organizaciones antirracistas (ENAR y UNITED), en los trabajos del grupo de trabajo técnico creado para la preparación de esta conferencia. El Observatorio ha presentado documentos de base como contribución a las actividades de la conferencia y presidirá uno de los grupos de trabajo en la conferencia regional europea.

El Observatorio ha participado también en la primera sesión del Comité preparatorio de la Conferencia mundial, que se celebró en Ginebra del 1 al 5 de mayo de 2000.

3.5. Acción de información y papel de los medios de comunicación

3.5.1. Conferencia de Colonia

La cadena de televisión alemana Westdeutscher Rundfunk (WDR), en colaboración con el Observatorio y con el apoyo del «European Media Insstitute» (EMI) de Düsseldorf y la «European Broadcasting Union» (EBU) de Ginebra, organizó en Colonia (20 y 21 de mayo de 1999) una conferencia sobre el papel de los medios de comunicación en la promoción de la diversidad cultural. La conferencia abordó principalmente el tema de la responsabilidad de los medios de comunicación frente a la intolerancia y la discriminación.

Entre las recomendaciones formuladas al final de la conferencia, cabe destacar el desarrollo de orientaciones generales para explicar la diversidad cultural mediante la organización de campañas de radiotelevisión y la realización de programas; la creación de redes y bases de datos a disposición de los periodistas y los responsables de los programas; y la producción de programas de formación y educación permanente. Se dedica una atención especial a la creación de un sistema de seguimiento de la aplicación de estas recomendaciones.

Las actas de la conferencia se publicaron en octubre de 1999.

3.5.2. Documentación/Información

Deberá crearse un fondo de documentación abierto al público (letra d) del apartado 2 del artículo 2 del Reglamento).

El Observatorio debe crear archivos de documentación europea sobre el racismo y la xenofobia, abiertos al público, a las instituciones y a las organizaciones.

Los archivos de documentación europea sobre el racismo y la xenofobia servirán para almacenar los documentos que no estén disponibles en otro lugar y serán inicialmente una base de datos, disponible en línea, con un sistema de enlaces integrado a otros archivos, bibliotecas y bases de datos.

El Observatorio dispone asimismo de un sitio Web [13] que contiene diversas informaciones, folletos y su boletín informativo «Equal voices», publicado en septiembre de 1999. El sitio WEB del EUMC tiene por objeto crear, en varias fases, una ventanilla única con información fiable y actualizada sobre el racismo, la xenofobia, el antisemitismo y la lucha contra la discriminación.

[13] www.eumc.at

El Observatorio produce asimismo folletos, prospectos y comunicados de prensa sobre sus actividades y sobre la situación del racismo en los Estados miembros de la Unión Europea. Entre otros, el llamamiento a la acción común de 7 de diciembre de 1998: «Igualdad y diversidad para Europa»; un análisis comparativo de las dos encuestas Eurobarómetro de 1989 y 1997: «Xenofobia y Racismo en Europa - La opinión pública 1989-1997», y el documento de trabajo: «Challenging the media - for equality and diversity against racism».

3.6. Otras acciones

3.6.1. Carta de los partidos políticos

El deber de la clase política de tratar de manera responsable los problemas relativos a las minorías, así como de asegurar una representación equitativa de los grupos minoritarios en las filas de los partidos políticos es, sin lugar a dudas, esencial. El Observatorio fomenta el apoyo y la consolidación de la Carta de los partidos políticos por una sociedad no racista, presentada en la Conferencia de Utrecht en febrero de 1998.

La Carta recibirá el apoyo de distintas iniciativas del Observatorio como mesas redondas, trabajo con los medios de comunicación, conferencias, etc.

3.6.2. Estudios

El Observatorio ha celebrado un contrato con Migration Policy Group (MPG) a fin de preparar 15 informes nacionales sobre las medidas legislativas nacionales dirigidas a combatir el racismo, el antisemitismo y la xenofobia en los quince Estados miembros, así como un informe de síntesis que compara la «propuesta de Starting Line» con las legislaciones nacionales en vigor, su aplicación y ejemplos de buenas prácticas. El proyecto se inició en junio de 1999.

3.6.3. Grupos de trabajo ad hoc

El Observatorio puede establecer grupos de trabajo ad hoc. Actualmente existen en el seno del Consejo de Administración dos grupos de trabajo, que han iniciado ya sus actividades.

Un Grupo «artículo 13», consultado por la Comisión sobre el «conjunto de medidas contra la discriminación», y principalmente sobre los aspectos relativos a la discriminación por motivos de raza y de origen étnico (reuniones en junio de 1999, enero y abril de 2000).

Un Grupo de trabajo «key-issues», que se reunió en agosto de 1999, y cuya tarea consiste en identificar los temas clave en materia de racismo y xenofobia en los próximos años.

4. Evaluación externa

Habida cuenta del corto periodo que lleva funcionando plenamente el Observatorio, la Comisión presenta un informe intermedio sobre las actividades del mismo. Una evaluación de estas actividades se llevará a cabo en el año 2001. A este fin se prevé realizar, desde ahora y hasta finales de año, una evaluación encargada a evaluadores externos.

La finalidad de esta evaluación externa es proporcionar una evaluación independiente sobre la eficacia del Observatorio en relación con los objetivos fijados en el Reglamento (CE) del Consejo, así como sobre la eficacia de los medios (humanos y financieros) empleados para alcanzar dichos objetivos.

La evaluación deberá ofrecer una valoración de la estructura organizativa y las actividades del Observatorio y, sobre todo, evaluar en qué medida se han cumplido los objetivos fijados. La evaluación examinará asimismo la eficacia de los métodos logísticos, administrativos y de gestión; los avances logrados en el establecimiento y la gestión de la red de información RAXEN; la calidad y la pertinencia de las actividades del Observatorio, así como de sus productos (publicaciones, etc.) y, por último, los procedimientos de acompañamiento de las actividades. Deberá valorar en qué medida se han identificado y satisfecho las necesidades de los usuarios con respecto a los productos y servicios de información desarrollados hasta la fecha, así como la respuesta de los grupos destinatarios.

ANEXO 1

MIembrOS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL OBSERVATORIO

Bélgica: // Sr. Johan Leman / Sr. Jean Cornil*

Dinamarca: // Sr. Ole Espersen / Sr. Morten Kjaerum*

Alemania: // Sra. Uta Würfel / Sra. Barbara John*

Grecia: // Sr. Petros Stangos / Sr. Perikles Pangalos*

España: // Sr. Juan de Dios Ramirez-Heredia /

Sr. Joaquin Alvarez de Toledo*

Francia: // Sr. Jean Kahn / Sra. Martine Valdes-Boulouque*

Irlanda: // Sr. Mervyn Taylor / Sra. Mary Flaherty*

Italia: // Sr. Francesco Margiotta Broglio / Sr. Diego Ungaro*

Luxemburgo: // Sr. Nic Klecker / Sr. Edouard Wolter*

Países Bajos: // Sr. Ed van Thijn / Sr. Paul B. Cliteur*

Austria: // Sr. Stefan Karner [14]

[14] Tras la dimisión, a principios de junio de 2000, del Profesor Pelinka, las autoridades austríacas designaron a su suplente, el Profesor Karner, como miembro titular. No se nombró a ningún suplente.

Portugal: // Sr. Pedro Bacelar de Vasconcelos /

Sr. Esmeraldo de Azevedo*

Finlandia: // Sra. Kaarina Suonio / Sr. Tom Sandlund*

Suecia: // Sra. Helene Lööw / Sra. Agneta Lindelöf* [15]

[15] Tras la dimisión del Sr. Bruchfeld y de la Sra. Berggren las autoridades suecas nombraron a las Sras. Lööw y Lindelöf.

Reino Unido: // Sr. Robert Purkiss / Sr. David Weaver*

Parlemento Europeo: // Sr. William Duncan / Sr. Jürgen Micksch*

Consejo de Europa: // Sr. Joseph Voyame / Sr. Jenö Kaltenbach

Comisión Europea: // Sra. Odile Quintin / Sr. Adam Tyson*

Presidente del Consejo de Administración: // Sr. Jean Kahn

Vicepresidente: // Sr. Robert Purkiss

* suplentes

ANEXO 2

>REFERENCIA A UN GRÁFICO>