Dictamen del Comité Económico y Social sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) sobre sustancias que agotan la capa de ozono en cuanto a los inhaladores dosificadores y las bombas de infusión»
Diario Oficial n° C 367 de 20/12/2000 p. 0033 - 0033
Dictamen del Comité Económico y Social sobre la "Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) sobre sustancias que agotan la capa de ozono en cuanto a los inhaladores dosificadores y las bombas de infusión" (2000/C 367/10) El 28 de julio de 2000, de conformidad con el artículo 175 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidió consultar al Comité Económico y Social sobre la propuesta mencionada. El Comité Económico y Social decidió nombrar al Sr. Colombo ponente general encargado de preparar los trabajos del Comité sobre este asunto. En su 375o Pleno de los días 20 y 21 de septiembre de 2000 (sesión del 20 de septiembre) el Comité Económico y Social ha aprobado por 63 votos a favor y 2 abstenciones el presente Dictamen. 1. Propuesta de la Comisión 1.1. La propuesta de la Comisión pretende modificar el Reglamento sobre sustancias que agotan la capa de ozono(1), recientemente aprobado, en dos aspectos concretos. Esta propuesta responde a la necesidad de subsanar dos incoherencias halladas en el texto en la fase final de adopción del Reglamento. La primera se refiere a la exportación a países en vías de desarrollo de dosificadores inhaladores que contengan clorofluorocarbonos (CFC), y la segunda a la exportación de bombas de infusión que contengan esas mismas sustancias. La Comisión afirma que no ha tenido en ningún momento la intención de prohibir, con este Reglamento, la exportación de dichos productos, que siguen siendo necesarios en esos países para fines sanitarios. Por lo tanto, el texto deberá modificarse en consecuencia. 2. Observaciones generales 2.1. El Comité aprueba la propuesta de la Comisión. Bruselas, 20 de septiembre de 2000. La Presidenta del Comité Económico y Social Beatrice Rangoni Machiavelli (1) Dicho Reglamento, que aún no ha sido publicado en el Diario Oficial, sustituirá al Reglamento (CE) n° 3093/94.