Propuesta de Reglamento del Consejo por el que se establecen los precios de producción comunitarios para los productos de la pesca relacionados en el Anexo III del Reglamento (CEE) n°3759/92 para la campaña de pesca de 2000 /* COM/99/0586 final */
Propuesta de REGLAMENTO DEL CONSEJO por el que se establecen los precios de producción comunitarios para los productos de la pesca relacionados en el anexo III del Reglamento (CEE) nº 3759/92 para la campaña de pesca de 2000 (presentada por la Comisión) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Reglamento (CEE) nº 3759/92, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca, dispone que se fije un precio de producción comunitario para el atún destinado a la industria conservera, de características comerciales bien definidas, a partir de los precios medios registrados respecto de una proporción significativa de la producción comunitaria en los mercados al por mayor o los puertos representativos durante las tres campañas pesqueras inmediatamente anteriores a aquélla para la que se fije el precio. El precio medio comunitario aumentó en 1997 y 1998 pero experimentó una acusada disminución durante los seis primeros meses de 1999. Habida cuenta al mismo tiempo de la proximidad entre el precio de producción comunitario y el precio medio de mercado, la Comisión propone una reducción del 2% del precio de producción comunitario del atún para la campaña pesquera de 2000. Propuesta de REGLAMENTO DEL CONSEJO EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 >SITIO PARA UN CUADRO> Artículo 2 Hecho en Bruselas, Por el Consejo El Presidente >SITIO PARA UN CUADRO>