51999IP0168

Resolución sobre Guinea-Bissau

Diario Oficial n° C 150 de 28/05/1999 p. 0386


B4-0168, 0173, 0183, 0191, 0202 y 0211/99

Resolución sobre Guinea-Bissau

El Parlamento Europeo,

- Vistas sus resoluciones anteriores sobre Guinea-Bissau,

- Vista la Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 1216 de 21 de diciembre de 1998,

A. Considerando que, el 1 de noviembre de 1998, se firmó un acuerdo de paz en Abuja para poner fin al conflicto que se inició el 7 de junio de 1998 en Guinea-Bissau entre el Presidente Joao Bernardo Vieira y el General Ansumane Mane,

B. Recordando que este acuerdo de paz prevé la retirada de las fuerzas extranjeras y el despliegue de la fuerza de interposición de la Comunidad Económica de los Estados del África Occidental (ECOMOG), compuesta por fuerzas de Nigeria, Benin y Togo,

C. Considerando que, justo antes del envío de las fuerzas ECOMOG, se produjo un nuevo estallido de hostilidades en la capital de Guinea-Bissau, supuestamente causado por ciertas fuerzas que apoyan al Presidente Vieira,

D. Considerando que el 3 de febrero de 1999 se firmó un nuevo alto el fuego entre las partes en conflicto bajo los auspicios de la Comunidad Económica de los Estados del África Occidental (CEDEAO),

E. Considerando que solamente podrá alcanzarse una solución al conflicto mediante la reconciliación y plena aplicación del acuerdo de Abuja,

F. Considerando que, debido al nuevo estallido de violencia, miles de civiles han huido de la capital en busca de refugio,

G. Enormemente preocupado por la amenaza contra las vidas de civiles y por las violaciones de los derechos humanos de que son víctimas a raíz de las operaciones militares que violan la legislación internacional básica en materia humanitaria,

H. Preocupado por la continua participación de tropas extranjeras, principalmente del Senegal y de la República de Guinea, que han sido acusadas por organizaciones internacionales de derechos humanos de violaciones de derechos humanos perpetradas contra civiles,

I. Preocupado por la amenaza de hambre que pesa sobre la población del país en general y de Bissau en particular,

J. Subrayando además que la economía de este país, que se encuentra entre los más pobres de África, ha resultado devastada tras varios meses de conflicto armado,

K. Advirtiendo del peligro de una internacionalización del conflicto,

1. Condena la nueva ola de violencia en Guinea-Bissau y pide a las partes en conflicto que apliquen plenamente el alto el fuego establecido el 3 de febrero de 1999;

2. Lamenta y condena la irresponsabilidad política, la ceguera histórica y la completa insensibilidad humana de los dirigentes políticos y militares que, contra los intereses de su pueblo, han reiniciado esta guerra;

3. Insta a las partes en conflicto a emprender sin reserva la aplicación íntegra de los acuerdos de paz de Abuja, en particular mediante la formación de un gobierno de unión nacional y la organización de elecciones presidenciales y legislativas, respetando plenamente la independencia e integridad del territorio de Guinea-Bissau;

4. Denuncia el papel desestabilizador de todas las tropas extranjeras en el conflicto, y pide su retirada, con excepción de aquellas acordadas por ambas partes en el seno de la ECOMOG como condición previa para la aplicación del acuerdo de paz y la instauración del nuevo Gobierno;

5. Pide a la Unión Europea que contribuya con su apoyo técnico y económico a la fuerza de interposición del África Occidental que se encarga de mantener la paz;

6. Pide a la Comisión que envíe la ayuda humanitaria necesaria, y solicita a las partes en conflicto que respeten estrictamente las disposiciones pertinentes del Derecho internacional y, en particular, el Derecho humanitario, y que garanticen a las organizaciones humanitarias que operan en Guinea-Bissau un acceso seguro y libre a las personas afectadas por el conflicto;

7. Solicita al Consejo que contribuya más activamente a la solución pacífica y duradera del conflicto, y pide a los Estados miembros que actúen de forma conjunta;

8. Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo, a la OUA, a la CEDEAO, a los Copresidentes de la Asamblea Paritaria ACP-UE, a los Gobiernos del Senegal y de la República de Guinea, a la Asamblea Nacional, al Primer Ministro designado y al Presidente de Guinea-Bissau.