Dictamen del Comité de las Regiones sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones - Orientaciones para una agricultura sostenible»
Diario Oficial n° C 156 de 06/06/2000 p. 0040 - 0045
Dictamen del Comité de las Regiones sobre la "Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones - Orientaciones para una agricultura sostenible" (2000/C 156/07) EL COMITÉ DE LAS REGIONES, vista la "Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones - Orientaciones para una agricultura sostenible" (COM(1999) 22 final)(1); vista la decisión de la Comisión de 29 de enero de 1999, de conformidad con el apartado primero del artículo 198 C del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, de consultarle sobre este asunto; vista la decisión de la Mesa de 7 de mayo de 1999 de encargar a la Comisión de Agricultura, Desarrollo Rural y Pesca (Comisión 2) la preparación de los trabajos; visto el proyecto de dictamen (CDR 183/99 rev. 3) aprobado por la Comisión 2 el 26 de noviembre de 1999 (ponente: Sra. Algudo, Alcaldesa de Saint-Fulgent, F/PPE), ha aprobado el siguiente dictamen en su 32o Pleno de los días 16 y 17 de febrero de 2000 (sesión del 17 de febrero). Observaciones preliminares El Sr. Fischler, Comisario europeo responsable de agricultura y desarrollo rural, define el concepto de sostenibilidad de la manera siguiente: "Un desarrollo es sostenible cuando cada generación puede cubrir sus necesidades sin limitar la posibilidad de las generaciones futuras de satisfacer sus propias necesidades". Y añade: "El reto de un desarrollo sostenible consiste también en fomentar la eficacia económica y el equilibrio socioeconómico, a la vez que se preserva y se refuerza la calidad de la naturaleza y del medio ambiente, así como el patrimonio cultural"(2). Esta concepción es perfectamente aplicable a la producción agrícola y es compartida por toda la profesión. Ahora bien, los acontecimientos más recientes han puesto de manifiesto que, aunque la intención sea encomiable, los medios para alcanzar el objetivo siguen siendo bastante inciertos. A veces existe incluso una contradicción entre el objetivo y las exigencias económicas y demográficas. Con todo, la sostenibilidad propia del sector agrario puede verse en peligro, sobre todo debido al debilitamiento de su base económica. La agricultura es un sector económico vital para Europa: - De acuerdo con las Naciones Unidas, en los próximos treinta años la producción mundial de alimentos deberá aumentar al menos un 75 % para abastecer a una población que pasará de los 5000 millones de habitantes en la actualidad a los 8500 millones en 2025. - Por consiguiente, es imperativo aumentar la producción con métodos modernos que preserven los recursos naturales, a fin de evitar la extensión de la malnutrición y el hambre en el mundo. - La agricultura y la silvicultura garantizan el equilibrio socioeconómico del territorio y aseguran el empleo en las regiones rurales; permiten también mantener el equilibrio climático y el de los ecosistemas naturales y el paisaje. - La agricultura es una de las actividades económicas más antiguas de los pueblos europeos. En ella residen nuestras raíces culturales y nuestras tradiciones. El abandono del campo, el éxodo hacia las grandes ciudades y los sectores industriales han empobrecido los territorios, hasta el punto de provocar un desequilibrio hidrogeológico. A lo largo del tiempo, este fenómeno ha provocado la desaparición de comunidades enteras y la pérdida de identidad de numerosos municipios, comprometiendo el frágil equilibrio y la relación armoniosa entre las ciudades y el campo que, hoy en día, es uno de los fundamentos de la nueva política de la PEOT. Europa no es autárquica. Abierta al mundo, debe salvar las dificultades que ello plantea. La agricultura constituye un verdadero desafío, ya que ¿cómo pueden reconciliarse las necesidades de una demografía galopante con las capacidades de una agricultura "ecológica", que no puede o no podría garantizar una producción masiva? El modelo agrícola europeo corre el riesgo de ir a la deriva. Con los años, la PAC y numerosas políticas nacionales han entrado en una lógica cada vez más productivista e intensiva que ha tenido efectos negativos para el medio ambiente, el empleo, la calidad de los productos y la ordenación territorial. Globalmente, el rumbo que está tomando la situación perjudica a la agricultura sostenible. No obstante, en algunos países, se están produciendo cambios notables que invierten esta tendencia. La agricultura es también víctima de los métodos industriales. Ahora bien, adopta una actitud defensiva cuando su responsabilidad es limitada. Estos son los aspectos y hechos que el Comité de las Regiones debe tener en cuenta en la presentación de su dictamen. Éste tendrá aún más importancia porque en la actualidad van a iniciarse las negociaciones de Seattle en el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Es allí donde Europa, con una sola voz, deberá defender su modelo. 1. Introducción 1.1. Las consideraciones medioambientales constituyen una de las preocupaciones principales de la Política Agrícola Común. Esta toma de conciencia se remonta al Acta Única Europea de 1986; el Tratado de Amsterdam hace del desarrollo sostenible un objetivo de la Unión y el Consejo Europeo de Viena de diciembre de 1998 reconoció la importancia de garantizar una integración apropiada de los aspectos medioambientales en las decisiones que deben tomarse en materia de política agraria en el marco de la Agenda 2000. 1.2. El objetivo de la nueva reforma de la PAC propuesta en este contexto es realizar las adaptaciones estructurales necesarias en las principales organizaciones de mercado e implantar una política decidida de desarrollo rural que se convierta en el segundo pilar de la PAC. Esta política de desarrollo rural no debe beneficiar únicamente a las actividades agrarias. Debe permitir la participación de todos los actores del mundo rural, en cuyas primeras filas figuran los entes territoriales, y fomentar la puesta en marcha de planes de desarrollo regional. 1.3. Debido al nivel constante de los precios agrarios, la Política Agrícola Común aplicada hasta ahora ha favorecido la agricultura intensiva y una mayor utilización de abonos y productos fitosanitarios. En algunas regiones, ello ha fomentado un elevado grado de agricultura intensiva que ha provocado una contaminación del agua y del suelo que ha destruido algunos ecosistemas importantes y ha requerido tratamientos costosos a expensas de los consumidores y los contribuyentes. La intensificación de la agricultura ha generado profundos cambios en el paisaje que ponen en peligro su variedad y su biodiversidad características. En estos momentos, un productor que opte por prácticas económicas viables es consciente de que deben sacrificarse muchas de las características del paisaje tradicional, por ejemplo la supresión de muros de piedra o de tierra y su sustitución por vallados eléctricos, el arranque de setos, el agrandamiento de las parcelas o la concentración de propiedades. Factores todos ellos que, conjugados con los métodos de explotación, tampoco son inocuos para los suelos, el agua y la atmósfera. Sin embargo, al igual que la agricultura intensiva, el abandono de tierras de uso agrícola también ejerce una presión sobre el paisaje y la biodiversidad. 1.4. Por tanto, los desafíos que plantean tanto la intensificación como el abandono de la agricultura suscitan interrogantes sobre la relación entre la agricultura y el medio ambiente y las futuras bases del modelo europeo de agricultura sostenible. La definición de la sostenibilidad, entendida como una gestión de los recursos naturales que garantice su utilización y pueda resultar rentable en el futuro, beneficia a los intereses de los agricultores. Conviene, pues, contrapesar la utilización de las tierras y recursos naturales con fines de producción agrícola lucrativa y los valores de la sociedad relativos a la protección del medio ambiente y del patrimonio cultural. 1.5. Las propuestas de reforma de la Agenda 2000 tienen un objetivo esencial: desarrollar un modelo europeo de agricultura que respete el medio ambiente, sea socialmente aceptable y económicamente viable para los productores. En el nivel de las regiones, los principios generales del desarrollo sostenible deberán ser adaptados mediante políticas nacionales y regionales que tengan en cuenta la diversidad de los territorios y sus particularidades socioeconómicas. A tal fin, estas políticas deberán instaurar formas de cooperación con las regiones de montaña y aquellas cuya economía se basa principalmente en la agricultura. De hecho, las instituciones locales pueden favorecer la difusión de nuevas orientaciones de la PAC así como la afirmación de un nuevo modelo de agricultura sostenible desde el punto de vista medioambiental y bajo el perfil de la rentabilidad de las explotaciones agrarias. 2. La Comunicación de la Comisión expone los motivos por los que la agricultura afecta negativamente al medio ambiente, los métodos para poner remedio a esta situación y su financiación. Para el éxito de esta política es primordial el papel de los Estados miembros. 2.1. Con excepción de las regiones en las que se registra una tendencia hacia la extensificación, la agricultura europea presenta dos características: se intensifica y se especializa. Si la utilización de fertilizantes químicos y productos fitosanitarios parece ir en disminución, gracias en particular a la PAC, sigue siendo aún elevada con respecto a hace algunas decenas de años. El consumo de fertilizantes ha aumentado, desde aproximadamente 5 millones de toneladas en 1950 hasta un máximo de 20 millones en las décadas de los setenta y los ochenta, situándose actualmente en unos 16 millones de toneladas. Sin embargo, la PAC no debe tener un efecto perverso, es decir, que aunque el volumen de los productos disminuya, sus principios activos sean cada vez más concentrados y específicos. Su toxicidad para el medio ambiente sigue siendo aún imprecisa. Ya se llevan a cabo pruebas de la ecotoxicidad de los productos fitosanitarios antes de su comercialización. No obstante, se debería reforzar la investigación. Para reducir el empleo de productos fitosanitarios, deberían valorizarse y fomentarse otros métodos -por ejemplo, la fertilización racional de los suelos o la substitución de los fertilizantes naturales por fertilizantes químicos- siempre que se controle, no obstante, su utilización, ya que un exceso de fertilizantes naturales sería igualmente pernicioso para el equilibrio ecológico. En esta fase de la reflexión cabe también plantear la cuestión de la introducción de los organismos genéticamente modificados (OGM) en la producción agrícola. Al parecer, éstos brindan la posibilidad de reducir aún más la utilización de productos fitosanitarios. No obstante, la investigación no parece lo suficientemente avanzada en lo que respecta a las consecuencias para la salud humana. La sostenibilidad de la agricultura se basa en una exigencia: producir productos sanos. Esta es la razón por la que la utilización de los OGM en agricultura debe ser validada previamente por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y sus recomendaciones han de imponerse por tanto a escala mundial. Sin duda, en la actualidad es imposible asignar a la OMC una función doble de validación científica de los nuevos productos genéticamente modificados y de control de su cultivo. Esta organización no dispone de los medios, al menos en estos momentos. Por el contrario, se podía abogar por un refuerzo de la información al consumidor mediante la generalización de la rastreabilidad de los productos agrarios y agroalimentarios, método que ya se utiliza en numerosos sectores. Por otra parte, hay que evitar que el uso de tecnologías modernas -como la ingeniería genética- tenga repercusiones indeseables en la agricultura (por ejemplo, dependencia productiva y económica creciente) y sigue empobreciendo la variedad genética de los cultivos herbáceos. 2.2. Las medidas comunitarias contribuyen al desarrollo de la agricultura biológica. Ésta, que ofrece muchas ventajas para el medio ambiente, se halla en plena eclosión, ya que el número de explotaciones biológicas pasó de 35476 en 1993 a 93830 en 1997. Muy a menudo, en particular en los países en los que existe una importante tradición gastronómica, los entes locales favorecen este tipo de producciones, ya que consideran la valorización de los productos de calidad local como un factor de potenciación económica para la región y las entidades locales necesario para impulsar, al mismo tiempo, las inversiones para la modernización y la innovación del sector. No obstante, sigue siendo marginal, puesto que en 1997 este tipo de agricultura sólo representaba un 1,6 % aproximadamente de la SAU total y el 1 % del número de explotaciones agrarias en la UE. Cabe prever que este crecimiento va a continuar, sobre todo gracias al apoyo financiero europeo en el marco de la Agenda 2000. Esta ayuda a la producción debería completarse con el estímulo de la demanda de productos "bio" y la información de los consumidores, que probablemente habrá que reforzar siguiendo el ejemplo de los organismos genéticamente modificados. Independientemente de cual sea el contenido de la información (bueno o malo), el consumidor tiene derecho a conocerla. Los productos biológicos, debido a su coste suplementario y a su producción a pequeña escala, seguirán constituyendo durante mucho tiempo una proporción escasa de la producción alimentaria total. La agricultura biológica y la producción en masa son, por ahora, poco compatibles si la primera quiere conservar sus cualidades. Es en este sentido en el que debe entenderse su "marginalidad". Los consumidores están muy apegados al concepto de "bio". Por esta razón la Comisión tiene previsto introducir un logotipo. Es indispensable que la Comisión precise su planteamiento. En efecto, este logotipo no debería asignarse hasta que se compruebe que se respetan una serie de condiciones precisas y viables económicamente para los productores que se adhieran a este procedimiento. Además, debe poder aplicarse en todos los Estados miembros de modo que la calidad de la agricultura biológica se mida por los mismos criterios y se reconozca en los mismos términos en todo el territorio de la UE. Esta recomendación tendría como resultado una mejor comprensión para el consumidor del concepto de producto biológico y una mejor adecuación entre superficie explotada y volumen de productos comercializados. Más que un logotipo, es una verdadera etiqueta lo que conviene introducir, con un etiquetado apropiado y generalizado en todo el territorio comunitario. La calidad de la agricultura puede también reconocerse por la aplicación de dispositivos de rastreabilidad, que permiten efectuar el seguimiento del producto desde su origen hasta que es consumido y detectar los eslabones defectuosos. Pero estas medidas generan costes. ¿Quién va a financiarlos? 2.3. Algunos métodos de cultivo tradicionales merecen también ser incluidos entre los elementos de una agricultura sostenible, ya que utilizan pocos productos fitosanitarios y respetan la capacidad de los suelos. Se trata de producciones tradicionales, locales, regionales, generalmente procedentes de pequeñas explotaciones familiares que, de esta forma, obtienen un complemento de su renta. Sería necesario determinar la originalidad de este tipo de producción, armonizar sus normas y asignar una etiqueta con un etiquetado común para un mismo tipo de productos. Deberán reconocerse y valorarse los conocimientos técnicos del productor y su profesionalidad. Todas las formas de explotación agraria desempeñan un papel fundamental, tanto en el plano económico como en el social, en el mantenimiento o, incluso, en el desarrollo del mundo rural. Hasta la fecha, las grandes explotaciones agrarias han sido las principales beneficiarias de las ayudas europeas siendo así que los métodos modernos y mecanizados de explotación que se han visto obligadas a adoptar dentro de la lógica económica de la intensificación y la adaptación de la producción a la demanda de los consumidores han contribuido, en parte, a la destrucción de empleos agrícolas. A fin de que el espacio rural conserve su función, la Política Agrícola Común debe reforzar el apoyo a las pequeñas explotaciones que contribuyen a la protección del medio ambiente. El Reglamento horizontal, punto de contacto entre la política de mercados y el desarrollo rural, permite que los Estados miembros contribuyan a este objetivo. 2.4. El regadío en las zonas áridas y semiáridas europeas se ha desarrollado tradicionalmente en armonía con el medio ambiente y ha promovido el desarrollo sostenible para grupos sociales y sociedades cuyo actual modelo de bienestar tiene su origen en la implantación y mejora de las técnicas de riego. En estos lugares el agua se ha convertido en un factor indispensable de producción y, también, de lucha contra la desertificación. La gestión del agua con fines agrarios es compatible con la sostenibilidad que demanda la actual normativa europea siempre que se insista en el empleo racional de este recurso, propiciando su disponibilidad allí donde se necesite, fomentando políticas de apoyo a la investigación de las fuentes no convencionales de agua: desalación y reutilización, ahondando en la cultura del ahorro y distribución eficientes e incorporando las comunidades de usuarios a las tareas de gestión. La defensa del dominio público hidráulico debe ser tarea de toda la sociedad en su conjunto y no reducirse a la mera actividad de las administraciones. En ese contexto deberán evitarse los regadíos ineficientes, la intrusión marina en los acuíferos costeros, la alteración de los niveles freáticos, la eutrofización del entorno, la alteración de la calidad de las aguas y desarrollar políticas de protección de la biodiversidad. En la Directiva sobre los nitratos(3) se establece el principio esencial de "quien contamina, paga". No cabe sino adherirse a este principio. Es deplorable y lamentable comprobar que todos los Estados miembros, con excepción quizá de Dinamarca y Suecia en la actualidad, muestran carencias o retrasos en alguna de las etapas de la aplicación de la Directiva sobre los nitratos. Es conveniente que los Estados miembros que hasta ahora no han aplicado íntegramente la Directiva 91/676/CEE lo hagan lo antes posible y cubran las etapas de su aplicación, que son las siguientes: - transposición de la Directiva al derecho nacional (antes de diciembre de 1993); - seguimiento de la calidad de las aguas dulces y marinas (el mismo plazo); - designación de las "zonas vulnerables asociadas" (las superficies de cultivo intensivo o con una gran densidad ganadera cuya escorrentía fluya hacia las aguas de que se trate) - El mismo plazo. Revisión cada cuatro años; - elaboración de códigos nacionales de prácticas agrarias correctas, de aplicación voluntaria; - aplicación de un programa de acción (el código pasa a ser obligatorio) para cada zona vulnerable - El primer programa de acción debe elaborarse como muy tarde en 1996 y revisarse en 1999; - presentación, cada cuatro años, de un informe sobre la evolución de las aguas, la revisión de las zonas y la evaluación de la eficacia de los programas de acción. El cumplimiento desigual de las obligaciones de esta Directiva por parte de los Estados miembros puede dar lugar a una competencia desleal entre los productores europeos pues mientras algunos deben, so pena de sanciones, cumplir las obligaciones que esta norma impone, por ser de aplicación en su país, otros son libres de utilizar los métodos de producción que prefieran aun dañando el medio ambiente. La Comisión debe hacer uso de los medios disponibles y en su caso completarlos para que las obligaciones establecidas por la Directiva 91/676/CEE sean efectivas y se cumplan en todo el territorio de la Unión Europea. Estos medios son, hasta ahora, el control y la imposición de una tasa. De otro modo, el principio de "quien contamina, paga" no puede aplicarse, ya que sólo sirve para generar desigualdad entre los productores con las consecuencias fácilmente deducibles tanto en términos económicos para los agricultores como para el propio futuro de la agricultura. 2.5. El Reglamento (CEE) n° 2080/92 del Consejo(4) establece un régimen comunitario de ayudas a las medidas forestales en la agricultura cuyo objetivo es una utilización alternativa de los terrenos agrícolas mediante su reforestación y un desarrollo de las actividades forestales en las explotaciones agrícolas, que, de este modo, contribuyen a reducir la erosión de los suelos. 2.6. Hay otros métodos que pueden contribuir a la protección del medio ambiente. Por ejemplo, la producción agrícola no alimentaria con la que se fomentan materias primas reciclables y fuentes de energía renovables (biomasa/biocarburantes). Además de las ayudas previstas en el marco de las medidas de reforestación, el desarrollo del sector no alimentario debe ir acompañado de medidas fiscales que deberán determinarse. En este contexto, deben tenerse en cuenta la energía total y el equilibrio ecológico. 2.7. El Consejo Europeo ha adoptado numerosas medidas que permiten alcanzar, por sectores, el objetivo de protección. Las medidas agroambientales favorecen una utilización de las tierras agrícolas compatible con la protección y la mejora del medio ambiente, el paisaje y sus características, los recursos naturales, el suelo y los recursos genéticos. Se completarán con medidas para las zonas desfavorecidas a fin de mantener comunidades rurales viables y una actividad agrícola sostenible y otras medidas que fomenten la gestión y el desarrollo sostenible de los bosques. El mantenimiento y el apoyo a todas las explotaciones agrarias, como se afirma en el punto 2.3, constituyen la base de la sostenibilidad de la agricultura y de nuestras estructuras locales. 2.8. El paquete de medidas agroambientales que propone la Comisión no parece más vinculante que el que está actualmente en vigor. Sin embargo, la reforma de la PAC en el marco de la Agenda 2000 supedita los pagos directos de la PAC al respeto de algunas exigencias medioambientales determinadas por los Estados miembros. Estos últimos deben verificar que se cumplan estas condiciones ecológicas con objeto de evitar la adopción de medidas de carácter general en la UE que resulten inadecuadas en algunos contextos nacionales. Los instrumentos de la PAC no son más que una parte de la política comunitaria de protección del medio ambiente agrario. La mayoría de los Estados miembros disponen de un conjunto de medidas propias cuyo objetivo es prevenir la contaminación y preservar su patrimonio natural. Para estar a la altura de los desafíos del futuro, los agricultores deberán examinar atentamente sus propias prácticas y seguir mejorando su utilización de los factores de producción sin que ello se traduzca en una intensificación de la producción y en el abandono de tierras. Es importante poner a la agricultura europea en el camino hacia un desarrollo sostenible mediante acciones que garanticen la creación de un modelo europeo que respete el medio ambiente, sea económicamente viable y socialmente aceptable y que pueda contar con la función activa y las propuestas de los entes locales en términos de apoyo y fomento del desarrollo local sostenible. Los agricultores deben estar dispuestos a cumplir un mínimo de normas medioambientales sin compensación. A cambio, sería justo que los agricultores que presten mayores servicios al medio ambiente sean remunerados previa adopción de medidas de carácter agroambiental adecuadas. El Reglamento horizontal, que establece normas comunes para los regímenes de apoyo directo en el marco de la Política Agrícola Común, se aplicaría a los pagos concedidos directamente a los agricultores, con excepción de los que están previstos en el apartado de desarrollo rural. Los Estados miembros deberán adoptar las medidas medioambientales que consideren convenientes, teniendo en cuenta las superficies agrícolas utilizadas y las producciones afectadas. Además de las facultades disponibles en virtud del Reglamento horizontal, se ha sugerido incluir varias medidas ambientales específicas en las organizaciones de mercado estudiadas que se refieren a las condiciones en que se otorgan los pagos directos. En el caso de la carne de vacuno, se otorgaría una ayuda adicional a las explotaciones extensivas, definidas por una carga ganadera de 1,4 unidad de ganado mayor por hectárea, teniendo en cuenta el número total de animales bovinos adultos y de cabezas de ganado ovino y caprino. Respecto a la prima de base, los pagos por animales quedarán limitados a 2 unidades de ganado mayor por hectárea. Respecto a la producción de carne de vacuno y de productos lácteos, las ayudas se concederán en función de la superficie y serán pagadas a los Estados miembros, que asegurarán su distribución en función del apoyo o los incentivos que deseen dar a los diferentes tipos de producción respetuosa con el medio ambiente. En relación con los cultivos herbáceos, la Comisión recomienda que se mantengan las medidas de retirada de tierras, y que la retirada voluntaria se pueda establecer en una proporción de hasta el 10 % de la superficie básica durante un período de cinco años. De conformidad con las conclusiones de la Conferencia de Cork sobre desarrollo rural, se invita a las regiones a que elaboren programas integrados para el desarrollo sostenible de las zonas rurales. Las medidas agroambientales constituirán un apartado obligatorio de estos programas. Éstos incentivarán la introducción de medidas medioambientales que superen la norma medioambiental mínima, contribuirán a la diversificación de las actividades económicas, en particular a través del turismo, y prestarán una ayuda específica a las explotaciones agrícolas preocupadas por la protección del entorno. La formación de los agricultores se incluirá en un apartado especial de estas medidas, con objeto de proteger mejor el medio ambiente y emplear métodos compatibles con la conservación del paisaje. El dictamen no puede pasar por alto el apartado "recursos humanos", ya que es fundamental en la nueva política de desarrollo rural. Continuará el apoyo al traspaso de las explotaciones agrarias mediante medidas que impulsen el establecimiento de agricultores jóvenes, que deberán participar en la reflexión, y mediante el fomento de la jubilación anticipada. Estas medidas, unidas a las de formación, permitirán valorizar el potencial humano de las zonas rurales. Los programas agroambientales remuneran a los agricultores que, mediante contrato, se comprometen a prestar servicios ambientales para proteger el medio y conservar el paisaje. La remuneración se basará en los gastos realizados y en los ingresos dejados de percibir por el agricultor que desempeña la actividad ambiental. Las medidas agroambientales se refieren a formas de explotación que contribuyan a la protección del medio ambiente y todos sus elementos (fauna, flora, suelos, agua, paisaje, etc.). Sin embargo, las ayudas sólo se otorgarán para las medidas que vayan más allá de la simple aplicación de buenas prácticas agrícolas. Se da por sentado que el agricultor ya respeta los requisitos medioambientales mínimos. 3. Conclusiones Una agricultura sostenible implica el respeto del medio ambiente. Las propuestas de la Comisión proporcionan a los Estados miembros y a las regiones los instrumentos necesarios para garantizar el respeto de las normas medioambientales mínimas y para fomentar la conservación y mejora del patrimonio ecológico único de Europa. La agricultura tiene varias funciones: producir alimentos, mantener a la población en el territorio, conservar el paisaje y el entorno natural. El proceso de desarrollo sostenible sólo será posible si se garantiza la viabilidad económica de la agricultura y se tienen en cuenta los intereses medioambientales de forma compatible con las perspectivas económicas del sector. El CDR considera que el conjunto de la Europa agraria debe ser compatible con el medio ambiente. Deben aplicarse y respetarse principios generales. Para alcanzar este objetivo, la agricultura europea debe: a) controlar sus métodos de explotación mediante el apoyo a los métodos ecológicos (fertilización racional, preferencia por los fertilizantes naturales, agricultura extensiva, rotación de cultivos, etc.), sobre todo en las cuencas de los ríos y cursos de agua; b) probar, en concertación con las instituciones sanitarias europeas o mundiales, la ecotoxicidad de los productos de tratamiento agrícolas antes de su comercialización. De este modo, los agricultores dispondrán de una lista, exhaustiva en la medida de lo posible, de productos que pueden utilizarse en la agricultura sin riesgo para el medio ambiente; c) definir con precisión el concepto de "agricultura biológica" mediante la elaboración de un pliego de condiciones preciso y seguir controlando la aplicación de la "agricultura biológica"; d) completar la agricultura biológica con un reconocimiento de la agricultura tradicional y local; e) establecer una política agrícola común respetuosa con el medio ambiente, que reconozca la profesionalidad de los productores y que garantice una renta decente a los agricultores, en vez de responder a las exigencias de las organizaciones profesionales y grupos de interés agrícolas/agroalimentarios y financieros; todos los alimentos producidos en la Unión Europea o importados a su territorio deben cumplir las normas más estrictas de higiene y sanidad. Todos los países de la Unión deben adherirse y cumplir estas normas; f) reducir la utilización de los nitratos en el tratamiento de los suelos; g) velar por el establecimiento de obligaciones razonables, compensadas financieramente si sobrepasan los niveles normales, para impulsar también la iniciativa y el espíritu de empresa de los agricultores; h) imponer a todos los Estados miembros el respeto simultáneo de las medidas comunitarias. En caso contrario, los contraventores deberán abonar una tasa; i) no olvidar al agricultor al configurar y financiar las políticas sociales (ayuda a las pequeñas explotaciones, sustitución de los agricultores jubilados, mantenimiento de la vida social rural y formación de los agricultores); j) utilizar métodos de producción agraria que aumenten la conservación de los recursos naturales: el suelo (agricultura de conservación de suelos), el agua (utilización de métodos de riego de bajo consumo hídrico, contra la contaminación de las aguas superficiales), la fauna y la flora. Bruselas, 17 de febrero de 2000. El Presidente del Comité de las Regiones Jos Chabert (1) DO C 173 de 19.6.1999, p. 2. (2) Discurso del Sr. Fischler con ocasión de la reunión informal del Consejo de Agricultura los días 30 de mayo y 1 de junio de 1999 en Dresde. (3) Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura (DO L 375 de 31.12.1991, p. 1-8). (4) Reglamento (CEE) n° 2080/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece un régimen comunitario de ayudas a las medidas forestales en la agricultura (DO L 215 de 30.7.1992, pp. 96-99).