Resolución legislativa que contiene el dictamen del Parlamento Europeo sobre la propuesta de decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Decisión n° 1254/96/CE por la que se establece un conjunto de orientaciones sobre las redes transeuropeas en el sector de la energía (COM(98)0542 C4-0556/98 98/0284(COD)) (Procedimiento de codecisión: primera lectura)
Diario Oficial n° C 175 de 21/06/1999 p. 0260
A4-0087/99 Propuesta de decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Decisión n° 1254/96/CE por la que se establece un conjunto de orientaciones sobre las redes transeuropeas en el sector de la energía (COM(98)0542 - C4-0556/98 - 98/0284(COD)) Esta propuesta ha sido aprobada con las siguientes modificaciones: (Enmienda 1) Artículo 1, punto 1) >Texto original> 1) Los puntos c8, f1, g7 y h11 se modifican de conformidad con el Anexo I de la presente Decisión. >Texto tras el voto del PE> 1) Los puntos c6, c8, f1, g7 y h11 se modifican de conformidad con el Anexo I de la presente Decisión. (Enmienda 2) Anexo I, punto c), antes del primer párrafo, nuevo párrafo >Texto original> >Texto tras el voto del PE> El punto c6 se sustituye por el texto siguiente: >Texto original> >Texto tras el voto del PE> «c6: ESPAÑA: Refuerzo y desarrollo de las conexiones interiores». (Enmienda 3) Anexo II, punto 2 bis (nuevo) >Texto original> >Texto tras el voto del PE> 2bis. «a9: GRECIA: conexiones entre las islas, y entre las islas y el continente». Resolución legislativa que contiene el dictamen del Parlamento Europeo sobre la propuesta de decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Decisión n° 1254/96/CE por la que se establece un conjunto de orientaciones sobre las redes transeuropeas en el sector de la energía (COM(98)0542 - C4-0556/98 - 98/0284(COD))(Procedimiento de codecisión: primera lectura) El Parlamento Europeo, - Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(98)0542 - 98/0284(COD)) ((DO C 320 de 17.10.1998, pág. 12.)), - Vistos el apartado 1 del artículo 129 D y el apartado 2 del artículo 189 B del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C4-0556/98), - Visto el artículo 58 de su Reglamento, - Vistos el informe de la Comisión de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Energía (A4-0087/99), 1. Aprueba la propuesta de la Comisión con las modificaciones introducidas por el Parlamento; 2. Pide a la Comisión que modifique en consecuencia su propuesta de conformidad con el apartado 2 del artículo 189 A del Tratado CE; 3. Pide al Consejo que incorpore las enmiendas del Parlamento Europeo en la posición común que adopte de conformidad con el apartado 2 del artículo 189 B del Tratado CE; 4. Recuerda que la Comisión debe presentar al Parlamento cualquier modificación que pretenda introducir en su propuesta tal como ha sido modificada por el Parlamento; 5. Encarga a su Presidente que transmita el presente dictamen al Consejo y a la Comisión.