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Dictamen del Comité Económico y Social sobre las «Propuestas de la Comisión relativas a la fijación de los precios de los productos agrícolas (1999-2000)»

Diario Oficial n° C 169 de 16/06/1999 p. 0020


Dictamen del Comité Económico y Social sobre las "Propuestas de la Comisión relativas a la fijación de los precios de los productos agrícolas (1999-2000)"(1)

(1999/C 169/09)

El 23 de marzo de 1999, de conformidad con los artículos 43 y 198 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidió consultar al Comité Económico y Social sobre las propuestas mencionadas.

La Sección de Agricultura, Desarrollo Rural y Medio Ambiente, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 8 de abril de 1999 (ponente: Sr. Strasser).

En su 363o Pleno de los días 28 y 29 de abril de 1999 (sesión del 28 de abril), el Comité Económico y Social ha aprobado por 90 votos a favor, 2 votos en contra y 4 abstenciones el presente Dictamen.

1. Contenido de la propuesta de la Comisión

1.1. La economía agraria en 1998

1.1.1. La campaña agraria de 1998 se caracterizó por un pronunciado deterioro de la situación de los mercados agrarios para algunos productos. La crisis económica y financiera que afectó a algunos terceros países se reflejó sobre todo en los mercados de la carne de vacuno y de porcino.

1.1.2. En el mercado de los cereales, debido a la sucesión de dos cosechas excepcionalmente abundantes, los precios mundiales cayeron hasta su nivel más bajo en los últimos cinco años. Se ha reducido asimismo el ritmo de crecimiento de la demanda mundial. Hacia finales de 1998 las existencias de intervención -especialmente, de cebada y de centeno- se incrementaron hasta alcanzar los 16 millones de toneladas, con el consiguiente descenso de los precios en este sector.

1.1.3. Mientras que en la mayor parte de los productos se produjo una bajada de los precios, en los sectores de las frutas (con excepción de los cítricos), el vino, la patata y la carne de vacuno se registró una mejora de los precios respecto del año anterior.

1.2. La evolución de la producción agrícola

1.2.1. Con una cosecha de cerca de 208 millones de toneladas (+ 2,1 % respecto de 1997), el año 1998 registró un nuevo récord en la producción total de cereales como consecuencia del aumento experimentado por los rendimientos (+ 4,2 %). La producción de oleaginosas aumentó también en un 6,5 % y alcanzó los 15,5 millones de toneladas, de las cuales 14,2 millones se destinaron a usos alimentarios.

1.2.2. La producción de remolacha azucarera se redujo notablemente (las superficies disminuyeron en un 7,5 % y los rendimientos en un 5 %) y la de aceite de oliva disminuyó en 500 000 toneladas.

1.2.3. Está previsto que la producción de leche descienda ligeramente y se sitúe en 120 millones de toneladas y que la producción de carne de vacuno se sitúe en 7,5 millones de toneladas, lo que supone un descenso del 4,2 %.

1.2.4. Por el contrario, se estima que la producción de carne de porcino aumentará un 6,5 %, la producción de carne de aves de corral un 2,1 % y la producción de carne de ovino y caprino, un 2,9 %.

1.3. La evolución de la renta agraria

1.3.1. De acuerdo con las primeras valoraciones de Eurostat, en 1998 la renta agraria media de la UE por unidad de trabajo anual podría haber disminuido un 3,9 % en términos reales. La Comisión atribuye esta reducción a los factores siguientes:

- una fuerte caída de los precios de la carne, en particular, de la carne de porcino (-26,1 %);

- la reducción de las subvenciones que percibe el sector agrario (-6,2 %);

- una marcada disminución del ritmo de reducción de la mano de obra agraria.

1.3.2. En la actualidad, las subvenciones representan, por término medio, el 29 % de la renta agraria en la UE, lo que refleja la sustitución de un sistema de apoyo a los precios de mercado por un sistema basado en ayudas más directas a la renta.

1.4. Situación presupuestaria

1.4.1. La Comisión estimó las necesidades de la Sección de Garantía del FEOGA para 1999 en 40 953 millones de euros, importe que se sitúa muy por debajo de los 45 188 millones de euros de la directriz agraria.

1.5. Propuestas de precios de la Comisión

1.5.1. La Comisión señala la circunstancia de que, como consecuencia de las reformas llevadas a cabo, únicamente es necesario seguir fijando anualmente algunos parámetros relativos a la gestión de los mercados. Se remite además al debate sobre las reformas propuestas en el marco de la Agenda 2000. Por consiguiente, en los casos en que sigue siendo necesaria una decisión, la Comisión propone, con contadas excepciones, mantener los importes vigentes. Así ocurre con los precios institucionales, las subvenciones y los incrementos mensuales para los cereales y el arroz.

1.5.2. La única modificación que la Comisión propone con relación a la normativa existente para los cereales se refiere a las superficies de regadío. Como se prevé en la Agenda 2000, en caso de rebasamiento de las "superficies máximas de regadas" en la campaña 1999-2000 se propone una reducción proporcional (1 por 1) de los pagos compensatorios y no una reducción igual a 1,5 veces el porcentaje de rebasamiento, de conformidad con el Reglamento (CEE) n° 1765/92.

1.5.3. Para el azúcar, se propone que el importe del reembolso mensual de los gastos de almacenamiento se reduzca de 0,38 euros a 0,33 euros por 100 kg, a fin de tener en cuenta la bajada de los tipos de interés. Además, dado que no se considera que Italia sea una zona deficitaria, no se propone ningún precio de intervención derivado (más elevado) para el azúcar blanco.

1.5.4. Aunque la Comisión argumenta que, al haberse producido un descenso del precio de intervención del arroz, podría haberse propuesto paralelamente una reducción de los incrementos mensuales, dada la difícil situación del mercado del arroz, se optó por renunciar a esta posibilidad.

1.5.5. En el caso del vino, se trata de establecer un conjunto de medidas de transición hasta la entrada en vigor de la reforma de la organización común de mercado del sector vitivinícola el 1 de agosto de 2000.

1.5.6. Para el tabaco, habida cuenta de que el 6 de noviembre de 1998 se presentó una propuesta en la que se establecían los umbrales de garantía (cuotas) y el importe de las primas correspondientes a los años 1999 a 2001, la Comisión renunció a presentar en esta ocasión una propuesta de fijación de precios.

1.5.7. Por lo que se refiere a las semillas, se propusieron algunas modificaciones del Reglamento de base. En el caso de las semillas de arroz y cáñamo, el objetivo de los cambios es poner la legislación sobre semillas en consonancia con la normativa que cubre los correspondientes productos.

2. Observaciones generales

2.1. El Comité Económico y Social ya se pronunció por extenso sobre las reformas de la PAC propuestas por la Comisión en el marco de la Agenda 2000. Por consiguiente, el CES se abstendrá de aprovechar la ocasión que ofrece el dictamen sobre el paquete de precios 1999-2000 para examinar de nuevo los distintos aspectos de las propuestas de reforma de la PAC. No obstante, el Comité lamenta que la Comisión, salvo en contadas excepciones, no haya tenido en cuenta los argumentos y las propuestas formuladas, también por el CES, como alternativas en el contexto de la reforma de la PAC. Hay que valorar positivamente que tanto los ministros de agricultura como los jefes de Estado y de Gobierno hayan percibido la necesidad de introducir en las propuestas de la Comisión modificaciones que coinciden parcialmente con las que fueron juzgadas necesarias en los dictámenes del Comité sobre las propuestas legislativas para la reforma de la PAC.

2.2. El Comité observa con gran inquietud la evolución de las rentas agrarias en la mayor parte de los Estados miembros de la UE, en algunos de los cuales la caída de las rentas ha sido especialmente marcada. La fuerte caída de las rentas agrarias debe también considerarse desde una perspectiva crítica sobre todo porque, debido a la evolución de los precios de importantes productos agrarios, no puede descartarse que se produzcan nuevas reducciones de la renta de los agricultores, es decir, que la reforma de la PAC ejercerá una presión suplementaria sobre la renta.

En este orden de cosas hay que tener en cuenta que, debido a la introducción del euro, en la mayor parte de los Estados miembros se han reducido los precios institucionales, expresados en moneda nacional. Sólo en unos cuantos Estados miembros se compensaron estas pérdidas de valor.

2.3. Una de las razones principales aducidas por la Comisión para explicar la caída de las rentas agrícolas es "la marcada disminución del ritmo de reducción de la mano de obra agraria".

El creciente desempleo en la UE sigue siendo uno de los grandes problemas pendientes. Este problema afecta especialmente a muchas regiones rurales. Esto significa también que, en muchas regiones, es cada vez más difícil para los agricultores encontrar posibilidades de ingresos fuera de la agricultura, lo que influye forzosamente en el cambio estructural en el sector. A juicio del Comité, la resolución del problema de la renta agraria que se perfila cada vez más acuciantemente no debe buscarse en la salida de un gran número de trabajadores del sector agrario. En cualquier caso, la causa principal de la caída de las rentas durante los últimos años ha sido la evolución negativa de los precios de importantes productos agrarios.

El Comité recuerda que, en su dictamen sobre la fijación de los precios para 1997-1998, había propuesto estudiar globalmente los efectos de la evolución de las rentas agrícolas sobre el empleo.

2.4. El Comité no puede compartir la apreciación de la Comisión en el sentido de que la sustitución del apoyo a los precios de mercado por ayudas más directas a la renta agraria "ha contribuido, en general, a consolidar la renta agrícola y reducir su variabilidad". Está probado que, debido a las oscilaciones del mercado, ni siquiera un aumento de los pagos directos puede compensar las pérdidas de ingresos. Por ello, no se puede renunciar a una aplicación consecuente de los instrumentos existentes de organización del mercado.

2.5. El Comité es plenamente consciente de que algunos acontecimientos impredecibles, como la crisis financiera en el Sudeste asiático y la crisis en Rusia, tuvieron graves consecuencias sobre las ventas y, por tanto, sobre la formación de los precios de importantes productos agrícolas. Esta evolución contradice los supuestos en los que la Comisión, en sus "previsiones a largo plazo", había basado los fundamentos de la reforma de la PAC. Además, los acontecimientos del año pasado ponen de manifiesto que es imposible renunciar completamente a recurrir a los instrumentos de la organización de mercado:

- por un lado, para ejercer una influencia adecuada con el fin de regular la producción, y

- por otro, para evitar que los agricultores queden expuestos completamente a los imponderables del mercado mundial.

El Comité toma nota con interés de que Estados Unidos ha corregido la reforma de la política agraria propuesta en la Fair Act para reaccionar ante las crisis de importantes mercados agrarios. Al contrario que la UE, la Administración estadounidense ha actuado con prontitud y, de este modo, ha garantizado ventajas competitivas a sus agricultores.

2.6. El Comité considera criticable que la Comisión haya reaccionado con tal lentitud a la crisis del mercado de la carne de porcino, en lo que se refiere tanto a la concesión de ayudas al almacenamiento privado como al aumento de las restituciones a la exportación.

2.6.1. El Comité confía en que la Comisión aplique a su debido tiempo los instrumentos de organización del mercado de que dispone para evitar caídas de los precios que podrían dar lugar a una pérdida de rentas para la mayor parte de los agricultores.

2.7. El Comité instó en numerosas ocasiones a la Comisión a que examinara en detalle los efectos de la PAC y de la reforma de la PAC, en particular, de la reducción de los precios a los productores para los productos agrícolas, sobre los precios al consumo, la calidad de los productos alimenticios, la salud, el medio ambiente, el empleo y las zonas rurales. El Comité lamenta que la Comisión no haya efectuado hasta ahora ningún análisis completo de estas características, que a su juicio sigue siendo indispensable.

2.8. El Comité señala que en 1998 tampoco se aplicó ninguna medida complementaria para fomentar el desarrollo de las fuentes de energía renovables o de las materias primas renovables con fines industriales. Lamenta que en el presente paquete de precios tampoco se prevean iniciativas en este sentido. En cambio, las circunstancias del cultivo de materias primas renovables siguen modificándose cada año por lo que no puede hablarse en ningún modo de condiciones estables para este sector de la producción que adquiere cada vez más importancia. Y lo que es más, ha disminuido sensiblemente el porcentaje de oleaginosas para usos no alimentarios.

2.9. El Comité confía en que, a pesar de la dimisión colectiva de la Comisión Europea, se concluyan los trabajos pendientes y no surjan incertidumbres sobre el futuro en los ámbitos legislativos que son relevantes también para la agricultura y el sector de la alimentación.

3. Observaciones particulares

3.1. Cereales

3.1.1. El Comité toma nota de que no se prevé ninguna modificación de los precios institucionales ni de las primas.

3.1.2. El Comité valora positivamente que la Comisión no haya propuesto una reducción de los incrementos mensuales. El mantenimiento de estos incrementos, en sus niveles actuales como mínimo, sería también muy importante de cara al futuro.

3.1.3. El Comité aprueba la propuesta de la Comisión de que, en caso de rebasamiento de las superficies regadas, se aplique una reducción proporcional, y no del 1,5 por 1 como hasta la fecha, de los pagos compensatorios, ya que su objetivo es simplificar el sistema.

3.1.4. Teniendo en cuenta que la presión sobre los precios de los cereales se ha incrementado y que las existencias de intervención han seguido aumentando durante la campaña en curso, el Comité se pronuncia en favor tanto del mantenimiento en un 10 % del porcentaje de barbecho para la campaña del 2000 como de la aplicación de medidas de estabilización del mercado. Además, el Comité defiende que el tipo de humedad máximo en el marco del régimen de intervención para los cereales se siga manteniendo en el 15 % como hasta ahora.

3.2. Arroz

3.2.1. El Comité se congratula de la propuesta de la Comisión de no reducir los incrementos mensuales para tener en cuenta la difícil situación que atraviesa el mercado del arroz.

3.2.2 En lo que se refiere a las dificultades de esta situación, el Comité confía en que hasta que se lleve a cabo la reforma de la organización del mercado del arroz se agoten todos los instrumentos para estabilizar el mercado.

3.3. Azúcar

3.3.1. El Comité pide a la Comisión que examine de nuevo si está suficientemente justificada la reducción del reembolso mensual de los gastos de almacenamiento. A la estabilización de los tipos de interés que alega la Comisión se puede contraponer, entre otras cosas, el hecho de que, a consecuencia de la introducción del euro el 1 de enero de 1999, se produjo una reducción general del 1,54 % del precio de la remolacha y del azúcar en moneda nacional. Además conviene comprobar si las condiciones que se dan en Italia permiten realmente renunciar a fijar un precio de intervención derivado.

3.4. Plantas textiles

3.4.1. El Comité valora positivamente que, para el lino y el cáñamo, la Comisión no prevea una reducción de las primas, como hizo en años anteriores.

3.4.2. El Comité sugiere una simplificación de los procedimientos administrativos, suprimiendo, por ejemplo, la obligación de llenar varios formularios para percibir las primas. Señala además que el régimen actual de coeficientes para el lino implica costes administrativos considerables y da lugar a desventajas competitivas en algunas regiones de la UE. Por lo tanto, en este punto también convendría simplificar los procedimientos mediante la supresión del régimen de coeficientes.

3.5. Vino

3.5.1. En lo que se refiere al vino, el Comité comparte la opinión de la Comisión según la cual, a la espera de la entrada en vigor de la reforma, debe mantenerse la normativa aplicable en la actualidad. Por esta razón, conviene asimismo prorrogar las medidas de acompañamiento y las excepciones previstas para algunos Estados miembros en el paquete de precios.

3.6. Frutas y hortalizas

3.6.1. El Comité toma nota de que, en razón de la reforma de la OCM de las frutas y hortalizas de 1997, no se propone ninguna modificación.

3.6.2. El Comité considera criticable la reducción de los gastos del presupuesto destinados a este importante sector ya que, debido entre otras cosas a la modificación del sistema de primas en los cítricos, se ha producido una fuerte presión sobre los precios.

3.7. Semillas

3.7.1. El Comité toma nota de las propuestas de la Comisión para modificar el Reglamento de base para las semillas. Asimismo, desea señalar que la propuesta de fijación de las ayudas para la Lolium perenne L. (ray-grass inglés) implica una reducción de las ayudas para una variedad determinada, lo que perjudicará a toda una serie de cultivadores de semillas seleccionadas.

3.8. Productos animales

3.8.1. El Comité toma nota de que para la leche, la carne de vacuno, la carne de ovino y caprino, así como para la carne de porcino, no se prevé ninguna modificación de los precios institucionales ni de las primas. Dada la incidencia del precio de los productos animales sobre la renta de los agricultores, el Comité insta a la Comisión a que agote el recurso a los instrumentos de descongestión del mercado de que dispone, en particular los que permitirían mejorar la situación en el mercado de la carne de porcino.

3.8.2. El Comité se pronuncia en favor de una prórroga de la excepción al límite de 90 cabezas en los nuevos estados federados alemanes.

Bruselas, el 28 de abril de 1999.

La Presidenta

del Comité Económico y Social

Beatrice RANGONI MACHIAVELLI

(1) DO C 59 de 1.3.1999, p. 1-27.