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Resolución sobre el proyecto de presupuesto general de las Comunidades Europeas para el ejercicio 1999, tal como ha sido modificado por el Consejo (todas las secciones), y sobre la nota rectificativa n° 1/99 al anteproyecto de presupuesto para 1999- Sección III - Comisión

Diario Oficial n° C 098 de 09/04/1999 p. 0212


A4-0500/98

Resolución sobre el proyecto de presupuesto general de las Comunidades Europeas para el ejercicio 1999, tal como ha sido modificado por el Consejo (todas las secciones), y sobre la nota rectificativa n° 1/99 al anteproyecto de presupuesto para 1999- Sección III - Comisión

El Parlamento Europeo,

- Visto el Tratado de la Unión Europea,

- Vistas las decisiones del Consejo, de 24 de noviembre de 1998, sobre el proyecto de presupuesto para 1999, enmendado y modificado por el Parlamento en primera lectura (C4-0600/98),

- Vista la nota rectificativa n° 1 al anteproyecto de presupuesto para el ejercicio 1999 - Sección III - Comisión (SEC(98)1766),

- Vista la nota rectificativa n° 1 al proyecto de presupuesto de la Unión Europea para el ejercicio 1999, establecida por el Consejo el 24 de noviembre de 1998 (C4-0666/98),

- Vistos el Acuerdo interinstitucional de 29 de octubre de 1993 sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario ((DO C 331 de 7.12.1993, pág. 1.)) y las perspectivas financieras anejas al mismo, revisadas y adaptadas por última vez el 2 de abril de 1998 ((DO C 138 de 4.5.1998, pág. 155.)),

- Vista su Resolución de 2 de abril de 1998 sobre las orientaciones para el procedimiento presupuestario de 1999 ((DO C 138 de 4.5.1998, págs. 149 y 153.)),

- Vista su Resolución de 2 de julio de 1998 sobre los procedimientos ad hoc para el presupuesto 1999, previstos en los Acuerdos Interinstitucionales de 29 de octubre de 1993 sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario y de 16 de julio de 1997 sobre las disposiciones relativas a la financiación de la política exterior y de seguridad común, así como en el procedimiento relativo a la financiación de los acuerdos internacionales en materia de pesca, de conformidad con la Declaración común de 12 de diciembre de 1996 ((DO C 226 de 20.7.1998, pág. 46.)),

- Vistos el Reglamento financiero y, en particular, sus artículos 15 y 26, así como las deliberaciones de las comisiones competentes sobre las transferencias autorizadas por dichos artículos,

- Visto el informe del Tribunal de Cuentas sobre el ejercicio 1997 ((DO C 349 de 18.11.1997.)),

- Vistas sus deliberaciones y las enmiendas aprobadas en primera lectura, así como sus Resoluciones de 22 de octubre de 1998 sobre el proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 1999 (Secciones I, II, III, IV, V y VI) ((Acta de esa fecha, Parte II, puntos 1 a) y 1 b).)),

- Vistos el informe de la Comisión de Presupuestos y la opinión de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural (A4-0500/98),

A. Considerando que el proyecto de presupuesto del Consejo de 24 de noviembre de 1998 ha incrementado los compromisos en 392 millones de euros y reducido los pagos en 336 millones de euros con respecto a la primera lectura del Consejo; considerando que el proyecto de presupuesto del Consejo se mantiene en el 1,10% del PNB en cuanto a créditos de pagos, mientras que el límite máximo de los recursos propios se sitúa en el 1,27% del PNB; considerando que el proyecto de presupuesto del Consejo ha aumentado los créditos de pago en un 2,36% con respecto a 1998,

B. Considerando que el proyecto de presupuesto fue establecido por el Parlamento como un puente entre las perspectivas financieras para el período 1993-1999 y las que pueden negociarse para el período posterior a 1999; considerando que algunos miembros del Consejo han reconocido esta situación y solicitado que el presupuesto de 1999 sirva de base para las perspectivas de los años siguientes; considerando que el presupuesto de 1999 anuncia la tercera fase de la Unión Económica y Monetaria y debería ser el primer presupuesto que se aplique con arreglo al Tratado de Amsterdam,

C. Considerando que las Presidencias del Consejo se han mostrado dispuestas a entablar un diálogo constructivo con el Parlamento durante todo el año, en diálogos a tres bandas y en otras reuniones de alto nivel los días 21 de enero, 23 de febrero, 31 de marzo, 23 de junio, 16 de julio, 13 de octubre, 12-13 y 17 de noviembre, 1 de diciembre de 1998, y tal como se ha demostrado en las concertaciones con el Consejo de los días 17 de julio, 24 de noviembre y 8 de diciembre de 1998,

D. Considerando que el Consejo ha adoptado 144 enmiendas de la primera lectura del Parlamento, modificado 59 y rechazado 62, es decir, un total de 121 enmiendas o modificaciones; considerando que el Consejo ha aceptado todas las enmiendas relativas a las secciones I, incluido el anexo del Defensor del Pueblo Europeo, IV, V y VI,

E. Considerando su compromiso de mantener los pagos aproximadamente en el nivel del aumento medio de los presupuestos de los Estados miembros en comparación con sus presupuestos de 1998, a condición de que las dos ramas de la autoridad presupuestaria alcancen posiciones comunes sobre algunos elementos fundamentales, como: el cumplimiento del apartado 21 del Acuerdo interinstitucional; unas previsiones de gasto agrícola y pesquero más realistas mediante la presentación demorada de una nota rectificativa al APP; un acuerdo sobre los fundamentos jurídicos; el control de la eficacia de todos los gastos consignados en el presupuesto; el control de la ejecución del presupuesto, poniendo mayor énfasis en la calidad que en la cantidad de los gastos, y la continuación de la lucha contra el fraude,

F. Considerando que el apartado 17 del Acuerdo Interinstitucional de 29 de octubre de 1993 establece que las dos ramas de la autoridad presupuestaria acuerdan aceptar para los ejercicios presupuestarios 1993-1999 los porcentajes máximos de aumento de los gastos no obligatorios derivados de los presupuestos elaborados dentro de los límites máximos de las perspectivas financieras,

G. Considerando que la comunicación n° 12 del sistema de alerta rápida muestra que de los créditos del FEOGA para 1998 no se han utilizado 1.400 millones de euros; considerando que el Consejo ha adoptado una nueva línea destinada a prestar ayuda alimentaria a Rusia en su primera lectura del proyecto de presupuesto rectificativo y suplementario n° 1/98, consignando en la misma 400 millones de euros,

H. Considerando que ha decidido aprobar el presupuesto para el ejercicio de 1999 con 96.929 millones de euros en créditos de compromiso y 85.558 millones de euros en créditos de pago, lo que representa el 1,10 % del PNB,

1. Aprueba las decisiones presupuestarias que confirman sus prioridades de la primera lectura y proporcionan una financiación adecuada para las principales prioridades señaladas por el Parlamento y el Consejo en primera lectura, respetando al mismo tiempo el rigor presupuestario;

2. Manifiesta su satisfacción por el hecho de que, por segundo año consecutivo, estas decisiones de la autoridad presupuestaria se hayan tomado en gran medida gracias a esfuerzos comunes; recuerda que estas prioridades incluyen la creación de empleo en toda la Unión Europea, el fomento de la educación y la formación, la investigación y el desarrollo, los progresos hacia una «Europa del conocimiento»; la protección del medio ambiente y la adopción de medidas para reducir el cambio climático en el mundo, el refuerzo de la posición de la Unión Europea en el mundo mediante una política de desarrollo coherente y capaz de alcanzar unos objetivos establecidos a nivel internacional; y un mayor control de la ejecución y la eficacia real de todos los programas con el fin de reforzar y mantener el proceso de convergencia económica;

3. Toma nota de que el Consejo empieza a asumir su papel de interlocutor político en el procedimiento presupuestario, y de que ha propuesto para el presupuesto de 1999 un compromiso que contiene numerosos elementos en todas las categorías de gastos, relativos tanto al presupuesto para 1998 como al de 1999, y un posible futuro acuerdo interinstitucional sobre disposiciones financieras venideras; considera que la negociación de este compromiso es un paso adelante hacia una verdadera codecisión presupuestaria, como es el deseo del Parlamento;

4. Toma nota de que, cuando la autoridad presupuestaria actúa en estrecha cooperación, ello redunda en beneficio de toda la Unión y de sus ciudadanos; espera que el Consejo se haga eco de este mensaje cuando examine unas nuevas perspectivas financieras y en sus negociaciones con el Parlamento sobre un posible nuevo acuerdo interinstitucional;

5. Celebra la declaración común de las tres instituciones, de 8 de diciembre de 1998, sobre la flexibilidad del nuevo Acuerdo interinstitucional; celebra que el Consejo haya aceptado la votación por mayoría para el instrumento propuesto y el concepto de codecisión para la movilización del mecanismo; encarga a su comisión competente que aplique esta directriz en las negociaciones para la revisión del Acuerdo interinstitucional y de las perspectivas financieras;

6. Manifiesta su satisfacción por la aplicación del acuerdo sobre los fundamentos jurídicos mediante principios establecidos de común acuerdo entre las tres instituciones; saluda la aceptación por parte del Consejo de las iniciativas del Parlamento de proyectos piloto y acciones preparatorias destinadas a lograr el apoyo de la Unión a actividades en el ámbito de la exclusión social, la integración multicultural, la discriminación entre hombres y mujeres, y los refugiados y solicitantes de asilo, la ayuda a los minusválidos y a la lucha contra la violencia y los malos tratos de que son víctimas mujeres y niños; espera ahora que la Comisión lleve a la práctica esas medidas en su totalidad en 1999; encarga a sus comisiones que examinen la ejecución de estos proyectos y acciones a lo largo del año con el fin de facilitar las aportaciones pertinentes en el procedimiento presupuestario y el programa legislativo venideros;

7. Toma nota de que, como norma general para las líneas pendientes de fundamento jurídico, los créditos se consignan en la reserva, pero recuerda al Consejo su compromiso de 17 de julio de 1998 de acelerar el proceso legislativo en relación con aquellas medidas para las cuales ya se ha propuesto un fundamento jurídico; pide, además, a la Comisión que especifique, en su programa legislativo anual para 1999, las propuestas pendientes ante la autoridad legislativa y cuya aprobación es necesaria para la ejecución del presupuesto, así como el calendario previsto para dicha aprobación; pide a la Comisión que anime a las dos ramas de la autoridad legislativa a cooperar con el fin de garantizar la rápida aprobación de los fundamentos jurídicos necesarios, y que señale a la autoridad presupuestaria cualquier problema que pueda surgir, en particular teniendo en cuenta que 1999 es un año electoral; encarga a todas sus comisiones que tomen las medidas necesarias para garantizar una revisión periódica y el seguimiento de esta cuestión;

8. Toma nota de la tardía nota rectificativa n° 1/99 de la Comisión; saluda el resultado final de las negociaciones entre las dos ramas de la autoridad presupuestaria, por el que se aceptan las nuevas cifras actualizadas para numerosas líneas, por un importe total para la subsección B1 (FEOGA) que se mantiene en 40.440 millones de euros; acoge con satisfacción el incremento de la financiación de las medidas agrícolas y ambientales (B1-5011) mediante una reserva de 20 millones de euros, así como la reserva de 80 millones de euros de las líneas B1-15 (Frutas y hortalizas frescas) y B1-20 (Leche y productos lácteos); toma nota de que el Consejo ha creado una nueva línea B1-315 (Ayuda alimentaria para Rusia) con la anotación «p.m.», como marco presupuestario para una prórroga de 400 millones de euros del ejercicio 1998;

9. Toma nota de que el Consejo ha rechazado la propuesta del Parlamento de consignar en la reserva parte de los créditos de la rúbrica 2, encaminada a facilitar la transferencia de estos créditos al ejercicio 2000 y a compensar así el previsible escaso grado de ejecución de algunos Estados miembros en 1999; considera, sin embargo, que en 1999 se verificará un escaso grado de ejecución de los créditos de la rúbrica 2 por parte de algunos Estados miembros; destaca que los créditos totales de esta rúbrica deben considerarse como un objetivo de gasto, como el Parlamento ha señalado en numerosas ocasiones; recuerda que las regiones interesadas necesitan esa financiación para fomentar su desarrollo económico y social; pide, por consiguiente, a la Comisión que, si procede, solicite a la autoridad presupuestaria una prórroga de los créditos no utilizados en los Fondos Estructurales hasta el ejercicio 2000, de la misma forma que lo ha venido haciendo hasta ahora;

10. Constata que ha encontrado una vez más financiación para las iniciativas comunitarias PEACE, RECHAR, RESIDER y REGIS II; pide a la Comisión y a los Estados miembros interesados que hagan los mayores esfuerzos posibles para garantizar que estos créditos se utilizan en su totalidad;

11. Acoge con satisfacción el acuerdo alcanzado por las dos ramas de la autoridad presupuestaria para compensar la financiación utilizada con fines de funcionamiento durante los últimos años para cubrir las necesidades operativas de los programas Sócrates y La Juventud con Europa en el marco financiero aprobado en codecisión y de conformidad con la Declaración del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión de 6 de marzo de 1995 relativa a la inserción de disposiciones financieras en los actos legislativos ((DO C 102 de 4.4.1996, pág. 4.)); toma nota de que el Consejo ha respetado las prioridades del Parlamento en lo que se refiere a la Europa del conocimiento al aceptar los créditos asignados por el Parlamento para Leonardo y Connect, mientras que el Consejo ha propuesto que se sumen a la financiación del año suplementario de los programas Calidoscopio y Ariadna 10,2 millones de euros y 4,3 millones de euros respectivamente;

12. Recuerda que, de conformidad con los resultados de la concertación sobre el Quinto programa marco de I+D de la Unión Europea, el importe total destinado a investigación, desarrollo tecnológico y demostración en el presupuesto para 1999 es de 3.450 millones de euros, lo que representa el 54% aproximadamente del importe máximo previsto en las perspectivas financieras de la rúbrica 3 en 1999, dentro del límite de la parte destinada a investigación establecido por el Consejo Europeo de Edimburgo de 1992 (del 50 al 66,66%); toma nota de que los créditos destinados al programa CE totalizan 3.140 millones de euros en 1999, y 310 millones de euros los del programa EURATOM; sin embargo, se manifiesta de acuerdo con las previsiones de la segunda lectura del Consejo, que también reflejan la distribución entre líneas presupuestarias propuesto por la Comisión;

13. Acoge con satisfacción la aceptación por parte del Consejo de las acciones destinadas a los refugiados, dada la próxima ratificación del Tratado de Amsterdam que transfiere este sector del tercer pilar al primero; pide a la Comisión que presente rápidamente el fundamento jurídico adecuado que permita a la Unión dar su apoyo a esta política en favor de los refugiados y solicitantes de asilo;

14. Decide transferir a la parte A del presupuesto los créditos de la parte B destinados a conferencias y congresos autorizados por la comunicación de 1993, con el fin de dejar claro el carácter operativo de los créditos de la parte B y de apoyar el proceso descentralizador de MAP 2000;

15. Toma nota del compromiso de las agencias de respetar el código de conducta propuesto destinado a aumentar la transparencia y a garantizar la transmisión de la información presupuestaria a la autoridad presupuestaria; propone, por lo tanto, liberar los créditos consignados en la reserva al considerar que la Comisión debería estar tan comprometida en este proceso como las mismas agencias;

16. Todavía no está convencido de la capacidad inmediata de los países beneficiarios de absorber la financiación extraordinaria prevista por el Consejo Europeo para el programa PHARE, pero desea fijar unos objetivos de gasto realistas en lo que se refiere a la financiación comunitaria en los países solicitantes con el fin de permitirles a ellos y a la Unión responder a las expectativas de sus ciudadanos durante el proceso de adhesión; acepta, en consecuencia, aumentar los créditos de compromiso en más de 48 millones de euros en comparación con su primera lectura; decide consignar esos créditos en la reserva (B0-40) a la espera de información sobre la evolución de la capacidad de absorción de los países beneficiarios;

17. Consigna en la línea B7-502 el importe del año anterior, a la espera de un reglamento de coordinación (entre PHARE/cooperación transfronteriza e INTERREG) para mejorar y acelerar los proyectos transfronterizos en las fronteras entre la UE y los países de la Europa central y oriental, y señala que debe ser consultado antes de que se adopte dicho reglamento; espera que sea un reglamento práctico, que respecte las necesidades sobre el terreno; pide que las regiones afectadas participen realmente en la aplicación de los programas;

18. Manifiesta su acuerdo con el enfoque común que se ha negociado para reforzar una serie de acciones exteriores, en un primer momento reducidas radicalmente por el Consejo en primera lectura, como las actividades de rehabilitación, la reconstrucción en Latinoamérica, las medidas de fomento de la democracia y del respeto de los derechos humanos, y en favor de los bosques tropicales y de las organizaciones no gubernamentales que trabajan en los países en desarrollo;

19. Se manifiesta de acuerdo con la decisión de consignar 30 millones de euros en la reserva para la línea B7-541 (Medidas de reconstrucción de las Repúblicas surgidas en la antigua Yugoslavia), que se liberarán una vez que la Comisión presente una nueva propuesta de reglamento consolidado relativo a esta acción para el período posterior al 2000;

20. Aprueba la decisión presupuestaria sobre la reserva relativa a la financiación de TACIS, en vista de las medidas propuestas en relación con la ayuda de emergencia para Rusia; insiste en que los créditos que deben asignarse a esta iniciativa también deben cubrir los controles necesarios sobre el terreno para evitar cualquier utilización indebida de la ayuda comunitaria, y evitar toda posibilidad de reexportación, o de exportaciones de los mismos productos, y que esta ayuda estará condicionada al establecimiento de medidas antifraude adecuadas, a que se garantice la utilización local de los productos en Rusia, una adecuada distribución a las regiones más necesitadas y más vulnerables, y una financiación apropiada para satisfacer las verdaderas necesidades; insiste, además, en que todo ingreso obtenido se emplee en los sectores social y sanitario en cooperación con la Cruz Roja y otras organizaciones no gubernamentales; pide a la Comisión que informe periódicamente a la autoridad presupuestaria sobre la ejecución de esta ayuda;

21. Está de acuerdo en consignar en la línea B7-531 otros 3 millones de euros en créditos para ayuda financiera excepcional destinada a Armenia y Georgia, y subraya que, durante el diálogo a tres bandas del 17 de noviembre de 1998, las dos ramas de la autoridad presupuestaria reconocieron el anterior acuerdo según el cual el importe de referencia global debería ascender a 50 millones de euros para el período 1997-2001;

22. Toma nota de que las propuestas de la Comisión de aumentar los créditos de pago para TACIS (25 millones de euros), la cooperación con Asia (30 millones de euros) y los bosques tropicales (5 millones de euros) no se aceptaron en el marco del procedimiento Notenboom de 1998; espera que la Comisión proponga, durante 1999, mediante transferencias, o en caso necesario, mediante un PRS, el aumento de los créditos que podrían ser necesarios para la política exterior;

23. Toma nota de que el Consejo ha aceptado la enmienda del Parlamento Europeo sobre los bosques tropicales (B7-6201) por la que se establece un importe total de 45 millones de euros en créditos de compromiso; insta a la Comisión a que se refuerce esta línea presupuestaria durante el ejercicio de 1999, en caso necesario mediante transferencia o en el marco de un presupuesto suplementario, con el fin de consignar en la misma los créditos previstos inicialmente por el Parlamento y permitir así la aplicación plena de este programa;

24. Acoge con satisfacción la reducción de la línea de la reserva B0-40 para acuerdos internacionales de pesca, propuesta por la Comisión en su tardía nota rectificativa n° 1/99; señala, sin embargo, que el plazo para recibir la información confidencial necesaria sobre esta cuestión es largo e insiste en que la Comisión respete los plazos impuestos;

25. Toma nota de las exigencias presentadas por la Comisión y del compromiso oficial asumido por el comisario Liikanen de garantizar en el futuro la transparencia sobre el grado de asistencia administrativa y técnica para cada acción o programa de la Unión financiado a cargo de la parte B; considera que la comprobación de la utilización de los créditos de operaciones con fines de funcionamiento exige que se cumplan los siguientes principios, y ha adoptado de conformidad con ello las decisiones presupuestarias adecuadas:

- prohibición general de utilizar créditos de la parte B para gastos de funcionamiento en interés de la Comisión, a no ser que esté debidamente autorizado en los comentarios de la línea presupuestaria específica;

- autorización en los comentarios de líneas específicas cuando se autorice la existencia de dicho gasto dentro de unos límites;

- consignación de un importe de 17 millones de euros para financiar parte de dichas actividades en la parte A del presupuesto;

Pide a la Comisión que facilite todos los detalles relativos a estas excepciones antes del 30 de abril de 1999, en el momento de presentar el anteproyecto de presupuesto para 2000, tales como: necesidades de financiación, número de personas y coste por persona/año, el tipo de contrato (interno/externo), los objetivos de la ayuda y los controles realizados, y le pide encarecidamente que le informe sobre la ejecución de estas decisiones de manera que los resultados puedan tenerse en cuenta en la primera lectura por parte del Parlamento del proyecto de presupuesto para el ejercicio 2000;

Confirma que todos los importes utilizados que superen el límite máximo acordado por la autoridad presupuestaria y no estén declarados y autorizados específicamente se considerarán una violación merecedora de medidas disciplinarias; pide a la Comisión que incluya estos principios en la próxima propuesta de reforma del Reglamento financiero;

Reservas

26. Decide consignar en la reserva créditos relativos a las líneas que figuran en el Anexo con el fin de supervisar de cerca la ejecución de esas líneas durante el ejercicio 1999; recuerda las condiciones para su liberación, tal como se indica en las enmiendas que ha aprobado; acuerda liberar los créditos una vez que se cumplan las condiciones que ha establecido;

27. Reitera a la Comisión su solicitud de que presente todas las transferencias de créditos consignados en el capítulo B0-40 para líneas específicas en la medida de lo posible antes del 15 de septiembre de 1999; pide a la Comisión que transmita a la autoridad presupuestaria toda la información en un plazo máximo de diez días antes de las últimas deliberaciones al respecto; subraya que dichas propuestas de transferencias deberán presentarse independientemente de la transferencia global Notenboom-Bourlanges y de cualquier otro presupuesto rectificativo y suplementario propuesto en los cuatro últimos meses del año;

28. Se compromete a evaluar la cooperación interinstitucional y a fomentarla en determinadas áreas prioritarias con el fin de alcanzar la sinergia y los ahorros previstos;

29. Aprueba su decisión presupuestaria de asignar subvenciones procedentes del presupuesto de la Unión (parte A del presupuesto) a organizaciones y proyectos que también reciben ayuda de otras fuentes; se compromete a observar de cerca el funcionamiento del sistema de subvenciones y promueve la mejora de los procedimientos internos con el fin de reducir el tiempo de espera de los beneficiarios y evitar la duplicación de subvenciones procedentes de ambas partes del presupuesto;

30. Acepta la propuesta del Consejo de mantener el 50% de los créditos en la reserva para las cuatro líneas A-7030 a A-7033 con el fin de mantener la presión sobre todas las partes para alcanzar una solución equitativa y eficaz sobre la nueva estructura de la comitología antes de primeros de mayo de 1999, después de que se celebren unas verdaderas negociaciones trilaterales; toma nota de que las condiciones para la liberación de los fondos representan las principales líneas del mandato del Parlamento sobre esta cuestión, aprobado en septiembre de 1998;

Pensiones

31. Lamenta que el Consejo no haya desempeñado un papel constructivo en la reestructuración del sistema de pensiones del personal de las instituciones europeas, aunque las dos ramas de la autoridad presupuestaria la definieron como prioridad común; insiste, no obstante, en mejorar la transparencia y adecuación a la realidad del sistema de pensiones y en centralizarlo en la Comisión; reitera a la Comisión su solicitud de que presente, antes del 31 de marzo de 1999, una propuesta de reforma del sistema de pensiones de los funcionarios y otros agentes de las instituciones y órganos de la Unión, que debería centrarse en una mayor transparencia y en la eliminación de elementos de redistribución intergeneracional; pide a la Comisión que presente una propuesta con las modificaciones del Estatuto de los funcionarios que fueren necesarias, por ejemplo, para la creación de un fondo;

Otras instituciones

32. Toma nota de que, aparte de las enmiendas presentadas por el Parlamento a su propio presupuesto y al del Defensor del Pueblo Europeo, es la segunda vez que el Consejo asume sin enmiendas la primera lectura por parte del Parlamento Europeo del proyecto de presupuesto (otras instituciones);

33. Subraya una vez más la necesidad absoluta de que las instituciones sean propietarias de los edificios que utilizan, con lo que se obtendrán importantes ahorros en los futuros presupuestos de la Unión;

34. Pide al Tribunal de Justicia que introduzca modificaciones en su política en materia de traducciones, posiblemente recurriendo a la ayuda de sistemas de traducción informática, al menos en lo que respecta a la parte administrativa y burocrática, con el fin de mantener bajo control el total de documentos que deben traducirse y de utilizar a los lingüistas-juristas exclusivamente para trabajos de traducción jurídica; pide, además, que presente a la autoridad presupuestaria propuestas con el fin de facilitar su política de traducciones;

35. Pide al Comité Económico y Social que modifique su reglamento interno de manera que el número de reuniones y de grupos de trabajo sea coherente con la reciente reducción del número de secciones especializadas de nueve a seis;

36. Pide al Comité de las Regiones que presente a la autoridad presupuestaria soluciones que sean técnicamente y financieramente viables en relación con la próxima expiración del mandato de su Secretario General, con el fin de reforzar las funciones de dirección debido a la cada vez mayor carga de trabajo a consecuencia de la ratificación del Tratado de Amsterdam;

37. Pide a las administraciones de la Comisión, del Consejo, del Parlamento, del Tribunal de Justicia y del Tribunal de Cuentas, así como al Comité Económico y Social, al Comité de las Regiones y a su Estructura Organizativa Común, que elaboren un estudio, en el marco de la cooperación interinstitucional, sobre los aspectos ambientales de su administración; subraya que dicho estudio debería incluir un calendario para la aplicación de las propuestas derivadas del mismo; que debería cubrir los siguientes sectores: administración general, movilidad, transporte y política energética; que debería estar disponible el 1 de abril de 1999, como muy tarde, con el fin de incluir las medidas necesarias en los anteproyectos de presupuesto para el ejercicio 2000 de las instituciones y órganos mencionados; los estudios se presentarán a las dos ramas de la autoridad presupuestaria;

Márgenes

38. Constata que los márgenes que siguen disponibles para un posible presupuesto rectificativo y suplementario ascienden a 4.748 miles de millones de euros en la rúbrica 1, 524 millones de euros en la rúbrica 3, 962 millones de euros en la rúbrica 4 y 220 millones de euros en la rúbrica 5;

Disposiciones finales

39. Espera que, a efectos de proseguir las negociaciones para la firma de un nuevo Acuerdo Interinstitucional y unas nuevas Perspectivas financieras, el Consejo cumpla con lo previsto en el apartado 17 del vigente Acuerdo Interinstitucional de 29 de octubre de 1993;

40. Considera que el no acatamiento por el Consejo de lo previsto en el citado apartado 17 del Acuerdo Interinstitucional significa que el Consejo denuncia unilateralmente dicho Acuerdo y las Perspectivas financieras anejas;

41. Encarga a su Presidente que designe el acto presupuestario como presupuesto de la Unión Europea;

42. Encarga a su Presidente que transmita las presentes decisiones presupuestarias al Consejo, a la Comisión y a las instituciones y órganos consultivos interesados.

ANEXO

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