Resolución legislativa que contiene el dictamen del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Reglamento del Consejo que modifica el Reglamento (CE) nº 3072/95 por el que se establece la organización común del mercado del arroz, y el Reglamento (CEE) nº 2358/71 por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las semillas (COM(97)0421 C4-0501/97 97/0218(CNS))
Diario Oficial n° C 034 de 02/02/1998 p. 0066
A4-0002/98 Propuesta de Reglamento del Consejo que modifica el Reglamento (CE) nº 3072/95 por el que se establece la organización común del mercado del arroz, y el Reglamento (CEE) nº 2358/71 por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las semillas (COM(97)0421 - C4-0501/97 - 97/0218(CNS)) Esta propuesta ha sido aprobada con las modificaciones siguientes: (Enmienda 1) ARTÍCULO 2 Artículo 3, apartado 4 bis (Reglamento (CEE) 2358/71) >Texto original> "4 bis. La cantidad máxima de semillas de arroz que se beneficiará de la ayuda en la Comunidad se fijará con arreglo al procedimiento contemplado en el apartado 5. Esta cantidad se repartirá entre los Estados miembros productores.» >Texto tras el voto del PE> 4 bis. La cantidad máxima de semillas de arroz que se beneficiará de la ayuda en la Comunidad se fijará con arreglo al procedimiento contemplado en el apartado 5. Esta cantidad se repartirá entre los Estados miembros productores, de acuerdo con la cantidad de semillas que se haya beneficiado de la ayuda durante la campaña de 1996- 1997. (Enmienda 2) ARTÍCULO 3, PÁRRAFO 2º >Texto original> No obstante, el texto del apartado 1 del artículo 1 y el del artículo 2 se aplicarán a partir del 1 de julio de 1998. >Texto tras el voto del PE> No obstante, el texto del apartado 1 del artículo 1 y el del artículo 2 se aplicarán a partir de la campaña de comercialización 1998- 1999. Resolución legislativa que contiene el dictamen del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Reglamento del Consejo que modifica el Reglamento (CE) nº 3072/95 por el que se establece la organización común del mercado del arroz, y el Reglamento (CEE) nº 2358/71 por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las semillas (COM(97)0421 - C4-0501/97 - 97/0218(CNS)) (Procedimiento de consulta) El Parlamento Europeo, - Vista la propuesta de la Comisión al Consejo COM(97)0421 - 97/0218(CNS) ((DO C 312 de 14.10.1997, pág. 18.)), - Consultado por el Consejo, de conformidad con el artículo 43 del Tratado (C4-0501/97), - Visto el artículo 58 de su Reglamento, - Visto el informe de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural (A4- 0002/98), 1. Aprueba la propuesta de la Comisión, con las modificaciones aportadas por el Parlamento; 2. Pide al Consejo que le informe, en caso de que pretenda apartarse del texto aprobado por el Parlamento; 3. Pide al Consejo que vuelva a consultarle, en caso de que se proponga introducir modificaciones de importancia en la propuesta de la Comisión; 4. Encarga a su Presidente que transmita el presente dictamen al Consejo y a la Comisión.