51997PC0089(16)

Propuesta de REGLAMENTO (CE) Nº ... DEL CONSEJO de ... por el que se fijan, para las campañas de comercialización 1998/99 y 1999/2000, los importes de la ayuda concedida en el sector de las semillas /* COM/97/0089 FINAL - CNS 97/0102 */

Diario Oficial n° C 101 de 27/03/1997 p. 0025


Propuesta de REGLAMENTO (CE) N° . . . DEL CONSEJO de . . .

por el que se fijan, para las campañas de comercialización 1998/99 y 1999/2000, los importes de la ayuda concedida en el sector de las semillas (97/C 101/16)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n° 2358/71 del Consejo, de 26 octubre de 1971, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las semillas (1), cuya ultima modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 3290/94 (2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 3,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social,

Considerando que, por lo que se refiere a las semillas incluidas en el Anexo del Reglamento (CEE) n° 2358/71 que serán comercializadas durante las campañas 1998/99 y 1999/2000, la situación del mercado comunitario y su evolución previsible no permiten garantizar a los productores unos ingresos equitativos; que conviene compensar una parte de los gastos de producción mediante la concesión de una ayuda;

Considerando que el apartado 2 del artículo 3 del Reglamento (CEE) n° 2358/71 establece que el importe de la ayuda se fijará teniendo en cuenta, por una parte, la necesidad de asegurar el equilibrio entre el volumen de la producción necesaria en la Comunidad y las posibilidades de comercialización de dicha producción y, por otra parte, los precios de dichos productos en los mercados exteriores;

Considerando que la aplicación de estos criterios obliga a fijar el importe de las ayudas aplicables en las campañas de comercialización 1998/99 y 1999/2000 en los niveles que se indican en el Anexo,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En las campañas de comercialización 1998/99 y 1999/2000, los importes de la ayuda concedida en el sector de las semillas y mencionada en el artículo 3 del Reglamento (CEE) n° 2358/71 se fijarán conforme al Anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de julio de 1998.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en . . .

Por el Consejo

. . .

(1) DO n° L 246 de 5. 11. 1971, p. 1.

(2) DO n° L 349 de 31. 12. 1994, p. 105.

ANEXO

CAMPAÑAS DE COMERCIALIZACIÓN 1998/1999 Y 1999/2000 Ayudas aplicables en la Comunidad

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