Resolución legislativa que contiene el dictamen del Parlamento Europeo sobre la propuesta de reglamento del Consejo relativo a la celebración del Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la compensación financiera previstas en el Acuerdo celebrado entre la Comunidad Europea y el Gobierno de la República de Senegal, relativo a la pesca frente a la costa de Senegal, para el período comprendido entre el 1 de mayo de 1997 y el 30 de abril de 2001 (COM(97)0324 C4-0322/97 97/0179(CNS))
Diario Oficial n° C 286 de 22/09/1997 p. 0039
A4-0244/97 Propuesta de reglamento del Consejo relativo a la celebración del Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la compensación financiera previstas en el Acuerdo celebrado entre la Comunidad Europea y el Gobierno de la República de Senegal, relativo a la pesca frente a la costa de Senegal, para el período comprendido entre el 1 de mayo de 1997 y el 30 de abril de 2001 (COM(97)0324 - C4-0322/97 - 97/0179(CNS)) Esta propuesta ha sido aprobada con las modificaciones siguientes: (Enmienda 2) Apartado 1 del artículo 4 bis (nuevo) >Texto tras el voto del PE> Artículo 4 bis A lo largo del último año de aplicación del protocolo, y antes del comienzo de las negociaciones sobre su posible renovación, la Comisión presentará al Consejo y al Parlamento Europeo un informe de evaluación general. (Enmienda 3) Apartado 2 del artículo 4 bis (nuevo) >Texto tras el voto del PE> Sobre la base de dicho informe y teniendo en cuenta el dictamen del Parlamento Europeo al respecto, el Consejo, si procede, autorizará a la Comisión a entablar negociaciones con vistas a la adopción de un nuevo protocolo. Resolución legislativa que contiene el dictamen del Parlamento Europeo sobre la propuesta de reglamento del Consejo relativo a la celebración del Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la compensación financiera previstas en el Acuerdo celebrado entre la Comunidad Europea y el Gobierno de la República de Senegal, relativo a la pesca frente a la costa de Senegal, para el período comprendido entre el 1 de mayo de 1997 y el 30 de abril de 2001 (COM(97)0324 - C4-0322/97 - 97/0179(CNS)) (Procedimiento de consulta) El Parlamento Europeo, - Vista la propuesta de la Comisión al Consejo COM(97)0324 - 97/0179(CNS), - Consultado por el Consejo, de conformidad con el artículo 43 y el primer párrafo del apartado 3 del artículo 228 del Tratado CE (C4-0322/97), - Visto el artículo 58 de su Reglamento, - Vistos el informe de la Comisión de Pesca y las opiniones de la Comisión de Presupuestos y de la Comisión de Desarrollo y Cooperación (A4-0244/97), 1. Aprueba, con las modificaciones aportadas, la propuesta de la Comisión; destaca la evolución positiva del contenido de este Acuerdo de pesca, que respeta el objetivo de un desarrollo duradero; espera las propuestas del Gobierno de la República de Senegal relativas al compromiso de que una parte importante de la compensación financiera se destinará al sector de la pesca; 2. Pide al Consejo que le informe, en caso de que pretenda apartarse del texto aprobado por el Parlamento; 3. Pide que se le consulte de nuevo, en caso de que el Consejo se proponga modificar sustancialmente la propuesta de la Comisión; 4. Encarga a su Presidente que transmita el presente dictamen al Consejo y a la Comisión.